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Fundamentos Constitucionales del
Derecho Laboral:
 Bloque de constitucionalidad
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 Tratados internacionales y su incorporación
al derecho nacional
 Principios constitucionales
 Seguridad Social
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 Libertad contractual
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 Derecho al trabajo
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informe academico

  • 1. CEFIC Diplomado: Recursos Humanos Julio, 2012 Jorge Villasante Araníbar “V & A Abogados Consultores S.A.C.”
  • 2. "Estructura de la Legislación Laboral y Aplicaciones en la Contratación del personal en las organizaciones -derechos y beneficios" MODULO VIII
  • 3. Sistema de Recursos Humanos SALIDA DE TRABAJADORES ANALISIS Y DESCRIPCION DE PUESTOS REMUNERACION Y BENEFICIOS EVALUACION DE DESEMPEÑO CAPACITACION Y ENTRENAMIENTO DESARROLLO Y PLANES DE SUCESION ATRACCION SELECCIÓN E INCORPORACION DIRECCION ESTRATEGICA DE RECURSOS HUMANOS
  • 4. Fundamentos Constitucionales del Derecho Laboral:  Bloque de constitucionalidad  La ausencia de normas no significa inaplicabilidad del derecho  Tratados internacionales y su incorporación al derecho nacional  Principios constitucionales  Seguridad Social
  • 5. Principios sustantivos del Derecho Laboral:  Libertad contractual  Principio tuitivo  Derecho al trabajo  Sindicación, negociación colectiva y huelga  Orden público e irrenunciabilidad  Principio de favoralidad aplicable en forma inescindible no de concurrencia  Primacía de la realidad
  • 6. Primacía de la realidad:  Guarda relación con el principio de veracidad: Prestaciones indebidas de seguridad social, burlar acreedores  Américo Pla Rodriguez “… en caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que surge de los documentos y acuerdos, … darse preferencia a lo primero, …, lo que sucede en el terreno de los hechos”  Se encuentra positivizado en nuestra legislación  Evitar que relaciones laborales se presenten como unas de naturaleza civil o comercial
  • 7. Primacía de la realidad:  Art. I del TP de la LPT – Ley 26636 y la Ley N° 29497  Ley General del Sistema Concursal N° 27809, Art. 40  Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo N° 29783, Art. VIII Título Preliminar  Ley General de Inspección del Trabajo N° 28806, Art. 2°, numeral 2: Principios ordenadores  Ley Servicios de Tercerización N° 29245.- Art. 5  T.U.O. Ley de Productividad y Competitividad Laboral D.S. N° 003-97-TR.- Desnaturalización de contratos, Art. 77  Anteproyecto de Ley General de Trabajo  Ley de Modalidades Formativas N° 28518 – Art. 51
  • 8. Ley General del Sistema Concursal  Artículo 40°.- Calificación de créditos laborales “Para el reconocimiento de los créditos de origen laboral y siempre que el acreedor lo haya invocado, la Comisión podrá aplicar el principio de la primacía de la realidad privilegiando los hechos verificados sobre las formas o apariencias contractuales que sustentan el crédito”.
  • 9. Primacía de la realidad: Supuestos  Contrato para engañar a terceros – Seguridad social  Locación de servicios – encubre la relación  Duración determinada – indeterminada  Calificación como cargo de confianza  Practicantes – proveerse mano de obra barata  Intermediación fraudulenta  Tercerización desnaturalizada Aforismo Derecho Civil: Las cosas son las que determina su naturaleza y no su denominación
  • 10. Principios  Primacía de la realidad:  Simulación: Invalidez del acto transgresor, tratándose simulación relativa: invalidez del elemento falso, acogiéndose el verdadero  Fraude a la ley: Trabajador a tiempo parcial cuando en realidad es uno con jornada completa Aforismo Derecho Civil: Las cosas son las que determina su naturaleza y no su denominación
  • 11. Presunción de laboralidad  Art. 23, 23.2 Ley N° 29497: “Acreditada la prestación personal de servicios, se presume la existencia de un vínculo laboral a plazo indeterminado, salvo prueba en contrario”  Empleador debe “destruir” la presunción, acreditar el carácter autónomo o independiente de la prestación laboral, o ayudado o reemplazado
  • 12. Irrenunciabilidad de derechos:  Constitución del 93: Art. 26, inciso 1°: “Derechos reconocidos por la Constitución y la ley”  Vicio de la voluntad, temor reverencial, promesas para disponer de derechos  Si existen derechos disponibles  Art. 57 Constitución 79: Los derechos reconocidos a los trabajadores son irrenunciables … todo pacto en contrario es nulo  Puede aplicarse el Art. V del T.P. Código Civil?
