SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 50
Legislación Comercial
Sociedades Comerciales
¿QUÉ ES UNA SOCIEDAD?

La sociedad es un contrato entre dos o más personas que se
 juntan para hacer un negocio. La gracia de este contrato es
 que crea una persona jurídica distinta de los socios que
 constituyen la sociedad. Es más, esta persona jurídica
 tendrá un patrimonio propio, formado a partir de los aportes
 de los dueños, pero diferente al personal de cada uno de los
 socios individualmente considerados.
CARACTERÍSTICAS DE LAS
     SOCIEDADES
  - Es una persona jurídica distinta a los socios,
por lo que tiene un nombre y Rut distinto.
- Conformada por el capital de los socios, que
puede ser dinero, bienes o incluso su trabajo.
- Tiene patrimonio propio, distinto al personal de
los                                        socios.
-    Se     constituye  para      crear negocios.
- Sirve para proteger el patrimonio personal de
los socios.
SOCIEDAD COLECTIVA

 La sociedad colectiva se presenta como la
sociedad mercantil tradicional en la que los
socios intervienen directamente en la gestión y
responden personalmente y de forma ilimitada y
solidaria frente a las deudas sociales.
ESCRITURA Y ESTATUTOS

•     La constitución de la sociedad se
    formaliza a través de escritura pública,
    que será inscrita en el Registro Mercantil,
    momento en el que ésta adquiere su
    personalidad jurídica.
En la escritura de constitución de la
 sociedad colectiva se deberá expresar:

• El nombre, apellidos y domicilio de los socios.
• La razón social.
• El nombre y apellidos de los socios a quienes se
  encomiende la gestión de la compañía y el uso de la
  firma social.
• El capital que cada socio aporte en dinero efectivo,
  créditos o efectos, con expresión del valor que se dé a
  éstos o de las bases sobre las que haya de hacerse su
  valoración.
• La duración de la sociedad.
• Las cantidades que, en su caso, se
  asignen a cada socio gestor para sus
  gastos particulares.
• Los demás pactos lícitos que los socios
  estimen convenientes.
La constitución de la sociedad se
formaliza a través de escritura pública,
que será inscrita en el Registro Mercantil,
momento en el que ésta adquiere su
personalidad jurídica.
   En la escritura de constitución de la
sociedad colectiva se deberá expresar:
• El nombre, apellidos y domicilio de los socios.
• La razón social.
• El nombre y apellidos de los socios a quienes se
  encomiende la gestión de la compañía y el uso de la firma
  social.
• El capital que cada socio aporte en dinero efectivo,
  créditos o efectos, con expresión del valor que se dé a
  éstos o de las bases sobre las que haya de hacerse su
  valoración.
• La duración de la sociedad.
• Las cantidades que, en su caso, se asignen a cada socio
  gestor para sus gastos particulares.
• Los demás pactos lícitos que los socios estimen
  convenientes.
CARACTERÍSTICAS
•   Personalidad jurídica propia.
•   Acuerdo de constitución formalizado en escritura pública y posterior
    inscripción en el Registro Mercantil.
•   El nombre de la sociedad estará constituido por los nombres de
    todos sus socios, o de alguno de ellos, debiendo añadirse en este
    último caso la expresión "y Compañía" o su abreviatura "y Cía.".
•   El nombre de la sociedad no podrá incluir nombres de personas
    que no sean socios de la misma.
•   La condición de socio no puede transmitirse libremente.
•   Las sociedades colectivas no podrán emitir ni garantizar la emisión
    de obligaciones u otros valores negociables agrupados en
    emisiones.
SOCIOS

  Destaca en este tipo de sociedad su marcado carácter
personalista, dada la importancia que adquiere dentro de
la misma la persona del socio, del que interesa no sólo su
capital, sino su colaboración personal o trabajo. De ahí
que la condición de socio no pueda transmitirse libremente
y que se contemple la figura del socio industrial, cuya
aportación a la sociedad se reduce exclusivamente a su
trabajo. El número mínimo de socios es dos, no existiendo
número máximo.
DERECHOS DE LOS SOCIOS

– Participar en la gestión de la sociedad, salvo
  que en el contrato social se estipule otro
  régimen de gestión.
– Examinar en todo momento el estado de la
  administración y la contabilidad.
– Participar en los beneficios.
DEBERES DE LOS SOCIOS

    – Participar en la gestión cuando así se
      estipule.
    – Contribuir con la aportación comprometida en
      el momento de constitución.
    – Abstenerse de hacer competencia a la
      sociedad.
    – Responder con su patrimonio frente a las
      deudas sociales.
•
FISCALIDAD
 Las sociedades colectivas tributan a través
del Impuesto sobre Sociedades y no pueden
acogerse al Régimen Simplificado ni al del
Recargo de Equivalencia del Impuesto sobre
el Valor Añadido. El tipo impositivo aplicable
en el Impuesto sobre Sociedades es el 35 por
100. Existe un régimen fiscal especial dentro
del Impuesto sobre Sociedades, para las
empresas de reducida dimensión, quedando
reducido al 30 por ciento el tipo impositivo
para los primeros 120.202,41 euros.
CAPITAL

  No existe mínimo legal. Las aportaciones de los socios
pueden ser económicas o pueden ser en forma de
trabajo.
ADMINISTRACIÓN
   Todos los socios tienen derecho a participar en la
gestión de la sociedad salvo que la escritura establezca
la administración a uno o varios socios exclusivamente.
Los acuerdos se adoptarán por unanimidad de los
socios presentes.
SOCIEDAD EN COMANDITA
       SIMPLE
En la sociedad en comandita simple los socios pueden ser
de dos categorías: los que solamente aportan capital y no
participan de la gestión social y los que aportan
solamente trabajo o trabajo y capital y participan de la
gestión. A cada una de esas categorías corresponde un
régimen especial de responsabilidad, para la primera
limitada al monto de la aportación y para la segunda
ilimitada y solidaria.
COMO SE DENOMINA
•  Clase y número de socios: Tiene dos clases de socios,
  los gestores, llamados también colectivos (que pueden
  ser uno o mas) y los comanditarios (uno o mas).
• Documento de constitución: Escritura publica
• Nombre: Razón social conformada con el nombre
  completo o el solo apellido de uno o mas socios gestores,
  con la expresión “y compañía” seguida de la indicación “S
  en C”.
• Capital Social: Se forma con los aportes de los socios
  comanditarios. Los socios gestores también pueden hacer
  aportes en capital. Cualquier modificación se hace por
  reforma estatutaria.
• Derechos de los socios en la sociedad: Para los
  gestores partes de interés, para los comanditarios
  cuotas.
• Cesión de las partes de interés y de las cuotas: Las
  Partes de interés, reforma estatutaria que requiere
  unanimidad      tanto de los gestores como de los
  comanditarios, para las cuotas, unanimidad de los
  comanditarios.
• Órganos Sociales: La dirección de la sociedad estará a
  cargo de la junta de socios (todos los socios, gestores y
  comanditarios) y la administración y representación legal
  estará a cargo de los gestores.
• Derecho de voto: cada socio gestor tendrá un
  voto, los comanditarios tendrán tantos votos
  como cuotas posean.
•   Reformas estatutarias: se aprueban por
  unanimidad de los socios gestores, mas el voto
  de la mitad mas uno de los comanditarios.
• Utilidades: se distribuyen entre los gestores y
  comanditarios como se haya estipulado en los
  estatutos sociales. A falta de estipulación se
  distribuye entre los comanditarios a prorrata de
  sus cuotas, pagando previamente las utilidades
  que le corresponden a los gestores.
• Responsabilidad de los socios: Para los
  gestores es Solidaria e ilimitada, los
  comanditarios limitan su responsabilidad a sus
  respectivos aportes.
• Revisor Fiscal: Legalmente no es obligatorio, a
  menos que la sociedad llegare a tener el monto
  de activos o de ingresos fijados en la Ley
  43/1990, articulo 13, parágrafo 2.
• Normas aplicables: Respecto de los socios
  gestores se aplican las normas de la sociedad
  colectiva y respecto de los comanditarios las
  normas de la sociedad limitada.
SOCIEDAD EN COMANDITA
     POR ACCIONES
Sociedad de carácter mercantil cuyo capital
social está dividido en acciones, que se
formará por las aportaciones de los socios,
uno de los cuales, al menos, se encargará de
la administración de la sociedad y responderá
personalmente de las deudas sociales como
socio colectivo, mientras que los socios
comanditarios no tendrán esa
responsabilidad.
COMO SE DENOMINA
•   Clase y número de socios: Tiene dos clases de socios, los
    gestores, llamados también colectivos (que pueden ser uno o mas)
    y los comanditarios (no pueden ser menos de cinco).
•   Documento de constitución: Escritura publica
•   Nombre: Razón social conformada con el nombre completo o el
    solo apellido de uno o mas socios gestores, con la expresión “y
    compañía” seguida de las palabras “Sociedad Comanditaria por
    Acciones o de la indicación “SCA”.
•   Capital Social: Se forma con los aportes de los socios
    comanditarios. Los socios gestores también pueden hacer aportes
    en capital. Esta representado en títulos de igual valor llamados
    acciones.
• Derechos de los socios en la sociedad: Para los
  gestores partes de interés, para los comanditarios
  acciones.
• Cesión de las partes de interés y de las acciones: Las
  Partes de interés, reforma estatutaria que requiere
  unanimidad      tanto de los gestores como de los
  comanditarios, para las acciones, no se hace por
  reforma social, se siguen las normas de la sociedad
  anónima, es decir las acciones son libremente
  negociables.
• Órganos Sociales: La dirección de la sociedad estará a
  cargo de la Asamblea de Asociados (gestores y
  comanditarios) y la administración y representación legal
  estará a cargo de los gestores
• Conceptos respecto del Capital: Capital autorizado:
  limite máximo de capitalización, Capital suscrito:
  cantidad que los socios se han obligado a pagar, ya sea
  en el momento de constitución de la sociedad o en una
  emisión posterior y Capital pagado: valor que los socios
  han pagado efectivamente.
• Derecho de voto: cada socio gestor tendrá un voto, los
  comanditarios tendrán tantos votos como acciones
  posean.
• Reformas estatutarias: se aprueban por unanimidad
  de los socios gestores, mas el voto de la mayoría de los
  comanditarios presentes en la reunión.
• Utilidades: se distribuyen entre los gestores y
  comanditarios como se haya estipulado en los estatutos
  sociales. A falta de estipulación se distribuye entre los
  comanditarios a prorrata de sus acciones, pagando
  previamente las utilidades que le corresponden a los
  gestores.
• Responsabilidad de los socios: Para los gestores es
  Solidaria e ilimitada, los comanditarios o accionistas
  limitan su responsabilidad a sus respectivos aportes.
• Reserva Legal: Se conforma con el 10% de las
  utilidades liquidas de cada ejercicio, hasta completar el
  50% del capital suscrito.
• Revisor Fiscal: Es un cargo obligatorio
  en este tipo de sociedades.
• Normas aplicables: Respecto de los
  socios gestores se aplican las normas de
  la sociedad colectiva y respecto de los
  comanditarios las normas de la sociedad
  anónima.
SOCIEDAD LIMITADA

