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RIQUEZA Y DISCRIMINACIÓN EN COLOMBIA1
1) Introducción.
En el mundo actual se encuentran nuevas formas de discriminación que no
necesariamente están ligadas a la raza y entre ellas se pueden contemplar las
doctrinas dogmáticas, sistemas políticos excluyentes, conductas, actitudes y
comportamientos hacia una persona o colectividad bajo el falso paradigma de
relaciones de inferioridad.
Se puede decir entonces que en nuestros tiempos interpretar el concepto, nos
debe llevar a ser lo suficientemente libertarios con el fin de mostrar lo más
ampliamente posible, que la discriminación es un sentido o incapacidad de aceptar
al otro tal como es, es decir con su forma de pensar, sentir y actuar; ignorando
desde luego su cosmovisión, negándose a aceptar las diferencia, que lleva como
resultado el desencadenamiento de acciones de irrespeto de la dignidad de la
persona.
Entre este grupo de personas que sufren la discriminación e intolerancia
encontramos: las mujeres y niñas; los migrantes, desplazados y refugiados;
población negra, indígena y demás grupos étnicos, campesinos, el antisemitismo;
discriminación contra los árabes y musulmanes etc.
Un concepto ampliamente aceptado sobre la discriminación lo encontramos en el
artículo 1° de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las
Formas de Discriminación Racial2
, al definirla en los siguientes términos: “la
discriminación es toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en
motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico que tenga por objeto o por
resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones
de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas
política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública o
privada.”
2) Una mirada socioeconómica y su impacto discriminatorio
Paralelo a lo anterior encontramos en Colombia practicas de discriminación hacia
los grupos étnicos que se podrían tipificar como xenofobicas, puesto que se
percibe menosprecio por las culturas indígenas, negras, campesinas y población
desplazada, a quienes se ven como personas que no caben dentro del marco de
la cultura dominante o elite dominante.
1 Documento elaborado por Diana Londoño Corporación Martín Baró e Ismael Díaz, Instituto Latinoamericano de
Servicios Legales Alternativos ILSA, Quito, Ecuador. 2004.
2 ONU. Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. Adoctada por
Colombia en 1981.
2
Si en nuestro país existiera coherencia entre las prácticas cotidianas y la
positivización de las leyes, seguramente no habría cabida para ejercicios
discriminatorios, entre otras por las siguientes razones: La Constitución de 1991
en su Articulo 7º define a la nación como un país pluri étnico y multicultural en los
siguientes términos: “El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural
de la nación Colombiana”, lo que quiere decir que las comunidades de los grupos
étnicos, es decir los indígenas, afro colombianos o negros, los gitanos o Rom y los
indígenas raizales del archipiélago de San Andrés y Providencia, contarían con
una protección especial, que debería reflejarse en el diseño de políticas positivas
para estas comunidades, al igual que el diseño de programas para la difusión,
respeto y promoción de sus tradiciones culturales.
Por su parte el Artículo 13 de la Constitución de 1991 manifiesta: “Todas las
personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección trato de
las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin
ninguna discriminación por razones de raza, sexo, origen nacional o familiar,
lengua, religión, opinión política o filosófica”. Como se puede observar este
artículo contempla una visión mucho más amplia de libertad y se refiere a todas
las personas; pero la verdad es otra, en Colombia si existe discriminación y se
manifiesta principalmente por razones de clase, un pequeño grupo de cuatro mil
familias que ostentan el poder, imponen normas leyes y políticas para un inmenso
número de compatriotas a quienes no se les tiene en cuenta sino en las
elecciones. Esto quiere decir que existe una clase que maneja el poder y otra que
se encuentra excluida de él, por lo tanto quienes detentan el poder, es decir la
clase rica discrimina a los pobres y desposeídos, a las mujeres, a los indígenas, a
los afro colombianos, a la población gay y en fin a todos aquellos que no se
encuentran dentro de su estatus social.
3) Entre privilegios y discriminación
Ahora bien, Colombia es un país que tiene unas condiciones geoestrategias
inmejorables, cuenta con una extensión territorial de 1.141.178 kilómetros
cuadrados, es el 7mo país de mayor extensión territorial de América y el cuarto de
Sur América; se le reconoce como la mejor esquina de América; tiene
aproximadamente 44 millones de habitantes de los cuales un 70% reside en zonas
urbanas y el 30% restante en sectores rurales.3
. Su área más densamente
poblada es la andina, donde se concentra el 75% de la población nacional, la
segunda región más habitada es la caribe con 21% de población, mientras que en
la región pacífica, en las bastas llanuras de la Orinoquía y en la amazonía tan sólo
habita el 4% de los colombianos.
Su población es mayoritariamente mestiza, mezcla de españoles y sus
descendientes con indígenas y afro descendientes. Según el último ajuste al
censo poblacional adelantado por el Departamento Nacional de Estadística
(DANE) en el año 1996, la población indígena estaba conformada por 84 pueblos,
con una población de 702 mil habitantes, aunque entre las organizaciones
indígenas nacionales y regionales se sostiene que la población sobrepasa el
millón de personas; importante resaltar que la mayoría de colombianos
desconocen que los 84 pueblos indígenas hablan 64 lenguas con estructuras
3 DANE. Encuesta Nacional de Hogares 1999
3
lingüísticas y gramaticales distintas, de igual forma sucede con el pueblo Gitano o
Rom y el raizal pueblos estos que cuentan con una cultura y un idioma propio.
Por su parte la población afro colombiana esta conformada por 10.5 millones de
personas y se encuentran dispersos por todo el territorio nacional, aun cuando se
sabe que la región con mayor población negra es la costa pacífica; un
represéntate de este pueblo, esboza su situación en los siguientes términos: “el
pueblo Raizal habita las únicas islas que Colombia tiene en el océano Atlántico,
los nativos de estas islas paulatinamente hemos sido despojados de nuestro
territorio por la clase dirigente del país quienes se han ido apropiando del territorio
bajo argucias jurídicas”4
, en la actualidad este grupo étnico esta conformado
aproximadamente por 25 mil personas; Otro grupo que pasa desapercibido tanto
para el Estado como para la población en general es el pueblo Gitano o Rom que
no supera las 8.000 mil personas; en relación a este pueblo no existe una ley que
los proteja y solo en la administración Pastrana 1998-2002, en su plan de
Gobierno “Cambio para Construir la Paz” se esbozaba: “los gitanos merecen una
especial atención”.
La problemática de discriminación, exclusión, pobreza y marginamiento por la que
atraviesan los grupos minoritarios y la gran mayoría de los nacionales, trataremos
de ampliarlos a medida que desarrollamos el presente ensayo, no sin antes
mencionar que es poco el interés que el Estado colombiano tiene en reducir las
desventajas y practicas discriminatorias en que se encuentran estos sectores
poblacionales. Además es importante que el lector tenga en cuenta que la
discriminación en Colombia no es una práctica accidental, es sistemática,
estructurada y va de la mano con el conflicto armado y violencia en general, la
lucha de poderes y territorial, de allí que como principales sectores discriminados
se cuenten a los grupos étnicos y desplazados, pues son ellos precisamente
quienes ocupan las zonas estratégicas del país.
El presente documento aborda la el tema de la discriminación para los siguientes
grupos poblacionales: Mujeres, Indígenas, Afro colombianos; LGTB, Migrantes y
desplazados, en lo relacionado a su ubicación geográfica, a su situación
socioeconómica y el tipo de legislación nacional e internacional que los protege y
algunos casos emblemáticos en donde se muestra la magnitud de la
discriminación.
II. APROXIMACIÓN A LA SITUACIÓN DE DISCRIMINACIÓN EN COLOMBIA
1) Mujeres
Según el Informe de Desarrollo Humano para Colombia de 2000, “las mujeres,
representan el 51% de la población total, es decir 22.000.000”, y son las mujeres
quienes soportan una parte significativamente mayor de los efectos de la violencia,
persiste la desigualdad que se traduce en discriminación, la exclusión social, la
4 En ponencia presentada en el primer encuentro nacional de Grupos étnicos, Funza Cundinamarca 15 y 16 de
septiembre de 2001.
