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Deducciones fiscales de los proyectos
   de I+D+i en el Impuesto sobre
     Sociedades con seguridad
            jurídica total

28 de juny de 2010         Maria Mirabet Vallhonesta
                        Resp. Dep.desarrollo de Negocio
I Fòrum del PCiT-UdG             mmirabet@e-aidit.com
es una entidad especializada en
 evaluar y estimular la investigación y la
                innovación



10 años          de compromiso con el impulso
de la investigación y la innovación en nuestro
                      país
Índice

1. Breve historia de AIDIT
2. Certificación de proyectos de I+D+i
3. Certificación de personal que realiza actividades de I+D+i
4. Ejemplo
5. Certificación de Sistemas de Gestión de I+D+i
6. ¿Por qué certificar con nosotros?




                                   DOCUMENT DE TREBALL
1   BREVE HISTORIA DE AIDIT
¿Por qué nacemos?
                      Mejoras en la Ley de Incentivos Fiscales
1999
          Mejor marco de incentivos de I+D+i a nivel europeo
         Controversia en los conceptos entre partes implicadas



2000
2000    Acuerdo entre la UPC y la UPM para la creación de AIDIT


         ESTABLECER PARÁMETROS DE EXCELENCIA Y EMITIR UNA OPINIÓN INDEPENDIENTE Y
           CUALIFICADA SOBRE LOS PROYECTOS EMPRESARIALES PARA DEMOSTRAR ANTE
           CUALQUIER PARTE INTERESADA LA NATURALEZA TÉCNICA DE LAS ACTIVIDADES


        Única empresa pública de certificación universitaria.
        Experiencia en actividades de I+D+i y en evaluación de proyectos.
        Capacitación técnica independiente para diferenciar I+D e IT.
        Diseño del sistema de certificación de proyectos que genera un marco seguro para la transferencia de
         responsabilidades.
Evolución

            TRASPASO DE COMPETENCIAS ENTRE MINISTERIOS
2003   Informe Motivado MITyC vinculante a la Agencia Tributaria

         Creación de una herramienta voluntaria que habilita una seguridad jurídica en la
                  aplicación de las deducciones fiscales para actividades de I+D+i
       Se requiere el apoyo de los informes técnicos de certificación emitidos por entidades
                         Certificadoras debidamente acreditadas por ENAC




          AIDIT primera entidad certificadora de proyectos
                    de I+D+i acreditada por
Evolución
2005     Deducción de los muestrarios Textiles y del calzado como proyectos iT



        • Bonificación del 40% de las cuotas a la Seguridad Social para
2006      el personal investigador
        • Proporción en la que se disminuye el tipo de gravamen:
          coeficiente de 0,92 en 2007 y de 0,85 a partir del 2008


        Primera entidad certificadora del personal investigador acreditada por
2007



            Deducción de los muestrarios marroquinería, curtidores, juguete
2008                              mueble y madera

       Se elimina el límite temporal en las deducciones por I+D e innovación en el Impuesto
2009               sobre Sociedades, permitiendo su aplicación más allá de 2011
¿Qué se entiende por I+D y por iT?




                                                INNOVACIÓN
Ideas   INVESTIGACIÓN        DESARROLLO
                                                TECNOLÓGICA         Comercialización




                NOVEDAD   OBJETIVA            NOVEDAD   SUBJETIVA


                  MEJORA TECNOLÓGICA SIGNIFICATIVA
¿Qué se entiende por I+D y por iT?
       INVESTIGACIÓN                                 DESARROLLO                             INNOVACIÓN TECNOLÓGICA

INDAGACIÓN   ORIGINAL Y PLANIFICADA         APLICACIÓN   DE LOS RESULTADOS DE LA        ACTIVIDAD    CUYO       RESULTADO      SEA   UN    AVANCE
QUE   PERSIGA      DESCUBRIR    NUEVOS      INVESTIGACIÓN         (…)     PARA     LA   TECNOLÓGICO        EN   LA   OBTENCIÓN       DE    NUEVOS
CONOCIMIENTOS      Y    UNA    SUPERIOR     FABRICACIÓN DE NUEVOS MATERIALES O          PRODUCTOS      O    PROCESOS      DE    PRODUCCIÓN     O
COMPRENSIÓN        EN     EL     ÁMBITO     PRODUCTOS, O PARA EL DISEÑO DE              MEJORAS SUSTANCIALES DE LOS YA EXISTENTES.             SE
CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO.                   NUEVOS   PROCESOS       O   SISTEMAS   DE   CONSIDERARÁN NUEVOS AQUELLOS PRODUCTOS O
                                            PRODUCCIÓN,     ASÍ    COMO    PARA    LA   PROCESOS        CUYAS         CARACTERÍSTICAS          O
ART. 35.1.A) TRLIS                          MEJORA TECNOLÓGICA SUSTANCIAL DE            APLICACIONES,      DESDE     UN     PUNTO     DE    VISTA
                                            MATERIALES, PRODUCTOS, PROCESOS Y           TECNOLÓGICO, DIFIERAN SUSTANCIALMENTE DE LAS
                                            SISTEMAS PREEXISTENTES.                     EXISTENTES CON ANTERIORIDAD.
CONCEPCIÓN      DE             SOFTWARE                                                 ART. 35.2.A) TRLIS
                                            ART. 35.1.A) TRLIS
AVANZADO: SIEMPRE QUE      SUPONGA UN
PROGRESO CIENTÍFICO O TECNOLÓGICO                                                       ESTA   ACTIVIDAD INCLUIRÁ      (…)     LOS MUESTRARIOS
MEDIANTE      EL       DESARROLLO    DE                                                 TEXTILES, DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO, DEL
TEOREMAS Y ALGORITMOS O MEDIANTE                                                        CURTIDO, DE LA MARROQUINERÍA, DEL JUGUETE,
LA CREACIÓN DE SISTEMAS OPERTIVOS                                                       DEL MUEBLE Y DE LA MADERA, SIEMPRE QUE NO
Y LENGUAJES NUEVOS O DESTINADO A                                                        PUEDAN      CONVERTIRSE       O      UTILIZARSE      PARA
PERSONAS DISCAPACITADAS                                                                 APLICACIONES        INDUSTRIALES        O    PARA      SU
                                                                                        EXPLOTACIÓN COMERCIAL.
                                                                                        LEY 4/2008




                                NOVEDAD   OBJETIVA                                                   NOVEDAD         SUBJETIVA


                                               MEJORA TECNOLÓGICA SIGNIFICATIVA
¿Cómo rentabilizar las actividades de I+D+i?




La certificación AIDIT se ajusta a los requisitos legales establecidos a fin de que el
Ministerio de Ciencia e Innovación emita el informe motivado. Este informe permite
justificar las deducciones fiscales por I+D+i frente al Ministerio de Economía y
Hacienda, proporcionando seguridad jurídica total en su aplicación en el Impuesto sobre
Sociedades.

AIDIT fue la primera entidad certificadora de proyectos de I+D+i y del personal investigador
acreditada por
Opción 1. Incentivos fiscales por I+D+i

 Son el tipo de instrumento de fomento de Investigación, Desarrollo
e Innovación tecnológica (I+D+i) más cercano a las necesidades
empresariales.

 Su principal objetivo es promover las actividades de I+D+i y premiar
el incremento de esfuerzo económico.

