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MEDELLÍN, JUEVES 13 DE ENERO DE 2011




                                                                              acota
EDICIÓN DE 60 PÁGINAS
                                          °partamos'                                                                                  No.1 .2 • 7
     Registrado en el Ministerio de Gobierno por Resol. No. 000474 de junio de 1967 - Tarifa postal reducida No. 2333 de la Admón Postal Nal. - Port • Pagado




                                    SUMARIO RESOLUCIONES DICIEMBRE 2010
NUMERO                       FECHA                              PAGINA               NUMERO                      FECHA                              FLGINA
0118690               Diciembre 09 de 2010                        2                  0118737              Diciembre 10 de 2010                       38
0118703               Diciembre 09 de 2010                        6                  0118911              Diciembre 13 de 2010                       41
0118704               Diciembre 09 de 2010                        7                  0118739              Diciembre 10 de 2010                       42
0118715               Diciembre 09 de 2010                        9                  0118740              Diciembre 10 de 2010                       43
0118716               Diciembre 09 de 2010                       10                  0118741              Diciembre 10 de 2010                       45
0118717               Diciembre 09 de 2010                       11                  0118742              Diciembre 10 de 2010                       46
0118718               Diciembre 09 de 2010                       13                  0118743              Diciembre 10 de 2010                       48
0118719               Diciembre 10 de 2010                       16                  0118744              Diciembre 10 de 2010                       49
0118725               Diciembre 10 de 2010                       18                  0118745              Diciembre 10 de 2010                       50
0118726               Diciembre 10 de 2010                       19                  0118746              Diciembre 10 de 2010                       52
0118731               Diciembre 10 de 2010                       20                  0118747              Diciembre 10 de 2010                       53
0118732               Diciembre 10 de 2010                       23                  0118748              Diciembre 10 de 2010                       55
0118733               Diciembre 10 de 2010                       26                  0118749              Diciembre 10 de 2010                       56
0118734               Diciembre 10 de 2010                       29                  0118750              Diciembre 10 de 2010                       57
0118735               Diciembre 10 de 2010                       32                  0118751              Diciembre 10 de 2010                       59
0118736               Diciembre 10 de 2010                       36



                                                       RESOLUCIONES
                                                       Diciembre de 2010
                                                                                                                     	   1
                                                          GOBERNACIÓN DE ANTIOQUÍA




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                                                                 SECRETARÍA GENERAL
1C 04/T E C                     1C 04/T EC
                                                              Imprenta Deptal. de Antioquía
                                                                      Dr. Sergio Arroyave Maya
                                                                               Director
                —   IQNet —
                                                                Anfloquia para todos                                                     ORDEN AL ÉRITO
                                ( FRTI   1D(                                                                                           CÍVICO Y EM ESARIRL
                                                               AMOS 4 la 401
 (ER1111(111
   'so                           NI( C                                                                                              MARISCAL JOR C E ROBLEDO
          Tau                            Can                                                                                            CATE	       ORO
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                     RESOLUCIÓN NÚMERO	           186	
                                                 0190 DE 2010


                                      09 DIC. 20111

      POR MEDIO DE LA CUAL SE JUSTIFICA EL USO DE UNA MODALIDAD DE
                       SELECCIÓN DE CONTRATACIÓN

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN, en uso
de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150
de 2007, los artículos 77 y 78 del Decreto 2474 de 2008, y los Decretos Departamentales
0926 de 2008 y 787 de 2010, y

                                     CONSIDERANDO:
    Que en cumplimiento de los principios de transparencia y responsabilidad que rigen la
contratación pública, el numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, prevé dentro de
las modalidades de selección, la CONTRATACIÓN DIRECTA, y el literal c de la citada
disposición prevé como especie de ésta, los contratos interadministrativos.

    Que el Decreto 2474 de 2008, por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 80 de
1993 y la Ley 1150 de 2007, estableció en el Artículo 77 que "Cuando proceda el uso de
la modalidad de selección de contratación directa, la entidad así lo señalará en un acto
administrativo. (...)".

     Que las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios permiten a
la Nación y sus entidades descentralizadas celebrar entre entidades públicas Contratos
Interadministrativos, con el fin de facilitar, fomentar o desarrollar alguna de las actividades
propias de las entidades públicas que les permitan alcanzar los fines esenciales y
desarrollar los principios de la función administrativa. Así mismo, en el Artículo 78 del
Decreto 2474 de 2008, se hace referencia a los Contratos Interadministrativos, indicando
que "Las entidades señaladas en el artículo 2 de la ley 80 de 1993 celebrarán
directamente contratos entre ellas, siempre que las obligaciones del mismo tengan
relación directa con el objeto de la entidad ejecutora. (...)"

     Que la Dirección de Sistemas de Indicadores del Departamento Administrativo de
Planeación del Departamento de Antioquia, es una unidad proveedora de información
básica y especializada y tiene como objetivo dar cuenta de la situación del Departamento
y apoyar el proceso de la toma de decisiones y la planificación. Por esto, es necesario
para esta Dirección contar con el desarrollo tecnológico adecuado que soporte la captura,
procesamiento y manejo de la información de una manera ágil, permitiendo que la
información sea oportuna, clara, confiable y que finalmente se mejoren los tiempos de
sistematización y análisis de la misma.

5. Que a pesar de los avances realizados, aún no se tiene consolidada una base de
datos homogénea, que responda a las tecnologías informáticas y de vanguardia que le
permitan optimizar tanto los recursos de que dispone como los resultados obtenidos.
Causa de ello es que gran parte de la información que se produce y se almacena en
Planeación, reposa en archivos de Excel que están en los respectivos computadores de
cada uno de los funcionarios, dificultando en ocasiones el acceso y la disponibilidad de la
información, así como la continuidad en el manejo de las cifras, sin mencionar el riesgo en
que se incurre al no tener una base de datos institucional.
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


    Que corresponde a la Dirección de Sistemas de Indicadores del Departamento
Administrativo de Planeación del Departamento de Antioquia, la coordinación y
concertación para la adquisición, organización y producción de la información necesaria
para apoyar la toma de decisiones, la gestión del desarrollo Departamental y la
publicación de la cifras en los diferentes temas de interés para la comunidad, y por el
hecho de no poseer una base de datos institucional con la información centralizada y
homologada origina una disparidad y demora en la producción de los datos, perdiendo
algunas veces la oportunidad de la información.

    Que uno de los aspectos más importantes de este proyecto es dar un paso hacia el
desarrollo de la Estrategia de Gobierno en Línea, de conformidad con el Decreto 1151 del
14 de abril de 2008, cuyo objetivo es contribuir con la construcción de un Estado más
eficiente, más transparente y participativo, y que preste mejores servicios a los
ciudadanos y a las empresas, a través del aprovechamiento de las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones.

    Que dentro del Plan de Gobierno y dentro del Plan de Desarrollo "Antioquia para
Todos — Manos a la obra" 2008 — 2011, dentro de la línea estratégica 4 Desarrollo
Territorial, se incluyó como objetivo el fortalecimiento de los sistemas de información con
tecnologías de punta, privilegiando los convenios con instituciones que tienen
competencia en el manejo y producción de información.

     Que el Departamento Administrativo de Planeación tiene matriculado este proyecto
estratégico en el Banco de Programas bajo el nombre Diseño, montaje y consolidación de
un sistema integrado de información para el Departamento de Antioquia con el número
2008-05000-0080.

    Que el objeto que el Departamento de Antioquia necesita contratar es «DISEÑAR,
DESARROLLAR, IMPLEMENTAR Y ALOJAR UN SISTEMA DE INFORMACION PARA
GESTIONAR LA BASE DE DATOS HISTÓRICA DE LOS INDICADORES E
INFORMACION DE LA DIRECCIÓN DE SISTEMAS DE INDICADORES DEL
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACION DEL DEPARTAMENTO DE
ANTIOQUIA, Y ENTREGAR UNA SOLUCIÓN DE ALOJAMIENTO DE LA APLICACIÓN
"SIGANTIOQUIA"».

     Que EDATEL S.A. E.S.P. tiene como objeto social la organización, administración y
prestación de servicios de telecomunicaciones, tecnologías de la información, operación
de redes y todas las actividades complementarias.

    Que tanto EL DEPARTAMENTO como EDATEL S.A. E.S.P. corresponden a las
entidades descritas en el artículo 2° de la Ley 80 de 1993, por lo que resulta viable la
celebración del presente Contrato Interadministrativo.

    Que EDATEL S.A. E.S.P. a través del sistema de información a implementarse,
garantizará que la información del Anuario Estadístico del Departamento de Antioquia
esté en una base de datos centralizada, para consulta y procesamiento analítico en línea.

     Que el Representante Legal de EDATEL S.A. E.S.P. en virtud del Certificado de
Existencia y Representación está facultado para celebrar Contratos hasta por una cuantía
de 3.5000 S.M.L.M.V. sin autorización de la Junta Directiva.

    Que en el Contrato a suscribirse deben tenerse en cuenta algunas reglas tales como,
no existir régimen de solidaridad entre las personas que lo celebren, pues cada una
responderá por las obligaciones que específicamente asume en virtud del Contrato;
precisar la propiedad de todos los resultados aue se obten g an v los derechos de las
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


partes sobre los mismos; definir las obligaciones contractuales, especialmente de orden
laboral, que asumen cada una de las partes.

    Que el valor del presente Contrato Interadministrativo para efectos fiscales equivale a

la suma de TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS
COLOMBIANOS ($345.000.000.00). Estos recursos se soportan con cargo al Certificado'
de Disponibilidad Presupuestal —CDP— N° 3500016581, rubro N° A.17.2-111-2/0-
1010/140102000/221047 y la respectiva acta de autorización por parte del CODAS de
vigencias futuras, expedidos por la Secretaría de Hacienda Departamental, dicha vigencia
con N° 6000000235 del 15 de octubre de 2010.

     Que dentro de los alcances y las obligaciones que deberán asumir cada una de las
entidades suscribientes del contrato, serán las siguientes:

    OBLIGACIONES DEL DEPARTAMENTO. 1. Pagar los respectivos honorarios a
    EDATEL una vez presentada la respectiva factura y aprobada por el interventor. 2.
    Garantizar la efectiva disponibilidad de los recursos en la forma estipulada por este
    Contrato. 3. Brindar el apoyo con el personal de la Dirección de Sistemas de
    Indicadores en los procesos de levantamiento de requerimientos. 4. Prestar el apoyo
    administrativo y técnico necesario durante la etapa de ejecución del proyecto. 5.
    Conformar con EDATEL un Comité Técnico Operacional, con el fin de dar
    cumplimiento integral al objeto del presente Contrato. 6. Asistir a través de la
    Directora del Departamento Administrativo de Planeación o su delegado al Comité
    Técnico Operacional del Contrato, que se integra para el desarrollo del proyecto
    objeto del mismo. 7. Participar en el control y seguimiento del Contrato, bajo las
    orientaciones del Comité Técnico Operacional, de conformidad con el Plan Operativo
    que éste determine. 8. Nombrar el personal adecuado para todas las fases del
    proyecto. 9. Revisar, evaluar y aprobar cada requerimiento levantado por EDATEL.
    10. Cumplir con el cronograma de actividades para cada etapa del proyecto.

   OBLIGACIONES DE EDATEL: 1. Desarrollar integralmente el objeto y alcance del
   presente Contrato, de conformidad con los documentos previos y la Propuesta
   presentada por EDATEL —junto con el Anexo Técnico y Operativo y Acta N° 161
   `Autorización uso servidores de Catastro para alojamiento de la aplicación
   SIGANTIOQUIA y el desarrollo y almacenamiento de la aplicación CIFRA" elaborado
   por EDATEL-, documentos aceptados por EL DEPARTAMENTO, los cuales hacen
   parte integral del mismo. 2.	    Garantizar la estabilidad de la plataforma tecnológica
   en donde se alojarán las bases de datos (SIGANTIOQUIA y CIFRA) de la Dirección
   de Sistemas de Indicadores de EL DEPARTAMENTO. 3. Informar oportunamente
   cualquier situación no identificada previamente en la etapa de análisis y diseño y que
   surja durante la ejecución de la etapa de implementación de cada requerimiento, que
   impacte los tiempos y/o los entregables definidos. 4. Velar por el cumplimiento del
   Contrato. 5. Aumentar la memoria en 16 GB de RAM en el servidor de base de datos
   y hasta 2 TB el almacenamiento de la plataforma tecnológica que presta los servicios
   de la Oficina Virtual de Catastro. 6. Configurar correctamente los servidores y realizar
   el afinamiento y administración de éstos. 7. Ajustarse a los estándares Informáticos,
   plataformas existentes y/o aprobadas por la Dirección Técnica de Desarrollo
   Informático de EL DEPARTAMENTO, para el desarrollo del Sistema de Información
   de la Dirección de Sistemas de Indicadores de EL DEPARTAMENTO. 8. EDATEL
   deberá garantizar que los recursos del Contrato correspondientes a los aportes
   efectuados por EL DEPARTAMENTO, se destinen exclusivamente al objeto del
   mismo. 9. Las demás obligaciones previstas en el presente contrato y en el Anexo
   Técnico y Operativo que hace parte integral de éste.
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL



 El contrato tiene como plazo de ejecución DIEZ (10) meses.

     Que los estudios y documentos previos a la contratación podrán ser consultados en I
 Dirección de Sistemas de Indicadores del Departamento Administrativo de Planeació
 ubicada en el piso 11 del Centro Administrativo Departamental.

      Que de acuerdo con lo anterior, se establece la necesidad de celebrar directament
 este contrato con EDATEL S.A. E.S.P.
En mérito de lo expuesto,


                                       RESUELVE:


PRIMERO: Celebrar un Convenio Interadministrativo con EDATEL S.A. E.S.P., cuyo
objeto es «DISEÑAR, DESARROLLAR, IMPLEMENTAR Y ALOJAR UN SISTEMA DE
INFORMACION PARA GESTIONAR LA BASE DE DATOS HISTÓRICA DE LOS
INDICADORES E INFORMACION DE LA DIRECCIÓN DE SISTEMAS DE
INDICADORES DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACION DEL
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, Y ENTREGAR UNA SOLUCIÓN DE ALOJAMIENTO
DE LA APLICACIÓN "SIGANTIOQUIA"» por un valor de TRESCIENTOS CUARENTA
CINCO MILLONES DE PESOS COLOMBIANOS ($345.000.000.00).

SEGUNDO: Adoptar como modalidad de selección para el presente caso la establecida
en el numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, esto es, la Contratación Directa,
soportada en la causal señalada en el literal c), ibídem, "Contratos Interadministrativos",
en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 78 del Decreto 2474 de 2008.

TERCERO: De conformidad con el artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 9 de
Decreto 2170 de 2002, dar a conocer a las veedurías ciudadanas del presente proceso d
contratación.

CUARTO: Contra el presente acto no procede recurso alguno de conformidad con I
establecido en el Artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.

QUINTO: La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición.



                               PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE


Dada en Medellín, a los
                           0 9 BIC. 2010




                          ANA CRISTIN DRENO PALACIOS
                   Directora Departamento Administrativo de Planeación
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


                                       RESOLUCION
                          0118703
                      	                    DE 	     09   DIc 2019


        POR MEDIO DEL CUAL SE RECONOCE IDONEIDAD A UNA ENTIDAD.

EL SECRETARIO DE EDUCACION PARA LA CULTURA DE ANTIOQUIA, en uso de sus
atribuciones legales y,



                             CONSIDERANDOQUE:
    De conformidad con lo dispuesto en el inciso 2° del articulo 355 de la Constitución
Política de Colombia. pueden celebrarse contratos con entidades privadas sin ánimo de
lucro y de reconocida idoneidad, con el fin de impulsar programas y actividades de interés
público.

   Según el artículo lo del Decreto Reglamentario 777 del 16 de mayo de 1992.
corresponde a la autoridad facultada para celebrar los respectivos contratos, evaluar la
idoneidad de la entidad contratista.

   LA FUNDACIÓN SOCIAL DE UNIBAN "FUNDAUNIBAN", con NIT 800.014.656-4, es
una entidad sin ánimo de lucro, con personería jurídica reconocida por la Gobernación de
Antioquia mediante Resolución 5275 del 31 de mayo de 1999. Asi mismo, mediante
reforma estatutaria aprobada por la Gobernación de Antioquía mediante Resolución 7483
del 27 de septiembre de 2001, se fijó como domicilio la ciudad de Medellín.

   La Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia y LA FUNDACIÓN SOCIAL
DE UNIBAN "FUNDAUNIBAN", aunaran esfuerzos para desarrollar procesos de
innovación educativa bajo tecnologías de punta con niños y niñas de transición a quinto,
en dos Establecimientos Educativos del Municipio de Carepa, mediante la utilización de
laptops como herramienta para potenciar capacidades, conocimiento y conectividad con el
mundo.

   LA FUNDACIÓN SOCIAL DE UNIBAN "FUNDAUNIBAN", cuenta con la experiencia,
infraestructura física, técnica, administrativa y financiera, lo que la hace idónea para
celebrar convenio de asociación con la Secretaría de Educación para la Cultura de
Antioquia.

   La propuesta a desarrollar conjuntamente con LA FUNDACIÓN SOCIAL DE UNIBAN
"FUNDAUNIBAN", está incluida en el Plan de Desarrollo 2008-2011 "Antioquia para
todos, Manos a la obra"; Reto 2: Gestión y Aseguramiento de la Calidad; Programa 02:
Evaluación para el mejoramiento; Producto: Análisis, seguimiento y usos de la evaluación
educativa, institucional, docente, de directivos docentes y estudiantil.


En consecuencia,

                                    RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Calificar como de reconocida idoneidad a la entidad sin ánimo de
lucro denominada LA FUNDACIÓN SOCIAL DE UNIBAN "FUNDAUNIBAN", con NIT
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


   -IRTICULO SUSIMIUU: El presente acto rige a partir de la fecha de su expedición




   _lado en Medellín a los	
                                 9 9 DIC. Mn!.I



                                COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.




                                    HUM             VILLA.
                              Secretario             ra la Cultura



                                   RESOLUCIÓN NÚMERO 0 1 1 8 7 O 4


                                     ( o g DIC. 2010
     POR MEDIO DE LA CUAL SE JUSTIFICA EL USO DE UNA MODALIDAD DE
                      SELECCIÓN DE CONTRATACIÓN
EL GERENTE DE COMUNICACIONES, en uso de sus facultades legales, en especial las
conferidas por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 2474 del 7 de Julio de
2008, Artículos 77 y 78, y los Decretos Departamentales, 1016 y 2794 de 2008, y


                                     CONSIDERANDO:
  Que en cumplimiento de los principios de transparencia y responsabilidad que rigen la
contratación pública, la Ley 1150 de 2007, artículo 2, numeral 4, prevé dentro de las
modalidades de selección, la CONTRATACIÓN DIRECTA.

   Que el Decreto 2474 de 2008, por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 80 de
1993 y la Ley 1150 de 2007, estableció en el Artículo 77 que "Cuando proceda el uso de
la modalidad de selección de contratación directa, la entidad así lo señalará en un acto
administrativo".

    Que en el Estudio Previo de Conveniencia y Oportunidad, la entidad definió la
necesidad de contratar con RUBEN SUAREZ BUSTAMANTE, el servicio de información a
la comunidad Antioqueña sobre el estado del Gobierno de Antioquia a través del periódico
EL PORTON.

   Que la anterior necesidad se encuentra sustentada, en el marco de la Línea Estratégica
5 del Plan de Desarrollo de Antioquia, correspondiente al Programa de Buen Gobierno,
cuyo propósito es la concertación y el posicionamiento de sentidos comunes, la
construcción de lo público y el desarrollo de procesos que permitan y motiven la
participación de los servidores públicos y de los ciudadanos, desde sus propios espacios
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


de actuación, en la ejecución del Plan de Desarrollo Departamental.
La información en la Gobernación de Antioquia es un bien público indispensable para
conocer los procesos de la Administración, para la realización del trabajo, para la toma
acertada de decisiones y la satisfacción del deber ciudadano de estar suficientemente
bien informado.

   Que el valor del Contrato es la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS DOS MIL
NOVECIENTOS PESOS ($2.502.900), con cargo al Certificado de Disponibilidad
Presupuestal No 3500017212 del 03 de diciembre de 2010 por el valor de $2.502.900,,
con cargo al rubro A.17.2/1111/0-1010/150302000/221005 denominado Comunicación'
pública para el Departamento de Antioquia.

   Que las obligaciones que deberá asumir RUBEN SUAREZ BUSTAMANTE serán la
siguientes:
        Publicar un aviso de 1/2 pagina en la revista El Portón.
       Velar por la ejecución satisfactoria del objeto contractual a efecto de que est
       sea realizado en forma clara y con la nitidez suficiente.
       Las demás consignadas en su oferta


  Que el plazo del contrato será a partir del acta de inicio y hasta el 31 de diciembre de
2010, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.