4
falta de poder y la crónica desventaja social frente a las situaciones en las que
están involucradas5
.
El Informe de Desarrollo Humano para Colombia de 2000 señala además que la
discriminación hacia las mujeres se manifiesta en la violencia intrafamiliar de la
que son las principales víctimas, en la negación de sus derechos reproductivos, en
la agresión sexual que se ejerce sobre muchas de ellas y en el tráfico de mujeres.
En el tráfico mundial de mujeres, Colombia ocupa uno de los principales lugares.
Se calcula que, aproximadamente, entre un 60% y 70% de las mujeres
colombianas ha sufrido en carne propia alguna modalidad de violencia (maltrato
físico, psíquico, sexual o político). No obstante, menos de la mitad de mujeres
violentadas busca ayuda y apenas el 9% denuncia la agresión.
En la esfera laboral, aunque las mujeres han mejorado sustancialmente su
participación, existe todavía una marcada desventaja en la remuneración por igual
trabajo. Las mujeres perciben en promedio un 30% menos de salario que los
hombres en los centros urbanos, mientras que en el rural es casi nulo el salario
que reciben por su trabajo. Según el VI Informe del Defensor del Pueblo las
mujeres representan el 54% de la población pobre y el 25% de los hogares tienen
por jefe una mujer. Además, se ubican en los frentes más tradicionales del aparato
productivo y constituyen cerca del 60% del sector informal de la economía, su
fuente de empleo son las maquilas y trabajo a destajo, lo que representa extensas
jornadas de trabajo, inestabilidad laboral y exclusión del sistema de seguridad
social. Las mujeres, además, continúan ubicadas en los niveles medios y bajos de
las categorías ocupacionales y es poco el espacio que se les ha otorgado en la
esfera política.
La política pública para las mujeres es un documento con muy buenas
intenciones, pero no se acerca a un verdadero documento de política pública,
quedando demostrado en las estrategias que utiliza el Gobierno para implementar
la cantidad de proyectos propuestos por las mujeres, los cuales han sido
delegados en la Consejería Presidencial para la Mujer, entidad que no cuenta con
recursos propios lo que hace más ineficiente su labor.
Podríamos nombrar como caso emblemático de discriminación y desinterés frente
a las necesidades y peticiones de las mujeres, la atención prestada por la
Consejería Presidencial para la Mujer; oficina esta que no ha hecho lo suficiente
frente a las 4.578 propuestas presentadas por las mujeres en los dos últimos
años, para ser atendidas a través del “programa de apoyos integral a mujeres
cabeza de familia microempresarias de estratos uno y dos en el sector urbano”, de
este número se han remitido al banco Agrario para su revisión 4.106 de las cuales
dicha entidad financiera solo ha aprobado 638. En cuanto a las mujeres del sector
rural la situación no es más halagadora, en relación a la atención del mismo
programa; de 1.656 propuestas formuladas por ellas, tan solo 661 han sido
aprobadas, además el programa rural solo se desarrolla en 328 municipios de los
5
IInforme de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los
derechos humanos en Colombia. E/CN.4/2001/ en www.hchr.org.co/documentoseinformes/
5
1.100 que tiene el país, y se aplica solo en 22 departamentos de los de los 33 que
conforman el territorio nacional6
.
Múltiples son los casos de discriminación a la mujer que pasan invisibles, como los
producidos por el conflicto armado, donde las mujeres son quienes sufren los
mayores rigores del desplazamiento, que las obliga a asumir necesariamente la
jefatura del hogar y la responsabilidad por su sustento y el de sus familiares, para
la mayoría de estas mujeres, que migran a las grandes ciudades no existen
programas dirigidos a ellas relacionados con la capacitación u orientación;
llevándolas a tener como única opción laboral el trabajo domestico donde reciben
por su trabajo menos de un salario mínimo ($320.000 equivalente a $120 dólares
estadoudinenses, con jornadas de trabajo que superan las 18 y 20 horas diarias;
este hecho les limita el tiempo para estar con sus hijos, pues únicamente pueden
compartir con ellos un día a la semana (el domingo), acarreado con ello efectos en
las relaciones intrafamiliares, pues los hijos mayores son en ultimas quienes
tienen que asumir el rol de padres.
Otro caso preocupante en relación de los efectos del conflicto armado sobre las
mujeres es el reportado por la comunidad desplazada en el Municipio del Salado
Departamento de Bolívar donde en febrero de 2000 los paramilitares desplazaron
a más de 2000 personas, algunas de las mujeres han manifestado que durante
este desplazamiento fueron ultrajadas, maltratadas y violadas sexualmente en
varias ocasiones por los miembros de este grupo armado, hecho que ha quedado
en la completa impunidad pese a las denuncias que las mujeres han formulado
ante las autoridades, pues muchos de los violadores fueron reconocidos y hoy se
encuentran gozando de inmunidad y como premio se les ha permitido hacer parte
de las negociaciones que el gobierno adelanta con la cúpula paramilitar en Santa
fe de Ralito, lo cual demuestra el grado de impunidad del gobierno de Uribe Vélez.
Legislación nacional e internacional
• En Colombia la legislación protege la igualdad de género. El artículo 13 de
la Constitución prohíbe la discriminación por sexo, y permite las acciones
afirmativas. La ley de cuotas (ley 581/00) establece prerrogativas para las
mujeres cabeza de familia y además ordena la participación de las mujeres
en los cargos directivos de la administración pública con un mínimo del
30%. Un avance de las luchas de las mujeres, si se puede llamar así, ha
sido la creación por parte del Estado de la Consejería Presidencial de la
Mujer, el cual en los últimos años ha perdido poder ya que en un principio
se le llamó Departamento de Equidad de la Mujer para lo cual contaba con
presupuesto y autonomía propia, caso que no sucede con la Consejería.
• Mediante la ley 51 de 1981, Colombia aprueba la Convención sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
(CEDAW) y la ratificada el 19 de enero de 1982, entrando en vigor el 19 de
marzo de 1982, es de anotar que pesar de que Colombia ha ratificado la
Convención no ha mostrado interés en la firma del Protocolo Opcional
• Por medio de la ley 248 de 1995 Colombia aprueba la Convención
Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la
6 ver en: “ El Embrujo Autoritario, primer año de gobierno de Álvaro Uribe Vélez”. Ed. Plataforma Colombiana de
Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo, septiembre de 2003. pag 166.
6
Mujer “Convención de Belem do Pará, la cual fue ratificada el 15 de
noviembre de 1996 y entró en vigor el 15 de diciembre del mismo año.
• La CEDAW ha solicitado a las organizaciones de mujeres que para finales
de 2003 o principios de 2004 presenten un informe sombra, con el fin de
tener elementos comparativos frente al que se ha solicitado al Gobierno de
Álvaro Uribe Vélez.
A este respeto, el gobierno nacional ha presentado tan solo en enero de
2005 el informe a la CEDAW, el cual fue retrazado pues se le había
solicitado para el 2003, este hecho se convirtió en un factor que impidió a
las mujeres presentar un informe paralelo, sin embargo esta planeado
presentarlo ates del mes de julio del presente año.
• 2) Pueblos Indígenas
En Colombia existen 84 pueblos indígenas que hablan 64 lenguas y pertenecen a
26 familias lingüísticas; las comunidades indígenas están constituidas por 800 mil
personas que representan el 2% de los 44 millones de habitantes del país y
ocupan el 25% del territorio nacional7
.
Son diversas las amenazas a la subsistencia de las comunidades indígenas como:
la pobreza, la guerra y el desplazamiento forzado, las formas de desarrollo
económico que explotan indiscriminadamente los recursos naturales localizados
en territorios ancestrales, los megaproyectos que acaban con la biodiversidad, las
presiones de terratenientes, colonos y grupos armados sobre los resguardos y las
fumigaciones con productos químicos de los cultivos de uso ilícito por parte del
gobierno. Todos estos hechos vulneran los derechos humanos colectivos de estas
comunidades y ponen en riesgo su control territorial, disuelven la propiedad
colectiva y amenazan con su desaparición.
Las comunidades indígenas a pesar de estar ubicadas en las regiones más ricas
del país, donde se encuentran las empresas de explotación petrolera, carbonífera,
aurífera, impulso de grandes megaproyectos, tan solo reciben el 0,0003% del
presupuesto nacional8
lo que las ubica entre las poblaciones más pobres,
marginadas y discriminadas del país.
