Regímenes laborales en el Perú actualizados al 2024
Hechos posteriores
1. Hechos Posteriores
Prof. Isabel María Román Sánchez
Prof. Francisco Jesús Sierra Capel
Universidad de Almería
Antequera, 4 de octubre de 2013
2. Hechos Posteriores
1) Introducción: los hechos posteriores en el trabajo del
auditor
2) Hechos posteriores al cierre del ejercicio
– Hechos posteriores en la normativa contable
– Norma Técnica de Auditoría sobre Hechos posteriores
3) Casos prácticos
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3. 1) Introducción: HHPP
• Hechos posteriores:
– Eventos, favorables o desfavorables, producidos
entre la fecha de cierre del balance y la fecha de
formulación de los estados contables
– Para el auditor ocurren con posterioridad a la fecha
de cierre, pero antes de la fecha de emisión del
informe, e incluso con posterioridad a la fecha de
entrega del informe
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4. 2) Hechos posteriores al cierre
• Hechos producidos entre la fecha de cierre del balance
y la fecha de formulación de los estados financieros
(favorables o no)
– Hechos posteriores que requieren ajuste: condiciones
preexistentes
– Hechos posteriores que no requieren ajuste: condiciones
nuevas
• Para el auditor los hechos posteriores ocurren
– con posterioridad a la fecha de cierre,
– pero antes de la fecha de emisión de su informe, e incluso
con posterioridad a esta fecha,
– siempre que tengan o pudieran tener, un efecto
significativo sobre las cuentas anuales
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6. 3) Hechos posteriores al cierre
• Hechos posteriores con ajuste (NIC 10):
– Eventos que obligan a la empresa a ajustar los importes
reconocidos en los estados contables, o a registrar partidas
aún no reconocidas:
– • La resolución de un litigio judicial: ajuste en la provisión
previamente reconocida, o una nueva provisión
– • Deterioro de un activo, o ajustar la pérdida por deterioro
reconocida previamente
– • Determinación posterior del coste de los activos
comprados o vendidos
– • Determinación de la participación en las ganancias netas o
de los pagos por incentivos
– • Fraudes o errores
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7. 3) Hechos posteriores al cierre
• Hechos posteriores sin ajuste (NIC 10):
– Eventos que no obligan a la empresa a ajustar los importes
reconocidos en los estados contables, o a registrar partidas aún no
reconocidas:
– • Reducción en el valor de mercado de las inversiones entre fecha
del balance y fecha de formulación
– • Compra significativa de activos
– • Expropiación de activos por la Administración Pública
– • La destrucción de inventarios derivada de un siniestro
– • Reestructuración en la empresa (NIC 37), o abandono de una
actividad (NIC 35)
– • Operaciones con acciones (NIC 33)
– • Reformas en la fiscalidad aprobadas o anunciadas
– (…)
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8. 3) Hechos posteriores: fecha del informe
• NTA 3.2.9:
“El informe de auditoría deberá estar fechado, a fin
de determinar claramente hasta qué momento el
auditor es responsable de realizar procedimientos de
auditoría relativos a hechos posteriores que pudieran
afectar a las cuentas auditadas. Esta fecha coincidirá
con la de terminación de la etapa de ejecución del
trabajo, que no podrá ser anterior a la fecha en la que
el auditor haya obtenido evidencia de auditoría
adecuada y suficiente para formarse una opinión, ni a la
fecha de formulación de dichas cuentas por los
administradores”
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9. 3) Hechos posteriores: efectos
• Hechos posteriores ocurridos antes de la fecha
del informe:
– Hecho posterior que requiere ajuste: si la entidad
auditada no modifica sus cuentas anuales
• Opinión con salvedades o desfavorable por
incumplimiento de principios y normas contables
– Hecho posterior que no requiere ajuste: si la
entidad auditada no desglosa adecuadamente en la
memoria
• Opinión con salvedades o desfavorable por presentación
incompleta
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10. 3) Hechos posteriores: efectos
• Hechos ocurridos con posterioridad a la fecha
del informe, pero antes de la entrega:
– ✓ Los administradores modifican las cuentas
anuales. El auditor podrá optar por:
• Emitir el informe con la fecha del hecho posterior,
ampliando su trabajo de campo hasta esta fecha
• Doble fecha
– ✓ Los administradores no modifican las cuentas
anuales:
• Incluir una salvedad en el informe
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11. 3) Hechos posteriores: efectos
• Hechos ocurridos con posterioridad a la fecha del informe, pero después de
la entrega:
– ✓ El auditor no está obligado a realizar procedimientos para identificar HHPP
– ✓ Entre la entrega y la aprobación de las cuentas, ante hechos existentes a la
fecha del informe que hubieran supuesto modificación del mismo si hubieran
sido conocidos, el auditor considerará si las cuentas deben ser corregidas
– ✓ Si los Administradores reformulan las CCAA, el Auditor debe:
