2. EL CONSEJO ESCOLAR DEL
INSTITUTO
1. ¿Qué es?
2.Composición
2.1. Consejo escolar de más de 12 unidades
3. Elección de sus miembros y proclamación de sus miembros
4. Competencias
5. Régimen de funcionamiento
3. 1.¿ QUÉ ES?
El Consejo Escolar es el órgano colegiado de gobierno de los
centros docentes a través del cual se articula la participación
de toda la Comunidad Educativa.
En él participan el director, el jefe de estudios, el secretario y
los representantes de los profesores de alumnos, padres y
administración local.
4. EL CONSEJO ESCOLAR
Por lo tanto es uno de los órganos de gobierno más
importantes y activos de un instituto, ya que con él quedan
representados todos los colectivos educativos ( profesores,
alumnos ,padres etc ) que lo forman.
6. 2. COMPOSICIÓN
2.1 Corresponde a aquellos institutos que tienen más de 12 unidades.
-Su composición comprende:
- Director éste será su presidente
- Jefe de estudios,
- Secretario,
- 7 profesores elegidos por el claustro,
- 3 representantes de los padres de alumnos (uno designado por la APA)
- 4 representantes de los alumnos,
- 1 representante de la administración y servicios
- 1 representante de la Administración local.
7. 3.ELECCIÓN Y PROCLAMACIÓN DE
SUS MIEMBROS
El procedimiento de elección de sus miembros se desarrollará
dentro del primer trimestre del curso académico. Este consejo
se renovará por mitades cada dos años de forma alternativa.
A) Primera mitad: 4 profesores, un padre y 2 alumnos.
B) Segunda mitad: 3 profesores, un padre, 2 alumnos y el
representante del personal de administración y servicios.
8. 3.ELECCIÓN Y PROCLAMACIÓN DE
SUS MIEMBROS
Serán elegidos cada sector por los correspondientes colectivos
del instituto, entre los candidatos presentados; este proceso
conlleva la votación en las correspondientes mesas electorales
constituidas para este fin.
Finalizada la votación se cumplimentan unas actas que
proclaman a las personas elegidas.
9. COMPETENCIAS
1. Establecer las directrices para la elaboración del proyecto educativo (PEC),
aprobarlo y evaluarlo.
2. Elegir al director del centro del instituto
3. Proponer la renovación del director
4. Decisión sobre la admisión de alumnos según normativa vigente
5. Aprobar el reglamento de régimen interior
6. Resolver los conflictos e imponer las correcciones que correspondan a
aquellas conductas del alumnado y perjudique gravemente la convivencia
del centro en concordancia con los derechos y deberes de los alumnos.
7. Aprobar el proyecto del presupuesto económico y su ejecución.
8. Aprobación y elaboración de la programación general del instituto y de sus
actividades escolares complementarias
9. Analizar y evaluar el rendimiento escolar y la eficacia de la gestión, así
como la aplicación de las normas de convivencia.
10. MÁS COMPETENCIAS
10. -Establecer los criterios sobre la participación del centro en actividades
culturales, deportivas y recreativas, y en aquellas acciones asistenciales a
las que el centro pudiera prestar su colaboración.
11. -Establecer las relaciones de colaboración con otros centros, con fines
culturales y educativos.
12. -Promover la renovación de las instalaciones y equipo escolar, y vigilar su
conservación.
13. -Informar en la memoria anual sobre las actividades y situación general del
centro.
14. -Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del centro
a través del resultado de las evaluaciones.
15. -Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno.
16. -Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la
Administración educativa o cualquier informe referente a la marcha del
mismo.
11. RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO
Se reunirá como mínimo una vez al trimestre. Y cuantas reuniones
extraordinarias se requieran. Las reuniones del Consejo Escolar se
celebrarán en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos
sus miembros. El director/a enviará a los miembros, con una antelación
mínima de una semana, la convocatoria a las reuniones ordinarias
Dentro de sus competencias adoptará acuerdos por mayoría simple y otros
como elección de director, aprobación de presupuesto y de su ejecución se
realizará por mayoría absoluta. El acuerdo de revocación del
nombramiento del director se realizará por mayoría de 2/3.
En el seno del Consejo Escolar se constituirá una comisión de convivencia
en la que, al menos, estarán presentes el director, el jefe de estudios, y un
profesor, un padre de alumno y un alumno elegidos por cada uno de los
sectores. Las competencias estarán especificadas en el reglamento de
régimen interior.