  Que los estudios y documentos previos a la contratación podrán ser consultados en I
Oficina 1208 de la Gerencia de Comunicaciones, ubicada en el piso 12 del Centr.
Administrativo Departamental "José María Córdova".

9. Que de acuerdo con lo anterior, se establece la necesidad de contratar directament
con RUBEN SUAREZ BUSTAMANTE.

En mérito de lo expuesto,

                                       RESUELVE:

PRIMERO: Contratar directamente con RUBEN SUAREZ BUSTAMANTE información a I
comunidad Antioqueña sobre el estado del Gobierno de Antioquia a través del periódic
EL PORTON. El Contrato tendrá un valor de DOS MILLONES QUINIENTOS DOS MI
NOVECIENTOS PESOS ($2.502.900).

SEGUNDO: Adoptar como modalidad de selección para el presente caso, la definida en
artículo 2°, numeral 4°, literal h) de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con el Decret
N° 2474 de 2008, en la que procede la contratación directa para la prestación de servicio
profesionales con personas naturales y jurídicas que estén en capacidad de ejecutar
objeto del contrato y que haya demostrado la idoneidad y experiencia directament
relacionada con el área de que se trate, como lo es en el caso presente.


TERCERO: Contra el presente acto no procede recurso alguno de conformidad con I
establecido en el Artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.

CUARTO: La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición.
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL



                                PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

  Dada en Medellín, a los nueve (9) días del mes de diciembre de 2010.




                            JUAN FERNA DO • RTIZ ARANGO
                                 Gerente d Co unicaciones
       -


                                      RESOLUCION No.          0118715
           POR MEDIO DE LA CUAL SPIR11900 UNOS INTERESES DE MORA

El Secretario de Productividad y Competitividad, y Director Ejecutivo del Fondo Departamenel
                                                                                           al
para la Promoción de Proyectos Productivos, en ejercicio de sus funciones, y en uso de s s
atribuciones que le confiere la ordenanza N 01 de Marzo 23 de 2.005 y su Decr o
reglamentario N°1090 del 21 de julio de 2.005, y el Acuerdo N° 001 de 2000, Articulo 59.

                                      CONSIDERANDO
   1 Que el Secretario de Productividad y Competitividad, y Director Ejecutivo del Fo            o
      Departamental de Proyectos Productivos está debidamente facultado para condonar        OS
      intereses causados, según la normatividad legal vigente.

   2 Que el Director Ejecutivo del Fondo, determino condonar los intereses de m • a
      equivalente al 100%., a la señora Rita Sulay Valencia Londoño. Previa la cancelac n
      del capital adeudado y los intereses corrientes debidos a la fecha.

   3 Que la señora Valencia Londoño, canceló el capital y los intereses corrientes,
      cuales ascienden a la suma de veinticinco millones ochenta y seis mil quinientos pe   -e
      M/L($25.086.000.00)

   4 Que entre los meses de Febrero y Octubre de 2010, la señora Valencia Londo o,
      canceló la suma que se precisa en el numeral 3° de la presente Resolución

   5 Que una vez llenos los requisitos exigidos se procede a la condonación de los intere
      de mora que ascienden a la suma de cincuenta y seis millones seiscientos novent Y
      nueve mil quinientos noventa y un pesos M/L ($56.699.591.00), esta condonación
      por una sola y única vez.

                                           RESUELVE
Articulo Primero: Condonar los intereses de mora del crédito # 245 equivalentes a la suma le
cincuenta y seis millones seiscientos noventa y nueve mil quinientos noventa y un pesos M L
($56.699.591.00), a la señora Rita Sulay Valencia Londoño.

Articulo Segundo	    La presente resolución rige a partir de la fecha
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


                                  COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 Dado en	       llín a los,
                               O 9 DIC. 2010



            LIA O VALDERRAMA ESPINOSA ci
Itecretario d Productividad y competitividad Y
 Director Ejecutivo del Fondo


                                        RESOLUCION No. 0 118 716
                                               O 9 0/C. 2010
            POR MEDIO DE LA CUAL SE CONDONAN UNOS INTERESES DE MORA


El Secretario de Productividad y Competitividad, y Director Ejecutivo del Fondo Departament , I
para la Promoción de Proyectos Productivos, en ejercicio de sus funciones, y en uso de s s
atribuciones que le confiere la ordenanza N 01 de Marzo 23 de 2.005 y su Decre
reglamentario N°1090 del 21 de julio de 2.005, y el Acuerdo N° 001 de 2000, Articulo 59.

                                        CONSIDERANDO
    1 Que el Secretario de Productividad y Competitividad, y Director Ejecutivo del Fon o
       Departamental de Proyectos Productivos está debidamente facultado para condonar I
       intereses causados, según la normatividad legal vigente.

   2 Que el Director Ejecutivo del Fondo, determino condonar los intereses de mo a
      equivalente al 100%., a la Cooperativa Agrícola Latifundio "FINCALATI". Previa a
      cancelación del capital adeudado y los intereses corrientes debidos a la fecha.

   3 Que la Cooperativa , canceló el capital y los intereses corrientes, los cuales asciend
      a la suma de cuarenta y cuatro millones quinientos mil quinientos pesos
      M/L($44.500.000.00)

   4 Que entre los meses de Marzo y Agosto de 2010, la Cooperativa, canceló la suma q
      se precisa en el numeral 3° de la presente Resolución

   5 Que una vez llenos los requisitos exigidos se procede a la condonación de los interes
      de mora que ascienden a la suma de veintiún millones novecientos setenta y dos
      ochocientos ochenta y nueve pesos M/L ($21.972.889.00), esta condonación es p
      una sola y única vez.

                                             RESUELVE
Articulo Primero: Condonar los intereses de mora del crédito # 719 equivalentes a la suma dg
veintiún millones novecientos setenta y dos mil ochocientos ochenta y nueve pesos MILJ
($21.972.889.00), a la Cooperativa Agrícola Latifundio "FINCALATI".

Articulo Segundo	      La presente resolución rige a partir de la fecha
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL

                                 COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dado e•ellín a los,	
                            9   DIC 2,010

       IL NO VALDERRAMA ESPINOSA
 ecretario •e Productividad y competitividad
Director Ejecutivo del Fondo



                    RESOLUCIÓN NÚMERO               0 1 1 8 71 7 DE 2010

                                        0 9 DIC. 2010
"Por medio de la cual se causan novedades en la Planta global de Cargos y en el Manual Especifico
         de Funciones y de Competencias Laborales de la Administración Departamental"

LA SECRETARIA • DE GESTIÓN HUMANA Y DESARROLLO
ORGANIZACIONAL, en ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 3°
del Decreto Departamental 2576 del 14 de octubre de 2008 y el Artículo 5° del
Decreto Departamental 2579 del 14 de octubre de 2008, y

                                     CONSIDERANDO:

    Mediante el artículo 3° del Decreto Departamental 2576 del 14 dé octubre de
    2008, se delega	 en el Secretario de Gestión Humana y Desarrollo
    Organizacional, la competencia para asignar a las diferentes dependencias los
    cargos de la planta global y efectuar los movimientos internos de todos los
    organismos, de acuerdo con los planes, programas y proyectos que desarrolle
    cada una de las dependencias que conforman la Administración
    Departamental Orden Central.

    El artículo 5° del Decreto Departamental 2579 del 14 de octubre de 2008,
    faculta a la Secretaría de Gestión Humana y Desarrollo Organizacional, para
    actualizar, modificar o adicionar el Manual Específico de Funciones y
    Competencias Laborales.

    El Decreto Ley 785 de 2005, establece los criterios y la obligatoriedad para
    definir e incorporar en los manuales específicos de funciones y de requisitos
    las competencias laborales mínimas, para los diferentes empleos públicos de
    las entidades del orden territorial.

    El Gobierno Nacional expidió el Decreto 2539 de julio 22 de 2005, "Por el cual
    se establecen las	 competencias laborales generales para los empleos
    públicos de los distintos niveles jerárquicos de las entidades a las cuales se
    aplican los decretos ley 770 y 785 de 2005".

E. Mediante Decreto Departamental 0471 del 21 de febrero de 2006, se asimila
    la nomenclatura, clasificación y códigos de empleos, acorde con el Decreto-
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL




          Ley 785 del 17 de marzo de 2005, reglamentario de la Ley 909 del 23 d
          septiembre de 2004.

                                          RESUELVE:

ARTÍCULO 1°-	       Trasladar en la planta global de cargos de la Administració
Departamental, a la señora Vilma Estella Tabares Rua, identificada con cédula d
ciudadanía número 43.669.192, Auxiliar Administrativo, código 407 grado 03, de
grupo de trabajo del Despacho de Planeación Departamental, para el grupo d
trabajo del Despacho del Secretario de la Secretaría de Hacienda, cargo Auxilia
Administrativo, código 407 grado 03, ID 961 y actualizar el manual específico d
funciones y competencias laborales, así:

                                       I. IDENTIFICACION
Nivel: Central
Denominación del Empleo: AUXILIAR ADMINISTRATIVO
Código: 407
Grado: 03
No de Cargos: Uno (1)
Dependencia: Cargo del Jefe inmediato:
407   3
                               SECRETARÍA DE HACIENDA
                            DESPACHO DEL SECRETARIO (1)
                                  II. PROPOSITO PRINCIPAL
Apoyar y Complementar las tareas propias de los niveles superiores, ejecutand
actividades o tareas de simple ejecución.
                       III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
    Efectuar los trámites oficiales dentro o fuera de la dependencia que le sea
encomendados.

    Movilizar ordenadamente los documentos y demás elementos que se le indiquen,
teniendo en cuenta los controles de correspondencia que se adopten.

3. Apoyar al personal de la dependencia en la elaboración y presentación de informes.

   Colaborar en la verificación y control de información en las diferentes dependencias de
la secretaria como apoyo a los procesos que allí se adelanten.

      Recolectar, organizar y clasificar la información que se le sea asignada

   Clasificar y distribuir la documentación que se genere en los diferentes procesos que
desarrolla la Secretaria de Hacienda.

   Custodiar la información asignada para su conservación, de acuerdo con normas y
estándares establecidos en la Secretaria.

8. Atender las diferentes consultas que realicen los funcionarios, entidades del orden
Departamental, Nacional y el público en general.
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


   Realizar préstamos de la documentación, utilizando las tarjetas de control, y velar por s
 pronta devolución.

     Guardar absoluta reserva sobre todos los documentos que se reciban y se generen e
 la Secretaria.

    Contribuir al Mantenimiento y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestió
a través de la participación activa en todas sus actividades, estrategias y programa
definidos por la Dirección de Desarrollo Organizacional.

    Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel
la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

             IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
Los planes, programas y proyectos institucionales presentados están de acuerdo con la
políticas y normas vigentes en la materia.

La participación activa en las actividades programadas en el Sistema Integrado d
Gestión, permiten su mantenimiento y mejoramiento continuo.

                          CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
Plan de Desarrollo.

Manejo de procesador de palabras y hoja de cálculo.

Sistema Integrado de Gestión.

                      REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS: Diploma de bachiller en cualquier modalidad.

EXPERIENCIA: Nueve (9) meses de experiencia relacionada.

ARTÍCULO 2°- De la presente Resolución, se enviará copia a la Dirección de
Desarrollo Organizacional y a la Dirección de Personal de la Secretaría de Gestión
Humana y Desarrollo Organizacional.

                             COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Medellín, a los         09 DIC. 7010




                            ANA RÍA RUIZ ZAPATA
             Secretaria de Gestió Humana y Desarrollo Organizacional


                                         0118718
                          RESOLUCIÓN NÚMERO	     DE 2010
                                     09 DIC. 910
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


  POR MEDIO DE LA CUAL SE JUSTIFICA EL USO DE UNA MODALIDAD DE
                   SELECCIÓN DE CONTRATACIÓN


LA SECRETARIA GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, en
ejercicio de las facultades, conferidas por la Resolución No. 0117916 de 2010, por
los Decretos Departamentales 926 de abril 08 de 2008 y 1016 de abril 14 de
2008, y


                               CONSIDERANDO:


      Que el artículo 209 de la Constitución Política, señala que la función
      administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con
      fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía,
      celeridad, imparcialidad y publicidad.

      Que el Decreto 2474 de 2008, reglamentario de la Ley 1150 de 2007,
      estableció en el artículo 77 que "Cuando proceda el uso de la modalidad de
      selección de contratación directa, la entidad así lo señalará en un acto
      administrativo".

      Que el artículo 2, numeral 4, literal c) de la Ley 1150 de 2007, en
      concordancia con el artículo 81 del Decreto 2474 de 2008, establecen como
      causal	 de contratación	 directa	 la suscripción	 de contratos
      interadministrativos siempre que las obligaciones derivadas de los mismos
      tengan relación directa con el objeto de la entidad ejecutora señalado en la
      ley o en sus reglamentos.

      Que de conformidad con lo señalado en los estudios y documentos previos
      elaborados para el efecto, el Departamento de Antioquia requiere contratar
      la Prestación de Servicio de Admisión curso, entrega y devolución de
      correspondencia urbana, nacional e internacional y servicios postales
      complementarios para la Gobernación de Antioquia.
      Que Servicios Postales Nacionales - S.A, es una empresa Industrial y
      Comercial del Estado adscrita al Ministerio de la Tecnología de la
      información y las telecomunicaciones, cuyo objeto según sus estatutos
      consiste	 en la prestación de servicios postales que comprenden la
      prestación del servicio de correo nacional e internacional, el servicio de
      mensajería especializada y los servicios postales de pago.

      Que las condiciones que se le exigirán a la entidad ejecutora serán las
      siguientes: 1. Prestar el servicio contratado con la debida diligencia y
      prontitud de acuerdo con la matriz de categoría de tiempos y destinos en la
      propuesta presentada. 2. Devolver debidamente revisada y firmada la
      primera copia de la planilla de imposición de los envíos, además por
      pérdida	 de un envío certificado, asegurado o Postexpress, EL
      CONTRATISTA pagara el valor que corresponda, de conformidad con la
      escala vig ente para tal efecto, previa la investigación correspondiente y
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


      aprobación mediante Resolución. 3. Devolver debidamente revisaaa,
      firmada y sellada la primera copia de la planilla de imposición de los envíos;
      no se recibe	 fotocopia. 4. Presentar	 mensualmente la facturación
      correspondiente por el valor de los portes, de acuerdo con las planillas de
      imposición. 5. Impartir instrucciones y orientar a los funcionarios de EL
      DEPARTAMENTO sobre la forma de cumplir los procedimientos postales,
      en cuanto tiene que ver con acondicionamiento (embalaje), dimensiones,
      rotulación del destinatario y remitente, limite de peso y prohibiciones. 6.
      Aplicar los portes de franqueo de acuerdo con las tarifas vigentes,
      aprobadas por la juta Directiva de Servicios Postales Nacionales S.A. 7.
      Anexar a la facturación por los servicios prestados a las dependencias de
      EL DEPARTAMENTO, una relación	 detallada discriminando por
      Organismo, según la estructura administrativa de EL DEPARTAMENTO,
      los diferentes envíos y su valor correspondiente, para efectos de poder
      establecer el control administrativo sobre la ejecución del contrato. 8.
      Garantizar la confidencialidad y privacidad de la información que por razón
      del presente contrato deben manejar 9. Obrar con lealtad y buena fe en el
      desarrollo del contrato, evitando dilataciones innecesarias 10. Desplazar a
      las instalaciones de EL DEPARTAMENTO, el funcionario o funcionarios
      necesarios e indispensables con el fin de recibir y portear debidamente
      todos los envíos, tanto oficiales como del usuario externo, aclarando que
      este ultimo pagara inmediatamente dicho servicio, directamente al
      funcionario de EL CONTRATISTA. PARAGRAFO. Los servicios objeto del
      presente Contrato serán prestados por EL CONTRATISTA, en los horarios
      normales fijados por EL DEPARTAMENTO para sus empleados, es decir
      entre las 7:30 A.M.,. Y las 12:00 M, y entre la 1:15 P.M. y las 5:35 P.M. de
      lunes a viernes.

      Que el valor del contrato se estima en la suma de TRESCIENTOS
      SESENTA MILLONES DE PESOS MC ($360.000.000), con cargo a al
      certificado	      de	     disponibilidad	    presupuestal	     3700005952
      de Noviembre 11 de 2010, por un valor de $55.000.000 rubro presupuestal
      1.2.90/1122/0-1010 Fondos Comunes otros gastos generales y un
      certificado de vigencia futura para el año 2011 No 6000000435, rubro
      1.2.90/1122/0.1010 otros gastos generales, por un valor de $305.000.000.
      Que de acuerdo con lo expuesto, se establece la necesidad de celebrar un
      contrato interadministrativo con Servicios Postales Nacionales S.A., por un
      valor de TRESCIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS
      ($360.000.000,00) y un plazo de ejecución de doce (12) meses contados a
      partir de la suscripción del acta de inicio.


                                   RESUELVE:


ARTÍCULO PRIMERO: Suscribir con Servidos Postales Nacionales S.A., empresa
industrial y comercial del estado, adscrita al ministerio de tecnologías de la
información y comunicaciones, un contrato interadministrativo cuyo objeto consiste
en: la Prestación de Servicio de Admisión curso, entrega y devolución de
correspondencia urbana, nacional e internacional y servicios postales
complementarios para la Gobernación de Antioquia, por un valor de Trescientos
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


Sesenta Millones de Pesos ($360.000.000) y un plazo de ejecución de ejecución
de doce (12) meses, contados a partir de la suscripción del acta de inicio.


ARTÍCULO SEGUNDO: Publicar la presente Resolución en el Sistema Electrónico
para la Contratación Pública —SECOP- a través del Portal Único de Contratación.}

ARTÍCULO TERCERO: Contra el presente acto administrativo no procede ningún
recurso.



                           PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE


Dada en Medellín, a los	
                           0 9 DIC. 2010




                       BEATRI EL	           MOLINA
                            Secr na General

                                RESOLUCION No ()         1 1 8 71 9
                                     10 DIC. 2010
Por medio de la cual se aprueba una (1) plaza de Servicio Social Obligatorio er,
Medicina en la E.S.E.Hospital San Bartolomé del Municipio de Murindó.


     El SECRETARIO SECCIONAL DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL DE
                            ANTIOQUIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas,
por las Leyes 1164 de 2007 y 715 de 2001, las Resoluciones 1058 del 23 de Marzc
y 2595 del 8 de julio de 2010.

                                 CONSIDERANDO

   Que el artículo 33 de la ley 1164 del 3 de octubre de 2007, creó el Servicio Social'
   Obligatorio para los egresados de los programas de Educación Superior de
   Medicina, Odontología, Enfermería y Bacteriología.

   Que la E.S.E. Hospital San Bartolomé del Municipio de Murindó presentó Estudio
   Técnico de modificación de la planta de cargos para la apertura de una (1) plaza
   de Servicio Social Obligatorio en la modalidad de prestación de servicios
   profesionales en E.S.E. habilitada para prestar servicios de. salud a la población
   deprimida urbana o rural.
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


    Que la Resolución 1058 del 23 de marzo de 2010, expedida por el Ministerio d
    la Protección Social, en su artículo 9 delegó la aprobación de plazas para e
    cumplimiento del Servicio Social Obligatorio en las Direcciones Departamentale
    y Distritales de Salud.

    Que la E.S.E. Hospital San Bartolomé del Municipio de Murindó, cumple con lo
    requisitos legales, técnicos y administrativos para la aprobación de una (1) plaz
    de Servicio Social Obligatorio, en la modalidad de prestación de servicio
    profesionales en E.S.E habilitada para prestar servicios de salud a la població
    deprimida urbana o rural.

    Que la E.S:E. Hospital San Bartolomé del Municipio de Murindó, certific
    disponibilidad presupuestal para atender las obligaciones contraídas con I
    creación de una (1) plaza para médico en servicio social obligatorio en I
    modalidad de prestación de servicios profesionales en E.S.E. habilitada par
    prestar servicios de salud a la población deprimida urbana o rural.

    Que la Dirección Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia consider
    pertinente la aprobación de una plaza para servicio social obligatorio en I
    modalidad de prestación de servicios profesionales en E.S.E. habilitada par

   prestar servicios de salud a la población deprimida urbana o rural en la. E.S.E.
   Hospital San Bartolomé del Municipio de Murindó- Antioquia.

   En mérito de lo antes expuesto, este Despacho.