• asegurarse sobre la información dirigida a los receptores del anterior informe
• emitir un nuevo informe sobre las CCAA con párrafo de énfasis que contenga las razones de
la reformulación
– ✓ Si los Administradores no reformulan las CCAA, el Auditor debe:
• tomar acciones para evitar que terceros confíen o sigan confiando en su informe de
auditoría
• comunicarlo a los registros públicos pertinentes
– ✓ Si fuera inminente la emisión de las CCAA del ejercicio siguiente y de su
informe de auditoría, no será necesario modificar las CCAA ni su informe de
auditoría
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12. 3) HHPP: efectos s/importancia relativa
Momento del HP
Tipo
HP significativo
Hasta la fecha del
Informe
HP que requiere Opinión con salvedades,
ajuste
por incumplimiento en
PyNCGA
Opinión desfavorable,
por incumplimiento en
PyNCGA
HP que no
requiere ajuste
Opinión desfavorable,
por presentación
incompleta
Opinión con salvedades,
por presentación
incompleta
HP muy significativo
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HP que requiere Opinión con salvedades,
ajuste
por incumplimiento en
PyNCGA
Opinión desfavorable,
por incumplimiento en
PyNCGA
HP que no
requiere ajuste
Después de la fecha
del informe, antes de
su entrega
Opinión desfavorable,
por presentación
incompleta
Opinión con salvedades,
por presentación
incompleta
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13. 3) Hechos posteriores: cronograma
Hechos posteriores “contables”
Posible reformulación:
Hechos “contables”
Hechos posteriores “Auditoría”:
antes del informe
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Hechos posteriores:
después del informe
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14. 3) Primer caso: limitación al alcance
• Imposibilidad de analizar estados contables intermedios:
Debido al retraso en la mecanización de la contabilidad
ocasionado por la implantación de un nuevo ERP, no hemos
podido disponer de estados contables intermedios del ejercicio
20XX+1, por lo que no hemos podido comprobar si de los
mismos pudieran haberse derivado hechos que, producidos con
posterioridad a la fecha de cierre pero antes de la fecha de
emisión del informe, pudieran tener efecto sobre las cuentas
anuales, y que, en consecuencia, precisasen ser incorporados a
las mismas o ser mencionados en la memoria.
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15. 3) Segundo caso: falta de información
en la memoria
• Falta de información sobre HHPP:
Con fecha XX de xxx de 20XX+1, el crédito que mantenía la sociedad
con el accionista LEVANTE por importe de XXX.XXX €, del cual
YYY.YYY €provenían del saldo existente a 31 de diciembre de 20XX y
que está registrado en la cuenta de «Otras deudas no comerciales –
Otras deudas», ha sido cedido al nuevo accionista mayoritario
PONIENTE. Hemos sido informados que, posteriormente a XX de
xxx de 20XX+1, PONIENTE ha condonado a la Sociedad parte del
citado crédito, por importe de ZZZ.ZZZ €. Este hecho posterior
significativo no ha sido descrito en la memoria adjunta.
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16. 3) Tercer caso: párrafo de énfasis
• Cambio de accionistas mayoritarios :
Sin que afecte a nuestra opinión de auditoría, tal y como
se indica en la memoria, actualmente se encuentran en
curso negociaciones entre la sociedad LEVANTE
(accionista mayoritario de la sociedad) y PONIENTE, que
de llegar a término podrían implicar para la Sociedad un
cambio del accionista mayoritario y la absorción de los
activos, personal y líneas de negocio de determinadas
divisiones de negocio de PONIENTE.
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17. 3) Cuarto caso: párrafo de énfasis
• Fusión por absorción:
[20XX] Sin que afecte a nuestra opinión de auditoría,
llamamos la atención respecto de lo señalado en la nota 12 de
la memoria adjunta, en la que se menciona el hecho de que la
Junta de Accionistas decidirá el próximo día 30 de Junio sobre
el proyecto de fusión suscrito por los Administradores (que a
su vez son la totalidad de los accionistas), en el que se prevé la
fusión de Mármoles Cosentino, S.A., Cosentino Stone, S.A. y
Cosentino, S.A., que una vez finalizada hará superar a la
empresa su actual situación en cuanto a la carencia de
recursos propios.
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18. 3) Cuarto caso: párrafo de énfasis
• Fusión por absorción:
[20XX+1] Sin que afecte a nuestra opinión de auditoría,
llamamos la atención respecto de lo señalado en la nota 12 de
la memoria adjunta, en la que se menciona el hecho de que La
Sociedad [Cosentino, S.A.] se fusionó con Mármoles
Cosentino, S.A. y Cosentino Stone, S.A., con efectos
económicos desde el día 1 de enero de 20XX+1, por lo que las
cuentas anuales adjuntas contemplan esta circunstancia y
fueron redactadas teniendo en cuenta los valores de las
tasaciones preceptivas, realizadas por el experto designado
por el Registro Mercantil.
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