SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 15

 Las obligaciones divisibles son aquellas en las que se
tiene la posibilidad de cumplimiento parcial sin que
haya alteración o merma de su valor por la división.
(CC 674)
 Las obligaciones indivisibles son aquellas en las que
no existe la posibilidad de fraccionamiento, habiendo
de cumplirse como un todo y sin descomponerse, de
una manera unitaria. (CC 662)
Distinción

Ejemplos:
 No cosechar 2 hectáreas de arroz
 Cuando se debe entregar una vaca
Indivisibles

Ejemplos:
 Cuando se debe pagar 200 000 colones en 4 pagos
 Cuando se ha pactado la entrega de 100 camisas en 2
plazos distintos
Divisibles

Para el acreedor o en la indivisibilidad activa:
 Cada acreedor puede exigir el total de la obligación y
cada deudor será obligado al pago total de ella (CC
664)
 El cumplimiento por cualquiera de los obligados la
extingue respecto de todos, ningún acreedor podrá
remitir la deuda ni recibir el precio sin
consentimiento de los otros
 La indivisibilidad activa pasa a los herederos
 El que recibe el pago deberá liquidar a los demás la
parte que les corresponde
Efectos de la indivisibilidad

Para el deudor o en la indivisibilidad pasiva:
 Cada uno es obligado a satisfacer el todo
 La indivisibilidad se hereda
 La prescripción que opera respecto de uno, opera
respecto de todos
 El cumplimiento de uno extingue respecto de todos
(CC 669)
Efectos de la indivisibilidad

 En ambas hay pluralidad de sujetos
 El pago que hace cualquier deudor extingue la
obligación para todos con respecto al acreedor
 El pago que hace cualquier deudor lo faculta para
cobrar al resto de codeudores la parte proporcional
que le corresponde en la deuda
 El acreedor tiene derecho de elección
 Cada uno de los deudores que han contraído una
obligación indivisible es responsable por el total y en
la solidaria cada uno de los deudores es tenido es sus
relaciones con el acreedor como deudor único de la
prestación total
obligaciones solidarias e
indivisibles

 La solidaridad no da a la obligación el carácter de
indivisible, así como tampoco es solidaria la
obligación por solo ser indivisible. ( CC 663)
¿?

De acuerdo al origen de sus indivisibilidades:
-Indivisibilidad absoluta: Es aquella en que la prestación
recae en una cosa o hecho que por su naturaleza no es
susceptible de división, así por ejemplo quienes deben un
caballo.
-Indivisibilidad relativa o de obligación: Son aquellas en
que la prestación si bien es material o jurídicamente
indivisible, no lo es en cuanto a la obligación en particular,
por ejemplo la que recae sobre una colección o un edificio.
-Indivisibilidad de pago: Es aquella en que a pesar de ser
divisible la obligación, no puede ser pagada por así haberse
estipulado, por ejemplo el que esta obligado a para una
suma de dinero de una vez.
Clasificación de las
obligaciones indivisibles

Clasificación de Dumoulin
 Indivisibilidad absoluta o necesaria
 Indivisibilidad de obligación
 Indivisibilidad de pago
Clasificación de Planiol
 Indivisibilidad real o natural absoluta
 Indivisibilidad real o natural relativa
 Indivisibilidad convencional
Clasificación de Dumoulin y
Planiol

 Indivisibilidad activa: Existe indivisibilidad activa
cuando existe pluralidad de acreedores.
 Indivisibilidad pasiva: Existe indivisibilidad pasiva
cuando existe pluralidad de deudores.
 Indivisibilidad mixta: Existe indivisibilidad mixta
cuando existe pluralidad de deudores y de
acreedores.
Clasificación de la indivisibilidad desde el
punto de vista de los sujetos de la obligación

-Artículo 1533 del Código Civil Chileno
“Si por el hecho o culpa de uno de los deudores de la
obligación indivisible se ha hecho imposible el
cumplimiento de ella, ése sólo será responsable de todos
los perjuicios.”
(Artículo 668 CC Costarricense )
Régimen normativo chileno y
el costarricense
-Artículo 1527 del Código Civil Chileno
“(…) y cada uno de los acreedores de una obligación
indivisible tiene igualmente derecho a exigir el total».
(Articulo 665 del CC Costarricense)
-Artículo 1528 del Código Civil Chileno
“Cada uno de los herederos del que ha contraído una
obligación indivisible es obligado a satisfacerla en el
todo, y cada uno de los herederos del acreedor puede
exigir su ejecución total.”
(Articulo 664 de CC Costarricense)
Similitudes

