SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 20
Derecho del hijo a mantener relación con sus padres. Régimen relacional (de visitas) Francisco J. Estrada Vásquez http://cursoderechodefamilia.blogspot.com/
Régimen directo y regular Regulado en el Título IX del Libro I del Código Civil “De los derechos y obligaciones entre los padres y los hijos” Ley 16.618 de Menores
Convención sobre los Derechos del Niño   Artículo 5 Los Estados Partes respetarán las responsabilidades, los derechos y los deberes de los padres o, en su caso, de los miembros de la familia ampliada o de la comunidad, según establezca la costumbre local, de los  tutores u otras personas encargadas legalmente del niño de impartirle, en consonancia con la evolución de sus facultades, dirección y orientación apropiadas para que el niño ejerza los derechos reconocidos en la presente Convención.
Convención sobre los Derechos del Niño   Artículo 7 1. El niño será inscripto inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho desde que nace a un nombre, a adquirir una  nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos.
Convención sobre los Derechos del Niño   Artículo 9 1. Los Estados Partes velarán por que el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos, excepto cuando, a reserva de revisión judicial, las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal  separación es necesaria en el interés superior del niño. Tal determinación puede ser necesaria en casos particulares, por ejemplo, en los casos en que el niño sea objeto de maltrato o descuido por parte de sus padres o cuando éstos viven separados y debe adoptarse una decisión acerca del lugar de residencia del niño.
Convención sobre los Derechos del Niño   Artículo 9 3. Los Estados Partes respetarán el derecho del niño que esté separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones  personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño.
Convención sobre los Derechos del Niño   Artículo 9 4. Cuando esa separación sea resultado de una medida adoptada por un Estado Parte, como la detención, el encarcelamiento, el exilio, la deportación o la muerte (incluido el fallecimiento debido a cualquier causa mientras la persona esté bajo la custodia del Estado) de uno de los padres del niño, o de ambos, o del niño, el Estado Parte  proporcionará, cuando se le pida, a los padres, al niño o, si procede, a otro familiar, información básica acerca del paradero del familiar o familiares ausentes, a no ser que ello resultase perjudicial para el bienestar del niño. Los Estados Partes se cerciorarán, además, de que la presentación de tal petición no entrañe por sí misma consecuencias desfavorables para la persona o personas interesadas .
[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object]
Se entenderá que uno o ambos padres se encuentran en el caso de  inhabilidad física o moral: 1.- Cuando estuvieren incapacitados mentalmente; 2.- Cuando padecieren de alcoholismo crónico; 3.- Cuando no velaren por la crianza, cuidado personal o educación del hijo;
4.- Cuando consintieren que el hijo se entregue en la vía o en los lugares públicos a la vagancia o a la mendicidad, ya sea en forma franca o a pretexto de profesión u oficio; 5.- Cuando hubieren sido condenados por secuestro o abandono de menores 6.- Cuando maltrataren o dieren malos ejemplos al menor de edad o cuando la permanencia de éste en el hogar constituyere un peligro para su moralidad;
7.- Cuando cualesquiera otras causas coloquen al menor de edad en peligro moral o material
El padre o madre que no tenga el cuidado personal del hijo no será privado del derecho ni quedará exento del deber, que consiste en mantener con él una relación directa y regular, la que ejercerá con la frecuencia y libertad acordada con quien lo tiene a su  cargo, o en su defecto, con las que el juez estime conveniente para el hijo
[object Object],[object Object]
[object Object]
[object Object],[object Object]
Curador ad Litem En todos los asuntos de competencia de los juzgados de familia en que aparezcan involucrados intereses de niños, niñas,  adolescentes o incapaces, el juez deberá velar porque se encuentren debidamente representados
Curador ad Litem El juez designará a un abogado/a perteneciente a la CAJ o a cualquier institución pública o privada que se dedique a la defensa, promoción o protección de sus derechos, en los casos en que carezcan de representante legal o cuando, por motivos  fundados, el juez estime que sus intereses son independientes o contradictorios con los de aquél a quien corresponda legalmente su representación

