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EVOLUCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL<br />En España, la Constitución de 1812 incorpora la idea de la educación como un entramado en cuya organización, financiación y control debe intervenir el Estado, con lo que se sientan las bases para el establecimiento del sistema educativo español. Sin embargo, su concreción definitiva culmina con la aprobación, en 1.857, de la llamada Ley Moyano.<br />La reacción española a la invasión napoleónica pone en marcha la revolución liberal, que tiene como consecuencia legislativa más importante la aprobación, por parte de las Cortes de Cádiz, de la Constitución de 1812. En ella se proclaman la soberanía de la ley sobre el rey y una organización de la sociedad basada en los principios de libertad, igualdad y propiedad. Es la única Constitución en la historia de España que ha dedicado un título en exclusivamente a la instrucción pública. <br />Promulgada la Constitución, la siguiente preocupación de los diputados fue la elaboración de una ley general de instrucción pública que ampliara y desarrollara los principios constitucionales.<br />Manuel José Quintana elaboró en 1814 un informe: el Informe para proponer los medios de proceder al arreglo de los diversos ramos de instrucción pública (llamado Informe Quintana), posteriormente convertido en norma legal en 1821, con algunas modificaciones. <br />Pocos meses después se produce el primer alzamiento militar de la historia del siglo, liderado por el general Elío. El gobierno surgido del golpe de Estado declaró nula la Constitución y los decretos de las Cortes, volviendo así al Antiguo Régimen. En las cuestiones educativas, la principal consecuencia fue la vuelta de la educación a manos de la Iglesia, fundamentalmente la enseñanza primaria.<br />El trienio de 1820-23, tras el pronunciamiento militar de Rafael de Riego, es un período importante para la historia de la educación, dado que en él se regula una nueva estructura educativa con la aprobación del Reglamento General de la Instrucción Pública de 1821. <br />El Reglamento de 1821 dio carácter legal a una estructura del sistema educativo dividida en primera, segunda y tercera enseñanza, estructura inexistente formalmente en el Antiguo Régimen. De igual modo, esta normativa sancionaba la división de la instrucción en pública y privada, y determinaba la gratuidad de la enseñanza pública.<br />En 1823 se restablece el poder absoluto de Fernando VII por la intervención de las tropas francesas. Durante los diez años que dura esta época, la reacción absolutista llega con la derogación del Reglamento General de Instrucción Pública de 1821 y la posterior promulgación del Plan de Calomarde, que significó un claro intento de hacer de la instrucción pública un instrumento eficaz del absolutismo.<br />En 1833 comienza la regencia de Mª Cristina y, con ella, la «década liberal». Durante esos diez años los progresistas lograrán afianzar sus ideas y su poder. En 1836 se aprueba el Plan del duque de Rivas, que supuso un importante antecedente de la Ley Moyano de 1857. Este Plan reguló los tres grados de enseñanza.<br />En 1843 se abre un nuevo período en la historia de España que dura hasta 1854: es la «década moderada». La ley clave de esta etapa es la Constitución de 1845, con la que se pretendía servir a la nación española debilitando cualquier sospecha de radicalidad y encauzando la vida política del país. En el terreno educativo se aprueba en 1845 el Plan General de Estudios , en el que se renuncia a una educación universal y gratuita en todos los grados y se establecen las bases para la primera definición del sistema educativo contemporáneo, que se realiza con la promulgación de la Ley Moyano en 1857.<br />La Ley Moyano fue fruto del consenso entre progresistas y moderados, y significó la consolidación definitiva del sistema educativo liberal y el comienzo de la estabilidad del desarrollo de la instrucción pública.<br />Las características fundamentales de esta ley son las siguientes: su marcada concepción centralista de la instrucción; el carácter ecléctico y moderado; la promoción legal y la consolidación de una enseñanza privada, básicamente católica, a nivel primario y secundario; y, por último, la incorporación de los estudios técnicos y profesionales a la enseñanza postsecundaria.<br />En 1873 es proclamada la Primera República española. Una de las características básicas de este período en el campo de la educación es el impulso de la libertad de enseñanza. <br />En 1876 se aprueba una nueva constitución que restaura la monarquía constitucional y que, siendo marcadamente conservadora, supo conjugar principios de carácter más progresista: el sufragio universal, la declaración de los derechos del hombre y la tolerancia religiosa.