La Sociedad Limitada es la forma jurídica más
común elegida por los emprendedores para
llevar a la práctica su proyecto de negocio. En
este artículo describimos algunos conceptos
básicos para familiarizarnos con esta fórmula
jurídica. Como por ejemplo la denominación
social, el objeto de la misma, el número de
socios, el capital, los administradores o los
estatutos
COMO SE DENOMINA
• Numero de socios: Mínimo 2, Máximo veinticinco
• Documento de constitución: Escritura publica
• Nombre: Puede utilizar denominación social o razón
  social, en todo caso seguida de la palabra “limitada” o
  de su abreviatura “Ltda”, si no se utiliza la palabra o
  abreviatura, los socios responden solidaria e
  ilimitadamente frente a terceros.
• Capital Social: Se divide en cuotas de igual valor, que
  no se representan en títulos. Cualquier modificación se
  hace por reforma estatutaria.
• Responsabilidad de los socios: Responden
  hasta el monto de sus aportes. La
  responsabilidad es ilimitada en obligaciones
  laborales y tributarias (Art. 36 CST y Art. 794
  E.T)
• Administración: Corresponde a todos y cada
  uno de los socios. Quienes podrán delegarla en
  un tercero, en la actualidad se acostumbra
  nombrar un Gerente que se encarga de la
  representación y administración de la sociedad.
• Máximo órgano social: La Junta de Socios
• Reformas estatutarias: requieren unanimidad
• Utilidades: Se reparte entre los socios en
  proporción a las cuotas que poseen, después de
  hacer las reservas correspondientes.
• Revisor Fiscal: Legalmente no es obligatorio, a
  menos que la sociedad llegare a tener el monto
  de activos o de ingresos fijados en la Ley
  43/1990, articulo 13, parágrafo 2.
• Reserva Legal: Se conforma con el 10% de las
  utilidades liquidas de cada ejercicio, hasta
  completar el 50% del capital suscrito.
• Derecho de voto: Cada cuota da derecho
  a un voto.
• Junta Directiva: No es obligatoria su
  existencia, pero en los estatutos puede
  estipularse     su     conformación      y
  funcionamiento.
• Cesión de Cuotas: Se hace por reforma
  estatutaria, debe seguirse el tramite
  previsto en la ley o en los estatutos para
  cumplir con el derecho de preferencia.
SOCIEDAD ANONIMA

   La sociedad anónima es una de las
figuras más utilizadas en la constitución
de empresas, y está conformada por un
numero plural de socios que no puede se
menor a cinco (5) socios y un máximo
ilimitado. La razón social debe estar
seguida por la sigla S.A.
COMO SE DENOMINA
•   Numero de accionistas: Mínimo 5, Máximo ilimitado
•   Documento de constitución: Escritura publica
•   Nombre: Denominación social seguida de las palabras “Sociedad
    Anónima” o de la sigla “S.A.”
•   Capital Social: Se divide en acciones de igual valor, que se
    representaran en títulos negociables.
•   Conceptos respecto del Capital: Capital autorizado: limite
    máximo de capitalización, Capital suscrito: cantidad que los socios
    se han obligado a pagar, ya sea en el momento de constitución de
    la sociedad o en una emisión posterior y Capital pagado: valor que
    los socios han pagado efectivamente.
• Responsabilidad de los accionistas: Responden hasta el
  monto de sus respectivos aportes.
• Órganos de la sociedad: La Asamblea General de
  Accionistas, la Junta Directiva y el Representante Legal.
• Administración: Es compartida entre el Representante
  Legal (Gerente) y la Junta Directiva.
• Máximo órgano social: La Asamblea General de
  Accionistas.
• Junta Directiva: Órgano de existencia obligatoria en la
  Sociedad      Anónima,     que     cumple    funciones    de
  administración y cuya elección corresponde a la Asamblea
  de Accionistas por el sistema del cuociente electoral.
• Revisor Fiscal: Cargo obligatorio en este tipo de sociedad
•      Utilidades: Se reparte entre los accionistas en
  proporción a las acciones que poseen, después de hacer
  las reservas correspondientes.
• Reserva Legal: Se conforma con el 10% de las
  utilidades liquidas de cada ejercicio, hasta completar el
  50% del capital suscrito.
• Cesión de acciones: No requiere reforma del contrato
  social, las acciones son títulos valores, libremente
  negociables y su forma de circulación es por endoso y
  entrega del titulo.
• Derecho de voto: Cada acción da derecho a un voto.
CARACTERISTICAS DE SUS
        ORGANOS
Asamblea de Accionistas: la constituyen todos los accionistas
que componen la sociedad, reunidos con el quórum y las
condiciones previstas en los estatutos de la sociedad.
Junta Directiva: Esta compuesta por el numero de miembros
que se indique en los estatutos, en todo caso no pueden ser
menos de tres, sus funciones son de administración no de
Representación, se encuentra subordinada a la Asamblea de
Accionistas y su composición debe inscribirse en el registro
mercantil.
• Representante legal: Corresponde a una o
  varias personas elegidas por la Junta Directiva
  para periodos determinados, pero libremente
  removibles en cualquier tiempo, su designación
  debe inscribirse en el registro mercantil, el
  representante legal cumple funciones de
  administración      y      representación,   es
  permanente, pues es necesario que la sociedad
  tenga siempre un representante ante los
  terceros y sus funciones están limitadas al
  desarrollo del objeto social
SOCIEDADES X ACCIONES
       SIMPLIFICADAS(S.A.S.)
         LEY 1258 DE 2008

La Sociedad por Acciones Simplificada,
puede constituirse por una o varias
personas naturales o jurídicas, quienes
solo serán responsables hasta el monto
de sus respectivos aportes.

Una vez inscrita en el registro mercantil,
formara una persona jurídica distinta de
sus accionistas.
DOCUMENTO DE CONSTITUCION
        DE LA SOCIEDAD
1. Nombre, documento de identidad y domicilio de los
   accionistas.
2. Razón social o denominación de la sociedad, seguida
   de las palabras “sociedad por acciones simplificada”; o
   de las letras S.A.S.;
3. El domicilio principal de la sociedad y el de las distintas
   sucursales que se establezcan en el mismo acto de
   constitución.
4. El término de duración, si este no fuere indefinido. Si
   nada se expresa en el acto de constitución, se
   entenderá que la sociedad se ha constituido por
   término indefinido.
5.   Una enunciación clara y completa de las actividades
     principales, a menos que se exprese que la sociedad
     podrá realizar cualquier actividad comercial o civil, lícita. Si
     nada se expresa en el acto de constitución, se entenderá
     que la sociedad podrá realizar cualquier actividad lícita.
6.   El capital autorizado, suscrito y pagado, la clase, número y
     valor nominal de las acciones representativas del capital y
     la forma y términos en que estas deberán pagarse.
7.   La forma de administración y el nombre, documento de
     identidad y facultades de sus administradores. En todo
     caso, deberá designarse cuando menos un representante
     legal.

El documento de constitución debe ser autenticado por sus
accionistas antes de ser inscrito en el Registro Mercantil de
La Cámara de Comercio.
CARACTERISTICAS
- Se crea mediante contrato o acto unilateral que
constará en documento privado.
- Se constituyen por una o varias personas naturales o
jurídicas, quienes sólo serán responsables hasta el
monto de sus respectivos aportes.
- Una vez inscrita en el registro mercantil, formará una
persona jurídica distinta de sus accionistas.
- Es una sociedad de capitales.
-    Su     naturaleza     siempre    será     comercial,
independientemente de las actividades previstas en su
objeto social.
- Para efectos tributarios, se rige por las reglas
aplicables a las sociedades anónimas.
- Las acciones y demás valores que emita la S.A.S no
podrán inscribirse en el Registro Nacional de Valores y
Emisores ni negociarse en bolsa.
- El documento de constitución será objeto de
autenticación de manera previa a la inscripción en el
registro mercantil de la Cámara de Comercio, por
quienes participen en su suscripción.
- Dicha autenticación deberá hacerse directamente o a
través de apoderado.
- Cuando lo activos aportados a la sociedad
comprendan bienes cuya transferencia requiera
escritura pública, la constitución de la sociedad deberá
hacerse de igual manera e inscribirse también en los
registros correspondientes.
EMPRESA UNIPERSONAL

   Es un emprendimiento empresarial que
   puede ser realizado de forma individual,
   sin necesidad de constituir una
   sociedad. Ésta no posee personería
   jurídica, y el titular de la empresa
   responde personal e ilimitadamente por
   las obligaciones de la misma.
COMO SE CONSTITUYE UNA
         EMPRESA UNIPERSONAL

La constitución de una empresa unipersonal es solemne, pues debe
efectuarse por escrito, es decir, documento privado o escritura
pública cuando se aportan bienes inmuebles, y con estricta sujeción
a las reglas contempladas en el artículo 72 de la Ley 222 de 1995.

