SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 41
Empresario individual 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
Código de Comercio 
• Artículo 4.- Tendrá capacidad legal para el ejercicio 
habitual del comercio las personas 
– mayores de edad (18 años) 
– que tengan la libre disposición de sus bienes. 
• Artículo 5.- Los menores de 18 años y los 
incapacitados podrán continuar, 
– por medio de sus guardadores o representantes legales 
– quienes les suplirán en el ejercicio del comercio. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
CCaarraacctteerrííssttiiccaass del empresario/a 
individual 
• Dirige su gestión. 
• Responde personalmente a las obligaciones. 
• No existe diferenciación entre: 
– El patrimonio mercantil y su patrimonio personal. 
• No precisa proceso previo de constitución. 
• La aportación de capital a la empresa, 
– No tiene mas límite que la voluntad del empresario. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
VVeennttaajjaass del empresario/a 
individual 
• Empresa de muy reducido tamaño. 
• Menos gestiones y trámites. 
• Puede resultar más económica, 
– Dado que no crea persona jurídica distinta del propio 
empresario. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
IInnccoonnvveenniieenntteess del empresario/a 
individual 
• Responsabilidad del empresario/a es ilimitada. 
• Responde con su patrimonio personal. 
• Ha de hacer frente en solitario: 
– A los gastos y a las inversiones. 
– A la gestión y Administración. 
• Si el volumen de beneficio es importante: 
– Puede estar sometido a tipos impositivos importantes por 
el IRPF. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
RReessppoonnssaabbiilliiddaadd del empresario/a 
individual 
• Frente a terceros es universal y responde, 
– Con todo su patrimonio presente y futuro. 
• Si esta casado/a, puede dar lugar a que, 
– Sus actividades alcance al otro cónyuge. 
• Por ello, hay que tener en cuenta, 
– El rrééggiimmeenn eeccoonnóómmiiccoo qquuee rriiggee aall mmaattrriimmoonniioo y la 
naturaleza de los bienes en cuestión. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
RRééggiimmeenn eeccoonnóómmiiccoo que rige el 
matrimonio 
• De bienes gananciales 
– Cuando se trata de bienes comunes del matrimonio y 
• Será necesario el consentimiento de ambos cónyuges. 
• Se presume cuando 
– se ejerce la actividad empresarial con conocimiento y sin 
oposición expresa del cónyuge. 
• También cuando al casarse ejerciese la actividad y continuase sin 
oposición por el cónyuge. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
RRééggiimmeenn eeccoonnóómmiiccoo que rige el 
matrimonio 
• Separación de bienes, 
– Los bienes propios del cónyuge no quedarían afectos al 
ejercicio de la actividad empresarial, 
• salvo que exista un consentimiento expreso de dicho cónyuge. 
– El cónyuge puede revocar libremente el consentimiento 
tanto expreso como presunto. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
RRééggiimmeenn eeccoonnóómmiiccoo que rige el 
matrimonio 
• Inscribirse en el Registro Mercantil no es obligatorio 
pero puede ser conveniente, 
– Para registrar los datos relativos al cónyuge. 
– Para reflejar en el régimen del matrimonio, 
• Las capitulaciones, 
• Los consentimientos, 
• La revocación, 
• La oposición del cónyuge a la actividad empresarial. 
• Para proteger los Bienes del cónyuge. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
LLiibbrrooss obligatorios 
Dependerán del régimen fiscal concreto a que esté sometido el 
empresario. 
Si régimen fiscal es Estimación Directa, Están obligados a los 
libros y los registros siguientes: 
•Libros de comercio (artículo 25 Código de Comercio) 
•Libro diario 
•Libro de inventario y cuentas anuales 
•Si la actividad empresarial no tiene carácter mercantil, 
•Libro Registro de Ventas e Ingresos 
•Libro Registro de Compras y Gastos 
•Libro Registro de Bienes de Inversión 
•En el caso de actividades profesionales: 
•Libro Registro de Ingresos 
•Libro Registro de Gastos 
•Libro Registro de Bienes de Inversión 
•Libro Registro de Provisiones de Fondos y Suplidos 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
LLiibbrrooss obligatorios 
Dependerán del régimen fiscal concreto a que esté 
sometido el empresario. 
•Si régimen fiscal es Estimación Directa Simplificada, 
–Empresarios: 
•Libro Registro de Ventas e Ingresos 
•Libro Registro de Compras y Gastos 
•Libro Registro de Bienes de Inversión 
•Libros exigidos por IVA 
–Profesionales: 
•Libro Registro de Ingresos 
•Libro Registro de Gastos 
•Libro Registro de Bienes de Inversión 
•Libro Registro de Provisiones y Suplidos 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
Modalidades de ttrriibbuuttaacciióónn 
1. Estimación Directa 
a) Normal 
b) Simplificada 
2. Estimación Objetiva o Módulos 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
1. a)Estimación directa nnoorrmmaall 
• La modalidad es de aplicación a: 
– Las actividades empresariales o profesionales cuyo 
volumen de operaciones sea superior a 600.000 euros. 
– Los que hhaayyaann rreennuunncciiaaddoo expresamente mediante la 
presentación del Modelo de impreso 036 o 037 
(Declaración Censal), antes del 31 de diciembre, anterior 
al comienzo del nuevo ejercicio, a llaass oottrraass ddooss 
mmooddaalliiddaaddees. 
• La determinación de los rendimientos se hace como 
en el Impuesto sobre Sociedades. 
Ingresos + Autoconsumo – Gastos = Base a Liquidar 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
1. a)Estimación directa nnoorrmmaall 
• Deben realizarse cuatro pagos fraccionados, en los 
plazos del 1 al 20 de: 
– Abril 
– Julio 
– Octubre 
– Enero del año siguiente ( del 1 al 30) 
• El importe del pago fraccionado será: 
– El 20% del rendimiento neto obtenido desde el inicio de 
año hasta el último día del trimestre de calculo, menos el 
pago fraccionado del trimestre/es anterior/es. 
• Si el resultado es cero o negativo, se debe presentar 
al menos la declaración. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
1. b)Estimación directa ssiimmpplliiffiiccaaddaa 
La modalidad de se aplicará a: 
• Las actividades empresariales a las que no les sea de 
aplicación la modalidad de Estimación Objetiva. 
• Las actividades empresariales y profesionales que no 
tengan un volumen anual de operaciones superior a 
600.000 euros. 
– y no se haya renunciado a su aplicación. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
1. b)Estimación directa ssiimmpplliiffiiccaaddaa 
La modalidad no se aplicará: 
– En el caso de que realice otra actividad a la que le fuese 
aplicable la Estimación Directa Normal. 
La determinación de los rendimientos 
– se hace como en el Impuesto sobre Sociedades. 
Ingresos + Autoconsumo – Gastos = Base a Liquidar 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
1. b)Estimación directa ssiimmpplliiffiiccaaddaa 
Deducciones: 
• En provisiones y gastos de difícil justificación. 
– Esta deducción es el 5% del rendimiento neto previo. 
• Íntegra de las amortizaciones: 
– Las amortizaciones se practican de forma lineal. 
– Se aplica una tabla de amortizaciones simplificada. 
Sub Grupos 
Contables 
Elementos Patrimoniales Coeficiente Lineal Máximo (%) Periodo Máximo (Años) 
11, 21 Edificios y Otras Construcciones 3 68 
12, 15 
Instalaciones, Mobiliario, Enseres y 
16,19 
Resto Del Inmovilizado Material 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo. 
10 20 
13 Maquinaria 12 18 
18 Elementos De Transporte 16 14 
17 
Equipos Para Tratamiento De La 
Información y Sistemas y Programas 
Informaticos 
26 10 
14 Utiles y Herramientas 30 8
1. b)Estimación directa Simplificada 
• Deben realizarse cuatro pagos fraccionados, en los 
plazos del 1 al 20 de: 
– Abril 
– Julio 
– Octubre 
– Enero del año siguiente ( del 1 al 30) 
• El importe del pago fraccionado será: 
– El 20% del rendimiento neto obtenido desde el inicio de 
año hasta el último día del trimestre de calculo, menos el 
pago fraccionado del trimestre/es anterior/es. 
• Si el resultado es cero o negativo, se debe presentar 
al menos la declaración. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
2. Estimación OObbjjeettiivvaa por Signos, 
Índices o MMóódduullooss. 
Es aplicable a pequeños empresarios y/o profesionales, a 
los que se les intenta simplificar la administración de su 
actividad. 
Se aplicará obligatoriamente, salvo renuncia expresa, 
–A las actividades empresariales que considere el Ministerio de 
Economía y Hacienda. 
•Vía Orden Ministerial. 
Entre éstas, podemos destacar una gran parte del comercio 
minorista: 
– Peluquerías, transporte de viajeros, talleres de reparación de 
vehículos, carpinterías, fontanería, restaurantes, cafeterías, bares, 
taxi, etc. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
2. Estimación OObbjjeettiivvaa por Signos, 
Índices o MMóódduullooss. 
No podrá aplicarse: 
• Si el contribuyente realiza una actividad sometida al 
régimen de Estimación Directa. 
• Cuyo volumen de rendimientos íntegros en el año 
inmediatamente anterior supere, los 450.000 euros 
anuales. 
– Para el conjunto de sus actividades económicas. 
• Para el conjunto de actividades agrícolas y ganaderas 
este límite se establece en 300.000 euros. 
• Si el volumen de compras en bienes y servicios del año 
anterior, supera la cantidad de 300.000 euros. 
– Con excepción de bienes de inversión. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
2. Estimación OObbjjeettiivvaa por Signos, 
Índices o MMóódduullooss. 
La determinación del rendimiento neto tributario. 
• Calculada en base a unos parámetros objetivos, fijados 
por el Ministerio de Economía y Hacienda para cada 
actividad. 
– Como número de personas que trabajan en la actividad 
– La potencia instalada 
– Superficie del local 
– Situación, etc. 
Es obligatorio conservar las facturas emitidas y las recibidas 
así como, los justificantes de los módulos aplicados. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
2. Estimación OObbjjeettiivvaa por Signos, 
Índices o MMóódduullooss. 
Cálculo del rendimiento neto 
• UNIDADES DE MÓDULO EMPLEADAS, UTILIZADAS O INSTALADAS (x) RENDIMIENTO ANUAL POR 
UNIDAD DE MÓDULO ANTES DE AMORTIZACIÓN 
• = RENDIMIENTO NETO PREVIO 