 Efectos económicos equiparables a la subvención, pero no tributa.

 La deducción fiscal es proporcional a las actividades de I+D+i
desarrolladas. Además, cabe su utilización en ejercicios posteriores.

 Tienen efectos financieros inmediatos y se adaptan a cualquier tipo
de empresa.
Opción 1. Incentivos fiscales por I+D+i

      LA   CERTIFICACIÓN DE PROYECTOS DE   I+D+I   PERMITE A
      LAS EMPRESAS DEDUCIRSE LOS GASTOS ASOCIADOS A
      LOS PROYECTOS DE     I+D+I   EN EL   IMPUESTO   SOBRE                 8%
      SOCIEDADES   CON SEGURIDAD JURÍDICA TOTAL.
                                                                                      INVERSIONES EN ELEMENTOS DE
                                                                                      INMOVILIZADO    MATERIAL E
                                                                                      INTANGIBLE (NO APLICABLE A
                                                                                      INMUEBLES Y TERRENOS)




                                                          COMPATIBLES       CON:
                                                               - LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL
                                                          INMOVILIZADO     MATERIAS    E   INTANGIBLE   A   EFECTOS   DE
                                                          ACTIVIDADES DE   I+D.
                                                              - LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN DE ACTIVOS ADQUIRIDOS EN
                                                          EL PERIODO 2009 Y 2010 POR MANTENIMIENTO DEL NÚMERO
                                                          DE TRABAJADORES.
Opción 2. Bonificación en la cuota a la SS
                 La certificación del personal investigador permite aplicar el 40 %
                 de bonificación en la cotización a la Seguridad Social al personal
 40%             que se dedica en exclusiva a actividades de I+D+i, de los grupos 1,
                 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social.


La bonificación establecida por Real Decreto podrá aplicarse en la cotización
relativa de los trabajadores incluidos en:

     Grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social

     Contratación de carácter indefinido, en prácticas, o de carácter temporal por obra o servicio
    determinado (duración mínima de 3 meses)

     Con carácter exclusivo

     Por la totalidad de su tiempo de trabajo en la empresa

     Dedicado a actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica
Posibilidades anuales

      año fiscal 2009                   año fiscal 2010                                        año fiscal 2011


                                                                                           2 opciones excluyentes
                                                                                             Por CIF y año fiscal




          deducciones                       deducciones                       deducciones                   Bonificación en la cuota
fiscales per proyectos de I+D+i   fiscales per proyectos de I+D+i   fiscales per proyectos de I+D+i          a la seguridad Social




  Aplicación en l’IS de 2009        Aplicación en l’IS de 2010        Aplicación en l’IS de 2011                 Bonificación mensual
  o en els próximos 15 años         o en els próximos 15 años         o en els próximos 15 años                   durante todo 2010




                                                           DOCUMENT DE TREBALL
Certificación de la I+D+i
2   CERTIFICACIÓN DE PROYECTOS DE I+D+i
Certificación de proyectos de I+D+i

   La certificación de proyectos de I+D+i es una evaluación técnica y
   contable del proyecto, mediante la cual se determina si se trata
   de un proyecto de investigación, desarrollo o innovación
   tecnológica, según los requisitos establecidos por el Real Decreto
   4/2004.

   La certificación de proyectos AIDIT se ajusta a los requisitos
   legales establecidos a fin de que el Ministerio de Ciencia e
   Innovación emita el informe motivado. Este informe permite
   justificar las deducciones fiscales por I+D+i frente al Ministerio de
   Economía y Hacienda, proporcionando seguridad jurídica total en
   su aplicación en el Impuesto sobre Sociedades.
En la Ley 4/2008, de 23 de diciembre, por la que se suprime el
gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio, se generaliza el
sistema de devolución mensual en el Impuesto sobre el Valor
Añadido, y se introducen otras modificaciones en la normativa
tributaria:

    La realización de actividades de investigación y desarrollo
   tendrán derecho a practicar una deducción de la cuota
   íntegra, en las condiciones que se establecen en su
   correspondiente apartado.

    La realización de actividades de innovación tecnológica
   tendrán derecho a practicar una deducción en la cuota
   íntegra, en las condiciones que se establecen en su
   correspondiente apartado.
                                                     Ley 4/2008
Deducciones obtenibles según actividades

       LA   CERTIFICACIÓN DE PROYECTOS DE   I+D+I   PERMITE A
       LAS EMPRESAS DEDUCIRSE LOS GASTOS ASOCIADOS A
       LOS PROYECTOS DE     I+D+I   EN EL   IMPUESTO   SOBRE                 8%
       SOCIEDADES   CON SEGURIDAD JURÍDICA TOTAL.
                                                                                       INVERSIONES EN ELEMENTOS DE
                                                                                       INMOVILIZADO    MATERIAL E
                                                                                       INTANGIBLE (NO APLICABLE A
                                                                                       INMUEBLES Y TERRENOS)




                                                           COMPATIBLES       CON:
                                                                - LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL
                                                           INMOVILIZADO     MATERIAS    E   INTANGIBLE   A   EFECTOS   DE
                                                           ACTIVIDADES DE   I+D.
                                                               - LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN DE ACTIVOS ADQUIRIDOS EN
                                                           EL PERIODO 2009 Y 2010 POR MANTENIMIENTO DEL NÚMERO
                                                           DE TRABAJADORES.
Consideraciones iniciales

 porcentajes de deducción para un proyecto de I+D
    − 25% con carácter general (excepto para los activos materiales e inmateriales, que se aplicará el 8%)
    − 42% por la parte del gasto que supere la media del gasto de los dos años anteriores
     − 17% adicional del gasto de personal correspondiente a investigadores cualificados
     adscritos en exclusiva a actividades de I+D

             Si una empresa aplica por 1ª vez la deducción por actividades de I+D
                  • Se deducirá el 42% del gasto (25% + 17%)
                  • Aplicará una deducción del 59% (25% + 17% +17%) del gasto
                  correspondiente al personal cualificado adscrito en exclusiva al proyecto


 Esquema simplificado del modelo del Impuesto sobre Sociedades
     − El resultado es igual a la base imponible
     − Aplicación de un impositivo del 30%
     − cuota íntegra ajustada = (base imponible) x (tipo de gravamen)




                                           DOCUMENT DE TREBALL
Tipos de certificación de proyectos

C     CONTENIDO
    Certifica el contenido técnico global en I+D+i y la coherencia de los gastos presupuestados para la
    realización de las actividades previstas en el proyecto.




C+E          CONTENIDO Y PRIMERA EJECUCIÓN
    Certifica el contenido global en I+D+i, así como los gastos incurridos y las actividades ejecutadas
    durante el ejercicio impositivo correspondiente.




S   SEGUIMIENTO
    Evaluación de la ejecución anual de un proyecto previamente certificado. Se comprueban el
    desarrollo del contenido técnico y los gastos incurridos en el último periodo impositivo.
Proceso de certificación
           1.   Entrega de la documentación requerida
                según las bases de certificación AIDIT.


           2.   Evaluación   técnica    y   contable   del
                proyecto.


           3.   Emisión del certificado AIDIT, que incluye
                el   dictamen     si   el   proyecto    es
                investigación, desarrollo o innovación
                tecnológica, junto con los gastos
                deducibles.