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Procedimiento ordinario agrario
Procedimiento ordinario agrarioProcedimiento ordinario agrario
Procedimiento ordinario agrarioMaría Torrealba
 
La Jurisdiccion Contencioso Administrativo en Venezuela
La Jurisdiccion Contencioso Administrativo en VenezuelaLa Jurisdiccion Contencioso Administrativo en Venezuela
La Jurisdiccion Contencioso Administrativo en Venezuelayanelis rodriguez
 
Procedimiento ordinario agrario en 1era instancia y poderes
Procedimiento ordinario agrario en 1era instancia y poderesProcedimiento ordinario agrario en 1era instancia y poderes
Procedimiento ordinario agrario en 1era instancia y poderesYojhan Paez
 
Introduccion
IntroduccionIntroduccion
IntroduccionYoni Yon
 
El secretario y el alguacil
El secretario y el alguacilEl secretario y el alguacil
El secretario y el alguacilj2gnieto
 
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demandaCuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demandamarianela vasquez
 
Diapositiva cuestiones previas
Diapositiva cuestiones previasDiapositiva cuestiones previas
Diapositiva cuestiones previasjthais
 
Juicio de Intimación Según el Código Procesal Civil Venezolano
Juicio de Intimación Según el Código Procesal Civil VenezolanoJuicio de Intimación Según el Código Procesal Civil Venezolano
Juicio de Intimación Según el Código Procesal Civil VenezolanoAlbaDaSilva1
 
Causales de improcedencia amparo
Causales  de improcedencia amparoCausales  de improcedencia amparo
Causales de improcedencia amparoJose Munoz
 
Recurso de casacion civil en venezuela
Recurso de casacion civil en venezuelaRecurso de casacion civil en venezuela
Recurso de casacion civil en venezuelacarlos perez
 
Procedimiento laboral en Primera instancia
Procedimiento laboral en Primera instanciaProcedimiento laboral en Primera instancia
Procedimiento laboral en Primera instanciaLisbella Páez
 
Contencioso administrativo2_IAFJSR
Contencioso administrativo2_IAFJSRContencioso administrativo2_IAFJSR
Contencioso administrativo2_IAFJSRMauri Rojas
 
01 presentacion proceso civil
01 presentacion proceso civil01 presentacion proceso civil
01 presentacion proceso civilYuhry Gándara
 
Mapa conceptual Derecho internacional privado - domicilio como factor de con...
Mapa conceptual  Derecho internacional privado - domicilio como factor de con...Mapa conceptual  Derecho internacional privado - domicilio como factor de con...
Mapa conceptual Derecho internacional privado - domicilio como factor de con...RosibelMarchan
 

La actualidad más candente (20)

Procedimiento ordinario agrario
Procedimiento ordinario agrarioProcedimiento ordinario agrario
Procedimiento ordinario agrario
 
La Jurisdiccion Contencioso Administrativo en Venezuela
La Jurisdiccion Contencioso Administrativo en VenezuelaLa Jurisdiccion Contencioso Administrativo en Venezuela
La Jurisdiccion Contencioso Administrativo en Venezuela
 
Las excepciones en materia civil
Las excepciones en materia civilLas excepciones en materia civil
Las excepciones en materia civil
 
Recurso tercceria
Recurso tercceriaRecurso tercceria
Recurso tercceria
 
Procedimiento ordinario agrario en 1era instancia y poderes
Procedimiento ordinario agrario en 1era instancia y poderesProcedimiento ordinario agrario en 1era instancia y poderes
Procedimiento ordinario agrario en 1era instancia y poderes
 
Deslinde
DeslindeDeslinde
Deslinde
 
Via ejecutiva
Via ejecutivaVia ejecutiva
Via ejecutiva
 
Introduccion
IntroduccionIntroduccion
Introduccion
 
El secretario y el alguacil
El secretario y el alguacilEl secretario y el alguacil
El secretario y el alguacil
 
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demandaCuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
 
Diapositiva cuestiones previas
Diapositiva cuestiones previasDiapositiva cuestiones previas
Diapositiva cuestiones previas
 
