Tema 4 Rocas sedimentarias, características y clasificación
Delitos contra las Buenas costumbres y el buen orden de las familias yDelitos contra la Libertad
1. Delitos contra las Buenas
costumbres y el buen orden de
las familias y
Delitos contra la Libertad
ELIETSY BRITO
C.I: 19.886.484
SAIA B
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
2. Delitos contra las
Buenas Costumbres
y el Buen Orden de
las Familias
Los actos lascivos
son las acciones que tienen
por objeto despertar el
apetito de lujuria, el deseo
sexual, a excepción de la
conjunción carnal.
Violación presunta
El primer aparte, del
artículo 374, establece los
supuestos de violación
presunta, que son aquellos
casos en los cuales, aunque
no media la violencia, física
o psicológica, se considera
violación, debido a que el
agente se aprovecha de las
facilidades que le ofrecen
ciertas circunstancias
Definición:
son aquellos delitos de tipo penal
que atentan contra la moralidad
pública, por ejemplo las
relaciones sexuales, entendiendo
que la costumbre está más ligada
a la actividad externa que a la
intimidad del querer y sentir.
Violación:
El delito de violación está tipificado en el artículo
374 del Código Penal, en los siguientes términos:
«Quien por medio de violencias o amenazas haya
constreñido a alguna persona, del uno o del otro
sexo, a un acto carnal, por vía vaginal, anal u oral o
introducción de objetos por alguna de las dos
primeras vías, o por vía oral se le introduzca un
objeto que simule objetos sexuales, el responsable
será castigado como imputado de violación, con la
pena de prisión de diez a quince años
Elementos
a) Noción o
acción
b) Intención
c) Sujetos
d) Objetos
e) Admite
tentativa o
frustración
f) Procedimient
o
g) Penalidad
Facilitación y
favorecimiento de la
prostitución
«Comete este delito todo
individuo que, para satisfacer
las pasiones de otro, haya
facilitado o favorecido la
prostitución o corrupción de
alguna persona menor, de
cualquiera de los modos o en
cualquiera de los casos
especificados en la primera
parte y en los números 1º, 2º y
3º del artículo precedente».
El incesto
El artículo 380 del Código Penal
castiga con presidio de tres a seis años
a ”todo individuo que, en
circunstancias capaces de causar
escándalo público, tenga relaciones
incestuosas con un ascendiente o
descendiente, aunque fuere ilegítimo,
con algún afín en línea recta o con un
hermano o hermana, hermanos,
consanguíneos o uterinos”
Ultrajes al pudor público
De dos maneras puede cometerse este
delito: mediante actos ejecutados en
lugar público o expuesto a la vista del
público o por medio de escritos, dibujos
u otros objetos obscenos que bajo
cualquier forma se hubieren hecho,
distribuido o expuesto a la vista del
público u ofrecido en venta.
El Delito de rapto
El artículo 383 del Código Penal
sanciona con prisión de uno a tres
años a “todo individuo que, por
medio de violencias, amenazas o
engaño, hubiere arrebatado,
sustraído o detenido, con fines de
libertinaje o de matrimonio, a una
mujer mayor o emancipada”.
Los delitos de los corruptores
El Capítulo III del Título VIII del
Código Penal trata de los corruptores. El
primero de los artículos que lo integran -
el 387- prescribe: «El que por satisfacer
las pasiones de otro hubiere inducido a la
prostitución o a actos de corrupción a
alguna persona menor, será castigado
con prisión de tres a dieciocho meses.
El delito de Adulterio
En el Capítulo V del Título
VIII del Código Penal
venezolano aparecen
incriminados en los artículos
394 y 395 el adulterio
consumado por la mujer y el
cometido por el marido,
sancionado aquél con mayor
severidad que éste, si bien
los artículos siguientes
contienen disposiciones
comunes a los dos.
El delito de bigamia
La Bigamia es palabra
derivada del adjetivo
bígamo, y este vocablo es
compuesto de dos voces: una
latino: bis, que significa dos,
y otra griega: gamos
equivalente a casamiento,
matrimonio.
3. Delitos contra
la Libertad
Definición
Son aquellos delitos que afectan la
capacidad de una persona para actuar y
obrar con arreglo a su deseos o con
arreglos decisiones que ha tomado
Delitos contra las libertades
políticas
(artículo 166 CP) El cual se configura
cuando una persona por medio de
violencias, amenazas o tumultos, le impida
o perturbe el ejercicio de un derecho
político.
Delitos contra la libertad individual
(artículos 173 al 182 CP) Existe cuando alguien
somete a esclavitud a otra persona, o le prive
ilegítimamente de su libertad, o que obligue a
otro a realizar, tolerar o le impidiere ejecutar un
acto que no este prohibido por la ley, entre
otros.
Delitos contra la libertad de culto
(artículos 167 al 172 CP) Cuando por cualquier
circunstancia se ofenda, o ejerza hostilidad contra algún
culto, o desprecie o haya deteriorado o destruido los
lugares destinados al culto, o profane el cadáver o las
cenizas de una persona, o sustrajere sus restos.