Frente a los indicadores de pobreza es muy poco lo que se ha sistematizado y
esto se debe en gran medida a que no existe una política pública social
diferenciada para los indígenas; se conoce, según el informe de la Plataforma de
Derechos Humanos Democracia y Desarrollo “el 45% de la población es menor de
15 años; la tasa global de fecundidad es de 6.5 hijos por mujer, y la tasa de
mortalidad infantil para 1990, de 63.3 por cada 1 000 nacidos vivos, mientras la
esperanza de vida al nacer es de 57.8 años para mujeres y de 55.4 años para
hombres”.
7 Vicepresidencia de la República de Colombia. Programa presidencial para los DH. Boletín 17. sep. 2001
8 Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo. Informe Alterno al cuarto informe del Estado
Colombiano ante el Comité Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Período: 1995-2000. Bogotá,
2001, p. 15.
7
En relación a la tenencia de la tierra de las comunidades indígenas, se encuentran
con posición territorial en los 32 departamentos del país y constituidas en 567
resguardos reconocidos por el Estado. Sin embargo hasta ahora solo el 20% de
las comunidades pertenecientes a los 84 pueblos indígenas han sido reconocidas
a través de la propiedad colectiva en resguardos indígenas, lo que nos muestra la
desatención generalizada por parte del Estado frente a la problemática indígena,
puesto que por su apego a la tierra y al territorio la tenencia de la tierra es
fundamental para este grupo étnico.
Son múltiples los casos emblemáticos que se podrían nombrar en relación a la
violencia contra las comunidades indígenas, sobre quienes se ha ensañado la
violencia y el conflicto armado, al igual que el despojo de sus territorios para dar
pasos a grandes megaproyectos, hechos estos que amenazan la existencia de los
pueblos indígenas en Colombia.
Un caso de flagrante violación a los derechos de los pueblos indígenas esta
relacionado con la violación a la consulta previa, derecho este que tiene
fundamento en la Constitución Política de 1991 en su Artículo 79: “todas las
personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La Ley garantizará la
participación de las comunidades en las decisiones que puedan afectarlos. Es
deber del estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las
áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de
estos fines”, en el mismo sentido se expresa el Articulo 40.2 de la C.P “…Tomar
parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consulta populares y otras formas de
participación democrática”.
Pese al mandato constitucional el gobierno nacional pretendió otorgar a la
Occidental Petroleum Corporación (OXY) licencias de exploración y explotación de
hidrocarburos en territorios de la comunidad U´wa, la cual se encuentra ubicada
en los departamentos de Boyacá y Norte de Santander al nororiente del país.
El gobierno al expedir en septiembre de 1999 la licencia ambiental para que la
compañía OXY explotara el llamado pozo Gibraltar I, ubicado en una zona del
resguardo reclamada como territorio ancestral por la comunidad U`wa, ignora en
principio el derecho que tienen la comunidad U´wa a la consulta previa. “Esta
concesión a la empresa petrolera, altera la cosmovisión de esta comunidad.”9
.
Otro hecho significativo de violación de los derechos de las comunidades
indígenas esta relacionado con las comunidades Emberá-Katío, Zenú y Tule, que
habitan en la zona del Urabá, al nor occidente del país. Estas comunidades están
amenazadas en su integridad étnica y cultural por un proyecto de desarrollo que
ocasionó el represamiento del río Sinú, del cual extraían su sustento por ser
comunidades de pescadores, para dar paso a la construcción de una
hidroeléctrica. Mediante este hecho se llevo a cabo de igual forma a la inundación
de tierras ancestrales, la destrucción de sitios de valor espiritual y el cambio del
9 ARENAS Luis Carlos. “Poscriptum. Sobre el caso U´wa”. Artículo publicado en: BOAVENTURA DE SOUSA SANTOS;
MAURICIO GARCÍA VILLEGAS. “El caleidoscopio de las justicias en Colombia”. Tomo II. Colciencias, Instituto
Colombiano de Antropología e Historia, Universidad de Coimbra, Universidad de los Andes, Universidad Nacional de
Colombia, Siglo del Hombre Editores. Bogotá. 2001, págs. 143 y ss.
8
cause del río con lo cual se ha privado a las comunidades de actividades de
subsistencia tradicionales como la agricultura y la pesca.
Además, se han profanado los lugares de culto de esas comunidades y destruido
el patrimonio arqueológico y cultural en la zona, paralelo a los efectos de dicho
megaproyecto, estas comunidades también enfrentan la destrucción de la
biodiversidad donde se están construyendo carreteras y proyectos turísticos,
convirtiendo con ello una intensa disputa territorial entre grupos armados con
presencia en la región, en especial el accionar del grupo paramilitar autodefensas
unidas de Colombia (AUC).
Frente al despojo llevado acabo por la construcción de la represa de Urrá, en
noviembre de 1998, la Corte Constitucional ordenó a la empresa Urrá indemnizar,
por dichos daños, al pueblo Embera durante un período de 20 años. Sin embargo,
en junio de 2001, la Corte Suprema de Justicia desconoció el fallo, considerándolo
contrario a la seguridad jurídica10
. De esta manera vemos como las altas cortes
hacen una interpretación jurídicas y crean jurisprudencias contradictorias que nada
benefician a las comunidades de los grupos étnicos.
Legislación nacional e internacional
• Colombia ratifica mediante la Ley 21 de 1991 el Convenio 169 sobre
Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, adoptado por la
76ª reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional de
Trabajo, Ginebra 1989. Pese a que Colombia ha firmado y ratificado el
Convenio, éste no se ha visto plenamente garantizado a los grupos étnicos,
como se demuestra con el caso emblemático de la comunidad W´va, quien
se vio obligado a presentar una denuncia ante la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos, la cual dictó medidas cautelares en defensa de la
comunidad U´wa obligando al estado a suspender las exploraciones
petrolíferas en el territorio de esta comunidad. Sin embargo en múltiples
ocasiones se ha intentado conceder dichos territorios para la exploración de
minerales fósiles
3) Comunidades Afro colombianas
Las comunidades afro colombianas son el 26.8% de la población Colombiana y se
encuentran distribuidas por todo el territorio nacional con una fuerte presencia en
las ciudades, de igual forma hay que reconocer que las estadísticas oficiales
distan mucho de lograr desagregar a este grupo étnico por estado atareo. Según
cifras del Departamento Nacional de Planeación, los índices de calidad de vida de
la población Afro colombiana siguen estando entre los más bajos del país. El 80%
de las personas negras tienen necesidades básicas insatisfechas, su ingreso per
cápita alcanza sólo un 30% en relación con el promedio nacional calculado en US
$1500 anuales. El 74% de la población afro-descendiente recibe salarios inferiores
10 Comisión de Derechos Humanos. Exposición conjunta al tema 15: Cuestiones indígenas. Presentada por escrito por el
Centro Europa-Tercer Mundo (CETIM), organización no gubernamental reconocida como entidad consultiva general, y la
Asociación Americana de Juristas, organización no gubernamental reconocida como entidad consultiva especial.
Organización de Naciones Unidas E/CN.4/2003/NGO/175, marzo de 2003.
9
al salario mínimo legal y los niveles de pobreza ponderados alcanzan un 76% en
contraste con el 37% en promedio que padece la sociedad colombiana.
Otra investigación nos muestra como en la Región Pacífica donde se asienta
población esencialmente afro colombiana, sólo el 43% de las viviendas de las
cabeceras municipales tienen cobertura de acueducto, el 20% poseen
alcantarillado, reduciéndose la cobertura de estos servicios básicos en las
viviendas rurales a un 5%. Mientras en la región del pacífico sólo el 19% de las
viviendas están dotadas de agua, luz y alcantarillado, el promedio nacional es del
62%11
.
La situación de la educación para las comunidades afro colombianas es también
apremiante y escandalosa en relación con los estándares nacionales como lo
manifiesta el Cuarto Informe Anual de la Defensoría del Pueblo, donde precisa que
las comunidades afro colombianas presentaban unas tasas de analfabetismo rural
del 43% y urbano del 20% de la población; la cobertura de la educación primaria
es apenas del 60% en las áreas urbanas y del 41% en zonas rurales, siendo los
promedios nacionales del 87% y 73%, respectivamente12
.