           4.   Solicitar el informe motivado al Ministerio
                de Ciencia e Innovación, vinculante ante
                el Ministerio de Economía y Hacienda, que
                otorga seguridad jurídica total en las
                deducciones de los gastos asociados a los
                proyectos de I+D+i en el Impuesto sobre
                Sociedades.
Pasos a seguir para la certificación

1. Cumplimente la solicitud de presupuesto con los datos requeridos y envíenosla. Al
   poco tiempo recibirá una propuesta para la certificación de su proyecto de I+D+i sin
   ningún tipo de compromiso.


2. Envíenos dos copias de la solicitud de certificación de proyectos de I+D+i
   debidamente cumplimentadas, firmadas y selladas.


3. Entrega de la documentación requerida para la certificación según se indica en
   nuestras bases de certificación de proyectos de I+D+i.


4. Tras obtener el certificado AIDIT, solicite el informe motivado al Ministerio de Ciencia
   e Innovación, vinculante ante el Ministerio de Economía y Hacienda, que otorga
   seguridad jurídica total en las deducciones de los gastos asociados a los proyectos de
   I+D+i en el Impuesto sobre Sociedades.
Programación deseable


                     Año n                                           Año n+1
                 (ejercicio fiscal)                  (declaración del Impuesto sobre Sociedades)
          Sep.     Oct.     Nov.      Dic.    Ene.   Feb.    Mar.   Abr.    May.     Jun.   Jul.   25J

           Preparación y selección de
                   proyectos
EMPRESA
                                                                                                   I.S.


                               Auditoría técnica

                                                       Auditoría
                                                       contable

                                                      Emisión del
                                                      certificado

                                                                     Emisión del informe
                                                                          motivado
3      CERTIFICACIÓN DE
    PERSONAL INVESTIGADOR
Certificación del personal investigador

    La certificación del personal investigador permite aplicar el 40 %
    de bonificación en la cotización a la Seguridad Social al personal
    que se dedica en exclusiva a actividades de I+D+i, de los grupos 1,
    2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social.

    El proceso de certificación del personal investigador de AIDIT se
    ajusta a los requisitos legales establecidos con el fin de que el
    Ministerio de Ciencia e Innovación emita el informe motivado. Este
    informe permite justificar las bonificaciones del 40% en la cuota a
    la Seguridad Social del personal dedicado en exclusiva a tareas de
    I+D+i ante el Ministerio de Economía y Hacienda, proporcionando
    seguridad jurídica total en su aplicación.
Ámbito de aplicación

 La bonificación del 40% podrá aplicarse en la cotización relativa a los
trabajadores incluidos en los:
   − grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social que,

   − con carácter exclusivo y

   − por la totalidad de su tiempo de trabajo en la empresa

   − dedicada a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, se

   − dediquen a la realización de las citadas actividades, ya se su

   − contrato de carácter indefinido, en prácticas, o de carácter temporal por obra o
   servicio determinado. En este último caso, el contrato deberá tener una duración
   mínima de tres meses.
Proceso de certificación

           1.   Entrega de la documentación requerida
                según las bases de certificación AIDIT.


           2.   Revisión de la documentación y auditoría
                in-situ en la empresa.


           3.   Emisión del certificado AIDIT.


           4.   Solicitar el informe motivado al Ministerio
                de Ciencia e Innovación, vinculante ante
                el Ministerio de Economía y Hacienda, que
                otorga seguridad jurídica total en la
                aplicación de la bonificación del 40% en la
                cuota a la Seguridad Social del personal
                dedicado en exclusiva a tareas de I+D+i.
Pasos a seguir para la certificación
1. Informar a la Agencia Tributaria antes del 30 de noviembre del 2009. Para realizar
   esta notificación se ha de rellenar y enviar el formulario de este link.


2. Cumplimente la solicitud de presupuesto con los datos requeridos y envíenosla. Al
   poco tiempo recibirá una propuesta para la certificación del personal investigador sin
   ningún tipo de compromiso.


3. Envíenos dos copias de la solicitud de certificación del personal investigador
   debidamente cumplimentadas, firmadas y selladas.


4. Entrega de la documentación requerida para la certificación según se indica en
   nuestras bases de certificación del personal investigador.


5. Tras obtener el certificado AIDIT, solicite el informe motivado al Ministerio de Ciencia
   e Innovación, vinculante ante el Ministerio de Economía y Hacienda, que otorga
   seguridad jurídica total en la aplicación de la bonificación del 40% en la cuota a la
   Seguridad Social del personal dedicado en exclusiva a tareas de I+D+i.
Programación deseable


                                         Año n-1                                 Año n
              Sep.           Oct.          Nov.        30N           Dic.          Ene.

          Preparación de documentación
EMPRESA                                            Fecha límite
                                                   notificación

                                                    Auditoría

                                                                  Emisión del
                                                                  certificado

                                                                                Emisión del
                                                                                 informe
                                                                                 motivado
LOS INFORMES MOTIVADOS
LOS INFORMES MOTIVADOS

 El Ministerio de Ciencia e Innovación, de conformidad con lo previsto en el
artículo 33.4 de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre
Sociedades, emitirá informes motivados relativos al cumplimiento de los
requisitos científicos y tecnológicos exigidos en el:
    − apartado 1.a) de dicho artículo para calificar las actividades del sujeto pasivo como
    investigación y desarrollo, o en su

    − apartado 2.a) para calificarlas como innovación, teniendo en cuenta en ambos casos las
    exclusiones establecidas en el apartado 3.


 Objetivo
    − Superar la incertidumbre y la inseguridad.


¿Cómo conseguirlo?
    − Mediante la calificación de las actividades de I+D o i y sus gastos asociados de forma segura.


¿Qué medio se puede utilizar?
    − Los informes motivados vinculantes para la Administración Tributaria
TIPOS DE INFORMES MOTIVADOS
Tipo a
    − Relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos, a los efectos de aplicar la deducción
    fiscal por actividades de I+D+i.
    − De conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 43/1995 del Impuesto sobre Sociedades.


Tipo b
    − Relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos, a los efectos de calificar las
    actividades del sujeto pasivo como I+D o iT.
    − Con el objeto de ser aportado en las consultas sobre interpretación y aplicación de normas previstas en el
    artículo 107 de la Ley 230/1963 General Tributaria.
    − De conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 43/1995 del Impuesto sobre Sociedades.


Tipo c
    − Relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos, a los efectos de calificar las
    actividades del sujeto pasivo como I+D o iT, así como para identificar los gastos e inversiones que puedan
    ser imputados a dichas actividades
    − Con el objeto de ser aportado para la adopción de los acuerdos previos de valoración que, a solicitud de
    interesado, la Administración tributaria deberá realizar de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la
    Ley 1/1998 de Derechos y Garantías de los Contribuyentes.
    −Todo ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 43/1995 del Impuesto sobre Sociedades.