-Artículo 1530 del Código Civil Chileno
 “Demandado uno de los deudores de la obligación
indivisible, podrá pedir un plazo para entenderse
con los demás deudores a fin de cumplirla entre
todos; a menos que la obligación sea de tal
naturaleza que él sólo pueda cumplirla, pues en tal
caso podrá ser condenado, desde luego, al total
cumplimiento, quedándole a salvo su acción contra
los demás deudores para la indemnización que le
deban.”
 (Articulo 667 CC Costarricense)
Similitudes

GRACIAS

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

SUCESIONES EN EL DERECHO ROMANO
SUCESIONES  EN EL DERECHO ROMANOSUCESIONES  EN EL DERECHO ROMANO
SUCESIONES EN EL DERECHO ROMANOCARLOS ANGELES
 
Transmision y Extincion de las Obligaciones
Transmision y Extincion de las ObligacionesTransmision y Extincion de las Obligaciones
Transmision y Extincion de las ObligacionesYs0109
 
Mapa Conceptual Cumplimiento e Incumplimiento de las Obligaciones
Mapa Conceptual Cumplimiento e Incumplimiento de las ObligacionesMapa Conceptual Cumplimiento e Incumplimiento de las Obligaciones
Mapa Conceptual Cumplimiento e Incumplimiento de las ObligacionesJOSE JOAQUIN ANDUEZA ESCALONA
 
Cesión de deudas exposicion
Cesión de deudas exposicionCesión de deudas exposicion
Cesión de deudas exposicionmaayraacp
 
Capitulo 6 obligaciones - 1ª clase
Capitulo 6   obligaciones - 1ª claseCapitulo 6   obligaciones - 1ª clase
Capitulo 6 obligaciones - 1ª clasevglibota
 
Efectos de las obligaciones
Efectos de las obligacionesEfectos de las obligaciones
Efectos de las obligacionescpiris
 
Clasificación de la Obligaciones según el objeto de su Prestación
 Clasificación de la Obligaciones según el objeto de su Prestación Clasificación de la Obligaciones según el objeto de su Prestación
Clasificación de la Obligaciones según el objeto de su PrestaciónAlbaDaSilva1
 
Clase Fuentes de la Obligaciones
Clase Fuentes de la ObligacionesClase Fuentes de la Obligaciones
Clase Fuentes de la ObligacionesElmer
 
El acto jurídico y el negocio jurídico
El acto jurídico y el negocio jurídicoEl acto jurídico y el negocio jurídico
El acto jurídico y el negocio jurídicoaugucho
 
EL DERECHO AGRARIO Y SU RELACIÓN CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO
EL DERECHO AGRARIO Y SU RELACIÓN CON OTRAS RAMAS DEL DERECHOEL DERECHO AGRARIO Y SU RELACIÓN CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO
EL DERECHO AGRARIO Y SU RELACIÓN CON OTRAS RAMAS DEL DERECHOcqam
 
Diapositivas derecho de contratos. dr. edgardo quispe villanueva
Diapositivas derecho de contratos.  dr. edgardo quispe villanuevaDiapositivas derecho de contratos.  dr. edgardo quispe villanueva
Diapositivas derecho de contratos. dr. edgardo quispe villanuevaedgardoquispe
 

La actualidad más candente (20)

Clasificacion contratos (Derecho Romano)
Clasificacion contratos (Derecho Romano)Clasificacion contratos (Derecho Romano)
Clasificacion contratos (Derecho Romano)
 
SUCESIONES EN EL DERECHO ROMANO
SUCESIONES  EN EL DERECHO ROMANOSUCESIONES  EN EL DERECHO ROMANO
SUCESIONES EN EL DERECHO ROMANO
 
Transmision y Extincion de las Obligaciones
Transmision y Extincion de las ObligacionesTransmision y Extincion de las Obligaciones
Transmision y Extincion de las Obligaciones
 
Mapa Conceptual Cumplimiento e Incumplimiento de las Obligaciones
Mapa Conceptual Cumplimiento e Incumplimiento de las ObligacionesMapa Conceptual Cumplimiento e Incumplimiento de las Obligaciones
Mapa Conceptual Cumplimiento e Incumplimiento de las Obligaciones
 
Cesión de deudas exposicion
Cesión de deudas exposicionCesión de deudas exposicion
Cesión de deudas exposicion
 
Los bienes
Los bienesLos bienes
Los bienes
 
Capitulo 6 obligaciones - 1ª clase
Capitulo 6   obligaciones - 1ª claseCapitulo 6   obligaciones - 1ª clase
Capitulo 6 obligaciones - 1ª clase
 