• MINORACIONES: 
– (-) INCENTIVOS AL EMPLEO 
– (-) INCENTIVOS A LA INVERSIÓN. Las cantidades que correspondan a la amortización se determinarán 
aplicando la tabla de amortización recogida en la Orden por la que se desarrolla el régimen de estimación 
objetiva del IRPF y régimen especial simplificado del IVA. (AMORTIZACIONES) 
• = RENDIMIENTO NETO MINORADO 
• (x) ÍNDICES CORRECTORES (en función del tipo de actividad y determinadas circunstancias) 
• = RENDIMIENTO NETO DE MÓDULOS 
• (-) REDUCCIÓN GENERAL DEL RENDIMIENTO NETO: 5% 
• (-) GASTOS EXTRAORDINARIOS POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES (Incendios, inundaciones, 
hundimientos…) 
• (+) OTRAS PERCEPCIONES EMPRESARIALES 
• (SUBVENCIONES) 
• = RENDIMIENTO NETO DE LA ACTIVIDAD 
• (-) REDUCCIÓN RENTAS IRREGULARES (40%). Se entiende por rendimientos irregulares, en 
general, aquellos que tengan un período de generación superior a dos años y, en particular, 
aquellos rendimientos específicos que contempla el artículo 25 del Reglamento del Impuesto. 
• = RENDIMIENTO NETO REDUCIDO DE LA ACTIVIDAD 
• (-) REDUCCIÓN POR MANTENIMIENTO O CREACIÓN DE EMPLEO en los términos de la disposición 
adicional 27ª de la Ley del IRPF 
• = RENDIMIENTO NETO REDUCIDO TOTAL 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
2. Estimación OObbjjeettiivvaa por Signos, 
Índices o MMóódduullooss. 
• Deberán realizar cuatro pagos fraccionados trimestrales en los plazos del 
1 al 20 de: 
– Abril 
– Julio 
– Octubre 
– Enero del año siguiente ( del 1 al 30) 
• Respecto a los porcentajes, para las actividades empresariales 
• (excepto agrícolas y ganaderas). 
– En general, (más de una persona asalariada) el 4% del rendimiento resultante de la 
aplicación de los módulos en función de los datos-base existentes a 1 de enero. Cuando 
se inicie una actividad, los datos-base serán los existentes el día de comienzo de la 
misma. 
– Cuando se tenga sólo a una persona asalariad a, el 3%. 
– Cuando no se disponga de personal asalariado, el 2%. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
2. Estimación OObbjjeettiivvaa por Signos, 
Índices o MMóódduullooss. 
• ¿Cómo se renuncia a los módulos? 
– La norma general nos indica que la renuncia deberá efectuarse 
durante el mes de diciembre anterior al inicio del año natural 
en que deba surtir efecto, es decir aquellos que quisieran 
renunciar para el ejercicio 2015 deberían haber manifestado 
esa renuncia en diciembre de 2014. 
La renuncia tendrá efectos por un período mínimo de tres años. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
2. Estimación OObbjjeettiivvaa por Signos, 
Índices o MMóódduullooss. 
Consideraciones finales 
• Habitualmente, los aspectos más destacados y 
valorados por los empresarios a la hora de decidirse 
por este régimen son: 
– Simplicidad (menor tiempo de dedicación al empresario 
en temas contables y fiscales) 
– Tranquilidad respecto a comprobaciones de la AEAT 
– Generalmente menor tributación en aquellos casos en 
pequeños negocios que tiene un cierto volumen ventas. 
– Menores honorarios de asesoría. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
TTrraannssmmiissiioonneess patrimoniales 
Anteriormente hablamos de la responsabilidad 
patrimonial con respecto de las deudas contraídas por 
la actividad empresarial. 
–se señalaba que ésta es ilimitada 
–con todo su patrimonio presente y futuro 
Pero comentaremos que el patrimonio del empresario 
individual trae otras responsabilidades dependiendo 
del uso o no en la actividad empresarial o de su 
transmisión a cónyuge o descendientes. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
TTrraannssmmiissiioonneess patrimoniales 
Ahora es preciso destacar la responsabilidad del 
empresario desde el punto de vista de la: 
– Organización de la actividad 
– Gestión empresarial 
– Repercusiones de carácter fiscal 
Entre los bienes utilizados para el desarrollo de la 
actividad empresarial y los de uso particular. 
– Bienes afectos o en afectación, utilizados en la actividad 
empresarial. 
– Bienes particulares o en desafectación, cuando son de 
uso particular o han dejado de ser utilizados para la 
actividad empresarial. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
TTrraannssmmiissiioonneess patrimoniales 
Elementos patrimoniales afectos 
pertenecientes al inmovilizado material o inmaterial de 
la actividad económica 
–da lugar a ganancias o pérdidas patrimoniales que no se 
incluyen en el rendimiento neto de la actividad. 
– sino que se les aplica las mismas normas que al resto de 
ganancias o pérdidas patrimoniales correspondientes a otros 
bienes del patrimonio del contribuyente. 
Ver ley del IRPF 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
TTrraannssmmiissiioonneess patrimoniales 
En el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones 
•Se establece una reducción de un 95% en la base 
imponible del Impuesto en la transmisión, a favor 
–Del cónyuge 
–Descendientes o adoptados 
De la empresa individual del ddoonnaannttee o fallecido. 
•En el caso de donación, el ddoonnaannttee debe tener 65 
años o más, o estar incapacitado. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
TTrraannssmmiissiioonneess patrimoniales 
Las adquisiciones por sucesión o donación, que hayan 
obtenido bonificación, 
–deben de mantenerse durante al menos 10 años, aunque 
no necesariamente en la misma actividad. 
•¡ojo! Las comunidades autónomas han establecido 
condiciones especiales 
–en la aplicación del Impuesto sobre Sucesiones y 
Donaciones. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
CCoottiizzaacciióónn del Empresario/A 
Individual a La SSeegguurriiddaadd SSoocciiaall 
• El empresario individual realiza su aportación a 
través del (RETA) Régimen Especial de Trabajadores 
por cuenta propia o Autónoma. 
– Se establece una base mínima obligatoria y una base 
máxima . 
– Se aplica el tipo de cotización establecido 
– El resultado es la cuota líquida a pagar. 
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Servicios/Modelosdesolicitude31190/ModeloTA0521Solicit48739/index.htm?ID=48739 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
CCoottiizzaacciióónn del Empresario/A 
Individual a La SSeegguurriiddaadd SSoocciiaall 
•Puede optar por la base de cotización que desee 
siempre que esté entre 
– la base mínima y máxima establecida. 
•Los pagos de la cotización en este Régimen son 
mensuales. 
•La Seguridad Social proporcionará los bboolleettiinneess ddee 
ccoottiizzaacciióónn para simplificar la liquidación de cuotas. 
•La liquidación e ingreso de las cuotas se llevará a cabo 
en cajas de ahorro o bancos, pudiendo domiciliar el 
pago. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
CCoottiizzaacciióónn del Empresario/A 
Individual a La SSeegguurriiddaadd SSoocciiaall 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
CCoottiizzaacciióónn del Empresario/A 
Individual a La SSeegguurriiddaadd SSoocciiaall 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
CCoottiizzaacciióónn del Empresario/A 
Individual a La SSeegguurriiddaadd SSoocciiaall 
Al margen de la cuota de autónomo (alta en RETA) 
En el régimen general de la seguridad social para la 
contratación de trabajadores. 
•Se establece una cuota patronal y una cuota obrera 
–La cuota patronal la paga el empresario. 
–La cuota obrera la aporta el trabajador 
•descontada en su Nomina. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
CCoottiizzaacciióónn del 
Empresario/A 
Individual a La 
SSeegguurriiddaadd 
SSoocciiaall 
El Modelo TC1, recoge la 
cuota patronal y obrera. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
TTrraammiitteess administrativos 
• En la Administración de la Agencia Tributaria 
– Declaración censal (tributación del IRPF) 
– Régimen de IVA 
– Datos de locales de Actividad 
– Epígrafe de Actividad Económica 
– Fecha de inicio de la Actividad 
En la Administración de la Agencia Tributaria 
correspondiente al domicilio donde se ejerce la 
actividad. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
TTrraammiitteess administrativos 
• En la Tesorería de la Seguridad Social 
– Alta en el Régimen Especial de Autónomos de la 
Seguridad Social. 
– Inscripción de la empresa (número de patronal), sólo en el 
caso de contratar trabajadores. TA6 o TA7 
– Afiliación del o de los trabajadores al Sistema de 
Seguridad Social. TA1 
• Con anterioridad a la iniciación de la prestación de servicios del 
trabajador. 
– Comunicación de Alta en el Régimen de la Seguridad 
Social del o de los trabajadores. TA2/S 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
TTrraammiitteess administrativos 
• En las delegaciones provinciales de las consejerías 
de trabajo de las comunidades autónomas o las 
delegaciones provinciales del Ministerio de Trabajo e 
Inmigración. 
– Comunicación de apertura del centro de trabajo. Se debe 
realizar dentro de los 30 días siguientes al inicio de la 
actividad. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
TTrraammiitteess administrativos 
• En la Inspección Provincial de Trabajo 
– Sellado y diligenciado del Libro de Visitas. 
• En Red Trabaja 
– Registro del o de los contratos de trabajo a los empleados 
según la modalidad elegida. 
• En el ayuntamiento 
– LLiicceenncciiaa de oobbrraass, en el caso de tener que efectuar 
reformas o acondicionamiento del local para la actividad a 
realizar. 
– LLiicceenncciiaa de aappeerrttuurraa, que acredita la adecuación de las 
instalaciones proyectadas a la normativa urbanística 
vigente y a la reglamentación técnica que puede serle 
aplicable. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
LLeeggiissllaacciióónn del empresario 
individual o autónomo 
• No tiene una regulación legal específica y está 
sometido, en su actividad empresarial, a: 
– Las disposiciones generales del CCóóddiiggoo de CCoommeerrcciioo en 
materia mercantil. 
– A lo dispuesto en el CCóóddiiggoo CCiivviill en materia de derechos y 
obligaciones. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Comercio exterior e Internacional.pptx
Comercio exterior e Internacional.pptxComercio exterior e Internacional.pptx
Comercio exterior e Internacional.pptxAndreaGallardo73
 