Si se constituye por documento privado, éste deberá ser reconocido
por el constituyente o empresario ante juez o notario o presentado
personalmente ante el secretario de la cámara.

Cuando se omita cualquiera de los requisitos contemplados en la
citada norma o cuando el documento no sea reconocido por el
empresario o presentado personalmente ante el secretario de la
entidad, las cámaras deben abstenerse de efectuar su inscripción.
REQUISITOS DE DOCUMENTO DE
           CONSTITUCION

- Nombre, documento de identidad, domicilio y dirección del empresario.
- Denominación o razón social de la empresa, seguida de la expresión
“empresa unipersonal” o de su sigla E.U., so pena de que el empresario
responda ilimitadamente.
- El domicilio de la empresa.
- El término de duración, si éste no fuere indefinido.
- Una enunciación clara y completa de las actividades principales, a
menos que se exprese que la empresa podrá realizar cualquier acto
lícito de comercio.
- El monto del capital haciendo una descripción pormenorizada de los
bienes aportados con estimación de su valor. El empresario responderá
por el valor asignado a los bienes en el documento constitutivo.
- El número de cuotas de igual valor nominal en que se dividirá el
capital de la empresa.
COMO DEBE RENOVARSE LA
           MATRICULA




Dentro de los meses de enero a
marzo de cada año debe renovarse
la matrícula mercantil para obtener
los beneficios que de ella se
derivan y evitar las sanciones de
ley.
COMO SE LIQUIDA UNA EMPRESA
           UNIPERSONAL

Una vez que la empresa unipersonal haya sido disuelta ó esta hubiere
operado en virtud del vencimiento del término, la liquidación del patrimonio se
realiza conforme al procedimiento señalado para la liquidación de las
sociedades de responsabilidad limitada.
Tener en cuenta que en el documento final de liquidación se debe aprobar la
cuenta final de liquidación, anexando balance suscrito por contador público,
aprobando las cuentas del liquidador sino fuere el mismo constituyente e
indicando cuánto es el monto a repartir.

Si la empresa que se liquida posee establecimientos de comercio que no van
a ser cerrados, deberán adjudicarse en el documento de liquidación, de lo
contrario, deberá solicitarse la cancelación de la matrícula de esos
establecimientos, porque ésta no opera automáticamente por el hecho que se
liquide una empresa.
INFORMACIÓN DE LOS
           TEXTOS INVESTIGADOS
1.http://www.economiaynegocios.cl/mis_finanzas/detalles/detalle_emp.asp?id=287
2. http://www.motril.es/index.php?id=755
3. http://www.motril.es/index.php?id=755
4.http://es.scribd.com/doc/87746530/24/Definicion-de-sociedad-en-comandita-simple
5.
    http://vivero.camarajaen.org/documentos/creacionEmpresas/sociedad_comanditaria_por_accio

 .
6 http://www.microsoft.com/business/es-es/Content/Paginas/article.aspx?cbcid=287
7. http://www.gerencie.com/sociedad-anonima.html

8.http://www.portaldelaempresa.gub.uy/index.php?
     option=com_content&view=article&id=120&Itemid=84

     http://www.eafit.edu.co/escuelas/administracion/consultorio-contable/Documents/boletines/comercial-labora

9. http://www.ccc.org.co/servicios/registros-publicos/mercantil/tramites/constituciones-reformas-y-
     nombramientos/sociedad-por-acciones-simplificada-sas/
IMÁGENES
1.
     http://www.google.com.co/imgres?q=Sociedades&um=1&hl=es&sa=N&biw=1366&bih=667&tbm=isch&tbnid=_Vl7vIoRIXAs




2.
     http://www.google.com.co/imgres?q=Sociedades&start=195&um=1&hl=es&sa=N&biw=1366&bih=667&addh=36&tbm=isch



3.
     http://www.google.com.co/imgres?q=socios&um=1&hl=es&biw=1366&bih=667&tbm=isch&tbnid=IIYbUmzsnxbJLM:&imgre
IMÁGENES
4.   http://www.google.com.co/imgres?
     q=sociedad+colectiva&um=1&hl=es&biw=1366&bih=667&tbm=isch&tbnid=hReX9Wco8K2EZM:&imgrefurl=http://
     negociosybolsa.blogspot.com/2011/01/la-sociedad-colectiva-sus-ventajas-
     y.html&imgurl=http://2.bp.blogspot.com/_OwrCvuKKn90/TSDfBL_fU9I/AAAAAAAAAhE/5O6WSjWLU2c/s320/La
     %25252BSociedad%25252BColectiva%25252Bsus%25252BVentajas%25252By
     %25252BDesventajas.jpg&w=273&h=185&ei=KdNHUM_RMIbn0QHM5YGQCQ&zoom=1&iact=hc&vpx=1107&vp
     y=208&dur=285&hovh=148&hovw=218&tx=115&ty=57&sig=107911538718003662620&page=1&tbnh=121&tbnw
     =179&start=0&ndsp=18&ved=1t:429,r:5,s:0,i:122



5.   http://www.google.com.ar/imgres?
     q=empresa+unipersonal&um=1&hl=es&sa=N&biw=1360&bih=665&tbm=isch&tbnid=CS2Q4Jl3QSpAkM:&imgrefu
     rl=http://www.fenalco.com.co/contenido/2558&imgurl=http://www.fenalco.com.co/sites/default/files/032_6000x600
     0_11.png&w=600&h=600&ei=c5JIUKSjFIu89gT_h4GYAw&zoom=1&iact=rc&dur=424&sig=10757423216790563
     9055&page=1&tbnh=139&tbnw=147&start=0&ndsp=19&ved=1t:429,r:9,s:0,i:95&tx=61&ty=67


6.   http://www.google.com.co/imgres?
     q=como+debe+renovarse+la+matricula&um=1&hl=es&sa=N&biw=1366&bih=667&tbm=isch&tbnid=-
     tBWKcRwyjejvM:&imgrefurl=http://www.cccasanare.co/Noticias.php%3FrecordID
     %3D140&docid=f4q6HqJ3tP_SHM&imgurl=http://www.cccasanare.co/Info/Noticias/2012-02-03_09-31-29-
     amDSC09263.JPG&w=760&h=570&ei=8wxJUObhNYKs8ASA2YHgCw&zoom=1&iact=hc&vpx=757&vpy=136&du
     r=1151&hovh=194&hovw=259&tx=124&ty=100&sig=107911538718003662620&page=2&tbnh=143&tbnw=179&s
     tart=19&ndsp=24&ved=1t:429,r:9,s:19,i:160

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Sociedad colectiva
Sociedad colectivaSociedad colectiva
Sociedad colectivaivaxdo
 
CUADRO COMPARATIVO DE SOCIEDADES MERCANTILES.pdf
CUADRO COMPARATIVO DE SOCIEDADES MERCANTILES.pdfCUADRO COMPARATIVO DE SOCIEDADES MERCANTILES.pdf
CUADRO COMPARATIVO DE SOCIEDADES MERCANTILES.pdfSergio Jaubert Garibay
 
Contrato de sociedad mercantil
Contrato de sociedad mercantilContrato de sociedad mercantil
Contrato de sociedad mercantilisys devides
 
Cuadro resumen diferencias entre Sociedades Mercantiles
Cuadro resumen diferencias entre Sociedades MercantilesCuadro resumen diferencias entre Sociedades Mercantiles
Cuadro resumen diferencias entre Sociedades MercantilesKHEYLA RONDON
 
Diapositivas sociedad colectiva
Diapositivas sociedad colectivaDiapositivas sociedad colectiva
Diapositivas sociedad colectivapilar manrique
 
Sociedad en comandita simple
Sociedad en comandita simpleSociedad en comandita simple
Sociedad en comandita simplealexander_hv
 
Sociedades mercantiles diferencias
Sociedades mercantiles diferenciasSociedades mercantiles diferencias
Sociedades mercantiles diferenciasAnise Aldana
 
Sociedad en comandita por acciones
Sociedad en comandita por accionesSociedad en comandita por acciones
Sociedad en comandita por accioneshernanmontagust
 
Sociedad comandita por acciones
Sociedad comandita por accionesSociedad comandita por acciones
Sociedad comandita por accionesErick Martinez
 
Clasificación de las sociedades
Clasificación de las sociedadesClasificación de las sociedades
Clasificación de las sociedadesDerechomexicana
 
UTPL Ley de Compañías
UTPL Ley de CompañíasUTPL Ley de Compañías
UTPL Ley de Compañíasutplgestion
 
Sociedad de responsabilidad limitada
Sociedad de responsabilidad limitadaSociedad de responsabilidad limitada
Sociedad de responsabilidad limitadaHerculano Ruiz Lopez
 