Tipo d
    − Relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos del personal investigador, a los efectos
    de aplicar las correspondientes bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social que regula la
    disposición adicional vigésima de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de
    modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre
    el Patrimonio.
MÉTODO OPERACIONAL

                  EMPRESA


                                     Solicita informe motivado vinculante

                                     Recibe informe motivado vinculante


Informe técnico                                                             Informe motivado
   CONTENIDO Y PRIMERA EJECUCIÓN
       Informe técnico del experto                                              Tipo a
       Auditoría de gastos

   SEGUIMIENTO
       Informe técnico del experto                                              Tipo a
       Auditoría de gastos


   CONTENIDO EX-ANTE
       Informe técnico del experto
                                                                                Tipo b

   PERSONAL INVESTIGADOR
       Relación de personas                                                     Tipo d
       Actividades desarrolladas
4   EJEMPLO
Inversión en I+D+i
           EMPRESA    A                                  EMPRESA      B

    BENEFICIO EMPRESA 500.000 €                     PROYECTO DE 200.000 €

CUOTA INTEGRA AJUSTADA 500.000 X 30%=   BENEFICIO EMPRESA 500.000 – 200.000 = 300.000€
             150.000 €
                                         Cuota integra ajustada 300.000 X 30%= 90.000 €

                                          Deducciones por I+D+i 200.000 x 42%=84.000 €

                                                  Limite a pagar 50%= 45.000 €
           EMPRESA    C
                                               A pagar 90.000 -45.000 = 45.000 €
           5 PERSONAS PI                  84.000 – 45.000 = 39.000 a deducir en 15 años

    AHORRO CUOTA SS= 12.830 €              La empresa B sin proyecto pagaba 150.000 €
                                                 Sin deducciones pagaría 90.000 €
                                        Tiene una reducción de 150.000-90.000=60.000 €
                                                        Se deduce 45.000 €
                                                    60.000 +45.000 =105.000 €
                                         Por lo que ha recuperado el 72% de su inversión
Inversión en I+D+i
                 EMPRESA      B

            PROYECTO DE 200.000 €                           RECIBE   UNA SUBVENCIÓN A
                                                            FONDO PERDIDO DEL    70%
BENEFICIO EMPRESA 500.000 – 200.000 = 300.000€
                                                   FINANCIACIÓN DE LA             AYUDA
 Cuota integra ajustada 300.000 X 30%= 90.000 €    EMPRESA:60.000 €             140.000 €

  Deducciones por I+D+i 200.000 x 42%=84.000 €                               AMINORAMIENTO   DEL
                                                                                   65%
          Limite a pagar 50%= 45.000 €
                                                                                 49.000 €
       A pagar 90.000 -45.000 = 45.000 €
  84.000 – 45.000 = 39.000 a deducir en 15 años
                                                     APLICACIÓN   DE LAS DEDUCCIONES FISCALES
   La empresa B sin proyecto pagaba 150.000 €                  SOBRE:   109.000 €
         Sin deducciones pagaría 90.000 €
Tiene una reducción de 150.000-90.000=60.000 €
                Se deduce 45.000 €
            60.000 +45.000 =105.000 €
 Por lo que ha recuperado el 72% de su inversión
5        CERTIFICACIÓN DE
    SISTEMAS DE GESTIÓN DE I+D+i
Certificación de sistemas de gestión de la I+D+i


       La certificación de sistemas de gestión de las actividades de
       I+D+i según la Norma UNE 166.002:2006 es el procedimiento
       mediante el cual AIDIT certifica que una organización dispone de
       un sistema de gestión que cumple con los requisitos establecidos
       en esta Norma.


       AIDIT certifica también el cumplimiento de la UNE 166.006 EX
       Gestión de la I+D+i: Sistema de Vigilancia Tecnológica.
Proceso de certificación

           1.   Entrega de la documentación requerida
                según las bases de certificación aidit.


           2.   Análisis y revisión de la documentación
                por parte de aidit.


           3.   Auditoría del sistema de gestión de la
                I+D+i de la empresa. Identificació, si fuera
                necesario, de las deficiencias del sistema.


           4.   Elaboración del plan de acciones
                correctoras y preventivas del sistema de
                gestión de la I+D+i de la emrpesa.


           5.   Evaluación por parte de aidit del informe
                de acciones correctoras y preventivas.


           6.   Emisión del certificado aidit.
Pasos a seguir para la certificación

1. Cumplimente la solicitud de presupuesto con los datos requeridos y envíenosla. Al
   poco tiempo recibirá una propuesta para la certificación de su sistema de gestión de
   la I+D+i sin ningún tipo de compromiso.


2. Envíenos dos copias de la solicitud de certificación de sistemas de gestión de la I+D+i
   debidamente cumplimentadas, firmadas y selladas.


3. Entrega de la documentación requerida para la certificación según se indica en
   nuestras bases de certificación de sistemas de gestión de la I+D+i.


4. Obtención del certificado aidit, junto con el informe de certificación.
5   LAS 3P Y PLANES DE FORMACIÓN
Las 3Ps de la excelencia en innovación©


     AIDIT ofrece el sello de las 3Ps de la excelencia en innovación©,
     una certificación de los tres pilares de la I+D+i: proyectos,
     personas y procesos.
Programas de formación

Concebidos para el personal con responsabilidades o funciones específicas dentro del
sistema de gestión de la I+D+i, el objetivo de estos programas es el de elaborar
itinerarios formativos adaptados a las necesidades de las organizaciones para mejorar
las competencias generales del personal dedicado a la I+D+i.
Coste de la certificación de proyectos

C+E                                                       S

APERTURA DE   EXPEDIENTE          1.300 €                 APERTURA DE   EXPEDIENTE               -


                                  VARIABLE
       AUDITORÍA                                                 AUDITORÍA             1.558 €   Ó   1.944 €
                            (DE 230 € A 5.000 €)


 EMISIÓN DEL CERTIFICADO             87 €                  EMISIÓN DEL CERTIFICADO            87 €




Coste de total certificación según importe del proyecto   Coste total de certificación según importe del proyecto

            60.000 €       1.622 €

           250.000 €        2.560€                                    250.000 €        1.645€

           800.000 €       4.124 €                                    800.000 €        1.645€

         15.000.000 €      6.470 €                                  15.000.000 €      2.031 €
Coste de la certificación del personal

     APERTURA     EXPEDIENTE     1.300 €


           AUDITORÍA             VARIABLE



     EMISIÓN   DEL CERTIFICADO    125 €




Ejemplos del coste total de certificación

                 4 personas         1.842 €


                 7 personas         2.115 €


                16 personas         2.867 €


                35 personas         4.301 €
6   ¿POR QUÉ CERTIFICAR CON NOSOTROS?
Beneficios para la empresa

1. Para demostrar ante clientes y proveedores que las actividades que se desean
   realizar, o se están desarrollando, son reconocidas oficialmente y científicamente
   como actividades de I+D+i.
2. Para facilitar el acceso a diferentes fuentes de financiación. La Administración puede
   utilizar los certificados emitidos por AIDIT como referencia para la cualificación de
   proyectos a financiar por medio de deducciones fiscales o a través de ayudas
   directas.
3. Para ayudar a la sistematización y homogeneización de los proyectos de I+D+i, de
   forma que mejore la eficacia de la organización en los procesos de documentación y
   gestión de los proyectos.
4. Para gestionar el conocimiento de la organización a través de la documentación,
   transformando parte del capital intelectual de sus técnicos en capital estructural de
   la organización.
5. Para detectar evidencias tecnológicas que, de otra forma, pasarían desapercibidas.


