El documento describe las normas de responsabilidad internacional. Señala que para que un estado sea responsable, debe cometer un hecho ilícito internacional como un acto u omisión atribuible al estado que viole una obligación. También explica las circunstancias que excluyen la ilicitud de un acto y las consecuencias de cometer un acto ilícito como la obligación de reparar al perjudicado.
Módulo 1 - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Normas Responsabilidad Intl: Actos Ilícitos Estados
1. Docentes Internacionales: Dr. Nicolás Espejo Y. y Lic. Claudio Fuentes M.
Area de Principios FundamentalesArea de Principios Fundamentales
Derecho InternacionalDerecho Internacional
De los DerechosDe los Derechos
HumanosHumanos
Normas de ResponsabilidadNormas de Responsabilidad
InternacionalInternacional
Docente Internacional:Docente Internacional:
Dr. Nicolás Espejo Y.Dr. Nicolás Espejo Y.
2. Docentes Internacionales: Dr. Nicolás Espejo Y. y Lic. Clau
Normas de Responsabilidad InternacionalNormas de Responsabilidad Internacional
Para que se configure la responsabilidad internacionalPara que se configure la responsabilidad internacional
de un Estado, se requiere que este cometa un hechode un Estado, se requiere que este cometa un hecho
internacionalmente ilícito.internacionalmente ilícito.
Esto involucra:Esto involucra:
Un acto o una omisiónUn acto o una omisión
Atribuible a un EstadoAtribuible a un Estado
Que constituya un violación o incumplimiento a unaQue constituya un violación o incumplimiento a una
obligación internacional que pese u obligue a dicho Estado.obligación internacional que pese u obligue a dicho Estado.
Dependiendo de la naturaleza de la obligación que peseDependiendo de la naturaleza de la obligación que pese
sobre el Estado, en ciertas ocasiones la doctrinasobre el Estado, en ciertas ocasiones la doctrina
internacional exige la concurrencia de elemento “Daño” ointernacional exige la concurrencia de elemento “Daño” o
“Perjuicio”.“Perjuicio”.
3. Docentes Internacionales: Dr. Nicolás Espejo Y. y Lic. Clau
Normas de Responsabilidad InternacionalNormas de Responsabilidad Internacional
El acto u omisión para que este sea atribuible al EstadoEl acto u omisión para que este sea atribuible al Estado
debe ser realizado por un órgano, un agente o undebe ser realizado por un órgano, un agente o un
representante del Estado.representante del Estado.
Es irrelevante si quien realiza el acto es el poder ejecutivo, judicialEs irrelevante si quien realiza el acto es el poder ejecutivo, judicial
o legislativo, esto responde al principio de la “unidad del Estado”.o legislativo, esto responde al principio de la “unidad del Estado”.
Se requiere que el agente actue bajo el amparo o en suSe requiere que el agente actue bajo el amparo o en su
carácter oficial.carácter oficial.
Esto es fundamental, ya que los actos privados no son en principioEsto es fundamental, ya que los actos privados no son en principio
imputables a los estados, si no solo bajo ciertas circunstanciasimputables a los estados, si no solo bajo ciertas circunstancias
determinadas por la jurisprudencia internacional.determinadas por la jurisprudencia internacional.
- Caso Yerodia (Congo vs Bélgica), Corte Internacional de Justicia.Caso Yerodia (Congo vs Bélgica), Corte Internacional de Justicia.
- Caso Tellini, Sociedad de las Naciones, 1923Caso Tellini, Sociedad de las Naciones, 1923
- Caso Tadic, Tribunal Penal Internacional para la ExYugoslavia, 1999.Caso Tadic, Tribunal Penal Internacional para la ExYugoslavia, 1999.
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Normas de Responsabilidad InternacionalNormas de Responsabilidad Internacional
Circunstancias que excluyen la ilicitud de un actoCircunstancias que excluyen la ilicitud de un acto
internacional reconocidas por el Derecho:internacional reconocidas por el Derecho:
1)1) Consentimiento.Consentimiento.
1)1) Legítima Defensa.Legítima Defensa.
1)1) Fuerza Mayor.Fuerza Mayor.
1)1) Peligro extremoPeligro extremo
1)1) Estado de NecesidadEstado de Necesidad
5. Docentes Internacionales: Dr. Nicolás Espejo Y. y Lic. Clau
Normas de Responsabilidad InternacionalNormas de Responsabilidad Internacional
Consecuencias de la comisión de un acto ilícitoConsecuencias de la comisión de un acto ilícito
internacional:internacional:
a)a) Se origina una nueva relación jurídica con el Estado oSe origina una nueva relación jurídica con el Estado o
entidad afectada por el incumplimiento.entidad afectada por el incumplimiento.
b)b) Esta nueva relación jurídica consiste en la obligación delEsta nueva relación jurídica consiste en la obligación del
Estado infractor del deber de reparar al perjudicado. EstaEstado infractor del deber de reparar al perjudicado. Esta
puede tener dos modalidades:puede tener dos modalidades:
Restituto in IntegrumRestituto in Integrum
Indemnización de PerjuiciosIndemnización de Perjuicios
Las reglas generales brevemente indicadas , son sinLas reglas generales brevemente indicadas , son sin
perjuicio de las reglas especiales establecidas para laperjuicio de las reglas especiales establecidas para la
responsabilidad internacional en materia de Derechoresponsabilidad internacional en materia de Derecho
Internacional de DDHH.Internacional de DDHH.
6. Docentes Internacionales: Dr. Nicolás Espejo Y. y Lic. Clau
Normas de Responsabilidad InternacionalNormas de Responsabilidad Internacional
Consecuencias de la comisión de un acto ilícitoConsecuencias de la comisión de un acto ilícito
internacional:internacional:
a)a) Se origina una nueva relación jurídica con el Estado oSe origina una nueva relación jurídica con el Estado o
entidad afectada por el incumplimiento.entidad afectada por el incumplimiento.
b)b) Esta nueva relación jurídica consiste en la obligación delEsta nueva relación jurídica consiste en la obligación del
Estado infractor del deber de reparar al perjudicado. EstaEstado infractor del deber de reparar al perjudicado. Esta
puede tener dos modalidades:puede tener dos modalidades:
Restituto in IntegrumRestituto in Integrum
Indemnización de PerjuiciosIndemnización de Perjuicios
Las reglas generales brevemente indicadas , son sinLas reglas generales brevemente indicadas , son sin
perjuicio de las reglas especiales establecidas para laperjuicio de las reglas especiales establecidas para la
responsabilidad internacional en materia de Derechoresponsabilidad internacional en materia de Derecho
Internacional de DDHH.Internacional de DDHH.