PRONACA SISTEMA DE INFORMACION.pptx
PRONACA SISTEMA DE INFORMACION.pptxPRONACA SISTEMA DE INFORMACION.pptx
PRONACA SISTEMA DE INFORMACION.pptxtomas392406
 
CONTRATO DE AGENCIA COMERCIAL INTERNACIONAL - Modelo de Contrato y Ejemplo
CONTRATO DE AGENCIA COMERCIAL INTERNACIONAL - Modelo de Contrato y EjemploCONTRATO DE AGENCIA COMERCIAL INTERNACIONAL - Modelo de Contrato y Ejemplo
CONTRATO DE AGENCIA COMERCIAL INTERNACIONAL - Modelo de Contrato y EjemploGlobal Negotiator
 
Tips para registrar correctamente una operación mercantil
Tips para registrar correctamente una operación mercantilTips para registrar correctamente una operación mercantil
Tips para registrar correctamente una operación mercantilYurley Higuita Restrepo
 
Modelo de Factura Comercial (Commercial Invoice)
Modelo de Factura Comercial (Commercial Invoice)Modelo de Factura Comercial (Commercial Invoice)
Modelo de Factura Comercial (Commercial Invoice)Diario del Exportador
 
Regimen exportacion-15-mayo
Regimen exportacion-15-mayoRegimen exportacion-15-mayo
Regimen exportacion-15-mayodaniramirezg
 
Impuestos, iva, renta, ica
Impuestos, iva, renta, icaImpuestos, iva, renta, ica
Impuestos, iva, renta, icaAngel Camargo
 
Trabajo sobre el iva
Trabajo sobre el ivaTrabajo sobre el iva
Trabajo sobre el ivarusbel_rubio
 
Libros contables
Libros contablesLibros contables
Libros contablesLuisspe
 
Etapas del comercio internacional
Etapas del comercio internacionalEtapas del comercio internacional
Etapas del comercio internacionalOskar Gutierrez
 
Cuadro comparativo regimenes de importacion
Cuadro comparativo regimenes de importacionCuadro comparativo regimenes de importacion
Cuadro comparativo regimenes de importacionWilver Cardenas
 
Plan de Negocio Exportador .ppt
Plan de Negocio Exportador .pptPlan de Negocio Exportador .ppt
Plan de Negocio Exportador .pptBenjaRoson
 
Fuentes del Derecho Comercial
Fuentes del Derecho ComercialFuentes del Derecho Comercial
Fuentes del Derecho Comercialandrearojoburrows
 
Exportación temporal
Exportación temporalExportación temporal
Exportación temporalEnriqueGer
 

La actualidad más candente (20)

Mypes peru 2011
Mypes peru   2011Mypes peru   2011
Mypes peru 2011
 
Comercio exterior e Internacional.pptx
Comercio exterior e Internacional.pptxComercio exterior e Internacional.pptx
Comercio exterior e Internacional.pptx
 
PRONACA SISTEMA DE INFORMACION.pptx
PRONACA SISTEMA DE INFORMACION.pptxPRONACA SISTEMA DE INFORMACION.pptx
PRONACA SISTEMA DE INFORMACION.pptx
 
CONTRATO DE AGENCIA COMERCIAL INTERNACIONAL - Modelo de Contrato y Ejemplo
CONTRATO DE AGENCIA COMERCIAL INTERNACIONAL - Modelo de Contrato y EjemploCONTRATO DE AGENCIA COMERCIAL INTERNACIONAL - Modelo de Contrato y Ejemplo
CONTRATO DE AGENCIA COMERCIAL INTERNACIONAL - Modelo de Contrato y Ejemplo
 
Tips para registrar correctamente una operación mercantil
Tips para registrar correctamente una operación mercantilTips para registrar correctamente una operación mercantil
Tips para registrar correctamente una operación mercantil
 
Modelo de Factura Comercial (Commercial Invoice)
Modelo de Factura Comercial (Commercial Invoice)Modelo de Factura Comercial (Commercial Invoice)
Modelo de Factura Comercial (Commercial Invoice)
 
LAS CUENTAS
LAS CUENTASLAS CUENTAS
LAS CUENTAS
 
Regimen exportacion-15-mayo
Regimen exportacion-15-mayoRegimen exportacion-15-mayo
Regimen exportacion-15-mayo
 
Libros contables
Libros contables Libros contables
Libros contables
 
Libro diario
Libro diarioLibro diario
Libro diario
 
Impuestos, iva, renta, ica
Impuestos, iva, renta, icaImpuestos, iva, renta, ica
Impuestos, iva, renta, ica
 
Libros auxiliares
Libros auxiliaresLibros auxiliares
Libros auxiliares
 
Trabajo sobre el iva
Trabajo sobre el ivaTrabajo sobre el iva
Trabajo sobre el iva
 
Libros contables
Libros contablesLibros contables
Libros contables
 
Detracciones
DetraccionesDetracciones
Detracciones
 
Etapas del comercio internacional
Etapas del comercio internacionalEtapas del comercio internacional
Etapas del comercio internacional
 
Cuadro comparativo regimenes de importacion
Cuadro comparativo regimenes de importacionCuadro comparativo regimenes de importacion
Cuadro comparativo regimenes de importacion
 
Plan de Negocio Exportador .ppt
Plan de Negocio Exportador .pptPlan de Negocio Exportador .ppt
Plan de Negocio Exportador .ppt
 
Fuentes del Derecho Comercial
Fuentes del Derecho ComercialFuentes del Derecho Comercial
Fuentes del Derecho Comercial
 
