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Derecho Individual del Trabajo
MSc.Dr.Pedro Barrientos
DAE - MBA
&
Escuela Europea de Negocios
25 de abril de 2014
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 1 / 29
Índice
1 El concepto legal del trabajo dependiente
2 El trabajo desde otros ángulos de análisis
3 El trabajo analizado desde otros enfoques
4 El trabajo del siglo XXI
5 Nuevos contenidos del derecho del trabajo: el empleo y los procesos de
flexibilización y modernización
6 Las tendencias
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Contactos:
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Celular +591-72220007
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Artículos cordoba.academia.edu/pedrobarrientos
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Introducción
El concepto legal del trabajo
es la actividad lícita basada en la actividad productiva y creadora del
hombre, la que se realiza a cambio de una remuneración
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MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 8 / 29
Introducción
Diferentes tipos de trabajo
el trabajo personal o autónomo:es el realizado por cuenta propia, y se
lo suele llamar, también, trabajo autónomo.
el trabajo benévolo:es el que se realiza en forma desinteresada y sin
perseguir un beneficio personal sino, procurando el bien o una ventaja
para un tercero.
el trabajo forzoso:es el que realizaban los esclavos o los siervos en la
antigüedad, o, en la actualidad, el que ejecutan los condenados por
ciertos delitos, con el adicional de trabajos obligatorios.
el trabajo dirigido o dependiente:es aquel que se realiza por cuenta y
riesgo de un empleador de quien a la vez se recibe retribución o
salario.
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Introducción
Diferentes tipos de trabajo
el trabajo personal o autónomo:es el realizado por cuenta propia, y se
lo suele llamar, también, trabajo autónomo.
el trabajo benévolo:es el que se realiza en forma desinteresada y sin
perseguir un beneficio personal sino, procurando el bien o una ventaja
para un tercero.
el trabajo forzoso:es el que realizaban los esclavos o los siervos en la
antigüedad, o, en la actualidad, el que ejecutan los condenados por
ciertos delitos, con el adicional de trabajos obligatorios.
el trabajo dirigido o dependiente:es aquel que se realiza por cuenta y
riesgo de un empleador de quien a la vez se recibe retribución o
salario.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 9 / 29
Introducción
Diferentes tipos de trabajo
el trabajo personal o autónomo:es el realizado por cuenta propia, y se
lo suele llamar, también, trabajo autónomo.
el trabajo benévolo:es el que se realiza en forma desinteresada y sin
perseguir un beneficio personal sino, procurando el bien o una ventaja
para un tercero.
el trabajo forzoso:es el que realizaban los esclavos o los siervos en la
antigüedad, o, en la actualidad, el que ejecutan los condenados por
ciertos delitos, con el adicional de trabajos obligatorios.
el trabajo dirigido o dependiente:es aquel que se realiza por cuenta y
riesgo de un empleador de quien a la vez se recibe retribución o
salario.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 9 / 29
Introducción
Diferentes tipos de trabajo
el trabajo personal o autónomo:es el realizado por cuenta propia, y se
lo suele llamar, también, trabajo autónomo.
el trabajo benévolo:es el que se realiza en forma desinteresada y sin
perseguir un beneficio personal sino, procurando el bien o una ventaja
para un tercero.
el trabajo forzoso:es el que realizaban los esclavos o los siervos en la
antigüedad, o, en la actualidad, el que ejecutan los condenados por
ciertos delitos, con el adicional de trabajos obligatorios.
el trabajo dirigido o dependiente:es aquel que se realiza por cuenta y
riesgo de un empleador de quien a la vez se recibe retribución o
salario.
