1. UNIDAD 1
EL MERCADO:
MARCO JURÍDICO
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2. Contenido
1. El Mercado.Concepto.
2. Clasificación del mercado.
3. La competencia en el mercado.
4. Marco jurídico del comercio.
5. Normativa comercial básica.
6. Formas jurídicas de la empresa.
7. Trámites de constitución de la empresa.
8. Normas especiales y su aplicación. Ventas especiales
9. Principales instituciones comerciales.
10. La protección del consumidor.
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4. CONCEPTO DE MERCADO
• En sentido geográfico
• En sentido económico
• Desde el punto de vista del marketing
• En función de la demanda
• Real
• Potencial
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6. Clasificación del mercado
Según el ámbito Según el sector
espacial
• Local • De productos y
servicios
• Regional
• De capitales
• Nacional
• De trabajo
• Supranacional
• Internacional
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7. Mercado de PRODUCTOS
• Mercado industrial o de
demanda intermedia
• Mercado de consumo o de
demanda final
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8. Mercado de CAPITALES
• Empresas
Demanda • Estado
• Público
• Banca, C.A.
• Empresas
Oferta
• Ahorradores
(Particulares o
institucionales)
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9. INSTITUCIONES del mercado de
capitales
• Bolsa de Valores
• Banca (Bancos y Cajas de Ahorro)
• Sociedades y Agencias de Valores
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10. Mercado de TRABAJO
• Empresas
Demanda
• Sector público
Oferta • Trabajadores
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12. Situaciones de mercado
En función del número de vendedores y compradores
• Competencia Perfecta
• Monopolio
• Oligopolio
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13. COMPETENCIA PERFECTA
COMPETENCIA PURA
• Número de oferentes y demandantes muy
elevado. Influencia insignificante en precios
• Bienes homogéneos
• Transparencia en cuanto a precios y
condiciones de mercado
• Libertad de entrada y de salida
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14. MONOPOLIO
• Monopolio bilateral
• Monopolio de oferta
• Monopolio natural
• Monopolio de discriminación de
precios
• Monopolio legal (gubernamental o regulado)
• Monopsonio
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17. MARCO JURÍDICO DEL COMERCIO
• Código de Comercio.
• Normativa legal posterior. Distinción entre:
– Actividad comercial mayorista
– Actividad comercial minorista
– Actividades por cuenta de otra persona:
representantes de comercio y agentes
comerciales
– Relaciones comerciales de los comerciantes
entre sí
– Relaciones entre comerciantes y consumidores
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18. Principios básicos de la legislación
comercial
• Libertad de empresa en el marco de la
economía de mercado
• Libre circulación de mercancías por el
territorio nacional y UE
• Libertad de establecimiento comercial en
uso legítimo del suelo
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19. Requisitos para el ejercicio de la actividad
comercial
La actividad comercial la puede ejercer tanto
Persona física
como
Persona jurídica
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20. Requisitos para el ejercicio de la actividad
comercial
C.Co., art. 1
Son comerciantes los que:
• teniendo capacidad legal para ejercer el
comercio se dedican a él habitualmente
• y las compañías mercantiles o industriales que
se constituyen con arreglo a este Código
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21. Capacidad legal para el ejercicio habitual
del comercio
• Los mayores de edad y con libre disposición de
sus bienes
• Los menores de edad y los incapacitados podrán
continuar, por medio de sus guardadores, el
comercio que hubieren ejercido sus padres o sus
causantes
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22. Incapacidad legal y prohibición para el
ejercicio del comercio
• Menores de edad. (Excepción art. 5 C.Co.)
• Las personas que sean inhabilitadas conforme a la Ley
Concursal mientras no haya concluido el período de
inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del
concurso. (art. 172 Ley concursal)
• Los que no puedan comerciar por leyes o disposiciones
especiales (*)
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23. Prohibición legal para el ejercicio del
comercio
• PROHIBICIONES ABSOLUTAS:
– Se prohibe el ejercicio a toda clase de comercio en todo el
territorio nacional por leyes o disposiciones especiales
• PROHIBICIONES RELATIVAS:
– Prohibición en el territorio en el que ejercen sus funciones
• PROHIBICIONES QUE AFECTAN A UN
DETERMINADO GÉNERO DE COMERCIO
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25. Condiciones generales para el ejercicio de
la actividad comercial
• Poseer capacidad jurídica y condición de comerciante.