Juicio de Intimación Según el Código Procesal Civil Venezolano
Juicio de Intimación Según el Código Procesal Civil VenezolanoJuicio de Intimación Según el Código Procesal Civil Venezolano
Juicio de Intimación Según el Código Procesal Civil Venezolano
 
Procedimiento sumario
Procedimiento  sumarioProcedimiento  sumario
Procedimiento sumario
 
Causales de improcedencia amparo
Causales  de improcedencia amparoCausales  de improcedencia amparo
Causales de improcedencia amparo
 
Recurso de casacion civil en venezuela
Recurso de casacion civil en venezuelaRecurso de casacion civil en venezuela
Recurso de casacion civil en venezuela
 
Procedimiento laboral en Primera instancia
Procedimiento laboral en Primera instanciaProcedimiento laboral en Primera instancia
Procedimiento laboral en Primera instancia
 
Contencioso administrativo2_IAFJSR
Contencioso administrativo2_IAFJSRContencioso administrativo2_IAFJSR
Contencioso administrativo2_IAFJSR
 
01 presentacion proceso civil
01 presentacion proceso civil01 presentacion proceso civil
01 presentacion proceso civil
 
Mapa conceptual Derecho internacional privado - domicilio como factor de con...
Mapa conceptual  Derecho internacional privado - domicilio como factor de con...Mapa conceptual  Derecho internacional privado - domicilio como factor de con...
Mapa conceptual Derecho internacional privado - domicilio como factor de con...
 
Prueba documental
Prueba documentalPrueba documental
Prueba documental
 

Destacado

Tesis doctoral-custodia-compartida
Tesis doctoral-custodia-compartidaTesis doctoral-custodia-compartida
Tesis doctoral-custodia-compartidakidetza1
 
Exposición del interés superior del niño
Exposición del interés superior del niñoExposición del interés superior del niño
Exposición del interés superior del niñoUniversidad
 
Apuntes de-estructuras-metalicas
Apuntes de-estructuras-metalicasApuntes de-estructuras-metalicas
Apuntes de-estructuras-metalicasMasael Sanchez
 
Presentación del interés superior de la niñez
Presentación del interés superior de la niñezPresentación del interés superior de la niñez
Presentación del interés superior de la niñezMario Martinez
 
Bienes muebles e inmuebles
Bienes muebles e inmueblesBienes muebles e inmuebles
Bienes muebles e inmueblesSofia Arriaga
 
Como hacer introduccion
Como hacer introduccionComo hacer introduccion
Como hacer introduccionortizximena
 

Destacado (9)

Tesis doctoral-custodia-compartida
Tesis doctoral-custodia-compartidaTesis doctoral-custodia-compartida
Tesis doctoral-custodia-compartida
 
Exposición del interés superior del niño
Exposición del interés superior del niñoExposición del interés superior del niño
Exposición del interés superior del niño
 
Convencion sobre derechos
Convencion sobre derechosConvencion sobre derechos
Convencion sobre derechos
 
Apuntes de-estructuras-metalicas
Apuntes de-estructuras-metalicasApuntes de-estructuras-metalicas
Apuntes de-estructuras-metalicas
 
El preescolar
El preescolarEl preescolar
El preescolar
 
Presentación del interés superior de la niñez
Presentación del interés superior de la niñezPresentación del interés superior de la niñez
Presentación del interés superior de la niñez
 
Indicadores de logros
Indicadores de logrosIndicadores de logros
Indicadores de logros
 
Bienes muebles e inmuebles
Bienes muebles e inmueblesBienes muebles e inmuebles
Bienes muebles e inmuebles
 
Como hacer introduccion
Como hacer introduccionComo hacer introduccion
Como hacer introduccion
 

Similar a Derecho del hijo a mantener relación con sus padres.