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Introducción
Concepto de trabajo dependiente
realizado por el trabajador por cuenta ajena, y consiste en haber puesto a
disposición del empleador su fuerza de trabajo, en la que presta servicios,
realiza actos o ejecuta obras, a cambio de una remuneración.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 10 / 29
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 11 / 29
Introducción
Concepto legal de trabajo dependiente
Constituye trabajo, toda actividad lícita que se preste en favor de quien
tiene la facultad de dirigirla, mediante una remuneración. El contrato de
trabajo tiene como principal objeto la actividad productiva y creadora del
hombre en sí. Sólo después ha de entenderse que media entre las partes
una relación de intercambio y un fin económico en cuanto se disciplina por
esta ley
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 12 / 29
Introducción
Elementos esenciales
la actividad productiva y creadora del hombre
es una actividad lícita
el trabajo se presta al empleador
es una actividad remunerada
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 13 / 29
Introducción
Elementos esenciales
la actividad productiva y creadora del hombre
es una actividad lícita
el trabajo se presta al empleador
es una actividad remunerada
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 13 / 29
Introducción
Elementos esenciales
la actividad productiva y creadora del hombre
es una actividad lícita
el trabajo se presta al empleador
es una actividad remunerada
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 13 / 29
Introducción
Elementos esenciales
la actividad productiva y creadora del hombre
es una actividad lícita
el trabajo se presta al empleador
es una actividad remunerada
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 13 / 29
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 14 / 29
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 15 / 29
El Trabajo del Siglo XXI
El proceso de globalización
La modernización y la flexibilidad laboral
El desempleo, el subempleo y la precarización del empleo
Las nuevas formas de trabajo
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 16 / 29
El Trabajo del Siglo XXI
El proceso de globalización
La modernización y la flexibilidad laboral
El desempleo, el subempleo y la precarización del empleo
Las nuevas formas de trabajo
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El Trabajo del Siglo XXI
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El desempleo, el subempleo y la precarización del empleo
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El Trabajo del Siglo XXI
El proceso de globalización
La modernización y la flexibilidad laboral
El desempleo, el subempleo y la precarización del empleo
Las nuevas formas de trabajo
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 16 / 29
El proceso de globalización
Ha generado un proceso de fuerte competencia internacional entre los
países con mejor oferta de mano de obra
los bienes y servicios se producen en los lugares que ofrecen una
calidad acorde a estándares internacionales (the best international
practice) al más bajo costo laboral posible.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 17 / 29
El proceso de globalización
Ha generado un proceso de fuerte competencia internacional entre los
países con mejor oferta de mano de obra
los bienes y servicios se producen en los lugares que ofrecen una
calidad acorde a estándares internacionales (the best international
practice) al más bajo costo laboral posible.
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La modernización y la flexibilidad laboral
Concepto de modernización laboral:
se denomina así al conjunto de técnicas y procedimientos que tienen por
objeto reemplazar los sistemas regulados, rígidos y estáticos, por otros
basados en la desregulación, la autorregulación de los actores sociales y la
flexibilización laboral.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 18 / 29
La modernización y la flexibilidad laboral
Concepto de flexibilidad laboral:
se denomina así al conjunto de medios técnico-legales que tienen por
objeto adecuar el trabajo y las modalidades de prestación a las más
modernas técnicas de producción de bienes y servicios, de modo que los
mismos se brinden con la mejor calidad al más bajo costo posible.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 19 / 29
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 20 / 29
Las nuevas formas de trabajo
El trabajo virtual: el ambiente laboral se reproduce dentro del ámbito
geográfico del domicilio del trabajador o de un lugar que se
encuentra bajo su control.
El teletrabajo: sistema por el cual las personas que tienen que prestar los
servicios están conectadas por algún medio electrónico a fin
de procesar y operar en algún servicio.
El trabajo electrónico: es una forma de sustituir funciones típicamente
manejadas por seres humanos por una combinación de
ambas, a fin de reducir los costos y mejorar la eficiencia.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 21 / 29
Las nuevas formas de trabajo
El trabajo virtual: el ambiente laboral se reproduce dentro del ámbito
geográfico del domicilio del trabajador o de un lugar que se
encuentra bajo su control.
El teletrabajo: sistema por el cual las personas que tienen que prestar los
servicios están conectadas por algún medio electrónico a fin
de procesar y operar en algún servicio.
El trabajo electrónico: es una forma de sustituir funciones típicamente
manejadas por seres humanos por una combinación de
ambas, a fin de reducir los costos y mejorar la eficiencia.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 21 / 29
Las nuevas formas de trabajo
El trabajo virtual: el ambiente laboral se reproduce dentro del ámbito
geográfico del domicilio del trabajador o de un lugar que se
encuentra bajo su control.
El teletrabajo: sistema por el cual las personas que tienen que prestar los
servicios están conectadas por algún medio electrónico a fin
de procesar y operar en algún servicio.
El trabajo electrónico: es una forma de sustituir funciones típicamente
manejadas por seres humanos por una combinación de
ambas, a fin de reducir los costos y mejorar la eficiencia.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 21 / 29
Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo
Existen expresiones que hacen a este proceso de modernización y que hoy
forman parte de la vida normal de toda empresa, a pesar de no contar
todavía con un marco regulatorio adecuado.
flexibilización laboral consiste en la implementación de mecanismos
que permitan que el trabajo sea elástico y versátil al más bajo costo
posible.
polivalencia funcional: es un sistema por el cual el trabajador no tiene
una tarea o categoría fija, sino que sus tareas se adecúan a las
necesidades de la producción. Se distingue:
1 la polivalencia funcional horizontal, cuando se puede cambiar de tarea
dentro del mismo nivel de la categoría o jerarquía del trabajador
2 la polivalencia funcional vertical, cuando pueden generarse tareas de
nivel inferior o superior al del dependiente.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 22 / 29
Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo
Existen expresiones que hacen a este proceso de modernización y que hoy
forman parte de la vida normal de toda empresa, a pesar de no contar
todavía con un marco regulatorio adecuado.