                                     RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar una (1) plaza de Servicio Social Obligatorio en
Medicina, bajo la modalidad de prestación de servicios profesionales en E.S.E.
habilitad para prestar servicios de salud a la población deprimida urbana o rural en la
E.S.E. Hospital San Bartolomé del Municipio de Murindó — Antioquia y la cual se
identificara así: 002M/2010- 004 A

ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar personalmente el contenido del presente acto
administrativo al doctor WALTER GONZALEZ POLO Gerente de la E.S.E. Hospital
San Bartolomé del Municipio de Murindó o a quien haga sus veces, informándole que
contra el presente acto procede el recurso de reposición y el de apelación ante el
Secretario Seccional de Salud y Protección Social y el Señor Gobernador de
Antioquia respectivamente, los cuales deberá interponer por escrito en el momento
de la diligencia de notificación dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a ella,
previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Código Contencioso
Administrativo.

ARTÍCULO TERCERO: La Dirección Seccional de Salud y Protección Social de
Antioquia, podrá revocar la aprobación de la plaza aprobada en el artículo primero
de la presente resolución, cuando se incumpla cualquiera de las condiciones o
requisitos previstos para su otorgamiento.
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


  ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de                  S,.1
  expedición.

                             COMUNÍQUESE y CÚMPLASE
  Dada en Medellín, a los	    1 0 Oi	      p




                       CARLOS MARIO RIVERA ESCOBAR
          Secretario Seccional de Salud y Protección Social de Antioquiar


                                               6 118725
                    RESOLUCIÓN NuMER                      DE 2010

                                   10 DIC. 2010
           POR MEDIO DE LA CUAL SE EFECTÚA UNA DELEGACIÓN
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, en uso de sus facultades
legales, en especial las conferidas por las Leyes 80 de 1993, 489 de 1998, 1150 de
2007 y,
                                 CONSIDERANDO
   Que el artículo 209 de la Constitución Política señala que la función
   administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con
   fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía,
   celeridad, imparcialidad y publicidad.
   Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 9 de la Ley 489 de 1998 —
   mediante la cual se determina la estructura y se definen los principios y reglas
   básicas de la organización y funcionamiento de la Administración Pública- las
   autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación transferir el
   ejercicio de funciones a sus colaboradores.
3. Que, igualmente el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 21
    de la Ley 1150 de 2007, establece que los representantes legales de las
    entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para
    celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones o concursos en
    los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo, o ejecutivo o
    en sus equivalentes.

En mérito de lo expuesto,
                                        RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Delegar en el Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, la
competencia para celebrar el convenio cuyo objeto es: "Dotar los apiarios y el centro
de acopio con sus respectivos equipos e insumos para fortalecer la producción de la
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


        miel y cera de abejas de los integrantes de la Cooperativa COAPIGUA en los
        municipios de Necoclí y Turbo, de conformidad	 con	 el Plan de Desarrollo
        Departamental, cronograma de actividades y plan de inversiones, los cuales hacen
        parte integrante del presente convenio.
        PARÁGRAFO: La presente delegación incluye la competencia para la realización de
        las actividades inherentes al trámite de los convenios, incluidas las modificaciones, ya
        sean adiciones o prórrogas al mismo y la expedición de los actos administrativos
        necesarios en las etapas contractual, de ejecución y liquidación de los convenios,
        incluyendo la suscripción del acta de terminación y liquidación.
        ARTÍCULO SEGUNDO: Ésta Resolución rige a partir de la fecha de su expedición
                                        PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

                                                                  f¿cria, 4
                                     LUIS ALFREDO RAMOS BOTERO
                                                Gobernador
                                         Departamento de Antioquiap

                                           "-71stnzw:--•	
                                                                       0118726
                                  RESOLUCIÓN NÚMERO No 	                    	
                                                                                        1 0 DIC. 2010

        POR MEDIO DE LA CUAL SE JUSTIFICA EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DIRECTA PARA LA
                             CELEBRACION DE UN COVENIO INTERADMINISTRATIVO
    EL SECRETARIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA en
   uso de sus facultades Constitucionales y Legales y en especial las conferidas por las Leyes 80 de 1993, 11 de
   2007 y los Artículos 77 y 78 del Decreto Nacional N° 2474 de Julio 7 de 2008, por los Decretos Departamen les
               N° 926 del 8 de abril de 2008 y 1016 del 14 de abril de 2008, el 1281 de mayo 14 de 2008

                                                CONSIDERANDO:

    Que en cumplimiento de los principios de transparencia y responsabilidad que rigen la Contratación Públi a, la
  Ley 1150 de 2007, artículo 2, numeral 4, literal c), prevé los Convenios Interadministrativo como una d las
  modalidades de Contratación Directa.

     Que el Decreto 2474 de 2008, por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 80 de 1993 y la Ley 11 	 de
  2007, estableció en el Articulo 77 que "Cuando proceda el uso de la modalidad de selección de Contrat. ción
  Directa, la entidad así lo señalará en un Acto Administrativo".

  3. Que en el Artículo 78 del Decreto 2474 de 2008, se hace referencia a los Convenios Interadministra ivos,
  indicando que "Las entidades señaladas en el artículo 2 de la Ley 80 de 1993 celebrarán directamente conv nios
  entre ellas, siempre que las obligaciones del mismo tengan relación directa con el objeto de la en idad
  ejecutora..."
 4 .Que en los Estudios y Documentos Previos, el Departamento definió la necesidad de celebrar un Con enio
 Interadministrativo con el Municipio de SAN CARLOS, cuyo objeto es "Apoyar la renovación de 50 hectáre s de
 caña de azúcar (Saccharum officinarum L.) para la producción de panela en el Municipio de SAN GALOS". Que
 para la celebración del presente convenio se cuenta con los siguientes recursos . El Departamento de Antio. la –
 Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, la suma de OCHENTA Y NUEVE MILLONES DE PESOS M-L
— $89'000.000 el Munici p io de SAN CARLOS, la suma de CUARENTA Y OCHO MILLONES CU TROCIE TOS
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


 VEINTE MIL PESOS MIL ($48'420.0000), así: TREINTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTdS VEINT MIL
 PESOS M/L (38'420.000) en efectivo y DIEZ MILLONES DE PESOS M/L ($10'000.000) en Bienes y Servicics y la
 Comunidad, la suma de OCHENTA Y DOS MILLONES DE PESOS M-L ($82'000.000), así. DIEZ MILLONES DE
 PESOS M/L ($10'000.000) en efectivo y SETENTA Y DOS MILLONES DE PESOS M/L ($72'000.000) en bienes
 y servicios, para lo cual se exigirá al Municipio las siguientes condiciones:
          Disponibilidad Presupuestal del Municipio
         Certificado de la Comunidad
          Otorgamiento de Garantías.
          En el momento de autorizar los pagos al Municipio este acreditará al Interventor estar al día con e pago
          de la seguridad social integral y parafiscal.
 5. Que se ha elaborado los pertinentes análisis de Estudios y Documentos- Previos, dada la modalidad de la
 selección de Contratación Directa Proyecto Especifico que se encuentra matriculado en el Banco de Pro ectos
 del Departamento Administrativo de Planeación, mediante el No. 2010-050000179. y articulado al Proyecto Bolsa
 No. .2010-050000571, estudios que se encuentran a disposición de quien esté interesado en consultarlos con los
 documentos que hacen parte del CONVENIO en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, Quintc Piso,
 Oficina 501, del Centro Administrativo Departamental.

  En merito de lo expuesto, este Despacho.
                                                      RESUELVÉ:
ARTÍCULO ÚNICO: Ordenar la celebración de un Convenio Interadministrativo por la modalidad de Contri       tación
Directa con el Municipio de SAN CARLOS. cuyo objeto consistirá en "Apoyar la renovación de 50 hectáreas d caña
de azúcar (Saccharum officinarum L.) para la producción de panela en el Municipio de SAN GALOS". Valor t c tal del
contrato DOSCIENTOS DIECINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL PESOS M-L ($219'420.0( 0).
                                                      CÚMPL4

                                              EDGA	          LA CANO
                                     Secretario de Agn	 ltur y Desarrollo Rural
  Dora L.2010; L!O


                                              RESOLUCION N°                0 1 1 8 7 31
                                         (	                            )
                                                  10 OIC. 2010
    POR MEDIO DE LA CUAL SE ADJUDICA LA SELECCIÓN ABREVIADA DE MENO t;
                          CUANTIA S.A. -20-111-2010

LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA FISICA, en ejercicio de sus facul des
constitucionales y legales en especial las que le confiere la Resolución 0114107 del O de
noviembre de 2010, de conformidad con la ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el de reto
2474 de 2008, demás normas reglamentarias y,
                                              CONSIDERANDO
    A. Que mediante Resolución 0115450 del 17 de noviembre de 2010, se orden la
       apertura de la Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-111-2010, cuyo o l jeto
       es: MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LA VIA SAN PEDRO DE
         URABA- EL TAMBITO- SUBREGIÓN URABA —DEPARTAMENTO DE ANTIOQUI
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


Que conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 2474 de 2008, se izo a
través de la pagina Web de la Gobernación de Antioquía, invitación públic a la
Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-111-2010, cuyo objete 	 es:
MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LA VIA SAN PEDRO DE U 	                 BA-
EL TAMBITO- SUBREGIÓN URABA — DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.

Que el Presupuesto Oficial establecido para esta contratación se fijó en la su a de
cuatrocientos setenta millones setecientos ochenta y ocho mil novecientos nov: nta y
nueve pesos mil. ($ 470.788.999)

Que entre el 17 y 19 de noviembre de de 2010 a las 11:30 a.m., periodo para cibir
                                                                               	
manifestaciones de interés en participar se postularon 39 personas, tal y como   sta
en acta de inscripción suscrita por los interesados.

Que el 19 de noviembre de 2010 a las 3:00 p.m., en la oficina 902 de la Secreta la de
Infraestructura Física, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 20.'5 de
2009, se realizo el sorteo de de consolidación de oferentes; el cual dio como res Itado
la habilitación de las siguientes personas:

       Consorcio Construyendo Ingeniería.
       Consorcio Ingeniería Colombiana.
       Camilo Duque.
       Elesco Ltda.
       Chamat Ingenieros Ltda.
       U.T Aicardo Vélez — Corpalmitas
       Consorcio Uraba Antioqueño.
       Consorcio Uraba 2010
       Consorcio Uraba Siglo XXI
       Consorcio Vial Uraba.

Que el 22 de noviembre de 2010, en el lugar y hora indicados en el cronogra a del
proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, se llevaron a cabo las Audi: ncias
de Aclaraciones y Estimación, Tipificación y Asignación de Riesgos.

Que el día 25 de Noviembre de 2010, fecha de cierre de la contratación se reci ieron
las siguientes propuestas:

   1    CONSORCIO URABÁ SIGLO XXI
   2    CHAMAT INGENIEROS
   3    CONSORCIO URABÁ ANTIOQUEÑO
   4    CAMILO E. DUQUE FRANCO

Que para realizar la evaluación de las propuestas, era necesario hacer los es dios
jurídicos, técnicos y financieros, consagrados en los pliegos de condiciones.

Que una vez cotejados los documentos soporte de las propuestas a la luz e la
prescripción del pliego de condiciones con la finalidad de obtener la propuest más
favorable, se tiene que la propuesta presentada por el CONSORCIO URABA           GLO
XXI, no cumple, con el requisito habilitante de presentar con su ofrecimiento la óliza
de seriedad de oferta, incurriendo en la causal de rechazo establecida en el nu eral
  5.2 del lee o de condiciones ue indica:
ANTIOQU1A - GACETA DEPARTAMENTAL

         - Cuando no se presente la garantía de seriedad n3quenda de forma simultánea cón la ate              a, de
        conformidad con lo dispuesto en el articulo 1 del Decreto 2493 de 2009".

       Que el proponente CAMILO E. DUQUE FRANCO, modifico el formulario "Valor c e la
       Propuesta", en su ítem Obras Complementarias, incurriendo en la causal de rec azo
       establecida en el numeral 5.5.16 del pliego de condiciones que indica:
      "Cuando modifiquen o alteren los datos suministrados por la entidad al formulado valor    la
      propuesta (descripción de Ítems, Unidades, Cantidades de Obra), o no se consigne en él u 00
      varios precios unitarios".


      Que el resultado final sobre los puntajes asignados a los criterios de evalua ión
      señalados en el numeral 5.2"FACTORES DE CALIFICACION," se tiene:




                                                              PUN	   ES
           PROPONENTE                                                            TOTAL PUNTAJE    ORDEN
                                                  VALOR DE LA        PROPUESTA                   ELEGIBILID
                                                  PROPUESTA           TÉCNICA

                 L TOA,                              548.03            200,00       848.03

D'ISORCI UPAD?, ANTE03DV,                            650.00            350.00       1000,00



  L. Que el informe de evaluación de las propuestas fue publicado en la página 1e
     contratación estatal www.contratos.gov.co , de conformidad con lo establecido en el
     Decreto 2474 de 2008, a partir del día 01 hasta el 03 de diciembre de 2010, amb s
     fechas inclusive, sin que se presentaran observaciones al informe de evaluaci •n
     publicado por la entidad.

      Que el día 9 de diciembre de 2010, se publicó en el Portal de Contratación el borra Of
      de Resolución de Adjudicación.

      La Secretaria de Despacho de la Secretaria de Infraestructura del Departamento e
      Antioquia, habiendo desarrollado el procedimiento establecido en el pliego •e
      condiciones, observando el debido proceso, se procede a tomar la decisión media e
      resolución de adjudicación, ratificando la evaluación realizada y el orden e
      elegibilidad publicado en la página www contratos gov cc., el cual se presento en el
      cuadro resumen de puntaje.


      Por lo antes expuesto,

                                              RESUELVE:


    ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicar al CONSORCIO URABÁ ANTIOQUEÑO.(RUT
    ELENA TABARES ZULETA — PAVIMEDCO S.A.), el contrato derivado de la Selecció
    Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-111-2010, cu yo obieto es: MEJORAMIENTO D
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL      t.,
                                                                                                2
	                                                                                       	 -
       LA TRANSITABILIDAD EN LA VIA SAN PEDRO DE URABA- EL TAMBIT D-
       SUBREGION URABA — DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA., por un valor de
       Cuatrocientos Sesenta Millones Setecientos Mil Novecientos Noventa y Nueve Pes DS
       mil. ($ 460.700.999) y un plazo de un y medio (1.5) meses de conformidad con I Ds
       pliegos de condiciones y la propuesta presentada por el proponente.

       ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar en RUTH ELENA TABARES ZULETA, identificado
       con la cédula de ciudadanía numero 30.303.454,	 Representante Legal 	 cel
       CONSORCIO URABA ANTIOQUEÑO (RUTH ELENA TABARES ZULETA —
       PAVIMEDCO S.A.), adjudicatario el contenido integro de la presente Resolución.

       ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente Resolución, no procede recurso alguno
       por la vía Gubernativa.


                                   NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

        Dada en Medellín,	      rue. 201


                                 MARIA CRISTINA MESA ZAPATA
                                Secretaria de Infraestructura Física


                                                              0118732
                                           RESOLUCION N°

                                              10 DIC. 2010

       POR MEDIO DE LA CUAL SE ADJUDICA LA SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOF
                             CUANTIA S.A. -20-110-2010

    LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA FISICA, en ejercicio de sus faculta les
    constitucionales y legales en especial las que le confiere la Resolución 0114107 del 05 de
    noviembre de 2010, de conformidad con la ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el decreto
    2474 de 2008, demás normas reglamentarias y,
                                        CONSIDERANDO
       A. Que mediante Resolución 0115450 del 17 de noviembre de 2010, se ordenó la
          apertura de la Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-110-2010, cuyo objeto
          es la: ATENCION DE LA EMERGENCIA VIAL Y PUNTO CRITICO PARA
          RESTABLECER LA TRANSITABILIDAD EN LA VIA ARBOLETES — EL TAMBI r0
          (26KM).
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


   Que conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 2474 de 2008, se hi o a
   través de la pagina Web de la Gobernación de Antioquia, invitación pública 	     la
   Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-110-2010, cuyo objeto e 	 la:
   ATENCION DE LA EMERGENCIA VIAL Y PUNTO CRITICO PARA RESTABLE ER
   LA TRANSITABILIDAD EN LA VIA ARBOLETES — EL TAMBITO (26KM).

   Que el Presupuesto Oficial establecido para esta contratación se fijó en la sum. de
   Cuatrocientos sesenta y ocho millones trescientos trece mil novecientos 'cincuen a y
   ocho pesos mil. ($ 468.313.950)

D. Que entre el 17 y 19 de noviembre de de 2010 a las 11:30 a.m., periodo para re ibir
   manifestaciones de interés en participar se postularon 42 personas, tal y como co sta
   en acta de inscripción suscrita por los interesados.

E Que el 19 de noviembre de de 2010 a las 3:00 p.m., en la oficina 902 de la Secretaria
   de Infraestructura Física, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 202' de
   2009, se realizo el sorteo de de consolidación de oferentes; el cual dio como resultado
   la habilitación de las siguientes personas:

         Consorcio Yakar Ingeniería
         U.T Aicardo Vélez — Corpalmitas
         Edgar Adolfo Hoyos García
         Arturo jurado Guarín
         Ingeniería y Construcciones Palacio Baena
         MCYS Ltda.
         Construcciones y Vías Ingenieros Contratistas CONVIAL S.A.S
         Germán Villegas
         Consorcio Uraba Siglo XXI
         Consorcio Arboletes.

   Que el 22 de noviembre de 2010, en el lugar y hora indicadas en el cronograma •el
   proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, se llevaron a cabo las Audien as
   de Aclaraciones y Estimación, Tipificación y Asignación de Riesgos.

   Que el día 25 de Noviembre de 2010, fecha de cierre de la contratación se recibie on
   las siguientes propuestas:


    1      INGENIERIAS Y CONSTRUCCIONES PALACIO BAENA S.A - ICPB S.A
    2      CONSORCIO URWIE- SIGLO XXI
                           iÁ
    3
    4
           CONVIAL S.A.S
           CONSORCIO ARBOLETES
                                                                                        •
    5      EDGAR ADOLFO GARCÍA


   Que para realizar la evaluación de las propuestas, era necesario hacer los estudi    DS
   jurídicos, técnicos y financieros, consagrados en los pliegos de condiciones.

   Que una vez cotejados los documentos soporte, de las propuestas a la , luz de la
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


   prescripción del pliego de condiciones con la finalidad de obtener la pi-Opuesta más
   favorable, se tiene que la propuesta presentada por el CONSORCIO URABA SI LO
   XXI, no cumple, con el requisito habilitante de presentar con su ofrecimiento la p liza
   de seriedad de oferta, incurriendo en la causal de rechazo establecida en el nu eral
   5.5.2 del pliego de condiciones que indica'

     "Cuando no se presente la garantía de seriedad requerida de forma simultánea con La ofe s, de
     conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 2493 de 2009"

J. Que el resultado final sobre los puntajes asignados a los criterios de evaluación
    señalados en el numeral 5.2 'FACTORES DE CALIFICAC/ON," se tiene:
                                                  014 OS

                             /Atm
                                                                   Illi



                                                             fi.


                                           •)


                         :


                     J
                                           P432              112




K. Que el informe de evaluación de las propuestas fue publicado en la página                  e
   contratación estatal www.contratos.gov.co , de conformidad con lo establecido en           el
   Decreto 2474 de 2008, a partir del día 01 hasta el 03 de diciembre de 2010, am              s
   fechas inclusive, sin que se presentaran observaciones al informe de evaluaci               n
   publicado por la entidad.

L Que el día 9 de diciembre de 2010, se publicó en el Portal de Contratación el borra or
   de Resolución de Adjudicación.

M. La Secretaria de Despacho de la Secretaria de Infraestructura del Departamento             de
   Antioquia, habiendo desarrollado el procedimiento establecido en el pliego                 de
   condiciones, observando el debido proceso, se procede a tomar la decisión media             te
   resolución de adjudicación, ratificando la evaluación realizada y el orden                 de
   elegibilidad publicado en la página www contratos qov co., el cual se presento e            el
   cuadro resumen de puntaje.

   Por lo antes expuesto,


                                          RESUELVE:


   ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicar a la sociedad INGENIERIA Y CONSTRUCI N
   PALACIO BAENA S.A. — ICPB S.A., el contrato derivado de la Selección Abreviada e
   Menor Cuantía S.A. -20-110-2010, cuyo objeto es la: ATENCION DE
   EMERGENCIA VIAL      Y PUNTO CRITICO PARA RESTABLECER
   TRANSITABILIDAD EN LA VIA ARBOLETES — EL TAMBITO (26KM), por un valor e
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


      Cuatrocientos Cincuenta y Ocho Millones Trescientos Veintiocho Mil Ocho entos
      Pesos mil. ($ 458.328.800) y un plazo de un y medio (1.5) meses de conformid d con
      los pliegos de condiciones y la propuesta presentada por el proponente.

    ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar a JUAN JOSE BAENA CORREA, identificada con
    la cédula de ciudadanía numero 71.686.063, Representante Legal de la socia dad
    INGENIERIA Y CONSTRUCION PALACIO BAENA S.A. — ICPB S.A., adjudicata la el
    contenido integro de la presente Resolución.


    ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente Resolución, no procede recurso al uno
    por la vía Gubernativa.


                                NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

    Dada en Medellín,    ‘41 ‘Ç „ r110



                             MARIA CRISTINA MESA ZAPATA
                            Secretaria de Infraestructura Física


                                      RESOLUCION NO 1 1 8 7 3 3
                                (	                       )
                                             DIC. 2010
   POR MEDIO DE LA CUAL SE ADJUDICA LA SELECCIÓN ABREVIADA DE MENO
                         CUANTIA S.A. -20-109-2010


LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA FISICA, en ejercicio de sus facult des
constitucionales y legales en especial las que le confiere la Resolución 0114107 del O de
noviembre de 2010, de conformidad con la ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el dei reto
2474 de 2008, demás normas reglamentarias y,

                                      CONSIDERANDO
      Que mediante Resolución 0115450 del 17 de noviembre de 2010, se orden la
      apertura de la Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-109-2010, cuyo ol feto
      es: MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LA VÍA MELLITOS-EL TAME ITO
      EN LA SUBREGION DE URABÁ DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.


      Que conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 2474 de 2008, se hi o a
      través de la pagina Web de la Gobernación de Antioquia, invitación pública 	     la
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


   Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-109-2010, cuyo objeto es:
   MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LA VÍA MELLITOS-EL TAM ITO
   EN LA SUBREGION DE URABÁ DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.

   Que el Presupuesto Oficial establecido para esta contratación se fijó en la sum de
   cuatrocientos setenta y tres millones doscientos noventa mil doscientos pesos m I. ($
   473.290200)

   Que entre el 17 y 19 de noviembre de de 2010 a las 11:30 a.m., periodo para r_ ibir
   manifestaciones de interés en participar se postularon 43 personas, tal y como co sta
   en acta de inscripción suscrita por los interesados.

E. Que el 19 de noviembre de 2010 a las 3:00 p.m., en la oficina 902 de la Secretan de
   Infraestructura Física, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 202 de
   2009, se realizo el sorteo de de consolidación de oferentes; el cual dio como resul ado
   la habilitación de las siguientes personas:


        Aldemar Enrique Villalba Barrios.
        Consorcio Uraba Siglo XXI.
        Jhon T. Hidalgo S.
        Sodicon Ltda.
        Germán Villegas E.
        Consorcio Vías Mejoradas.
         Ingeniería y Construcción Palacio Baena S.A. - ICPB S.A.
        Consorcio Necocli.
     9. Construcciones y Vías Ingenieros Contratistas CONVIAL SAS.
     10.Gloria Inés Mejía

 Que el 22 de noviembre de 2010, en el lugar y hora indicados en el cronograma .el
 proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, se llevaron a cabo las Audien as
 de Aclaraciones y Estimación, Tipificación y Asignación de Riesgos.

 Que el día 25 de Noviembre de 2010, fecha de cierre de la contratación se recibie on
 las siguientes propuestas:

    1.    INGENIERIAS Y CONSTRUCCIONES PALACIO BAENA S.A- ICPB S.A
    2     CONSORCIO URABÁ SIGLO XXI
    3     CONVIAL S A S
    4     CONSORCIO NECOCLI

 Que para realizar la evaluación de las propuestas, era necesario hacer los estud os
 jurídicos, técnicos y financieros, consagrados en los pliegos de condiciones.

 Que una vez cotejados los documentos soporte de las propuestas a la luz de              la
 prescripción del pliego de condiciones con la finalidad de obtener la propuesta m
 favorable, se tiene que la propuesta presentada por el CONSORCIO URABA SIG              O
 XXI, no cumple, con el requisito habilitante de presentar con su ofrecimiento la póli   a
 de seriedad de oferta, incurriendo en la causal de rechazo establecida en el nume       al
 5.5.2 del pliego de condiciones que indica:
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


       "Cuando no se presente la garantía de seriedad requerida de forma simultánea con               la oferta,   de
       conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 2493 de 2009".

  J. Que el resultado final sobre los puntajes asignados a los criterios de eval tia ción
     señalados en el numeral 5.2"FACTORES DE CALIFICACION," se tiene:
                                                                     "1?))))))) 4 )4 	   )
                                RESUMEN PUNTAJE


                                                               PUNTA ES
                                                                                                            DE
                PROPONENTE




                                INGAP SA S, RUT Y
                                 Pag
    CONSORCIO NECOCLI           GALLEGO C, MARIA
                                YORLENY PALACIO L.




                                                      544,34           200.00                844.34




      Que el informe de evaluación de las propuestas fue publicado en la página de
      contratación estatal www.contratos.gov.co , de conformidad con lo establecido En el
      Decreto 2474 de 2008, a partir del día 01 hasta el 03 de diciembre de 2010, ambas
      fechas inclusive, sin que se presentaran observaciones al informe de evaluación
      publicado por la entidad.

      Que el día 9 de diciembre de 2010, se publicó en el Portal de Contratación el borrador
      de Resolución de Adjudicación.

  M. La Secretaria de Despacho de la Secretaria de Infraestructura del Departamento de
    Antioquia, habiendo desarrollado el procedimiento establecido en el pliego de
     condiciones, observando el debido proceso, se procede a tomar la decisión med ante
     resolución de adjudicación, ratificando la evaluación realizada y el orden de
     elegibilidad publicado en la página irdww contrata3 gov co., el cual se presento en el
     resumen de puntaje.

      Por lo antes expuesto,
                                            RESUELVE:


N. ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicar al CONSORCIO NECOCLI. (INGAP SAS.- RUTH
   MERY GALLEGO C. — MARIA YORLENY PALACIO L.), el contrato derivado de la
   Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-109-2010, cuyo objeto 1s:
   MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LA VÍA MELLITOS-EL TAMBITO ÉN
   LA SUBREGION DE URABÁ DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA. por un valor de
   Cuatrocientos Sesenta y Dos Millones Seiscientos Cuarenta y Un Mil Doscient,ps
   Pesos mil. ($ 462.641.200) y un plazo de un y medio (1.5) meses de conformidad con
   los pliegos de condiciones y la propuesta presentada por el proponente.
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


    ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar en RUTH MERY GALLEGO CARD•A,
    identificada con la cédula de ciudadanía número 43.534.024, Representante Lega del
    CONSORCIO NECOCLI. (INGAP SAS.- RUTH MERY GALLEGO C. — NI* IA
    YORLENY PALACIO L.), adjudicatario, el contenido integro de la presente Resoluc ón.


    ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente Resolución, no procede recurso alg no
    por la vía Gubernativa.


                                NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

    Dada en Medellín,	    gÇ ‘t




                             MARIA CRISTINA MESA ZAPATA
                            Secretaria de Infraestructura Física


                                     RESOLUCION N° U 1 1 8734


                                       iü oir
   POR MEDIO DE LA CUAL SE ADJUDICA LA`SELECCIÓN ABREVIADA DE MENO
                         CUANTIA S.A. -20-108-2010


LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA FISICA, en ejercicio de sus facult des
constitucionales y legales en especial las que le confiere la Resolución 0114107 del O de
noviembre de 2010, de conformidad con la ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el de reto
2474 de 2008, demás normas reglamentarias y,

                                     CONSIDERANDO

      Que mediante Resolución 0115450 del 17 de noviembre de 2010, se orden la
      apertura de la Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-108-2010, cuyo o jeto
      es: MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LAS VIAS CAUCHE
      BAJIRA (28 km) Y MUTATA — PAVARANDO GRANDE (20 Km) SUBRE ION
      URABA DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.


      Que conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 2474 de 2008, se hi o a
      través de la pagina Web de la Gobernación de Antioquia, invitación pública       la
      Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-108-2010, cuyo objeto es:
      MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LAS VIAS CAUCHERAS — BA IRA
      (28 km) Y MUTATA — PAVARANDO GRANDE (20 Km) SUBREGION URABA EL
      DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL

   Que el Presupuesto Oficial establecido para esta contratación se fijó n la su a de
   Trescientos setenta y ocho millones setecientos cuarenta mil ochocientos vei Uséis
   pesos mil. ($ 378.740.826)
   Que entre el 17 y 19 de noviembre de de 2010 a las 11:30 a.m., periodo para ecibir
   manifestaciones de interés en participar se postularon 27 personas, tal y como 'onsta
   en acta de inscripción suscrita por los interesados.
E. Que el 19 de noviembre de 2010 a las 3:00 p.m., en la oficina 902 de la Secret- la de
   Infraestructura Física, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 2025 d
2009, se realizo el sorteo de de consolidación'de oferentes; el cual dio como resultado
la habilitación de las siguientes personas:
        Chamat Ingenieros Ltda.
        Consorcio Uraba Antioqueño.
        Consorcio Construyendo Ing.
        Corporación fuego Verde.
        Ingomon SAS.
        Consorcio Vías de la Montaña.
        Engico Ltda.
        MCYS Ltda.
    9. Ingeniería y Construcción Palacio Baena S.A. - ICPB S.A.
    10.Arturo Jurado Guarín.
Que el 22 de noviembre de 2010, en el lugar y hora indicados en el cronograma el
proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, se llevaron a cabo las Audien ias
de Aclaraciones y Estimación, Tipificación y Asignación de Riesgos.
Que el día 25 de Noviembre de 2010, fecha de cierre de la contratación se recibie on
las siguientes propuestas:


   1.    INGENIERIAS Y CONSTRUCCIONES PALACIO BAENA S.A - ICPB S.A
   2     CORPORACIÓN COMUNITARIA DE TRABAJO FUEGO VERDE
   3     CONSORCIO VIAS DE LA MONTANA
   4     CHAMAT INGENIEROS
   5     CONSORCIO URABÁ ANTIOQUENO


Que para realizar la evaluación de las propuestas, era necesario hacer los estud os
jurídicos, técnicos y financieros, consagrados en los pliegos de condiciones.
Que el resultado final sobre los puntajes asignados a los criterios de evaluación
señalados en el numeral 5.2"FACTORES DE CALIFICA C/ON," se tiene:
                                          PTA       PONTAJE        ORDEN DE
        PROPONENTE          PRECIO
                                        TECNICA      TOTAL        ELEGIBIIDAD
CONSORCIO VIAS DE LA
MONTAÑA                      648,34          350        998,34                  4
INEGENIERIA Y
CONSTRUCCIONES
     RUCCIONES                                                                      I
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
                                                                                            31


   PALACIO ICPB S.A             648,42           350       998,42            3
   CIIAMAT INGENIEROS
   1:1 DA                        649,9           350       999,90            2
   CORPORACION
   COMUNITARIA DE
   1 RABA.I0 ASOCIADO
   FUEGO VERDE                     0             350          350            5

   CONSORCIO URABA
   AN1 10QUEÑO
                                 650             350         1.000



   Que el informe de evaluación de las propuestas fue publicado en la página e
   contratación estatal www.contratos.gov.co , de conformidad con lo establecido en I
   Decreto 2474 de 2008, a partir del día 01 hasta el 03 de diciembre de 2010, amb s
   fechas inclusive, sin que se presentaran observaciones al informe de evaluaci n
   publicado por la entidad.

   Que el día 9 de diciembre de 2010, se publicó en el Portal de Contratación el borra Of
   de Resolución de Adjudicación.

L. La Secretaria de Despacho de la Secretaria de Infraestructura del Departamento e
   Antioquia, habiendo desarrollado el procedimiento establecido en el pliego e
   condiciones, observando el debido proceso, se procede a tomar la decisión media te
   resolución de adjudicación, ratificando la evaluación realizada y el orden e
   elegibilidad publicado en la página www.contratos.yov co. el cual se presento en el
   cuadro resumen de puntaje.


   Por lo antes expuesto,

                                         RESUELVE:


 ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicar al CONSORCIO URABA ANTIOQUEÑO (RUT
 ELENA TABARES ZULETA — PAVIMEDCO S.A.), el contrato derivado de la Selecció
 Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-108-2010, cuyo objeto es: MEJORAMIENTO D
 LA TRANSITABILIDAD EN LAS VIAS CAUCHERAS — BAJIRA (28 km) Y MUTATA
 PAVARANDO GRANDE (20 Km) SUBREGION URABA DEL DEPARTAMENTO D
 ANTIOQUIA,por un valor de Trescientos Setenta Millones Doscientos Diez M I
 Cuatrocientos Dieciséis Pesos mil. ($ 370.210.416) y un plazo de un y medio (1.
 meses de conformidad con los pliegos de condiciones y la propuesta presentada por
 proponente.

 ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar en RUTH ELENA TABARES ZULETA, identificad
 con la cédula de ciudadanía número 30.303.454, 	         Representante Legal d
 CONSORCIO URABA ANTIOQUEÑO (RUTH ELENA TABARES ZULETA
 PAVIMEDCO S.A.), adjudicatario, el contenido integro de la presente Resolución.
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente Resolución, no procede recurso algu 10
por la vía Gubernativa.


                                NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.


Dada en Medellín,
                         ü 111C. Se


                              MARIA CRISTINA MESA ZAPATA
                             Secretaria de Infraestructura Física

                    RESOLUCION NUMERO                                DE 2010
                                                   O 11 8 735

                                       10   DIC. 20111

 "Por medio de la cual se causan novedades en la Planta global de Cargos y en el Manual Especifico
         de Funciones y de Competencias Laborales de la Administración Departamental"

 LA SECRETARIA DE GESTIÓN HUMANA Y DESARROLLO
 ORGANIZACIONAL, en ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 3°
 del Decreto Departamental 2576 del 14 de octubre de 2008 y el Artículo 5° del
 Decreto Departamental 2579 del 14 de octubre dé 2008, y

                                      CONSIDERANDO:


     Mediante el artículo 3° del Decreto Departamental 2576 del 14 de octubre de
     2008, se delega en el Secretario de Gestión Humana y Desarrollo
     Organizacional, la competencia para asignar a las diferentes dependencias los
     cargos de la planta global y efectuar los movimientos internos de todos los
     organismos, de acuerdo con los planes, programas y proyectos que desarrolle
     cada una de las dependencias que conforman la Administración
     Departamental Orden Central.

    El artículo 5° del Decreto Departamental 2579 del 14 de octubre de 2008,
    faculta a la Secretaría de Gestión Humana y Desarrollo Organizacional, para
    actualizar, modificar o adicionar el Manual Específico de Funciones y
    Competencias Laborales.

    El Decreto Ley 785 de 2005, establece los criterios y la obligatoriedad para
    definir e incorporar en los manuales específicos de funciones y de requisitos
    las competencias laborales mínimas, para los diferentes empleos públicos de
    las entidades del orden territorial.

    El Gobierno Nacional expidió el Decreto 2539 de julio 22 de 2005, "Por el cual
    se establecen las competencias laborales I generales para los empleos
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


         públicos de los distintos niveles jerárquicos de las entidades a las cuáles se
         aplican los decretos ley 770 y 785 de 2005".
 E. Mediante Decreto Departamental 0471 del 21 de febrero de 2006, se asimila
     la nomenclatura, clasificación y códigos de empleos, acorde con el Decreto-
     Ley 785 del 17 de marzo de 2005, reglamentario de la Ley 909 del 23 de
     septiembre de 2004.
                                       RESUELVE:

ARTÍCULO 1°-	            El artículo 1° de la Resolución 114437 del 10 de Noviembre de
2010, quedará así:
"ARTÍCULO 1°:    Trasladar en la planta global de cargos de la Administración
Departamental, una plaza de empleo de Profesional Especializado, código 222
grado 05, ID 1569, cuyo titular es la Señora Gloria Cecilia Gallego Moreno, con
cédula de ciudadanía número 32.323.320, del grupo de trabajo de la
Subsecretaría Jurídica, para el grupo de trabajo de la Dirección de Servicios
Generales, ambos de la Secretaría General y actualizar el manual específico de
funciones y competencias laborales, así:
                                      I. IDENTIFICACION

Nivel: Central
Denominación del Empleo: PROFESIONAL ESPECIALIZADO
Código: 222
Grado: 05
No de Cargos: Uno (1)
Dependencia: Donde se ubique el cargo
Cargo del jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión directa
222-05
                               SECRETARIA DE GENERAL
                         DIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES(1)
                                II. PROPOSITO PRINCIPAL
Ejecutar y aplicar los conocimientos propios del área de desempeño en la adopción
de planes, programas y proyectos institucionales, de acuerdo con la complejidad y
competencias exigidas en el ejercicio de las funciones del cargo.
                     III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
   Apoyar la elaboración de proyecciones y estimaciones financieras tendientes a
establecer los requerimientos de recursos para la ejecución de los programas de la
Dirección de Servicios Generales.
    Participar en la revisión de los actos que dentro de la etapa precontractual,
 contractual y post contractual, expida la Secretaría General en proyectos
 adelantados por la Dirección de Servicios Generales.
   Verificar que la garantía única contractual se expida de conformidad crin los
términos del contrato.
   Realizar las interventorías de los contratos que se le asignen en cumplimiento de
sus funciones, teniendo en cuenta los conocimientos y experiencia necesaria, de
acuerdo con la Ley vigente y todas las normas que la regulen y se le apliquen.
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL


    Gestionar la contratación requerida de los programas, siguiendo los trámites
 necesarios con criterios de eficiencia y eficadia para el cumplimiento de los
 objetivos propuestos.

   Participar en la elaboración de Plan de Acción y en el Plan de Desarrollo en el
 componente que es competencia de la Secretaría'.

    Realizar estudio y análisis de los riesgos existentes en los diferentes proyectos
 de contratación que se formulen.

     Estudiar, evaluar y conceptuar sobre las materias de competencia del área
 interna de desempeño, para resolver consultas de acuerdo con las políticas
 institucionales.

    Emitir concepto y apoyar jurídicamente las diferentes actuaciones del Secretario
 de Despacho, cuando se requiera.

      Rendir periódicamente al superior inmediato informe de gestión de las
 actividades desarrolladas en el área.

     Orientar a los usuarios brindando la información sobre los trámites jurídicos
 dentro de la Secretaría, con el fin de cumplir con él deber legal.

     Contribuir al Mantenimiento y mejoramiento cbntinuo del Sistema Integrado de
 Gestión a través de la participación activa en todas sus actividades, estrategias y
 programas definidos por la Dirección de Desarrollo Organizacional.

 13. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con
 el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

      IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

    La elaboración de proyecciones y estimaciones financieras tendientes a
establecer los requerimientos de recursos es apoyada para la ejecución de los
programas de la Dirección de Servicios Generales.
   La participación en la revisión de los actos que dentro de la etapa precontráctual,
contractual y post contractual expide la Secretaría General están ajustados a
derecho.
   La garantía única contractual se expide posterior a la verificación de los términos
del contrato.

   Las interventorías de los contratos que se le asignen en cumplimiento de sus
funciones son realizadas teniendo en cuenta los conocimientos y experiencia
necesaria de acuerdo con la Ley vigente y todas las normas que la regulen y se le
apliquen.

5. La contratación requerida de los programas se gestiona siguiendo los trámites
necesarios con criterios de eficiencia y eficacia para el cumplimiento de los
obietivos propuestos.
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6. La participación en la elaboración del Plan de Acción y en el Plan de Désarroll
en el componente que es competencia de la Secretaría General.

   El estudio y análisis de los riesgos existentes en los diferentes proyectos d
contratación que se formulan son realizados.

   Las materias de competencia del área interna de desempeño son evaluada
para resolver consultas de acuerdo con las políticas institucionales.

   Las diferentes actuaciones del Secretario de Despacho son emitidas y apoyada
jurídicamente cuando se requiere.

      El informe de gestión de las actividades desarrolladas en el área e
presentado periódicamente al jefe inmediato.

     Los usuarios son orientados, brindando la información sobre los trámite
jurídicos dentro de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural con el fin d
cumplir con el deber legal.

    La participación activa en las actividades programadas en el Sistema Integrado
de Gestión, permiten su mantenimiento y mejoramiento continuo.

                   CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
Formulación de estudios y proyectos

Administración de recursos

Normas de administración pública
Plan de Desarrollo

Sistema Integrado de Gestión
                    REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS: Título Profesional en Derecho o Derecho y Ciencias Políticas

Título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con
las funciones del empleo.

EXPERIENCIA: Treinta y seis (36) meses de Experiencia Profesional Relacionada"


ARTÍCULO 2°- De la presente Resolución, se enviará copia a la Dirección de
Desarrollo Organizacional y a la Dirección de Personal de la Secretaría de Gestión
Humana y Desarrollo Organizacional.