Tipos de Empresas (Perú)
Tipos de Empresas (Perú)Tipos de Empresas (Perú)
Tipos de Empresas (Perú)Kelly Losijon
 

La actualidad más candente (20)

Sociedad colectiva
Sociedad colectivaSociedad colectiva
Sociedad colectiva
 
CUADRO COMPARATIVO DE SOCIEDADES MERCANTILES.pdf
CUADRO COMPARATIVO DE SOCIEDADES MERCANTILES.pdfCUADRO COMPARATIVO DE SOCIEDADES MERCANTILES.pdf
CUADRO COMPARATIVO DE SOCIEDADES MERCANTILES.pdf
 
La persona jurídica
La persona jurídicaLa persona jurídica
La persona jurídica
 
Tipos de sociedades
Tipos de sociedadesTipos de sociedades
Tipos de sociedades
 
Contrato de sociedad mercantil
Contrato de sociedad mercantilContrato de sociedad mercantil
Contrato de sociedad mercantil
 
Cuadro resumen diferencias entre Sociedades Mercantiles
Cuadro resumen diferencias entre Sociedades MercantilesCuadro resumen diferencias entre Sociedades Mercantiles
Cuadro resumen diferencias entre Sociedades Mercantiles
 
Diapositivas sociedad colectiva
Diapositivas sociedad colectivaDiapositivas sociedad colectiva
Diapositivas sociedad colectiva
 
Comandita por acciones
Comandita por accionesComandita por acciones
Comandita por acciones
 
Sociedad en comandita simple
Sociedad en comandita simpleSociedad en comandita simple
Sociedad en comandita simple
 
Sociedad limitada
Sociedad limitadaSociedad limitada
Sociedad limitada
 
Sociedades mercantiles diferencias
Sociedades mercantiles diferenciasSociedades mercantiles diferencias
Sociedades mercantiles diferencias
 
Sociedad en comandita por acciones
Sociedad en comandita por accionesSociedad en comandita por acciones
Sociedad en comandita por acciones
 
Sociedad comandita por acciones
Sociedad comandita por accionesSociedad comandita por acciones
Sociedad comandita por acciones
 
Sociedades comerciales
Sociedades comercialesSociedades comerciales
Sociedades comerciales
 
SOCIEDAD EN COMANDITA
SOCIEDAD EN COMANDITASOCIEDAD EN COMANDITA
SOCIEDAD EN COMANDITA
 
Las Sociedades en Comandita Simple
Las Sociedades en Comandita SimpleLas Sociedades en Comandita Simple
Las Sociedades en Comandita Simple
 
Clasificación de las sociedades
Clasificación de las sociedadesClasificación de las sociedades
Clasificación de las sociedades
 
UTPL Ley de Compañías
UTPL Ley de CompañíasUTPL Ley de Compañías
UTPL Ley de Compañías
 
Sociedad de responsabilidad limitada
Sociedad de responsabilidad limitadaSociedad de responsabilidad limitada
Sociedad de responsabilidad limitada
 
Tipos de Empresas (Perú)
Tipos de Empresas (Perú)Tipos de Empresas (Perú)
Tipos de Empresas (Perú)
 

Destacado

Legislacion comercial
Legislacion  comercialLegislacion  comercial
Legislacion comercialyuleimanovoa
 
Legislacion comercial y mercantil
Legislacion comercial  y mercantilLegislacion comercial  y mercantil
Legislacion comercial y mercantilKarenCardenas1218
 
La legislacion comercia lvaneee♥♥
La legislacion comercia lvaneee♥♥La legislacion comercia lvaneee♥♥
La legislacion comercia lvaneee♥♥vanehr04
 
Diapositivas derecho comercial
Diapositivas derecho comercial Diapositivas derecho comercial
Diapositivas derecho comercial real0908
 
Legislacion comercial y mercantil
Legislacion comercial y mercantilLegislacion comercial y mercantil
Legislacion comercial y mercantilLorenaSierra06
 
Legislacion comercial
Legislacion comercialLegislacion comercial
Legislacion comercialMartin Alonso
 
Trabajo de legislacion comercial
Trabajo de legislacion comercialTrabajo de legislacion comercial
Trabajo de legislacion comercialEdman Rojas
 
Derecho comercial exposicion.ppt
Derecho comercial exposicion.pptDerecho comercial exposicion.ppt
Derecho comercial exposicion.pptCEFIC
 
Legislación comercial y tributaria
Legislación comercial y tributariaLegislación comercial y tributaria
Legislación comercial y tributarianataliamejia9013
 
Derecho comercial
Derecho comercialDerecho comercial
Derecho comercialaflorezr
 
Sociedades comerciales en colombia
Sociedades comerciales en colombiaSociedades comerciales en colombia
Sociedades comerciales en colombiafabianguerrerov
 
Taller legislacion comercial
Taller legislacion comercialTaller legislacion comercial
Taller legislacion comercialreyna20121
 
Evolucion historica del derecho comercial en general y en colombia2
Evolucion historica del derecho comercial en general y en colombia2Evolucion historica del derecho comercial en general y en colombia2
Evolucion historica del derecho comercial en general y en colombia2verovengal
 
Fuentes del Derecho Comercial
Fuentes del Derecho ComercialFuentes del Derecho Comercial
Fuentes del Derecho Comercialandrearojoburrows
 
Legislacion comercial de diferentes paises
Legislacion comercial de diferentes paisesLegislacion comercial de diferentes paises
Legislacion comercial de diferentes paisesyymolinaf
 

Destacado (20)

Legislacion comercial
Legislacion  comercialLegislacion  comercial
Legislacion comercial
 
Legislacion comercial y mercantil
Legislacion comercial  y mercantilLegislacion comercial  y mercantil
Legislacion comercial y mercantil
 
La legislacion comercia lvaneee♥♥
La legislacion comercia lvaneee♥♥La legislacion comercia lvaneee♥♥
La legislacion comercia lvaneee♥♥
 
Diapositivas derecho comercial
Diapositivas derecho comercial Diapositivas derecho comercial
Diapositivas derecho comercial
 
Legislacion comercial y mercantil
Legislacion comercial y mercantilLegislacion comercial y mercantil
Legislacion comercial y mercantil
 
Legislacion comercial
Legislacion comercialLegislacion comercial
Legislacion comercial
 
Trabajo de legislacion comercial
Trabajo de legislacion comercialTrabajo de legislacion comercial
Trabajo de legislacion comercial
 
Derecho comercial exposicion.ppt
Derecho comercial exposicion.pptDerecho comercial exposicion.ppt
Derecho comercial exposicion.ppt
 
Introducción al derecho comercial - Leonardo Espinosa Quintero
Introducción al derecho comercial - Leonardo Espinosa QuinteroIntroducción al derecho comercial - Leonardo Espinosa Quintero
Introducción al derecho comercial - Leonardo Espinosa Quintero
 
Legislación comercial y tributaria
Legislación comercial y tributariaLegislación comercial y tributaria
Legislación comercial y tributaria
 
El Derecho Comercial En Colombia
El Derecho Comercial En ColombiaEl Derecho Comercial En Colombia
El Derecho Comercial En Colombia
 
Derecho comercial
Derecho comercialDerecho comercial
Derecho comercial
 
Derecho comercial
Derecho comercialDerecho comercial
Derecho comercial
 
Sociedades comerciales en colombia
Sociedades comerciales en colombiaSociedades comerciales en colombia
Sociedades comerciales en colombia
 
Taller legislacion comercial
Taller legislacion comercialTaller legislacion comercial
Taller legislacion comercial
 
Evolucion historica del derecho comercial en general y en colombia2
Evolucion historica del derecho comercial en general y en colombia2Evolucion historica del derecho comercial en general y en colombia2
Evolucion historica del derecho comercial en general y en colombia2
 
Fuentes del Derecho Comercial
Fuentes del Derecho ComercialFuentes del Derecho Comercial
Fuentes del Derecho Comercial
 
Empresa unipersonal en Colombia
Empresa unipersonal en ColombiaEmpresa unipersonal en Colombia
Empresa unipersonal en Colombia
 
Sociedad limitada en Colombia
Sociedad limitada en Colombia Sociedad limitada en Colombia
Sociedad limitada en Colombia
 
Legislacion comercial de diferentes paises
Legislacion comercial de diferentes paisesLegislacion comercial de diferentes paises
Legislacion comercial de diferentes paises
 

Similar a Legislación comercial (Sociedades)

Sociedad colectiva
Sociedad colectivaSociedad colectiva
Sociedad colectivacinpaoch
 
Constitución de sociedad comercial de responsabilidad limitada
Constitución de sociedad comercial de responsabilidad limitadaConstitución de sociedad comercial de responsabilidad limitada
Constitución de sociedad comercial de responsabilidad limitadajavier ortiz
 
Trabajo de economía
Trabajo de economíaTrabajo de economía
Trabajo de economíajraineri
 
Marclo legal. sociedad de responsabilidad limitada
Marclo legal.  sociedad de responsabilidad limitadaMarclo legal.  sociedad de responsabilidad limitada
Marclo legal. sociedad de responsabilidad limitadaMariano1205
 
Sociedad comandataria por acciones
Sociedad comandataria por accionesSociedad comandataria por acciones
Sociedad comandataria por accionesregiido
 
Sociedad anonima
Sociedad anonimaSociedad anonima
Sociedad anonimamarimar0701
 
administración
administración administración
administración shukito
 
Aministracion Moderna 4a Clase
Aministracion Moderna 4a ClaseAministracion Moderna 4a Clase
Aministracion Moderna 4a Clasejotape74
 