Acción oblicua - obligaciones- Materia civil
Acción oblicua - obligaciones- Materia civilAcción oblicua - obligaciones- Materia civil
Acción oblicua - obligaciones- Materia civil
 
Efectos de las obligaciones
Efectos de las obligacionesEfectos de las obligaciones
Efectos de las obligaciones
 
Clasificación de la Obligaciones según el objeto de su Prestación
 Clasificación de la Obligaciones según el objeto de su Prestación Clasificación de la Obligaciones según el objeto de su Prestación
Clasificación de la Obligaciones según el objeto de su Prestación
 
Legados sucesiones-terminado
Legados sucesiones-terminadoLegados sucesiones-terminado
Legados sucesiones-terminado
 
El secuestro como medida cautelar
El secuestro como medida cautelarEl secuestro como medida cautelar
El secuestro como medida cautelar
 
El derecho administrativo y su relación con las
El derecho administrativo y su relación con lasEl derecho administrativo y su relación con las
El derecho administrativo y su relación con las
 
Clase Fuentes de la Obligaciones
Clase Fuentes de la ObligacionesClase Fuentes de la Obligaciones
Clase Fuentes de la Obligaciones
 
El acto jurídico y el negocio jurídico
El acto jurídico y el negocio jurídicoEl acto jurídico y el negocio jurídico
El acto jurídico y el negocio jurídico
 
Negocio juridico
Negocio juridicoNegocio juridico
Negocio juridico
 
Accion pauliana
Accion paulianaAccion pauliana
Accion pauliana
 
EL DERECHO AGRARIO Y SU RELACIÓN CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO
EL DERECHO AGRARIO Y SU RELACIÓN CON OTRAS RAMAS DEL DERECHOEL DERECHO AGRARIO Y SU RELACIÓN CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO
EL DERECHO AGRARIO Y SU RELACIÓN CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO
 
Saneamiento por evicción y vicios ocultos
Saneamiento por evicción y vicios ocultosSaneamiento por evicción y vicios ocultos
Saneamiento por evicción y vicios ocultos
 
Diapositivas derecho de contratos. dr. edgardo quispe villanueva
Diapositivas derecho de contratos.  dr. edgardo quispe villanuevaDiapositivas derecho de contratos.  dr. edgardo quispe villanueva
Diapositivas derecho de contratos. dr. edgardo quispe villanueva
 

Similar a Obligaciones divisibles e indivisibles

Obligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesObligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisibleswww.ulacit.ac.cr
 
Presentacion de-l-grupo-4
Presentacion de-l-grupo-4Presentacion de-l-grupo-4
Presentacion de-l-grupo-4Joelo Bonilla
 
Obligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesObligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisibleslvalverdec307
 
Obligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesObligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisibleslvalverdec307
 
Obligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesObligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisibleslvalverdec307
 
Caracteristicas de las Ubligaciones Alternativas
Caracteristicas de las Ubligaciones AlternativasCaracteristicas de las Ubligaciones Alternativas
Caracteristicas de las Ubligaciones AlternativasHernan Osorio
 
Obligaciones y contratos
Obligaciones y contratosObligaciones y contratos
Obligaciones y contratos0604397406
 
Clasificacion de las obligaciones
Clasificacion de las obligacionesClasificacion de las obligaciones
Clasificacion de las obligacionesjquihuiriuniandesr
 
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.ARIADNASA
 
Obligaciones segun el sujeto
Obligaciones segun el sujetoObligaciones segun el sujeto
Obligaciones segun el sujetoRogelio Armando
 
CC_obligaciones.pdf
CC_obligaciones.pdfCC_obligaciones.pdf
CC_obligaciones.pdfPLEON78
 
ENJ 400 Obligación conjunta e indivisible
ENJ 400 Obligación conjunta e indivisibleENJ 400 Obligación conjunta e indivisible
ENJ 400 Obligación conjunta e indivisibleENJ
 
Diapositivas obligaciones
Diapositivas obligacionesDiapositivas obligaciones
Diapositivas obligacioneslrodrigueznapan
 
Diapositivas obligaciones
Diapositivas obligacionesDiapositivas obligaciones
Diapositivas obligacionesmariisabel_18
 

Similar a Obligaciones divisibles e indivisibles (20)

Obligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesObligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisibles
 
Presentacion de-l-grupo-4
Presentacion de-l-grupo-4Presentacion de-l-grupo-4
Presentacion de-l-grupo-4
 
Obligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesObligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisibles
 
Obligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesObligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisibles
 
Obligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesObligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisibles
 
Caracteristicas de las Ubligaciones Alternativas
Caracteristicas de las Ubligaciones AlternativasCaracteristicas de las Ubligaciones Alternativas
Caracteristicas de las Ubligaciones Alternativas
 
Obligaciones y contratos
Obligaciones y contratosObligaciones y contratos
Obligaciones y contratos
 
Tema 14
Tema 14Tema 14
Tema 14
 
Clasificacion de las obligaciones
Clasificacion de las obligacionesClasificacion de las obligaciones
Clasificacion de las obligaciones
 
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
 
60733 14-18
60733 14-1860733 14-18
60733 14-18
 
Obligaciones mancomunadas grupo 1 segunda unidad
Obligaciones mancomunadas grupo 1 segunda unidadObligaciones mancomunadas grupo 1 segunda unidad
Obligaciones mancomunadas grupo 1 segunda unidad
 
Civil iii
Civil iiiCivil iii
Civil iii
 
Obligaciones segun el sujeto
Obligaciones segun el sujetoObligaciones segun el sujeto
Obligaciones segun el sujeto
 
CC_obligaciones.pdf
CC_obligaciones.pdfCC_obligaciones.pdf
CC_obligaciones.pdf
 
ENJ 400 Obligación conjunta e indivisible
ENJ 400 Obligación conjunta e indivisibleENJ 400 Obligación conjunta e indivisible
ENJ 400 Obligación conjunta e indivisible
 
Obligaciones en el derecho-civil
Obligaciones en el derecho-civilObligaciones en el derecho-civil
Obligaciones en el derecho-civil
 
Efectos de la Obligaciones 2
Efectos de la Obligaciones 2Efectos de la Obligaciones 2
Efectos de la Obligaciones 2
 
Diapositivas obligaciones
Diapositivas obligacionesDiapositivas obligaciones
Diapositivas obligaciones
 
Diapositivas obligaciones
Diapositivas obligacionesDiapositivas obligaciones
Diapositivas obligaciones
 

Más de Jeank

Novación,confusión y remisión
Novación,confusión y remisiónNovación,confusión y remisión
Novación,confusión y remisiónJeank
 
Pago por compensación
Pago por compensaciónPago por compensación
Pago por compensaciónJeank
 
Unit 2 presentación
Unit 2 presentaciónUnit 2 presentación
Unit 2 presentaciónJeank
 
Fracture
FractureFracture
FractureJeank
 
My favorite movie
My favorite movieMy favorite movie
My favorite movieJeank
 
Debate
DebateDebate
DebateJeank
 
Derecho de retención
Derecho de  retenciónDerecho de  retención
Derecho de retenciónJeank
 
Law firm mena sequeira
Law firm mena sequeiraLaw firm mena sequeira
Law firm mena sequeiraJeank
 
The engagement ring
The engagement ringThe engagement ring
The engagement ringJeank
 
Cristiano ronaldo
Cristiano ronaldoCristiano ronaldo
Cristiano ronaldoJeank
 

Más de Jeank (10)

Novación,confusión y remisión
Novación,confusión y remisiónNovación,confusión y remisión
Novación,confusión y remisión
 
Pago por compensación
Pago por compensaciónPago por compensación
Pago por compensación
 
Unit 2 presentación
Unit 2 presentaciónUnit 2 presentación
Unit 2 presentación
 
Fracture
FractureFracture
Fracture
 
My favorite movie
My favorite movieMy favorite movie
My favorite movie
 
Debate
DebateDebate
Debate
 
Derecho de retención
Derecho de  retenciónDerecho de  retención
Derecho de retención
 
Law firm mena sequeira
Law firm mena sequeiraLaw firm mena sequeira
Law firm mena sequeira
 