flexibilización laboral consiste en la implementación de mecanismos
que permitan que el trabajo sea elástico y versátil al más bajo costo
posible.
polivalencia funcional: es un sistema por el cual el trabajador no tiene
una tarea o categoría fija, sino que sus tareas se adecúan a las
necesidades de la producción. Se distingue:
1 la polivalencia funcional horizontal, cuando se puede cambiar de tarea
dentro del mismo nivel de la categoría o jerarquía del trabajador
2 la polivalencia funcional vertical, cuando pueden generarse tareas de
nivel inferior o superior al del dependiente.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 22 / 29
Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo
Existen expresiones que hacen a este proceso de modernización y que hoy
forman parte de la vida normal de toda empresa, a pesar de no contar
todavía con un marco regulatorio adecuado.
flexibilización laboral consiste en la implementación de mecanismos
que permitan que el trabajo sea elástico y versátil al más bajo costo
posible.
polivalencia funcional: es un sistema por el cual el trabajador no tiene
una tarea o categoría fija, sino que sus tareas se adecúan a las
necesidades de la producción. Se distingue:
1 la polivalencia funcional horizontal, cuando se puede cambiar de tarea
dentro del mismo nivel de la categoría o jerarquía del trabajador
2 la polivalencia funcional vertical, cuando pueden generarse tareas de
nivel inferior o superior al del dependiente.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 22 / 29
Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo
Existen expresiones que hacen a este proceso de modernización y que hoy
forman parte de la vida normal de toda empresa, a pesar de no contar
todavía con un marco regulatorio adecuado.
flexibilización laboral consiste en la implementación de mecanismos
que permitan que el trabajo sea elástico y versátil al más bajo costo
posible.
polivalencia funcional: es un sistema por el cual el trabajador no tiene
una tarea o categoría fija, sino que sus tareas se adecúan a las
necesidades de la producción. Se distingue:
1 la polivalencia funcional horizontal, cuando se puede cambiar de tarea
dentro del mismo nivel de la categoría o jerarquía del trabajador
2 la polivalencia funcional vertical, cuando pueden generarse tareas de
nivel inferior o superior al del dependiente.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 22 / 29
Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo
multiprofesionalidad: consiste en un sistema de trabajo donde la
persona está capacitada o se la capacita y entrena, en tareas que
importan varias especialidades (artes, oficios o profesiones) de modo
que pueda actuar en una serie completa de servicios dentro de la
empresa.
hora-flex: es un régimen de jornada que permite la variación y
adaptabilidad de la misma a las exigencias del trabajo, de la demanda
de servicios, o de la época del año según la estacionalidad de la
producción.
jornada intensiva: es otro régimen de jornada en donde el trabajador
concentra su tarea en jornadas en donde se requiere su trabajo, y
reduce o elimina otras cuando no existen tales requerimientos o los
mismos se reducen considerablemente.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 23 / 29
Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo
multiprofesionalidad: consiste en un sistema de trabajo donde la
persona está capacitada o se la capacita y entrena, en tareas que
importan varias especialidades (artes, oficios o profesiones) de modo
que pueda actuar en una serie completa de servicios dentro de la
empresa.
hora-flex: es un régimen de jornada que permite la variación y
adaptabilidad de la misma a las exigencias del trabajo, de la demanda
de servicios, o de la época del año según la estacionalidad de la
producción.
jornada intensiva: es otro régimen de jornada en donde el trabajador
concentra su tarea en jornadas en donde se requiere su trabajo, y
reduce o elimina otras cuando no existen tales requerimientos o los
mismos se reducen considerablemente.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 23 / 29
Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo
multiprofesionalidad: consiste en un sistema de trabajo donde la
persona está capacitada o se la capacita y entrena, en tareas que
importan varias especialidades (artes, oficios o profesiones) de modo
que pueda actuar en una serie completa de servicios dentro de la
empresa.
hora-flex: es un régimen de jornada que permite la variación y
adaptabilidad de la misma a las exigencias del trabajo, de la demanda
de servicios, o de la época del año según la estacionalidad de la
producción.
jornada intensiva: es otro régimen de jornada en donde el trabajador
concentra su tarea en jornadas en donde se requiere su trabajo, y
reduce o elimina otras cuando no existen tales requerimientos o los
mismos se reducen considerablemente.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 23 / 29
Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo
trabajo autosupervisado: es una forma de organizar el trabajo en la
cual se eliminan las figuras de los jefes, supervisores capataces y
encargados, y se las sustituye por un sistema de trabajo en equipo por
objetivos en donde los integrantes del mismo se autosupervisan.
