1. MEDELLÍN, JUEVES 13 DE ENERO DE 2011
acota
EDICIÓN DE 60 PÁGINAS
°partamos' No.1 .2 • 7
Registrado en el Ministerio de Gobierno por Resol. No. 000474 de junio de 1967 - Tarifa postal reducida No. 2333 de la Admón Postal Nal. - Port • Pagado
SUMARIO RESOLUCIONES DICIEMBRE 2010
NUMERO FECHA PAGINA NUMERO FECHA FLGINA
0118690 Diciembre 09 de 2010 2 0118737 Diciembre 10 de 2010 38
0118703 Diciembre 09 de 2010 6 0118911 Diciembre 13 de 2010 41
0118704 Diciembre 09 de 2010 7 0118739 Diciembre 10 de 2010 42
0118715 Diciembre 09 de 2010 9 0118740 Diciembre 10 de 2010 43
0118716 Diciembre 09 de 2010 10 0118741 Diciembre 10 de 2010 45
0118717 Diciembre 09 de 2010 11 0118742 Diciembre 10 de 2010 46
0118718 Diciembre 09 de 2010 13 0118743 Diciembre 10 de 2010 48
0118719 Diciembre 10 de 2010 16 0118744 Diciembre 10 de 2010 49
0118725 Diciembre 10 de 2010 18 0118745 Diciembre 10 de 2010 50
0118726 Diciembre 10 de 2010 19 0118746 Diciembre 10 de 2010 52
0118731 Diciembre 10 de 2010 20 0118747 Diciembre 10 de 2010 53
0118732 Diciembre 10 de 2010 23 0118748 Diciembre 10 de 2010 55
0118733 Diciembre 10 de 2010 26 0118749 Diciembre 10 de 2010 56
0118734 Diciembre 10 de 2010 29 0118750 Diciembre 10 de 2010 57
0118735 Diciembre 10 de 2010 32 0118751 Diciembre 10 de 2010 59
0118736 Diciembre 10 de 2010 36
RESOLUCIONES
Diciembre de 2010
1
GOBERNACIÓN DE ANTIOQUÍA
t
SECRETARÍA GENERAL
1C 04/T E C 1C 04/T EC
Imprenta Deptal. de Antioquía
Dr. Sergio Arroyave Maya
Director
— IQNet —
Anfloquia para todos ORDEN AL ÉRITO
( FRTI 1D( CÍVICO Y EM ESARIRL
AMOS 4 la 401
(ER1111(111
'so NI( C MARISCAL JOR C E ROBLEDO
Tau Can CATE ORO
2. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
RESOLUCIÓN NÚMERO 186
0190 DE 2010
09 DIC. 20111
POR MEDIO DE LA CUAL SE JUSTIFICA EL USO DE UNA MODALIDAD DE
SELECCIÓN DE CONTRATACIÓN
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN, en uso
de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150
de 2007, los artículos 77 y 78 del Decreto 2474 de 2008, y los Decretos Departamentales
0926 de 2008 y 787 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento de los principios de transparencia y responsabilidad que rigen la
contratación pública, el numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, prevé dentro de
las modalidades de selección, la CONTRATACIÓN DIRECTA, y el literal c de la citada
disposición prevé como especie de ésta, los contratos interadministrativos.
Que el Decreto 2474 de 2008, por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 80 de
1993 y la Ley 1150 de 2007, estableció en el Artículo 77 que "Cuando proceda el uso de
la modalidad de selección de contratación directa, la entidad así lo señalará en un acto
administrativo. (...)".
Que las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios permiten a
la Nación y sus entidades descentralizadas celebrar entre entidades públicas Contratos
Interadministrativos, con el fin de facilitar, fomentar o desarrollar alguna de las actividades
propias de las entidades públicas que les permitan alcanzar los fines esenciales y
desarrollar los principios de la función administrativa. Así mismo, en el Artículo 78 del
Decreto 2474 de 2008, se hace referencia a los Contratos Interadministrativos, indicando
que "Las entidades señaladas en el artículo 2 de la ley 80 de 1993 celebrarán
directamente contratos entre ellas, siempre que las obligaciones del mismo tengan
relación directa con el objeto de la entidad ejecutora. (...)"
Que la Dirección de Sistemas de Indicadores del Departamento Administrativo de
Planeación del Departamento de Antioquia, es una unidad proveedora de información
básica y especializada y tiene como objetivo dar cuenta de la situación del Departamento
y apoyar el proceso de la toma de decisiones y la planificación. Por esto, es necesario
para esta Dirección contar con el desarrollo tecnológico adecuado que soporte la captura,
procesamiento y manejo de la información de una manera ágil, permitiendo que la
información sea oportuna, clara, confiable y que finalmente se mejoren los tiempos de
sistematización y análisis de la misma.
5. Que a pesar de los avances realizados, aún no se tiene consolidada una base de
datos homogénea, que responda a las tecnologías informáticas y de vanguardia que le
permitan optimizar tanto los recursos de que dispone como los resultados obtenidos.
Causa de ello es que gran parte de la información que se produce y se almacena en
Planeación, reposa en archivos de Excel que están en los respectivos computadores de
cada uno de los funcionarios, dificultando en ocasiones el acceso y la disponibilidad de la
información, así como la continuidad en el manejo de las cifras, sin mencionar el riesgo en
que se incurre al no tener una base de datos institucional.
3. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
Que corresponde a la Dirección de Sistemas de Indicadores del Departamento
Administrativo de Planeación del Departamento de Antioquia, la coordinación y
concertación para la adquisición, organización y producción de la información necesaria
para apoyar la toma de decisiones, la gestión del desarrollo Departamental y la
publicación de la cifras en los diferentes temas de interés para la comunidad, y por el
hecho de no poseer una base de datos institucional con la información centralizada y
homologada origina una disparidad y demora en la producción de los datos, perdiendo
algunas veces la oportunidad de la información.
Que uno de los aspectos más importantes de este proyecto es dar un paso hacia el
desarrollo de la Estrategia de Gobierno en Línea, de conformidad con el Decreto 1151 del
14 de abril de 2008, cuyo objetivo es contribuir con la construcción de un Estado más
eficiente, más transparente y participativo, y que preste mejores servicios a los
ciudadanos y a las empresas, a través del aprovechamiento de las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones.
Que dentro del Plan de Gobierno y dentro del Plan de Desarrollo "Antioquia para
Todos — Manos a la obra" 2008 — 2011, dentro de la línea estratégica 4 Desarrollo
Territorial, se incluyó como objetivo el fortalecimiento de los sistemas de información con
tecnologías de punta, privilegiando los convenios con instituciones que tienen
competencia en el manejo y producción de información.
Que el Departamento Administrativo de Planeación tiene matriculado este proyecto
estratégico en el Banco de Programas bajo el nombre Diseño, montaje y consolidación de
un sistema integrado de información para el Departamento de Antioquia con el número
2008-05000-0080.
Que el objeto que el Departamento de Antioquia necesita contratar es «DISEÑAR,
DESARROLLAR, IMPLEMENTAR Y ALOJAR UN SISTEMA DE INFORMACION PARA
GESTIONAR LA BASE DE DATOS HISTÓRICA DE LOS INDICADORES E
INFORMACION DE LA DIRECCIÓN DE SISTEMAS DE INDICADORES DEL
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACION DEL DEPARTAMENTO DE
ANTIOQUIA, Y ENTREGAR UNA SOLUCIÓN DE ALOJAMIENTO DE LA APLICACIÓN
"SIGANTIOQUIA"».
Que EDATEL S.A. E.S.P. tiene como objeto social la organización, administración y
prestación de servicios de telecomunicaciones, tecnologías de la información, operación
de redes y todas las actividades complementarias.
Que tanto EL DEPARTAMENTO como EDATEL S.A. E.S.P. corresponden a las
entidades descritas en el artículo 2° de la Ley 80 de 1993, por lo que resulta viable la
celebración del presente Contrato Interadministrativo.
Que EDATEL S.A. E.S.P. a través del sistema de información a implementarse,
garantizará que la información del Anuario Estadístico del Departamento de Antioquia
esté en una base de datos centralizada, para consulta y procesamiento analítico en línea.
Que el Representante Legal de EDATEL S.A. E.S.P. en virtud del Certificado de
Existencia y Representación está facultado para celebrar Contratos hasta por una cuantía
de 3.5000 S.M.L.M.V. sin autorización de la Junta Directiva.
Que en el Contrato a suscribirse deben tenerse en cuenta algunas reglas tales como,
no existir régimen de solidaridad entre las personas que lo celebren, pues cada una
responderá por las obligaciones que específicamente asume en virtud del Contrato;
precisar la propiedad de todos los resultados aue se obten g an v los derechos de las
4. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
partes sobre los mismos; definir las obligaciones contractuales, especialmente de orden
laboral, que asumen cada una de las partes.
Que el valor del presente Contrato Interadministrativo para efectos fiscales equivale a
la suma de TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS
COLOMBIANOS ($345.000.000.00). Estos recursos se soportan con cargo al Certificado'
de Disponibilidad Presupuestal —CDP— N° 3500016581, rubro N° A.17.2-111-2/0-
1010/140102000/221047 y la respectiva acta de autorización por parte del CODAS de
vigencias futuras, expedidos por la Secretaría de Hacienda Departamental, dicha vigencia
con N° 6000000235 del 15 de octubre de 2010.
Que dentro de los alcances y las obligaciones que deberán asumir cada una de las
entidades suscribientes del contrato, serán las siguientes:
OBLIGACIONES DEL DEPARTAMENTO. 1. Pagar los respectivos honorarios a
EDATEL una vez presentada la respectiva factura y aprobada por el interventor. 2.
Garantizar la efectiva disponibilidad de los recursos en la forma estipulada por este
Contrato. 3. Brindar el apoyo con el personal de la Dirección de Sistemas de
Indicadores en los procesos de levantamiento de requerimientos. 4. Prestar el apoyo
administrativo y técnico necesario durante la etapa de ejecución del proyecto. 5.
Conformar con EDATEL un Comité Técnico Operacional, con el fin de dar
cumplimiento integral al objeto del presente Contrato. 6. Asistir a través de la
Directora del Departamento Administrativo de Planeación o su delegado al Comité
Técnico Operacional del Contrato, que se integra para el desarrollo del proyecto
objeto del mismo. 7. Participar en el control y seguimiento del Contrato, bajo las
orientaciones del Comité Técnico Operacional, de conformidad con el Plan Operativo
que éste determine. 8. Nombrar el personal adecuado para todas las fases del
proyecto. 9. Revisar, evaluar y aprobar cada requerimiento levantado por EDATEL.