Cuarta Clase
Cuarta ClaseCuarta Clase
Cuarta Clasejpsr
 
Diapositivas normas legales
Diapositivas normas legalesDiapositivas normas legales
Diapositivas normas legalesHumberto Arnedo
 
Sociedades comerciales
Sociedades comercialesSociedades comerciales
Sociedades comercialesjoselinleydy
 
LA EMPRESA EN EL PERÚ.pptx
LA EMPRESA EN EL PERÚ.pptxLA EMPRESA EN EL PERÚ.pptx
LA EMPRESA EN EL PERÚ.pptxLeonellaCONDORI
 
Presentacion de clase Derecho Mercantil - Clase 7 - 2022 - Hecho por alumnos.pdf
Presentacion de clase Derecho Mercantil - Clase 7 - 2022 - Hecho por alumnos.pdfPresentacion de clase Derecho Mercantil - Clase 7 - 2022 - Hecho por alumnos.pdf
Presentacion de clase Derecho Mercantil - Clase 7 - 2022 - Hecho por alumnos.pdfAlexGranados20
 
PERSONA COMO SUJETO DE DERECHO
PERSONA COMO SUJETO DE DERECHOPERSONA COMO SUJETO DE DERECHO
PERSONA COMO SUJETO DE DERECHOtrayecto2013
 
Mapa conceptual de compañias anonimas y srlimitada (1)
Mapa conceptual de compañias anonimas y srlimitada (1)Mapa conceptual de compañias anonimas y srlimitada (1)
Mapa conceptual de compañias anonimas y srlimitada (1)selvagomez2872
 
SOCIEDAD ANONIMA.pptx
SOCIEDAD ANONIMA.pptxSOCIEDAD ANONIMA.pptx
SOCIEDAD ANONIMA.pptxJanetServin1
 
Sociedades mercantiles
Sociedades mercantilesSociedades mercantiles
Sociedades mercantilesKaren Sanchez
 
Sociedades reguladas
Sociedades reguladas Sociedades reguladas
Sociedades reguladas Sergio Franco
 

Similar a Legislación comercial (Sociedades) (20)

Tipos de sociedades
Tipos de sociedadesTipos de sociedades
Tipos de sociedades
 
Sociedad colectiva
Sociedad colectivaSociedad colectiva
Sociedad colectiva
 
Constitución de sociedad comercial de responsabilidad limitada
Constitución de sociedad comercial de responsabilidad limitadaConstitución de sociedad comercial de responsabilidad limitada
Constitución de sociedad comercial de responsabilidad limitada
 
Trabajo de economía
Trabajo de economíaTrabajo de economía
Trabajo de economía
 
Marclo legal. sociedad de responsabilidad limitada
Marclo legal.  sociedad de responsabilidad limitadaMarclo legal.  sociedad de responsabilidad limitada
Marclo legal. sociedad de responsabilidad limitada
 
Sociedad comandataria por acciones
Sociedad comandataria por accionesSociedad comandataria por acciones
Sociedad comandataria por acciones
 
Sociedad anonima
Sociedad anonimaSociedad anonima
Sociedad anonima
 
administración
administración administración
administración
 
Aministracion Moderna 4a Clase
Aministracion Moderna 4a ClaseAministracion Moderna 4a Clase
Aministracion Moderna 4a Clase
 
Cuarta Clase
Cuarta ClaseCuarta Clase
Cuarta Clase
 
Diapositivas normas legales
Diapositivas normas legalesDiapositivas normas legales
Diapositivas normas legales
 
Sociedades comerciales
Sociedades comercialesSociedades comerciales
Sociedades comerciales
 
Sociedades comerciales
Sociedades comercialesSociedades comerciales
Sociedades comerciales
 
LA EMPRESA EN EL PERÚ.pptx
LA EMPRESA EN EL PERÚ.pptxLA EMPRESA EN EL PERÚ.pptx
LA EMPRESA EN EL PERÚ.pptx
 
Presentacion de clase Derecho Mercantil - Clase 7 - 2022 - Hecho por alumnos.pdf
Presentacion de clase Derecho Mercantil - Clase 7 - 2022 - Hecho por alumnos.pdfPresentacion de clase Derecho Mercantil - Clase 7 - 2022 - Hecho por alumnos.pdf
Presentacion de clase Derecho Mercantil - Clase 7 - 2022 - Hecho por alumnos.pdf
 
PERSONA COMO SUJETO DE DERECHO
PERSONA COMO SUJETO DE DERECHOPERSONA COMO SUJETO DE DERECHO
PERSONA COMO SUJETO DE DERECHO
 
Mapa conceptual de compañias anonimas y srlimitada (1)
Mapa conceptual de compañias anonimas y srlimitada (1)Mapa conceptual de compañias anonimas y srlimitada (1)
Mapa conceptual de compañias anonimas y srlimitada (1)
 
SOCIEDAD ANONIMA.pptx
SOCIEDAD ANONIMA.pptxSOCIEDAD ANONIMA.pptx
SOCIEDAD ANONIMA.pptx
 
Sociedades mercantiles
Sociedades mercantilesSociedades mercantiles
Sociedades mercantiles
 
Sociedades reguladas
Sociedades reguladas Sociedades reguladas
Sociedades reguladas
 

Más de desconectate

Legislacion laboral
Legislacion laboralLegislacion laboral
Legislacion laboraldesconectate
 
Procesos Tributarios
Procesos TributariosProcesos Tributarios
Procesos Tributariosdesconectate
 
Comerciantes.......
Comerciantes.......Comerciantes.......
Comerciantes.......desconectate
 
Procesos legales trubtario
Procesos legales   trubtarioProcesos legales   trubtario
Procesos legales trubtariodesconectate
 
Comerciantes.......
Comerciantes.......Comerciantes.......
Comerciantes.......desconectate
 
Procesos legales legislacion laboral- jasmin garcia
Procesos legales  legislacion laboral- jasmin garciaProcesos legales  legislacion laboral- jasmin garcia
Procesos legales legislacion laboral- jasmin garciadesconectate
 

Más de desconectate (7)

Legislacion laboral
Legislacion laboralLegislacion laboral
Legislacion laboral
 
Procesos Tributarios
Procesos TributariosProcesos Tributarios
Procesos Tributarios
 
Comerciantes
ComerciantesComerciantes
Comerciantes
 
Comerciantes.......
Comerciantes.......Comerciantes.......
Comerciantes.......
 
Procesos legales trubtario
Procesos legales   trubtarioProcesos legales   trubtario
Procesos legales trubtario
 
Comerciantes.......
Comerciantes.......Comerciantes.......
Comerciantes.......
 
Procesos legales legislacion laboral- jasmin garcia
Procesos legales  legislacion laboral- jasmin garciaProcesos legales  legislacion laboral- jasmin garcia
Procesos legales legislacion laboral- jasmin garcia
 

Último

ENSEÑAR ACUIDAR EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.
ENSEÑAR ACUIDAR  EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.ENSEÑAR ACUIDAR  EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.
ENSEÑAR ACUIDAR EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.karlazoegarciagarcia
 
PPT_ Prefijo homo tema para trabajar los prefijos en razonamiento verbal
PPT_ Prefijo homo tema para trabajar los prefijos en razonamiento verbalPPT_ Prefijo homo tema para trabajar los prefijos en razonamiento verbal
PPT_ Prefijo homo tema para trabajar los prefijos en razonamiento verbalRosarioChoque3
 
libro grafismo fonético guía de uso para el lenguaje
libro grafismo fonético guía de uso para el lenguajelibro grafismo fonético guía de uso para el lenguaje
libro grafismo fonético guía de uso para el lenguajeKattyMoran3
 
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejorLOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejormrcrmnrojasgarcia
 
4° SES COM MAR 09 Leemos una noticia del dengue e identificamos sus partes (1...
4° SES COM MAR 09 Leemos una noticia del dengue e identificamos sus partes (1...4° SES COM MAR 09 Leemos una noticia del dengue e identificamos sus partes (1...
4° SES COM MAR 09 Leemos una noticia del dengue e identificamos sus partes (1...MagalyDacostaPea
 
historieta materia de ecologías producto
historieta materia de ecologías productohistorieta materia de ecologías producto
historieta materia de ecologías productommartinezmarquez30
 
Secuencia didáctica.DOÑA CLEMENTINA.2024.docx
Secuencia didáctica.DOÑA CLEMENTINA.2024.docxSecuencia didáctica.DOÑA CLEMENTINA.2024.docx
Secuencia didáctica.DOÑA CLEMENTINA.2024.docxNataliaGonzalez619348
 
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024Rosabel UA
 
Abregú, Podestá. Directores.Líderes en Acción.
Abregú, Podestá. Directores.Líderes en Acción.Abregú, Podestá. Directores.Líderes en Acción.
Abregú, Podestá. Directores.Líderes en Acción.profandrearivero
 
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...Angélica Soledad Vega Ramírez
 
PROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdf
PROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdfPROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdf
PROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdfMaritza438836
 
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docxEJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docxFabianValenciaJabo
 
Fichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdfFichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdfssuser50d1252
 
Amor o egoísmo, esa es la cuestión por definir.pdf
Amor o egoísmo, esa es la cuestión por definir.pdfAmor o egoísmo, esa es la cuestión por definir.pdf
Amor o egoísmo, esa es la cuestión por definir.pdfAlejandrino Halire Ccahuana
 
describimos como son afectados las regiones naturales del peru por la ola de ...
describimos como son afectados las regiones naturales del peru por la ola de ...describimos como son afectados las regiones naturales del peru por la ola de ...
describimos como son afectados las regiones naturales del peru por la ola de ...DavidBautistaFlores1
 
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...YobanaZevallosSantil1
 
HISTORIETA: AVENTURAS VERDES (ECOLOGÍA).
HISTORIETA: AVENTURAS VERDES (ECOLOGÍA).HISTORIETA: AVENTURAS VERDES (ECOLOGÍA).
HISTORIETA: AVENTURAS VERDES (ECOLOGÍA).hebegris04
 
Actividades eclipse solar 2024 Educacion
Actividades eclipse solar 2024 EducacionActividades eclipse solar 2024 Educacion
Actividades eclipse solar 2024 Educacionviviantorres91
 

Último (20)

ENSEÑAR ACUIDAR EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.
ENSEÑAR ACUIDAR  EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.ENSEÑAR ACUIDAR  EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.
ENSEÑAR ACUIDAR EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.
 