Estos porcentajes demuestran el bajo índice de desarrollo humano en la zona del
Pacífico, en donde la esperanza de vida se calcula en 50 años siendo de 65 años
en relación a la región Andina; de la misma manera los problemas de morbilidad
son considerables: "tiene el 79% de las muertes por cólera ocurridas en al país, un
médico por cada 30.000 habitantes y una cama hospitalaria por cada 10.000, y de
cada mil niños que nacen, 151 mueren antes de cumplir un año de vida, frente al
promedio nacional de 39 niños por cada mil"13
.
La discriminación también es evidente en el nivel de participación de las personas
afro colombianas referente a la ocupación de cargos públicos, medios de
comunicación, centros comerciales e iglesias.
En el sector productivo se tienen serios indicios de la aplicación de una política
discriminatoria en materia de empleo - muy difícil de probar pero que se puede
constatar a simple vista- en algunos bancos, hipermercados, hoteles, compañías
áreas, etc. que tienen como regla no contratar personal negro.
No obstante, por las prioridades que se le han presentado a los movimientos afro
colombianos, relacionadas básicamente con la defensa de la vida y del territorio,
aún no alcanzan a plantear mayoritariamente su resistencia en el plano estratégico
de la lucha contra la discriminación racial, a partir del apropiamiento de los
instrumentos internacionales ratificados por el Estado colombiano como la
Convención Internacional de Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
Racial o el Convenio 169 de la OIT.
11 HERREÑO, Angel Libardo. Afrodescendientes en las América .Trayectorias sociales identitatarias.150 años de
abolición de la esclavitud en Colombia. Bogotá 2002, pag .487
12 El mismo patrón de discriminación educativa fue constatado por la Relatora Especial de Naciones Unidas, Sra.
KATARINA TOMASEVSKI, en su informe de la visita oficial a Colombia en octubre de 2003. Naciones Unidas. Consejo
Económico y Social. E/CN.4/2004/45/Add.2.
13 Revista "Así van los DESC". Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo. Bogotá, mayo
de 2000, pg. 14.
Eliminado:
10
El gobierno nacional ha hecho caso omiso a las recomendación explicita hecha
por el relator especial contra la discriminación quien sugirió en su visita a
Colombia en su literal e manifiesta: “ El Gobierno de Colombia debería declarar
que reconoce la competencia del Comité para la Eliminación de la Discriminación
Racial para examinar comunicaciones de personas sobre la discriminación racial
en virtud del artículo 14 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de
todas las Formas de Discriminación Racial”.
Legislación nacional e internacional
• Colombia aprobó la Convención Internacional sobre la Eliminación de
Todas las Formas de Discriminación Racial mediante la ley 22 de 1981 y
fue ratificada el 2 de septiembre de 1981, entrando en vigor a partir del 02
de octubre de 1981; sin embargo no reconoció la competencia del Comité
para recibir denuncias.
• Además Este grupo étnico cuenta con la ley 70 como un resultado de la
lucha por la reivindicación de sus derechos que fue firmada en 1993.
• Las organizaciones Afro colombianas han hecho un buen uso del Convenio
169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, sobre
todo en lo relacionado a los grupos tribales.
• De igual forma en el plano nacional han incidido en la formulación de
diferentes planes, programas y proyectos que ha llevado al estado a
formular políticas para esta población a través de diversos CONPES.
4) LGTB
Según el señor Manuel Antonio Velandia Mora, fundador del movimiento
homosexual en Colombia; en Bogotá existen 2'195.000 hombres, de los cuales el
64 por ciento tienen una vida sexual activa, de ellos, entre el 7 y el 10 por ciento
es decir 219.520 son homosexuales.
El único estudio que en Colombia se ha aproximado a conocer cuántos hombres
tienen sexo con otros hombres y que no se consideran a sí mismos homosexuales
(HSH) fue desarrollado por Lucero Zamudio en la Universidad Externado de
Colombia en 1992; según dicha investigación, el 28 por ciento de los hombres en
este país ha tenido encuentros genitales tanto con hombres como con mujeres,
por lo que se puede extrapolar que en Bogotá hay 615.000 HSH.
Entre las mujeres con vida sexual activa, las lesbianas son del 2 al 4 por ciento, es
decir, en Bogotá entre 48.000 y 96.000 mujeres tendrían dicha orientación, esto
sin contar las bisexuales ni las que tienen sexo con otras mujeres14
.
Los travestís y otras personas que transitan de masculino a femenino, más
quienes lo hacen de lo femenino a lo masculino, son uno de los grupos
14 Articulo tomado de la Revista Semana, 18 de julio de 2004. www.semana.terra.com.co (título del artículo?) Eliminado: ¶
11
mayormente discriminados, vulnerados, estigmatizados, segregados y excluidos
por los demás sectores en la sociedad.
Dicha situación está directamente relacionada con los conflictos que se generan
en relación con las manifestaciones de su identidad, en especial con su
feminización en los comportamientos, vestido, accesorios, y más aún con la
vivencia de su cuerpo y genitalidad.
El desconocimiento sobre las sexualidades, los géneros y las orientaciones
sexuales ha conducido a que se manifiesten actitudes fuertes de intolerancia,
especialmente frente a sectores como los homosexuales, como lo afirma la
investigación desarrollada sobre la cultura ciudadana en Bogotá adelantada por la
Alcaldía en dos oportunidades, durante el gobierno de Antanas Mockus. En este
estudio se demostró, al indagar el grado de aceptación frente a diversos tipos de
vecinos, que el 64 por ciento de las personas encuestadas admitieron tener
dificultades para aceptar convivir en su vecindario con esta población.
Por su parte, El Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para
Bogotá D.C. 2004 - 2008, del alcalde Lucho Garzón, en lo pertinente al tema de
mujer y géneros evidencia la no exclusión por razón de género u orientación
sexual como parte esencial de la política pública denominada "Bogotá sin
indiferencia".
Desde la anterior premisa, la comunidad LGBTT ha solicitado a la Alcaldía, y esta
lo ha aceptado, trabajar conjuntamente a favor de la no exclusión social como
parte del interés de la ciudad en que los ciudadanos participen activamente en la
planeación de la ciudad que quieren; para ello se construyó un escenario de
concertación en temas como derechos humanos, transformación de imaginarios
(sistema educativo, formación de funcionarios, educación de docentes, trabajo
cultural), sensibilización de las autoridades de policía (código de policía,
problemas de cierre de establecimientos que ofertan servicios a esta población,
maltrato a los ciudadanos LGBTT por algunos miembros de esta entidad), salud
con énfasis en sida y enfermedades de transmisión sexual, cultura, investigación
de aspectos culturales y sociales que movilizan la indiferencia y la homofonía.
En este sentido encontramos una de las principales manifestaciones de orgullo
Gay en Colombia llevado a cabo el domingo 27 de junio de 2004 desde la Plaza
de Bolívar hasta el Parque Nacional, un recorrido que duró aproximadamente 2
horas y en la cual hicieron presencia diferentes personalidades de la
administración pública de Bogotá, junto con los homosexuales, lesbianas,
bisexuales y transgeneristas.
La ciudad igualmente ha permitido una vez más la utilización de la Cinemateca
Distrital para la realización en Bogotá entre el 25 de junio a 8 de julio de 2004, la
cuarta edición del Ciclo Rosa, (festival de pueblo Gay) organizado conjuntamente
por los institutos Goethe y Pensar (Universidad Javeriana). Este ciclo se llevó a
cabo también en Medellín del 2 al 12 de julio de 2004.
Las diferentes organizaciones Gays y Lesbianas “Amigos Comunes”, “El Otro”, “El
Solar”, “LGBT de Convivamos” y “Ciudadano Gay Proyecto Social y Político”,
Proyecto Agenda, Triangulo Negro, Colectivo Lésbico, Red de Apoyo a
12
Transgeneristas, Proyecto Lambda, Mujeres al Borde, Rostros y Huellas, y
Rostros de Fortaleza han convocado a la constitución de una mesa de trabajo de
las homosexualidades que busca establecer criterios de participación y mantener
la coherencia en los lineamientos con que las diferentes colectividades y
representaciones del sector hacen presencia en escenarios públicos y de trabajo
solidario, a esta iniciativa se han sumado organizaciones como la Asamblea
Constituyente de Antioquia (ACA), la Asamblea de la Sociedad Civil por la Paz
(ASAPAZ) y Planeta Paz.