RELACION DIRECTA Y REGULAR MARZO 2014.ppt
RELACION DIRECTA Y REGULAR MARZO 2014.pptRELACION DIRECTA Y REGULAR MARZO 2014.ppt
RELACION DIRECTA Y REGULAR MARZO 2014.pptMarisolCarpioRivas
 
Las instituciones familiares Lopnna_IAFJSR
Las instituciones familiares Lopnna_IAFJSRLas instituciones familiares Lopnna_IAFJSR
Las instituciones familiares Lopnna_IAFJSRMauri Rojas
 
Marco teorico 2
Marco teorico 2Marco teorico 2
Marco teorico 2DanniRG1
 
Intituciones familiares reina gomez
Intituciones familiares reina gomezIntituciones familiares reina gomez
Intituciones familiares reina gomezreinago
 
Instituciones familiares
Instituciones familiaresInstituciones familiares
Instituciones familiaresAngelo17469
 
Guardia y custodia
Guardia y custodiaGuardia y custodia
Guardia y custodiaParrasot
 
Convención sobre los derechos del niño
Convención sobre los derechos del niñoConvención sobre los derechos del niño
Convención sobre los derechos del niñoShimishanga Naranjo
 
La patria potestad. sesiòn 16
La patria potestad. sesiòn 16La patria potestad. sesiòn 16
La patria potestad. sesiòn 16aalcalar
 
Abandono de un menor1
Abandono de un menor1Abandono de un menor1
Abandono de un menor1Libero Digita
 
ENJ-400 Guarda y Régimen De Visitas
ENJ-400 Guarda y Régimen De VisitasENJ-400 Guarda y Régimen De Visitas
ENJ-400 Guarda y Régimen De VisitasENJ
 
Instituciones familiares
Instituciones familiaresInstituciones familiares
Instituciones familiaresfidelsaia
 
Instituciones familiares
Instituciones familiaresInstituciones familiares
Instituciones familiaresfidelsaia
 
La Guarda o Tutela en Bolivia y América.pptx
La Guarda o Tutela en Bolivia y América.pptxLa Guarda o Tutela en Bolivia y América.pptx
La Guarda o Tutela en Bolivia y América.pptxDaeronCalafalas1
 
Adopción internacional
Adopción internacionalAdopción internacional
Adopción internacionalDIEGOANTUNEZ6
 

Similar a Derecho del hijo a mantener relación con sus padres. (20)

RELACION DIRECTA Y REGULAR MARZO 2014.ppt
RELACION DIRECTA Y REGULAR MARZO 2014.pptRELACION DIRECTA Y REGULAR MARZO 2014.ppt
RELACION DIRECTA Y REGULAR MARZO 2014.ppt
 
Las instituciones familiares Lopnna_IAFJSR
Las instituciones familiares Lopnna_IAFJSRLas instituciones familiares Lopnna_IAFJSR
Las instituciones familiares Lopnna_IAFJSR
 
Adopcion
AdopcionAdopcion
Adopcion
 
ciencia
cienciaciencia
ciencia
 
Adopcion
AdopcionAdopcion
Adopcion
 
Marco teorico 2
Marco teorico 2Marco teorico 2
Marco teorico 2
 
Intituciones familiares reina gomez
Intituciones familiares reina gomezIntituciones familiares reina gomez
Intituciones familiares reina gomez
 
Instituciones familiares
Instituciones familiaresInstituciones familiares
Instituciones familiares
 
Guardia y custodia
Guardia y custodiaGuardia y custodia
Guardia y custodia
 
CóDigo Civil
CóDigo CivilCóDigo Civil
CóDigo Civil
 
LEGISLACIÓN
LEGISLACIÓNLEGISLACIÓN
LEGISLACIÓN
 
Convención sobre los derechos del niño
Convención sobre los derechos del niñoConvención sobre los derechos del niño
Convención sobre los derechos del niño
 
lopna marco civil
lopna marco civillopna marco civil
lopna marco civil
 
La patria potestad. sesiòn 16
La patria potestad. sesiòn 16La patria potestad. sesiòn 16
La patria potestad. sesiòn 16
 
Abandono de un menor1
Abandono de un menor1Abandono de un menor1
Abandono de un menor1
 
ENJ-400 Guarda y Régimen De Visitas
ENJ-400 Guarda y Régimen De VisitasENJ-400 Guarda y Régimen De Visitas
ENJ-400 Guarda y Régimen De Visitas
 