PPT_ Prefijo homo tema para trabajar los prefijos en razonamiento verbal
PPT_ Prefijo homo tema para trabajar los prefijos en razonamiento verbalPPT_ Prefijo homo tema para trabajar los prefijos en razonamiento verbal
PPT_ Prefijo homo tema para trabajar los prefijos en razonamiento verbal
 
Unidad 2 | Teorías de la Comunicación | MCDIU
Unidad 2 | Teorías de la Comunicación | MCDIUUnidad 2 | Teorías de la Comunicación | MCDIU
Unidad 2 | Teorías de la Comunicación | MCDIU
 
libro grafismo fonético guía de uso para el lenguaje
libro grafismo fonético guía de uso para el lenguajelibro grafismo fonético guía de uso para el lenguaje
libro grafismo fonético guía de uso para el lenguaje
 
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptxAedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
 
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejorLOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
 
4° SES COM MAR 09 Leemos una noticia del dengue e identificamos sus partes (1...
4° SES COM MAR 09 Leemos una noticia del dengue e identificamos sus partes (1...4° SES COM MAR 09 Leemos una noticia del dengue e identificamos sus partes (1...
4° SES COM MAR 09 Leemos una noticia del dengue e identificamos sus partes (1...
 
historieta materia de ecologías producto
historieta materia de ecologías productohistorieta materia de ecologías producto
historieta materia de ecologías producto
 
Secuencia didáctica.DOÑA CLEMENTINA.2024.docx
Secuencia didáctica.DOÑA CLEMENTINA.2024.docxSecuencia didáctica.DOÑA CLEMENTINA.2024.docx
Secuencia didáctica.DOÑA CLEMENTINA.2024.docx
 
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
 
Abregú, Podestá. Directores.Líderes en Acción.
Abregú, Podestá. Directores.Líderes en Acción.Abregú, Podestá. Directores.Líderes en Acción.
Abregú, Podestá. Directores.Líderes en Acción.
 
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
 
PROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdf
PROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdfPROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdf
PROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdf
 
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docxEJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
 
Fichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdfFichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdf
 
Amor o egoísmo, esa es la cuestión por definir.pdf
Amor o egoísmo, esa es la cuestión por definir.pdfAmor o egoísmo, esa es la cuestión por definir.pdf
Amor o egoísmo, esa es la cuestión por definir.pdf
 
describimos como son afectados las regiones naturales del peru por la ola de ...
describimos como son afectados las regiones naturales del peru por la ola de ...describimos como son afectados las regiones naturales del peru por la ola de ...
describimos como son afectados las regiones naturales del peru por la ola de ...
 
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...
 
HISTORIETA: AVENTURAS VERDES (ECOLOGÍA).
HISTORIETA: AVENTURAS VERDES (ECOLOGÍA).HISTORIETA: AVENTURAS VERDES (ECOLOGÍA).
HISTORIETA: AVENTURAS VERDES (ECOLOGÍA).
 
Actividades eclipse solar 2024 Educacion
Actividades eclipse solar 2024 EducacionActividades eclipse solar 2024 Educacion
Actividades eclipse solar 2024 Educacion
 

Legislación comercial (Sociedades)