descansos flexibles: es la consecuencia de la jornada flexible, que
obliga a buscar racionalidad y a la vez variabilidad en la forma,
extensión o período de otorgamiento de los descansos.
vacaciones fraccionadas: es una forma de adaptar las exigencias de la
producción al descanso. En este caso, las vacaciones se fraccionan en
lapsos más cortos, que se otorgan a lo largo del año, de modo de
optimizar la productividad sin dejar de otorgar los descansos legales.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 24 / 29
Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo
trabajo autosupervisado: es una forma de organizar el trabajo en la
cual se eliminan las figuras de los jefes, supervisores capataces y
encargados, y se las sustituye por un sistema de trabajo en equipo por
objetivos en donde los integrantes del mismo se autosupervisan.
descansos flexibles: es la consecuencia de la jornada flexible, que
obliga a buscar racionalidad y a la vez variabilidad en la forma,
extensión o período de otorgamiento de los descansos.
vacaciones fraccionadas: es una forma de adaptar las exigencias de la
producción al descanso. En este caso, las vacaciones se fraccionan en
lapsos más cortos, que se otorgan a lo largo del año, de modo de
optimizar la productividad sin dejar de otorgar los descansos legales.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 24 / 29
Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo
trabajo autosupervisado: es una forma de organizar el trabajo en la
cual se eliminan las figuras de los jefes, supervisores capataces y
encargados, y se las sustituye por un sistema de trabajo en equipo por
objetivos en donde los integrantes del mismo se autosupervisan.
descansos flexibles: es la consecuencia de la jornada flexible, que
obliga a buscar racionalidad y a la vez variabilidad en la forma,
extensión o período de otorgamiento de los descansos.
vacaciones fraccionadas: es una forma de adaptar las exigencias de la
producción al descanso. En este caso, las vacaciones se fraccionan en
lapsos más cortos, que se otorgan a lo largo del año, de modo de
optimizar la productividad sin dejar de otorgar los descansos legales.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 24 / 29
Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo
período de prueba: es un tramo de la etapa inicial del contrato de
trabajo que tiene por objeto determinar si el trabajador reúne las
condiciones del perfil requerido (idoneidad, dominio de determinadas
técnicas u oficios, rendimiento, adaptabilidad, iniciativa, etc.), que le
permite a la empresa desvincular sin costo a quien no cumpla con los
requisitos y expectativas del puesto para el que se lo contrató.
reconversión de mano de obra: es un conjunto de técnicas que se
utilizan con el fin de ir transformando las aptitudes y los
conocimientos de los trabajadores a medida de que se producen
cambios sustanciales a nivel tecnológico y organizativo.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 25 / 29
Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo
período de prueba: es un tramo de la etapa inicial del contrato de
trabajo que tiene por objeto determinar si el trabajador reúne las
condiciones del perfil requerido (idoneidad, dominio de determinadas
técnicas u oficios, rendimiento, adaptabilidad, iniciativa, etc.), que le
permite a la empresa desvincular sin costo a quien no cumpla con los
requisitos y expectativas del puesto para el que se lo contrató.
reconversión de mano de obra: es un conjunto de técnicas que se
utilizan con el fin de ir transformando las aptitudes y los
conocimientos de los trabajadores a medida de que se producen
cambios sustanciales a nivel tecnológico y organizativo.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 25 / 29
Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo
contratos de promoción del empleo: son contratos utilizados con el
propósito de generar condiciones especiales que favorezcan la creación
de nuevos puestos de trabajo, a través de medios promocionales.
contratos no laborales para la obtención del primer trabajo: son
contratos especiales de naturaleza no laboral, que tienen por objeto
favorecer la capacitación y el primer contacto entre quienes no han
tenido la oportunidad de incorporarse al mercado laboral con los
eventuales empleadores.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 26 / 29
Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo
contratos de promoción del empleo: son contratos utilizados con el
propósito de generar condiciones especiales que favorezcan la creación
de nuevos puestos de trabajo, a través de medios promocionales.
contratos no laborales para la obtención del primer trabajo: son
contratos especiales de naturaleza no laboral, que tienen por objeto
favorecer la capacitación y el primer contacto entre quienes no han
tenido la oportunidad de incorporarse al mercado laboral con los
eventuales empleadores.
MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 26 / 29

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1. Derecho Individual de Trabajo

  • 1. Derecho Individual del Trabajo MSc.Dr.Pedro Barrientos DAE - MBA & Escuela Europea de Negocios 25 de abril de 2014 MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 1 / 29
  • 2. Índice 1 El concepto legal del trabajo dependiente 2 El trabajo desde otros ángulos de análisis 3 El trabajo analizado desde otros enfoques 4 El trabajo del siglo XXI 5 Nuevos contenidos del derecho del trabajo: el empleo y los procesos de flexibilización y modernización 6 Las tendencias MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 2 / 29
  • 3. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 3 / 29
  • 4. Contactos: E-mail barrientosloayza@gmail.com Celular +591-72220007 Estudio www.cayosalinas.com Facebook cayosalinasabogados Blog doctrinalex.blogspot.com Artículos researchgate.net/profile/Pedro_Barrientos_Loayza/ Artículos cordoba.academia.edu/pedrobarrientos MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 4 / 29
  • 5. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 5 / 29
  • 6. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 6 / 29
  • 7. Introducción El concepto legal del trabajo es la actividad lícita basada en la actividad productiva y creadora del hombre, la que se realiza a cambio de una remuneración MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 7 / 29
  • 8. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 8 / 29
  • 9. Introducción Diferentes tipos de trabajo el trabajo personal o autónomo:es el realizado por cuenta propia, y se lo suele llamar, también, trabajo autónomo. el trabajo benévolo:es el que se realiza en forma desinteresada y sin perseguir un beneficio personal sino, procurando el bien o una ventaja para un tercero. el trabajo forzoso:es el que realizaban los esclavos o los siervos en la antigüedad, o, en la actualidad, el que ejecutan los condenados por ciertos delitos, con el adicional de trabajos obligatorios. el trabajo dirigido o dependiente:es aquel que se realiza por cuenta y riesgo de un empleador de quien a la vez se recibe retribución o salario. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 9 / 29
  • 10. Introducción Diferentes tipos de trabajo el trabajo personal o autónomo:es el realizado por cuenta propia, y se lo suele llamar, también, trabajo autónomo. el trabajo benévolo:es el que se realiza en forma desinteresada y sin perseguir un beneficio personal sino, procurando el bien o una ventaja para un tercero. el trabajo forzoso:es el que realizaban los esclavos o los siervos en la antigüedad, o, en la actualidad, el que ejecutan los condenados por ciertos delitos, con el adicional de trabajos obligatorios. el trabajo dirigido o dependiente:es aquel que se realiza por cuenta y riesgo de un empleador de quien a la vez se recibe retribución o salario. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 9 / 29
  • 11. Introducción Diferentes tipos de trabajo el trabajo personal o autónomo:es el realizado por cuenta propia, y se lo suele llamar, también, trabajo autónomo. el trabajo benévolo:es el que se realiza en forma desinteresada y sin perseguir un beneficio personal sino, procurando el bien o una ventaja para un tercero. el trabajo forzoso:es el que realizaban los esclavos o los siervos en la antigüedad, o, en la actualidad, el que ejecutan los condenados por ciertos delitos, con el adicional de trabajos obligatorios. el trabajo dirigido o dependiente:es aquel que se realiza por cuenta y riesgo de un empleador de quien a la vez se recibe retribución o salario. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 9 / 29
  • 12. Introducción Diferentes tipos de trabajo el trabajo personal o autónomo:es el realizado por cuenta propia, y se lo suele llamar, también, trabajo autónomo. el trabajo benévolo:es el que se realiza en forma desinteresada y sin perseguir un beneficio personal sino, procurando el bien o una ventaja para un tercero. el trabajo forzoso:es el que realizaban los esclavos o los siervos en la antigüedad, o, en la actualidad, el que ejecutan los condenados por ciertos delitos, con el adicional de trabajos obligatorios. el trabajo dirigido o dependiente:es aquel que se realiza por cuenta y riesgo de un empleador de quien a la vez se recibe retribución o salario. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 9 / 29
  • 13. Introducción Concepto de trabajo dependiente realizado por el trabajador por cuenta ajena, y consiste en haber puesto a disposición del empleador su fuerza de trabajo, en la que presta servicios, realiza actos o ejecuta obras, a cambio de una remuneración. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 10 / 29
  • 14. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 11 / 29
  • 15. Introducción Concepto legal de trabajo dependiente Constituye trabajo, toda actividad lícita que se preste en favor de quien tiene la facultad de dirigirla, mediante una remuneración. El contrato de trabajo tiene como principal objeto la actividad productiva y creadora del hombre en sí. Sólo después ha de entenderse que media entre las partes una relación de intercambio y un fin económico en cuanto se disciplina por esta ley MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 12 / 29
  • 16. Introducción Elementos esenciales la actividad productiva y creadora del hombre es una actividad lícita el trabajo se presta al empleador es una actividad remunerada MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 13 / 29