              Pero los beneficios del sistema van mucho más
                       allá de la propia certificación…
Beneficios para la empresa

6. Para identificar y aflorar posibles proyectos y actividades de I+D+i y reutilizar los
   resultados susceptibles de generar nuevas tecnologías. Por prestigio empresarial y
   como imagen de excelencia corporativa.
7. Para poder realizar una evaluación estratégica más detallada que ayude a la toma de
   decisiones de inversión de la empresa.
8. Por prestigio empresarial y como imagen de excelencia corporativa.
9. Para aumentar el valor de la empresa, haciendo aflorar una serie de intangibles que
   de otra forma serían imposibles de cuantificar.
10. Para disponer de un control presupuestario más detallado y/o justificar los gastos de
    I+D+i ante la empresa matriz o cualquier parte interesada.



                En definitiva, aumenta el capital intangible
                             de la organización
¿Qué supone estar acreditado por ENAC?

   Total transparencia del proceso de certificación.
   Confidencialidad en toda la información.
   Capacitación técnica.
   Accesibilidad.
   No discriminación.
   Imparcialidad e independencia.
   Responsabilidad en las decisiones.
   Libre de presiones comerciales, financieras o de otro tipo, que puedan influir en los
    resultados del proceso de certificación.
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  • 1. Deducciones fiscales de los proyectos de I+D+i en el Impuesto sobre Sociedades con seguridad jurídica total 28 de juny de 2010 Maria Mirabet Vallhonesta Resp. Dep.desarrollo de Negocio I Fòrum del PCiT-UdG mmirabet@e-aidit.com
  • 2. es una entidad especializada en evaluar y estimular la investigación y la innovación 10 años de compromiso con el impulso de la investigación y la innovación en nuestro país
  • 3. Índice 1. Breve historia de AIDIT 2. Certificación de proyectos de I+D+i 3. Certificación de personal que realiza actividades de I+D+i 4. Ejemplo 5. Certificación de Sistemas de Gestión de I+D+i 6. ¿Por qué certificar con nosotros? DOCUMENT DE TREBALL
  • 4. 1 BREVE HISTORIA DE AIDIT
  • 5. ¿Por qué nacemos? Mejoras en la Ley de Incentivos Fiscales 1999 Mejor marco de incentivos de I+D+i a nivel europeo Controversia en los conceptos entre partes implicadas 2000 2000 Acuerdo entre la UPC y la UPM para la creación de AIDIT ESTABLECER PARÁMETROS DE EXCELENCIA Y EMITIR UNA OPINIÓN INDEPENDIENTE Y CUALIFICADA SOBRE LOS PROYECTOS EMPRESARIALES PARA DEMOSTRAR ANTE CUALQUIER PARTE INTERESADA LA NATURALEZA TÉCNICA DE LAS ACTIVIDADES  Única empresa pública de certificación universitaria.  Experiencia en actividades de I+D+i y en evaluación de proyectos.  Capacitación técnica independiente para diferenciar I+D e IT.  Diseño del sistema de certificación de proyectos que genera un marco seguro para la transferencia de responsabilidades.
  • 6. Evolución TRASPASO DE COMPETENCIAS ENTRE MINISTERIOS 2003 Informe Motivado MITyC vinculante a la Agencia Tributaria Creación de una herramienta voluntaria que habilita una seguridad jurídica en la aplicación de las deducciones fiscales para actividades de I+D+i Se requiere el apoyo de los informes técnicos de certificación emitidos por entidades Certificadoras debidamente acreditadas por ENAC AIDIT primera entidad certificadora de proyectos de I+D+i acreditada por
  • 7. Evolución 2005 Deducción de los muestrarios Textiles y del calzado como proyectos iT • Bonificación del 40% de las cuotas a la Seguridad Social para 2006 el personal investigador • Proporción en la que se disminuye el tipo de gravamen: coeficiente de 0,92 en 2007 y de 0,85 a partir del 2008 Primera entidad certificadora del personal investigador acreditada por 2007 Deducción de los muestrarios marroquinería, curtidores, juguete 2008 mueble y madera Se elimina el límite temporal en las deducciones por I+D e innovación en el Impuesto 2009 sobre Sociedades, permitiendo su aplicación más allá de 2011
  • 8. ¿Qué se entiende por I+D y por iT? INNOVACIÓN Ideas INVESTIGACIÓN DESARROLLO TECNOLÓGICA Comercialización NOVEDAD OBJETIVA NOVEDAD SUBJETIVA MEJORA TECNOLÓGICA SIGNIFICATIVA
  • 9. ¿Qué se entiende por I+D y por iT? INVESTIGACIÓN DESARROLLO INNOVACIÓN TECNOLÓGICA INDAGACIÓN ORIGINAL Y PLANIFICADA APLICACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LA ACTIVIDAD CUYO RESULTADO SEA UN AVANCE QUE PERSIGA DESCUBRIR NUEVOS INVESTIGACIÓN (…) PARA LA TECNOLÓGICO EN LA OBTENCIÓN DE NUEVOS CONOCIMIENTOS Y UNA SUPERIOR FABRICACIÓN DE NUEVOS MATERIALES O PRODUCTOS O PROCESOS DE PRODUCCIÓN O COMPRENSIÓN EN EL ÁMBITO PRODUCTOS, O PARA EL DISEÑO DE MEJORAS SUSTANCIALES DE LOS YA EXISTENTES. SE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO. NUEVOS PROCESOS O SISTEMAS DE CONSIDERARÁN NUEVOS AQUELLOS PRODUCTOS O PRODUCCIÓN, ASÍ COMO PARA LA PROCESOS CUYAS CARACTERÍSTICAS O ART. 35.1.A) TRLIS MEJORA TECNOLÓGICA SUSTANCIAL DE APLICACIONES, DESDE UN PUNTO DE VISTA MATERIALES, PRODUCTOS, PROCESOS Y TECNOLÓGICO, DIFIERAN SUSTANCIALMENTE DE LAS SISTEMAS PREEXISTENTES. EXISTENTES CON ANTERIORIDAD. CONCEPCIÓN DE SOFTWARE ART. 35.2.A) TRLIS ART. 35.1.A) TRLIS AVANZADO: SIEMPRE QUE SUPONGA UN PROGRESO CIENTÍFICO O TECNOLÓGICO ESTA ACTIVIDAD INCLUIRÁ (…) LOS MUESTRARIOS MEDIANTE EL DESARROLLO DE TEXTILES, DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO, DEL TEOREMAS Y ALGORITMOS O MEDIANTE CURTIDO, DE LA MARROQUINERÍA, DEL JUGUETE, LA CREACIÓN DE SISTEMAS OPERTIVOS DEL MUEBLE Y DE LA MADERA, SIEMPRE QUE NO Y LENGUAJES NUEVOS O DESTINADO A PUEDAN CONVERTIRSE O UTILIZARSE PARA PERSONAS DISCAPACITADAS APLICACIONES INDUSTRIALES O PARA SU EXPLOTACIÓN COMERCIAL. LEY 4/2008 NOVEDAD OBJETIVA NOVEDAD SUBJETIVA MEJORA TECNOLÓGICA SIGNIFICATIVA
  • 10. ¿Cómo rentabilizar las actividades de I+D+i? La certificación AIDIT se ajusta a los requisitos legales establecidos a fin de que el Ministerio de Ciencia e Innovación emita el informe motivado. Este informe permite justificar las deducciones fiscales por I+D+i frente al Ministerio de Economía y Hacienda, proporcionando seguridad jurídica total en su aplicación en el Impuesto sobre Sociedades. AIDIT fue la primera entidad certificadora de proyectos de I+D+i y del personal investigador acreditada por
  • 11. Opción 1. Incentivos fiscales por I+D+i  Son el tipo de instrumento de fomento de Investigación, Desarrollo e Innovación tecnológica (I+D+i) más cercano a las necesidades empresariales.  Su principal objetivo es promover las actividades de I+D+i y premiar el incremento de esfuerzo económico.  Efectos económicos equiparables a la subvención, pero no tributa.  La deducción fiscal es proporcional a las actividades de I+D+i desarrolladas. Además, cabe su utilización en ejercicios posteriores.  Tienen efectos financieros inmediatos y se adaptan a cualquier tipo de empresa.