  • 2. ¿QUÉ ES UNA SOCIEDAD? La sociedad es un contrato entre dos o más personas que se juntan para hacer un negocio. La gracia de este contrato es que crea una persona jurídica distinta de los socios que constituyen la sociedad. Es más, esta persona jurídica tendrá un patrimonio propio, formado a partir de los aportes de los dueños, pero diferente al personal de cada uno de los socios individualmente considerados.
  • 3. CARACTERÍSTICAS DE LAS SOCIEDADES - Es una persona jurídica distinta a los socios, por lo que tiene un nombre y Rut distinto. - Conformada por el capital de los socios, que puede ser dinero, bienes o incluso su trabajo. - Tiene patrimonio propio, distinto al personal de los socios. - Se constituye para crear negocios. - Sirve para proteger el patrimonio personal de los socios.
  • 4. SOCIEDAD COLECTIVA La sociedad colectiva se presenta como la sociedad mercantil tradicional en la que los socios intervienen directamente en la gestión y responden personalmente y de forma ilimitada y solidaria frente a las deudas sociales.
  • 5. ESCRITURA Y ESTATUTOS • La constitución de la sociedad se formaliza a través de escritura pública, que será inscrita en el Registro Mercantil, momento en el que ésta adquiere su personalidad jurídica.
  • 6. En la escritura de constitución de la sociedad colectiva se deberá expresar: • El nombre, apellidos y domicilio de los socios. • La razón social. • El nombre y apellidos de los socios a quienes se encomiende la gestión de la compañía y el uso de la firma social. • El capital que cada socio aporte en dinero efectivo, créditos o efectos, con expresión del valor que se dé a éstos o de las bases sobre las que haya de hacerse su valoración.
  • 7. • La duración de la sociedad. • Las cantidades que, en su caso, se asignen a cada socio gestor para sus gastos particulares. • Los demás pactos lícitos que los socios estimen convenientes.
  • 8. La constitución de la sociedad se formaliza a través de escritura pública, que será inscrita en el Registro Mercantil, momento en el que ésta adquiere su personalidad jurídica. En la escritura de constitución de la sociedad colectiva se deberá expresar:
  • 9. • El nombre, apellidos y domicilio de los socios. • La razón social. • El nombre y apellidos de los socios a quienes se encomiende la gestión de la compañía y el uso de la firma social. • El capital que cada socio aporte en dinero efectivo, créditos o efectos, con expresión del valor que se dé a éstos o de las bases sobre las que haya de hacerse su valoración. • La duración de la sociedad. • Las cantidades que, en su caso, se asignen a cada socio gestor para sus gastos particulares. • Los demás pactos lícitos que los socios estimen convenientes.
  • 10. CARACTERÍSTICAS • Personalidad jurídica propia. • Acuerdo de constitución formalizado en escritura pública y posterior inscripción en el Registro Mercantil. • El nombre de la sociedad estará constituido por los nombres de todos sus socios, o de alguno de ellos, debiendo añadirse en este último caso la expresión "y Compañía" o su abreviatura "y Cía.". • El nombre de la sociedad no podrá incluir nombres de personas que no sean socios de la misma. • La condición de socio no puede transmitirse libremente. • Las sociedades colectivas no podrán emitir ni garantizar la emisión de obligaciones u otros valores negociables agrupados en emisiones.
  • 11. SOCIOS Destaca en este tipo de sociedad su marcado carácter personalista, dada la importancia que adquiere dentro de la misma la persona del socio, del que interesa no sólo su capital, sino su colaboración personal o trabajo. De ahí que la condición de socio no pueda transmitirse libremente y que se contemple la figura del socio industrial, cuya aportación a la sociedad se reduce exclusivamente a su trabajo. El número mínimo de socios es dos, no existiendo número máximo.
  • 12. DERECHOS DE LOS SOCIOS – Participar en la gestión de la sociedad, salvo que en el contrato social se estipule otro régimen de gestión. – Examinar en todo momento el estado de la administración y la contabilidad. – Participar en los beneficios.
  • 13. DEBERES DE LOS SOCIOS – Participar en la gestión cuando así se estipule. – Contribuir con la aportación comprometida en el momento de constitución. – Abstenerse de hacer competencia a la sociedad. – Responder con su patrimonio frente a las deudas sociales. •
  • 14. FISCALIDAD Las sociedades colectivas tributan a través del Impuesto sobre Sociedades y no pueden acogerse al Régimen Simplificado ni al del Recargo de Equivalencia del Impuesto sobre el Valor Añadido. El tipo impositivo aplicable en el Impuesto sobre Sociedades es el 35 por 100. Existe un régimen fiscal especial dentro del Impuesto sobre Sociedades, para las empresas de reducida dimensión, quedando reducido al 30 por ciento el tipo impositivo para los primeros 120.202,41 euros.
  • 15. CAPITAL No existe mínimo legal. Las aportaciones de los socios pueden ser económicas o pueden ser en forma de trabajo. ADMINISTRACIÓN Todos los socios tienen derecho a participar en la gestión de la sociedad salvo que la escritura establezca la administración a uno o varios socios exclusivamente. Los acuerdos se adoptarán por unanimidad de los socios presentes.
  • 16. SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE En la sociedad en comandita simple los socios pueden ser de dos categorías: los que solamente aportan capital y no participan de la gestión social y los que aportan solamente trabajo o trabajo y capital y participan de la gestión. A cada una de esas categorías corresponde un régimen especial de responsabilidad, para la primera limitada al monto de la aportación y para la segunda ilimitada y solidaria.
  • 17. COMO SE DENOMINA • Clase y número de socios: Tiene dos clases de socios, los gestores, llamados también colectivos (que pueden ser uno o mas) y los comanditarios (uno o mas). • Documento de constitución: Escritura publica • Nombre: Razón social conformada con el nombre completo o el solo apellido de uno o mas socios gestores, con la expresión “y compañía” seguida de la indicación “S en C”. • Capital Social: Se forma con los aportes de los socios comanditarios. Los socios gestores también pueden hacer aportes en capital. Cualquier modificación se hace por reforma estatutaria.
  • 18. • Derechos de los socios en la sociedad: Para los gestores partes de interés, para los comanditarios cuotas. • Cesión de las partes de interés y de las cuotas: Las Partes de interés, reforma estatutaria que requiere unanimidad tanto de los gestores como de los comanditarios, para las cuotas, unanimidad de los comanditarios. • Órganos Sociales: La dirección de la sociedad estará a cargo de la junta de socios (todos los socios, gestores y comanditarios) y la administración y representación legal estará a cargo de los gestores.
  • 19. • Derecho de voto: cada socio gestor tendrá un voto, los comanditarios tendrán tantos votos como cuotas posean. • Reformas estatutarias: se aprueban por unanimidad de los socios gestores, mas el voto de la mitad mas uno de los comanditarios. • Utilidades: se distribuyen entre los gestores y comanditarios como se haya estipulado en los estatutos sociales. A falta de estipulación se distribuye entre los comanditarios a prorrata de sus cuotas, pagando previamente las utilidades que le corresponden a los gestores.
  • 20. • Responsabilidad de los socios: Para los gestores es Solidaria e ilimitada, los comanditarios limitan su responsabilidad a sus respectivos aportes. • Revisor Fiscal: Legalmente no es obligatorio, a menos que la sociedad llegare a tener el monto de activos o de ingresos fijados en la Ley 43/1990, articulo 13, parágrafo 2. • Normas aplicables: Respecto de los socios gestores se aplican las normas de la sociedad colectiva y respecto de los comanditarios las normas de la sociedad limitada.
  • 21. SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES Sociedad de carácter mercantil cuyo capital social está dividido en acciones, que se formará por las aportaciones de los socios, uno de los cuales, al menos, se encargará de la administración de la sociedad y responderá personalmente de las deudas sociales como socio colectivo, mientras que los socios comanditarios no tendrán esa responsabilidad.
  • 22. COMO SE DENOMINA • Clase y número de socios: Tiene dos clases de socios, los gestores, llamados también colectivos (que pueden ser uno o mas) y los comanditarios (no pueden ser menos de cinco). • Documento de constitución: Escritura publica • Nombre: Razón social conformada con el nombre completo o el solo apellido de uno o mas socios gestores, con la expresión “y compañía” seguida de las palabras “Sociedad Comanditaria por Acciones o de la indicación “SCA”. • Capital Social: Se forma con los aportes de los socios comanditarios. Los socios gestores también pueden hacer aportes en capital. Esta representado en títulos de igual valor llamados acciones.
  • 23. • Derechos de los socios en la sociedad: Para los gestores partes de interés, para los comanditarios acciones. • Cesión de las partes de interés y de las acciones: Las Partes de interés, reforma estatutaria que requiere unanimidad tanto de los gestores como de los comanditarios, para las acciones, no se hace por reforma social, se siguen las normas de la sociedad anónima, es decir las acciones son libremente negociables. • Órganos Sociales: La dirección de la sociedad estará a cargo de la Asamblea de Asociados (gestores y comanditarios) y la administración y representación legal estará a cargo de los gestores
  • 24. • Conceptos respecto del Capital: Capital autorizado: limite máximo de capitalización, Capital suscrito: cantidad que los socios se han obligado a pagar, ya sea en el momento de constitución de la sociedad o en una emisión posterior y Capital pagado: valor que los socios han pagado efectivamente. • Derecho de voto: cada socio gestor tendrá un voto, los comanditarios tendrán tantos votos como acciones posean. • Reformas estatutarias: se aprueban por unanimidad de los socios gestores, mas el voto de la mayoría de los comanditarios presentes en la reunión.
  • 25. • Utilidades: se distribuyen entre los gestores y comanditarios como se haya estipulado en los estatutos sociales. A falta de estipulación se distribuye entre los comanditarios a prorrata de sus acciones, pagando previamente las utilidades que le corresponden a los gestores. • Responsabilidad de los socios: Para los gestores es Solidaria e ilimitada, los comanditarios o accionistas limitan su responsabilidad a sus respectivos aportes. • Reserva Legal: Se conforma con el 10% de las utilidades liquidas de cada ejercicio, hasta completar el 50% del capital suscrito.
  • 26. • Revisor Fiscal: Es un cargo obligatorio en este tipo de sociedades. • Normas aplicables: Respecto de los socios gestores se aplican las normas de la sociedad colectiva y respecto de los comanditarios las normas de la sociedad anónima.
  • 27. SOCIEDAD LIMITADA La Sociedad Limitada es la forma jurídica más común elegida por los emprendedores para llevar a la práctica su proyecto de negocio. En este artículo describimos algunos conceptos básicos para familiarizarnos con esta fórmula jurídica. Como por ejemplo la denominación social, el objeto de la misma, el número de socios, el capital, los administradores o los estatutos
  • 28. COMO SE DENOMINA • Numero de socios: Mínimo 2, Máximo veinticinco • Documento de constitución: Escritura publica • Nombre: Puede utilizar denominación social o razón social, en todo caso seguida de la palabra “limitada” o de su abreviatura “Ltda”, si no se utiliza la palabra o abreviatura, los socios responden solidaria e ilimitadamente frente a terceros. • Capital Social: Se divide en cuotas de igual valor, que no se representan en títulos. Cualquier modificación se hace por reforma estatutaria.
  • 29. • Responsabilidad de los socios: Responden hasta el monto de sus aportes. La responsabilidad es ilimitada en obligaciones laborales y tributarias (Art. 36 CST y Art. 794 E.T) • Administración: Corresponde a todos y cada uno de los socios. Quienes podrán delegarla en un tercero, en la actualidad se acostumbra nombrar un Gerente que se encarga de la representación y administración de la sociedad. • Máximo órgano social: La Junta de Socios