  • 17. Introducción Elementos esenciales la actividad productiva y creadora del hombre es una actividad lícita el trabajo se presta al empleador es una actividad remunerada MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 13 / 29
  • 18. Introducción Elementos esenciales la actividad productiva y creadora del hombre es una actividad lícita el trabajo se presta al empleador es una actividad remunerada MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 13 / 29
  • 19. Introducción Elementos esenciales la actividad productiva y creadora del hombre es una actividad lícita el trabajo se presta al empleador es una actividad remunerada MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 13 / 29
  • 20. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 14 / 29
  • 21. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 15 / 29
  • 22. El Trabajo del Siglo XXI El proceso de globalización La modernización y la flexibilidad laboral El desempleo, el subempleo y la precarización del empleo Las nuevas formas de trabajo MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 16 / 29
  • 23. El Trabajo del Siglo XXI El proceso de globalización La modernización y la flexibilidad laboral El desempleo, el subempleo y la precarización del empleo Las nuevas formas de trabajo MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 16 / 29
  • 24. El Trabajo del Siglo XXI El proceso de globalización La modernización y la flexibilidad laboral El desempleo, el subempleo y la precarización del empleo Las nuevas formas de trabajo MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 16 / 29
  • 25. El Trabajo del Siglo XXI El proceso de globalización La modernización y la flexibilidad laboral El desempleo, el subempleo y la precarización del empleo Las nuevas formas de trabajo MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 16 / 29
  • 26. El proceso de globalización Ha generado un proceso de fuerte competencia internacional entre los países con mejor oferta de mano de obra los bienes y servicios se producen en los lugares que ofrecen una calidad acorde a estándares internacionales (the best international practice) al más bajo costo laboral posible. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 17 / 29
  • 27. El proceso de globalización Ha generado un proceso de fuerte competencia internacional entre los países con mejor oferta de mano de obra los bienes y servicios se producen en los lugares que ofrecen una calidad acorde a estándares internacionales (the best international practice) al más bajo costo laboral posible. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 17 / 29
  • 28. La modernización y la flexibilidad laboral Concepto de modernización laboral: se denomina así al conjunto de técnicas y procedimientos que tienen por objeto reemplazar los sistemas regulados, rígidos y estáticos, por otros basados en la desregulación, la autorregulación de los actores sociales y la flexibilización laboral. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 18 / 29
  • 29. La modernización y la flexibilidad laboral Concepto de flexibilidad laboral: se denomina así al conjunto de medios técnico-legales que tienen por objeto adecuar el trabajo y las modalidades de prestación a las más modernas técnicas de producción de bienes y servicios, de modo que los mismos se brinden con la mejor calidad al más bajo costo posible. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 19 / 29
  • 30. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 20 / 29
  • 31. Las nuevas formas de trabajo El trabajo virtual: el ambiente laboral se reproduce dentro del ámbito geográfico del domicilio del trabajador o de un lugar que se encuentra bajo su control. El teletrabajo: sistema por el cual las personas que tienen que prestar los servicios están conectadas por algún medio electrónico a fin de procesar y operar en algún servicio. El trabajo electrónico: es una forma de sustituir funciones típicamente manejadas por seres humanos por una combinación de ambas, a fin de reducir los costos y mejorar la eficiencia. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 21 / 29
  • 32. Las nuevas formas de trabajo El trabajo virtual: el ambiente laboral se reproduce dentro del ámbito geográfico del domicilio del trabajador o de un lugar que se encuentra bajo su control. El teletrabajo: sistema por el cual las personas que tienen que prestar los servicios están conectadas por algún medio electrónico a fin de procesar y operar en algún servicio. El trabajo electrónico: es una forma de sustituir funciones típicamente manejadas por seres humanos por una combinación de ambas, a fin de reducir los costos y mejorar la eficiencia. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 21 / 29
  • 33. Las nuevas formas de trabajo El trabajo virtual: el ambiente laboral se reproduce dentro del ámbito geográfico del domicilio del trabajador o de un lugar que se encuentra bajo su control. El teletrabajo: sistema por el cual las personas que tienen que prestar los servicios están conectadas por algún medio electrónico a fin de procesar y operar en algún servicio. El trabajo electrónico: es una forma de sustituir funciones típicamente manejadas por seres humanos por una combinación de ambas, a fin de reducir los costos y mejorar la eficiencia. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 21 / 29