Exportación temporal
Exportación temporalExportación temporal
Exportación temporal
 

Destacado

01 el empresario autónomo y la fiscalidad en españa
01 el empresario autónomo y la fiscalidad en españa01 el empresario autónomo y la fiscalidad en españa
01 el empresario autónomo y la fiscalidad en españaAprenda Formación
 
formas juridicas
formas juridicasformas juridicas
formas juridicasfolrencio
 
Regimenes irpf
Regimenes irpfRegimenes irpf
Regimenes irpfBelen
 
03 el impuesto sobre la renta de las personas físicas
03 el impuesto sobre la renta de las personas físicas03 el impuesto sobre la renta de las personas físicas
03 el impuesto sobre la renta de las personas físicasAprenda Formación
 
Información fiscal empresarios 2010
Información fiscal empresarios 2010Información fiscal empresarios 2010
Información fiscal empresarios 2010sfernandezmartinez
 
II Ponencia del Programa MEJORA. Cumpliendo con la Legislación Fiscal. Un enf...
II Ponencia del Programa MEJORA. Cumpliendo con la Legislación Fiscal. Un enf...II Ponencia del Programa MEJORA. Cumpliendo con la Legislación Fiscal. Un enf...
II Ponencia del Programa MEJORA. Cumpliendo con la Legislación Fiscal. Un enf...José Manuel Arroyo Quero
 
Obligaciones fiscales empresarios y profesionales
Obligaciones fiscales empresarios y profesionalesObligaciones fiscales empresarios y profesionales
Obligaciones fiscales empresarios y profesionalesComparativa de Bancos
 
02 pymes- las relaciones societarias
02 pymes- las relaciones societarias02 pymes- las relaciones societarias
02 pymes- las relaciones societariasAprenda Formación
 
Folleto Actividades Económicas. Agencia Tributaria.
Folleto Actividades Económicas. Agencia Tributaria. Folleto Actividades Económicas. Agencia Tributaria.
Folleto Actividades Económicas. Agencia Tributaria. José Manuel Arroyo Quero
 
Trabajo final
Trabajo finalTrabajo final
Trabajo finalcarrmen
 
Ii unidad formas jurídicas de las empresas
Ii unidad   formas jurídicas de las empresasIi unidad   formas jurídicas de las empresas
Ii unidad formas jurídicas de las empresasecharlie
 
Rdl 9 2015 reducción irpf 12-07-2015 resumen pmj
Rdl 9 2015 reducción irpf 12-07-2015 resumen pmjRdl 9 2015 reducción irpf 12-07-2015 resumen pmj
Rdl 9 2015 reducción irpf 12-07-2015 resumen pmjPilar Molina Jordana
 
04 el impuesto sobre el valor añadido
04 el impuesto sobre el valor añadido04 el impuesto sobre el valor añadido
04 el impuesto sobre el valor añadidoAprenda Formación
 
tema2: TRABAJO POR CUENTA AJENA
tema2: TRABAJO POR CUENTA AJENAtema2: TRABAJO POR CUENTA AJENA
tema2: TRABAJO POR CUENTA AJENAalbertocristian
 

Destacado (20)

01 el empresario autónomo y la fiscalidad en españa
01 el empresario autónomo y la fiscalidad en españa01 el empresario autónomo y la fiscalidad en españa
01 el empresario autónomo y la fiscalidad en españa
 
Impuestos
ImpuestosImpuestos
Impuestos
 
formas juridicas
formas juridicasformas juridicas
formas juridicas
 
Empresario individual
Empresario individualEmpresario individual
Empresario individual
 
Regimenes irpf
Regimenes irpfRegimenes irpf
Regimenes irpf
 
03 el impuesto sobre la renta de las personas físicas
03 el impuesto sobre la renta de las personas físicas03 el impuesto sobre la renta de las personas físicas
03 el impuesto sobre la renta de las personas físicas
 
Estela Díaz: Fiscalidad para pymes y autónomos
Estela Díaz: Fiscalidad para pymes y autónomosEstela Díaz: Fiscalidad para pymes y autónomos
Estela Díaz: Fiscalidad para pymes y autónomos
 
Información fiscal empresarios 2010
Información fiscal empresarios 2010Información fiscal empresarios 2010
Información fiscal empresarios 2010
 
Autoempleo 2007
Autoempleo 2007Autoempleo 2007
Autoempleo 2007
 
II Ponencia del Programa MEJORA. Cumpliendo con la Legislación Fiscal. Un enf...
II Ponencia del Programa MEJORA. Cumpliendo con la Legislación Fiscal. Un enf...II Ponencia del Programa MEJORA. Cumpliendo con la Legislación Fiscal. Un enf...
II Ponencia del Programa MEJORA. Cumpliendo con la Legislación Fiscal. Un enf...
 
Obligaciones fiscales empresarios y profesionales
Obligaciones fiscales empresarios y profesionalesObligaciones fiscales empresarios y profesionales
Obligaciones fiscales empresarios y profesionales
 
02 pymes- las relaciones societarias
02 pymes- las relaciones societarias02 pymes- las relaciones societarias
02 pymes- las relaciones societarias
 
Folleto Actividades Económicas. Agencia Tributaria.
Folleto Actividades Económicas. Agencia Tributaria. Folleto Actividades Económicas. Agencia Tributaria.
Folleto Actividades Económicas. Agencia Tributaria.
 
Trabajo final
Trabajo finalTrabajo final
Trabajo final
 
Ii unidad formas jurídicas de las empresas
Ii unidad   formas jurídicas de las empresasIi unidad   formas jurídicas de las empresas
Ii unidad formas jurídicas de las empresas
 
Cálculo del tipo de retención irpf
Cálculo del tipo de retención irpfCálculo del tipo de retención irpf
Cálculo del tipo de retención irpf
 
Rdl 9 2015 reducción irpf 12-07-2015 resumen pmj
Rdl 9 2015 reducción irpf 12-07-2015 resumen pmjRdl 9 2015 reducción irpf 12-07-2015 resumen pmj
Rdl 9 2015 reducción irpf 12-07-2015 resumen pmj
 
04 el impuesto sobre el valor añadido
04 el impuesto sobre el valor añadido04 el impuesto sobre el valor añadido
04 el impuesto sobre el valor añadido
 
Calculo del irpf
Calculo del irpfCalculo del irpf
Calculo del irpf
 
tema2: TRABAJO POR CUENTA AJENA
tema2: TRABAJO POR CUENTA AJENAtema2: TRABAJO POR CUENTA AJENA
tema2: TRABAJO POR CUENTA AJENA
 

Similar a EmpresarioIndividual

CRECEMYPE - Formalización 02
CRECEMYPE - Formalización 02CRECEMYPE - Formalización 02
CRECEMYPE - Formalización 02Hernani Larrea
 
Myb 144495-v1-charla tributaria-microempresarios
Myb 144495-v1-charla tributaria-microempresariosMyb 144495-v1-charla tributaria-microempresarios
Myb 144495-v1-charla tributaria-microempresariosRodolfo Muñoz
 
Regimenes tributarios
Regimenes tributariosRegimenes tributarios
Regimenes tributariosmajucruz15
 
Contabilidad Basica para Emprendedores.pptx
Contabilidad Basica para Emprendedores.pptxContabilidad Basica para Emprendedores.pptx
Contabilidad Basica para Emprendedores.pptxssuser806f32
 
contabilidadbasicaparaemprendedores-230625024829-da564fa6.pdf
contabilidadbasicaparaemprendedores-230625024829-da564fa6.pdfcontabilidadbasicaparaemprendedores-230625024829-da564fa6.pdf
contabilidadbasicaparaemprendedores-230625024829-da564fa6.pdfEnriqueRamirez658771
 
APznzaaAHiLRnZzLOX_nQs1McHZ6w0NEcZXObL50OO5HFPbAdkKPSR-moXhw5T54LgoYXolKaaLeC...
APznzaaAHiLRnZzLOX_nQs1McHZ6w0NEcZXObL50OO5HFPbAdkKPSR-moXhw5T54LgoYXolKaaLeC...APznzaaAHiLRnZzLOX_nQs1McHZ6w0NEcZXObL50OO5HFPbAdkKPSR-moXhw5T54LgoYXolKaaLeC...
APznzaaAHiLRnZzLOX_nQs1McHZ6w0NEcZXObL50OO5HFPbAdkKPSR-moXhw5T54LgoYXolKaaLeC...yaiir_tobar
 
Seminario regimen simplificado y comun
Seminario regimen simplificado y comunSeminario regimen simplificado y comun
Seminario regimen simplificado y comun1038093552
 
Ciclos de vida de un negocio aspectos tributarios
Ciclos de vida de un negocio aspectos tributariosCiclos de vida de un negocio aspectos tributarios
Ciclos de vida de un negocio aspectos tributariosAdministración y Negocios
 