<br /> Aunque al principio se reafirmó la confesionalidad del Estado, excluyendo la tolerancia religiosa y la libertad de cátedra, más adelante se sucederían momentos en los que se proclama y defiende la libertad de enseñanza y de conciencia.<br />La educación volvió a tener un gran protagonismo a finales del siglo XIX. La regeneración de España pasaba por la reforma educativa. Fruto de este sentimiento será el período de cambios producido a principios del siglo XX. Se reforman las escuelas normales, la enseñanza secundaria y los planes de estudio de las enseñanzas universitarias. Las reformas también afectan a la reglamentación de los exámenes, a la regulación de la enseñanza de la religión, a la titulación del profesorado, a la reordenación del Bachillerato y a la autonomía universitaria.<br />Hasta 1923, la política en general, y la educativa en particular, fueron vacilantes e inestables.<br />El 13 de octubre de 1923, el general Primo de Rivera encabezó un golpe militar que puso fin a la Restauración. Durante el mandato primorriverista se llevaron a cabo reformas en el Bachillerato y en la Universidad; esta última muy contestada puesto que permitía a ciertos centros privados universitarios la colación de grado.<br />Tras el triunfo de los partidos republicanos y socialistas en las elecciones municipales, el 14 de abril de 1931 se proclama la Segunda República española y se abre una nueva etapa en el sistema educativo español. El 9 de diciembre se aprueba la Constitución de la República Española y comienzan a dictarse leyes que suponen profundos cambios frente a la anterior situación. La Constitución republicana proclamaba la escuela única, la gratuidad y obligatoriedad de la enseñanza primaria, la libertad de cátedra y la laicidad de la enseñanza. Igualmente, establece que los maestros, profesores y catedráticos de la enseñanza oficial serán funcionarios y que se legislará con el fin de facilitar a los españoles económicamente necesitados el acceso a todos los grados de enseñanza, a fin de que no se hallen condicionados más que por la aptitud y la vocación.<br />En cuanto a la normativa de carácter educativo que se aprueba en estos años, destacan los cambios respecto a la regulación del bilingüismo, permitiendo que en las escuelas primarias se enseñe en lengua materna, aunque sea diferente del castellano; se suprime la obligatoriedad de la enseñanza religiosa; se reforma la formación inicial de los docentes; y se regula la inspección de la primera y segunda enseñanza.<br />En 1933 se celebraron las segundas elecciones a Cortes de la República, dando la victoria a los partidos de la derecha. Esto supuso que se revocaran muchos de los planteamientos educativos del anterior gobierno. <br />Las terceras elecciones de la República, en 1936, dieron la victoria al Frente Popular, alianza de partidos y organizaciones de izquierdas. A pesar de que entre sus promesas electorales se incluían profundas reformas educativas, el alzamiento militar, que trajo consigo la guerra civil y el final de la República, no permitió su puesta en práctica.<br />El 18 de julio de 1936 comienza la guerra civil española con el alzamiento militar del general Franco. Durante los tres años que dura la confrontación, la vida social, cultural y política del país vive conmocionada, por lo que habrá que esperar hasta la victoria de los sublevados para reanudar la historia del sistema educativo español.<br />El régimen político que se impone en España a partir de la guerra civil no se preocupa de diseñar un sistema escolar distinto del ya existente. En los primeros años, la educación sólo interesa al Gobierno como vehículo transmisor de ideología. La educación debe ser católica y patriótica.<br />Podría caracterizarse el sistema escolar de la posguerra por una serie de rasgos: En primer lugar, se define una enseñanza confesional católica. Se observa igualmente una politización de la educación por medio de una orientación doctrinaria de todas las materias. En tercer lugar, el Estado se desentiende de la tarea educativa y la deja plenamente en manos de la Iglesia. Y, por último, se incrementan el elitismo y la discriminación en la enseñanza, manifestados principalmente en la existencia de un sistema educativo de «doble vía»: el Bachillerato para las elites y otra vía para las clases más desfavorecidas.<br />En este período se promulgan cuatro leyes importantes en materia de enseñanza. La primera, la Ley de Reforma de la Enseñanza Media, de 20 de septiembre de 1938, pretende regular el nivel educativo de las elites del país. En esa misma línea, el 29 de julio de 1943 se promulga la Ley que regula la Ordenación de la Universidad. La tercera ley, que afecta a la Enseñanza Primaria, deberá esperar hasta el 17 de julio de 1945, y la cuarta, la Ley de Formación Profesional Industrial, hasta el 16 de julio de 1949.