El documento define el procedimiento administrativo como la parte fundamental del derecho administrativo a través del cual las personas pueden sentirse seguras de que sus procesos serán resueltos de forma justa. Explica las características, principios y conceptos clave del procedimiento administrativo, incluyendo la iniciación, sustanciación, terminación y ejecución. Los principios incluyen la unidad, contradicción, imparcialidad y oficialidad del procedimiento.
1. Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Participante:
Mendoza Gleidys
Facilitador:
Ramírez Emily
Sección: SAIA-C
Procedimiento
Administrativo
2. Noción general del Procedimiento Administrativo.
Definición;
El procedimiento administrativo relativamente es aquella parte
fundamental del Derecho Administrativo debido a que mediante este se llevan
a cabo procesos donde las personas involucradas se sientes seguras y
confiadas de que sus procesos administrativos serán resueltos de forma
rigurosa y llevados bajo el peso de las leyes.
Características;
Tiene carácter preferencial a favor del interesado e igualmente brinda
protección al reclamante.
Es de forma gratuita debido a que lo brinda el Estado.
Sin más ni menos tiene objetivos específicos.
También cuida la forma en que el Estado debe actuar de manera que
no abuse de sus facultades.
Constituye un cause formal.
Cuenta con reglas mediante las cuales se debe actuar.
Principios del Procedimiento Administrativo.
Principio de Unidad;
El procedimiento administrativo es el único que se garantiza que va a tener
una iniciación así como un final.
3. Principio de Contradicción;
Literalmente, la resolución de todo procedimiento, tiene su enfoque en los
hechos que se encuentre así como en los fundamentos del derecho, este debe
acotarse de pruebas.
Principio de Imparcialidad;
Este principio garantiza que durante el proceso no se presentaran
favoritismos de ningún tipo.
Principio de Oficialidad;
El procedimiento debe ser impulsado de oficio en todos sus trámites. La
administración tiene la obligación y responsabilidad de dirigir el procedimiento,
ordenando que se practique todas las diligencias necesarias para dictar la
resolución. Es responsabilidad de tramitar el procedimiento a los titulares del
órgano y el personal que esté a su cargo.
Conceptos de Procedimiento de:
1. Iniciación;
Textualmente, La iniciación del procedimiento administrativo se
encuentra regulada en el art. 68 de la Ley 30/92: “los procedimientos podrán
iniciarse de oficio o a solicitud de persona interesada”.
Es decir que sin más ni menos la iniciación se produce por acción del
interesado así como también por parte de algún órgano.
2. Sustanciación;
Cabe destacar que esta es una parte importante dentro del
procedimiento, dentro del transcurso de esta se hace una respectiva revisión
de datos y se familiariza con el procedimiento.
4. 3. Terminación;
Tal y como lo dice la palabra, ya esta es la parte final del procedimiento,
es decir, donde se pone punto y final a todo el acto, se presume que toda
terminación debería ser normal y pacífica, sin embargo cuando se presentan
problemas durante la sustanciación, el ordenamiento jurídico se encarga de
llevarlo a la normalidad y lograr su terminación.
4. Ejecución;
Es la norma jurídica la que se encarga se dictar la validez de todo acto
administrativo y de tal manera, al momento de su validez plena, este causa
efectos jurídicos secundarios.