• Acreditar, en su caso, cumplimiento de requisitos y
garantías en la venta de determinados productos o servicios
• Tener cumplidas sus obligaciones en materia de Seguridad
Social y materia Tributaria
• Estar dado de alta en epígrafe del IAE de su actividad.
• Disponer de las autorizaciones, permisos y licencias
pertinentes.
• En caso de extranjeros, cumplir la normativa específica
vigente.
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26. Otros aspectos generales para el desarrollo
de la actividad comercial
• Obligación de vender (art. 9.1)
• No limitación al comprador ni en cantidad de artículos ni en suprimir
reducciones o incentivos por cantidad (art. 9.2)
• Libertad de forma de los contratos de compraventa, con excepciones
(art. 11)
• El vendedor responderá de la calidad de de los artículos vendidos (art.
12)
• Libertad de precios, con las excepciones establecidas en las leyes
especiales (art. 13)
• Prohibición de ventas con pérdidas (art.14), excepto:
• alcanzar precios de competidores cuando afecte a sus ventas
• artículos perecederos con fecha de caducidad muy próxima
• saldos (valor disminuido por desperfecto, desuso u obsolescencia)
• ventas en liquidación
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28. Formas Jurídicas de la Empresa
• EMPRESARIO INDIVIDUAL
• SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
• SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA
• SOCIEDAD ANÓNIMA
• SOCIEDAD COMANDITARIA
– Simple
– Por acciones
• SOCIEDAD COLECTIVA
• SOCIEDAD LABORAL
– Anónima Laboral (S.A.L)
– De Responsabilidad Limitada Laboral (S.L.L.)
• SOCIEDAD COOPERATIVA
• SOCIEDAD CIVIL
• COMUNIDAD DE BIENES Ver fichas
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30. Trámites de Constitución de una empresa
Empresario
• Registro voluntario
individual
en el Registro Mercantil
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31. Trámites de Constitución de una empresa
Sociedades Civiles • Recomendable pactos o
y contratos por escrito
Comunidades de Bienes
(privados o públicos
ante notario)
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32. Trámites de Constitución de una empresa
Registro Mercantil Central,
Sección de Denominaciones
• Certificación negativa de
la denominación
Sociedades • Otorgamiento de escritura
mercantiles Pública de constitución ante
notario y redacción de los
Delegaciones Provinciales de estatutos sociales
Economía e Facenda de la
Xunta de Galicia, Dirección • Autoliquidación del ITPAJD
Xeral de Tributos • Inscripción de la sociedad en
Registro Mercantil de la el Registro Mercantil
Provincia
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33. Trámites de Constitución de una empresa
Registro de Cooperativas
(Sección Central)
• Certificación negativa de la denominación
• Redacción de Escritura de Constitución
y Estatutos
Cooperativas
• Otorgamiento de escritura pública
ante notario
• Solicitud de beneficios fiscales
• Liquidación de ITPAJD si no son
fiscalmente protegidas
Registro de Cooperativas de • Inscripción en el Registro
Galicia de Cooperativas
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34. Trámites derivados de la puesta en marcha
OBLIGACIONES FISCALES
OBLIGACIONES LABORALES
OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS
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35. Trámites derivados de la puesta en marcha
OBLIGACIONES FISCALES
• Declaración Censal (Declaración de comienzo) AEAT
• Alta en el IAE
• Alta en el IBI Catastro,
Ayuntamiento,
Delgación
Economía e
Facenda, o
Telemáticamente
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36. Trámites derivados de la puesta en marcha
OBLIGACIONES LABORALES
• Inscripción de la empresa en la Seguridad Social
y comunicación apertura centros de trabajo
• Alta en el sistema de cobertura de accidentes de trabajo
y enfermedades profesionales
• Inscripción en el Régimen Especial de Autónomos
INSS
(Empresario Individual)
• Afiliación de los trabajadores a la Seguridad Social.