  • 13. Irrenunciabilidad de derechos:  Existen excepciones?: canje de vacaciones, sustentada en norma dispositiva que requiere manifestación de voluntad del trabajador.- Jornadas atípicas  Art. 30 Ley N° 29497: Conciliación o transacción deben superar el test de disponibilidad de derechos
  • 14. Indubio pro operario:  Art. 26, inciso 3° Constitución 93: Interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma  Ley N° 26636 prevee 2 supuestos:  Duda insalvable sobre los diversos sentidos de una norma  Cuando existan varias normas aplicable a un caso concreto
  • 15. Indubio pro operario:  Tribunal Constitucional:  Norma jurídica, proceso de interpretación ofrece varios sentidos  Imposibilidad lógico axiológica de dirimir esta duda por los métodos de interpretación válidos  Obligación de adoptar como sentido normativo el que ofrece mayores beneficios al trabajador  Imposibilidad del operador de integrar la norma
  • 16. Razonabilidad o proporcionalidad:  Opera como un límite o freno moral y elástico al mismo tiempo: Norma no puede prescribir límites muy rígidos no preveer infinidad de circunstancias  Arts. 9° y 25° del T.U.O. D. Leg. N° 728  Tribunal Constitucional:  Parece sugerir una valoración respecto del resultado del razonamiento del juzgador  Tres subprincipios: De adecuación, de necesidad y de proporcionalidad en sentido estricto o ponderación  La razonabilidad implica que el acto estatal debe mantener su justificación lógica y axiológica
  • 17. Contrato de trabajo  Todo trabajo está dentro del ámbito del derecho laboral?  Trabajo humano  Trabajo productivo  Trabajo por cuenta ajena  Trabajo libre – acuerdo de voluntades
  • 18. Contrato de trabajo  Imposición de situación fáctica o jurídica:  No esclavitud  No servidumbre  Servicio militar  Miembros de mesa electorales  Servicios comunitarios
  • 19. Contrato de trabajo  Elementos esenciales:  Prestación personal  Subordinación  Remuneración  Rasgos en la doctrina “típicos”  Duración de la relación laboral  Duración de la jornada de trabajo  Número de empleos  Lugar de trabajo Constituyen indicios de laboralidad o como requisito para el disfrute pleno de derechos laborales
  • 20. Contrato típico  Contrato típico:  Con duración indeterminada  Para un solo empleador  Propio centro de trabajo  Contrato atípico:  Uno o más rasgos están ausentes
  • 21. Legislación nacional – TUO 728  Contrato típico: Duración indefinida  Contrato atípico: Duración temporal  Presunción relativa duración indefinida (Art. 77 del TUO)  Requisitos de validez:  Existencia de causa objetiva  Forma escrita  Verificación administrativa  Duración máxima  Prohibición de recontratación de trabajadores permanentes como temporales
  • 22. Labores excluidas y equiparadas  Contrato administrativo de servicio:  D. Leg. N° 1057: Personal, subordinado y remunerado  Sujetos al derecho administrativo  Derechos:  Jornada máxima  Descansos semanal y anual  Seguridad social Equiparación o exclusión del ámbito del derecho laboral?
  • 23. Aspectos generales  Modalidades formativas laborales:  Javier Neves: El factor formativo, no es suficiente para sustraerla del ámbito del Derecho del Trabajo.  Capacitación laboral juvenil  Prácticas preprofesionales y profesionales  Art. 3° Ley: “Las modalidades formativas no están sujetas a la normatividad laboral vigente, sino a la específica que la presente contiene” – Está tácitamente incluida aunque sujeta a un régimen especial?