<br />En la década de los 50 se observa una cierta apertura en el mundo de la enseñanza. <br />En los años 60, la expansión económica, el proceso de industrialización permitió que se produjeran avances en la política educativa española.<br />La Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma<br />Educativa (LGE), regula y estructura, por primera vez en este siglo, todo el sistema educativo español.<br />Los planteamientos de la ley se inscribían en la tradición educativa liberal. <br />La LGE diseñó un sistema unitario y flexible.<br />Se estructura el sistema en cuatro niveles: Preescolar, Educación General Básica,<br />Enseñanzas Medias y Enseñanza Universitaria. <br />Franco muere en noviembre de 1975. Le sucede en la jefatura del Estado Juan Carlos I, rey de España. Inmediatamente se promulga una Ley de Reforma Política. Se convocan las primeras elecciones democráticas desde 1936, donde triunfa la Unión de Centro Democrático. El Parlamento diseña una constitución democrática y aprobada por referéndum en 1978. En 1980, Ley Orgánica por la que se regula el Estatuto de Centros Escolares (LOECE), con la que se realizó el primer intento de ajustar los principios de la actividad educativa, la organización de los centros docentes y los derechos y deberes de los alumnos a los principios que marcaba la recién aprobada Constitución. Sin embargo, esta ley fue derogada pocos años más tarde.<br />El sistema educativo español se regula por la Constitución Española aprobada en 1978 y por cuatro leyes orgánicas que desarrollan los principios y derechos constitucionales. Este marco legislativo se completa con una gran cantidad de disposiciones reglamentarias aprobadas con posterioridad. La legislación básica se concreta en:<br />• la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria;<br />• la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación;<br />• la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema<br />Educativo; <br />• la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los centros docentes.<br />Al ser aprobada la LOGSE como norma legal básica en materia educativa queda derogada la anterior Ley General de Educación de 1970. <br />La Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (LODE) desarrolla el artículo 27 de la Constitución a excepción del apartado décimo relativo a la autonomía universitaria. Su objetivo es garantizar para todos el derecho a la educación, haciendo especial énfasis en la consecución de una enseñanza básica, obligatoria y gratuita, sin ningún tipo de discriminación.<br />Desde esta Ley se garantiza y desarrolla el derecho a la libertad de enseñanza. <br />Esta ley distingue así entre centros públicos, privados, y centros concertados.<br />Se regula además la participación en la programación general de la enseñanza de todos los sectores implicados en el proceso educativo .<br />La Ley Orgánica 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) regula la estructura y organización del sistema educativo en sus niveles no universitarios. <br />La nueva estructura del sistema educativo establece en su régimen general las etapas de Educación Infantil, Educación primaria, Educación Secundaria, que comprenderá la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional de grado medio; Formación Profesional de grado superior, y Educación Universitaria. También regula las Enseñanzas de Régimen Especial. Con el fin de garantizar una formación común de todo el alumnado, la Ley determina los aspectos básicos del currículo en relación con los objetivos, contenidos, principios metodológicos y criterios de evaluación. La LOGSE favorece a su vez un amplio ejercicio de competencias en materia de educación por parte de las Comunidades Autónomas.<br />Con esta Ley también se refuerza la diversidad e identidad cultural, lingüística y educativa de cada Comunidad.<br />La LOGSE dedica títulos independientes a aspectos como la Educación de las Personas Adultas y a la calidad de la enseñanza. También se aborda la compensación de desigualdades en educación desde la normalización e integración social, introduciéndose el concepto de «necesidades educativas especiales».<br />En su primer título aborda la participación de la comunidad educativa en la organización y gobierno de los centros docentes y en la definición de su proyecto educativo. Se regulan también los órganos colegiados de gobierno de los centros docentes públicos como el Consejo Escolar y el Claustro de profesores. Se define la función directiva de los centros públicos. Se dedica a la evaluación un título completo siguiendo el planteamiento propuesto en la LOGSE. Por último se desarrollan las funciones, condiciones de acceso y ejercicio de la inspección educativa.