Dirección • Alta de los trabajadores en la Seguridad Social. Dirección
Provincial de • Adquisición y legalización del Libro de visitas Xeral de
Trabajo y Relacións
Seguridad • Calendario laboral Laborais
Social • Comunicación de apertura del centro de trabajo (Consellería
de Traballo)
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37. Trámites derivados de la puesta en marcha
OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS
ANTE EL AYUNTAMIENTO
ANTE LA ADMON. AUTONÓMICA
ANTE EL REGISTRO MERCANTIL
ANTE OTROS REGISTROS
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38. Trámites derivados de la puesta en marcha
OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS
ANTE EL AYUNTAMIENTO
• Licencia de Obras
• Licencia de Apertura
• Autorización y registro del rótulo
comercial
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39. Trámites derivados de la puesta en marcha
OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS
ANTE LA ADMÓN. AUTONÓMICA
ACTIVIDADES INDUSTRIALES
Consellería de
• Alta en el Registro de Establecimientos Innovación e
Industriales Industria
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40. Trámites derivados de la puesta en marcha
OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS
ANTE EL REGISTRO MERCANTIL
• Legalización de los libros de comercio
y societarios
• Depósito y publicación de cuentas anuales
• Nombramientos de administradores,
auditores de cuentas y expertos independientes
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41. Trámites derivados de la puesta en marcha
OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS
ANTE OTROS REGISTROS
• Registro de la Propiedad Inmobiliaria
• Registro de la Propiedad Industrial
Oficina Española de Patentes y Marcas - OEPM
Servicio Gallego de Propiedad Industrial - SEGAPI
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42. 8
NORMAS ESPECIALES Y SU APLICACIÓN
Promoción de Ventas
Modalidades especiales de Venta
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43. Normas especiales y su aplicación
Actividades de Promoción de Ventas
• VENTAS EN REBAJAS
• VENTAS DE SALDOS
• VENTAS EN LIQUIDACIÓN
• VENTAS CON DESCUENTO
• VENTAS CON OBSEQUIO
• OFERTAS DE VENTAS DIRECTAS
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44. Actividades de Promoción de Ventas
Ventas en REBAJAS
• Precios inferiores a los habituales por fin temporada comercial
• Artículos puestos a la venta con anterioridad (un mes como
mínimo) a precio ordinario
• Acompañadas de publicidad
• Se expresará claramente el período de vigencia
• Figurará en letreros o etiquetas:
– precio anterior
– precio nuevo (o bien el porcentaje de reducción)
• No podrán ser:
– productos deteriorados
– productos adquiridos expresamente para rebajas
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45. Actividades de Promoción de Ventas
Ventas de SALDOS
• Productos con valor disminuido por:
– Deterioro
– Desperfecto, desuso u obsolescencia (no excedente de producción o temporada)
• Deber de información:
– Anunciarse como “saldos”
– Indicación de producto defectuoso o deteriorado, en su caso, de manera precisa
• Prohibición de saldar (*):
– Artículos adquiridos para tal fin
– Artículos NO puestos a la venta con anterioridad y que no hayan estado en poder del
comerciante 4 meses con anterioridad al saldo
(*) Excepto venta de saldos con carácter habitual y permanente, que implican:
– Establecimiento dedicado exclusivamente a venta de saldos
– El rótulo de establecimiento expresará tal circunstancia
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46. Actividades de Promoción de Ventas
Ventas en LIQUIDACIÓN
• Carácter excepcional por:
– ejecución de resolución judicial, o administrativa
– cese total o parcial de negocio
– cambio de actividad
– cambio de local u obras importantes en el mismo que requieren cierre
– fuerza mayor o siniestro que impida actividad normal
• Condiciones:
– comunicación al dptº territorial consellería competente en comercio con
15 días antelación
– artículos en existencia en el establecimiento
– anuncios con indicación de fechas de comienzo, duración y causas
– duración: máx. 6 meses, salvo cese actividad (1 año)
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47. Actividades de Promoción de Ventas
Ventas con DESCUENTO
Ofrecer mediante publicidad, incluidos anuncios en el propio
establecimiento, una reducción en el precio de un articulo
• Finalidad:
– potenciar ventas de determinados productos
– relanzamiento de un establecimiento con remodelación física
importante (máx. 3 meses desde reapertura)
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48. Actividades de Promoción de Ventas
Ventas con OBSEQUIO
• Finalidad:
– promover las ventas
• Ofertan un premio
– de forma automática o mediante participación en un sorteo o
concurso
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49. Normas especiales y su aplicación
Modalidades especiales de Venta
Las no realizadas en establecimiento comercial permanente
• VENTAS A DOMICILIO
• VENTAS A DISTANCIA
• VENTAS AUTOMÁTICAS
• VENTAS AMBULANTES
• VENTAS EN SUBASTA PÚBLICA
• VENTAS OCASIONALES
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50. Ventas especiales
Venta A DOMICILIO
• Presencia física simultánea de comprador y vendedor
• Se celebra en:
– domicilio del comprador
– lugar de trabajo del comprador
– “venta en reuniones” mediante demostración a grupo de
personas en el domicilio de una de ellas
– excursión organizada por el comerciante
• Derecho a devolución: período no inferior a 7 días.