Instituciones familiares
Instituciones familiaresInstituciones familiares
Instituciones familiares
 
Instituciones familiares
Instituciones familiaresInstituciones familiares
Instituciones familiares
 
La Guarda o Tutela en Bolivia y América.pptx
La Guarda o Tutela en Bolivia y América.pptxLa Guarda o Tutela en Bolivia y América.pptx
La Guarda o Tutela en Bolivia y América.pptx
 
Adopción internacional
Adopción internacionalAdopción internacional
Adopción internacional
 

Más de Francisco J. Estrada Vásquez

Estrada 2016 Hacia un nuevo servicio de proteccion de derechos de niños y niñas
Estrada 2016 Hacia un nuevo servicio de proteccion de derechos de niños y niñasEstrada 2016 Hacia un nuevo servicio de proteccion de derechos de niños y niñas
Estrada 2016 Hacia un nuevo servicio de proteccion de derechos de niños y niñasFrancisco J. Estrada Vásquez
 
Estrada 2015 Derechos del niño en las legislaciones latinoamericanas
Estrada 2015 Derechos del niño en las legislaciones latinoamericanasEstrada 2015 Derechos del niño en las legislaciones latinoamericanas
Estrada 2015 Derechos del niño en las legislaciones latinoamericanasFrancisco J. Estrada Vásquez
 
Estrada 2015 Clase en Academia Judicial sobre Ley de Responsabilidad Penal Ad...
Estrada 2015 Clase en Academia Judicial sobre Ley de Responsabilidad Penal Ad...Estrada 2015 Clase en Academia Judicial sobre Ley de Responsabilidad Penal Ad...
Estrada 2015 Clase en Academia Judicial sobre Ley de Responsabilidad Penal Ad...Francisco J. Estrada Vásquez
 
Luis Larrain (Fundacion Iguales). Ley de Acuerdo de Unión Civil. Todos somos ...
Luis Larrain (Fundacion Iguales). Ley de Acuerdo de Unión Civil. Todos somos ...Luis Larrain (Fundacion Iguales). Ley de Acuerdo de Unión Civil. Todos somos ...
Luis Larrain (Fundacion Iguales). Ley de Acuerdo de Unión Civil. Todos somos ...Francisco J. Estrada Vásquez
 
Estrada 2015 Acuerdo de Unión Civil. Un paso adelante en el largo camino del ...
Estrada 2015 Acuerdo de Unión Civil. Un paso adelante en el largo camino del ...Estrada 2015 Acuerdo de Unión Civil. Un paso adelante en el largo camino del ...
Estrada 2015 Acuerdo de Unión Civil. Un paso adelante en el largo camino del ...Francisco J. Estrada Vásquez
 
Estrada 2015 Clase sobre Criterios para susceptibilidad de adopción
Estrada 2015 Clase sobre Criterios para susceptibilidad de adopciónEstrada 2015 Clase sobre Criterios para susceptibilidad de adopción
Estrada 2015 Clase sobre Criterios para susceptibilidad de adopciónFrancisco J. Estrada Vásquez
 
Millán, Andrea 2014. Clase sobre Consejo técnico. Curso de Postitulo U de Chile
Millán, Andrea 2014. Clase sobre Consejo técnico. Curso de Postitulo U de ChileMillán, Andrea 2014. Clase sobre Consejo técnico. Curso de Postitulo U de Chile
Millán, Andrea 2014. Clase sobre Consejo técnico. Curso de Postitulo U de ChileFrancisco J. Estrada Vásquez
 
Estrada 2014 Clase a jueces de familia sobre Criterios para la Susceptibilida...
Estrada 2014 Clase a jueces de familia sobre Criterios para la Susceptibilida...Estrada 2014 Clase a jueces de familia sobre Criterios para la Susceptibilida...
Estrada 2014 Clase a jueces de familia sobre Criterios para la Susceptibilida...Francisco J. Estrada Vásquez
 
