4. EN LA SEGUNDA PARTIDA DE ESTA LEGISLACIÓN NOS
EXPLICA LO QUE ES EL ESTUDIO Y CUÁLES SON SUS
REGLAS
(¿primeras trazas de lo que en el futuro serán los
sindicatos de educación…?)
5.
EL ESTUDIO
DEBERÁ SER
ESTABLECIDO
POR MANDATO
DEL PAPA, DEL
EMPERADOR O
DEL REY DE LA
REGIÓN.
ESTUDIO ES UN LUGAR DONDE JUNTAR A ALUMNOS Y
MAESTROS EN EL QUE PUEDAN APRENDER ...!!!
6. Los maestros podrán
juntarse en
cofradías
(¿academias…?), con
la idea de que puedan
ayudarse entre ellos
y nombrarán a un
jefe
(¿director…?), que
decida y castigue en
su nombre a todos
los que infrinjan las
reglas (¿castigar el
bulling…?)
LOS ESTUDIOS DEBERÁN SITUARSE CERCA DE LAS VILLAS ...!!!
7. ¡EL ESTUDIO DEBERÁ CONTAR CON
biblioteca…!!!
También logró innovaciones tales como que todas las escuelas contaran con
una biblioteca administrada por los mismos estudiantes, con libros para
especializados para cada materia, mismos que mantendrían en buen estado y
en su caso se deberían reparar los ejemplares dañados.