  • 12. Opción 1. Incentivos fiscales por I+D+i LA CERTIFICACIÓN DE PROYECTOS DE I+D+I PERMITE A LAS EMPRESAS DEDUCIRSE LOS GASTOS ASOCIADOS A LOS PROYECTOS DE I+D+I EN EL IMPUESTO SOBRE 8% SOCIEDADES CON SEGURIDAD JURÍDICA TOTAL. INVERSIONES EN ELEMENTOS DE INMOVILIZADO MATERIAL E INTANGIBLE (NO APLICABLE A INMUEBLES Y TERRENOS) COMPATIBLES CON: - LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL INMOVILIZADO MATERIAS E INTANGIBLE A EFECTOS DE ACTIVIDADES DE I+D. - LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN DE ACTIVOS ADQUIRIDOS EN EL PERIODO 2009 Y 2010 POR MANTENIMIENTO DEL NÚMERO DE TRABAJADORES.
  • 13. Opción 2. Bonificación en la cuota a la SS La certificación del personal investigador permite aplicar el 40 % de bonificación en la cotización a la Seguridad Social al personal 40% que se dedica en exclusiva a actividades de I+D+i, de los grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social. La bonificación establecida por Real Decreto podrá aplicarse en la cotización relativa de los trabajadores incluidos en:  Grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social  Contratación de carácter indefinido, en prácticas, o de carácter temporal por obra o servicio determinado (duración mínima de 3 meses)  Con carácter exclusivo  Por la totalidad de su tiempo de trabajo en la empresa  Dedicado a actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica
  • 14. Posibilidades anuales año fiscal 2009 año fiscal 2010 año fiscal 2011 2 opciones excluyentes Por CIF y año fiscal deducciones deducciones deducciones Bonificación en la cuota fiscales per proyectos de I+D+i fiscales per proyectos de I+D+i fiscales per proyectos de I+D+i a la seguridad Social Aplicación en l’IS de 2009 Aplicación en l’IS de 2010 Aplicación en l’IS de 2011 Bonificación mensual o en els próximos 15 años o en els próximos 15 años o en els próximos 15 años durante todo 2010 DOCUMENT DE TREBALL
  • 16. 2 CERTIFICACIÓN DE PROYECTOS DE I+D+i
  • 17. Certificación de proyectos de I+D+i La certificación de proyectos de I+D+i es una evaluación técnica y contable del proyecto, mediante la cual se determina si se trata de un proyecto de investigación, desarrollo o innovación tecnológica, según los requisitos establecidos por el Real Decreto 4/2004. La certificación de proyectos AIDIT se ajusta a los requisitos legales establecidos a fin de que el Ministerio de Ciencia e Innovación emita el informe motivado. Este informe permite justificar las deducciones fiscales por I+D+i frente al Ministerio de Economía y Hacienda, proporcionando seguridad jurídica total en su aplicación en el Impuesto sobre Sociedades.
  • 18. En la Ley 4/2008, de 23 de diciembre, por la que se suprime el gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio, se generaliza el sistema de devolución mensual en el Impuesto sobre el Valor Añadido, y se introducen otras modificaciones en la normativa tributaria:  La realización de actividades de investigación y desarrollo tendrán derecho a practicar una deducción de la cuota íntegra, en las condiciones que se establecen en su correspondiente apartado.  La realización de actividades de innovación tecnológica tendrán derecho a practicar una deducción en la cuota íntegra, en las condiciones que se establecen en su correspondiente apartado. Ley 4/2008
  • 19. Deducciones obtenibles según actividades LA CERTIFICACIÓN DE PROYECTOS DE I+D+I PERMITE A LAS EMPRESAS DEDUCIRSE LOS GASTOS ASOCIADOS A LOS PROYECTOS DE I+D+I EN EL IMPUESTO SOBRE 8% SOCIEDADES CON SEGURIDAD JURÍDICA TOTAL. INVERSIONES EN ELEMENTOS DE INMOVILIZADO MATERIAL E INTANGIBLE (NO APLICABLE A INMUEBLES Y TERRENOS) COMPATIBLES CON: - LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL INMOVILIZADO MATERIAS E INTANGIBLE A EFECTOS DE ACTIVIDADES DE I+D. - LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN DE ACTIVOS ADQUIRIDOS EN EL PERIODO 2009 Y 2010 POR MANTENIMIENTO DEL NÚMERO DE TRABAJADORES.
  • 20. Consideraciones iniciales  porcentajes de deducción para un proyecto de I+D − 25% con carácter general (excepto para los activos materiales e inmateriales, que se aplicará el 8%) − 42% por la parte del gasto que supere la media del gasto de los dos años anteriores − 17% adicional del gasto de personal correspondiente a investigadores cualificados adscritos en exclusiva a actividades de I+D Si una empresa aplica por 1ª vez la deducción por actividades de I+D • Se deducirá el 42% del gasto (25% + 17%) • Aplicará una deducción del 59% (25% + 17% +17%) del gasto correspondiente al personal cualificado adscrito en exclusiva al proyecto  Esquema simplificado del modelo del Impuesto sobre Sociedades − El resultado es igual a la base imponible − Aplicación de un impositivo del 30% − cuota íntegra ajustada = (base imponible) x (tipo de gravamen) DOCUMENT DE TREBALL
  • 21. Tipos de certificación de proyectos C CONTENIDO Certifica el contenido técnico global en I+D+i y la coherencia de los gastos presupuestados para la realización de las actividades previstas en el proyecto. C+E CONTENIDO Y PRIMERA EJECUCIÓN Certifica el contenido global en I+D+i, así como los gastos incurridos y las actividades ejecutadas durante el ejercicio impositivo correspondiente. S SEGUIMIENTO Evaluación de la ejecución anual de un proyecto previamente certificado. Se comprueban el desarrollo del contenido técnico y los gastos incurridos en el último periodo impositivo.
  • 22. Proceso de certificación 1. Entrega de la documentación requerida según las bases de certificación AIDIT. 2. Evaluación técnica y contable del proyecto. 3. Emisión del certificado AIDIT, que incluye el dictamen si el proyecto es investigación, desarrollo o innovación tecnológica, junto con los gastos deducibles. 4. Solicitar el informe motivado al Ministerio de Ciencia e Innovación, vinculante ante el Ministerio de Economía y Hacienda, que otorga seguridad jurídica total en las deducciones de los gastos asociados a los proyectos de I+D+i en el Impuesto sobre Sociedades.
  • 23. Pasos a seguir para la certificación 1. Cumplimente la solicitud de presupuesto con los datos requeridos y envíenosla. Al poco tiempo recibirá una propuesta para la certificación de su proyecto de I+D+i sin ningún tipo de compromiso. 2. Envíenos dos copias de la solicitud de certificación de proyectos de I+D+i debidamente cumplimentadas, firmadas y selladas. 3. Entrega de la documentación requerida para la certificación según se indica en nuestras bases de certificación de proyectos de I+D+i. 4. Tras obtener el certificado AIDIT, solicite el informe motivado al Ministerio de Ciencia e Innovación, vinculante ante el Ministerio de Economía y Hacienda, que otorga seguridad jurídica total en las deducciones de los gastos asociados a los proyectos de I+D+i en el Impuesto sobre Sociedades.
  • 24. Programación deseable Año n Año n+1 (ejercicio fiscal) (declaración del Impuesto sobre Sociedades) Sep. Oct. Nov. Dic. Ene. Feb. Mar. Abr. May. Jun. Jul. 25J Preparación y selección de proyectos EMPRESA I.S. Auditoría técnica Auditoría contable Emisión del certificado Emisión del informe motivado