Para terminar, se debe destacar la acción emprendida a partir de la "Primera
Convención Nacional de Gays y Lesbianas" realizada en el año 2000 y en la que
se estructuró el Proyecto Agenda, en el cual participaron organizaciones de siete
ciudades del país. Este proyecto tiene entre sus objetivos la "visibilización" de la
población gay a través de lo social, y entre sus acciones inmediatas está la
vinculación a diferentes proyectos, entre los que se cuentan el de Planeta Paz y la
conformación de equipos de trabajo con personas homosexuales anónimas
expertas en determinados temas como economía, política, cultura, etc. y buscar
incidir en la formulación de propuestas al país con respecto al proceso de paz.
Uno de los casos que se puede mencionar no solo de discriminación a la
población gay, sino como avance de reivindicación de derechos es el ocurrido en
la ciudad de Santa Marta, donde desde hace varios años los homosexuales que
tienen como sitio de encuentro el “Camellón” de esa ciudad turística del Caribe
colombiano, venían siendo perseguidos por la Policía Nacional so pretexto de que
el Código de Policía de la Ciudad dice que está prohibida la prostitución en la zona
de la Bahía de Santa Marta, asociando la prostitución con la homosexualidad.
Muchas fueron las luchas, alegatos, reuniones pero esto solo aliviaba por
momentos la persecución. Gracias al ejercicio de la acción de tutela presentada
por Juan Pablo Noguera, Trabajador Social y miembro de la comunidad LGBT se
ha logrado superar esta circunstancia. Los líderes del sector LGBT del Caribe
resaltaron este sentencia de la Corte Constitucional, durante la realización de la
Marcha del Orgullo Gay y el Tercer Plenario de la Asamblea Permanente por la
Paz.
5) Migración Interna o Desplazamiento Forzado
Una de las más grandes problemáticas que vive desde hace varios años la
población Colombiana, es el desplazamiento reconocido como: el desalojo
obligatorio del lugar de vivienda o de trabajo por parte de algunas personas o
grupo de personas. Es decir este desplazamiento es de carácter forzoso y por lo
tanto causa una violación al derecho a la vida en condiciones de dignidad, al
derecho a la integridad personal, al derecho a la libre circulación dentro del
territorio Nacional, al derecho a la residencia, al derecho al domicilio, al derecho a
la salud, al derecho a la educación, al derecho a una vivienda, al derecho al
trabajo, al derecho a la alimentación, la prohibición del destierro. Es decir el
proceso de desplazamiento viola múltiples derechos económicos sociales y
culturales (desc) y pone a las víctimas en expresa vulnerabilidad de sus derechos
fundamentales.
El desplazamiento forzado en Colombia se produce en medio de una profunda y
persistente crisis de Derechos Humanos y de Derecho Humanitario, que se ve
13
intensificada como consecuencia de la degradación del conflicto armado. Es
necesario recalcar que resulta incorrecto caracterizar el desplazamiento sólo como
una consecuencia del conflicto armado y, en particular, de la confrontación entre
los grupos armados de los paramilitares y la guerrilla. Tampoco es adecuado
desligar la gravedad de la situación humanitaria generada por el desplazamiento
de las grandes fallas en la protección de la vida e integridad de los ciudadanos en
Colombia, así como de la realización de sus desc 14
.
El conflicto armado está hecho para desplazar a la gente de sus territorios
ancestrales, por tanto, el desplazamiento es el instrumento utilizado por los
grupos armados para imponer su estrategia política de control sobre la población,
el territorio y los recursos naturales. Los megaproyectos impulsados por el Estado
y las multinacionales solo benefician a los invasores y explotadores de las tierras
sin producir beneficio alguno para las comunidades a las cuales se les viola el
derecho legítimo a la consulta previa, informada y libremente consentida.
Es importante señalar que los actores armados y todos aquellos sectores
generadores del desplazamiento producen una ruptura del tejido social, con lo que
logran un mayor control territorial y poblacional. Esta desarticulación del tejido
social se traduce directamente en una descomposición comunitaria y familiar. En
cuanto a lo familiar se produce una desestabilización interna, en sus miembros, al
versen obligados a asumir roles que no les correspondían. Ya que el padre
generador de ingresos económicos fallece, como causa de la violencia o se queda
en la población donde se ha producido el desplazamiento.15
, entonces la madre se
convierte en cabeza de familia, delegando en sus hijos mayores la crianza de los
mas pequeños.
Con esto podemos ver como las consecuencias del desplazamiento no solo son a
nivel individual sino también y sobre todo social y comunitaria ya que en este
proceso se tiene que renunciar a una serie de condiciones a partir de las cuales se
había construido un proyecto de vida muchas veces colectivo, llevándolos a vivir
en condiciones nuevas, generalmente difíciles y llenas de carencias que los
someten a un nivel elevado de estrés. Y a la imposibilidad de construir un proyecto
de vida donde se consideren todos los aspectos de su nueva vida.
El impacto del desplazamiento es mucho mayor cuando se da de una zona rural a
un área urbana; ya que en la ciudad difícilmente se cuenta con las posibilidades
de vivenciar su cultura, pues la tendencia es a la adopción de una nueva cultura;
con todo lo que esto significa, costumbres, valores y creencias (se da un proceso
de aculturación) además de presentarse la imposibilidad del auto sostenimiento al
que están acostumbrados los pobladores rurales.
Otra de las consecuencias se relaciona con la desestabilización demográfica, es
decir, las zonas receptoras se convierten en lugares caóticos, pues no han sido
planeados para un crecimiento demográfico acelerado, esto produce directamente
el empobrecimiento de estos lugares. Evitando el desarrollo social y económico de
14 GAD, Grupo de apoyo a la Población Desplazada. “Informe sobre el desplazamiento forzado en Colombia”, enero
de 2000 – mayo de 2001, p 5.
15 Consecuencias psicológicas del desplazamiento, Universidad Santo Tomas de Aquino, 1997, p 67.
Eliminado:
Eliminado:
14
sus habitantes y relacionado estrechamente con sentimientos y actitudes
discriminatorias por parte de los pobladores originarios del lugar receptor.
Cifras Sobre Desplazamiento
Desplazados en Colombia 1985-2004
Fuente: Consultoría para los Derechos Humanos y desplazados,
CEDHES, año? Ver 2004
Tomado de: www.codhes.org.co/cifras/grafico tendencias 1985_2004
El desplazamiento forzado en Colombia continúa perfilándose como una catástrofe
humanitaria, que se expande e incluye cada vez a más sectores sociales y áreas
geográficas. Entre el 1° de enero y el 31 de marzo de 2002, al menos 90.179
personas fueron desplazadas en Colombia. Masacres, asesinatos selectivos,
desplazamientos masivos y comunidades sitiadas configuran el trasfondo de la
migración forzada en el primer trimestre del año.
El incremento y degradación de la confrontación armada caracterizan el primer
trimestre del año 2002 y constituyen un pésimo augurio para la crisis humanitaria
que representa el desplazamiento forzado en Colombia. En este periodo se
mantiene el dramático promedio de mil desplazados cada día, 42 personas cada
hora, un hogar cada diez minutos. El 29.47%, 321, del total de municipios del país
recibieron población desplazada entre enero y marzo de 2002.
Entre tanto se pasó de 26 departamentos de llegada de población en situación de
desplazamiento en el 2001 a 31 en 2002, lo que muestra la expansión geográfica
15
y poblacional del conflicto. Por primera vez en los registros históricos de Sistema
de Información sobre Derechos Humanos y Desplazamiento "SISDES" del
Observatorio de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento,
aparece información sobre la llegada de población en situación de desplazamiento
en el departamento de San Andrés y Providencia (13 personas).