Estrada 2014 Clase sobre Observacion General 14 sobre Interes Superior del Niño
Estrada 2014 Clase sobre Observacion General 14 sobre Interes Superior del NiñoEstrada 2014 Clase sobre Observacion General 14 sobre Interes Superior del Niño
Estrada 2014 Clase sobre Observacion General 14 sobre Interes Superior del NiñoFrancisco J. Estrada Vásquez
 
Estrada 2014 Clase sobre el nuevo derecho de la infancia
Estrada 2014 Clase sobre el nuevo derecho de la infanciaEstrada 2014 Clase sobre el nuevo derecho de la infancia
Estrada 2014 Clase sobre el nuevo derecho de la infanciaFrancisco J. Estrada Vásquez
 
Estrada 2014 Evolución de las Políticas Públicas en materia de Infancia, Fami...
Estrada 2014 Evolución de las Políticas Públicas en materia de Infancia, Fami...Estrada 2014 Evolución de las Políticas Públicas en materia de Infancia, Fami...
Estrada 2014 Evolución de las Políticas Públicas en materia de Infancia, Fami...Francisco J. Estrada Vásquez
 
Estrada 2014 El Sistema de Atención a la Niñez y Adolescencia en Chile
Estrada 2014 El Sistema de Atención a la Niñez y Adolescencia en ChileEstrada 2014 El Sistema de Atención a la Niñez y Adolescencia en Chile
Estrada 2014 El Sistema de Atención a la Niñez y Adolescencia en ChileFrancisco J. Estrada Vásquez
 
Estrada 2013 nov. Tercer Protocolo Facultativo de la Convención sobre los De...
Estrada 2013 nov. Tercer Protocolo Facultativo  de la Convención sobre los De...Estrada 2013 nov. Tercer Protocolo Facultativo  de la Convención sobre los De...
Estrada 2013 nov. Tercer Protocolo Facultativo de la Convención sobre los De...Francisco J. Estrada Vásquez
 

Más de Francisco J. Estrada Vásquez (20)

Estrada 2016 Desafíos de a ejecucion penal juvenil
Estrada 2016 Desafíos de a ejecucion penal juvenilEstrada 2016 Desafíos de a ejecucion penal juvenil
Estrada 2016 Desafíos de a ejecucion penal juvenil
 
Estrada 2016 Hacia un nuevo servicio de proteccion de derechos de niños y niñas
Estrada 2016 Hacia un nuevo servicio de proteccion de derechos de niños y niñasEstrada 2016 Hacia un nuevo servicio de proteccion de derechos de niños y niñas
Estrada 2016 Hacia un nuevo servicio de proteccion de derechos de niños y niñas
 
Estrada 2016 Exposicion en antrase
Estrada 2016 Exposicion en antraseEstrada 2016 Exposicion en antrase
Estrada 2016 Exposicion en antrase
 
Estrada 2015 Derechos del niño en las legislaciones latinoamericanas
Estrada 2015 Derechos del niño en las legislaciones latinoamericanasEstrada 2015 Derechos del niño en las legislaciones latinoamericanas
Estrada 2015 Derechos del niño en las legislaciones latinoamericanas
 
Estrada 2015 Clase
Estrada 2015 ClaseEstrada 2015 Clase
Estrada 2015 Clase
 
Estrada 2015 Clase en Academia Judicial sobre Ley de Responsabilidad Penal Ad...
Estrada 2015 Clase en Academia Judicial sobre Ley de Responsabilidad Penal Ad...Estrada 2015 Clase en Academia Judicial sobre Ley de Responsabilidad Penal Ad...
Estrada 2015 Clase en Academia Judicial sobre Ley de Responsabilidad Penal Ad...
 
Luis Larrain (Fundacion Iguales). Ley de Acuerdo de Unión Civil. Todos somos ...
Luis Larrain (Fundacion Iguales). Ley de Acuerdo de Unión Civil. Todos somos ...Luis Larrain (Fundacion Iguales). Ley de Acuerdo de Unión Civil. Todos somos ...
Luis Larrain (Fundacion Iguales). Ley de Acuerdo de Unión Civil. Todos somos ...
 