10. Cumplir con el cronograma de actividades para cada etapa del proyecto.
OBLIGACIONES DE EDATEL: 1. Desarrollar integralmente el objeto y alcance del
presente Contrato, de conformidad con los documentos previos y la Propuesta
presentada por EDATEL —junto con el Anexo Técnico y Operativo y Acta N° 161
`Autorización uso servidores de Catastro para alojamiento de la aplicación
SIGANTIOQUIA y el desarrollo y almacenamiento de la aplicación CIFRA" elaborado
por EDATEL-, documentos aceptados por EL DEPARTAMENTO, los cuales hacen
parte integral del mismo. 2. Garantizar la estabilidad de la plataforma tecnológica
en donde se alojarán las bases de datos (SIGANTIOQUIA y CIFRA) de la Dirección
de Sistemas de Indicadores de EL DEPARTAMENTO. 3. Informar oportunamente
cualquier situación no identificada previamente en la etapa de análisis y diseño y que
surja durante la ejecución de la etapa de implementación de cada requerimiento, que
impacte los tiempos y/o los entregables definidos. 4. Velar por el cumplimiento del
Contrato. 5. Aumentar la memoria en 16 GB de RAM en el servidor de base de datos
y hasta 2 TB el almacenamiento de la plataforma tecnológica que presta los servicios
de la Oficina Virtual de Catastro. 6. Configurar correctamente los servidores y realizar
el afinamiento y administración de éstos. 7. Ajustarse a los estándares Informáticos,
plataformas existentes y/o aprobadas por la Dirección Técnica de Desarrollo
Informático de EL DEPARTAMENTO, para el desarrollo del Sistema de Información
de la Dirección de Sistemas de Indicadores de EL DEPARTAMENTO. 8. EDATEL
deberá garantizar que los recursos del Contrato correspondientes a los aportes
efectuados por EL DEPARTAMENTO, se destinen exclusivamente al objeto del
mismo. 9. Las demás obligaciones previstas en el presente contrato y en el Anexo
Técnico y Operativo que hace parte integral de éste.
5. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
El contrato tiene como plazo de ejecución DIEZ (10) meses.
Que los estudios y documentos previos a la contratación podrán ser consultados en I
Dirección de Sistemas de Indicadores del Departamento Administrativo de Planeació
ubicada en el piso 11 del Centro Administrativo Departamental.
Que de acuerdo con lo anterior, se establece la necesidad de celebrar directament
este contrato con EDATEL S.A. E.S.P.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Celebrar un Convenio Interadministrativo con EDATEL S.A. E.S.P., cuyo
objeto es «DISEÑAR, DESARROLLAR, IMPLEMENTAR Y ALOJAR UN SISTEMA DE
INFORMACION PARA GESTIONAR LA BASE DE DATOS HISTÓRICA DE LOS
INDICADORES E INFORMACION DE LA DIRECCIÓN DE SISTEMAS DE
INDICADORES DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACION DEL
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, Y ENTREGAR UNA SOLUCIÓN DE ALOJAMIENTO
DE LA APLICACIÓN "SIGANTIOQUIA"» por un valor de TRESCIENTOS CUARENTA
CINCO MILLONES DE PESOS COLOMBIANOS ($345.000.000.00).
SEGUNDO: Adoptar como modalidad de selección para el presente caso la establecida
en el numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, esto es, la Contratación Directa,
soportada en la causal señalada en el literal c), ibídem, "Contratos Interadministrativos",
en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 78 del Decreto 2474 de 2008.
TERCERO: De conformidad con el artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 9 de
Decreto 2170 de 2002, dar a conocer a las veedurías ciudadanas del presente proceso d
contratación.
CUARTO: Contra el presente acto no procede recurso alguno de conformidad con I
establecido en el Artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.
QUINTO: La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Medellín, a los
0 9 BIC. 2010
ANA CRISTIN DRENO PALACIOS
Directora Departamento Administrativo de Planeación
6. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
RESOLUCION
0118703
DE 09 DIc 2019
POR MEDIO DEL CUAL SE RECONOCE IDONEIDAD A UNA ENTIDAD.
EL SECRETARIO DE EDUCACION PARA LA CULTURA DE ANTIOQUIA, en uso de sus
atribuciones legales y,
CONSIDERANDOQUE:
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 2° del articulo 355 de la Constitución
Política de Colombia. pueden celebrarse contratos con entidades privadas sin ánimo de
lucro y de reconocida idoneidad, con el fin de impulsar programas y actividades de interés
público.
Según el artículo lo del Decreto Reglamentario 777 del 16 de mayo de 1992.
corresponde a la autoridad facultada para celebrar los respectivos contratos, evaluar la
idoneidad de la entidad contratista.
LA FUNDACIÓN SOCIAL DE UNIBAN "FUNDAUNIBAN", con NIT 800.014.656-4, es
una entidad sin ánimo de lucro, con personería jurídica reconocida por la Gobernación de
Antioquia mediante Resolución 5275 del 31 de mayo de 1999. Asi mismo, mediante
reforma estatutaria aprobada por la Gobernación de Antioquía mediante Resolución 7483
del 27 de septiembre de 2001, se fijó como domicilio la ciudad de Medellín.
La Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia y LA FUNDACIÓN SOCIAL
DE UNIBAN "FUNDAUNIBAN", aunaran esfuerzos para desarrollar procesos de
innovación educativa bajo tecnologías de punta con niños y niñas de transición a quinto,
en dos Establecimientos Educativos del Municipio de Carepa, mediante la utilización de
laptops como herramienta para potenciar capacidades, conocimiento y conectividad con el
mundo.
LA FUNDACIÓN SOCIAL DE UNIBAN "FUNDAUNIBAN", cuenta con la experiencia,
infraestructura física, técnica, administrativa y financiera, lo que la hace idónea para
celebrar convenio de asociación con la Secretaría de Educación para la Cultura de
Antioquia.
La propuesta a desarrollar conjuntamente con LA FUNDACIÓN SOCIAL DE UNIBAN
"FUNDAUNIBAN", está incluida en el Plan de Desarrollo 2008-2011 "Antioquia para
todos, Manos a la obra"; Reto 2: Gestión y Aseguramiento de la Calidad; Programa 02:
Evaluación para el mejoramiento; Producto: Análisis, seguimiento y usos de la evaluación
educativa, institucional, docente, de directivos docentes y estudiantil.
En consecuencia,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Calificar como de reconocida idoneidad a la entidad sin ánimo de
lucro denominada LA FUNDACIÓN SOCIAL DE UNIBAN "FUNDAUNIBAN", con NIT
7. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
-IRTICULO SUSIMIUU: El presente acto rige a partir de la fecha de su expedición
_lado en Medellín a los
9 9 DIC. Mn!.I
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
HUM VILLA.
Secretario ra la Cultura
RESOLUCIÓN NÚMERO 0 1 1 8 7 O 4
( o g DIC. 2010
POR MEDIO DE LA CUAL SE JUSTIFICA EL USO DE UNA MODALIDAD DE
SELECCIÓN DE CONTRATACIÓN
EL GERENTE DE COMUNICACIONES, en uso de sus facultades legales, en especial las
conferidas por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 2474 del 7 de Julio de
2008, Artículos 77 y 78, y los Decretos Departamentales, 1016 y 2794 de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento de los principios de transparencia y responsabilidad que rigen la
contratación pública, la Ley 1150 de 2007, artículo 2, numeral 4, prevé dentro de las
modalidades de selección, la CONTRATACIÓN DIRECTA.
Que el Decreto 2474 de 2008, por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 80 de
1993 y la Ley 1150 de 2007, estableció en el Artículo 77 que "Cuando proceda el uso de
la modalidad de selección de contratación directa, la entidad así lo señalará en un acto
administrativo".
Que en el Estudio Previo de Conveniencia y Oportunidad, la entidad definió la
necesidad de contratar con RUBEN SUAREZ BUSTAMANTE, el servicio de información a
la comunidad Antioqueña sobre el estado del Gobierno de Antioquia a través del periódico
EL PORTON.
Que la anterior necesidad se encuentra sustentada, en el marco de la Línea Estratégica
5 del Plan de Desarrollo de Antioquia, correspondiente al Programa de Buen Gobierno,
cuyo propósito es la concertación y el posicionamiento de sentidos comunes, la
construcción de lo público y el desarrollo de procesos que permitan y motiven la
participación de los servidores públicos y de los ciudadanos, desde sus propios espacios
8. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
de actuación, en la ejecución del Plan de Desarrollo Departamental.
La información en la Gobernación de Antioquia es un bien público indispensable para
conocer los procesos de la Administración, para la realización del trabajo, para la toma
acertada de decisiones y la satisfacción del deber ciudadano de estar suficientemente
bien informado.
Que el valor del Contrato es la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS DOS MIL
NOVECIENTOS PESOS ($2.502.900), con cargo al Certificado de Disponibilidad
Presupuestal No 3500017212 del 03 de diciembre de 2010 por el valor de $2.502.900,,
con cargo al rubro A.17.2/1111/0-1010/150302000/221005 denominado Comunicación'
pública para el Departamento de Antioquia.
Que las obligaciones que deberá asumir RUBEN SUAREZ BUSTAMANTE serán la
siguientes:
Publicar un aviso de 1/2 pagina en la revista El Portón.
Velar por la ejecución satisfactoria del objeto contractual a efecto de que est
sea realizado en forma clara y con la nitidez suficiente.
Las demás consignadas en su oferta
Que el plazo del contrato será a partir del acta de inicio y hasta el 31 de diciembre de
2010, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.
Que los estudios y documentos previos a la contratación podrán ser consultados en I
Oficina 1208 de la Gerencia de Comunicaciones, ubicada en el piso 12 del Centr.
Administrativo Departamental "José María Córdova".
9. Que de acuerdo con lo anterior, se establece la necesidad de contratar directament
con RUBEN SUAREZ BUSTAMANTE.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Contratar directamente con RUBEN SUAREZ BUSTAMANTE información a I
comunidad Antioqueña sobre el estado del Gobierno de Antioquia a través del periódic
EL PORTON. El Contrato tendrá un valor de DOS MILLONES QUINIENTOS DOS MI
NOVECIENTOS PESOS ($2.502.900).