  • 25. 3 CERTIFICACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR
  • 26. Certificación del personal investigador La certificación del personal investigador permite aplicar el 40 % de bonificación en la cotización a la Seguridad Social al personal que se dedica en exclusiva a actividades de I+D+i, de los grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social. El proceso de certificación del personal investigador de AIDIT se ajusta a los requisitos legales establecidos con el fin de que el Ministerio de Ciencia e Innovación emita el informe motivado. Este informe permite justificar las bonificaciones del 40% en la cuota a la Seguridad Social del personal dedicado en exclusiva a tareas de I+D+i ante el Ministerio de Economía y Hacienda, proporcionando seguridad jurídica total en su aplicación.
  • 27. Ámbito de aplicación  La bonificación del 40% podrá aplicarse en la cotización relativa a los trabajadores incluidos en los: − grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social que, − con carácter exclusivo y − por la totalidad de su tiempo de trabajo en la empresa − dedicada a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, se − dediquen a la realización de las citadas actividades, ya se su − contrato de carácter indefinido, en prácticas, o de carácter temporal por obra o servicio determinado. En este último caso, el contrato deberá tener una duración mínima de tres meses.
  • 28. Proceso de certificación 1. Entrega de la documentación requerida según las bases de certificación AIDIT. 2. Revisión de la documentación y auditoría in-situ en la empresa. 3. Emisión del certificado AIDIT. 4. Solicitar el informe motivado al Ministerio de Ciencia e Innovación, vinculante ante el Ministerio de Economía y Hacienda, que otorga seguridad jurídica total en la aplicación de la bonificación del 40% en la cuota a la Seguridad Social del personal dedicado en exclusiva a tareas de I+D+i.
  • 29. Pasos a seguir para la certificación 1. Informar a la Agencia Tributaria antes del 30 de noviembre del 2009. Para realizar esta notificación se ha de rellenar y enviar el formulario de este link. 2. Cumplimente la solicitud de presupuesto con los datos requeridos y envíenosla. Al poco tiempo recibirá una propuesta para la certificación del personal investigador sin ningún tipo de compromiso. 3. Envíenos dos copias de la solicitud de certificación del personal investigador debidamente cumplimentadas, firmadas y selladas. 4. Entrega de la documentación requerida para la certificación según se indica en nuestras bases de certificación del personal investigador. 5. Tras obtener el certificado AIDIT, solicite el informe motivado al Ministerio de Ciencia e Innovación, vinculante ante el Ministerio de Economía y Hacienda, que otorga seguridad jurídica total en la aplicación de la bonificación del 40% en la cuota a la Seguridad Social del personal dedicado en exclusiva a tareas de I+D+i.
  • 30. Programación deseable Año n-1 Año n Sep. Oct. Nov. 30N Dic. Ene. Preparación de documentación EMPRESA Fecha límite notificación Auditoría Emisión del certificado Emisión del informe motivado
  • 32. LOS INFORMES MOTIVADOS  El Ministerio de Ciencia e Innovación, de conformidad con lo previsto en el artículo 33.4 de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, emitirá informes motivados relativos al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos exigidos en el: − apartado 1.a) de dicho artículo para calificar las actividades del sujeto pasivo como investigación y desarrollo, o en su − apartado 2.a) para calificarlas como innovación, teniendo en cuenta en ambos casos las exclusiones establecidas en el apartado 3.  Objetivo − Superar la incertidumbre y la inseguridad. ¿Cómo conseguirlo? − Mediante la calificación de las actividades de I+D o i y sus gastos asociados de forma segura. ¿Qué medio se puede utilizar? − Los informes motivados vinculantes para la Administración Tributaria
  • 33. TIPOS DE INFORMES MOTIVADOS Tipo a − Relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos, a los efectos de aplicar la deducción fiscal por actividades de I+D+i. − De conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 43/1995 del Impuesto sobre Sociedades. Tipo b − Relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos, a los efectos de calificar las actividades del sujeto pasivo como I+D o iT. − Con el objeto de ser aportado en las consultas sobre interpretación y aplicación de normas previstas en el artículo 107 de la Ley 230/1963 General Tributaria. − De conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 43/1995 del Impuesto sobre Sociedades. Tipo c − Relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos, a los efectos de calificar las actividades del sujeto pasivo como I+D o iT, así como para identificar los gastos e inversiones que puedan ser imputados a dichas actividades − Con el objeto de ser aportado para la adopción de los acuerdos previos de valoración que, a solicitud de interesado, la Administración tributaria deberá realizar de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 1/1998 de Derechos y Garantías de los Contribuyentes. −Todo ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 43/1995 del Impuesto sobre Sociedades. Tipo d − Relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos del personal investigador, a los efectos de aplicar las correspondientes bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social que regula la disposición adicional vigésima de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
  • 34. MÉTODO OPERACIONAL EMPRESA Solicita informe motivado vinculante Recibe informe motivado vinculante Informe técnico Informe motivado CONTENIDO Y PRIMERA EJECUCIÓN Informe técnico del experto Tipo a Auditoría de gastos SEGUIMIENTO Informe técnico del experto Tipo a Auditoría de gastos CONTENIDO EX-ANTE Informe técnico del experto Tipo b PERSONAL INVESTIGADOR Relación de personas Tipo d Actividades desarrolladas
  • 35. 4 EJEMPLO
  • 36. Inversión en I+D+i EMPRESA A EMPRESA B BENEFICIO EMPRESA 500.000 € PROYECTO DE 200.000 € CUOTA INTEGRA AJUSTADA 500.000 X 30%= BENEFICIO EMPRESA 500.000 – 200.000 = 300.000€ 150.000 € Cuota integra ajustada 300.000 X 30%= 90.000 € Deducciones por I+D+i 200.000 x 42%=84.000 € Limite a pagar 50%= 45.000 € EMPRESA C A pagar 90.000 -45.000 = 45.000 € 5 PERSONAS PI 84.000 – 45.000 = 39.000 a deducir en 15 años AHORRO CUOTA SS= 12.830 € La empresa B sin proyecto pagaba 150.000 € Sin deducciones pagaría 90.000 € Tiene una reducción de 150.000-90.000=60.000 € Se deduce 45.000 € 60.000 +45.000 =105.000 € Por lo que ha recuperado el 72% de su inversión