  • 24. Contrato individual de trabajo  Definición  Presunción de contrato de trabajo  Capacidad para contratar
  • 25. Aspectos legales en la contratación  Contratos a plazo indeterminado y a plazo determinado  Forma: verbal – escrito  Duración  Suspensión  Período de prueba  Obligaciones: empleador – trabajador  Prohibiciones: empleador - trabajador
  • 26. Causales de suspensión  Invalidez temporal  Enfermedad y accidente comprobado  Maternidad: Descanso pre y post natal  Descanso vacacional  Licencia: cargo cívico, servicio militar  Ejercicio cargos sindicales  Sanción disciplinaria  Ejercicio derecho de huelga
  • 27. Causales de suspensión  Detención del trabajador, salvo caso de condena privativa de libertad  Inhabilitación administrativa o judicial por período no superior a tres meses  Permiso o licencia concedido por el empleador  Caso fortuito y la fuerza mayor Cesa temporalmente la obligación del trabajador de prestar el servicio y del empleador de pagar la remuneración, sin que desaparezca el vínculo laboral
  • 28. Obligaciones del empleador  Pagar la remuneración  Reconocer y otorgar los derechos  Garantizar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo
  • 29. Derechos del trabajador  Hacer carrera pública en base al mérito  Gozar de estabilidad: causa prevista y procedimiento  Remuneración, bonificaciones y beneficios que correspondan  Vacaciones anuales. Acumulación 2 períodos  Permisos o licencia: causa justificada, motivos personales  Obtener préstamos administrativos  Reincorporación: cargos electivos
  • 30. Derechos del trabajador  Ejercer docencia universitaria: sin ausentarse más de 6 horas semanales  Recibir menciones, distinciones y condecoraciones  Reclamar decisiones que afecten sus derechos  No ser trasladados a entidad distinta sin su consentimiento  Constituir sindicatos  Hacer uso del derecho de huelga  Gozar de una pensión al término de la carrera Irrenunciables – pacto en contrario: nulo
  • 31. Beneficios del trabajador:  Quinquenios:  2 remuneraciones totales: 25 años servicios  3 remuneraciones totales: 30 años servicios  Aguinaldos  Fiestas patrias y navidad  Fija por Decreto Supremo  Compensación por tiempo de servicios  Personal nombrado  50% de la remuneración principal: menos de 20 años  Una remuneración principal: 20 ó más años hasta un máximo de 30 años
  • 32. Prestaciones sociales a cargo del empleador:  Essalud  Pensiones: retención  Condiciones de trabajo  Normas protectoras de las prestaciones:  Irrenunciabilidad  Inembargabilidad  Prescripción
  • 33. Trabajadores con discapacidad:  Ley General de la Persona con Discapacidad  Régimen de protección de atención de:  Salud  Trabajo  Educación  Rehabilitación  Seguridad social  Prevención
  • 34. Trabajadores con discapacidad:  Goza de todos los beneficios y derechos  Nadie puede ser discriminado por ser persona con discapacidad  Poder Ejecutivo, instituciones constitucionalmente autónomas, empresas del Estado, gobiernos regionales y locales: Obligados a contratar en proporción no inferior al 3%  Bonificación en concurso de méritos: 15% del puntaje total  Deducción de gastos para el importe total de remuneraciones de la renta bruta
  • 35. Protección a la madre de trabaja:  Descanso pre y post natal  Permiso por lactancia materna: Una hora  Pacto múltiple: Una hora adicional  Caso de adopción: Licencia goce de haber equivalente a 30 días  Protección a madre gestante que realiza labores de riesgo para su salud y el desarrollo normal del embrión y el feto
  • 36. Licencia por paternidad: Ley 29409  Trabajadores del sector público y privado  Licencia remunerada: alumbramiento de la esposa o conviviente  4 días hábiles consecutivos  El inicio lo define el padre: entre el alumnbramiento y la alta  No puede ser sustituido o cambiado por otro pago o beneficio
  • 37. Prevención y sanción: Hostigamiento sexual  Producido en las relaciones de autoridad o dependencia  Hostigador: varón o mujer  Hostigado: varón o mujer víctima  Conducta física o verbal reiterada de naturaleza sexual no deseada y/o rechazada  Elementos:  El sometimiento es condición por la que se accede, mantiene o modifica situación laboral  El rechazo genera afectación en situación laboral, educativa, policial, militar, contractual, etc.
  • 38. Procedimiento administrativo disciplinario  Sector público: Sanción conforme D.Leg. 276  Responsabilidad solidaria del titular o funcionario