Reforma tributaria-situacion-actual-y-futura-de-las-pymes
Reforma tributaria-situacion-actual-y-futura-de-las-pymesReforma tributaria-situacion-actual-y-futura-de-las-pymes
Reforma tributaria-situacion-actual-y-futura-de-las-pymesHernán trujillo jara
 
Sunat inicio de negocio
Sunat inicio de negocioSunat inicio de negocio
Sunat inicio de negocioDelcy Cabello
 

Similar a EmpresarioIndividual (20)

CRECEMYPE - Formalización 02
CRECEMYPE - Formalización 02CRECEMYPE - Formalización 02
CRECEMYPE - Formalización 02
 
Negocio propio (1)
Negocio propio (1)Negocio propio (1)
Negocio propio (1)
 
Negocio propio (1)
Negocio propio (1)Negocio propio (1)
Negocio propio (1)
 
Negocio propio (1)
Negocio propio (1)Negocio propio (1)
Negocio propio (1)
 
Sociedades
SociedadesSociedades
Sociedades
 
Myb 144495-v1-charla tributaria-microempresarios
Myb 144495-v1-charla tributaria-microempresariosMyb 144495-v1-charla tributaria-microempresarios
Myb 144495-v1-charla tributaria-microempresarios
 
Regimenes tributarios
Regimenes tributariosRegimenes tributarios
Regimenes tributarios
 
Regimen especial del impuesto a la renta
Regimen especial del impuesto a la rentaRegimen especial del impuesto a la renta
Regimen especial del impuesto a la renta
 
Fiscalidad emprendedores irpf
Fiscalidad  emprendedores irpfFiscalidad  emprendedores irpf
Fiscalidad emprendedores irpf
 
Contabilidad Basica para Emprendedores.pptx
Contabilidad Basica para Emprendedores.pptxContabilidad Basica para Emprendedores.pptx
Contabilidad Basica para Emprendedores.pptx
 
contabilidadbasicaparaemprendedores-230625024829-da564fa6.pdf
contabilidadbasicaparaemprendedores-230625024829-da564fa6.pdfcontabilidadbasicaparaemprendedores-230625024829-da564fa6.pdf
contabilidadbasicaparaemprendedores-230625024829-da564fa6.pdf
 
03.2. fiscalidad impuestos
03.2. fiscalidad   impuestos03.2. fiscalidad   impuestos
03.2. fiscalidad impuestos
 
APznzaaAHiLRnZzLOX_nQs1McHZ6w0NEcZXObL50OO5HFPbAdkKPSR-moXhw5T54LgoYXolKaaLeC...
APznzaaAHiLRnZzLOX_nQs1McHZ6w0NEcZXObL50OO5HFPbAdkKPSR-moXhw5T54LgoYXolKaaLeC...APznzaaAHiLRnZzLOX_nQs1McHZ6w0NEcZXObL50OO5HFPbAdkKPSR-moXhw5T54LgoYXolKaaLeC...
APznzaaAHiLRnZzLOX_nQs1McHZ6w0NEcZXObL50OO5HFPbAdkKPSR-moXhw5T54LgoYXolKaaLeC...
 
Formalizacion b
Formalizacion bFormalizacion b
Formalizacion b
 
Seminario regimen simplificado y comun
Seminario regimen simplificado y comunSeminario regimen simplificado y comun
Seminario regimen simplificado y comun
 
Ciclos de vida de un negocio aspectos tributarios
Ciclos de vida de un negocio aspectos tributariosCiclos de vida de un negocio aspectos tributarios
Ciclos de vida de un negocio aspectos tributarios
 
Iva
IvaIva
Iva
 
Reforma tributaria-situacion-actual-y-futura-de-las-pymes
Reforma tributaria-situacion-actual-y-futura-de-las-pymesReforma tributaria-situacion-actual-y-futura-de-las-pymes
Reforma tributaria-situacion-actual-y-futura-de-las-pymes
 
Sunat inicio de negocio
Sunat inicio de negocioSunat inicio de negocio
Sunat inicio de negocio
 
1er ex.adm.org.emp.11 14
1er ex.adm.org.emp.11 141er ex.adm.org.emp.11 14
1er ex.adm.org.emp.11 14
 

Más de formapaco

Recomendaciones en l lamadas no deseadas
Recomendaciones en l lamadas no deseadasRecomendaciones en l lamadas no deseadas
Recomendaciones en l lamadas no deseadasformapaco
 
Quien nos asiste en la protección de dato, derechos fundamentales
Quien nos asiste en la protección de dato, derechos fundamentalesQuien nos asiste en la protección de dato, derechos fundamentales
Quien nos asiste en la protección de dato, derechos fundamentalesformapaco
 
Como es la agencia española protección datos
Como es la agencia española protección datosComo es la agencia española protección datos
Como es la agencia española protección datosformapaco
 
Reglas a seguir para mandar un correo electrónico o email
Reglas a seguir para mandar un correo electrónico o email Reglas a seguir para mandar un correo electrónico o email
Reglas a seguir para mandar un correo electrónico o email formapaco
 
Letra de cambio sin problemas
Letra de cambio sin problemasLetra de cambio sin problemas
Letra de cambio sin problemasformapaco
 
Internet, la Red de redes.
Internet, la Red de redes.Internet, la Red de redes.
Internet, la Red de redes.formapaco
 
La Unión Europea, Organización y Legislación
La Unión Europea, Organización y LegislaciónLa Unión Europea, Organización y Legislación
La Unión Europea, Organización y Legislaciónformapaco
 
El salario y sus garantías según el E.T.
El salario y sus garantías según el E.T.El salario y sus garantías según el E.T.
El salario y sus garantías según el E.T.formapaco
 
Derecho del trabajo y fuentes
Derecho del trabajo y  fuentesDerecho del trabajo y  fuentes
Derecho del trabajo y fuentesformapaco
 
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajo
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajoExplicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajo
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajoformapaco
 
Informática & cuestiones básicas
Informática & cuestiones básicasInformática & cuestiones básicas
Informática & cuestiones básicasformapaco
 
Explica cc estatutarios
Explica cc estatutariosExplica cc estatutarios
Explica cc estatutariosformapaco
 
Explica Seguridad Social desde 1900 en España
Explica Seguridad Social desde 1900 en EspañaExplica Seguridad Social desde 1900 en España
Explica Seguridad Social desde 1900 en Españaformapaco
 
Explica irpf
Explica irpfExplica irpf
Explica irpfformapaco
 
Explica nomina
Explica nominaExplica nomina
Explica nominaformapaco
 
Pizarras.pdi
Pizarras.pdiPizarras.pdi
Pizarras.pdiformapaco
 

Más de formapaco (16)

Recomendaciones en l lamadas no deseadas
Recomendaciones en l lamadas no deseadasRecomendaciones en l lamadas no deseadas
Recomendaciones en l lamadas no deseadas
 
Quien nos asiste en la protección de dato, derechos fundamentales
Quien nos asiste en la protección de dato, derechos fundamentalesQuien nos asiste en la protección de dato, derechos fundamentales
Quien nos asiste en la protección de dato, derechos fundamentales
 
Como es la agencia española protección datos
Como es la agencia española protección datosComo es la agencia española protección datos
Como es la agencia española protección datos
 
Reglas a seguir para mandar un correo electrónico o email
Reglas a seguir para mandar un correo electrónico o email Reglas a seguir para mandar un correo electrónico o email
Reglas a seguir para mandar un correo electrónico o email
 
Letra de cambio sin problemas
Letra de cambio sin problemasLetra de cambio sin problemas
Letra de cambio sin problemas
 
Internet, la Red de redes.
Internet, la Red de redes.Internet, la Red de redes.
Internet, la Red de redes.
 
La Unión Europea, Organización y Legislación
La Unión Europea, Organización y LegislaciónLa Unión Europea, Organización y Legislación
La Unión Europea, Organización y Legislación
 
El salario y sus garantías según el E.T.
El salario y sus garantías según el E.T.El salario y sus garantías según el E.T.
El salario y sus garantías según el E.T.
 
