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BIMBO MULTADA POR ENGAÑAR AL CONSUMIDOR
EN PERÚ SANCIONAN EL ILÍCITO, EN MÉXICO LO TOLERAN
La empresa Bimbo se hizo acreedora a una multa de 100.000 dólares en Perú por
engañar a los consumidores con un falso pan integral y se le ordenó retirar su
producto del mercado hasta que ofrezca la información adecuada al consumidor.
Esto ocurrió en respuesta a una denuncia de los consumidores presentada en Perú y
México, a principios de 2008. En contraste, en México la denuncia no fue atendida por
la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), lo cual obligó a El Poder del
Consumidor a realizar además una demanda de amparo contra esa dependencia por
no actuar.
La demanda interpuesta en ambos países se centra en el engaño que Bimbo ha
sostenido por varios años al publicitar sus productos como “Pan 100% Integral” y “Pan
de harina integral”, a pesar de no contener como ingrediente principal la harina
integral.
Este caso muestra la manera contrastante en que los gobiernos de Perú y México
aplican la ley para proteger a los consumidores frente al engaño.
En Perú, el Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual dio la
razón a la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios, pues consideró que “la
conducta atribuida a Bimbo constituye una infracción grave”, por lo cual estableció “el
cese definitivo e inmediato de la comercialización del producto, en tanto no cuente con
los medios probatorios que acrediten que está hecho con harina integral”.
Además, “los productos que ya hubiesen sido comercializados y que se encuentren a
disposición de los consumidores en el mercado minorista, deberá intercambiarlos con
otros en los que no se consigne en el empaque la frase „integral 100%‟ o alguna
similar”.
En México, la asociación civil El Poder del Consumidor (EPC) presentó la misma
denuncia ante la Profeco el 7 de febrero de 2008. Como nunca recibió respuesta por
parte de la dependencia, acerca de la admisión o rechazo de la denuncia, EPC se vio
obligada a presentar el 23 de octubre de 2008 una demanda de amparo contra
Profeco ante el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito
Federal por violar su derecho de petición y respuesta. A la primera comparecencia no
acudió la representación de Profeco y en la segunda argumentó que EPC carecía de
personalidad jurídica para presentar la denuncia contra Bimbo. EPC espera una
resolución Alejandro Calvillo favorable del juez, que ordene a la Profeco atender la
denuncia.
“En 2007, fuimos invitados por Profeco a formar parte del Consejo Consultivo del
Consumo de esa institución. En 2008, recibimos un reconocimiento público de la
Profeco durante la conmemoración del Día Mundial de los Derechos del Consumidor,
por nuestra labor en la defensa de esos derechos. Y ahora, en sentido totalmente
opuesto, Profeco no reconoce nuestro interés jurídico para defender el derecho de los
consumidores a no ser engañados por la empresa Bimbo”, señaló, director de EPC.
Multan a Bimbo por publicidad
engañosa en Perú
21 Enero, 2009 - 22:00
Credito:
Redacción
Grupo Bimbo fue sancionado por las autoridades de Perú con una multa de 100 mil
dólares, así como el retiro de ciertos productos por publicidad engañosa, informó en un
comunicado la organización El Poder del Consumidor (EPC).
Agregó que la sanción fue en respuesta a una denuncia de los consumidores
presentada en Perú y México, a principios de 2008, sin embargo, subrayó que en
México la denuncia no fue atendida por la Procuraduría Federal del Consumidor
(Profeco), por lo que la organización promoverá una una demanda de amparo contra
esa dependencia.
De acuerdo con el EPC, Bimbo ha engañado al consumidor por varios años al
publicitar sus productos como “Pan 100% Integral” y “Pan de harina integral”, a pesar
de no contener como ingrediente principal la harina integral.
En Perú, el Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual dio la
razón a la Asociación Peruana de Consumidores yUsuarios, pues consideró que “la
conducta atribuida a Bimbo constituye una infracción grave”, por lo cual estableció “el
cese definitivo e inmediato de la comercialización del producto, en tanto no
cuente con los medios probatorios que acrediten que está hecho con harina integral”.
Además, “los productos que ya hubiesen sido comercializados y que se encuentren a
disposición de los consumidores en el mercado minorista, deberá intercambiarlos con
otros en los que no se consigne en el empaque la frase „integral 100%‟ o alguna
similar”.