El 35% de las personas desplazadas en los primeros tres meses de 2002 salieron
en forma masiva, en promedio cada éxodo expulsó 1392 personas, se presentaron
menos éxodos que en el mismo período de 2001, pero fueron expulsadas más
personas: 17 y 38 desplazamientos masivos; y 32.023 y 32.518 personas
desplazadas, respectivamente. Así mismo, se expulsó población masivamente de
menos municipios (23 en 2001 y 8 en 2002) y en menos departamentos (19 en
2001 y 5 en 2002). Esto significa que el promedio de personas expulsadas en la
modalidad de desplazamientos masivos se incremento 2.27 veces (842 en el
primer trimestre de 2001 y 1912 en el mismo período de 2002) mientras tanto se
redujo la cantidad de municipios expulsores en una proporción similar: 2.8 veces.
Es posible concluir entonces que, en el período analizado y en esta fase del
conflicto, más personas son expulsadas de menos municipios, lo que nos
mostraría que las acciones de los actores armados si bien son menores son más
contundentes en términos de la violación de los derechos humanos, e infracciones
al derecho internacional humanitario.16
.
IV. A MODO DE CONCLUSIÓN:
Como se puede observar, los grupos marginados, discriminados y de minorías
étnicas tienen un largo camino por recorrer y en el que necesitarán el auspicio de
muchos hombres y mujeres solidarios con sus justas reivindicatorias.
Requieren al mismo tiempo romper su invisibilidad, promoviendo sus logros y
proponiendo nuevas luchas, ideas que transciendan lo nacional y ya lo han hecho,
pero aun falta mucho es decir no basta con el reconocimiento jurídico, sino que se
requiere de un reconocimiento político donde muchos y muchas sean escuchados.
Los grupos poblacionales de los que se ha venido tratando en el presente ensayo
se les presenta un reto muy importante y esta relacionado en ver como participan
activamente en la aplicación de la Encuesta Nacional de Población (censo 2005),
pues, como se ha dicho, a diferencia de las mujeres, es muy inexacto el número
de población afro, indígena, raizal, rom y GLBTT; siendo este evento una
oportunidad para incidir posteriormente en la formulación de política pública.
Es importante que las personas y organizaciones nacionales e internacionales de
Derechos Humanos colaboren en la difusión de la situación de discriminación
16 Las cifras en torno al desplazamiento en Colombia son contradictorias. Frente a las estadísticas de CODHES se ha
sostenido el Gobierno que son imprecisas dado que se cuentan como desplazados personas fueron obligadas al éxodo
desde 1995, cuando muchas de estas o han retornado o ya se han estabilizado en otros sitios y por lo mismo su
condición de desplazamiento ha cesado. Según los datos consolidados del la RSS para el año 2000 se estima que se
desplazaron unas 125.000 personas. El CICR asistió entre enero y noviembre de 2000 a 112.412 personas. En 1999, el
Gobierno reconoció que existían 400.000 personas desplazadas y que desde 1996 anualmente se desplaza un número
cercano a 25.000 familias (125.000 personas). Si a esta cifra se suma la cifra manejada por de la RSS sobre el
desplazamiento para el año 2000, estaríamos frente a una cifra oficial acumulada hoy de unos 525.000 desplazados.
16
económica en que se encuentran más del 50% de la población en Colombia;
buscando que en diferentes espacios se hable de la problemática de las personas
menos favorecidas, pero al mismo tiempo de las herramientas jurídicas, políticas y
sociales con las cuales se puede apoyar sus anhelos de inclusión.
BIBLIOGRAFÍA.
Arenas, Luis Carlos. “Poscriptum. Sobre el caso U´wa”. Artículo publicado en:
Boaventura de Souza Santos; Mauricio García Villegas. El calidoscopio de las
justicias en Colombia. Tomo II. Conciencias, Instituto Colombiano de Antropología
e Historia, Universidad de Coimbra, Universidad de los Andes, Universidad
Nacional de Colombia, Siglo del Hombre Editores. Bogotá. 2001, Págs. 143 y SS.
Constitución política de Colombia de 1991
Comisión de Derechos Humanos. Exposición conjunta al tema 15: Cuestiones
indígenas. Presentada por escrito por el Centro Europa-Tercer Mundo (CETIM),
organización no gubernamental reconocida como entidad consultiva general, y la
Asociación Americana de Juristas, organización no gubernamental reconocida
como entidad consultiva especial. Organización de Naciones Unidas
E/CN.4/2003/NGO/175, marzo de 2003.
El Embrujo Autoritario, primer año de gobierno de Álvaro Uribe Vélez. Ed.
Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo,
septiembre de 2003.
Herreño, Ángel Libardo. Afrodescendientes en las América .Trayectorias sociales
identitatarias.150 años de abolición de la esclavitud en Colombia. Bogotá 2002
Sra. Katarina Tomasevski, informe de la visita oficial a Colombia en octubre de
2003. Naciones Unidas. Consejo Económico y Social. E/CN.4/2004/45/Add.2
DANE. Encuesta Nacional de Hogares 1999
Ponencia presentada en el primer encuentro nacional de Grupos étnicos Funza
Cundinamarca 15 y 16 de septiembre de 2001.
Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo. Informe
Alterno al cuarto informe del Estado colombiano ante el Comité del pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Período: 1995-
2000. Bogotá, 2001
Revista "Así van los DESC". Plataforma Colombiana de Derechos Humanos,
Democracia y Desarrollo. Bogotá, mayo de 2000.
Ley /70 de 1993 o ley de Comunidades Negras
Ley 21 de 1991 con la cual se ratifica el convenio 169 de la OIT
17
ONU. Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de
Discriminación Racial.
Vicepresidencia de la República de Colombia. Programa presidencial para los DH.
Boletín 17 sept.2001
Revista Semana, 18 de julio de 2004. www.semana.terra.com.

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Discriminación en Colombia: mujeres, indígenas y afrodescendientes

  • 1. 1 RIQUEZA Y DISCRIMINACIÓN EN COLOMBIA1 1) Introducción. En el mundo actual se encuentran nuevas formas de discriminación que no necesariamente están ligadas a la raza y entre ellas se pueden contemplar las doctrinas dogmáticas, sistemas políticos excluyentes, conductas, actitudes y comportamientos hacia una persona o colectividad bajo el falso paradigma de relaciones de inferioridad. Se puede decir entonces que en nuestros tiempos interpretar el concepto, nos debe llevar a ser lo suficientemente libertarios con el fin de mostrar lo más ampliamente posible, que la discriminación es un sentido o incapacidad de aceptar al otro tal como es, es decir con su forma de pensar, sentir y actuar; ignorando desde luego su cosmovisión, negándose a aceptar las diferencia, que lleva como resultado el desencadenamiento de acciones de irrespeto de la dignidad de la persona. Entre este grupo de personas que sufren la discriminación e intolerancia encontramos: las mujeres y niñas; los migrantes, desplazados y refugiados; población negra, indígena y demás grupos étnicos, campesinos, el antisemitismo; discriminación contra los árabes y musulmanes etc. Un concepto ampliamente aceptado sobre la discriminación lo encontramos en el artículo 1° de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial2 , al definirla en los siguientes términos: “la discriminación es toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública o privada.” 2) Una mirada socioeconómica y su impacto discriminatorio Paralelo a lo anterior encontramos en Colombia practicas de discriminación hacia los grupos étnicos que se podrían tipificar como xenofobicas, puesto que se percibe menosprecio por las culturas indígenas, negras, campesinas y población desplazada, a quienes se ven como personas que no caben dentro del marco de la cultura dominante o elite dominante. 1 Documento elaborado por Diana Londoño Corporación Martín Baró e Ismael Díaz, Instituto Latinoamericano de Servicios Legales Alternativos ILSA, Quito, Ecuador. 2004. 2 ONU. Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. Adoctada por Colombia en 1981.