Derecho del trabajo y fuentes
Derecho del trabajo y  fuentesDerecho del trabajo y  fuentes
Derecho del trabajo y fuentes
 
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajo
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajoExplicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajo
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajo
 
Informática & cuestiones básicas
Informática & cuestiones básicasInformática & cuestiones básicas
Informática & cuestiones básicas
 
Explica cc estatutarios
Explica cc estatutariosExplica cc estatutarios
Explica cc estatutarios
 
Explica Seguridad Social desde 1900 en España
Explica Seguridad Social desde 1900 en EspañaExplica Seguridad Social desde 1900 en España
Explica Seguridad Social desde 1900 en España
 
Explica irpf
Explica irpfExplica irpf
Explica irpf
 
Explica nomina
Explica nominaExplica nomina
Explica nomina
 
Pizarras.pdi
Pizarras.pdiPizarras.pdi
Pizarras.pdi
 

Último

4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE 9-4-24 (1).docx
4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE     9-4-24 (1).docx4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE     9-4-24 (1).docx
4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE 9-4-24 (1).docxMagalyDacostaPea
 
PROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdf
PROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdfPROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdf
PROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdfMaritza438836
 
PRIMER GRADO SOY LECTOR PART1- MD EDUCATIVO.pdf
PRIMER GRADO SOY LECTOR PART1- MD  EDUCATIVO.pdfPRIMER GRADO SOY LECTOR PART1- MD  EDUCATIVO.pdf
PRIMER GRADO SOY LECTOR PART1- MD EDUCATIVO.pdfGabrieldeJesusLopezG
 
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...Martin M Flynn
 
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 2
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 2Apunte de clase Pisos y Revestimientos 2
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 2Gonella
 
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdfMEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdfJosé Hecht
 
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docxEJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docxFabianValenciaJabo
 
BITÁCORA DE ESTUDIO DE PROBLEMÁTICA. TUTORÍA V. PDF 2 UNIDAD.pdf
BITÁCORA DE ESTUDIO DE PROBLEMÁTICA. TUTORÍA V. PDF 2 UNIDAD.pdfBITÁCORA DE ESTUDIO DE PROBLEMÁTICA. TUTORÍA V. PDF 2 UNIDAD.pdf
BITÁCORA DE ESTUDIO DE PROBLEMÁTICA. TUTORÍA V. PDF 2 UNIDAD.pdfsolidalilaalvaradoro
 
BOCA Y NARIZ (2).pdf....................
BOCA Y NARIZ (2).pdf....................BOCA Y NARIZ (2).pdf....................
BOCA Y NARIZ (2).pdf....................ScarletMedina4
 
HISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICA
HISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICAHISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICA
HISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICAJesus Gonzalez Losada
 
Actividades eclipse solar 2024 Educacion
Actividades eclipse solar 2024 EducacionActividades eclipse solar 2024 Educacion
Actividades eclipse solar 2024 Educacionviviantorres91
 
Salvando mi mundo , mi comunidad , y mi entorno
Salvando mi mundo , mi comunidad  , y mi entornoSalvando mi mundo , mi comunidad  , y mi entorno
Salvando mi mundo , mi comunidad , y mi entornoday561sol
 
historieta materia de ecologías producto
historieta materia de ecologías productohistorieta materia de ecologías producto
historieta materia de ecologías productommartinezmarquez30
 
Buenas Practicas de Manufactura para Industria Farmaceutica
Buenas Practicas de Manufactura para Industria FarmaceuticaBuenas Practicas de Manufactura para Industria Farmaceutica
Buenas Practicas de Manufactura para Industria FarmaceuticaMarco Camacho
 
programa PLAN ANUAL TUTORIA 3° SEC-2024.docx
programa PLAN ANUAL TUTORIA 3° SEC-2024.docxprograma PLAN ANUAL TUTORIA 3° SEC-2024.docx
programa PLAN ANUAL TUTORIA 3° SEC-2024.docxCram Monzon
 
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024Rosabel UA
 
Si cuidamos el mundo, tendremos un mundo mejor.
Si cuidamos el mundo, tendremos un mundo mejor.Si cuidamos el mundo, tendremos un mundo mejor.
Si cuidamos el mundo, tendremos un mundo mejor.monthuerta17
 
Programa sintetico fase 2 - Preescolar.pdf
Programa sintetico fase 2 - Preescolar.pdfPrograma sintetico fase 2 - Preescolar.pdf
Programa sintetico fase 2 - Preescolar.pdfHannyDenissePinedaOr
 
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 3
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 3Apunte de clase Pisos y Revestimientos 3
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 3Gonella
 

Último (20)

4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE 9-4-24 (1).docx
4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE     9-4-24 (1).docx4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE     9-4-24 (1).docx
4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE 9-4-24 (1).docx
 
PROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdf
PROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdfPROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdf
PROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdf
 
PRIMER GRADO SOY LECTOR PART1- MD EDUCATIVO.pdf
PRIMER GRADO SOY LECTOR PART1- MD  EDUCATIVO.pdfPRIMER GRADO SOY LECTOR PART1- MD  EDUCATIVO.pdf
PRIMER GRADO SOY LECTOR PART1- MD EDUCATIVO.pdf
 
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
 
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 2
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 2Apunte de clase Pisos y Revestimientos 2
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 2
 
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdfMEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
 
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docxEJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
 
BITÁCORA DE ESTUDIO DE PROBLEMÁTICA. TUTORÍA V. PDF 2 UNIDAD.pdf
BITÁCORA DE ESTUDIO DE PROBLEMÁTICA. TUTORÍA V. PDF 2 UNIDAD.pdfBITÁCORA DE ESTUDIO DE PROBLEMÁTICA. TUTORÍA V. PDF 2 UNIDAD.pdf
BITÁCORA DE ESTUDIO DE PROBLEMÁTICA. TUTORÍA V. PDF 2 UNIDAD.pdf
 
BOCA Y NARIZ (2).pdf....................
BOCA Y NARIZ (2).pdf....................BOCA Y NARIZ (2).pdf....................
BOCA Y NARIZ (2).pdf....................
 
HISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICA
HISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICAHISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICA
HISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICA
 
Actividades eclipse solar 2024 Educacion
Actividades eclipse solar 2024 EducacionActividades eclipse solar 2024 Educacion
Actividades eclipse solar 2024 Educacion
 
Salvando mi mundo , mi comunidad , y mi entorno
Salvando mi mundo , mi comunidad  , y mi entornoSalvando mi mundo , mi comunidad  , y mi entorno
Salvando mi mundo , mi comunidad , y mi entorno
 
historieta materia de ecologías producto
historieta materia de ecologías productohistorieta materia de ecologías producto
historieta materia de ecologías producto
 
Buenas Practicas de Manufactura para Industria Farmaceutica
Buenas Practicas de Manufactura para Industria FarmaceuticaBuenas Practicas de Manufactura para Industria Farmaceutica
Buenas Practicas de Manufactura para Industria Farmaceutica
 
programa PLAN ANUAL TUTORIA 3° SEC-2024.docx
programa PLAN ANUAL TUTORIA 3° SEC-2024.docxprograma PLAN ANUAL TUTORIA 3° SEC-2024.docx
programa PLAN ANUAL TUTORIA 3° SEC-2024.docx
 
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
 
Si cuidamos el mundo, tendremos un mundo mejor.
Si cuidamos el mundo, tendremos un mundo mejor.Si cuidamos el mundo, tendremos un mundo mejor.
Si cuidamos el mundo, tendremos un mundo mejor.
 
Acuerdo segundo periodo - Grado Sexto.pptx
Acuerdo segundo periodo - Grado Sexto.pptxAcuerdo segundo periodo - Grado Sexto.pptx
Acuerdo segundo periodo - Grado Sexto.pptx
 
Programa sintetico fase 2 - Preescolar.pdf
Programa sintetico fase 2 - Preescolar.pdfPrograma sintetico fase 2 - Preescolar.pdf
Programa sintetico fase 2 - Preescolar.pdf
 
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 3
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 3Apunte de clase Pisos y Revestimientos 3
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 3
 