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  • 1. BIMBO MULTADA POR ENGAÑAR AL CONSUMIDOR EN PERÚ SANCIONAN EL ILÍCITO, EN MÉXICO LO TOLERAN La empresa Bimbo se hizo acreedora a una multa de 100.000 dólares en Perú por engañar a los consumidores con un falso pan integral y se le ordenó retirar su producto del mercado hasta que ofrezca la información adecuada al consumidor. Esto ocurrió en respuesta a una denuncia de los consumidores presentada en Perú y México, a principios de 2008. En contraste, en México la denuncia no fue atendida por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), lo cual obligó a El Poder del Consumidor a realizar además una demanda de amparo contra esa dependencia por no actuar. La demanda interpuesta en ambos países se centra en el engaño que Bimbo ha sostenido por varios años al publicitar sus productos como “Pan 100% Integral” y “Pan de harina integral”, a pesar de no contener como ingrediente principal la harina integral. Este caso muestra la manera contrastante en que los gobiernos de Perú y México aplican la ley para proteger a los consumidores frente al engaño. En Perú, el Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual dio la razón a la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios, pues consideró que “la conducta atribuida a Bimbo constituye una infracción grave”, por lo cual estableció “el cese definitivo e inmediato de la comercialización del producto, en tanto no cuente con los medios probatorios que acrediten que está hecho con harina integral”. Además, “los productos que ya hubiesen sido comercializados y que se encuentren a disposición de los consumidores en el mercado minorista, deberá intercambiarlos con otros en los que no se consigne en el empaque la frase „integral 100%‟ o alguna similar”. En México, la asociación civil El Poder del Consumidor (EPC) presentó la misma denuncia ante la Profeco el 7 de febrero de 2008. Como nunca recibió respuesta por parte de la dependencia, acerca de la admisión o rechazo de la denuncia, EPC se vio obligada a presentar el 23 de octubre de 2008 una demanda de amparo contra Profeco ante el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal por violar su derecho de petición y respuesta. A la primera comparecencia no acudió la representación de Profeco y en la segunda argumentó que EPC carecía de personalidad jurídica para presentar la denuncia contra Bimbo. EPC espera una resolución Alejandro Calvillo favorable del juez, que ordene a la Profeco atender la denuncia. “En 2007, fuimos invitados por Profeco a formar parte del Consejo Consultivo del Consumo de esa institución. En 2008, recibimos un reconocimiento público de la Profeco durante la conmemoración del Día Mundial de los Derechos del Consumidor, por nuestra labor en la defensa de esos derechos. Y ahora, en sentido totalmente opuesto, Profeco no reconoce nuestro interés jurídico para defender el derecho de los consumidores a no ser engañados por la empresa Bimbo”, señaló, director de EPC.
  • 2. Multan a Bimbo por publicidad engañosa en Perú 21 Enero, 2009 - 22:00 Credito: Redacción Grupo Bimbo fue sancionado por las autoridades de Perú con una multa de 100 mil dólares, así como el retiro de ciertos productos por publicidad engañosa, informó en un comunicado la organización El Poder del Consumidor (EPC). Agregó que la sanción fue en respuesta a una denuncia de los consumidores presentada en Perú y México, a principios de 2008, sin embargo, subrayó que en México la denuncia no fue atendida por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), por lo que la organización promoverá una una demanda de amparo contra esa dependencia. De acuerdo con el EPC, Bimbo ha engañado al consumidor por varios años al publicitar sus productos como “Pan 100% Integral” y “Pan de harina integral”, a pesar de no contener como ingrediente principal la harina integral. En Perú, el Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual dio la razón a la Asociación Peruana de Consumidores yUsuarios, pues consideró que “la conducta atribuida a Bimbo constituye una infracción grave”, por lo cual estableció “el cese definitivo e inmediato de la comercialización del producto, en tanto no cuente con los medios probatorios que acrediten que está hecho con harina integral”. Además, “los productos que ya hubiesen sido comercializados y que se encuentren a disposición de los consumidores en el mercado minorista, deberá intercambiarlos con otros en los que no se consigne en el empaque la frase „integral 100%‟ o alguna similar”. APR