ARTICULO 3° - Esta Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y
deroga todas las que le sean contrarias

                          COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL



              Dada en Medellín, a los
                                            IQ DIC. 2010




	ANA	                      RÍA RUIZ ZAPATA
   Secretaria de Gest e-	 Humana y Desarrollo Organizacional


                                                               c) I 18736
                                 RESOLUCIÓN NÚMERO	                             DE 2010
                                                 (	      1 D DIC. 2010 )

             "Por medio de la cual se causan novedades en la Planta global de Cargos y en el Manual Especifico
                      de Funciones y de Competencias Laborales de la Administración Departamental"

             LA SECRETARIA DE GESTIÓN HUMANA Y DESARROLLO
             ORGANIZACIONAL, en ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 3°
             del Decreto Departamental 2576 del 14 de octubre de 2008 y el Artículo 5° del
             Decreto Departamental 2579 del 14 de octubre de 2008, y

                                                      CONSIDERANDO:

                 Mediante el artículo 3° del Decreto Departamental 2576 del 14 de octubre de
                 2008, se delega en el Secretario de Gestión Humana y Desarrollo
                 Organizacional, la competencia para asignar a las diferentes dependencias los
                 cargos de la planta global y efectuar los movimientos internos de todos los
                 organismos, de acuerdo con los planes, programas y proyectos que desarrolle
                 cada una de las dependencias que conforman la Administración
                 Departamental Orden Central.

                 El artículo 5° del Decreto Departamental 2579 del 14 de octubre de 2008,
                 faculta a la Secretaría de Gestión Humana y Desarrollo Organizacional, para
                 actualizar, modificar o adicionar el Manual Específico de Funciones y
                 Competencias Laborales.

                El Decreto Ley 785 de 2005, establece los criterios y la obligatoriedad para
                definir e incorporar en los manuales específicos de funciones y de requisitos
                las competencias laborales mínimas, para los diferentes empleos públicos de
                las entidades del orden territorial.

                El Gobierno Nacional expidió el Decreto 2539 de julio 22 de 2005, "Por el cual
                se establecen las competencias laborales generales para los empleos
                públicos de los distintos niveles jerárquicos de las entidades a las cuales se
                aplican los decretos ley 770 y 785 de 2005".

             E.	 Mediante Decreto Departamental 0471 del 21 de febrero de 2006, se asimila
         	       la nomenclatura, clasificación y códigos de empleos, acorde con el Deereto-
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL




         Ley 785 del 17 de marzo de 2005, reglamentario de la Ley 909 del 23 de
         septiembre de 2004.
                                       RESUELVE:


ARTÍCULO 1°-	       Trasladar en la planta global de cargos de la Administración
Departamental, a	 la señora María Rosmira López Vásquez identificada con
cédula de ciudadanía número 43.099.052, Auxiliar Administrativo, código 407
grado 5, del grupo de trabajo de la Dirección de Transito de la Secretaria de
Hacienda, para el grupo de trabajo de la Dirección de Gestión y Apoyo
Administrativo de la Secretaria de Educación para la Cultura, cargo Auxiliar
Administrativo, código 407 grado 05, ID1507 y actualizar el manual específico de
funciones y competencias laborales, así:

                                    I. IDENTIFICACION
Nivel: Central
Denominación del Empleo: AUXILIAR ADMINISTRATIVO
Código: 407
Grado: 5
No de Cargos: Uno (1)
Dependencia- Cargo del Jefe inmediato:
407 5

                   SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PARA LA CULTURA
                DIRECCION DE GESTIÓN Y APOYO ADMINISTRATIVO (1)
                                II. PROPOSITO PRINCIPAL
Apoyar y complementar las tareas propias de los niveles superiores, ejecutando
actividades o tareas de simple ejecución.
                     III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
   Elaborar, coordinar y controlar los pagos en los municipios a los educadores
nacionales, nacionalizados, departamentales, municipales, provisionales, periodo
de pruebas y demás que sean necesarios.

        Tramitar y coordinar las novedades para nómina con la Autoridad competente.

   Rendir cuentas e informes cuando sea necesario a las diferentes entidades que
ejercen el control fiscal y administrativo.

   Ejecutar el seguimiento de los pagos con el fin de verificar su oportuna
cancelación.
   Tramitar en as diferentes dependencias todos los documentos y demás
elementos necesarios para los pagos de servicios personales de los docentes y
administrativos.
    Resolver las inquietudes de los usuarios en relación con certificados, reintegros,
entre otras.
Gobernacion de-antioquia-gaceta-departamental-13-enero-2011-resoluciones-diciembre-2010 18.257
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Gobernacion de-antioquia-gaceta-departamental-13-enero-2011-resoluciones-diciembre-2010 18.257