SEGUNDO: Adoptar como modalidad de selección para el presente caso, la definida en
artículo 2°, numeral 4°, literal h) de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con el Decret
N° 2474 de 2008, en la que procede la contratación directa para la prestación de servicio
profesionales con personas naturales y jurídicas que estén en capacidad de ejecutar
objeto del contrato y que haya demostrado la idoneidad y experiencia directament
relacionada con el área de que se trate, como lo es en el caso presente.
TERCERO: Contra el presente acto no procede recurso alguno de conformidad con I
establecido en el Artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.
CUARTO: La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición.
9. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Medellín, a los nueve (9) días del mes de diciembre de 2010.
JUAN FERNA DO • RTIZ ARANGO
Gerente d Co unicaciones
-
RESOLUCION No. 0118715
POR MEDIO DE LA CUAL SPIR11900 UNOS INTERESES DE MORA
El Secretario de Productividad y Competitividad, y Director Ejecutivo del Fondo Departamenel
al
para la Promoción de Proyectos Productivos, en ejercicio de sus funciones, y en uso de s s
atribuciones que le confiere la ordenanza N 01 de Marzo 23 de 2.005 y su Decr o
reglamentario N°1090 del 21 de julio de 2.005, y el Acuerdo N° 001 de 2000, Articulo 59.
CONSIDERANDO
1 Que el Secretario de Productividad y Competitividad, y Director Ejecutivo del Fo o
Departamental de Proyectos Productivos está debidamente facultado para condonar OS
intereses causados, según la normatividad legal vigente.
2 Que el Director Ejecutivo del Fondo, determino condonar los intereses de m • a
equivalente al 100%., a la señora Rita Sulay Valencia Londoño. Previa la cancelac n
del capital adeudado y los intereses corrientes debidos a la fecha.
3 Que la señora Valencia Londoño, canceló el capital y los intereses corrientes,
cuales ascienden a la suma de veinticinco millones ochenta y seis mil quinientos pe -e
M/L($25.086.000.00)
4 Que entre los meses de Febrero y Octubre de 2010, la señora Valencia Londo o,
canceló la suma que se precisa en el numeral 3° de la presente Resolución
5 Que una vez llenos los requisitos exigidos se procede a la condonación de los intere
de mora que ascienden a la suma de cincuenta y seis millones seiscientos novent Y
nueve mil quinientos noventa y un pesos M/L ($56.699.591.00), esta condonación
por una sola y única vez.
RESUELVE
Articulo Primero: Condonar los intereses de mora del crédito # 245 equivalentes a la suma le
cincuenta y seis millones seiscientos noventa y nueve mil quinientos noventa y un pesos M L
($56.699.591.00), a la señora Rita Sulay Valencia Londoño.
Articulo Segundo La presente resolución rige a partir de la fecha
10. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en llín a los,
O 9 DIC. 2010
LIA O VALDERRAMA ESPINOSA ci
Itecretario d Productividad y competitividad Y
Director Ejecutivo del Fondo
RESOLUCION No. 0 118 716
O 9 0/C. 2010
POR MEDIO DE LA CUAL SE CONDONAN UNOS INTERESES DE MORA
El Secretario de Productividad y Competitividad, y Director Ejecutivo del Fondo Departament , I
para la Promoción de Proyectos Productivos, en ejercicio de sus funciones, y en uso de s s
atribuciones que le confiere la ordenanza N 01 de Marzo 23 de 2.005 y su Decre
reglamentario N°1090 del 21 de julio de 2.005, y el Acuerdo N° 001 de 2000, Articulo 59.
CONSIDERANDO
1 Que el Secretario de Productividad y Competitividad, y Director Ejecutivo del Fon o
Departamental de Proyectos Productivos está debidamente facultado para condonar I
intereses causados, según la normatividad legal vigente.
2 Que el Director Ejecutivo del Fondo, determino condonar los intereses de mo a
equivalente al 100%., a la Cooperativa Agrícola Latifundio "FINCALATI". Previa a
cancelación del capital adeudado y los intereses corrientes debidos a la fecha.
3 Que la Cooperativa , canceló el capital y los intereses corrientes, los cuales asciend
a la suma de cuarenta y cuatro millones quinientos mil quinientos pesos
M/L($44.500.000.00)
4 Que entre los meses de Marzo y Agosto de 2010, la Cooperativa, canceló la suma q
se precisa en el numeral 3° de la presente Resolución
5 Que una vez llenos los requisitos exigidos se procede a la condonación de los interes
de mora que ascienden a la suma de veintiún millones novecientos setenta y dos
ochocientos ochenta y nueve pesos M/L ($21.972.889.00), esta condonación es p
una sola y única vez.
RESUELVE
Articulo Primero: Condonar los intereses de mora del crédito # 719 equivalentes a la suma dg
veintiún millones novecientos setenta y dos mil ochocientos ochenta y nueve pesos MILJ
($21.972.889.00), a la Cooperativa Agrícola Latifundio "FINCALATI".
Articulo Segundo La presente resolución rige a partir de la fecha
11. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
Dado e•ellín a los,
9 DIC 2,010
IL NO VALDERRAMA ESPINOSA
ecretario •e Productividad y competitividad
Director Ejecutivo del Fondo
RESOLUCIÓN NÚMERO 0 1 1 8 71 7 DE 2010
0 9 DIC. 2010
"Por medio de la cual se causan novedades en la Planta global de Cargos y en el Manual Especifico
de Funciones y de Competencias Laborales de la Administración Departamental"
LA SECRETARIA • DE GESTIÓN HUMANA Y DESARROLLO
ORGANIZACIONAL, en ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 3°
del Decreto Departamental 2576 del 14 de octubre de 2008 y el Artículo 5° del
Decreto Departamental 2579 del 14 de octubre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Mediante el artículo 3° del Decreto Departamental 2576 del 14 dé octubre de
2008, se delega en el Secretario de Gestión Humana y Desarrollo
Organizacional, la competencia para asignar a las diferentes dependencias los
cargos de la planta global y efectuar los movimientos internos de todos los
organismos, de acuerdo con los planes, programas y proyectos que desarrolle
cada una de las dependencias que conforman la Administración
Departamental Orden Central.
El artículo 5° del Decreto Departamental 2579 del 14 de octubre de 2008,
faculta a la Secretaría de Gestión Humana y Desarrollo Organizacional, para
actualizar, modificar o adicionar el Manual Específico de Funciones y
Competencias Laborales.
El Decreto Ley 785 de 2005, establece los criterios y la obligatoriedad para
definir e incorporar en los manuales específicos de funciones y de requisitos
las competencias laborales mínimas, para los diferentes empleos públicos de
las entidades del orden territorial.
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 2539 de julio 22 de 2005, "Por el cual
se establecen las competencias laborales generales para los empleos
públicos de los distintos niveles jerárquicos de las entidades a las cuales se
aplican los decretos ley 770 y 785 de 2005".
E. Mediante Decreto Departamental 0471 del 21 de febrero de 2006, se asimila
la nomenclatura, clasificación y códigos de empleos, acorde con el Decreto-
12. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
Ley 785 del 17 de marzo de 2005, reglamentario de la Ley 909 del 23 d
septiembre de 2004.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Trasladar en la planta global de cargos de la Administració
Departamental, a la señora Vilma Estella Tabares Rua, identificada con cédula d
ciudadanía número 43.669.192, Auxiliar Administrativo, código 407 grado 03, de
grupo de trabajo del Despacho de Planeación Departamental, para el grupo d
trabajo del Despacho del Secretario de la Secretaría de Hacienda, cargo Auxilia
Administrativo, código 407 grado 03, ID 961 y actualizar el manual específico d
funciones y competencias laborales, así:
I. IDENTIFICACION
Nivel: Central
Denominación del Empleo: AUXILIAR ADMINISTRATIVO
Código: 407
Grado: 03
No de Cargos: Uno (1)
Dependencia: Cargo del Jefe inmediato:
407 3
SECRETARÍA DE HACIENDA
DESPACHO DEL SECRETARIO (1)
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Apoyar y Complementar las tareas propias de los niveles superiores, ejecutand
actividades o tareas de simple ejecución.
III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
Efectuar los trámites oficiales dentro o fuera de la dependencia que le sea
encomendados.
Movilizar ordenadamente los documentos y demás elementos que se le indiquen,
teniendo en cuenta los controles de correspondencia que se adopten.
3. Apoyar al personal de la dependencia en la elaboración y presentación de informes.
Colaborar en la verificación y control de información en las diferentes dependencias de
la secretaria como apoyo a los procesos que allí se adelanten.
Recolectar, organizar y clasificar la información que se le sea asignada
Clasificar y distribuir la documentación que se genere en los diferentes procesos que
desarrolla la Secretaria de Hacienda.
Custodiar la información asignada para su conservación, de acuerdo con normas y
estándares establecidos en la Secretaria.
8. Atender las diferentes consultas que realicen los funcionarios, entidades del orden
Departamental, Nacional y el público en general.
13. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
Realizar préstamos de la documentación, utilizando las tarjetas de control, y velar por s
pronta devolución.
Guardar absoluta reserva sobre todos los documentos que se reciban y se generen e
la Secretaria.
Contribuir al Mantenimiento y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestió
a través de la participación activa en todas sus actividades, estrategias y programa
definidos por la Dirección de Desarrollo Organizacional.
Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel
la naturaleza y el área de desempeño del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
Los planes, programas y proyectos institucionales presentados están de acuerdo con la
políticas y normas vigentes en la materia.
La participación activa en las actividades programadas en el Sistema Integrado d
Gestión, permiten su mantenimiento y mejoramiento continuo.
CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
Plan de Desarrollo.
Manejo de procesador de palabras y hoja de cálculo.
Sistema Integrado de Gestión.
REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS: Diploma de bachiller en cualquier modalidad.
EXPERIENCIA: Nueve (9) meses de experiencia relacionada.