  • 34. Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo Existen expresiones que hacen a este proceso de modernización y que hoy forman parte de la vida normal de toda empresa, a pesar de no contar todavía con un marco regulatorio adecuado. flexibilización laboral consiste en la implementación de mecanismos que permitan que el trabajo sea elástico y versátil al más bajo costo posible. polivalencia funcional: es un sistema por el cual el trabajador no tiene una tarea o categoría fija, sino que sus tareas se adecúan a las necesidades de la producción. Se distingue: 1 la polivalencia funcional horizontal, cuando se puede cambiar de tarea dentro del mismo nivel de la categoría o jerarquía del trabajador 2 la polivalencia funcional vertical, cuando pueden generarse tareas de nivel inferior o superior al del dependiente. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 22 / 29
  • 35. Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo Existen expresiones que hacen a este proceso de modernización y que hoy forman parte de la vida normal de toda empresa, a pesar de no contar todavía con un marco regulatorio adecuado. flexibilización laboral consiste en la implementación de mecanismos que permitan que el trabajo sea elástico y versátil al más bajo costo posible. polivalencia funcional: es un sistema por el cual el trabajador no tiene una tarea o categoría fija, sino que sus tareas se adecúan a las necesidades de la producción. Se distingue: 1 la polivalencia funcional horizontal, cuando se puede cambiar de tarea dentro del mismo nivel de la categoría o jerarquía del trabajador 2 la polivalencia funcional vertical, cuando pueden generarse tareas de nivel inferior o superior al del dependiente. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 22 / 29
  • 36. Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo Existen expresiones que hacen a este proceso de modernización y que hoy forman parte de la vida normal de toda empresa, a pesar de no contar todavía con un marco regulatorio adecuado. flexibilización laboral consiste en la implementación de mecanismos que permitan que el trabajo sea elástico y versátil al más bajo costo posible. polivalencia funcional: es un sistema por el cual el trabajador no tiene una tarea o categoría fija, sino que sus tareas se adecúan a las necesidades de la producción. Se distingue: 1 la polivalencia funcional horizontal, cuando se puede cambiar de tarea dentro del mismo nivel de la categoría o jerarquía del trabajador 2 la polivalencia funcional vertical, cuando pueden generarse tareas de nivel inferior o superior al del dependiente. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 22 / 29
  • 37. Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo Existen expresiones que hacen a este proceso de modernización y que hoy forman parte de la vida normal de toda empresa, a pesar de no contar todavía con un marco regulatorio adecuado. flexibilización laboral consiste en la implementación de mecanismos que permitan que el trabajo sea elástico y versátil al más bajo costo posible. polivalencia funcional: es un sistema por el cual el trabajador no tiene una tarea o categoría fija, sino que sus tareas se adecúan a las necesidades de la producción. Se distingue: 1 la polivalencia funcional horizontal, cuando se puede cambiar de tarea dentro del mismo nivel de la categoría o jerarquía del trabajador 2 la polivalencia funcional vertical, cuando pueden generarse tareas de nivel inferior o superior al del dependiente. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 22 / 29
  • 38. Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo multiprofesionalidad: consiste en un sistema de trabajo donde la persona está capacitada o se la capacita y entrena, en tareas que importan varias especialidades (artes, oficios o profesiones) de modo que pueda actuar en una serie completa de servicios dentro de la empresa. hora-flex: es un régimen de jornada que permite la variación y adaptabilidad de la misma a las exigencias del trabajo, de la demanda de servicios, o de la época del año según la estacionalidad de la producción. jornada intensiva: es otro régimen de jornada en donde el trabajador concentra su tarea en jornadas en donde se requiere su trabajo, y reduce o elimina otras cuando no existen tales requerimientos o los mismos se reducen considerablemente. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 23 / 29
  • 39. Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo multiprofesionalidad: consiste en un sistema de trabajo donde la persona está capacitada o se la capacita y entrena, en tareas que importan varias especialidades (artes, oficios o profesiones) de modo que pueda actuar en una serie completa de servicios dentro de la empresa. hora-flex: es un régimen de jornada que permite la variación y adaptabilidad de la misma a las exigencias del trabajo, de la demanda de servicios, o de la época del año según la estacionalidad de la producción. jornada intensiva: es otro régimen de jornada en donde el trabajador concentra su tarea en jornadas en donde se requiere su trabajo, y reduce o elimina otras cuando no existen tales requerimientos o los mismos se reducen considerablemente. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 23 / 29
  • 40. Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo multiprofesionalidad: consiste en un sistema de trabajo donde la persona está capacitada o se la capacita y entrena, en tareas que importan varias especialidades (artes, oficios o profesiones) de modo que pueda actuar en una serie completa de servicios dentro de la empresa. hora-flex: es un régimen de jornada que permite la variación y adaptabilidad de la misma a las exigencias del trabajo, de la demanda de servicios, o de la época del año según la estacionalidad de la producción. jornada intensiva: es otro régimen de jornada en donde el trabajador concentra su tarea en jornadas en donde se requiere su trabajo, y reduce o elimina otras cuando no existen tales requerimientos o los mismos se reducen considerablemente. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 23 / 29