<br />Como disposiciones adicionales se establecen aspectos que las distintas Comunidades<br />Autónomas han de desarrollar las condiciones para garantizar la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales en centros públicos, los criterios de admisión de alumnos en algunas enseñanzas, convenios con centros de Formación Profesional o de programas de Garantía Social, planes de formación de profesorado, adecuación de los conciertos educativos, etc.<br />La Constitución Española propugna como valores superiores del ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.<br />En su título I se recogen los derechos y deberes fundamentales. Entre ellos se reconoce el derecho a la educación como uno de los derechos esenciales que los poderes públicos deben garantizar a todos los ciudadanos. <br />La Constitución garantiza otros derechos básicos en educación como la libertad de enseñanza, la libertad ideológica y religiosa y el derecho a la cultura. La Constitución asegura la garantía de los derechos humanos, los derechos de los niños y los de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos.<br />La LODE detalla los derechos y libertades de los miembros de la comunidad educativa.<br />Los alumnos tienen reconocido en la LODE el derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad, a la valoración objetiva de su rendimiento, al respeto de su libertad de conciencia y de convicciones, al respeto de su integridad y dignidad, a participar en el funcionamiento del centro, a recibir orientación escolar y profesional y la ayuda precisa para compensar carencias de tipo familiar, económico y sociocultural y a la protección social en caso de ser necesario, así como el derecho a asociarse.<br />A todos los miembros de la comunidad educativa se les reconoce el derecho de reunión en el centro docente.<br />Tanto la LODE como la LOPEG promueven la participación de dicha comunidad en la programación de la enseñanza, en la organización y en el gobierno de los centros docentes. <br />La Constitución reconoce la descentralización de la administración de la enseñanza en el Estado de las Autonomías como un aspecto esencial. Las Comunidades Autónomas pueden asumir competencias en la ordenación y administración del sistema educativo. <br />La LOCE, de 2002, proponía una serie de medidas con el objetivo de lograr una educación de calidad para todos. Sin embargo, la LOCE no fue llevada a efecto, siendo reemplazada por la LOE.<br />
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  • 1. EVOLUCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL<br />En España, la Constitución de 1812 incorpora la idea de la educación como un entramado en cuya organización, financiación y control debe intervenir el Estado, con lo que se sientan las bases para el establecimiento del sistema educativo español. Sin embargo, su concreción definitiva culmina con la aprobación, en 1.857, de la llamada Ley Moyano.<br />La reacción española a la invasión napoleónica pone en marcha la revolución liberal, que tiene como consecuencia legislativa más importante la aprobación, por parte de las Cortes de Cádiz, de la Constitución de 1812. En ella se proclaman la soberanía de la ley sobre el rey y una organización de la sociedad basada en los principios de libertad, igualdad y propiedad. Es la única Constitución en la historia de España que ha dedicado un título en exclusivamente a la instrucción pública. <br />Promulgada la Constitución, la siguiente preocupación de los diputados fue la elaboración de una ley general de instrucción pública que ampliara y desarrollara los principios constitucionales.<br />Manuel José Quintana elaboró en 1814 un informe: el Informe para proponer los medios de proceder al arreglo de los diversos ramos de instrucción pública (llamado Informe Quintana), posteriormente convertido en norma legal en 1821, con algunas modificaciones. <br />Pocos meses después se produce el primer alzamiento militar de la historia del siglo, liderado por el general Elío. El gobierno surgido del golpe de Estado declaró nula la Constitución y los decretos de las Cortes, volviendo así al Antiguo Régimen. En las cuestiones educativas, la principal consecuencia fue la vuelta de la educación a manos de la Iglesia, fundamentalmente la enseñanza primaria.<br />El trienio de 1820-23, tras el pronunciamiento militar de Rafael de Riego, es un período importante para la historia de la educación, dado que en él se regula una nueva estructura educativa con la aprobación del Reglamento General de la Instrucción Pública de 1821. <br />El Reglamento de 1821 dio carácter legal a una estructura del sistema educativo dividida en primera, segunda y tercera enseñanza, estructura inexistente formalmente en el Antiguo Régimen. De igual modo, esta normativa sancionaba la división de la instrucción en pública y privada, y determinaba la gratuidad de la enseñanza pública.