2. Principios de la
Responsabilidad Civil
La Ley no estableció un apartado para la
responsabilidad civil.
Los principios generales no escapan a la
aplicación de esta Ley.
Reglas del 1382 y siguientes del Código Civil.
3. Inoponibilidad de la
Personalidad Jurídica
Por fraude a la ley, al orden público o a los
intereses de socios, accionistas o terceros.
Inoponibilidad no es nulidad.
Procedimiento comercial o penal.
Protección a los terceros de buena fe.
4. Admisión de la Teoría de la Apariencia
en Regularidad de Representación
• La situación anterior.
• Ventajas de la apariencia de regularidad en la
representación:
- Protección a los terceros.
- Oponibilidad de las restricciones a los socios.
5. Responsabilidad de los Administradores,
Gerentes y Representantes de las
Sociedades
• Deben actuar con lealtad y con la diligencia de un
buen hombre de negocios.
• Responsabilidad de derecho común frente a la
sociedad, los socios y los terceros.
• Caso de las personas jurídicas administradoras.
6. Responsabilidad en Sociedades en
Nombre Colectivo
Todos los socios son responsables subsidiaria,
ilimitada y solidariamente.
El que haga figurar o permita que figure su
nombre.
7. Responsabilidad en Sociedades
en Comandita Simple
Los socios comanditados responden de manera
subsidiaria, ilimitada y solidariamente.
Los socios comanditarios responden según el
pago de sus aportaciones.
8. Responsabilidad en Sociedades en
Comandita por Acciones
Los socios comanditados comerciantes responden
indefinida y solidariamente.
Los socios comanditarios accionistas responden
hasta la proporción de sus aportes.
9. Responsabilidad en Sociedades
Accidentales o en Participación
Responsabilidad ilimitada del o de los
gestores frente a los terceros.
Los no gestores quedan obligados de igual
forma si dan consentimiento a ser conocidos.
10. Responsabilidad en las SRL
Por las aportaciones en naturaleza.
Primeros gerentes y socios por nulidad de la
sociedad.
11. Responsabilidad en las SRL
Responsabilidad de los gerentes frente a
los socios por violaciones o faltas.
Acción Social
- Reparación a la sociedad
- Vigésima parte del capital.
- Acción de Orden Público
12. Responsabilidad en Sociedades
Anónimas
Responsabilidad de los socios hasta la
concurrencia de sus aportes.
Responsabilidad por nulidad de fundadores
y administradores frente a accionistas y
terceros.
- Los accionistas de aportes no verificados
y aprobados.
- La extinción de la causa de nulidad no
extingue los daños y perjuicios.
13. Responsabilidad en Sociedades
Anónimas
Responsabilidad de persona moral
administradora.
- Solidaria con representante físico.
Responsabilidad del administrador
contratante con la Sociedad sin la
autorización del consejo de administración.
14. Responsabilidad en Sociedades
Anónimas
Responsabilidad de los gerentes frente a la
Sociedad y terceros por violaciones o faltas.
Acción social la ejerce la Sociedad previa
aprobación de la Asamblea de Accionistas.
- La vigésima parte del capital suscrito y
pagado.
- De orden público.
Acción social de los acreedores para
reconstrucción de patrimonio (subsidiaria).
15. Responsabilidad de los
Comisarios de Cuentas
Por faltas y negligencias frente a la Sociedad y
terceros.
Por omisión de información a la asamblea.
16. Otras Responsabilidades
Funcionarios Superintendencia de Valores por la
obligación de guardar reservas.
El liquidador frente a la Sociedad y terceros por
faltas perjudiciales.
Empresa individual de responsabilidad limitada,
responde con su patrimonio (462)
- Excepcionalmente el propietario
compromete su responsabilidad
- Violación a las disposiciones penales.
17. Principios de los Referimientos
Los principios generales del referimiento no
escapan a la Ley aún cuando no todas las
posibilidades estén previstas.
El juez de los referimientos puede intervenir en
todos los casos de urgencia (110 y 111 Ley 834)
- Prevenir un daño inminente
- Hacer cesar una turbación ilícita.
Decisiones provisionales.
18. Casos de referimientos
previstos por la Ley de Sociedades
Para ordenar regularización de contrato de
sociedad ante omisiones.
Para ordenar al comisario de cuentas o a
mandatario judicial hacer convocatoria a
asamblea general y fijar orden del día.
Para designar representante de copropietarios
indivisos de acciones en asamblea general.
19. Casos de referimientos
previstos por la Ley de Sociedades
Para ordenar a administradores, comunicar
los documentos requeridos previo a asamblea
Astreinte.
Para resolver controversias en torno a la
reducción de capital o la fusión.
Controversias sobre cesión de activos en caso
de liquidación.
20. Palabras finales...
Los principios de la responsabilidad civil y el
referimientos son aplicables en materia de
sociedades.
Al parecer la Ley quiere advertir expresamente
la posibilidad de responsabilidad civil para
hacer mas efectiva su ejecución.
En referimientos, algunos casos fueron
expresamente previstos para evitar que el juez
declarara su incompetencia.