  • 41. Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo trabajo autosupervisado: es una forma de organizar el trabajo en la cual se eliminan las figuras de los jefes, supervisores capataces y encargados, y se las sustituye por un sistema de trabajo en equipo por objetivos en donde los integrantes del mismo se autosupervisan. descansos flexibles: es la consecuencia de la jornada flexible, que obliga a buscar racionalidad y a la vez variabilidad en la forma, extensión o período de otorgamiento de los descansos. vacaciones fraccionadas: es una forma de adaptar las exigencias de la producción al descanso. En este caso, las vacaciones se fraccionan en lapsos más cortos, que se otorgan a lo largo del año, de modo de optimizar la productividad sin dejar de otorgar los descansos legales. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 24 / 29
  • 42. Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo trabajo autosupervisado: es una forma de organizar el trabajo en la cual se eliminan las figuras de los jefes, supervisores capataces y encargados, y se las sustituye por un sistema de trabajo en equipo por objetivos en donde los integrantes del mismo se autosupervisan. descansos flexibles: es la consecuencia de la jornada flexible, que obliga a buscar racionalidad y a la vez variabilidad en la forma, extensión o período de otorgamiento de los descansos. vacaciones fraccionadas: es una forma de adaptar las exigencias de la producción al descanso. En este caso, las vacaciones se fraccionan en lapsos más cortos, que se otorgan a lo largo del año, de modo de optimizar la productividad sin dejar de otorgar los descansos legales. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 24 / 29
  • 43. Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo trabajo autosupervisado: es una forma de organizar el trabajo en la cual se eliminan las figuras de los jefes, supervisores capataces y encargados, y se las sustituye por un sistema de trabajo en equipo por objetivos en donde los integrantes del mismo se autosupervisan. descansos flexibles: es la consecuencia de la jornada flexible, que obliga a buscar racionalidad y a la vez variabilidad en la forma, extensión o período de otorgamiento de los descansos. vacaciones fraccionadas: es una forma de adaptar las exigencias de la producción al descanso. En este caso, las vacaciones se fraccionan en lapsos más cortos, que se otorgan a lo largo del año, de modo de optimizar la productividad sin dejar de otorgar los descansos legales. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 24 / 29
  • 44. Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo período de prueba: es un tramo de la etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto determinar si el trabajador reúne las condiciones del perfil requerido (idoneidad, dominio de determinadas técnicas u oficios, rendimiento, adaptabilidad, iniciativa, etc.), que le permite a la empresa desvincular sin costo a quien no cumpla con los requisitos y expectativas del puesto para el que se lo contrató. reconversión de mano de obra: es un conjunto de técnicas que se utilizan con el fin de ir transformando las aptitudes y los conocimientos de los trabajadores a medida de que se producen cambios sustanciales a nivel tecnológico y organizativo. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 25 / 29
  • 45. Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo período de prueba: es un tramo de la etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto determinar si el trabajador reúne las condiciones del perfil requerido (idoneidad, dominio de determinadas técnicas u oficios, rendimiento, adaptabilidad, iniciativa, etc.), que le permite a la empresa desvincular sin costo a quien no cumpla con los requisitos y expectativas del puesto para el que se lo contrató. reconversión de mano de obra: es un conjunto de técnicas que se utilizan con el fin de ir transformando las aptitudes y los conocimientos de los trabajadores a medida de que se producen cambios sustanciales a nivel tecnológico y organizativo. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 25 / 29
  • 46. Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo contratos de promoción del empleo: son contratos utilizados con el propósito de generar condiciones especiales que favorezcan la creación de nuevos puestos de trabajo, a través de medios promocionales. contratos no laborales para la obtención del primer trabajo: son contratos especiales de naturaleza no laboral, que tienen por objeto favorecer la capacitación y el primer contacto entre quienes no han tenido la oportunidad de incorporarse al mercado laboral con los eventuales empleadores. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 26 / 29
  • 47. Nuevos contenidos del Derecho del Trabajo contratos de promoción del empleo: son contratos utilizados con el propósito de generar condiciones especiales que favorezcan la creación de nuevos puestos de trabajo, a través de medios promocionales. contratos no laborales para la obtención del primer trabajo: son contratos especiales de naturaleza no laboral, que tienen por objeto favorecer la capacitación y el primer contacto entre quienes no han tenido la oportunidad de incorporarse al mercado laboral con los eventuales empleadores. MSc.Dr.Pedro Barrientos (UNC - Córdoba) DIT 25 de abril de 2014 26 / 29