<br />En 1823 se restablece el poder absoluto de Fernando VII por la intervención de las tropas francesas. Durante los diez años que dura esta época, la reacción absolutista llega con la derogación del Reglamento General de Instrucción Pública de 1821 y la posterior promulgación del Plan de Calomarde, que significó un claro intento de hacer de la instrucción pública un instrumento eficaz del absolutismo.<br />En 1833 comienza la regencia de Mª Cristina y, con ella, la «década liberal». Durante esos diez años los progresistas lograrán afianzar sus ideas y su poder. En 1836 se aprueba el Plan del duque de Rivas, que supuso un importante antecedente de la Ley Moyano de 1857. Este Plan reguló los tres grados de enseñanza.<br />En 1843 se abre un nuevo período en la historia de España que dura hasta 1854: es la «década moderada». La ley clave de esta etapa es la Constitución de 1845, con la que se pretendía servir a la nación española debilitando cualquier sospecha de radicalidad y encauzando la vida política del país. En el terreno educativo se aprueba en 1845 el Plan General de Estudios , en el que se renuncia a una educación universal y gratuita en todos los grados y se establecen las bases para la primera definición del sistema educativo contemporáneo, que se realiza con la promulgación de la Ley Moyano en 1857.<br />La Ley Moyano fue fruto del consenso entre progresistas y moderados, y significó la consolidación definitiva del sistema educativo liberal y el comienzo de la estabilidad del desarrollo de la instrucción pública.<br />Las características fundamentales de esta ley son las siguientes: su marcada concepción centralista de la instrucción; el carácter ecléctico y moderado; la promoción legal y la consolidación de una enseñanza privada, básicamente católica, a nivel primario y secundario; y, por último, la incorporación de los estudios técnicos y profesionales a la enseñanza postsecundaria.<br />En 1873 es proclamada la Primera República española. Una de las características básicas de este período en el campo de la educación es el impulso de la libertad de enseñanza. <br />En 1876 se aprueba una nueva constitución que restaura la monarquía constitucional y que, siendo marcadamente conservadora, supo conjugar principios de carácter más progresista: el sufragio universal, la declaración de los derechos del hombre y la tolerancia religiosa.<br /> Aunque al principio se reafirmó la confesionalidad del Estado, excluyendo la tolerancia religiosa y la libertad de cátedra, más adelante se sucederían momentos en los que se proclama y defiende la libertad de enseñanza y de conciencia.<br />La educación volvió a tener un gran protagonismo a finales del siglo XIX. La regeneración de España pasaba por la reforma educativa. Fruto de este sentimiento será el período de cambios producido a principios del siglo XX. Se reforman las escuelas normales, la enseñanza secundaria y los planes de estudio de las enseñanzas universitarias. Las reformas también afectan a la reglamentación de los exámenes, a la regulación de la enseñanza de la religión, a la titulación del profesorado, a la reordenación del Bachillerato y a la autonomía universitaria.<br />Hasta 1923, la política en general, y la educativa en particular, fueron vacilantes e inestables.<br />El 13 de octubre de 1923, el general Primo de Rivera encabezó un golpe militar que puso fin a la Restauración. Durante el mandato primorriverista se llevaron a cabo reformas en el Bachillerato y en la Universidad; esta última muy contestada puesto que permitía a ciertos centros privados universitarios la colación de grado.<br />Tras el triunfo de los partidos republicanos y socialistas en las elecciones municipales, el 14 de abril de 1931 se proclama la Segunda República española y se abre una nueva etapa en el sistema educativo español. El 9 de diciembre se aprueba la Constitución de la República Española y comienzan a dictarse leyes que suponen profundos cambios frente a la anterior situación. La Constitución republicana proclamaba la escuela única, la gratuidad y obligatoriedad de la enseñanza primaria, la libertad de cátedra y la laicidad de la enseñanza. Igualmente, establece que los maestros, profesores y catedráticos de la enseñanza oficial serán funcionarios y que se legislará con el fin de facilitar a los españoles económicamente necesitados el acceso a todos los grados de enseñanza, a fin de que no se hallen condicionados más que por la aptitud y la vocación.<br />En cuanto a la normativa de carácter educativo que se aprueba en estos años, destacan los cambios respecto a la regulación del bilingüismo, permitiendo que en las escuelas primarias se enseñe en lengua materna, aunque sea diferente del castellano; se suprime la obligatoriedad de la enseñanza religiosa; se reforma la formación inicial de los docentes; y se regula la inspección de la primera y segunda enseñanza.