  • 1. MEDELLÍN, JUEVES 13 DE ENERO DE 2011 acota EDICIÓN DE 60 PÁGINAS °partamos' No.1 .2 • 7 Registrado en el Ministerio de Gobierno por Resol. No. 000474 de junio de 1967 - Tarifa postal reducida No. 2333 de la Admón Postal Nal. - Port • Pagado SUMARIO RESOLUCIONES DICIEMBRE 2010 NUMERO FECHA PAGINA NUMERO FECHA FLGINA 0118690 Diciembre 09 de 2010 2 0118737 Diciembre 10 de 2010 38 0118703 Diciembre 09 de 2010 6 0118911 Diciembre 13 de 2010 41 0118704 Diciembre 09 de 2010 7 0118739 Diciembre 10 de 2010 42 0118715 Diciembre 09 de 2010 9 0118740 Diciembre 10 de 2010 43 0118716 Diciembre 09 de 2010 10 0118741 Diciembre 10 de 2010 45 0118717 Diciembre 09 de 2010 11 0118742 Diciembre 10 de 2010 46 0118718 Diciembre 09 de 2010 13 0118743 Diciembre 10 de 2010 48 0118719 Diciembre 10 de 2010 16 0118744 Diciembre 10 de 2010 49 0118725 Diciembre 10 de 2010 18 0118745 Diciembre 10 de 2010 50 0118726 Diciembre 10 de 2010 19 0118746 Diciembre 10 de 2010 52 0118731 Diciembre 10 de 2010 20 0118747 Diciembre 10 de 2010 53 0118732 Diciembre 10 de 2010 23 0118748 Diciembre 10 de 2010 55 0118733 Diciembre 10 de 2010 26 0118749 Diciembre 10 de 2010 56 0118734 Diciembre 10 de 2010 29 0118750 Diciembre 10 de 2010 57 0118735 Diciembre 10 de 2010 32 0118751 Diciembre 10 de 2010 59 0118736 Diciembre 10 de 2010 36 RESOLUCIONES Diciembre de 2010 1 GOBERNACIÓN DE ANTIOQUÍA t SECRETARÍA GENERAL 1C 04/T E C 1C 04/T EC Imprenta Deptal. de Antioquía Dr. Sergio Arroyave Maya Director — IQNet — Anfloquia para todos ORDEN AL ÉRITO ( FRTI 1D( CÍVICO Y EM ESARIRL AMOS 4 la 401 (ER1111(111 'so NI( C MARISCAL JOR C E ROBLEDO Tau Can CATE ORO
  • 2. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL RESOLUCIÓN NÚMERO 186 0190 DE 2010 09 DIC. 20111 POR MEDIO DE LA CUAL SE JUSTIFICA EL USO DE UNA MODALIDAD DE SELECCIÓN DE CONTRATACIÓN LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, los artículos 77 y 78 del Decreto 2474 de 2008, y los Decretos Departamentales 0926 de 2008 y 787 de 2010, y CONSIDERANDO: Que en cumplimiento de los principios de transparencia y responsabilidad que rigen la contratación pública, el numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, prevé dentro de las modalidades de selección, la CONTRATACIÓN DIRECTA, y el literal c de la citada disposición prevé como especie de ésta, los contratos interadministrativos. Que el Decreto 2474 de 2008, por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, estableció en el Artículo 77 que "Cuando proceda el uso de la modalidad de selección de contratación directa, la entidad así lo señalará en un acto administrativo. (...)". Que las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios permiten a la Nación y sus entidades descentralizadas celebrar entre entidades públicas Contratos Interadministrativos, con el fin de facilitar, fomentar o desarrollar alguna de las actividades propias de las entidades públicas que les permitan alcanzar los fines esenciales y desarrollar los principios de la función administrativa. Así mismo, en el Artículo 78 del Decreto 2474 de 2008, se hace referencia a los Contratos Interadministrativos, indicando que "Las entidades señaladas en el artículo 2 de la ley 80 de 1993 celebrarán directamente contratos entre ellas, siempre que las obligaciones del mismo tengan relación directa con el objeto de la entidad ejecutora. (...)" Que la Dirección de Sistemas de Indicadores del Departamento Administrativo de Planeación del Departamento de Antioquia, es una unidad proveedora de información básica y especializada y tiene como objetivo dar cuenta de la situación del Departamento y apoyar el proceso de la toma de decisiones y la planificación. Por esto, es necesario para esta Dirección contar con el desarrollo tecnológico adecuado que soporte la captura, procesamiento y manejo de la información de una manera ágil, permitiendo que la información sea oportuna, clara, confiable y que finalmente se mejoren los tiempos de sistematización y análisis de la misma. 5. Que a pesar de los avances realizados, aún no se tiene consolidada una base de datos homogénea, que responda a las tecnologías informáticas y de vanguardia que le permitan optimizar tanto los recursos de que dispone como los resultados obtenidos. Causa de ello es que gran parte de la información que se produce y se almacena en Planeación, reposa en archivos de Excel que están en los respectivos computadores de cada uno de los funcionarios, dificultando en ocasiones el acceso y la disponibilidad de la información, así como la continuidad en el manejo de las cifras, sin mencionar el riesgo en que se incurre al no tener una base de datos institucional.
  • 3. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL Que corresponde a la Dirección de Sistemas de Indicadores del Departamento Administrativo de Planeación del Departamento de Antioquia, la coordinación y concertación para la adquisición, organización y producción de la información necesaria para apoyar la toma de decisiones, la gestión del desarrollo Departamental y la publicación de la cifras en los diferentes temas de interés para la comunidad, y por el hecho de no poseer una base de datos institucional con la información centralizada y homologada origina una disparidad y demora en la producción de los datos, perdiendo algunas veces la oportunidad de la información. Que uno de los aspectos más importantes de este proyecto es dar un paso hacia el desarrollo de la Estrategia de Gobierno en Línea, de conformidad con el Decreto 1151 del 14 de abril de 2008, cuyo objetivo es contribuir con la construcción de un Estado más eficiente, más transparente y participativo, y que preste mejores servicios a los ciudadanos y a las empresas, a través del aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Que dentro del Plan de Gobierno y dentro del Plan de Desarrollo "Antioquia para Todos — Manos a la obra" 2008 — 2011, dentro de la línea estratégica 4 Desarrollo Territorial, se incluyó como objetivo el fortalecimiento de los sistemas de información con tecnologías de punta, privilegiando los convenios con instituciones que tienen competencia en el manejo y producción de información. Que el Departamento Administrativo de Planeación tiene matriculado este proyecto estratégico en el Banco de Programas bajo el nombre Diseño, montaje y consolidación de un sistema integrado de información para el Departamento de Antioquia con el número 2008-05000-0080. Que el objeto que el Departamento de Antioquia necesita contratar es «DISEÑAR, DESARROLLAR, IMPLEMENTAR Y ALOJAR UN SISTEMA DE INFORMACION PARA GESTIONAR LA BASE DE DATOS HISTÓRICA DE LOS INDICADORES E INFORMACION DE LA DIRECCIÓN DE SISTEMAS DE INDICADORES DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACION DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, Y ENTREGAR UNA SOLUCIÓN DE ALOJAMIENTO DE LA APLICACIÓN "SIGANTIOQUIA"». Que EDATEL S.A. E.S.P. tiene como objeto social la organización, administración y prestación de servicios de telecomunicaciones, tecnologías de la información, operación de redes y todas las actividades complementarias. Que tanto EL DEPARTAMENTO como EDATEL S.A. E.S.P. corresponden a las entidades descritas en el artículo 2° de la Ley 80 de 1993, por lo que resulta viable la celebración del presente Contrato Interadministrativo. Que EDATEL S.A. E.S.P. a través del sistema de información a implementarse, garantizará que la información del Anuario Estadístico del Departamento de Antioquia esté en una base de datos centralizada, para consulta y procesamiento analítico en línea. Que el Representante Legal de EDATEL S.A. E.S.P. en virtud del Certificado de Existencia y Representación está facultado para celebrar Contratos hasta por una cuantía de 3.5000 S.M.L.M.V. sin autorización de la Junta Directiva. Que en el Contrato a suscribirse deben tenerse en cuenta algunas reglas tales como, no existir régimen de solidaridad entre las personas que lo celebren, pues cada una responderá por las obligaciones que específicamente asume en virtud del Contrato; precisar la propiedad de todos los resultados aue se obten g an v los derechos de las
  • 4. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL partes sobre los mismos; definir las obligaciones contractuales, especialmente de orden laboral, que asumen cada una de las partes. Que el valor del presente Contrato Interadministrativo para efectos fiscales equivale a la suma de TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS COLOMBIANOS ($345.000.000.00). Estos recursos se soportan con cargo al Certificado' de Disponibilidad Presupuestal —CDP— N° 3500016581, rubro N° A.17.2-111-2/0- 1010/140102000/221047 y la respectiva acta de autorización por parte del CODAS de vigencias futuras, expedidos por la Secretaría de Hacienda Departamental, dicha vigencia con N° 6000000235 del 15 de octubre de 2010. Que dentro de los alcances y las obligaciones que deberán asumir cada una de las entidades suscribientes del contrato, serán las siguientes: OBLIGACIONES DEL DEPARTAMENTO. 1. Pagar los respectivos honorarios a EDATEL una vez presentada la respectiva factura y aprobada por el interventor. 2. Garantizar la efectiva disponibilidad de los recursos en la forma estipulada por este Contrato. 3. Brindar el apoyo con el personal de la Dirección de Sistemas de Indicadores en los procesos de levantamiento de requerimientos. 4. Prestar el apoyo administrativo y técnico necesario durante la etapa de ejecución del proyecto. 5. Conformar con EDATEL un Comité Técnico Operacional, con el fin de dar cumplimiento integral al objeto del presente Contrato. 6. Asistir a través de la Directora del Departamento Administrativo de Planeación o su delegado al Comité Técnico Operacional del Contrato, que se integra para el desarrollo del proyecto objeto del mismo. 7. Participar en el control y seguimiento del Contrato, bajo las orientaciones del Comité Técnico Operacional, de conformidad con el Plan Operativo que éste determine. 8. Nombrar el personal adecuado para todas las fases del proyecto. 9. Revisar, evaluar y aprobar cada requerimiento levantado por EDATEL. 10. Cumplir con el cronograma de actividades para cada etapa del proyecto. OBLIGACIONES DE EDATEL: 1. Desarrollar integralmente el objeto y alcance del presente Contrato, de conformidad con los documentos previos y la Propuesta presentada por EDATEL —junto con el Anexo Técnico y Operativo y Acta N° 161 `Autorización uso servidores de Catastro para alojamiento de la aplicación SIGANTIOQUIA y el desarrollo y almacenamiento de la aplicación CIFRA" elaborado por EDATEL-, documentos aceptados por EL DEPARTAMENTO, los cuales hacen parte integral del mismo. 2. Garantizar la estabilidad de la plataforma tecnológica en donde se alojarán las bases de datos (SIGANTIOQUIA y CIFRA) de la Dirección de Sistemas de Indicadores de EL DEPARTAMENTO. 3. Informar oportunamente cualquier situación no identificada previamente en la etapa de análisis y diseño y que surja durante la ejecución de la etapa de implementación de cada requerimiento, que impacte los tiempos y/o los entregables definidos. 4. Velar por el cumplimiento del Contrato. 5. Aumentar la memoria en 16 GB de RAM en el servidor de base de datos y hasta 2 TB el almacenamiento de la plataforma tecnológica que presta los servicios de la Oficina Virtual de Catastro. 6. Configurar correctamente los servidores y realizar el afinamiento y administración de éstos. 7. Ajustarse a los estándares Informáticos, plataformas existentes y/o aprobadas por la Dirección Técnica de Desarrollo Informático de EL DEPARTAMENTO, para el desarrollo del Sistema de Información de la Dirección de Sistemas de Indicadores de EL DEPARTAMENTO. 8. EDATEL deberá garantizar que los recursos del Contrato correspondientes a los aportes efectuados por EL DEPARTAMENTO, se destinen exclusivamente al objeto del mismo. 9. Las demás obligaciones previstas en el presente contrato y en el Anexo Técnico y Operativo que hace parte integral de éste.
  • 5. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL El contrato tiene como plazo de ejecución DIEZ (10) meses. Que los estudios y documentos previos a la contratación podrán ser consultados en I Dirección de Sistemas de Indicadores del Departamento Administrativo de Planeació ubicada en el piso 11 del Centro Administrativo Departamental. Que de acuerdo con lo anterior, se establece la necesidad de celebrar directament este contrato con EDATEL S.A. E.S.P. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Celebrar un Convenio Interadministrativo con EDATEL S.A. E.S.P., cuyo objeto es «DISEÑAR, DESARROLLAR, IMPLEMENTAR Y ALOJAR UN SISTEMA DE INFORMACION PARA GESTIONAR LA BASE DE DATOS HISTÓRICA DE LOS INDICADORES E INFORMACION DE LA DIRECCIÓN DE SISTEMAS DE INDICADORES DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACION DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, Y ENTREGAR UNA SOLUCIÓN DE ALOJAMIENTO DE LA APLICACIÓN "SIGANTIOQUIA"» por un valor de TRESCIENTOS CUARENTA CINCO MILLONES DE PESOS COLOMBIANOS ($345.000.000.00). SEGUNDO: Adoptar como modalidad de selección para el presente caso la establecida en el numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, esto es, la Contratación Directa, soportada en la causal señalada en el literal c), ibídem, "Contratos Interadministrativos", en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 78 del Decreto 2474 de 2008. TERCERO: De conformidad con el artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 9 de Decreto 2170 de 2002, dar a conocer a las veedurías ciudadanas del presente proceso d contratación. CUARTO: Contra el presente acto no procede recurso alguno de conformidad con I establecido en el Artículo 49 del Código Contencioso Administrativo. QUINTO: La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Medellín, a los 0 9 BIC. 2010 ANA CRISTIN DRENO PALACIOS Directora Departamento Administrativo de Planeación
  • 6. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL RESOLUCION 0118703 DE 09 DIc 2019 POR MEDIO DEL CUAL SE RECONOCE IDONEIDAD A UNA ENTIDAD. EL SECRETARIO DE EDUCACION PARA LA CULTURA DE ANTIOQUIA, en uso de sus atribuciones legales y, CONSIDERANDOQUE: De conformidad con lo dispuesto en el inciso 2° del articulo 355 de la Constitución Política de Colombia. pueden celebrarse contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad, con el fin de impulsar programas y actividades de interés público. Según el artículo lo del Decreto Reglamentario 777 del 16 de mayo de 1992. corresponde a la autoridad facultada para celebrar los respectivos contratos, evaluar la idoneidad de la entidad contratista. LA FUNDACIÓN SOCIAL DE UNIBAN "FUNDAUNIBAN", con NIT 800.014.656-4, es una entidad sin ánimo de lucro, con personería jurídica reconocida por la Gobernación de Antioquia mediante Resolución 5275 del 31 de mayo de 1999. Asi mismo, mediante reforma estatutaria aprobada por la Gobernación de Antioquía mediante Resolución 7483 del 27 de septiembre de 2001, se fijó como domicilio la ciudad de Medellín. La Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia y LA FUNDACIÓN SOCIAL DE UNIBAN "FUNDAUNIBAN", aunaran esfuerzos para desarrollar procesos de innovación educativa bajo tecnologías de punta con niños y niñas de transición a quinto, en dos Establecimientos Educativos del Municipio de Carepa, mediante la utilización de laptops como herramienta para potenciar capacidades, conocimiento y conectividad con el mundo. LA FUNDACIÓN SOCIAL DE UNIBAN "FUNDAUNIBAN", cuenta con la experiencia, infraestructura física, técnica, administrativa y financiera, lo que la hace idónea para celebrar convenio de asociación con la Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia. La propuesta a desarrollar conjuntamente con LA FUNDACIÓN SOCIAL DE UNIBAN "FUNDAUNIBAN", está incluida en el Plan de Desarrollo 2008-2011 "Antioquia para todos, Manos a la obra"; Reto 2: Gestión y Aseguramiento de la Calidad; Programa 02: Evaluación para el mejoramiento; Producto: Análisis, seguimiento y usos de la evaluación educativa, institucional, docente, de directivos docentes y estudiantil. En consecuencia, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Calificar como de reconocida idoneidad a la entidad sin ánimo de lucro denominada LA FUNDACIÓN SOCIAL DE UNIBAN "FUNDAUNIBAN", con NIT
  • 7. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL -IRTICULO SUSIMIUU: El presente acto rige a partir de la fecha de su expedición _lado en Medellín a los 9 9 DIC. Mn!.I COMUNIQUESE Y CÚMPLASE. HUM VILLA. Secretario ra la Cultura RESOLUCIÓN NÚMERO 0 1 1 8 7 O 4 ( o g DIC. 2010 POR MEDIO DE LA CUAL SE JUSTIFICA EL USO DE UNA MODALIDAD DE SELECCIÓN DE CONTRATACIÓN EL GERENTE DE COMUNICACIONES, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 2474 del 7 de Julio de 2008, Artículos 77 y 78, y los Decretos Departamentales, 1016 y 2794 de 2008, y CONSIDERANDO: Que en cumplimiento de los principios de transparencia y responsabilidad que rigen la contratación pública, la Ley 1150 de 2007, artículo 2, numeral 4, prevé dentro de las modalidades de selección, la CONTRATACIÓN DIRECTA. Que el Decreto 2474 de 2008, por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, estableció en el Artículo 77 que "Cuando proceda el uso de la modalidad de selección de contratación directa, la entidad así lo señalará en un acto administrativo". Que en el Estudio Previo de Conveniencia y Oportunidad, la entidad definió la necesidad de contratar con RUBEN SUAREZ BUSTAMANTE, el servicio de información a la comunidad Antioqueña sobre el estado del Gobierno de Antioquia a través del periódico EL PORTON. Que la anterior necesidad se encuentra sustentada, en el marco de la Línea Estratégica 5 del Plan de Desarrollo de Antioquia, correspondiente al Programa de Buen Gobierno, cuyo propósito es la concertación y el posicionamiento de sentidos comunes, la construcción de lo público y el desarrollo de procesos que permitan y motiven la participación de los servidores públicos y de los ciudadanos, desde sus propios espacios
  • 8. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL de actuación, en la ejecución del Plan de Desarrollo Departamental. La información en la Gobernación de Antioquia es un bien público indispensable para conocer los procesos de la Administración, para la realización del trabajo, para la toma acertada de decisiones y la satisfacción del deber ciudadano de estar suficientemente bien informado. Que el valor del Contrato es la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS PESOS ($2.502.900), con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 3500017212 del 03 de diciembre de 2010 por el valor de $2.502.900,, con cargo al rubro A.17.2/1111/0-1010/150302000/221005 denominado Comunicación' pública para el Departamento de Antioquia. Que las obligaciones que deberá asumir RUBEN SUAREZ BUSTAMANTE serán la siguientes: Publicar un aviso de 1/2 pagina en la revista El Portón. Velar por la ejecución satisfactoria del objeto contractual a efecto de que est sea realizado en forma clara y con la nitidez suficiente. Las demás consignadas en su oferta Que el plazo del contrato será a partir del acta de inicio y hasta el 31 de diciembre de 2010, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución. Que los estudios y documentos previos a la contratación podrán ser consultados en I Oficina 1208 de la Gerencia de Comunicaciones, ubicada en el piso 12 del Centr. Administrativo Departamental "José María Córdova". 9. Que de acuerdo con lo anterior, se establece la necesidad de contratar directament con RUBEN SUAREZ BUSTAMANTE. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Contratar directamente con RUBEN SUAREZ BUSTAMANTE información a I comunidad Antioqueña sobre el estado del Gobierno de Antioquia a través del periódic EL PORTON. El Contrato tendrá un valor de DOS MILLONES QUINIENTOS DOS MI NOVECIENTOS PESOS ($2.502.900). SEGUNDO: Adoptar como modalidad de selección para el presente caso, la definida en artículo 2°, numeral 4°, literal h) de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con el Decret N° 2474 de 2008, en la que procede la contratación directa para la prestación de servicio profesionales con personas naturales y jurídicas que estén en capacidad de ejecutar objeto del contrato y que haya demostrado la idoneidad y experiencia directament relacionada con el área de que se trate, como lo es en el caso presente. TERCERO: Contra el presente acto no procede recurso alguno de conformidad con I establecido en el Artículo 49 del Código Contencioso Administrativo. CUARTO: La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición.
  • 9. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Medellín, a los nueve (9) días del mes de diciembre de 2010. JUAN FERNA DO • RTIZ ARANGO Gerente d Co unicaciones - RESOLUCION No. 0118715 POR MEDIO DE LA CUAL SPIR11900 UNOS INTERESES DE MORA El Secretario de Productividad y Competitividad, y Director Ejecutivo del Fondo Departamenel al para la Promoción de Proyectos Productivos, en ejercicio de sus funciones, y en uso de s s atribuciones que le confiere la ordenanza N 01 de Marzo 23 de 2.005 y su Decr o reglamentario N°1090 del 21 de julio de 2.005, y el Acuerdo N° 001 de 2000, Articulo 59. CONSIDERANDO 1 Que el Secretario de Productividad y Competitividad, y Director Ejecutivo del Fo o Departamental de Proyectos Productivos está debidamente facultado para condonar OS intereses causados, según la normatividad legal vigente. 2 Que el Director Ejecutivo del Fondo, determino condonar los intereses de m • a equivalente al 100%., a la señora Rita Sulay Valencia Londoño. Previa la cancelac n del capital adeudado y los intereses corrientes debidos a la fecha. 3 Que la señora Valencia Londoño, canceló el capital y los intereses corrientes, cuales ascienden a la suma de veinticinco millones ochenta y seis mil quinientos pe -e M/L($25.086.000.00) 4 Que entre los meses de Febrero y Octubre de 2010, la señora Valencia Londo o, canceló la suma que se precisa en el numeral 3° de la presente Resolución 5 Que una vez llenos los requisitos exigidos se procede a la condonación de los intere de mora que ascienden a la suma de cincuenta y seis millones seiscientos novent Y nueve mil quinientos noventa y un pesos M/L ($56.699.591.00), esta condonación por una sola y única vez. RESUELVE Articulo Primero: Condonar los intereses de mora del crédito # 245 equivalentes a la suma le cincuenta y seis millones seiscientos noventa y nueve mil quinientos noventa y un pesos M L ($56.699.591.00), a la señora Rita Sulay Valencia Londoño. Articulo Segundo La presente resolución rige a partir de la fecha
  • 10. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en llín a los, O 9 DIC. 2010 LIA O VALDERRAMA ESPINOSA ci Itecretario d Productividad y competitividad Y Director Ejecutivo del Fondo RESOLUCION No. 0 118 716 O 9 0/C. 2010 POR MEDIO DE LA CUAL SE CONDONAN UNOS INTERESES DE MORA El Secretario de Productividad y Competitividad, y Director Ejecutivo del Fondo Departament , I para la Promoción de Proyectos Productivos, en ejercicio de sus funciones, y en uso de s s atribuciones que le confiere la ordenanza N 01 de Marzo 23 de 2.005 y su Decre reglamentario N°1090 del 21 de julio de 2.005, y el Acuerdo N° 001 de 2000, Articulo 59. CONSIDERANDO 1 Que el Secretario de Productividad y Competitividad, y Director Ejecutivo del Fon o Departamental de Proyectos Productivos está debidamente facultado para condonar I intereses causados, según la normatividad legal vigente. 2 Que el Director Ejecutivo del Fondo, determino condonar los intereses de mo a equivalente al 100%., a la Cooperativa Agrícola Latifundio "FINCALATI". Previa a cancelación del capital adeudado y los intereses corrientes debidos a la fecha. 3 Que la Cooperativa , canceló el capital y los intereses corrientes, los cuales asciend a la suma de cuarenta y cuatro millones quinientos mil quinientos pesos M/L($44.500.000.00) 4 Que entre los meses de Marzo y Agosto de 2010, la Cooperativa, canceló la suma q se precisa en el numeral 3° de la presente Resolución 5 Que una vez llenos los requisitos exigidos se procede a la condonación de los interes de mora que ascienden a la suma de veintiún millones novecientos setenta y dos ochocientos ochenta y nueve pesos M/L ($21.972.889.00), esta condonación es p una sola y única vez. RESUELVE Articulo Primero: Condonar los intereses de mora del crédito # 719 equivalentes a la suma dg veintiún millones novecientos setenta y dos mil ochocientos ochenta y nueve pesos MILJ ($21.972.889.00), a la Cooperativa Agrícola Latifundio "FINCALATI". Articulo Segundo La presente resolución rige a partir de la fecha
  • 11. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL COMUNÍQUESE Y CUMPLASE Dado e•ellín a los, 9 DIC 2,010 IL NO VALDERRAMA ESPINOSA ecretario •e Productividad y competitividad Director Ejecutivo del Fondo RESOLUCIÓN NÚMERO 0 1 1 8 71 7 DE 2010 0 9 DIC. 2010 "Por medio de la cual se causan novedades en la Planta global de Cargos y en el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales de la Administración Departamental" LA SECRETARIA • DE GESTIÓN HUMANA Y DESARROLLO ORGANIZACIONAL, en ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 3° del Decreto Departamental 2576 del 14 de octubre de 2008 y el Artículo 5° del Decreto Departamental 2579 del 14 de octubre de 2008, y CONSIDERANDO: Mediante el artículo 3° del Decreto Departamental 2576 del 14 dé octubre de 2008, se delega en el Secretario de Gestión Humana y Desarrollo Organizacional, la competencia para asignar a las diferentes dependencias los cargos de la planta global y efectuar los movimientos internos de todos los organismos, de acuerdo con los planes, programas y proyectos que desarrolle cada una de las dependencias que conforman la Administración Departamental Orden Central. El artículo 5° del Decreto Departamental 2579 del 14 de octubre de 2008, faculta a la Secretaría de Gestión Humana y Desarrollo Organizacional, para actualizar, modificar o adicionar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales. El Decreto Ley 785 de 2005, establece los criterios y la obligatoriedad para definir e incorporar en los manuales específicos de funciones y de requisitos las competencias laborales mínimas, para los diferentes empleos públicos de las entidades del orden territorial. El Gobierno Nacional expidió el Decreto 2539 de julio 22 de 2005, "Por el cual se establecen las competencias laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de las entidades a las cuales se aplican los decretos ley 770 y 785 de 2005". E. Mediante Decreto Departamental 0471 del 21 de febrero de 2006, se asimila la nomenclatura, clasificación y códigos de empleos, acorde con el Decreto-