  • 2. 2 Si en nuestro país existiera coherencia entre las prácticas cotidianas y la positivización de las leyes, seguramente no habría cabida para ejercicios discriminatorios, entre otras por las siguientes razones: La Constitución de 1991 en su Articulo 7º define a la nación como un país pluri étnico y multicultural en los siguientes términos: “El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la nación Colombiana”, lo que quiere decir que las comunidades de los grupos étnicos, es decir los indígenas, afro colombianos o negros, los gitanos o Rom y los indígenas raizales del archipiélago de San Andrés y Providencia, contarían con una protección especial, que debería reflejarse en el diseño de políticas positivas para estas comunidades, al igual que el diseño de programas para la difusión, respeto y promoción de sus tradiciones culturales. Por su parte el Artículo 13 de la Constitución de 1991 manifiesta: “Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de raza, sexo, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica”. Como se puede observar este artículo contempla una visión mucho más amplia de libertad y se refiere a todas las personas; pero la verdad es otra, en Colombia si existe discriminación y se manifiesta principalmente por razones de clase, un pequeño grupo de cuatro mil familias que ostentan el poder, imponen normas leyes y políticas para un inmenso número de compatriotas a quienes no se les tiene en cuenta sino en las elecciones. Esto quiere decir que existe una clase que maneja el poder y otra que se encuentra excluida de él, por lo tanto quienes detentan el poder, es decir la clase rica discrimina a los pobres y desposeídos, a las mujeres, a los indígenas, a los afro colombianos, a la población gay y en fin a todos aquellos que no se encuentran dentro de su estatus social. 3) Entre privilegios y discriminación Ahora bien, Colombia es un país que tiene unas condiciones geoestrategias inmejorables, cuenta con una extensión territorial de 1.141.178 kilómetros cuadrados, es el 7mo país de mayor extensión territorial de América y el cuarto de Sur América; se le reconoce como la mejor esquina de América; tiene aproximadamente 44 millones de habitantes de los cuales un 70% reside en zonas urbanas y el 30% restante en sectores rurales.3 . Su área más densamente poblada es la andina, donde se concentra el 75% de la población nacional, la segunda región más habitada es la caribe con 21% de población, mientras que en la región pacífica, en las bastas llanuras de la Orinoquía y en la amazonía tan sólo habita el 4% de los colombianos. Su población es mayoritariamente mestiza, mezcla de españoles y sus descendientes con indígenas y afro descendientes. Según el último ajuste al censo poblacional adelantado por el Departamento Nacional de Estadística (DANE) en el año 1996, la población indígena estaba conformada por 84 pueblos, con una población de 702 mil habitantes, aunque entre las organizaciones indígenas nacionales y regionales se sostiene que la población sobrepasa el millón de personas; importante resaltar que la mayoría de colombianos desconocen que los 84 pueblos indígenas hablan 64 lenguas con estructuras 3 DANE. Encuesta Nacional de Hogares 1999
  • 3. 3 lingüísticas y gramaticales distintas, de igual forma sucede con el pueblo Gitano o Rom y el raizal pueblos estos que cuentan con una cultura y un idioma propio. Por su parte la población afro colombiana esta conformada por 10.5 millones de personas y se encuentran dispersos por todo el territorio nacional, aun cuando se sabe que la región con mayor población negra es la costa pacífica; un represéntate de este pueblo, esboza su situación en los siguientes términos: “el pueblo Raizal habita las únicas islas que Colombia tiene en el océano Atlántico, los nativos de estas islas paulatinamente hemos sido despojados de nuestro territorio por la clase dirigente del país quienes se han ido apropiando del territorio bajo argucias jurídicas”4 , en la actualidad este grupo étnico esta conformado aproximadamente por 25 mil personas; Otro grupo que pasa desapercibido tanto para el Estado como para la población en general es el pueblo Gitano o Rom que no supera las 8.000 mil personas; en relación a este pueblo no existe una ley que los proteja y solo en la administración Pastrana 1998-2002, en su plan de Gobierno “Cambio para Construir la Paz” se esbozaba: “los gitanos merecen una especial atención”. La problemática de discriminación, exclusión, pobreza y marginamiento por la que atraviesan los grupos minoritarios y la gran mayoría de los nacionales, trataremos de ampliarlos a medida que desarrollamos el presente ensayo, no sin antes mencionar que es poco el interés que el Estado colombiano tiene en reducir las desventajas y practicas discriminatorias en que se encuentran estos sectores poblacionales. Además es importante que el lector tenga en cuenta que la discriminación en Colombia no es una práctica accidental, es sistemática, estructurada y va de la mano con el conflicto armado y violencia en general, la lucha de poderes y territorial, de allí que como principales sectores discriminados se cuenten a los grupos étnicos y desplazados, pues son ellos precisamente quienes ocupan las zonas estratégicas del país. El presente documento aborda la el tema de la discriminación para los siguientes grupos poblacionales: Mujeres, Indígenas, Afro colombianos; LGTB, Migrantes y desplazados, en lo relacionado a su ubicación geográfica, a su situación socioeconómica y el tipo de legislación nacional e internacional que los protege y algunos casos emblemáticos en donde se muestra la magnitud de la discriminación. II. APROXIMACIÓN A LA SITUACIÓN DE DISCRIMINACIÓN EN COLOMBIA 1) Mujeres Según el Informe de Desarrollo Humano para Colombia de 2000, “las mujeres, representan el 51% de la población total, es decir 22.000.000”, y son las mujeres quienes soportan una parte significativamente mayor de los efectos de la violencia, persiste la desigualdad que se traduce en discriminación, la exclusión social, la 4 En ponencia presentada en el primer encuentro nacional de Grupos étnicos, Funza Cundinamarca 15 y 16 de septiembre de 2001.
  • 4. 4 falta de poder y la crónica desventaja social frente a las situaciones en las que están involucradas5 . El Informe de Desarrollo Humano para Colombia de 2000 señala además que la discriminación hacia las mujeres se manifiesta en la violencia intrafamiliar de la que son las principales víctimas, en la negación de sus derechos reproductivos, en la agresión sexual que se ejerce sobre muchas de ellas y en el tráfico de mujeres. En el tráfico mundial de mujeres, Colombia ocupa uno de los principales lugares. Se calcula que, aproximadamente, entre un 60% y 70% de las mujeres colombianas ha sufrido en carne propia alguna modalidad de violencia (maltrato físico, psíquico, sexual o político). No obstante, menos de la mitad de mujeres violentadas busca ayuda y apenas el 9% denuncia la agresión. En la esfera laboral, aunque las mujeres han mejorado sustancialmente su participación, existe todavía una marcada desventaja en la remuneración por igual trabajo. Las mujeres perciben en promedio un 30% menos de salario que los hombres en los centros urbanos, mientras que en el rural es casi nulo el salario que reciben por su trabajo. Según el VI Informe del Defensor del Pueblo las mujeres representan el 54% de la población pobre y el 25% de los hogares tienen por jefe una mujer. Además, se ubican en los frentes más tradicionales del aparato productivo y constituyen cerca del 60% del sector informal de la economía, su fuente de empleo son las maquilas y trabajo a destajo, lo que representa extensas jornadas de trabajo, inestabilidad laboral y exclusión del sistema de seguridad social. Las mujeres, además, continúan ubicadas en los niveles medios y bajos de las categorías ocupacionales y es poco el espacio que se les ha otorgado en la esfera política. La política pública para las mujeres es un documento con muy buenas intenciones, pero no se acerca a un verdadero documento de política pública, quedando demostrado en las estrategias que utiliza el Gobierno para implementar la cantidad de proyectos propuestos por las mujeres, los cuales han sido delegados en la Consejería Presidencial para la Mujer, entidad que no cuenta con recursos propios lo que hace más ineficiente su labor. Podríamos nombrar como caso emblemático de discriminación y desinterés frente a las necesidades y peticiones de las mujeres, la atención prestada por la Consejería Presidencial para la Mujer; oficina esta que no ha hecho lo suficiente frente a las 4.578 propuestas presentadas por las mujeres en los dos últimos años, para ser atendidas a través del “programa de apoyos integral a mujeres cabeza de familia microempresarias de estratos uno y dos en el sector urbano”, de este número se han remitido al banco Agrario para su revisión 4.106 de las cuales dicha entidad financiera solo ha aprobado 638. En cuanto a las mujeres del sector rural la situación no es más halagadora, en relación a la atención del mismo programa; de 1.656 propuestas formuladas por ellas, tan solo 661 han sido aprobadas, además el programa rural solo se desarrolla en 328 municipios de los 5 IInforme de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia. E/CN.4/2001/ en www.hchr.org.co/documentoseinformes/