The engagement ring
The engagement ringThe engagement ring
The engagement ring
 
Cristiano ronaldo
Cristiano ronaldoCristiano ronaldo
Cristiano ronaldo
 

Obligaciones divisibles e indivisibles

  • 1.
  • 2.   Las obligaciones divisibles son aquellas en las que se tiene la posibilidad de cumplimiento parcial sin que haya alteración o merma de su valor por la división. (CC 674)  Las obligaciones indivisibles son aquellas en las que no existe la posibilidad de fraccionamiento, habiendo de cumplirse como un todo y sin descomponerse, de una manera unitaria. (CC 662) Distinción
  • 3.  Ejemplos:  No cosechar 2 hectáreas de arroz  Cuando se debe entregar una vaca Indivisibles
  • 4.  Ejemplos:  Cuando se debe pagar 200 000 colones en 4 pagos  Cuando se ha pactado la entrega de 100 camisas en 2 plazos distintos Divisibles
  • 5.  Para el acreedor o en la indivisibilidad activa:  Cada acreedor puede exigir el total de la obligación y cada deudor será obligado al pago total de ella (CC 664)  El cumplimiento por cualquiera de los obligados la extingue respecto de todos, ningún acreedor podrá remitir la deuda ni recibir el precio sin consentimiento de los otros  La indivisibilidad activa pasa a los herederos  El que recibe el pago deberá liquidar a los demás la parte que les corresponde Efectos de la indivisibilidad
  • 6.  Para el deudor o en la indivisibilidad pasiva:  Cada uno es obligado a satisfacer el todo  La indivisibilidad se hereda  La prescripción que opera respecto de uno, opera respecto de todos  El cumplimiento de uno extingue respecto de todos (CC 669) Efectos de la indivisibilidad
  • 7.   En ambas hay pluralidad de sujetos  El pago que hace cualquier deudor extingue la obligación para todos con respecto al acreedor  El pago que hace cualquier deudor lo faculta para cobrar al resto de codeudores la parte proporcional que le corresponde en la deuda  El acreedor tiene derecho de elección  Cada uno de los deudores que han contraído una obligación indivisible es responsable por el total y en la solidaria cada uno de los deudores es tenido es sus relaciones con el acreedor como deudor único de la prestación total obligaciones solidarias e indivisibles
  • 8.   La solidaridad no da a la obligación el carácter de indivisible, así como tampoco es solidaria la obligación por solo ser indivisible. ( CC 663) ¿?
  • 9.  De acuerdo al origen de sus indivisibilidades: -Indivisibilidad absoluta: Es aquella en que la prestación recae en una cosa o hecho que por su naturaleza no es susceptible de división, así por ejemplo quienes deben un caballo. -Indivisibilidad relativa o de obligación: Son aquellas en que la prestación si bien es material o jurídicamente indivisible, no lo es en cuanto a la obligación en particular, por ejemplo la que recae sobre una colección o un edificio. -Indivisibilidad de pago: Es aquella en que a pesar de ser divisible la obligación, no puede ser pagada por así haberse estipulado, por ejemplo el que esta obligado a para una suma de dinero de una vez. Clasificación de las obligaciones indivisibles
  • 10.  Clasificación de Dumoulin  Indivisibilidad absoluta o necesaria  Indivisibilidad de obligación  Indivisibilidad de pago Clasificación de Planiol  Indivisibilidad real o natural absoluta  Indivisibilidad real o natural relativa  Indivisibilidad convencional Clasificación de Dumoulin y Planiol
  • 11.   Indivisibilidad activa: Existe indivisibilidad activa cuando existe pluralidad de acreedores.  Indivisibilidad pasiva: Existe indivisibilidad pasiva cuando existe pluralidad de deudores.  Indivisibilidad mixta: Existe indivisibilidad mixta cuando existe pluralidad de deudores y de acreedores. Clasificación de la indivisibilidad desde el punto de vista de los sujetos de la obligación
  • 12.  -Artículo 1533 del Código Civil Chileno “Si por el hecho o culpa de uno de los deudores de la obligación indivisible se ha hecho imposible el cumplimiento de ella, ése sólo será responsable de todos los perjuicios.” (Artículo 668 CC Costarricense ) Régimen normativo chileno y el costarricense
  • 13. -Artículo 1527 del Código Civil Chileno “(…) y cada uno de los acreedores de una obligación indivisible tiene igualmente derecho a exigir el total». (Articulo 665 del CC Costarricense) -Artículo 1528 del Código Civil Chileno “Cada uno de los herederos del que ha contraído una obligación indivisible es obligado a satisfacerla en el todo, y cada uno de los herederos del acreedor puede exigir su ejecución total.” (Articulo 664 de CC Costarricense) Similitudes
  • 14.  -Artículo 1530 del Código Civil Chileno  “Demandado uno de los deudores de la obligación indivisible, podrá pedir un plazo para entenderse con los demás deudores a fin de cumplirla entre todos; a menos que la obligación sea de tal naturaleza que él sólo pueda cumplirla, pues en tal caso podrá ser condenado, desde luego, al total cumplimiento, quedándole a salvo su acción contra los demás deudores para la indemnización que le deban.”  (Articulo 667 CC Costarricense) Similitudes