  • 12. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL Ley 785 del 17 de marzo de 2005, reglamentario de la Ley 909 del 23 d septiembre de 2004. RESUELVE: ARTÍCULO 1°- Trasladar en la planta global de cargos de la Administració Departamental, a la señora Vilma Estella Tabares Rua, identificada con cédula d ciudadanía número 43.669.192, Auxiliar Administrativo, código 407 grado 03, de grupo de trabajo del Despacho de Planeación Departamental, para el grupo d trabajo del Despacho del Secretario de la Secretaría de Hacienda, cargo Auxilia Administrativo, código 407 grado 03, ID 961 y actualizar el manual específico d funciones y competencias laborales, así: I. IDENTIFICACION Nivel: Central Denominación del Empleo: AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código: 407 Grado: 03 No de Cargos: Uno (1) Dependencia: Cargo del Jefe inmediato: 407 3 SECRETARÍA DE HACIENDA DESPACHO DEL SECRETARIO (1) II. PROPOSITO PRINCIPAL Apoyar y Complementar las tareas propias de los niveles superiores, ejecutand actividades o tareas de simple ejecución. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES Efectuar los trámites oficiales dentro o fuera de la dependencia que le sea encomendados. Movilizar ordenadamente los documentos y demás elementos que se le indiquen, teniendo en cuenta los controles de correspondencia que se adopten. 3. Apoyar al personal de la dependencia en la elaboración y presentación de informes. Colaborar en la verificación y control de información en las diferentes dependencias de la secretaria como apoyo a los procesos que allí se adelanten. Recolectar, organizar y clasificar la información que se le sea asignada Clasificar y distribuir la documentación que se genere en los diferentes procesos que desarrolla la Secretaria de Hacienda. Custodiar la información asignada para su conservación, de acuerdo con normas y estándares establecidos en la Secretaria. 8. Atender las diferentes consultas que realicen los funcionarios, entidades del orden Departamental, Nacional y el público en general.
  • 13. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL Realizar préstamos de la documentación, utilizando las tarjetas de control, y velar por s pronta devolución. Guardar absoluta reserva sobre todos los documentos que se reciban y se generen e la Secretaria. Contribuir al Mantenimiento y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestió a través de la participación activa en todas sus actividades, estrategias y programa definidos por la Dirección de Desarrollo Organizacional. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel la naturaleza y el área de desempeño del cargo. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO) Los planes, programas y proyectos institucionales presentados están de acuerdo con la políticas y normas vigentes en la materia. La participación activa en las actividades programadas en el Sistema Integrado d Gestión, permiten su mantenimiento y mejoramiento continuo. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES Plan de Desarrollo. Manejo de procesador de palabras y hoja de cálculo. Sistema Integrado de Gestión. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS: Diploma de bachiller en cualquier modalidad. EXPERIENCIA: Nueve (9) meses de experiencia relacionada. ARTÍCULO 2°- De la presente Resolución, se enviará copia a la Dirección de Desarrollo Organizacional y a la Dirección de Personal de la Secretaría de Gestión Humana y Desarrollo Organizacional. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Medellín, a los 09 DIC. 7010 ANA RÍA RUIZ ZAPATA Secretaria de Gestió Humana y Desarrollo Organizacional 0118718 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2010 09 DIC. 910
  • 14. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL POR MEDIO DE LA CUAL SE JUSTIFICA EL USO DE UNA MODALIDAD DE SELECCIÓN DE CONTRATACIÓN LA SECRETARIA GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, en ejercicio de las facultades, conferidas por la Resolución No. 0117916 de 2010, por los Decretos Departamentales 926 de abril 08 de 2008 y 1016 de abril 14 de 2008, y CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política, señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. Que el Decreto 2474 de 2008, reglamentario de la Ley 1150 de 2007, estableció en el artículo 77 que "Cuando proceda el uso de la modalidad de selección de contratación directa, la entidad así lo señalará en un acto administrativo". Que el artículo 2, numeral 4, literal c) de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el artículo 81 del Decreto 2474 de 2008, establecen como causal de contratación directa la suscripción de contratos interadministrativos siempre que las obligaciones derivadas de los mismos tengan relación directa con el objeto de la entidad ejecutora señalado en la ley o en sus reglamentos. Que de conformidad con lo señalado en los estudios y documentos previos elaborados para el efecto, el Departamento de Antioquia requiere contratar la Prestación de Servicio de Admisión curso, entrega y devolución de correspondencia urbana, nacional e internacional y servicios postales complementarios para la Gobernación de Antioquia. Que Servicios Postales Nacionales - S.A, es una empresa Industrial y Comercial del Estado adscrita al Ministerio de la Tecnología de la información y las telecomunicaciones, cuyo objeto según sus estatutos consiste en la prestación de servicios postales que comprenden la prestación del servicio de correo nacional e internacional, el servicio de mensajería especializada y los servicios postales de pago. Que las condiciones que se le exigirán a la entidad ejecutora serán las siguientes: 1. Prestar el servicio contratado con la debida diligencia y prontitud de acuerdo con la matriz de categoría de tiempos y destinos en la propuesta presentada. 2. Devolver debidamente revisada y firmada la primera copia de la planilla de imposición de los envíos, además por pérdida de un envío certificado, asegurado o Postexpress, EL CONTRATISTA pagara el valor que corresponda, de conformidad con la escala vig ente para tal efecto, previa la investigación correspondiente y
  • 15. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL aprobación mediante Resolución. 3. Devolver debidamente revisaaa, firmada y sellada la primera copia de la planilla de imposición de los envíos; no se recibe fotocopia. 4. Presentar mensualmente la facturación correspondiente por el valor de los portes, de acuerdo con las planillas de imposición. 5. Impartir instrucciones y orientar a los funcionarios de EL DEPARTAMENTO sobre la forma de cumplir los procedimientos postales, en cuanto tiene que ver con acondicionamiento (embalaje), dimensiones, rotulación del destinatario y remitente, limite de peso y prohibiciones. 6. Aplicar los portes de franqueo de acuerdo con las tarifas vigentes, aprobadas por la juta Directiva de Servicios Postales Nacionales S.A. 7. Anexar a la facturación por los servicios prestados a las dependencias de EL DEPARTAMENTO, una relación detallada discriminando por Organismo, según la estructura administrativa de EL DEPARTAMENTO, los diferentes envíos y su valor correspondiente, para efectos de poder establecer el control administrativo sobre la ejecución del contrato. 8. Garantizar la confidencialidad y privacidad de la información que por razón del presente contrato deben manejar 9. Obrar con lealtad y buena fe en el desarrollo del contrato, evitando dilataciones innecesarias 10. Desplazar a las instalaciones de EL DEPARTAMENTO, el funcionario o funcionarios necesarios e indispensables con el fin de recibir y portear debidamente todos los envíos, tanto oficiales como del usuario externo, aclarando que este ultimo pagara inmediatamente dicho servicio, directamente al funcionario de EL CONTRATISTA. PARAGRAFO. Los servicios objeto del presente Contrato serán prestados por EL CONTRATISTA, en los horarios normales fijados por EL DEPARTAMENTO para sus empleados, es decir entre las 7:30 A.M.,. Y las 12:00 M, y entre la 1:15 P.M. y las 5:35 P.M. de lunes a viernes. Que el valor del contrato se estima en la suma de TRESCIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS MC ($360.000.000), con cargo a al certificado de disponibilidad presupuestal 3700005952 de Noviembre 11 de 2010, por un valor de $55.000.000 rubro presupuestal 1.2.90/1122/0-1010 Fondos Comunes otros gastos generales y un certificado de vigencia futura para el año 2011 No 6000000435, rubro 1.2.90/1122/0.1010 otros gastos generales, por un valor de $305.000.000. Que de acuerdo con lo expuesto, se establece la necesidad de celebrar un contrato interadministrativo con Servicios Postales Nacionales S.A., por un valor de TRESCIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS ($360.000.000,00) y un plazo de ejecución de doce (12) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Suscribir con Servidos Postales Nacionales S.A., empresa industrial y comercial del estado, adscrita al ministerio de tecnologías de la información y comunicaciones, un contrato interadministrativo cuyo objeto consiste en: la Prestación de Servicio de Admisión curso, entrega y devolución de correspondencia urbana, nacional e internacional y servicios postales complementarios para la Gobernación de Antioquia, por un valor de Trescientos
  • 16. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL Sesenta Millones de Pesos ($360.000.000) y un plazo de ejecución de ejecución de doce (12) meses, contados a partir de la suscripción del acta de inicio. ARTÍCULO SEGUNDO: Publicar la presente Resolución en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública —SECOP- a través del Portal Único de Contratación.} ARTÍCULO TERCERO: Contra el presente acto administrativo no procede ningún recurso. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Medellín, a los 0 9 DIC. 2010 BEATRI EL MOLINA Secr na General RESOLUCION No () 1 1 8 71 9 10 DIC. 2010 Por medio de la cual se aprueba una (1) plaza de Servicio Social Obligatorio er, Medicina en la E.S.E.Hospital San Bartolomé del Municipio de Murindó. El SECRETARIO SECCIONAL DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL DE ANTIOQUIA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas, por las Leyes 1164 de 2007 y 715 de 2001, las Resoluciones 1058 del 23 de Marzc y 2595 del 8 de julio de 2010. CONSIDERANDO Que el artículo 33 de la ley 1164 del 3 de octubre de 2007, creó el Servicio Social' Obligatorio para los egresados de los programas de Educación Superior de Medicina, Odontología, Enfermería y Bacteriología. Que la E.S.E. Hospital San Bartolomé del Municipio de Murindó presentó Estudio Técnico de modificación de la planta de cargos para la apertura de una (1) plaza de Servicio Social Obligatorio en la modalidad de prestación de servicios profesionales en E.S.E. habilitada para prestar servicios de. salud a la población deprimida urbana o rural.
  • 17. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL Que la Resolución 1058 del 23 de marzo de 2010, expedida por el Ministerio d la Protección Social, en su artículo 9 delegó la aprobación de plazas para e cumplimiento del Servicio Social Obligatorio en las Direcciones Departamentale y Distritales de Salud. Que la E.S.E. Hospital San Bartolomé del Municipio de Murindó, cumple con lo requisitos legales, técnicos y administrativos para la aprobación de una (1) plaz de Servicio Social Obligatorio, en la modalidad de prestación de servicio profesionales en E.S.E habilitada para prestar servicios de salud a la població deprimida urbana o rural. Que la E.S:E. Hospital San Bartolomé del Municipio de Murindó, certific disponibilidad presupuestal para atender las obligaciones contraídas con I creación de una (1) plaza para médico en servicio social obligatorio en I modalidad de prestación de servicios profesionales en E.S.E. habilitada par prestar servicios de salud a la población deprimida urbana o rural. Que la Dirección Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia consider pertinente la aprobación de una plaza para servicio social obligatorio en I modalidad de prestación de servicios profesionales en E.S.E. habilitada par prestar servicios de salud a la población deprimida urbana o rural en la. E.S.E. Hospital San Bartolomé del Municipio de Murindó- Antioquia. En mérito de lo antes expuesto, este Despacho. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar una (1) plaza de Servicio Social Obligatorio en Medicina, bajo la modalidad de prestación de servicios profesionales en E.S.E. habilitad para prestar servicios de salud a la población deprimida urbana o rural en la E.S.E. Hospital San Bartolomé del Municipio de Murindó — Antioquia y la cual se identificara así: 002M/2010- 004 A ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar personalmente el contenido del presente acto administrativo al doctor WALTER GONZALEZ POLO Gerente de la E.S.E. Hospital San Bartolomé del Municipio de Murindó o a quien haga sus veces, informándole que contra el presente acto procede el recurso de reposición y el de apelación ante el Secretario Seccional de Salud y Protección Social y el Señor Gobernador de Antioquia respectivamente, los cuales deberá interponer por escrito en el momento de la diligencia de notificación dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a ella, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Código Contencioso Administrativo. ARTÍCULO TERCERO: La Dirección Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia, podrá revocar la aprobación de la plaza aprobada en el artículo primero de la presente resolución, cuando se incumpla cualquiera de las condiciones o requisitos previstos para su otorgamiento.
  • 18. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de S,.1 expedición. COMUNÍQUESE y CÚMPLASE Dada en Medellín, a los 1 0 Oi p CARLOS MARIO RIVERA ESCOBAR Secretario Seccional de Salud y Protección Social de Antioquiar 6 118725 RESOLUCIÓN NuMER DE 2010 10 DIC. 2010 POR MEDIO DE LA CUAL SE EFECTÚA UNA DELEGACIÓN EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por las Leyes 80 de 1993, 489 de 1998, 1150 de 2007 y, CONSIDERANDO Que el artículo 209 de la Constitución Política señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 9 de la Ley 489 de 1998 — mediante la cual se determina la estructura y se definen los principios y reglas básicas de la organización y funcionamiento de la Administración Pública- las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores. 3. Que, igualmente el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007, establece que los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones o concursos en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo, o ejecutivo o en sus equivalentes. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Delegar en el Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, la competencia para celebrar el convenio cuyo objeto es: "Dotar los apiarios y el centro de acopio con sus respectivos equipos e insumos para fortalecer la producción de la
  • 19. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL miel y cera de abejas de los integrantes de la Cooperativa COAPIGUA en los municipios de Necoclí y Turbo, de conformidad con el Plan de Desarrollo Departamental, cronograma de actividades y plan de inversiones, los cuales hacen parte integrante del presente convenio. PARÁGRAFO: La presente delegación incluye la competencia para la realización de las actividades inherentes al trámite de los convenios, incluidas las modificaciones, ya sean adiciones o prórrogas al mismo y la expedición de los actos administrativos necesarios en las etapas contractual, de ejecución y liquidación de los convenios, incluyendo la suscripción del acta de terminación y liquidación. ARTÍCULO SEGUNDO: Ésta Resolución rige a partir de la fecha de su expedición PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE f¿cria, 4 LUIS ALFREDO RAMOS BOTERO Gobernador Departamento de Antioquiap "-71stnzw:--• 0118726 RESOLUCIÓN NÚMERO No 1 0 DIC. 2010 POR MEDIO DE LA CUAL SE JUSTIFICA EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DIRECTA PARA LA CELEBRACION DE UN COVENIO INTERADMINISTRATIVO EL SECRETARIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA en uso de sus facultades Constitucionales y Legales y en especial las conferidas por las Leyes 80 de 1993, 11 de 2007 y los Artículos 77 y 78 del Decreto Nacional N° 2474 de Julio 7 de 2008, por los Decretos Departamen les N° 926 del 8 de abril de 2008 y 1016 del 14 de abril de 2008, el 1281 de mayo 14 de 2008 CONSIDERANDO: Que en cumplimiento de los principios de transparencia y responsabilidad que rigen la Contratación Públi a, la Ley 1150 de 2007, artículo 2, numeral 4, literal c), prevé los Convenios Interadministrativo como una d las modalidades de Contratación Directa. Que el Decreto 2474 de 2008, por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 80 de 1993 y la Ley 11 de 2007, estableció en el Articulo 77 que "Cuando proceda el uso de la modalidad de selección de Contrat. ción Directa, la entidad así lo señalará en un Acto Administrativo". 3. Que en el Artículo 78 del Decreto 2474 de 2008, se hace referencia a los Convenios Interadministra ivos, indicando que "Las entidades señaladas en el artículo 2 de la Ley 80 de 1993 celebrarán directamente conv nios entre ellas, siempre que las obligaciones del mismo tengan relación directa con el objeto de la en idad ejecutora..." 4 .Que en los Estudios y Documentos Previos, el Departamento definió la necesidad de celebrar un Con enio Interadministrativo con el Municipio de SAN CARLOS, cuyo objeto es "Apoyar la renovación de 50 hectáre s de caña de azúcar (Saccharum officinarum L.) para la producción de panela en el Municipio de SAN GALOS". Que para la celebración del presente convenio se cuenta con los siguientes recursos . El Departamento de Antio. la – Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, la suma de OCHENTA Y NUEVE MILLONES DE PESOS M-L — $89'000.000 el Munici p io de SAN CARLOS, la suma de CUARENTA Y OCHO MILLONES CU TROCIE TOS
  • 20. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL VEINTE MIL PESOS MIL ($48'420.0000), así: TREINTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTdS VEINT MIL PESOS M/L (38'420.000) en efectivo y DIEZ MILLONES DE PESOS M/L ($10'000.000) en Bienes y Servicics y la Comunidad, la suma de OCHENTA Y DOS MILLONES DE PESOS M-L ($82'000.000), así. DIEZ MILLONES DE PESOS M/L ($10'000.000) en efectivo y SETENTA Y DOS MILLONES DE PESOS M/L ($72'000.000) en bienes y servicios, para lo cual se exigirá al Municipio las siguientes condiciones: Disponibilidad Presupuestal del Municipio Certificado de la Comunidad Otorgamiento de Garantías. En el momento de autorizar los pagos al Municipio este acreditará al Interventor estar al día con e pago de la seguridad social integral y parafiscal. 5. Que se ha elaborado los pertinentes análisis de Estudios y Documentos- Previos, dada la modalidad de la selección de Contratación Directa Proyecto Especifico que se encuentra matriculado en el Banco de Pro ectos del Departamento Administrativo de Planeación, mediante el No. 2010-050000179. y articulado al Proyecto Bolsa No. .2010-050000571, estudios que se encuentran a disposición de quien esté interesado en consultarlos con los documentos que hacen parte del CONVENIO en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, Quintc Piso, Oficina 501, del Centro Administrativo Departamental. En merito de lo expuesto, este Despacho. RESUELVÉ: ARTÍCULO ÚNICO: Ordenar la celebración de un Convenio Interadministrativo por la modalidad de Contri tación Directa con el Municipio de SAN CARLOS. cuyo objeto consistirá en "Apoyar la renovación de 50 hectáreas d caña de azúcar (Saccharum officinarum L.) para la producción de panela en el Municipio de SAN GALOS". Valor t c tal del contrato DOSCIENTOS DIECINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL PESOS M-L ($219'420.0( 0). CÚMPL4 EDGA LA CANO Secretario de Agn ltur y Desarrollo Rural Dora L.2010; L!O RESOLUCION N° 0 1 1 8 7 31 ( ) 10 OIC. 2010 POR MEDIO DE LA CUAL SE ADJUDICA LA SELECCIÓN ABREVIADA DE MENO t; CUANTIA S.A. -20-111-2010 LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA FISICA, en ejercicio de sus facul des constitucionales y legales en especial las que le confiere la Resolución 0114107 del O de noviembre de 2010, de conformidad con la ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el de reto 2474 de 2008, demás normas reglamentarias y, CONSIDERANDO A. Que mediante Resolución 0115450 del 17 de noviembre de 2010, se orden la apertura de la Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-111-2010, cuyo o l jeto es: MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LA VIA SAN PEDRO DE URABA- EL TAMBITO- SUBREGIÓN URABA —DEPARTAMENTO DE ANTIOQUI
  • 21. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL Que conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 2474 de 2008, se izo a través de la pagina Web de la Gobernación de Antioquía, invitación públic a la Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-111-2010, cuyo objete es: MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LA VIA SAN PEDRO DE U BA- EL TAMBITO- SUBREGIÓN URABA — DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA. Que el Presupuesto Oficial establecido para esta contratación se fijó en la su a de cuatrocientos setenta millones setecientos ochenta y ocho mil novecientos nov: nta y nueve pesos mil. ($ 470.788.999) Que entre el 17 y 19 de noviembre de de 2010 a las 11:30 a.m., periodo para cibir manifestaciones de interés en participar se postularon 39 personas, tal y como sta en acta de inscripción suscrita por los interesados. Que el 19 de noviembre de 2010 a las 3:00 p.m., en la oficina 902 de la Secreta la de Infraestructura Física, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 20.'5 de 2009, se realizo el sorteo de de consolidación de oferentes; el cual dio como res Itado la habilitación de las siguientes personas: Consorcio Construyendo Ingeniería. Consorcio Ingeniería Colombiana. Camilo Duque. Elesco Ltda. Chamat Ingenieros Ltda. U.T Aicardo Vélez — Corpalmitas Consorcio Uraba Antioqueño. Consorcio Uraba 2010 Consorcio Uraba Siglo XXI Consorcio Vial Uraba. Que el 22 de noviembre de 2010, en el lugar y hora indicados en el cronogra a del proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, se llevaron a cabo las Audi: ncias de Aclaraciones y Estimación, Tipificación y Asignación de Riesgos. Que el día 25 de Noviembre de 2010, fecha de cierre de la contratación se reci ieron las siguientes propuestas: 1 CONSORCIO URABÁ SIGLO XXI 2 CHAMAT INGENIEROS 3 CONSORCIO URABÁ ANTIOQUEÑO 4 CAMILO E. DUQUE FRANCO Que para realizar la evaluación de las propuestas, era necesario hacer los es dios jurídicos, técnicos y financieros, consagrados en los pliegos de condiciones. Que una vez cotejados los documentos soporte de las propuestas a la luz e la prescripción del pliego de condiciones con la finalidad de obtener la propuest más favorable, se tiene que la propuesta presentada por el CONSORCIO URABA GLO XXI, no cumple, con el requisito habilitante de presentar con su ofrecimiento la óliza de seriedad de oferta, incurriendo en la causal de rechazo establecida en el nu eral 5.2 del lee o de condiciones ue indica:
  • 22. ANTIOQU1A - GACETA DEPARTAMENTAL - Cuando no se presente la garantía de seriedad n3quenda de forma simultánea cón la ate a, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 1 del Decreto 2493 de 2009". Que el proponente CAMILO E. DUQUE FRANCO, modifico el formulario "Valor c e la Propuesta", en su ítem Obras Complementarias, incurriendo en la causal de rec azo establecida en el numeral 5.5.16 del pliego de condiciones que indica: "Cuando modifiquen o alteren los datos suministrados por la entidad al formulado valor la propuesta (descripción de Ítems, Unidades, Cantidades de Obra), o no se consigne en él u 00 varios precios unitarios". Que el resultado final sobre los puntajes asignados a los criterios de evalua ión señalados en el numeral 5.2"FACTORES DE CALIFICACION," se tiene: PUN ES PROPONENTE TOTAL PUNTAJE ORDEN VALOR DE LA PROPUESTA ELEGIBILID PROPUESTA TÉCNICA L TOA, 548.03 200,00 848.03 D'ISORCI UPAD?, ANTE03DV, 650.00 350.00 1000,00 L. Que el informe de evaluación de las propuestas fue publicado en la página 1e contratación estatal www.contratos.gov.co , de conformidad con lo establecido en el Decreto 2474 de 2008, a partir del día 01 hasta el 03 de diciembre de 2010, amb s fechas inclusive, sin que se presentaran observaciones al informe de evaluaci •n publicado por la entidad. Que el día 9 de diciembre de 2010, se publicó en el Portal de Contratación el borra Of de Resolución de Adjudicación. La Secretaria de Despacho de la Secretaria de Infraestructura del Departamento e Antioquia, habiendo desarrollado el procedimiento establecido en el pliego •e condiciones, observando el debido proceso, se procede a tomar la decisión media e resolución de adjudicación, ratificando la evaluación realizada y el orden e elegibilidad publicado en la página www contratos gov cc., el cual se presento en el cuadro resumen de puntaje. Por lo antes expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicar al CONSORCIO URABÁ ANTIOQUEÑO.(RUT ELENA TABARES ZULETA — PAVIMEDCO S.A.), el contrato derivado de la Selecció Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-111-2010, cu yo obieto es: MEJORAMIENTO D
  • 23. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL t., 2 - LA TRANSITABILIDAD EN LA VIA SAN PEDRO DE URABA- EL TAMBIT D- SUBREGION URABA — DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA., por un valor de Cuatrocientos Sesenta Millones Setecientos Mil Novecientos Noventa y Nueve Pes DS mil. ($ 460.700.999) y un plazo de un y medio (1.5) meses de conformidad con I Ds pliegos de condiciones y la propuesta presentada por el proponente. ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar en RUTH ELENA TABARES ZULETA, identificado con la cédula de ciudadanía numero 30.303.454, Representante Legal cel CONSORCIO URABA ANTIOQUEÑO (RUTH ELENA TABARES ZULETA — PAVIMEDCO S.A.), adjudicatario el contenido integro de la presente Resolución. ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente Resolución, no procede recurso alguno por la vía Gubernativa. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Medellín, rue. 201 MARIA CRISTINA MESA ZAPATA Secretaria de Infraestructura Física 0118732 RESOLUCION N° 10 DIC. 2010 POR MEDIO DE LA CUAL SE ADJUDICA LA SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOF CUANTIA S.A. -20-110-2010 LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA FISICA, en ejercicio de sus faculta les constitucionales y legales en especial las que le confiere la Resolución 0114107 del 05 de noviembre de 2010, de conformidad con la ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el decreto 2474 de 2008, demás normas reglamentarias y, CONSIDERANDO A. Que mediante Resolución 0115450 del 17 de noviembre de 2010, se ordenó la apertura de la Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-110-2010, cuyo objeto es la: ATENCION DE LA EMERGENCIA VIAL Y PUNTO CRITICO PARA RESTABLECER LA TRANSITABILIDAD EN LA VIA ARBOLETES — EL TAMBI r0 (26KM).
  • 24. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL Que conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 2474 de 2008, se hi o a través de la pagina Web de la Gobernación de Antioquia, invitación pública la Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-110-2010, cuyo objeto e la: ATENCION DE LA EMERGENCIA VIAL Y PUNTO CRITICO PARA RESTABLE ER LA TRANSITABILIDAD EN LA VIA ARBOLETES — EL TAMBITO (26KM). Que el Presupuesto Oficial establecido para esta contratación se fijó en la sum. de Cuatrocientos sesenta y ocho millones trescientos trece mil novecientos 'cincuen a y ocho pesos mil. ($ 468.313.950) D. Que entre el 17 y 19 de noviembre de de 2010 a las 11:30 a.m., periodo para re ibir manifestaciones de interés en participar se postularon 42 personas, tal y como co sta en acta de inscripción suscrita por los interesados. E Que el 19 de noviembre de de 2010 a las 3:00 p.m., en la oficina 902 de la Secretaria de Infraestructura Física, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 202' de 2009, se realizo el sorteo de de consolidación de oferentes; el cual dio como resultado la habilitación de las siguientes personas: Consorcio Yakar Ingeniería U.T Aicardo Vélez — Corpalmitas Edgar Adolfo Hoyos García Arturo jurado Guarín Ingeniería y Construcciones Palacio Baena MCYS Ltda. Construcciones y Vías Ingenieros Contratistas CONVIAL S.A.S Germán Villegas Consorcio Uraba Siglo XXI Consorcio Arboletes. Que el 22 de noviembre de 2010, en el lugar y hora indicadas en el cronograma •el proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, se llevaron a cabo las Audien as de Aclaraciones y Estimación, Tipificación y Asignación de Riesgos. Que el día 25 de Noviembre de 2010, fecha de cierre de la contratación se recibie on las siguientes propuestas: 1 INGENIERIAS Y CONSTRUCCIONES PALACIO BAENA S.A - ICPB S.A 2 CONSORCIO URWIE- SIGLO XXI iÁ 3 4 CONVIAL S.A.S CONSORCIO ARBOLETES • 5 EDGAR ADOLFO GARCÍA Que para realizar la evaluación de las propuestas, era necesario hacer los estudi DS jurídicos, técnicos y financieros, consagrados en los pliegos de condiciones. Que una vez cotejados los documentos soporte, de las propuestas a la , luz de la