ARTÍCULO 2°- De la presente Resolución, se enviará copia a la Dirección de
Desarrollo Organizacional y a la Dirección de Personal de la Secretaría de Gestión
Humana y Desarrollo Organizacional.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Medellín, a los 09 DIC. 7010
ANA RÍA RUIZ ZAPATA
Secretaria de Gestió Humana y Desarrollo Organizacional
0118718
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2010
09 DIC. 910
14. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
POR MEDIO DE LA CUAL SE JUSTIFICA EL USO DE UNA MODALIDAD DE
SELECCIÓN DE CONTRATACIÓN
LA SECRETARIA GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, en
ejercicio de las facultades, conferidas por la Resolución No. 0117916 de 2010, por
los Decretos Departamentales 926 de abril 08 de 2008 y 1016 de abril 14 de
2008, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política, señala que la función
administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con
fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía,
celeridad, imparcialidad y publicidad.
Que el Decreto 2474 de 2008, reglamentario de la Ley 1150 de 2007,
estableció en el artículo 77 que "Cuando proceda el uso de la modalidad de
selección de contratación directa, la entidad así lo señalará en un acto
administrativo".
Que el artículo 2, numeral 4, literal c) de la Ley 1150 de 2007, en
concordancia con el artículo 81 del Decreto 2474 de 2008, establecen como
causal de contratación directa la suscripción de contratos
interadministrativos siempre que las obligaciones derivadas de los mismos
tengan relación directa con el objeto de la entidad ejecutora señalado en la
ley o en sus reglamentos.
Que de conformidad con lo señalado en los estudios y documentos previos
elaborados para el efecto, el Departamento de Antioquia requiere contratar
la Prestación de Servicio de Admisión curso, entrega y devolución de
correspondencia urbana, nacional e internacional y servicios postales
complementarios para la Gobernación de Antioquia.
Que Servicios Postales Nacionales - S.A, es una empresa Industrial y
Comercial del Estado adscrita al Ministerio de la Tecnología de la
información y las telecomunicaciones, cuyo objeto según sus estatutos
consiste en la prestación de servicios postales que comprenden la
prestación del servicio de correo nacional e internacional, el servicio de
mensajería especializada y los servicios postales de pago.
Que las condiciones que se le exigirán a la entidad ejecutora serán las
siguientes: 1. Prestar el servicio contratado con la debida diligencia y
prontitud de acuerdo con la matriz de categoría de tiempos y destinos en la
propuesta presentada. 2. Devolver debidamente revisada y firmada la
primera copia de la planilla de imposición de los envíos, además por
pérdida de un envío certificado, asegurado o Postexpress, EL
CONTRATISTA pagara el valor que corresponda, de conformidad con la
escala vig ente para tal efecto, previa la investigación correspondiente y
15. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
aprobación mediante Resolución. 3. Devolver debidamente revisaaa,
firmada y sellada la primera copia de la planilla de imposición de los envíos;
no se recibe fotocopia. 4. Presentar mensualmente la facturación
correspondiente por el valor de los portes, de acuerdo con las planillas de
imposición. 5. Impartir instrucciones y orientar a los funcionarios de EL
DEPARTAMENTO sobre la forma de cumplir los procedimientos postales,
en cuanto tiene que ver con acondicionamiento (embalaje), dimensiones,
rotulación del destinatario y remitente, limite de peso y prohibiciones. 6.
Aplicar los portes de franqueo de acuerdo con las tarifas vigentes,
aprobadas por la juta Directiva de Servicios Postales Nacionales S.A. 7.
Anexar a la facturación por los servicios prestados a las dependencias de
EL DEPARTAMENTO, una relación detallada discriminando por
Organismo, según la estructura administrativa de EL DEPARTAMENTO,
los diferentes envíos y su valor correspondiente, para efectos de poder
establecer el control administrativo sobre la ejecución del contrato. 8.
Garantizar la confidencialidad y privacidad de la información que por razón
del presente contrato deben manejar 9. Obrar con lealtad y buena fe en el
desarrollo del contrato, evitando dilataciones innecesarias 10. Desplazar a
las instalaciones de EL DEPARTAMENTO, el funcionario o funcionarios
necesarios e indispensables con el fin de recibir y portear debidamente
todos los envíos, tanto oficiales como del usuario externo, aclarando que
este ultimo pagara inmediatamente dicho servicio, directamente al
funcionario de EL CONTRATISTA. PARAGRAFO. Los servicios objeto del
presente Contrato serán prestados por EL CONTRATISTA, en los horarios
normales fijados por EL DEPARTAMENTO para sus empleados, es decir
entre las 7:30 A.M.,. Y las 12:00 M, y entre la 1:15 P.M. y las 5:35 P.M. de
lunes a viernes.
Que el valor del contrato se estima en la suma de TRESCIENTOS
SESENTA MILLONES DE PESOS MC ($360.000.000), con cargo a al
certificado de disponibilidad presupuestal 3700005952
de Noviembre 11 de 2010, por un valor de $55.000.000 rubro presupuestal
1.2.90/1122/0-1010 Fondos Comunes otros gastos generales y un
certificado de vigencia futura para el año 2011 No 6000000435, rubro
1.2.90/1122/0.1010 otros gastos generales, por un valor de $305.000.000.
Que de acuerdo con lo expuesto, se establece la necesidad de celebrar un
contrato interadministrativo con Servicios Postales Nacionales S.A., por un
valor de TRESCIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS
($360.000.000,00) y un plazo de ejecución de doce (12) meses contados a
partir de la suscripción del acta de inicio.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Suscribir con Servidos Postales Nacionales S.A., empresa
industrial y comercial del estado, adscrita al ministerio de tecnologías de la
información y comunicaciones, un contrato interadministrativo cuyo objeto consiste
en: la Prestación de Servicio de Admisión curso, entrega y devolución de
correspondencia urbana, nacional e internacional y servicios postales
complementarios para la Gobernación de Antioquia, por un valor de Trescientos
16. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
Sesenta Millones de Pesos ($360.000.000) y un plazo de ejecución de ejecución
de doce (12) meses, contados a partir de la suscripción del acta de inicio.
ARTÍCULO SEGUNDO: Publicar la presente Resolución en el Sistema Electrónico
para la Contratación Pública —SECOP- a través del Portal Único de Contratación.}
ARTÍCULO TERCERO: Contra el presente acto administrativo no procede ningún
recurso.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Medellín, a los
0 9 DIC. 2010
BEATRI EL MOLINA
Secr na General
RESOLUCION No () 1 1 8 71 9
10 DIC. 2010
Por medio de la cual se aprueba una (1) plaza de Servicio Social Obligatorio er,
Medicina en la E.S.E.Hospital San Bartolomé del Municipio de Murindó.
El SECRETARIO SECCIONAL DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL DE
ANTIOQUIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas,
por las Leyes 1164 de 2007 y 715 de 2001, las Resoluciones 1058 del 23 de Marzc
y 2595 del 8 de julio de 2010.
CONSIDERANDO
Que el artículo 33 de la ley 1164 del 3 de octubre de 2007, creó el Servicio Social'
Obligatorio para los egresados de los programas de Educación Superior de
Medicina, Odontología, Enfermería y Bacteriología.
Que la E.S.E. Hospital San Bartolomé del Municipio de Murindó presentó Estudio
Técnico de modificación de la planta de cargos para la apertura de una (1) plaza
de Servicio Social Obligatorio en la modalidad de prestación de servicios
profesionales en E.S.E. habilitada para prestar servicios de. salud a la población
deprimida urbana o rural.
17. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
Que la Resolución 1058 del 23 de marzo de 2010, expedida por el Ministerio d
la Protección Social, en su artículo 9 delegó la aprobación de plazas para e
cumplimiento del Servicio Social Obligatorio en las Direcciones Departamentale
y Distritales de Salud.
Que la E.S.E. Hospital San Bartolomé del Municipio de Murindó, cumple con lo
requisitos legales, técnicos y administrativos para la aprobación de una (1) plaz
de Servicio Social Obligatorio, en la modalidad de prestación de servicio
profesionales en E.S.E habilitada para prestar servicios de salud a la població
deprimida urbana o rural.
Que la E.S:E. Hospital San Bartolomé del Municipio de Murindó, certific
disponibilidad presupuestal para atender las obligaciones contraídas con I
creación de una (1) plaza para médico en servicio social obligatorio en I
modalidad de prestación de servicios profesionales en E.S.E. habilitada par
prestar servicios de salud a la población deprimida urbana o rural.
Que la Dirección Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia consider
pertinente la aprobación de una plaza para servicio social obligatorio en I
modalidad de prestación de servicios profesionales en E.S.E. habilitada par
prestar servicios de salud a la población deprimida urbana o rural en la. E.S.E.
Hospital San Bartolomé del Municipio de Murindó- Antioquia.
En mérito de lo antes expuesto, este Despacho.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar una (1) plaza de Servicio Social Obligatorio en
Medicina, bajo la modalidad de prestación de servicios profesionales en E.S.E.
habilitad para prestar servicios de salud a la población deprimida urbana o rural en la
E.S.E. Hospital San Bartolomé del Municipio de Murindó — Antioquia y la cual se
identificara así: 002M/2010- 004 A
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar personalmente el contenido del presente acto
administrativo al doctor WALTER GONZALEZ POLO Gerente de la E.S.E. Hospital
San Bartolomé del Municipio de Murindó o a quien haga sus veces, informándole que
contra el presente acto procede el recurso de reposición y el de apelación ante el
Secretario Seccional de Salud y Protección Social y el Señor Gobernador de
Antioquia respectivamente, los cuales deberá interponer por escrito en el momento
de la diligencia de notificación dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a ella,
previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Código Contencioso
Administrativo.
ARTÍCULO TERCERO: La Dirección Seccional de Salud y Protección Social de
Antioquia, podrá revocar la aprobación de la plaza aprobada en el artículo primero
de la presente resolución, cuando se incumpla cualquiera de las condiciones o
requisitos previstos para su otorgamiento.
18. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de S,.1
expedición.
COMUNÍQUESE y CÚMPLASE
Dada en Medellín, a los 1 0 Oi p
CARLOS MARIO RIVERA ESCOBAR
Secretario Seccional de Salud y Protección Social de Antioquiar
6 118725
RESOLUCIÓN NuMER DE 2010
10 DIC. 2010
POR MEDIO DE LA CUAL SE EFECTÚA UNA DELEGACIÓN
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, en uso de sus facultades
legales, en especial las conferidas por las Leyes 80 de 1993, 489 de 1998, 1150 de
2007 y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 209 de la Constitución Política señala que la función
administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con
fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía,
celeridad, imparcialidad y publicidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 9 de la Ley 489 de 1998 —
mediante la cual se determina la estructura y se definen los principios y reglas
básicas de la organización y funcionamiento de la Administración Pública- las
autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación transferir el
ejercicio de funciones a sus colaboradores.