Información por escrito.
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51. Ventas especiales
Venta A DISTANCIA
• Sin presencia física simultánea de comprador y vendedor
• Propuesta del vendedor y aceptación del comprador por medio de
comunicación a distancia:
– teléfono
– correspondencia
– telecompra, etc.
• Prohibición de envíos no solicitados (excepto muestras comerciales)
– no obligatoriedad de devolución ni de pago por parte del
receptor (excepto error evidente en el envío)
• Derecho de desistimiento (con excepciones, art. 63.9.) de envíos
solicitados: 7 días hábiles
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52. Ventas especiales
Venta AMBULANTE
CARACTERÍSTICAS:
– Habitual, ocasional, periódica o continuada
– Fuera de establecimiento comercial permanente
en vía pública
solares
espacios libres
– En instalaciones desmontables o en vehículos tienda
– Las autorizaciones las otorgarán los Ayuntamientos
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54. PRINCIPALES INSTITUCIONES COMERCIALES
Funciones:
• Facilitar y promover la actividad comercial
• Velar por el cumplimiento de la legislación comercial
• Informar y defender al consumidor
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55. PRINCIPALES INSTITUCIONES COMERCIALES
• Secretaría de Estado
de Comercio
www.mityc.es
Facilitan y
• Dirección Xeral de Comercio
promueven
www.conselleriaiei.org
la actividad
comercial • Cámaras Oficiales de Comercio,
Industria y Navegación
www.camaralugo.com
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56. PRINCIPALES INSTITUCIONES COMERCIALES
• Comisión Nacional de la
Competencia
www.cncompetencia.es
Velan por el • Consello Galego da
cumplimiento Competencia
de la www.tgdcompetencia.org
• Tribunales de justicia
legislación
• Agencia de Protección
comercial de Datos www.agpd.es
• Admon. local, autonómica y
central
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57. Ley 15/2007, de 3 de Julio, de
DEFENSA DE LA COMPETENCIA Ley
Se prohíbe todo acuerdo o comportamiento colectivo
que falsee la libre competencia
La fijación de precios o de otras condiciones comerciales
La limitación o el control de la producción
El reparto del mercado
La aplicación de condiciones desiguales para prestaciones
equivalentes que coloquen a unos competidores en
situación desventajosa frente a otros.
La subordinación de la celebración de contratos a la
aceptación de prestaciones suplementarias
Abuso de posición dominante.
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58. Ley 3/1991, de 10 de Enero, de
COMPETENCIA DESLEAL Ley
Con modificaciones Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el régimen
legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los
consumidores y usuarios
Se reputa desleal todo comportamiento que resulte
objetivamente contrario a las exigencias de la buena fe.
Actos de confusión.
Actos de engaño.
Prácticas agresivas
Actos de denigración.
Actos de comparación.
Actos de imitación.
Explotación de la reputaciónAs Mercedes
J.A. Piñeiro - X.C. - ajena.