  • 37. Inversión en I+D+i EMPRESA B PROYECTO DE 200.000 € RECIBE UNA SUBVENCIÓN A FONDO PERDIDO DEL 70% BENEFICIO EMPRESA 500.000 – 200.000 = 300.000€ FINANCIACIÓN DE LA AYUDA Cuota integra ajustada 300.000 X 30%= 90.000 € EMPRESA:60.000 € 140.000 € Deducciones por I+D+i 200.000 x 42%=84.000 € AMINORAMIENTO DEL 65% Limite a pagar 50%= 45.000 € 49.000 € A pagar 90.000 -45.000 = 45.000 € 84.000 – 45.000 = 39.000 a deducir en 15 años APLICACIÓN DE LAS DEDUCCIONES FISCALES La empresa B sin proyecto pagaba 150.000 € SOBRE: 109.000 € Sin deducciones pagaría 90.000 € Tiene una reducción de 150.000-90.000=60.000 € Se deduce 45.000 € 60.000 +45.000 =105.000 € Por lo que ha recuperado el 72% de su inversión
  • 38. 5 CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE I+D+i
  • 39. Certificación de sistemas de gestión de la I+D+i La certificación de sistemas de gestión de las actividades de I+D+i según la Norma UNE 166.002:2006 es el procedimiento mediante el cual AIDIT certifica que una organización dispone de un sistema de gestión que cumple con los requisitos establecidos en esta Norma. AIDIT certifica también el cumplimiento de la UNE 166.006 EX Gestión de la I+D+i: Sistema de Vigilancia Tecnológica.
  • 40. Proceso de certificación 1. Entrega de la documentación requerida según las bases de certificación aidit. 2. Análisis y revisión de la documentación por parte de aidit. 3. Auditoría del sistema de gestión de la I+D+i de la empresa. Identificació, si fuera necesario, de las deficiencias del sistema. 4. Elaboración del plan de acciones correctoras y preventivas del sistema de gestión de la I+D+i de la emrpesa. 5. Evaluación por parte de aidit del informe de acciones correctoras y preventivas. 6. Emisión del certificado aidit.
  • 41. Pasos a seguir para la certificación 1. Cumplimente la solicitud de presupuesto con los datos requeridos y envíenosla. Al poco tiempo recibirá una propuesta para la certificación de su sistema de gestión de la I+D+i sin ningún tipo de compromiso. 2. Envíenos dos copias de la solicitud de certificación de sistemas de gestión de la I+D+i debidamente cumplimentadas, firmadas y selladas. 3. Entrega de la documentación requerida para la certificación según se indica en nuestras bases de certificación de sistemas de gestión de la I+D+i. 4. Obtención del certificado aidit, junto con el informe de certificación.
  • 42. 5 LAS 3P Y PLANES DE FORMACIÓN
  • 43. Las 3Ps de la excelencia en innovación© AIDIT ofrece el sello de las 3Ps de la excelencia en innovación©, una certificación de los tres pilares de la I+D+i: proyectos, personas y procesos.
  • 44. Programas de formación Concebidos para el personal con responsabilidades o funciones específicas dentro del sistema de gestión de la I+D+i, el objetivo de estos programas es el de elaborar itinerarios formativos adaptados a las necesidades de las organizaciones para mejorar las competencias generales del personal dedicado a la I+D+i.
  • 45. Coste de la certificación de proyectos C+E S APERTURA DE EXPEDIENTE 1.300 € APERTURA DE EXPEDIENTE - VARIABLE AUDITORÍA AUDITORÍA 1.558 € Ó 1.944 € (DE 230 € A 5.000 €) EMISIÓN DEL CERTIFICADO 87 € EMISIÓN DEL CERTIFICADO 87 € Coste de total certificación según importe del proyecto Coste total de certificación según importe del proyecto 60.000 € 1.622 € 250.000 € 2.560€ 250.000 € 1.645€ 800.000 € 4.124 € 800.000 € 1.645€ 15.000.000 € 6.470 € 15.000.000 € 2.031 €
  • 46. Coste de la certificación del personal APERTURA EXPEDIENTE 1.300 € AUDITORÍA VARIABLE EMISIÓN DEL CERTIFICADO 125 € Ejemplos del coste total de certificación 4 personas 1.842 € 7 personas 2.115 € 16 personas 2.867 € 35 personas 4.301 €
  • 47. 6 ¿POR QUÉ CERTIFICAR CON NOSOTROS?
  • 48. Beneficios para la empresa 1. Para demostrar ante clientes y proveedores que las actividades que se desean realizar, o se están desarrollando, son reconocidas oficialmente y científicamente como actividades de I+D+i. 2. Para facilitar el acceso a diferentes fuentes de financiación. La Administración puede utilizar los certificados emitidos por AIDIT como referencia para la cualificación de proyectos a financiar por medio de deducciones fiscales o a través de ayudas directas. 3. Para ayudar a la sistematización y homogeneización de los proyectos de I+D+i, de forma que mejore la eficacia de la organización en los procesos de documentación y gestión de los proyectos. 4. Para gestionar el conocimiento de la organización a través de la documentación, transformando parte del capital intelectual de sus técnicos en capital estructural de la organización. 5. Para detectar evidencias tecnológicas que, de otra forma, pasarían desapercibidas. Pero los beneficios del sistema van mucho más allá de la propia certificación…
  • 49. Beneficios para la empresa 6. Para identificar y aflorar posibles proyectos y actividades de I+D+i y reutilizar los resultados susceptibles de generar nuevas tecnologías. Por prestigio empresarial y como imagen de excelencia corporativa. 7. Para poder realizar una evaluación estratégica más detallada que ayude a la toma de decisiones de inversión de la empresa. 8. Por prestigio empresarial y como imagen de excelencia corporativa. 9. Para aumentar el valor de la empresa, haciendo aflorar una serie de intangibles que de otra forma serían imposibles de cuantificar. 10. Para disponer de un control presupuestario más detallado y/o justificar los gastos de I+D+i ante la empresa matriz o cualquier parte interesada. En definitiva, aumenta el capital intangible de la organización
  • 50. ¿Qué supone estar acreditado por ENAC?  Total transparencia del proceso de certificación.  Confidencialidad en toda la información.  Capacitación técnica.  Accesibilidad.  No discriminación.  Imparcialidad e independencia.  Responsabilidad en las decisiones.  Libre de presiones comerciales, financieras o de otro tipo, que puedan influir en los resultados del proceso de certificación.  Los organismos relacionados no pueden afectar la confidencialidad, objetividad o imparcialidad de las actuaciones.
  • 51. ¿Por qué certificar con nosotros?  Primera entidad certificadora de proyectos de I+D+i y de personal investigador acreditada por ENAC.  Única empresa pública de certificación de naturaleza universitaria.  Experiencia como entidad certificadora de proyectos de I+D+i desde 2001.  Know-how en la gestión de la I+D+i: científicos reconocidos.  Garantía de confidencialidad.  Credibilidad y comunicación directa frente a la Administración.  Garantía de objetividad e independencia.  Trato directo y fluido con la empresa.  Cumplimiento estricto de plazos de entrega.  Metodología, esquemas y procedimientos de trabajo orientados a la máxima excelencia.
  • 52. ¿Por qué certificar con nosotros? Más de 3.200 solicitudes de certificación Más de 600 clientes 72 campos de certificación acreditados 66 responsables de área Más de 600 expertos y colaboradores Más de 40 entidades colaboradoras
  • 53. ¡Gracias por vuestra atención!
  • 54. Muchas gracias por su atención!!!