3. Que, igualmente el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 21
de la Ley 1150 de 2007, establece que los representantes legales de las
entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para
celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones o concursos en
los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo, o ejecutivo o
en sus equivalentes.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Delegar en el Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, la
competencia para celebrar el convenio cuyo objeto es: "Dotar los apiarios y el centro
de acopio con sus respectivos equipos e insumos para fortalecer la producción de la
19. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
miel y cera de abejas de los integrantes de la Cooperativa COAPIGUA en los
municipios de Necoclí y Turbo, de conformidad con el Plan de Desarrollo
Departamental, cronograma de actividades y plan de inversiones, los cuales hacen
parte integrante del presente convenio.
PARÁGRAFO: La presente delegación incluye la competencia para la realización de
las actividades inherentes al trámite de los convenios, incluidas las modificaciones, ya
sean adiciones o prórrogas al mismo y la expedición de los actos administrativos
necesarios en las etapas contractual, de ejecución y liquidación de los convenios,
incluyendo la suscripción del acta de terminación y liquidación.
ARTÍCULO SEGUNDO: Ésta Resolución rige a partir de la fecha de su expedición
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
f¿cria, 4
LUIS ALFREDO RAMOS BOTERO
Gobernador
Departamento de Antioquiap
"-71stnzw:--•
0118726
RESOLUCIÓN NÚMERO No
1 0 DIC. 2010
POR MEDIO DE LA CUAL SE JUSTIFICA EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DIRECTA PARA LA
CELEBRACION DE UN COVENIO INTERADMINISTRATIVO
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA en
uso de sus facultades Constitucionales y Legales y en especial las conferidas por las Leyes 80 de 1993, 11 de
2007 y los Artículos 77 y 78 del Decreto Nacional N° 2474 de Julio 7 de 2008, por los Decretos Departamen les
N° 926 del 8 de abril de 2008 y 1016 del 14 de abril de 2008, el 1281 de mayo 14 de 2008
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento de los principios de transparencia y responsabilidad que rigen la Contratación Públi a, la
Ley 1150 de 2007, artículo 2, numeral 4, literal c), prevé los Convenios Interadministrativo como una d las
modalidades de Contratación Directa.
Que el Decreto 2474 de 2008, por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 80 de 1993 y la Ley 11 de
2007, estableció en el Articulo 77 que "Cuando proceda el uso de la modalidad de selección de Contrat. ción
Directa, la entidad así lo señalará en un Acto Administrativo".
3. Que en el Artículo 78 del Decreto 2474 de 2008, se hace referencia a los Convenios Interadministra ivos,
indicando que "Las entidades señaladas en el artículo 2 de la Ley 80 de 1993 celebrarán directamente conv nios
entre ellas, siempre que las obligaciones del mismo tengan relación directa con el objeto de la en idad
ejecutora..."
4 .Que en los Estudios y Documentos Previos, el Departamento definió la necesidad de celebrar un Con enio
Interadministrativo con el Municipio de SAN CARLOS, cuyo objeto es "Apoyar la renovación de 50 hectáre s de
caña de azúcar (Saccharum officinarum L.) para la producción de panela en el Municipio de SAN GALOS". Que
para la celebración del presente convenio se cuenta con los siguientes recursos . El Departamento de Antio. la –
Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, la suma de OCHENTA Y NUEVE MILLONES DE PESOS M-L
— $89'000.000 el Munici p io de SAN CARLOS, la suma de CUARENTA Y OCHO MILLONES CU TROCIE TOS
20. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
VEINTE MIL PESOS MIL ($48'420.0000), así: TREINTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTdS VEINT MIL
PESOS M/L (38'420.000) en efectivo y DIEZ MILLONES DE PESOS M/L ($10'000.000) en Bienes y Servicics y la
Comunidad, la suma de OCHENTA Y DOS MILLONES DE PESOS M-L ($82'000.000), así. DIEZ MILLONES DE
PESOS M/L ($10'000.000) en efectivo y SETENTA Y DOS MILLONES DE PESOS M/L ($72'000.000) en bienes
y servicios, para lo cual se exigirá al Municipio las siguientes condiciones:
Disponibilidad Presupuestal del Municipio
Certificado de la Comunidad
Otorgamiento de Garantías.
En el momento de autorizar los pagos al Municipio este acreditará al Interventor estar al día con e pago
de la seguridad social integral y parafiscal.
5. Que se ha elaborado los pertinentes análisis de Estudios y Documentos- Previos, dada la modalidad de la
selección de Contratación Directa Proyecto Especifico que se encuentra matriculado en el Banco de Pro ectos
del Departamento Administrativo de Planeación, mediante el No. 2010-050000179. y articulado al Proyecto Bolsa
No. .2010-050000571, estudios que se encuentran a disposición de quien esté interesado en consultarlos con los
documentos que hacen parte del CONVENIO en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, Quintc Piso,
Oficina 501, del Centro Administrativo Departamental.
En merito de lo expuesto, este Despacho.
RESUELVÉ:
ARTÍCULO ÚNICO: Ordenar la celebración de un Convenio Interadministrativo por la modalidad de Contri tación
Directa con el Municipio de SAN CARLOS. cuyo objeto consistirá en "Apoyar la renovación de 50 hectáreas d caña
de azúcar (Saccharum officinarum L.) para la producción de panela en el Municipio de SAN GALOS". Valor t c tal del
contrato DOSCIENTOS DIECINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL PESOS M-L ($219'420.0( 0).
CÚMPL4
EDGA LA CANO
Secretario de Agn ltur y Desarrollo Rural
Dora L.2010; L!O
RESOLUCION N° 0 1 1 8 7 31
( )
10 OIC. 2010
POR MEDIO DE LA CUAL SE ADJUDICA LA SELECCIÓN ABREVIADA DE MENO t;
CUANTIA S.A. -20-111-2010
LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA FISICA, en ejercicio de sus facul des
constitucionales y legales en especial las que le confiere la Resolución 0114107 del O de
noviembre de 2010, de conformidad con la ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el de reto
2474 de 2008, demás normas reglamentarias y,
CONSIDERANDO
A. Que mediante Resolución 0115450 del 17 de noviembre de 2010, se orden la
apertura de la Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-111-2010, cuyo o l jeto
es: MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LA VIA SAN PEDRO DE
URABA- EL TAMBITO- SUBREGIÓN URABA —DEPARTAMENTO DE ANTIOQUI
21. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
Que conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 2474 de 2008, se izo a
través de la pagina Web de la Gobernación de Antioquía, invitación públic a la
Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-111-2010, cuyo objete es:
MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LA VIA SAN PEDRO DE U BA-
EL TAMBITO- SUBREGIÓN URABA — DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.
Que el Presupuesto Oficial establecido para esta contratación se fijó en la su a de
cuatrocientos setenta millones setecientos ochenta y ocho mil novecientos nov: nta y
nueve pesos mil. ($ 470.788.999)
Que entre el 17 y 19 de noviembre de de 2010 a las 11:30 a.m., periodo para cibir
manifestaciones de interés en participar se postularon 39 personas, tal y como sta
en acta de inscripción suscrita por los interesados.
Que el 19 de noviembre de 2010 a las 3:00 p.m., en la oficina 902 de la Secreta la de
Infraestructura Física, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 20.'5 de
2009, se realizo el sorteo de de consolidación de oferentes; el cual dio como res Itado
la habilitación de las siguientes personas:
Consorcio Construyendo Ingeniería.
Consorcio Ingeniería Colombiana.
Camilo Duque.
Elesco Ltda.
Chamat Ingenieros Ltda.
U.T Aicardo Vélez — Corpalmitas
Consorcio Uraba Antioqueño.
Consorcio Uraba 2010
Consorcio Uraba Siglo XXI
Consorcio Vial Uraba.
Que el 22 de noviembre de 2010, en el lugar y hora indicados en el cronogra a del
proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, se llevaron a cabo las Audi: ncias
de Aclaraciones y Estimación, Tipificación y Asignación de Riesgos.
Que el día 25 de Noviembre de 2010, fecha de cierre de la contratación se reci ieron
las siguientes propuestas:
1 CONSORCIO URABÁ SIGLO XXI
2 CHAMAT INGENIEROS
3 CONSORCIO URABÁ ANTIOQUEÑO
4 CAMILO E. DUQUE FRANCO
Que para realizar la evaluación de las propuestas, era necesario hacer los es dios
jurídicos, técnicos y financieros, consagrados en los pliegos de condiciones.
Que una vez cotejados los documentos soporte de las propuestas a la luz e la
prescripción del pliego de condiciones con la finalidad de obtener la propuest más
favorable, se tiene que la propuesta presentada por el CONSORCIO URABA GLO
XXI, no cumple, con el requisito habilitante de presentar con su ofrecimiento la óliza
de seriedad de oferta, incurriendo en la causal de rechazo establecida en el nu eral
5.2 del lee o de condiciones ue indica:
22. ANTIOQU1A - GACETA DEPARTAMENTAL
- Cuando no se presente la garantía de seriedad n3quenda de forma simultánea cón la ate a, de
conformidad con lo dispuesto en el articulo 1 del Decreto 2493 de 2009".
Que el proponente CAMILO E. DUQUE FRANCO, modifico el formulario "Valor c e la
Propuesta", en su ítem Obras Complementarias, incurriendo en la causal de rec azo
establecida en el numeral 5.5.16 del pliego de condiciones que indica:
"Cuando modifiquen o alteren los datos suministrados por la entidad al formulado valor la
propuesta (descripción de Ítems, Unidades, Cantidades de Obra), o no se consigne en él u 00
varios precios unitarios".
Que el resultado final sobre los puntajes asignados a los criterios de evalua ión
señalados en el numeral 5.2"FACTORES DE CALIFICACION," se tiene:
PUN ES
PROPONENTE TOTAL PUNTAJE ORDEN
VALOR DE LA PROPUESTA ELEGIBILID
PROPUESTA TÉCNICA
L TOA, 548.03 200,00 848.03
D'ISORCI UPAD?, ANTE03DV, 650.00 350.00 1000,00
L. Que el informe de evaluación de las propuestas fue publicado en la página 1e
contratación estatal www.contratos.gov.co , de conformidad con lo establecido en el
Decreto 2474 de 2008, a partir del día 01 hasta el 03 de diciembre de 2010, amb s
fechas inclusive, sin que se presentaran observaciones al informe de evaluaci •n
publicado por la entidad.