  • 30. • Reformas estatutarias: requieren unanimidad • Utilidades: Se reparte entre los socios en proporción a las cuotas que poseen, después de hacer las reservas correspondientes. • Revisor Fiscal: Legalmente no es obligatorio, a menos que la sociedad llegare a tener el monto de activos o de ingresos fijados en la Ley 43/1990, articulo 13, parágrafo 2. • Reserva Legal: Se conforma con el 10% de las utilidades liquidas de cada ejercicio, hasta completar el 50% del capital suscrito.
  • 31. • Derecho de voto: Cada cuota da derecho a un voto. • Junta Directiva: No es obligatoria su existencia, pero en los estatutos puede estipularse su conformación y funcionamiento. • Cesión de Cuotas: Se hace por reforma estatutaria, debe seguirse el tramite previsto en la ley o en los estatutos para cumplir con el derecho de preferencia.
  • 32. SOCIEDAD ANONIMA La sociedad anónima es una de las figuras más utilizadas en la constitución de empresas, y está conformada por un numero plural de socios que no puede se menor a cinco (5) socios y un máximo ilimitado. La razón social debe estar seguida por la sigla S.A.
  • 33. COMO SE DENOMINA • Numero de accionistas: Mínimo 5, Máximo ilimitado • Documento de constitución: Escritura publica • Nombre: Denominación social seguida de las palabras “Sociedad Anónima” o de la sigla “S.A.” • Capital Social: Se divide en acciones de igual valor, que se representaran en títulos negociables. • Conceptos respecto del Capital: Capital autorizado: limite máximo de capitalización, Capital suscrito: cantidad que los socios se han obligado a pagar, ya sea en el momento de constitución de la sociedad o en una emisión posterior y Capital pagado: valor que los socios han pagado efectivamente.
  • 34. • Responsabilidad de los accionistas: Responden hasta el monto de sus respectivos aportes. • Órganos de la sociedad: La Asamblea General de Accionistas, la Junta Directiva y el Representante Legal. • Administración: Es compartida entre el Representante Legal (Gerente) y la Junta Directiva. • Máximo órgano social: La Asamblea General de Accionistas. • Junta Directiva: Órgano de existencia obligatoria en la Sociedad Anónima, que cumple funciones de administración y cuya elección corresponde a la Asamblea de Accionistas por el sistema del cuociente electoral. • Revisor Fiscal: Cargo obligatorio en este tipo de sociedad
  • 35. Utilidades: Se reparte entre los accionistas en proporción a las acciones que poseen, después de hacer las reservas correspondientes. • Reserva Legal: Se conforma con el 10% de las utilidades liquidas de cada ejercicio, hasta completar el 50% del capital suscrito. • Cesión de acciones: No requiere reforma del contrato social, las acciones son títulos valores, libremente negociables y su forma de circulación es por endoso y entrega del titulo. • Derecho de voto: Cada acción da derecho a un voto.
  • 36. CARACTERISTICAS DE SUS ORGANOS Asamblea de Accionistas: la constituyen todos los accionistas que componen la sociedad, reunidos con el quórum y las condiciones previstas en los estatutos de la sociedad. Junta Directiva: Esta compuesta por el numero de miembros que se indique en los estatutos, en todo caso no pueden ser menos de tres, sus funciones son de administración no de Representación, se encuentra subordinada a la Asamblea de Accionistas y su composición debe inscribirse en el registro mercantil.
  • 37. • Representante legal: Corresponde a una o varias personas elegidas por la Junta Directiva para periodos determinados, pero libremente removibles en cualquier tiempo, su designación debe inscribirse en el registro mercantil, el representante legal cumple funciones de administración y representación, es permanente, pues es necesario que la sociedad tenga siempre un representante ante los terceros y sus funciones están limitadas al desarrollo del objeto social
  • 38. SOCIEDADES X ACCIONES SIMPLIFICADAS(S.A.S.) LEY 1258 DE 2008 La Sociedad por Acciones Simplificada, puede constituirse por una o varias personas naturales o jurídicas, quienes solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. Una vez inscrita en el registro mercantil, formara una persona jurídica distinta de sus accionistas.
  • 39. DOCUMENTO DE CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD 1. Nombre, documento de identidad y domicilio de los accionistas. 2. Razón social o denominación de la sociedad, seguida de las palabras “sociedad por acciones simplificada”; o de las letras S.A.S.; 3. El domicilio principal de la sociedad y el de las distintas sucursales que se establezcan en el mismo acto de constitución. 4. El término de duración, si este no fuere indefinido. Si nada se expresa en el acto de constitución, se entenderá que la sociedad se ha constituido por término indefinido.
  • 40. 5. Una enunciación clara y completa de las actividades principales, a menos que se exprese que la sociedad podrá realizar cualquier actividad comercial o civil, lícita. Si nada se expresa en el acto de constitución, se entenderá que la sociedad podrá realizar cualquier actividad lícita. 6. El capital autorizado, suscrito y pagado, la clase, número y valor nominal de las acciones representativas del capital y la forma y términos en que estas deberán pagarse. 7. La forma de administración y el nombre, documento de identidad y facultades de sus administradores. En todo caso, deberá designarse cuando menos un representante legal. El documento de constitución debe ser autenticado por sus accionistas antes de ser inscrito en el Registro Mercantil de La Cámara de Comercio.
  • 41. CARACTERISTICAS - Se crea mediante contrato o acto unilateral que constará en documento privado. - Se constituyen por una o varias personas naturales o jurídicas, quienes sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. - Una vez inscrita en el registro mercantil, formará una persona jurídica distinta de sus accionistas. - Es una sociedad de capitales. - Su naturaleza siempre será comercial, independientemente de las actividades previstas en su objeto social. - Para efectos tributarios, se rige por las reglas aplicables a las sociedades anónimas.
  • 42. - Las acciones y demás valores que emita la S.A.S no podrán inscribirse en el Registro Nacional de Valores y Emisores ni negociarse en bolsa. - El documento de constitución será objeto de autenticación de manera previa a la inscripción en el registro mercantil de la Cámara de Comercio, por quienes participen en su suscripción. - Dicha autenticación deberá hacerse directamente o a través de apoderado. - Cuando lo activos aportados a la sociedad comprendan bienes cuya transferencia requiera escritura pública, la constitución de la sociedad deberá hacerse de igual manera e inscribirse también en los registros correspondientes.
  • 43. EMPRESA UNIPERSONAL Es un emprendimiento empresarial que puede ser realizado de forma individual, sin necesidad de constituir una sociedad. Ésta no posee personería jurídica, y el titular de la empresa responde personal e ilimitadamente por las obligaciones de la misma.
  • 44. COMO SE CONSTITUYE UNA EMPRESA UNIPERSONAL La constitución de una empresa unipersonal es solemne, pues debe efectuarse por escrito, es decir, documento privado o escritura pública cuando se aportan bienes inmuebles, y con estricta sujeción a las reglas contempladas en el artículo 72 de la Ley 222 de 1995. Si se constituye por documento privado, éste deberá ser reconocido por el constituyente o empresario ante juez o notario o presentado personalmente ante el secretario de la cámara. Cuando se omita cualquiera de los requisitos contemplados en la citada norma o cuando el documento no sea reconocido por el empresario o presentado personalmente ante el secretario de la entidad, las cámaras deben abstenerse de efectuar su inscripción.
  • 45. REQUISITOS DE DOCUMENTO DE CONSTITUCION - Nombre, documento de identidad, domicilio y dirección del empresario. - Denominación o razón social de la empresa, seguida de la expresión “empresa unipersonal” o de su sigla E.U., so pena de que el empresario responda ilimitadamente. - El domicilio de la empresa. - El término de duración, si éste no fuere indefinido. - Una enunciación clara y completa de las actividades principales, a menos que se exprese que la empresa podrá realizar cualquier acto lícito de comercio. - El monto del capital haciendo una descripción pormenorizada de los bienes aportados con estimación de su valor. El empresario responderá por el valor asignado a los bienes en el documento constitutivo. - El número de cuotas de igual valor nominal en que se dividirá el capital de la empresa.
  • 46. COMO DEBE RENOVARSE LA MATRICULA Dentro de los meses de enero a marzo de cada año debe renovarse la matrícula mercantil para obtener los beneficios que de ella se derivan y evitar las sanciones de ley.
  • 47. COMO SE LIQUIDA UNA EMPRESA UNIPERSONAL Una vez que la empresa unipersonal haya sido disuelta ó esta hubiere operado en virtud del vencimiento del término, la liquidación del patrimonio se realiza conforme al procedimiento señalado para la liquidación de las sociedades de responsabilidad limitada. Tener en cuenta que en el documento final de liquidación se debe aprobar la cuenta final de liquidación, anexando balance suscrito por contador público, aprobando las cuentas del liquidador sino fuere el mismo constituyente e indicando cuánto es el monto a repartir. Si la empresa que se liquida posee establecimientos de comercio que no van a ser cerrados, deberán adjudicarse en el documento de liquidación, de lo contrario, deberá solicitarse la cancelación de la matrícula de esos establecimientos, porque ésta no opera automáticamente por el hecho que se liquide una empresa.
  • 48. INFORMACIÓN DE LOS TEXTOS INVESTIGADOS 1.http://www.economiaynegocios.cl/mis_finanzas/detalles/detalle_emp.asp?id=287 2. http://www.motril.es/index.php?id=755 3. http://www.motril.es/index.php?id=755 4.http://es.scribd.com/doc/87746530/24/Definicion-de-sociedad-en-comandita-simple 5. http://vivero.camarajaen.org/documentos/creacionEmpresas/sociedad_comanditaria_por_accio . 6 http://www.microsoft.com/business/es-es/Content/Paginas/article.aspx?cbcid=287 7. http://www.gerencie.com/sociedad-anonima.html 8.http://www.portaldelaempresa.gub.uy/index.php? option=com_content&view=article&id=120&Itemid=84 http://www.eafit.edu.co/escuelas/administracion/consultorio-contable/Documents/boletines/comercial-labora 9. http://www.ccc.org.co/servicios/registros-publicos/mercantil/tramites/constituciones-reformas-y- nombramientos/sociedad-por-acciones-simplificada-sas/
  • 49. IMÁGENES 1. http://www.google.com.co/imgres?q=Sociedades&um=1&hl=es&sa=N&biw=1366&bih=667&tbm=isch&tbnid=_Vl7vIoRIXAs 2. http://www.google.com.co/imgres?q=Sociedades&start=195&um=1&hl=es&sa=N&biw=1366&bih=667&addh=36&tbm=isch 3. http://www.google.com.co/imgres?q=socios&um=1&hl=es&biw=1366&bih=667&tbm=isch&tbnid=IIYbUmzsnxbJLM:&imgre
  • 50. IMÁGENES 4. http://www.google.com.co/imgres? q=sociedad+colectiva&um=1&hl=es&biw=1366&bih=667&tbm=isch&tbnid=hReX9Wco8K2EZM:&imgrefurl=http:// negociosybolsa.blogspot.com/2011/01/la-sociedad-colectiva-sus-ventajas- y.html&imgurl=http://2.bp.blogspot.com/_OwrCvuKKn90/TSDfBL_fU9I/AAAAAAAAAhE/5O6WSjWLU2c/s320/La %25252BSociedad%25252BColectiva%25252Bsus%25252BVentajas%25252By %25252BDesventajas.jpg&w=273&h=185&ei=KdNHUM_RMIbn0QHM5YGQCQ&zoom=1&iact=hc&vpx=1107&vp y=208&dur=285&hovh=148&hovw=218&tx=115&ty=57&sig=107911538718003662620&page=1&tbnh=121&tbnw =179&start=0&ndsp=18&ved=1t:429,r:5,s:0,i:122 5. http://www.google.com.ar/imgres? q=empresa+unipersonal&um=1&hl=es&sa=N&biw=1360&bih=665&tbm=isch&tbnid=CS2Q4Jl3QSpAkM:&imgrefu rl=http://www.fenalco.com.co/contenido/2558&imgurl=http://www.fenalco.com.co/sites/default/files/032_6000x600 0_11.png&w=600&h=600&ei=c5JIUKSjFIu89gT_h4GYAw&zoom=1&iact=rc&dur=424&sig=10757423216790563 9055&page=1&tbnh=139&tbnw=147&start=0&ndsp=19&ved=1t:429,r:9,s:0,i:95&tx=61&ty=67 6. http://www.google.com.co/imgres? q=como+debe+renovarse+la+matricula&um=1&hl=es&sa=N&biw=1366&bih=667&tbm=isch&tbnid=- tBWKcRwyjejvM:&imgrefurl=http://www.cccasanare.co/Noticias.php%3FrecordID %3D140&docid=f4q6HqJ3tP_SHM&imgurl=http://www.cccasanare.co/Info/Noticias/2012-02-03_09-31-29- amDSC09263.JPG&w=760&h=570&ei=8wxJUObhNYKs8ASA2YHgCw&zoom=1&iact=hc&vpx=757&vpy=136&du r=1151&hovh=194&hovw=259&tx=124&ty=100&sig=107911538718003662620&page=2&tbnh=143&tbnw=179&s tart=19&ndsp=24&ved=1t:429,r:9,s:19,i:160