<br />En 1933 se celebraron las segundas elecciones a Cortes de la República, dando la victoria a los partidos de la derecha. Esto supuso que se revocaran muchos de los planteamientos educativos del anterior gobierno. <br />Las terceras elecciones de la República, en 1936, dieron la victoria al Frente Popular, alianza de partidos y organizaciones de izquierdas. A pesar de que entre sus promesas electorales se incluían profundas reformas educativas, el alzamiento militar, que trajo consigo la guerra civil y el final de la República, no permitió su puesta en práctica.<br />El 18 de julio de 1936 comienza la guerra civil española con el alzamiento militar del general Franco. Durante los tres años que dura la confrontación, la vida social, cultural y política del país vive conmocionada, por lo que habrá que esperar hasta la victoria de los sublevados para reanudar la historia del sistema educativo español.<br />El régimen político que se impone en España a partir de la guerra civil no se preocupa de diseñar un sistema escolar distinto del ya existente. En los primeros años, la educación sólo interesa al Gobierno como vehículo transmisor de ideología. La educación debe ser católica y patriótica.<br />Podría caracterizarse el sistema escolar de la posguerra por una serie de rasgos: En primer lugar, se define una enseñanza confesional católica. Se observa igualmente una politización de la educación por medio de una orientación doctrinaria de todas las materias. En tercer lugar, el Estado se desentiende de la tarea educativa y la deja plenamente en manos de la Iglesia. Y, por último, se incrementan el elitismo y la discriminación en la enseñanza, manifestados principalmente en la existencia de un sistema educativo de «doble vía»: el Bachillerato para las elites y otra vía para las clases más desfavorecidas.<br />En este período se promulgan cuatro leyes importantes en materia de enseñanza. La primera, la Ley de Reforma de la Enseñanza Media, de 20 de septiembre de 1938, pretende regular el nivel educativo de las elites del país. En esa misma línea, el 29 de julio de 1943 se promulga la Ley que regula la Ordenación de la Universidad. La tercera ley, que afecta a la Enseñanza Primaria, deberá esperar hasta el 17 de julio de 1945, y la cuarta, la Ley de Formación Profesional Industrial, hasta el 16 de julio de 1949.<br />En la década de los 50 se observa una cierta apertura en el mundo de la enseñanza. <br />En los años 60, la expansión económica, el proceso de industrialización permitió que se produjeran avances en la política educativa española.<br />La Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma<br />Educativa (LGE), regula y estructura, por primera vez en este siglo, todo el sistema educativo español.<br />Los planteamientos de la ley se inscribían en la tradición educativa liberal. <br />La LGE diseñó un sistema unitario y flexible.<br />Se estructura el sistema en cuatro niveles: Preescolar, Educación General Básica,<br />Enseñanzas Medias y Enseñanza Universitaria. <br />Franco muere en noviembre de 1975. Le sucede en la jefatura del Estado Juan Carlos I, rey de España. Inmediatamente se promulga una Ley de Reforma Política. Se convocan las primeras elecciones democráticas desde 1936, donde triunfa la Unión de Centro Democrático. El Parlamento diseña una constitución democrática y aprobada por referéndum en 1978. En 1980, Ley Orgánica por la que se regula el Estatuto de Centros Escolares (LOECE), con la que se realizó el primer intento de ajustar los principios de la actividad educativa, la organización de los centros docentes y los derechos y deberes de los alumnos a los principios que marcaba la recién aprobada Constitución. Sin embargo, esta ley fue derogada pocos años más tarde.<br />El sistema educativo español se regula por la Constitución Española aprobada en 1978 y por cuatro leyes orgánicas que desarrollan los principios y derechos constitucionales. Este marco legislativo se completa con una gran cantidad de disposiciones reglamentarias aprobadas con posterioridad. La legislación básica se concreta en:<br />• la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria;<br />• la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación;<br />• la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema<br />Educativo; <br />• la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los centros docentes.<br />Al ser aprobada la LOGSE como norma legal básica en materia educativa queda derogada la anterior Ley General de Educación de 1970. <br />La Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (LODE) desarrolla el artículo 27 de la Constitución a excepción del apartado décimo relativo a la autonomía universitaria. Su objetivo es garantizar para todos el derecho a la educación, haciendo especial énfasis en la consecución de una enseñanza básica, obligatoria y gratuita, sin ningún tipo de discriminación.