Que el día 9 de diciembre de 2010, se publicó en el Portal de Contratación el borra Of
de Resolución de Adjudicación.
La Secretaria de Despacho de la Secretaria de Infraestructura del Departamento e
Antioquia, habiendo desarrollado el procedimiento establecido en el pliego •e
condiciones, observando el debido proceso, se procede a tomar la decisión media e
resolución de adjudicación, ratificando la evaluación realizada y el orden e
elegibilidad publicado en la página www contratos gov cc., el cual se presento en el
cuadro resumen de puntaje.
Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicar al CONSORCIO URABÁ ANTIOQUEÑO.(RUT
ELENA TABARES ZULETA — PAVIMEDCO S.A.), el contrato derivado de la Selecció
Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-111-2010, cu yo obieto es: MEJORAMIENTO D
23. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL t.,
2
-
LA TRANSITABILIDAD EN LA VIA SAN PEDRO DE URABA- EL TAMBIT D-
SUBREGION URABA — DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA., por un valor de
Cuatrocientos Sesenta Millones Setecientos Mil Novecientos Noventa y Nueve Pes DS
mil. ($ 460.700.999) y un plazo de un y medio (1.5) meses de conformidad con I Ds
pliegos de condiciones y la propuesta presentada por el proponente.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar en RUTH ELENA TABARES ZULETA, identificado
con la cédula de ciudadanía numero 30.303.454, Representante Legal cel
CONSORCIO URABA ANTIOQUEÑO (RUTH ELENA TABARES ZULETA —
PAVIMEDCO S.A.), adjudicatario el contenido integro de la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente Resolución, no procede recurso alguno
por la vía Gubernativa.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Medellín, rue. 201
MARIA CRISTINA MESA ZAPATA
Secretaria de Infraestructura Física
0118732
RESOLUCION N°
10 DIC. 2010
POR MEDIO DE LA CUAL SE ADJUDICA LA SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOF
CUANTIA S.A. -20-110-2010
LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA FISICA, en ejercicio de sus faculta les
constitucionales y legales en especial las que le confiere la Resolución 0114107 del 05 de
noviembre de 2010, de conformidad con la ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el decreto
2474 de 2008, demás normas reglamentarias y,
CONSIDERANDO
A. Que mediante Resolución 0115450 del 17 de noviembre de 2010, se ordenó la
apertura de la Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-110-2010, cuyo objeto
es la: ATENCION DE LA EMERGENCIA VIAL Y PUNTO CRITICO PARA
RESTABLECER LA TRANSITABILIDAD EN LA VIA ARBOLETES — EL TAMBI r0
(26KM).
24. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
Que conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 2474 de 2008, se hi o a
través de la pagina Web de la Gobernación de Antioquia, invitación pública la
Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-110-2010, cuyo objeto e la:
ATENCION DE LA EMERGENCIA VIAL Y PUNTO CRITICO PARA RESTABLE ER
LA TRANSITABILIDAD EN LA VIA ARBOLETES — EL TAMBITO (26KM).
Que el Presupuesto Oficial establecido para esta contratación se fijó en la sum. de
Cuatrocientos sesenta y ocho millones trescientos trece mil novecientos 'cincuen a y
ocho pesos mil. ($ 468.313.950)
D. Que entre el 17 y 19 de noviembre de de 2010 a las 11:30 a.m., periodo para re ibir
manifestaciones de interés en participar se postularon 42 personas, tal y como co sta
en acta de inscripción suscrita por los interesados.
E Que el 19 de noviembre de de 2010 a las 3:00 p.m., en la oficina 902 de la Secretaria
de Infraestructura Física, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 202' de
2009, se realizo el sorteo de de consolidación de oferentes; el cual dio como resultado
la habilitación de las siguientes personas:
Consorcio Yakar Ingeniería
U.T Aicardo Vélez — Corpalmitas
Edgar Adolfo Hoyos García
Arturo jurado Guarín
Ingeniería y Construcciones Palacio Baena
MCYS Ltda.
Construcciones y Vías Ingenieros Contratistas CONVIAL S.A.S
Germán Villegas
Consorcio Uraba Siglo XXI
Consorcio Arboletes.
Que el 22 de noviembre de 2010, en el lugar y hora indicadas en el cronograma •el
proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, se llevaron a cabo las Audien as
de Aclaraciones y Estimación, Tipificación y Asignación de Riesgos.
Que el día 25 de Noviembre de 2010, fecha de cierre de la contratación se recibie on
las siguientes propuestas:
1 INGENIERIAS Y CONSTRUCCIONES PALACIO BAENA S.A - ICPB S.A
2 CONSORCIO URWIE- SIGLO XXI
iÁ
3
4
CONVIAL S.A.S
CONSORCIO ARBOLETES
•
5 EDGAR ADOLFO GARCÍA
Que para realizar la evaluación de las propuestas, era necesario hacer los estudi DS
jurídicos, técnicos y financieros, consagrados en los pliegos de condiciones.
Que una vez cotejados los documentos soporte, de las propuestas a la , luz de la
25. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
prescripción del pliego de condiciones con la finalidad de obtener la pi-Opuesta más
favorable, se tiene que la propuesta presentada por el CONSORCIO URABA SI LO
XXI, no cumple, con el requisito habilitante de presentar con su ofrecimiento la p liza
de seriedad de oferta, incurriendo en la causal de rechazo establecida en el nu eral
5.5.2 del pliego de condiciones que indica'
"Cuando no se presente la garantía de seriedad requerida de forma simultánea con La ofe s, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 2493 de 2009"
J. Que el resultado final sobre los puntajes asignados a los criterios de evaluación
señalados en el numeral 5.2 'FACTORES DE CALIFICAC/ON," se tiene:
014 OS
/Atm
Illi
fi.
•)
:
J
P432 112
K. Que el informe de evaluación de las propuestas fue publicado en la página e
contratación estatal www.contratos.gov.co , de conformidad con lo establecido en el
Decreto 2474 de 2008, a partir del día 01 hasta el 03 de diciembre de 2010, am s
fechas inclusive, sin que se presentaran observaciones al informe de evaluaci n
publicado por la entidad.
L Que el día 9 de diciembre de 2010, se publicó en el Portal de Contratación el borra or
de Resolución de Adjudicación.
M. La Secretaria de Despacho de la Secretaria de Infraestructura del Departamento de
Antioquia, habiendo desarrollado el procedimiento establecido en el pliego de
condiciones, observando el debido proceso, se procede a tomar la decisión media te
resolución de adjudicación, ratificando la evaluación realizada y el orden de
elegibilidad publicado en la página www contratos qov co., el cual se presento e el
cuadro resumen de puntaje.
Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicar a la sociedad INGENIERIA Y CONSTRUCI N
PALACIO BAENA S.A. — ICPB S.A., el contrato derivado de la Selección Abreviada e
Menor Cuantía S.A. -20-110-2010, cuyo objeto es la: ATENCION DE
EMERGENCIA VIAL Y PUNTO CRITICO PARA RESTABLECER
TRANSITABILIDAD EN LA VIA ARBOLETES — EL TAMBITO (26KM), por un valor e
26. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
Cuatrocientos Cincuenta y Ocho Millones Trescientos Veintiocho Mil Ocho entos
Pesos mil. ($ 458.328.800) y un plazo de un y medio (1.5) meses de conformid d con
los pliegos de condiciones y la propuesta presentada por el proponente.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar a JUAN JOSE BAENA CORREA, identificada con
la cédula de ciudadanía numero 71.686.063, Representante Legal de la socia dad
INGENIERIA Y CONSTRUCION PALACIO BAENA S.A. — ICPB S.A., adjudicata la el
contenido integro de la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente Resolución, no procede recurso al uno
por la vía Gubernativa.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Medellín, ‘41 ‘Ç „ r110
MARIA CRISTINA MESA ZAPATA
Secretaria de Infraestructura Física
RESOLUCION NO 1 1 8 7 3 3
( )
DIC. 2010
POR MEDIO DE LA CUAL SE ADJUDICA LA SELECCIÓN ABREVIADA DE MENO
CUANTIA S.A. -20-109-2010
LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA FISICA, en ejercicio de sus facult des
constitucionales y legales en especial las que le confiere la Resolución 0114107 del O de
noviembre de 2010, de conformidad con la ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el dei reto
2474 de 2008, demás normas reglamentarias y,
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución 0115450 del 17 de noviembre de 2010, se orden la
apertura de la Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-109-2010, cuyo ol feto
es: MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LA VÍA MELLITOS-EL TAME ITO
EN LA SUBREGION DE URABÁ DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.
Que conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 2474 de 2008, se hi o a
través de la pagina Web de la Gobernación de Antioquia, invitación pública la
27. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-109-2010, cuyo objeto es:
MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LA VÍA MELLITOS-EL TAM ITO
EN LA SUBREGION DE URABÁ DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.
Que el Presupuesto Oficial establecido para esta contratación se fijó en la sum de
cuatrocientos setenta y tres millones doscientos noventa mil doscientos pesos m I. ($
473.290200)
Que entre el 17 y 19 de noviembre de de 2010 a las 11:30 a.m., periodo para r_ ibir
manifestaciones de interés en participar se postularon 43 personas, tal y como co sta
en acta de inscripción suscrita por los interesados.
E. Que el 19 de noviembre de 2010 a las 3:00 p.m., en la oficina 902 de la Secretan de
Infraestructura Física, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 202 de
2009, se realizo el sorteo de de consolidación de oferentes; el cual dio como resul ado
la habilitación de las siguientes personas:
Aldemar Enrique Villalba Barrios.
Consorcio Uraba Siglo XXI.
Jhon T. Hidalgo S.
Sodicon Ltda.
Germán Villegas E.
Consorcio Vías Mejoradas.
Ingeniería y Construcción Palacio Baena S.A. - ICPB S.A.
Consorcio Necocli.
9. Construcciones y Vías Ingenieros Contratistas CONVIAL SAS.
10.Gloria Inés Mejía
Que el 22 de noviembre de 2010, en el lugar y hora indicados en el cronograma .el
proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, se llevaron a cabo las Audien as
de Aclaraciones y Estimación, Tipificación y Asignación de Riesgos.