59. Ley 3/1991, de 10 de Enero, de
COMPETENCIA DESLEAL Ley
Con modificaciones Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el régimen
legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los
consumidores y usuarios
Se reputa desleal todo comportamiento que resulte
objetivamente contrario a las exigencias de la buena fe.
Violación de secretos.
Inducción a la infracción contractual.
Violación de normas.
Discriminación y dependencia económica.
Venta a pérdida.
Publicidad ilícita
J.A. Piñeiro - X.C. - As Mercedes
60. Ley 34/1988, de 11 de Noviembre,
GENERAL DE PUBLICIDAD Ley
Con modificaciones Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el régimen
legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los
consumidores y usuarios
Es ilícita la publicidad:
Que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los
valores y derechos reconocidos en La Constitución
Dirigida a menores explotando su inexperiencia o
credulidad
Subliminal
La que infrinja lo dispuesto en la normativa que regule la
publicidad de determinados productos, bienes,
actividades o servicios
Engañosa, Desleal y Agresiva Mercedes
J.A. Piñeiro - X.C. - As
62. PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR
LEGISLACIÓN BÁSICA
• Constitución Española (art. 51) Ley
• Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de
noviembre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley General para la Defensa de los
Consumidores y Usuarios y otras leyes
complementarias Ley
• Estatuto Galego do Consumidor e Usuario (Ley
12/1984, do 28 de decembro)
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63. PRINCIPALES INSTITUCIONES
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
• Secretaría General de Política Social y Consumo
• Instituto Nacional de Consumo
• Defensor del Pueblo
• Junta Arbitral de Consumo
• Consejo de los Consumidores y Usuarios
• Servicio de Reclamaciones del
Informan y Banco de España
defienden ADMON. AUTONÓMICA Y LOCAL
al consumidor • Instituto Galego de Consumo
• Valedor do Pobo
y usuario • OMICS
• Xunta Arbitral de Consumo
• Asociaciones de Consumidores y Usuarios
ADMINISTRACIÓN COMUNITARIA
•Red Alerta – SIRI - RAPEX
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64. DERECHOS BÁSICOS DEL
CONSUMIDOR Y USUARIO
RD 1/2007, Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios…
• Protección de su salud y seguridad
• Protección de sus legítimos intereses económicos y
sociales
• Indemnización o reparación de daños y perjuicios sufridos
• Información sobre productos y educación y divulgación
sobre el adecuado uso, consumo o disfrute
• Representación, consulta y participación
• Protección de sus derechos, en especial en situaciones de
inferioridad, subordinación o indefensión
J.A. Piñeiro - X.C. - As Mercedes
65. Sistema de Arbitraje de Consumo
Folleto Adhesión Hoja reclamación
¿Qué es?
• Procedimiento extrajudicial voluntario
• Se encomienda a un Colegio Arbitral la
resolución de una controversia
• Tiene la misma eficacia que una Sentencia
judicial.
J.A. Piñeiro - X.C. - As Mercedes
66. Sistema de Arbitraje de Consumo
Folleto Adhesión Hoja reclamación
• Consumidores
PROTAGONISTAS
• Empresarios o
comerciantes
Característica:
UNIDIRECCIONALIDAD
J.A. Piñeiro - X.C. - As Mercedes
67. Sistema de Arbitraje de Consumo
CARACTERÍSTICAS
•RAPIDEZ: Máximo 6 meses
desde el inicio del procedimiento
arbitral.
•EFICACIA: se resuelve
mediante un laudo
•ECONOMÍA: gratuito
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68. Responsabilidad por daños de productos
defectuosos
• RD 1/2007, Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los consumidores y
Usuarios y otras leyes complementarias
• Producto defectuoso: que no ofrece la seguridad normalmente ofrecida por los demás
ejemplares de la misma serie
• Ámbito de protección: daños personales, incluida la muerte, y daños materiales
causados en cosas distintas del propio producto
• Sujetos protegidos: los perjudicados por el producto defectuoso (consumidor o no)
• Ambito de aplicación: bienes muebles, gas y electricidad
• Responsables: fabricantes e importadores
• Prueba del defecto, el daño y la relación entre ambos: a cargo del perjudicado
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