  • 25. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL prescripción del pliego de condiciones con la finalidad de obtener la pi-Opuesta más favorable, se tiene que la propuesta presentada por el CONSORCIO URABA SI LO XXI, no cumple, con el requisito habilitante de presentar con su ofrecimiento la p liza de seriedad de oferta, incurriendo en la causal de rechazo establecida en el nu eral 5.5.2 del pliego de condiciones que indica' "Cuando no se presente la garantía de seriedad requerida de forma simultánea con La ofe s, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 2493 de 2009" J. Que el resultado final sobre los puntajes asignados a los criterios de evaluación señalados en el numeral 5.2 'FACTORES DE CALIFICAC/ON," se tiene: 014 OS /Atm Illi fi. •) : J P432 112 K. Que el informe de evaluación de las propuestas fue publicado en la página e contratación estatal www.contratos.gov.co , de conformidad con lo establecido en el Decreto 2474 de 2008, a partir del día 01 hasta el 03 de diciembre de 2010, am s fechas inclusive, sin que se presentaran observaciones al informe de evaluaci n publicado por la entidad. L Que el día 9 de diciembre de 2010, se publicó en el Portal de Contratación el borra or de Resolución de Adjudicación. M. La Secretaria de Despacho de la Secretaria de Infraestructura del Departamento de Antioquia, habiendo desarrollado el procedimiento establecido en el pliego de condiciones, observando el debido proceso, se procede a tomar la decisión media te resolución de adjudicación, ratificando la evaluación realizada y el orden de elegibilidad publicado en la página www contratos qov co., el cual se presento e el cuadro resumen de puntaje. Por lo antes expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicar a la sociedad INGENIERIA Y CONSTRUCI N PALACIO BAENA S.A. — ICPB S.A., el contrato derivado de la Selección Abreviada e Menor Cuantía S.A. -20-110-2010, cuyo objeto es la: ATENCION DE EMERGENCIA VIAL Y PUNTO CRITICO PARA RESTABLECER TRANSITABILIDAD EN LA VIA ARBOLETES — EL TAMBITO (26KM), por un valor e
  • 26. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL Cuatrocientos Cincuenta y Ocho Millones Trescientos Veintiocho Mil Ocho entos Pesos mil. ($ 458.328.800) y un plazo de un y medio (1.5) meses de conformid d con los pliegos de condiciones y la propuesta presentada por el proponente. ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar a JUAN JOSE BAENA CORREA, identificada con la cédula de ciudadanía numero 71.686.063, Representante Legal de la socia dad INGENIERIA Y CONSTRUCION PALACIO BAENA S.A. — ICPB S.A., adjudicata la el contenido integro de la presente Resolución. ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente Resolución, no procede recurso al uno por la vía Gubernativa. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Medellín, ‘41 ‘Ç „ r110 MARIA CRISTINA MESA ZAPATA Secretaria de Infraestructura Física RESOLUCION NO 1 1 8 7 3 3 ( ) DIC. 2010 POR MEDIO DE LA CUAL SE ADJUDICA LA SELECCIÓN ABREVIADA DE MENO CUANTIA S.A. -20-109-2010 LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA FISICA, en ejercicio de sus facult des constitucionales y legales en especial las que le confiere la Resolución 0114107 del O de noviembre de 2010, de conformidad con la ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el dei reto 2474 de 2008, demás normas reglamentarias y, CONSIDERANDO Que mediante Resolución 0115450 del 17 de noviembre de 2010, se orden la apertura de la Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-109-2010, cuyo ol feto es: MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LA VÍA MELLITOS-EL TAME ITO EN LA SUBREGION DE URABÁ DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA. Que conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 2474 de 2008, se hi o a través de la pagina Web de la Gobernación de Antioquia, invitación pública la
  • 27. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-109-2010, cuyo objeto es: MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LA VÍA MELLITOS-EL TAM ITO EN LA SUBREGION DE URABÁ DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA. Que el Presupuesto Oficial establecido para esta contratación se fijó en la sum de cuatrocientos setenta y tres millones doscientos noventa mil doscientos pesos m I. ($ 473.290200) Que entre el 17 y 19 de noviembre de de 2010 a las 11:30 a.m., periodo para r_ ibir manifestaciones de interés en participar se postularon 43 personas, tal y como co sta en acta de inscripción suscrita por los interesados. E. Que el 19 de noviembre de 2010 a las 3:00 p.m., en la oficina 902 de la Secretan de Infraestructura Física, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 202 de 2009, se realizo el sorteo de de consolidación de oferentes; el cual dio como resul ado la habilitación de las siguientes personas: Aldemar Enrique Villalba Barrios. Consorcio Uraba Siglo XXI. Jhon T. Hidalgo S. Sodicon Ltda. Germán Villegas E. Consorcio Vías Mejoradas. Ingeniería y Construcción Palacio Baena S.A. - ICPB S.A. Consorcio Necocli. 9. Construcciones y Vías Ingenieros Contratistas CONVIAL SAS. 10.Gloria Inés Mejía Que el 22 de noviembre de 2010, en el lugar y hora indicados en el cronograma .el proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, se llevaron a cabo las Audien as de Aclaraciones y Estimación, Tipificación y Asignación de Riesgos. Que el día 25 de Noviembre de 2010, fecha de cierre de la contratación se recibie on las siguientes propuestas: 1. INGENIERIAS Y CONSTRUCCIONES PALACIO BAENA S.A- ICPB S.A 2 CONSORCIO URABÁ SIGLO XXI 3 CONVIAL S A S 4 CONSORCIO NECOCLI Que para realizar la evaluación de las propuestas, era necesario hacer los estud os jurídicos, técnicos y financieros, consagrados en los pliegos de condiciones. Que una vez cotejados los documentos soporte de las propuestas a la luz de la prescripción del pliego de condiciones con la finalidad de obtener la propuesta m favorable, se tiene que la propuesta presentada por el CONSORCIO URABA SIG O XXI, no cumple, con el requisito habilitante de presentar con su ofrecimiento la póli a de seriedad de oferta, incurriendo en la causal de rechazo establecida en el nume al 5.5.2 del pliego de condiciones que indica:
  • 28. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL "Cuando no se presente la garantía de seriedad requerida de forma simultánea con la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 2493 de 2009". J. Que el resultado final sobre los puntajes asignados a los criterios de eval tia ción señalados en el numeral 5.2"FACTORES DE CALIFICACION," se tiene: "1?))))))) 4 )4 ) RESUMEN PUNTAJE PUNTA ES DE PROPONENTE INGAP SA S, RUT Y Pag CONSORCIO NECOCLI GALLEGO C, MARIA YORLENY PALACIO L. 544,34 200.00 844.34 Que el informe de evaluación de las propuestas fue publicado en la página de contratación estatal www.contratos.gov.co , de conformidad con lo establecido En el Decreto 2474 de 2008, a partir del día 01 hasta el 03 de diciembre de 2010, ambas fechas inclusive, sin que se presentaran observaciones al informe de evaluación publicado por la entidad. Que el día 9 de diciembre de 2010, se publicó en el Portal de Contratación el borrador de Resolución de Adjudicación. M. La Secretaria de Despacho de la Secretaria de Infraestructura del Departamento de Antioquia, habiendo desarrollado el procedimiento establecido en el pliego de condiciones, observando el debido proceso, se procede a tomar la decisión med ante resolución de adjudicación, ratificando la evaluación realizada y el orden de elegibilidad publicado en la página irdww contrata3 gov co., el cual se presento en el resumen de puntaje. Por lo antes expuesto, RESUELVE: N. ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicar al CONSORCIO NECOCLI. (INGAP SAS.- RUTH MERY GALLEGO C. — MARIA YORLENY PALACIO L.), el contrato derivado de la Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-109-2010, cuyo objeto 1s: MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LA VÍA MELLITOS-EL TAMBITO ÉN LA SUBREGION DE URABÁ DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA. por un valor de Cuatrocientos Sesenta y Dos Millones Seiscientos Cuarenta y Un Mil Doscient,ps Pesos mil. ($ 462.641.200) y un plazo de un y medio (1.5) meses de conformidad con los pliegos de condiciones y la propuesta presentada por el proponente.
  • 29. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar en RUTH MERY GALLEGO CARD•A, identificada con la cédula de ciudadanía número 43.534.024, Representante Lega del CONSORCIO NECOCLI. (INGAP SAS.- RUTH MERY GALLEGO C. — NI* IA YORLENY PALACIO L.), adjudicatario, el contenido integro de la presente Resoluc ón. ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente Resolución, no procede recurso alg no por la vía Gubernativa. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Medellín, gÇ ‘t MARIA CRISTINA MESA ZAPATA Secretaria de Infraestructura Física RESOLUCION N° U 1 1 8734 iü oir POR MEDIO DE LA CUAL SE ADJUDICA LA`SELECCIÓN ABREVIADA DE MENO CUANTIA S.A. -20-108-2010 LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA FISICA, en ejercicio de sus facult des constitucionales y legales en especial las que le confiere la Resolución 0114107 del O de noviembre de 2010, de conformidad con la ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el de reto 2474 de 2008, demás normas reglamentarias y, CONSIDERANDO Que mediante Resolución 0115450 del 17 de noviembre de 2010, se orden la apertura de la Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-108-2010, cuyo o jeto es: MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LAS VIAS CAUCHE BAJIRA (28 km) Y MUTATA — PAVARANDO GRANDE (20 Km) SUBRE ION URABA DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA. Que conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 2474 de 2008, se hi o a través de la pagina Web de la Gobernación de Antioquia, invitación pública la Selección Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-108-2010, cuyo objeto es: MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD EN LAS VIAS CAUCHERAS — BA IRA (28 km) Y MUTATA — PAVARANDO GRANDE (20 Km) SUBREGION URABA EL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.
  • 30. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL Que el Presupuesto Oficial establecido para esta contratación se fijó n la su a de Trescientos setenta y ocho millones setecientos cuarenta mil ochocientos vei Uséis pesos mil. ($ 378.740.826) Que entre el 17 y 19 de noviembre de de 2010 a las 11:30 a.m., periodo para ecibir manifestaciones de interés en participar se postularon 27 personas, tal y como 'onsta en acta de inscripción suscrita por los interesados. E. Que el 19 de noviembre de 2010 a las 3:00 p.m., en la oficina 902 de la Secret- la de Infraestructura Física, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 2025 d 2009, se realizo el sorteo de de consolidación'de oferentes; el cual dio como resultado la habilitación de las siguientes personas: Chamat Ingenieros Ltda. Consorcio Uraba Antioqueño. Consorcio Construyendo Ing. Corporación fuego Verde. Ingomon SAS. Consorcio Vías de la Montaña. Engico Ltda. MCYS Ltda. 9. Ingeniería y Construcción Palacio Baena S.A. - ICPB S.A. 10.Arturo Jurado Guarín. Que el 22 de noviembre de 2010, en el lugar y hora indicados en el cronograma el proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, se llevaron a cabo las Audien ias de Aclaraciones y Estimación, Tipificación y Asignación de Riesgos. Que el día 25 de Noviembre de 2010, fecha de cierre de la contratación se recibie on las siguientes propuestas: 1. INGENIERIAS Y CONSTRUCCIONES PALACIO BAENA S.A - ICPB S.A 2 CORPORACIÓN COMUNITARIA DE TRABAJO FUEGO VERDE 3 CONSORCIO VIAS DE LA MONTANA 4 CHAMAT INGENIEROS 5 CONSORCIO URABÁ ANTIOQUENO Que para realizar la evaluación de las propuestas, era necesario hacer los estud os jurídicos, técnicos y financieros, consagrados en los pliegos de condiciones. Que el resultado final sobre los puntajes asignados a los criterios de evaluación señalados en el numeral 5.2"FACTORES DE CALIFICA C/ON," se tiene: PTA PONTAJE ORDEN DE PROPONENTE PRECIO TECNICA TOTAL ELEGIBIIDAD CONSORCIO VIAS DE LA MONTAÑA 648,34 350 998,34 4 INEGENIERIA Y CONSTRUCCIONES RUCCIONES I
  • 31. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL 31 PALACIO ICPB S.A 648,42 350 998,42 3 CIIAMAT INGENIEROS 1:1 DA 649,9 350 999,90 2 CORPORACION COMUNITARIA DE 1 RABA.I0 ASOCIADO FUEGO VERDE 0 350 350 5 CONSORCIO URABA AN1 10QUEÑO 650 350 1.000 Que el informe de evaluación de las propuestas fue publicado en la página e contratación estatal www.contratos.gov.co , de conformidad con lo establecido en I Decreto 2474 de 2008, a partir del día 01 hasta el 03 de diciembre de 2010, amb s fechas inclusive, sin que se presentaran observaciones al informe de evaluaci n publicado por la entidad. Que el día 9 de diciembre de 2010, se publicó en el Portal de Contratación el borra Of de Resolución de Adjudicación. L. La Secretaria de Despacho de la Secretaria de Infraestructura del Departamento e Antioquia, habiendo desarrollado el procedimiento establecido en el pliego e condiciones, observando el debido proceso, se procede a tomar la decisión media te resolución de adjudicación, ratificando la evaluación realizada y el orden e elegibilidad publicado en la página www.contratos.yov co. el cual se presento en el cuadro resumen de puntaje. Por lo antes expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicar al CONSORCIO URABA ANTIOQUEÑO (RUT ELENA TABARES ZULETA — PAVIMEDCO S.A.), el contrato derivado de la Selecció Abreviada de Menor Cuantía S.A. -20-108-2010, cuyo objeto es: MEJORAMIENTO D LA TRANSITABILIDAD EN LAS VIAS CAUCHERAS — BAJIRA (28 km) Y MUTATA PAVARANDO GRANDE (20 Km) SUBREGION URABA DEL DEPARTAMENTO D ANTIOQUIA,por un valor de Trescientos Setenta Millones Doscientos Diez M I Cuatrocientos Dieciséis Pesos mil. ($ 370.210.416) y un plazo de un y medio (1. meses de conformidad con los pliegos de condiciones y la propuesta presentada por proponente. ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar en RUTH ELENA TABARES ZULETA, identificad con la cédula de ciudadanía número 30.303.454, Representante Legal d CONSORCIO URABA ANTIOQUEÑO (RUTH ELENA TABARES ZULETA PAVIMEDCO S.A.), adjudicatario, el contenido integro de la presente Resolución.
  • 32. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente Resolución, no procede recurso algu 10 por la vía Gubernativa. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Medellín, ü 111C. Se MARIA CRISTINA MESA ZAPATA Secretaria de Infraestructura Física RESOLUCION NUMERO DE 2010 O 11 8 735 10 DIC. 20111 "Por medio de la cual se causan novedades en la Planta global de Cargos y en el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales de la Administración Departamental" LA SECRETARIA DE GESTIÓN HUMANA Y DESARROLLO ORGANIZACIONAL, en ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 3° del Decreto Departamental 2576 del 14 de octubre de 2008 y el Artículo 5° del Decreto Departamental 2579 del 14 de octubre dé 2008, y CONSIDERANDO: Mediante el artículo 3° del Decreto Departamental 2576 del 14 de octubre de 2008, se delega en el Secretario de Gestión Humana y Desarrollo Organizacional, la competencia para asignar a las diferentes dependencias los cargos de la planta global y efectuar los movimientos internos de todos los organismos, de acuerdo con los planes, programas y proyectos que desarrolle cada una de las dependencias que conforman la Administración Departamental Orden Central. El artículo 5° del Decreto Departamental 2579 del 14 de octubre de 2008, faculta a la Secretaría de Gestión Humana y Desarrollo Organizacional, para actualizar, modificar o adicionar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales. El Decreto Ley 785 de 2005, establece los criterios y la obligatoriedad para definir e incorporar en los manuales específicos de funciones y de requisitos las competencias laborales mínimas, para los diferentes empleos públicos de las entidades del orden territorial. El Gobierno Nacional expidió el Decreto 2539 de julio 22 de 2005, "Por el cual se establecen las competencias laborales I generales para los empleos
  • 33. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL públicos de los distintos niveles jerárquicos de las entidades a las cuáles se aplican los decretos ley 770 y 785 de 2005". E. Mediante Decreto Departamental 0471 del 21 de febrero de 2006, se asimila la nomenclatura, clasificación y códigos de empleos, acorde con el Decreto- Ley 785 del 17 de marzo de 2005, reglamentario de la Ley 909 del 23 de septiembre de 2004. RESUELVE: ARTÍCULO 1°- El artículo 1° de la Resolución 114437 del 10 de Noviembre de 2010, quedará así: "ARTÍCULO 1°: Trasladar en la planta global de cargos de la Administración Departamental, una plaza de empleo de Profesional Especializado, código 222 grado 05, ID 1569, cuyo titular es la Señora Gloria Cecilia Gallego Moreno, con cédula de ciudadanía número 32.323.320, del grupo de trabajo de la Subsecretaría Jurídica, para el grupo de trabajo de la Dirección de Servicios Generales, ambos de la Secretaría General y actualizar el manual específico de funciones y competencias laborales, así: I. IDENTIFICACION Nivel: Central Denominación del Empleo: PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código: 222 Grado: 05 No de Cargos: Uno (1) Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión directa 222-05 SECRETARIA DE GENERAL DIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES(1) II. PROPOSITO PRINCIPAL Ejecutar y aplicar los conocimientos propios del área de desempeño en la adopción de planes, programas y proyectos institucionales, de acuerdo con la complejidad y competencias exigidas en el ejercicio de las funciones del cargo. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES Apoyar la elaboración de proyecciones y estimaciones financieras tendientes a establecer los requerimientos de recursos para la ejecución de los programas de la Dirección de Servicios Generales. Participar en la revisión de los actos que dentro de la etapa precontractual, contractual y post contractual, expida la Secretaría General en proyectos adelantados por la Dirección de Servicios Generales. Verificar que la garantía única contractual se expida de conformidad crin los términos del contrato. Realizar las interventorías de los contratos que se le asignen en cumplimiento de sus funciones, teniendo en cuenta los conocimientos y experiencia necesaria, de acuerdo con la Ley vigente y todas las normas que la regulen y se le apliquen.
  • 34. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL Gestionar la contratación requerida de los programas, siguiendo los trámites necesarios con criterios de eficiencia y eficadia para el cumplimiento de los objetivos propuestos. Participar en la elaboración de Plan de Acción y en el Plan de Desarrollo en el componente que es competencia de la Secretaría'. Realizar estudio y análisis de los riesgos existentes en los diferentes proyectos de contratación que se formulen. Estudiar, evaluar y conceptuar sobre las materias de competencia del área interna de desempeño, para resolver consultas de acuerdo con las políticas institucionales. Emitir concepto y apoyar jurídicamente las diferentes actuaciones del Secretario de Despacho, cuando se requiera. Rendir periódicamente al superior inmediato informe de gestión de las actividades desarrolladas en el área. Orientar a los usuarios brindando la información sobre los trámites jurídicos dentro de la Secretaría, con el fin de cumplir con él deber legal. Contribuir al Mantenimiento y mejoramiento cbntinuo del Sistema Integrado de Gestión a través de la participación activa en todas sus actividades, estrategias y programas definidos por la Dirección de Desarrollo Organizacional. 13. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO) La elaboración de proyecciones y estimaciones financieras tendientes a establecer los requerimientos de recursos es apoyada para la ejecución de los programas de la Dirección de Servicios Generales. La participación en la revisión de los actos que dentro de la etapa precontráctual, contractual y post contractual expide la Secretaría General están ajustados a derecho. La garantía única contractual se expide posterior a la verificación de los términos del contrato. Las interventorías de los contratos que se le asignen en cumplimiento de sus funciones son realizadas teniendo en cuenta los conocimientos y experiencia necesaria de acuerdo con la Ley vigente y todas las normas que la regulen y se le apliquen. 5. La contratación requerida de los programas se gestiona siguiendo los trámites necesarios con criterios de eficiencia y eficacia para el cumplimiento de los obietivos propuestos.
  • 35. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL 6. La participación en la elaboración del Plan de Acción y en el Plan de Désarroll en el componente que es competencia de la Secretaría General. El estudio y análisis de los riesgos existentes en los diferentes proyectos d contratación que se formulan son realizados. Las materias de competencia del área interna de desempeño son evaluada para resolver consultas de acuerdo con las políticas institucionales. Las diferentes actuaciones del Secretario de Despacho son emitidas y apoyada jurídicamente cuando se requiere. El informe de gestión de las actividades desarrolladas en el área e presentado periódicamente al jefe inmediato. Los usuarios son orientados, brindando la información sobre los trámite jurídicos dentro de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural con el fin d cumplir con el deber legal. La participación activa en las actividades programadas en el Sistema Integrado de Gestión, permiten su mantenimiento y mejoramiento continuo. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES Formulación de estudios y proyectos Administración de recursos Normas de administración pública Plan de Desarrollo Sistema Integrado de Gestión REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS: Título Profesional en Derecho o Derecho y Ciencias Políticas Título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo. EXPERIENCIA: Treinta y seis (36) meses de Experiencia Profesional Relacionada" ARTÍCULO 2°- De la presente Resolución, se enviará copia a la Dirección de Desarrollo Organizacional y a la Dirección de Personal de la Secretaría de Gestión Humana y Desarrollo Organizacional. ARTICULO 3° - Esta Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las que le sean contrarias COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
  • 36. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL Dada en Medellín, a los IQ DIC. 2010 ANA RÍA RUIZ ZAPATA Secretaria de Gest e- Humana y Desarrollo Organizacional c) I 18736 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2010 ( 1 D DIC. 2010 ) "Por medio de la cual se causan novedades en la Planta global de Cargos y en el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales de la Administración Departamental" LA SECRETARIA DE GESTIÓN HUMANA Y DESARROLLO ORGANIZACIONAL, en ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 3° del Decreto Departamental 2576 del 14 de octubre de 2008 y el Artículo 5° del Decreto Departamental 2579 del 14 de octubre de 2008, y CONSIDERANDO: Mediante el artículo 3° del Decreto Departamental 2576 del 14 de octubre de 2008, se delega en el Secretario de Gestión Humana y Desarrollo Organizacional, la competencia para asignar a las diferentes dependencias los cargos de la planta global y efectuar los movimientos internos de todos los organismos, de acuerdo con los planes, programas y proyectos que desarrolle cada una de las dependencias que conforman la Administración Departamental Orden Central. El artículo 5° del Decreto Departamental 2579 del 14 de octubre de 2008, faculta a la Secretaría de Gestión Humana y Desarrollo Organizacional, para actualizar, modificar o adicionar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales. El Decreto Ley 785 de 2005, establece los criterios y la obligatoriedad para definir e incorporar en los manuales específicos de funciones y de requisitos las competencias laborales mínimas, para los diferentes empleos públicos de las entidades del orden territorial. El Gobierno Nacional expidió el Decreto 2539 de julio 22 de 2005, "Por el cual se establecen las competencias laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de las entidades a las cuales se aplican los decretos ley 770 y 785 de 2005". E. Mediante Decreto Departamental 0471 del 21 de febrero de 2006, se asimila la nomenclatura, clasificación y códigos de empleos, acorde con el Deereto-
  • 37. ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL Ley 785 del 17 de marzo de 2005, reglamentario de la Ley 909 del 23 de septiembre de 2004. RESUELVE: ARTÍCULO 1°- Trasladar en la planta global de cargos de la Administración Departamental, a la señora María Rosmira López Vásquez identificada con cédula de ciudadanía número 43.099.052, Auxiliar Administrativo, código 407 grado 5, del grupo de trabajo de la Dirección de Transito de la Secretaria de Hacienda, para el grupo de trabajo de la Dirección de Gestión y Apoyo Administrativo de la Secretaria de Educación para la Cultura, cargo Auxiliar Administrativo, código 407 grado 05, ID1507 y actualizar el manual específico de funciones y competencias laborales, así: I. IDENTIFICACION Nivel: Central Denominación del Empleo: AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código: 407 Grado: 5 No de Cargos: Uno (1) Dependencia- Cargo del Jefe inmediato: 407 5 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PARA LA CULTURA DIRECCION DE GESTIÓN Y APOYO ADMINISTRATIVO (1) II. PROPOSITO PRINCIPAL Apoyar y complementar las tareas propias de los niveles superiores, ejecutando actividades o tareas de simple ejecución. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES Elaborar, coordinar y controlar los pagos en los municipios a los educadores nacionales, nacionalizados, departamentales, municipales, provisionales, periodo de pruebas y demás que sean necesarios. Tramitar y coordinar las novedades para nómina con la Autoridad competente. Rendir cuentas e informes cuando sea necesario a las diferentes entidades que ejercen el control fiscal y administrativo. Ejecutar el seguimiento de los pagos con el fin de verificar su oportuna cancelación. Tramitar en as diferentes dependencias todos los documentos y demás elementos necesarios para los pagos de servicios personales de los docentes y administrativos. Resolver las inquietudes de los usuarios en relación con certificados, reintegros, entre otras.