Que el día 25 de Noviembre de 2010, fecha de cierre de la contratación se recibie on
las siguientes propuestas:
1. INGENIERIAS Y CONSTRUCCIONES PALACIO BAENA S.A- ICPB S.A
2 CONSORCIO URABÁ SIGLO XXI
3 CONVIAL S A S
4 CONSORCIO NECOCLI
Que para realizar la evaluación de las propuestas, era necesario hacer los estud os
jurídicos, técnicos y financieros, consagrados en los pliegos de condiciones.
Que una vez cotejados los documentos soporte de las propuestas a la luz de la
prescripción del pliego de condiciones con la finalidad de obtener la propuesta m
favorable, se tiene que la propuesta presentada por el CONSORCIO URABA SIG O
XXI, no cumple, con el requisito habilitante de presentar con su ofrecimiento la póli a
de seriedad de oferta, incurriendo en la causal de rechazo establecida en el nume al
5.5.2 del pliego de condiciones que indica:
28. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
"Cuando no se presente la garantía de seriedad requerida de forma simultánea con la oferta, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 2493 de 2009".
J. Que el resultado final sobre los puntajes asignados a los criterios de eval tia ción
señalados en el numeral 5.2"FACTORES DE CALIFICACION," se tiene:
"1?))))))) 4 )4 )
RESUMEN PUNTAJE
PUNTA ES
DE
PROPONENTE
INGAP SA S, RUT Y
Pag
CONSORCIO NECOCLI GALLEGO C, MARIA
YORLENY PALACIO L.
544,34 200.00 844.34
Que el informe de evaluación de las propuestas fue publicado en la página de
contratación estatal www.contratos.gov.co , de conformidad con lo establecido En el
Decreto 2474 de 2008, a partir del día 01 hasta el 03 de diciembre de 2010, ambas
fechas inclusive, sin que se presentaran observaciones al informe de evaluación
publicado por la entidad.
Que el día 9 de diciembre de 2010, se publicó en el Portal de Contratación el borrador
de Resolución de Adjudicación.
M. La Secretaria de Despacho de la Secretaria de Infraestructura del Departamento de
Antioquia, habiendo desarrollado el procedimiento establecido en el pliego de
condiciones, observando el debido proceso, se procede a tomar la decisión med ante
resolución de adjudicación, ratificando la evaluación realizada y el orden de
elegibilidad publicado en la página irdww contrata3 gov co., el cual se presento en el
resumen de puntaje.
Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
N. ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicar al CONSORCIO NECOCLI. (INGAP SAS.- RUTH
MERY GALLEGO C. — MARIA YORLENY PALACIO L.), el contrato derivado de la
Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-109-2010, cuyo objeto 1s:
MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LA VÍA MELLITOS-EL TAMBITO ÉN
LA SUBREGION DE URABÁ DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA. por un valor de
Cuatrocientos Sesenta y Dos Millones Seiscientos Cuarenta y Un Mil Doscient,ps
Pesos mil. ($ 462.641.200) y un plazo de un y medio (1.5) meses de conformidad con
los pliegos de condiciones y la propuesta presentada por el proponente.
29. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar en RUTH MERY GALLEGO CARD•A,
identificada con la cédula de ciudadanía número 43.534.024, Representante Lega del
CONSORCIO NECOCLI. (INGAP SAS.- RUTH MERY GALLEGO C. — NI* IA
YORLENY PALACIO L.), adjudicatario, el contenido integro de la presente Resoluc ón.
ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente Resolución, no procede recurso alg no
por la vía Gubernativa.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Medellín, gÇ ‘t
MARIA CRISTINA MESA ZAPATA
Secretaria de Infraestructura Física
RESOLUCION N° U 1 1 8734
iü oir
POR MEDIO DE LA CUAL SE ADJUDICA LA`SELECCIÓN ABREVIADA DE MENO
CUANTIA S.A. -20-108-2010
LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA FISICA, en ejercicio de sus facult des
constitucionales y legales en especial las que le confiere la Resolución 0114107 del O de
noviembre de 2010, de conformidad con la ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el de reto
2474 de 2008, demás normas reglamentarias y,
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución 0115450 del 17 de noviembre de 2010, se orden la
apertura de la Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-108-2010, cuyo o jeto
es: MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LAS VIAS CAUCHE
BAJIRA (28 km) Y MUTATA — PAVARANDO GRANDE (20 Km) SUBRE ION
URABA DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.
Que conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 2474 de 2008, se hi o a
través de la pagina Web de la Gobernación de Antioquia, invitación pública la
Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-108-2010, cuyo objeto es:
MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LAS VIAS CAUCHERAS — BA IRA
(28 km) Y MUTATA — PAVARANDO GRANDE (20 Km) SUBREGION URABA EL
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.
30. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
Que el Presupuesto Oficial establecido para esta contratación se fijó n la su a de
Trescientos setenta y ocho millones setecientos cuarenta mil ochocientos vei Uséis
pesos mil. ($ 378.740.826)
Que entre el 17 y 19 de noviembre de de 2010 a las 11:30 a.m., periodo para ecibir
manifestaciones de interés en participar se postularon 27 personas, tal y como 'onsta
en acta de inscripción suscrita por los interesados.
E. Que el 19 de noviembre de 2010 a las 3:00 p.m., en la oficina 902 de la Secret- la de
Infraestructura Física, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 2025 d
2009, se realizo el sorteo de de consolidación'de oferentes; el cual dio como resultado
la habilitación de las siguientes personas:
Chamat Ingenieros Ltda.
Consorcio Uraba Antioqueño.
Consorcio Construyendo Ing.
Corporación fuego Verde.
Ingomon SAS.
Consorcio Vías de la Montaña.
Engico Ltda.
MCYS Ltda.
9. Ingeniería y Construcción Palacio Baena S.A. - ICPB S.A.
10.Arturo Jurado Guarín.
Que el 22 de noviembre de 2010, en el lugar y hora indicados en el cronograma el
proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, se llevaron a cabo las Audien ias
de Aclaraciones y Estimación, Tipificación y Asignación de Riesgos.
Que el día 25 de Noviembre de 2010, fecha de cierre de la contratación se recibie on
las siguientes propuestas:
1. INGENIERIAS Y CONSTRUCCIONES PALACIO BAENA S.A - ICPB S.A
2 CORPORACIÓN COMUNITARIA DE TRABAJO FUEGO VERDE
3 CONSORCIO VIAS DE LA MONTANA
4 CHAMAT INGENIEROS
5 CONSORCIO URABÁ ANTIOQUENO
Que para realizar la evaluación de las propuestas, era necesario hacer los estud os
jurídicos, técnicos y financieros, consagrados en los pliegos de condiciones.
Que el resultado final sobre los puntajes asignados a los criterios de evaluación
señalados en el numeral 5.2"FACTORES DE CALIFICA C/ON," se tiene:
PTA PONTAJE ORDEN DE
PROPONENTE PRECIO
TECNICA TOTAL ELEGIBIIDAD
CONSORCIO VIAS DE LA
MONTAÑA 648,34 350 998,34 4
INEGENIERIA Y
CONSTRUCCIONES
RUCCIONES I
31. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
31
PALACIO ICPB S.A 648,42 350 998,42 3
CIIAMAT INGENIEROS
1:1 DA 649,9 350 999,90 2
CORPORACION
COMUNITARIA DE
1 RABA.I0 ASOCIADO
FUEGO VERDE 0 350 350 5
CONSORCIO URABA
AN1 10QUEÑO
650 350 1.000
Que el informe de evaluación de las propuestas fue publicado en la página e
contratación estatal www.contratos.gov.co , de conformidad con lo establecido en I
Decreto 2474 de 2008, a partir del día 01 hasta el 03 de diciembre de 2010, amb s
fechas inclusive, sin que se presentaran observaciones al informe de evaluaci n
publicado por la entidad.
Que el día 9 de diciembre de 2010, se publicó en el Portal de Contratación el borra Of
de Resolución de Adjudicación.
L. La Secretaria de Despacho de la Secretaria de Infraestructura del Departamento e
Antioquia, habiendo desarrollado el procedimiento establecido en el pliego e
condiciones, observando el debido proceso, se procede a tomar la decisión media te
resolución de adjudicación, ratificando la evaluación realizada y el orden e
elegibilidad publicado en la página www.contratos.yov co. el cual se presento en el
cuadro resumen de puntaje.
Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicar al CONSORCIO URABA ANTIOQUEÑO (RUT
ELENA TABARES ZULETA — PAVIMEDCO S.A.), el contrato derivado de la Selecció
Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-108-2010, cuyo objeto es: MEJORAMIENTO D
LA TRANSITABILIDAD EN LAS VIAS CAUCHERAS — BAJIRA (28 km) Y MUTATA
PAVARANDO GRANDE (20 Km) SUBREGION URABA DEL DEPARTAMENTO D
ANTIOQUIA,por un valor de Trescientos Setenta Millones Doscientos Diez M I
Cuatrocientos Dieciséis Pesos mil. ($ 370.210.416) y un plazo de un y medio (1.
meses de conformidad con los pliegos de condiciones y la propuesta presentada por
proponente.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar en RUTH ELENA TABARES ZULETA, identificad
con la cédula de ciudadanía número 30.303.454, Representante Legal d
CONSORCIO URABA ANTIOQUEÑO (RUTH ELENA TABARES ZULETA
PAVIMEDCO S.A.), adjudicatario, el contenido integro de la presente Resolución.
32. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente Resolución, no procede recurso algu 10
por la vía Gubernativa.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Medellín,
ü 111C. Se
MARIA CRISTINA MESA ZAPATA
Secretaria de Infraestructura Física
RESOLUCION NUMERO DE 2010
O 11 8 735
10 DIC. 20111
"Por medio de la cual se causan novedades en la Planta global de Cargos y en el Manual Especifico
de Funciones y de Competencias Laborales de la Administración Departamental"
LA SECRETARIA DE GESTIÓN HUMANA Y DESARROLLO
ORGANIZACIONAL, en ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 3°
del Decreto Departamental 2576 del 14 de octubre de 2008 y el Artículo 5° del
Decreto Departamental 2579 del 14 de octubre dé 2008, y
CONSIDERANDO:
Mediante el artículo 3° del Decreto Departamental 2576 del 14 de octubre de
2008, se delega en el Secretario de Gestión Humana y Desarrollo
Organizacional, la competencia para asignar a las diferentes dependencias los
cargos de la planta global y efectuar los movimientos internos de todos los
organismos, de acuerdo con los planes, programas y proyectos que desarrolle
cada una de las dependencias que conforman la Administración
Departamental Orden Central.