EmpresarioIndividual

  • 1. Empresario individual ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 2. Código de Comercio • Artículo 4.- Tendrá capacidad legal para el ejercicio habitual del comercio las personas – mayores de edad (18 años) – que tengan la libre disposición de sus bienes. • Artículo 5.- Los menores de 18 años y los incapacitados podrán continuar, – por medio de sus guardadores o representantes legales – quienes les suplirán en el ejercicio del comercio. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 3. CCaarraacctteerrííssttiiccaass del empresario/a individual • Dirige su gestión. • Responde personalmente a las obligaciones. • No existe diferenciación entre: – El patrimonio mercantil y su patrimonio personal. • No precisa proceso previo de constitución. • La aportación de capital a la empresa, – No tiene mas límite que la voluntad del empresario. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 4. VVeennttaajjaass del empresario/a individual • Empresa de muy reducido tamaño. • Menos gestiones y trámites. • Puede resultar más económica, – Dado que no crea persona jurídica distinta del propio empresario. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 5. IInnccoonnvveenniieenntteess del empresario/a individual • Responsabilidad del empresario/a es ilimitada. • Responde con su patrimonio personal. • Ha de hacer frente en solitario: – A los gastos y a las inversiones. – A la gestión y Administración. • Si el volumen de beneficio es importante: – Puede estar sometido a tipos impositivos importantes por el IRPF. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 6. RReessppoonnssaabbiilliiddaadd del empresario/a individual • Frente a terceros es universal y responde, – Con todo su patrimonio presente y futuro. • Si esta casado/a, puede dar lugar a que, – Sus actividades alcance al otro cónyuge. • Por ello, hay que tener en cuenta, – El rrééggiimmeenn eeccoonnóómmiiccoo qquuee rriiggee aall mmaattrriimmoonniioo y la naturaleza de los bienes en cuestión. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 7. RRééggiimmeenn eeccoonnóómmiiccoo que rige el matrimonio • De bienes gananciales – Cuando se trata de bienes comunes del matrimonio y • Será necesario el consentimiento de ambos cónyuges. • Se presume cuando – se ejerce la actividad empresarial con conocimiento y sin oposición expresa del cónyuge. • También cuando al casarse ejerciese la actividad y continuase sin oposición por el cónyuge. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 8. RRééggiimmeenn eeccoonnóómmiiccoo que rige el matrimonio • Separación de bienes, – Los bienes propios del cónyuge no quedarían afectos al ejercicio de la actividad empresarial, • salvo que exista un consentimiento expreso de dicho cónyuge. – El cónyuge puede revocar libremente el consentimiento tanto expreso como presunto. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 9. RRééggiimmeenn eeccoonnóómmiiccoo que rige el matrimonio • Inscribirse en el Registro Mercantil no es obligatorio pero puede ser conveniente, – Para registrar los datos relativos al cónyuge. – Para reflejar en el régimen del matrimonio, • Las capitulaciones, • Los consentimientos, • La revocación, • La oposición del cónyuge a la actividad empresarial. • Para proteger los Bienes del cónyuge. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 10. LLiibbrrooss obligatorios Dependerán del régimen fiscal concreto a que esté sometido el empresario. Si régimen fiscal es Estimación Directa, Están obligados a los libros y los registros siguientes: •Libros de comercio (artículo 25 Código de Comercio) •Libro diario •Libro de inventario y cuentas anuales •Si la actividad empresarial no tiene carácter mercantil, •Libro Registro de Ventas e Ingresos •Libro Registro de Compras y Gastos •Libro Registro de Bienes de Inversión •En el caso de actividades profesionales: •Libro Registro de Ingresos •Libro Registro de Gastos •Libro Registro de Bienes de Inversión •Libro Registro de Provisiones de Fondos y Suplidos ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 11. LLiibbrrooss obligatorios Dependerán del régimen fiscal concreto a que esté sometido el empresario. •Si régimen fiscal es Estimación Directa Simplificada, –Empresarios: •Libro Registro de Ventas e Ingresos •Libro Registro de Compras y Gastos •Libro Registro de Bienes de Inversión •Libros exigidos por IVA –Profesionales: •Libro Registro de Ingresos •Libro Registro de Gastos •Libro Registro de Bienes de Inversión •Libro Registro de Provisiones y Suplidos ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 12. Modalidades de ttrriibbuuttaacciióónn 1. Estimación Directa a) Normal b) Simplificada 2. Estimación Objetiva o Módulos ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 13. 1. a)Estimación directa nnoorrmmaall • La modalidad es de aplicación a: – Las actividades empresariales o profesionales cuyo volumen de operaciones sea superior a 600.000 euros. – Los que hhaayyaann rreennuunncciiaaddoo expresamente mediante la presentación del Modelo de impreso 036 o 037 (Declaración Censal), antes del 31 de diciembre, anterior al comienzo del nuevo ejercicio, a llaass oottrraass ddooss mmooddaalliiddaaddees. • La determinación de los rendimientos se hace como en el Impuesto sobre Sociedades. Ingresos + Autoconsumo – Gastos = Base a Liquidar ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 14. 1. a)Estimación directa nnoorrmmaall • Deben realizarse cuatro pagos fraccionados, en los plazos del 1 al 20 de: – Abril – Julio – Octubre – Enero del año siguiente ( del 1 al 30) • El importe del pago fraccionado será: – El 20% del rendimiento neto obtenido desde el inicio de año hasta el último día del trimestre de calculo, menos el pago fraccionado del trimestre/es anterior/es. • Si el resultado es cero o negativo, se debe presentar al menos la declaración. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 15. 1. b)Estimación directa ssiimmpplliiffiiccaaddaa La modalidad de se aplicará a: • Las actividades empresariales a las que no les sea de aplicación la modalidad de Estimación Objetiva. • Las actividades empresariales y profesionales que no tengan un volumen anual de operaciones superior a 600.000 euros. – y no se haya renunciado a su aplicación. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 16. 1. b)Estimación directa ssiimmpplliiffiiccaaddaa La modalidad no se aplicará: – En el caso de que realice otra actividad a la que le fuese aplicable la Estimación Directa Normal. La determinación de los rendimientos – se hace como en el Impuesto sobre Sociedades. Ingresos + Autoconsumo – Gastos = Base a Liquidar ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 17. 1. b)Estimación directa ssiimmpplliiffiiccaaddaa Deducciones: • En provisiones y gastos de difícil justificación. – Esta deducción es el 5% del rendimiento neto previo. • Íntegra de las amortizaciones: – Las amortizaciones se practican de forma lineal. – Se aplica una tabla de amortizaciones simplificada. Sub Grupos Contables Elementos Patrimoniales Coeficiente Lineal Máximo (%) Periodo Máximo (Años) 11, 21 Edificios y Otras Construcciones 3 68 12, 15 Instalaciones, Mobiliario, Enseres y 16,19 Resto Del Inmovilizado Material ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo. 10 20 13 Maquinaria 12 18 18 Elementos De Transporte 16 14 17 Equipos Para Tratamiento De La Información y Sistemas y Programas Informaticos 26 10 14 Utiles y Herramientas 30 8
  • 18. 1. b)Estimación directa Simplificada • Deben realizarse cuatro pagos fraccionados, en los plazos del 1 al 20 de: – Abril – Julio – Octubre – Enero del año siguiente ( del 1 al 30) • El importe del pago fraccionado será: – El 20% del rendimiento neto obtenido desde el inicio de año hasta el último día del trimestre de calculo, menos el pago fraccionado del trimestre/es anterior/es. • Si el resultado es cero o negativo, se debe presentar al menos la declaración. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 19. 2. Estimación OObbjjeettiivvaa por Signos, Índices o MMóódduullooss. Es aplicable a pequeños empresarios y/o profesionales, a los que se les intenta simplificar la administración de su actividad. Se aplicará obligatoriamente, salvo renuncia expresa, –A las actividades empresariales que considere el Ministerio de Economía y Hacienda. •Vía Orden Ministerial. Entre éstas, podemos destacar una gran parte del comercio minorista: – Peluquerías, transporte de viajeros, talleres de reparación de vehículos, carpinterías, fontanería, restaurantes, cafeterías, bares, taxi, etc. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 20. 2. Estimación OObbjjeettiivvaa por Signos, Índices o MMóódduullooss. No podrá aplicarse: • Si el contribuyente realiza una actividad sometida al régimen de Estimación Directa. • Cuyo volumen de rendimientos íntegros en el año inmediatamente anterior supere, los 450.000 euros anuales. – Para el conjunto de sus actividades económicas. • Para el conjunto de actividades agrícolas y ganaderas este límite se establece en 300.000 euros. • Si el volumen de compras en bienes y servicios del año anterior, supera la cantidad de 300.000 euros. – Con excepción de bienes de inversión. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 21. 2. Estimación OObbjjeettiivvaa por Signos, Índices o MMóódduullooss. La determinación del rendimiento neto tributario. • Calculada en base a unos parámetros objetivos, fijados por el Ministerio de Economía y Hacienda para cada actividad. – Como número de personas que trabajan en la actividad – La potencia instalada – Superficie del local – Situación, etc. Es obligatorio conservar las facturas emitidas y las recibidas así como, los justificantes de los módulos aplicados. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 22. 