Estrada 2015 Acuerdo de Unión Civil. Un paso adelante en el largo camino del ...
Estrada 2015 Acuerdo de Unión Civil. Un paso adelante en el largo camino del ...Estrada 2015 Acuerdo de Unión Civil. Un paso adelante en el largo camino del ...
Estrada 2015 Acuerdo de Unión Civil. Un paso adelante en el largo camino del ...
 
Estrada 2015 Clase sobre Criterios para susceptibilidad de adopción
Estrada 2015 Clase sobre Criterios para susceptibilidad de adopciónEstrada 2015 Clase sobre Criterios para susceptibilidad de adopción
Estrada 2015 Clase sobre Criterios para susceptibilidad de adopción
 
Estrada 2014 Clase sobre Delitos Sexuales
Estrada 2014 Clase sobre Delitos SexualesEstrada 2014 Clase sobre Delitos Sexuales
Estrada 2014 Clase sobre Delitos Sexuales
 
Millán, Andrea 2014. Clase sobre Consejo técnico. Curso de Postitulo U de Chile
Millán, Andrea 2014. Clase sobre Consejo técnico. Curso de Postitulo U de ChileMillán, Andrea 2014. Clase sobre Consejo técnico. Curso de Postitulo U de Chile
Millán, Andrea 2014. Clase sobre Consejo técnico. Curso de Postitulo U de Chile
 
Estrada 2014 Clase a jueces de familia sobre Criterios para la Susceptibilida...
Estrada 2014 Clase a jueces de familia sobre Criterios para la Susceptibilida...Estrada 2014 Clase a jueces de familia sobre Criterios para la Susceptibilida...
Estrada 2014 Clase a jueces de familia sobre Criterios para la Susceptibilida...
 
Juarez Declaracion judicial de niños
Juarez Declaracion judicial de niñosJuarez Declaracion judicial de niños
Juarez Declaracion judicial de niños
 
Estrada 2014 Clase sobre Observacion General 14 sobre Interes Superior del Niño
Estrada 2014 Clase sobre Observacion General 14 sobre Interes Superior del NiñoEstrada 2014 Clase sobre Observacion General 14 sobre Interes Superior del Niño
Estrada 2014 Clase sobre Observacion General 14 sobre Interes Superior del Niño
 
Estrada 2014 Clase sobre el nuevo derecho de la infancia
Estrada 2014 Clase sobre el nuevo derecho de la infanciaEstrada 2014 Clase sobre el nuevo derecho de la infancia
Estrada 2014 Clase sobre el nuevo derecho de la infancia
 
Estrada 2014 Evolución de las Políticas Públicas en materia de Infancia, Fami...
Estrada 2014 Evolución de las Políticas Públicas en materia de Infancia, Fami...Estrada 2014 Evolución de las Políticas Públicas en materia de Infancia, Fami...
Estrada 2014 Evolución de las Políticas Públicas en materia de Infancia, Fami...
 
Estrada 2014 El Sistema de Atención a la Niñez y Adolescencia en Chile
Estrada 2014 El Sistema de Atención a la Niñez y Adolescencia en ChileEstrada 2014 El Sistema de Atención a la Niñez y Adolescencia en Chile
Estrada 2014 El Sistema de Atención a la Niñez y Adolescencia en Chile
 
Estrada 2014 Familia y Politicas Públicas
Estrada 2014 Familia y Politicas PúblicasEstrada 2014 Familia y Politicas Públicas
Estrada 2014 Familia y Politicas Públicas
 
Estrada 2013 nov. Tercer Protocolo Facultativo de la Convención sobre los De...
Estrada 2013 nov. Tercer Protocolo Facultativo  de la Convención sobre los De...Estrada 2013 nov. Tercer Protocolo Facultativo  de la Convención sobre los De...
Estrada 2013 nov. Tercer Protocolo Facultativo de la Convención sobre los De...
 
Estrada desistimiento 2013 jornada serpaj
Estrada desistimiento 2013 jornada serpajEstrada desistimiento 2013 jornada serpaj
Estrada desistimiento 2013 jornada serpaj
 

Derecho del hijo a mantener relación con sus padres.