El artículo 5° del Decreto Departamental 2579 del 14 de octubre de 2008,
faculta a la Secretaría de Gestión Humana y Desarrollo Organizacional, para
actualizar, modificar o adicionar el Manual Específico de Funciones y
Competencias Laborales.
El Decreto Ley 785 de 2005, establece los criterios y la obligatoriedad para
definir e incorporar en los manuales específicos de funciones y de requisitos
las competencias laborales mínimas, para los diferentes empleos públicos de
las entidades del orden territorial.
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 2539 de julio 22 de 2005, "Por el cual
se establecen las competencias laborales I generales para los empleos
33. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
públicos de los distintos niveles jerárquicos de las entidades a las cuáles se
aplican los decretos ley 770 y 785 de 2005".
E. Mediante Decreto Departamental 0471 del 21 de febrero de 2006, se asimila
la nomenclatura, clasificación y códigos de empleos, acorde con el Decreto-
Ley 785 del 17 de marzo de 2005, reglamentario de la Ley 909 del 23 de
septiembre de 2004.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- El artículo 1° de la Resolución 114437 del 10 de Noviembre de
2010, quedará así:
"ARTÍCULO 1°: Trasladar en la planta global de cargos de la Administración
Departamental, una plaza de empleo de Profesional Especializado, código 222
grado 05, ID 1569, cuyo titular es la Señora Gloria Cecilia Gallego Moreno, con
cédula de ciudadanía número 32.323.320, del grupo de trabajo de la
Subsecretaría Jurídica, para el grupo de trabajo de la Dirección de Servicios
Generales, ambos de la Secretaría General y actualizar el manual específico de
funciones y competencias laborales, así:
I. IDENTIFICACION
Nivel: Central
Denominación del Empleo: PROFESIONAL ESPECIALIZADO
Código: 222
Grado: 05
No de Cargos: Uno (1)
Dependencia: Donde se ubique el cargo
Cargo del jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión directa
222-05
SECRETARIA DE GENERAL
DIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES(1)
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Ejecutar y aplicar los conocimientos propios del área de desempeño en la adopción
de planes, programas y proyectos institucionales, de acuerdo con la complejidad y
competencias exigidas en el ejercicio de las funciones del cargo.
III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
Apoyar la elaboración de proyecciones y estimaciones financieras tendientes a
establecer los requerimientos de recursos para la ejecución de los programas de la
Dirección de Servicios Generales.
Participar en la revisión de los actos que dentro de la etapa precontractual,
contractual y post contractual, expida la Secretaría General en proyectos
adelantados por la Dirección de Servicios Generales.
Verificar que la garantía única contractual se expida de conformidad crin los
términos del contrato.
Realizar las interventorías de los contratos que se le asignen en cumplimiento de
sus funciones, teniendo en cuenta los conocimientos y experiencia necesaria, de
acuerdo con la Ley vigente y todas las normas que la regulen y se le apliquen.
34. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
Gestionar la contratación requerida de los programas, siguiendo los trámites
necesarios con criterios de eficiencia y eficadia para el cumplimiento de los
objetivos propuestos.
Participar en la elaboración de Plan de Acción y en el Plan de Desarrollo en el
componente que es competencia de la Secretaría'.
Realizar estudio y análisis de los riesgos existentes en los diferentes proyectos
de contratación que se formulen.
Estudiar, evaluar y conceptuar sobre las materias de competencia del área
interna de desempeño, para resolver consultas de acuerdo con las políticas
institucionales.
Emitir concepto y apoyar jurídicamente las diferentes actuaciones del Secretario
de Despacho, cuando se requiera.
Rendir periódicamente al superior inmediato informe de gestión de las
actividades desarrolladas en el área.
Orientar a los usuarios brindando la información sobre los trámites jurídicos
dentro de la Secretaría, con el fin de cumplir con él deber legal.
Contribuir al Mantenimiento y mejoramiento cbntinuo del Sistema Integrado de
Gestión a través de la participación activa en todas sus actividades, estrategias y
programas definidos por la Dirección de Desarrollo Organizacional.
13. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con
el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
La elaboración de proyecciones y estimaciones financieras tendientes a
establecer los requerimientos de recursos es apoyada para la ejecución de los
programas de la Dirección de Servicios Generales.
La participación en la revisión de los actos que dentro de la etapa precontráctual,
contractual y post contractual expide la Secretaría General están ajustados a
derecho.
La garantía única contractual se expide posterior a la verificación de los términos
del contrato.
Las interventorías de los contratos que se le asignen en cumplimiento de sus
funciones son realizadas teniendo en cuenta los conocimientos y experiencia
necesaria de acuerdo con la Ley vigente y todas las normas que la regulen y se le
apliquen.
5. La contratación requerida de los programas se gestiona siguiendo los trámites
necesarios con criterios de eficiencia y eficacia para el cumplimiento de los
obietivos propuestos.
35. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
6. La participación en la elaboración del Plan de Acción y en el Plan de Désarroll
en el componente que es competencia de la Secretaría General.
El estudio y análisis de los riesgos existentes en los diferentes proyectos d
contratación que se formulan son realizados.
Las materias de competencia del área interna de desempeño son evaluada
para resolver consultas de acuerdo con las políticas institucionales.
Las diferentes actuaciones del Secretario de Despacho son emitidas y apoyada
jurídicamente cuando se requiere.
El informe de gestión de las actividades desarrolladas en el área e
presentado periódicamente al jefe inmediato.
Los usuarios son orientados, brindando la información sobre los trámite
jurídicos dentro de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural con el fin d
cumplir con el deber legal.
La participación activa en las actividades programadas en el Sistema Integrado
de Gestión, permiten su mantenimiento y mejoramiento continuo.
CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
Formulación de estudios y proyectos
Administración de recursos
Normas de administración pública
Plan de Desarrollo
Sistema Integrado de Gestión
REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS: Título Profesional en Derecho o Derecho y Ciencias Políticas
Título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con
las funciones del empleo.
EXPERIENCIA: Treinta y seis (36) meses de Experiencia Profesional Relacionada"
ARTÍCULO 2°- De la presente Resolución, se enviará copia a la Dirección de
Desarrollo Organizacional y a la Dirección de Personal de la Secretaría de Gestión
Humana y Desarrollo Organizacional.
ARTICULO 3° - Esta Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y
deroga todas las que le sean contrarias
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
36. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
Dada en Medellín, a los
IQ DIC. 2010
ANA RÍA RUIZ ZAPATA
Secretaria de Gest e- Humana y Desarrollo Organizacional
c) I 18736
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2010
( 1 D DIC. 2010 )
"Por medio de la cual se causan novedades en la Planta global de Cargos y en el Manual Especifico
de Funciones y de Competencias Laborales de la Administración Departamental"
LA SECRETARIA DE GESTIÓN HUMANA Y DESARROLLO
ORGANIZACIONAL, en ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 3°
del Decreto Departamental 2576 del 14 de octubre de 2008 y el Artículo 5° del
Decreto Departamental 2579 del 14 de octubre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Mediante el artículo 3° del Decreto Departamental 2576 del 14 de octubre de
2008, se delega en el Secretario de Gestión Humana y Desarrollo
Organizacional, la competencia para asignar a las diferentes dependencias los
cargos de la planta global y efectuar los movimientos internos de todos los
organismos, de acuerdo con los planes, programas y proyectos que desarrolle
cada una de las dependencias que conforman la Administración
Departamental Orden Central.
El artículo 5° del Decreto Departamental 2579 del 14 de octubre de 2008,
faculta a la Secretaría de Gestión Humana y Desarrollo Organizacional, para
actualizar, modificar o adicionar el Manual Específico de Funciones y
Competencias Laborales.
El Decreto Ley 785 de 2005, establece los criterios y la obligatoriedad para
definir e incorporar en los manuales específicos de funciones y de requisitos
las competencias laborales mínimas, para los diferentes empleos públicos de
las entidades del orden territorial.
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 2539 de julio 22 de 2005, "Por el cual
se establecen las competencias laborales generales para los empleos
públicos de los distintos niveles jerárquicos de las entidades a las cuales se
aplican los decretos ley 770 y 785 de 2005".
E. Mediante Decreto Departamental 0471 del 21 de febrero de 2006, se asimila
la nomenclatura, clasificación y códigos de empleos, acorde con el Deereto-
37. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
Ley 785 del 17 de marzo de 2005, reglamentario de la Ley 909 del 23 de
septiembre de 2004.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Trasladar en la planta global de cargos de la Administración
Departamental, a la señora María Rosmira López Vásquez identificada con
cédula de ciudadanía número 43.099.052, Auxiliar Administrativo, código 407
grado 5, del grupo de trabajo de la Dirección de Transito de la Secretaria de
Hacienda, para el grupo de trabajo de la Dirección de Gestión y Apoyo
Administrativo de la Secretaria de Educación para la Cultura, cargo Auxiliar
Administrativo, código 407 grado 05, ID1507 y actualizar el manual específico de
funciones y competencias laborales, así:
I. IDENTIFICACION
Nivel: Central
Denominación del Empleo: AUXILIAR ADMINISTRATIVO
Código: 407
Grado: 5
No de Cargos: Uno (1)
Dependencia- Cargo del Jefe inmediato:
407 5
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PARA LA CULTURA
DIRECCION DE GESTIÓN Y APOYO ADMINISTRATIVO (1)
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Apoyar y complementar las tareas propias de los niveles superiores, ejecutando
actividades o tareas de simple ejecución.
III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
Elaborar, coordinar y controlar los pagos en los municipios a los educadores
nacionales, nacionalizados, departamentales, municipales, provisionales, periodo
de pruebas y demás que sean necesarios.
Tramitar y coordinar las novedades para nómina con la Autoridad competente.
Rendir cuentas e informes cuando sea necesario a las diferentes entidades que
ejercen el control fiscal y administrativo.
Ejecutar el seguimiento de los pagos con el fin de verificar su oportuna
cancelación.
Tramitar en as diferentes dependencias todos los documentos y demás
elementos necesarios para los pagos de servicios personales de los docentes y
administrativos.
Resolver las inquietudes de los usuarios en relación con certificados, reintegros,
entre otras.