2. Estimación OObbjjeettiivvaa por Signos, Índices o MMóódduullooss. Cálculo del rendimiento neto • UNIDADES DE MÓDULO EMPLEADAS, UTILIZADAS O INSTALADAS (x) RENDIMIENTO ANUAL POR UNIDAD DE MÓDULO ANTES DE AMORTIZACIÓN • = RENDIMIENTO NETO PREVIO • MINORACIONES: – (-) INCENTIVOS AL EMPLEO – (-) INCENTIVOS A LA INVERSIÓN. Las cantidades que correspondan a la amortización se determinarán aplicando la tabla de amortización recogida en la Orden por la que se desarrolla el régimen de estimación objetiva del IRPF y régimen especial simplificado del IVA. (AMORTIZACIONES) • = RENDIMIENTO NETO MINORADO • (x) ÍNDICES CORRECTORES (en función del tipo de actividad y determinadas circunstancias) • = RENDIMIENTO NETO DE MÓDULOS • (-) REDUCCIÓN GENERAL DEL RENDIMIENTO NETO: 5% • (-) GASTOS EXTRAORDINARIOS POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES (Incendios, inundaciones, hundimientos…) • (+) OTRAS PERCEPCIONES EMPRESARIALES • (SUBVENCIONES) • = RENDIMIENTO NETO DE LA ACTIVIDAD • (-) REDUCCIÓN RENTAS IRREGULARES (40%). Se entiende por rendimientos irregulares, en general, aquellos que tengan un período de generación superior a dos años y, en particular, aquellos rendimientos específicos que contempla el artículo 25 del Reglamento del Impuesto. • = RENDIMIENTO NETO REDUCIDO DE LA ACTIVIDAD • (-) REDUCCIÓN POR MANTENIMIENTO O CREACIÓN DE EMPLEO en los términos de la disposición adicional 27ª de la Ley del IRPF • = RENDIMIENTO NETO REDUCIDO TOTAL ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 23. 2. Estimación OObbjjeettiivvaa por Signos, Índices o MMóódduullooss. • Deberán realizar cuatro pagos fraccionados trimestrales en los plazos del 1 al 20 de: – Abril – Julio – Octubre – Enero del año siguiente ( del 1 al 30) • Respecto a los porcentajes, para las actividades empresariales • (excepto agrícolas y ganaderas). – En general, (más de una persona asalariada) el 4% del rendimiento resultante de la aplicación de los módulos en función de los datos-base existentes a 1 de enero. Cuando se inicie una actividad, los datos-base serán los existentes el día de comienzo de la misma. – Cuando se tenga sólo a una persona asalariad a, el 3%. – Cuando no se disponga de personal asalariado, el 2%. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 24. 2. Estimación OObbjjeettiivvaa por Signos, Índices o MMóódduullooss. • ¿Cómo se renuncia a los módulos? – La norma general nos indica que la renuncia deberá efectuarse durante el mes de diciembre anterior al inicio del año natural en que deba surtir efecto, es decir aquellos que quisieran renunciar para el ejercicio 2015 deberían haber manifestado esa renuncia en diciembre de 2014. La renuncia tendrá efectos por un período mínimo de tres años. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 25. 2. Estimación OObbjjeettiivvaa por Signos, Índices o MMóódduullooss. Consideraciones finales • Habitualmente, los aspectos más destacados y valorados por los empresarios a la hora de decidirse por este régimen son: – Simplicidad (menor tiempo de dedicación al empresario en temas contables y fiscales) – Tranquilidad respecto a comprobaciones de la AEAT – Generalmente menor tributación en aquellos casos en pequeños negocios que tiene un cierto volumen ventas. – Menores honorarios de asesoría. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 26. TTrraannssmmiissiioonneess patrimoniales Anteriormente hablamos de la responsabilidad patrimonial con respecto de las deudas contraídas por la actividad empresarial. –se señalaba que ésta es ilimitada –con todo su patrimonio presente y futuro Pero comentaremos que el patrimonio del empresario individual trae otras responsabilidades dependiendo del uso o no en la actividad empresarial o de su transmisión a cónyuge o descendientes. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 27. TTrraannssmmiissiioonneess patrimoniales Ahora es preciso destacar la responsabilidad del empresario desde el punto de vista de la: – Organización de la actividad – Gestión empresarial – Repercusiones de carácter fiscal Entre los bienes utilizados para el desarrollo de la actividad empresarial y los de uso particular. – Bienes afectos o en afectación, utilizados en la actividad empresarial. – Bienes particulares o en desafectación, cuando son de uso particular o han dejado de ser utilizados para la actividad empresarial. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 28. TTrraannssmmiissiioonneess patrimoniales Elementos patrimoniales afectos pertenecientes al inmovilizado material o inmaterial de la actividad económica –da lugar a ganancias o pérdidas patrimoniales que no se incluyen en el rendimiento neto de la actividad. – sino que se les aplica las mismas normas que al resto de ganancias o pérdidas patrimoniales correspondientes a otros bienes del patrimonio del contribuyente. Ver ley del IRPF ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 29. TTrraannssmmiissiioonneess patrimoniales En el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones •Se establece una reducción de un 95% en la base imponible del Impuesto en la transmisión, a favor –Del cónyuge –Descendientes o adoptados De la empresa individual del ddoonnaannttee o fallecido. •En el caso de donación, el ddoonnaannttee debe tener 65 años o más, o estar incapacitado. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 30. TTrraannssmmiissiioonneess patrimoniales Las adquisiciones por sucesión o donación, que hayan obtenido bonificación, –deben de mantenerse durante al menos 10 años, aunque no necesariamente en la misma actividad. •¡ojo! Las comunidades autónomas han establecido condiciones especiales –en la aplicación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 31. CCoottiizzaacciióónn del Empresario/A Individual a La SSeegguurriiddaadd SSoocciiaall • El empresario individual realiza su aportación a través del (RETA) Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónoma. – Se establece una base mínima obligatoria y una base máxima . – Se aplica el tipo de cotización establecido – El resultado es la cuota líquida a pagar. http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Servicios/Modelosdesolicitude31190/ModeloTA0521Solicit48739/index.htm?ID=48739 ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 32. CCoottiizzaacciióónn del Empresario/A Individual a La SSeegguurriiddaadd SSoocciiaall •Puede optar por la base de cotización que desee siempre que esté entre – la base mínima y máxima establecida. •Los pagos de la cotización en este Régimen son mensuales. •La Seguridad Social proporcionará los bboolleettiinneess ddee ccoottiizzaacciióónn para simplificar la liquidación de cuotas. •La liquidación e ingreso de las cuotas se llevará a cabo en cajas de ahorro o bancos, pudiendo domiciliar el pago. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 33. CCoottiizzaacciióónn del Empresario/A Individual a La SSeegguurriiddaadd SSoocciiaall ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 34. CCoottiizzaacciióónn del Empresario/A Individual a La SSeegguurriiddaadd SSoocciiaall ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 35. CCoottiizzaacciióónn del Empresario/A Individual a La SSeegguurriiddaadd SSoocciiaall Al margen de la cuota de autónomo (alta en RETA) En el régimen general de la seguridad social para la contratación de trabajadores. •Se establece una cuota patronal y una cuota obrera –La cuota patronal la paga el empresario. –La cuota obrera la aporta el trabajador •descontada en su Nomina. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 36. CCoottiizzaacciióónn del Empresario/A Individual a La SSeegguurriiddaadd SSoocciiaall El Modelo TC1, recoge la cuota patronal y obrera. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 37. TTrraammiitteess administrativos • En la Administración de la Agencia Tributaria – Declaración censal (tributación del IRPF) – Régimen de IVA – Datos de locales de Actividad – Epígrafe de Actividad Económica – Fecha de inicio de la Actividad En la Administración de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio donde se ejerce la actividad. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 38. TTrraammiitteess administrativos • En la Tesorería de la Seguridad Social – Alta en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social. – Inscripción de la empresa (número de patronal), sólo en el caso de contratar trabajadores. TA6 o TA7 – Afiliación del o de los trabajadores al Sistema de Seguridad Social. TA1 • Con anterioridad a la iniciación de la prestación de servicios del trabajador. – Comunicación de Alta en el Régimen de la Seguridad Social del o de los trabajadores. TA2/S ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 39. TTrraammiitteess administrativos • En las delegaciones provinciales de las consejerías de trabajo de las comunidades autónomas o las delegaciones provinciales del Ministerio de Trabajo e Inmigración. – Comunicación de apertura del centro de trabajo. Se debe realizar dentro de los 30 días siguientes al inicio de la actividad. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 40. TTrraammiitteess administrativos • En la Inspección Provincial de Trabajo – Sellado y diligenciado del Libro de Visitas. • En Red Trabaja – Registro del o de los contratos de trabajo a los empleados según la modalidad elegida. • En el ayuntamiento – LLiicceenncciiaa de oobbrraass, en el caso de tener que efectuar reformas o acondicionamiento del local para la actividad a realizar. – LLiicceenncciiaa de aappeerrttuurraa, que acredita la adecuación de las instalaciones proyectadas a la normativa urbanística vigente y a la reglamentación técnica que puede serle aplicable. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 41. LLeeggiissllaacciióónn del empresario individual o autónomo • No tiene una regulación legal específica y está sometido, en su actividad empresarial, a: – Las disposiciones generales del CCóóddiiggoo de CCoommeerrcciioo en materia mercantil. – A lo dispuesto en el CCóóddiiggoo CCiivviill en materia de derechos y obligaciones. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.