  • 1. Derecho del hijo a mantener relación con sus padres. Régimen relacional (de visitas) Francisco J. Estrada Vásquez http://cursoderechodefamilia.blogspot.com/
  • 2. Régimen directo y regular Regulado en el Título IX del Libro I del Código Civil “De los derechos y obligaciones entre los padres y los hijos” Ley 16.618 de Menores
  • 3. Convención sobre los Derechos del Niño Artículo 5 Los Estados Partes respetarán las responsabilidades, los derechos y los deberes de los padres o, en su caso, de los miembros de la familia ampliada o de la comunidad, según establezca la costumbre local, de los tutores u otras personas encargadas legalmente del niño de impartirle, en consonancia con la evolución de sus facultades, dirección y orientación apropiadas para que el niño ejerza los derechos reconocidos en la presente Convención.
  • 4. Convención sobre los Derechos del Niño Artículo 7 1. El niño será inscripto inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos.
  • 5. Convención sobre los Derechos del Niño Artículo 9 1. Los Estados Partes velarán por que el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos, excepto cuando, a reserva de revisión judicial, las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal separación es necesaria en el interés superior del niño. Tal determinación puede ser necesaria en casos particulares, por ejemplo, en los casos en que el niño sea objeto de maltrato o descuido por parte de sus padres o cuando éstos viven separados y debe adoptarse una decisión acerca del lugar de residencia del niño.
  • 6. Convención sobre los Derechos del Niño Artículo 9 3. Los Estados Partes respetarán el derecho del niño que esté separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño.
  • 7. Convención sobre los Derechos del Niño Artículo 9 4. Cuando esa separación sea resultado de una medida adoptada por un Estado Parte, como la detención, el encarcelamiento, el exilio, la deportación o la muerte (incluido el fallecimiento debido a cualquier causa mientras la persona esté bajo la custodia del Estado) de uno de los padres del niño, o de ambos, o del niño, el Estado Parte proporcionará, cuando se le pida, a los padres, al niño o, si procede, a otro familiar, información básica acerca del paradero del familiar o familiares ausentes, a no ser que ello resultase perjudicial para el bienestar del niño. Los Estados Partes se cerciorarán, además, de que la presentación de tal petición no entrañe por sí misma consecuencias desfavorables para la persona o personas interesadas .
  • 8.
  • 9.
  • 10.
  • 11.
  • 12. Se entenderá que uno o ambos padres se encuentran en el caso de inhabilidad física o moral: 1.- Cuando estuvieren incapacitados mentalmente; 2.- Cuando padecieren de alcoholismo crónico; 3.- Cuando no velaren por la crianza, cuidado personal o educación del hijo;
  • 13. 4.- Cuando consintieren que el hijo se entregue en la vía o en los lugares públicos a la vagancia o a la mendicidad, ya sea en forma franca o a pretexto de profesión u oficio; 5.- Cuando hubieren sido condenados por secuestro o abandono de menores 6.- Cuando maltrataren o dieren malos ejemplos al menor de edad o cuando la permanencia de éste en el hogar constituyere un peligro para su moralidad;
  • 14. 7.- Cuando cualesquiera otras causas coloquen al menor de edad en peligro moral o material
  • 15. El padre o madre que no tenga el cuidado personal del hijo no será privado del derecho ni quedará exento del deber, que consiste en mantener con él una relación directa y regular, la que ejercerá con la frecuencia y libertad acordada con quien lo tiene a su cargo, o en su defecto, con las que el juez estime conveniente para el hijo
  • 16.
  • 17.
  • 18.
  • 19. Curador ad Litem En todos los asuntos de competencia de los juzgados de familia en que aparezcan involucrados intereses de niños, niñas, adolescentes o incapaces, el juez deberá velar porque se encuentren debidamente representados
  • 20. Curador ad Litem El juez designará a un abogado/a perteneciente a la CAJ o a cualquier institución pública o privada que se dedique a la defensa, promoción o protección de sus derechos, en los casos en que carezcan de representante legal o cuando, por motivos fundados, el juez estime que sus intereses son independientes o contradictorios con los de aquél a quien corresponda legalmente su representación