<br />Desde esta Ley se garantiza y desarrolla el derecho a la libertad de enseñanza. <br />Esta ley distingue así entre centros públicos, privados, y centros concertados.<br />Se regula además la participación en la programación general de la enseñanza de todos los sectores implicados en el proceso educativo .<br />La Ley Orgánica 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) regula la estructura y organización del sistema educativo en sus niveles no universitarios. <br />La nueva estructura del sistema educativo establece en su régimen general las etapas de Educación Infantil, Educación primaria, Educación Secundaria, que comprenderá la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional de grado medio; Formación Profesional de grado superior, y Educación Universitaria. También regula las Enseñanzas de Régimen Especial. Con el fin de garantizar una formación común de todo el alumnado, la Ley determina los aspectos básicos del currículo en relación con los objetivos, contenidos, principios metodológicos y criterios de evaluación. La LOGSE favorece a su vez un amplio ejercicio de competencias en materia de educación por parte de las Comunidades Autónomas.<br />Con esta Ley también se refuerza la diversidad e identidad cultural, lingüística y educativa de cada Comunidad.<br />La LOGSE dedica títulos independientes a aspectos como la Educación de las Personas Adultas y a la calidad de la enseñanza. También se aborda la compensación de desigualdades en educación desde la normalización e integración social, introduciéndose el concepto de «necesidades educativas especiales».<br />En su primer título aborda la participación de la comunidad educativa en la organización y gobierno de los centros docentes y en la definición de su proyecto educativo. Se regulan también los órganos colegiados de gobierno de los centros docentes públicos como el Consejo Escolar y el Claustro de profesores. Se define la función directiva de los centros públicos. Se dedica a la evaluación un título completo siguiendo el planteamiento propuesto en la LOGSE. Por último se desarrollan las funciones, condiciones de acceso y ejercicio de la inspección educativa.<br />Como disposiciones adicionales se establecen aspectos que las distintas Comunidades<br />Autónomas han de desarrollar las condiciones para garantizar la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales en centros públicos, los criterios de admisión de alumnos en algunas enseñanzas, convenios con centros de Formación Profesional o de programas de Garantía Social, planes de formación de profesorado, adecuación de los conciertos educativos, etc.<br />La Constitución Española propugna como valores superiores del ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.<br />En su título I se recogen los derechos y deberes fundamentales. Entre ellos se reconoce el derecho a la educación como uno de los derechos esenciales que los poderes públicos deben garantizar a todos los ciudadanos. <br />La Constitución garantiza otros derechos básicos en educación como la libertad de enseñanza, la libertad ideológica y religiosa y el derecho a la cultura. La Constitución asegura la garantía de los derechos humanos, los derechos de los niños y los de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos.<br />La LODE detalla los derechos y libertades de los miembros de la comunidad educativa.<br />Los alumnos tienen reconocido en la LODE el derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad, a la valoración objetiva de su rendimiento, al respeto de su libertad de conciencia y de convicciones, al respeto de su integridad y dignidad, a participar en el funcionamiento del centro, a recibir orientación escolar y profesional y la ayuda precisa para compensar carencias de tipo familiar, económico y sociocultural y a la protección social en caso de ser necesario, así como el derecho a asociarse.<br />A todos los miembros de la comunidad educativa se les reconoce el derecho de reunión en el centro docente.<br />Tanto la LODE como la LOPEG promueven la participación de dicha comunidad en la programación de la enseñanza, en la organización y en el gobierno de los centros docentes. <br />La Constitución reconoce la descentralización de la administración de la enseñanza en el Estado de las Autonomías como un aspecto esencial. Las Comunidades Autónomas pueden asumir competencias en la ordenación y administración del sistema educativo. <br />La LOCE, de 2002, proponía una serie de medidas con el objetivo de lograr una educación de calidad para todos. Sin embargo, la LOCE no fue llevada a efecto, siendo reemplazada por la LOE.<br />