  • 5. 5 1.100 que tiene el país, y se aplica solo en 22 departamentos de los de los 33 que conforman el territorio nacional6 . Múltiples son los casos de discriminación a la mujer que pasan invisibles, como los producidos por el conflicto armado, donde las mujeres son quienes sufren los mayores rigores del desplazamiento, que las obliga a asumir necesariamente la jefatura del hogar y la responsabilidad por su sustento y el de sus familiares, para la mayoría de estas mujeres, que migran a las grandes ciudades no existen programas dirigidos a ellas relacionados con la capacitación u orientación; llevándolas a tener como única opción laboral el trabajo domestico donde reciben por su trabajo menos de un salario mínimo ($320.000 equivalente a $120 dólares estadoudinenses, con jornadas de trabajo que superan las 18 y 20 horas diarias; este hecho les limita el tiempo para estar con sus hijos, pues únicamente pueden compartir con ellos un día a la semana (el domingo), acarreado con ello efectos en las relaciones intrafamiliares, pues los hijos mayores son en ultimas quienes tienen que asumir el rol de padres. Otro caso preocupante en relación de los efectos del conflicto armado sobre las mujeres es el reportado por la comunidad desplazada en el Municipio del Salado Departamento de Bolívar donde en febrero de 2000 los paramilitares desplazaron a más de 2000 personas, algunas de las mujeres han manifestado que durante este desplazamiento fueron ultrajadas, maltratadas y violadas sexualmente en varias ocasiones por los miembros de este grupo armado, hecho que ha quedado en la completa impunidad pese a las denuncias que las mujeres han formulado ante las autoridades, pues muchos de los violadores fueron reconocidos y hoy se encuentran gozando de inmunidad y como premio se les ha permitido hacer parte de las negociaciones que el gobierno adelanta con la cúpula paramilitar en Santa fe de Ralito, lo cual demuestra el grado de impunidad del gobierno de Uribe Vélez. Legislación nacional e internacional • En Colombia la legislación protege la igualdad de género. El artículo 13 de la Constitución prohíbe la discriminación por sexo, y permite las acciones afirmativas. La ley de cuotas (ley 581/00) establece prerrogativas para las mujeres cabeza de familia y además ordena la participación de las mujeres en los cargos directivos de la administración pública con un mínimo del 30%. Un avance de las luchas de las mujeres, si se puede llamar así, ha sido la creación por parte del Estado de la Consejería Presidencial de la Mujer, el cual en los últimos años ha perdido poder ya que en un principio se le llamó Departamento de Equidad de la Mujer para lo cual contaba con presupuesto y autonomía propia, caso que no sucede con la Consejería. • Mediante la ley 51 de 1981, Colombia aprueba la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la ratificada el 19 de enero de 1982, entrando en vigor el 19 de marzo de 1982, es de anotar que pesar de que Colombia ha ratificado la Convención no ha mostrado interés en la firma del Protocolo Opcional • Por medio de la ley 248 de 1995 Colombia aprueba la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la 6 ver en: “ El Embrujo Autoritario, primer año de gobierno de Álvaro Uribe Vélez”. Ed. Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo, septiembre de 2003. pag 166.
  • 6. 6 Mujer “Convención de Belem do Pará, la cual fue ratificada el 15 de noviembre de 1996 y entró en vigor el 15 de diciembre del mismo año. • La CEDAW ha solicitado a las organizaciones de mujeres que para finales de 2003 o principios de 2004 presenten un informe sombra, con el fin de tener elementos comparativos frente al que se ha solicitado al Gobierno de Álvaro Uribe Vélez. A este respeto, el gobierno nacional ha presentado tan solo en enero de 2005 el informe a la CEDAW, el cual fue retrazado pues se le había solicitado para el 2003, este hecho se convirtió en un factor que impidió a las mujeres presentar un informe paralelo, sin embargo esta planeado presentarlo ates del mes de julio del presente año. • 2) Pueblos Indígenas En Colombia existen 84 pueblos indígenas que hablan 64 lenguas y pertenecen a 26 familias lingüísticas; las comunidades indígenas están constituidas por 800 mil personas que representan el 2% de los 44 millones de habitantes del país y ocupan el 25% del territorio nacional7 . Son diversas las amenazas a la subsistencia de las comunidades indígenas como: la pobreza, la guerra y el desplazamiento forzado, las formas de desarrollo económico que explotan indiscriminadamente los recursos naturales localizados en territorios ancestrales, los megaproyectos que acaban con la biodiversidad, las presiones de terratenientes, colonos y grupos armados sobre los resguardos y las fumigaciones con productos químicos de los cultivos de uso ilícito por parte del gobierno. Todos estos hechos vulneran los derechos humanos colectivos de estas comunidades y ponen en riesgo su control territorial, disuelven la propiedad colectiva y amenazan con su desaparición. Las comunidades indígenas a pesar de estar ubicadas en las regiones más ricas del país, donde se encuentran las empresas de explotación petrolera, carbonífera, aurífera, impulso de grandes megaproyectos, tan solo reciben el 0,0003% del presupuesto nacional8 lo que las ubica entre las poblaciones más pobres, marginadas y discriminadas del país. Frente a los indicadores de pobreza es muy poco lo que se ha sistematizado y esto se debe en gran medida a que no existe una política pública social diferenciada para los indígenas; se conoce, según el informe de la Plataforma de Derechos Humanos Democracia y Desarrollo “el 45% de la población es menor de 15 años; la tasa global de fecundidad es de 6.5 hijos por mujer, y la tasa de mortalidad infantil para 1990, de 63.3 por cada 1 000 nacidos vivos, mientras la esperanza de vida al nacer es de 57.8 años para mujeres y de 55.4 años para hombres”. 7 Vicepresidencia de la República de Colombia. Programa presidencial para los DH. Boletín 17. sep. 2001 8 Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo. Informe Alterno al cuarto informe del Estado Colombiano ante el Comité Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Período: 1995-2000. Bogotá, 2001, p. 15.
  • 7. 7 En relación a la tenencia de la tierra de las comunidades indígenas, se encuentran con posición territorial en los 32 departamentos del país y constituidas en 567 resguardos reconocidos por el Estado. Sin embargo hasta ahora solo el 20% de las comunidades pertenecientes a los 84 pueblos indígenas han sido reconocidas a través de la propiedad colectiva en resguardos indígenas, lo que nos muestra la desatención generalizada por parte del Estado frente a la problemática indígena, puesto que por su apego a la tierra y al territorio la tenencia de la tierra es fundamental para este grupo étnico. Son múltiples los casos emblemáticos que se podrían nombrar en relación a la violencia contra las comunidades indígenas, sobre quienes se ha ensañado la violencia y el conflicto armado, al igual que el despojo de sus territorios para dar pasos a grandes megaproyectos, hechos estos que amenazan la existencia de los pueblos indígenas en Colombia. Un caso de flagrante violación a los derechos de los pueblos indígenas esta relacionado con la violación a la consulta previa, derecho este que tiene fundamento en la Constitución Política de 1991 en su Artículo 79: “todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La Ley garantizará la participación de las comunidades en las decisiones que puedan afectarlos. Es deber del estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines”, en el mismo sentido se expresa el Articulo 40.2 de la C.P “…Tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consulta populares y otras formas de participación democrática”. Pese al mandato constitucional el gobierno nacional pretendió otorgar a la Occidental Petroleum Corporación (OXY) licencias de exploración y explotación de hidrocarburos en territorios de la comunidad U´wa, la cual se encuentra ubicada en los departamentos de Boyacá y Norte de Santander al nororiente del país. El gobierno al expedir en septiembre de 1999 la licencia ambiental para que la compañía OXY explotara el llamado pozo Gibraltar I, ubicado en una zona del resguardo reclamada como territorio ancestral por la comunidad U`wa, ignora en principio el derecho que tienen la comunidad U´wa a la consulta previa. “Esta concesión a la empresa petrolera, altera la cosmovisión de esta comunidad.”9 . Otro hecho significativo de violación de los derechos de las comunidades indígenas esta relacionado con las comunidades Emberá-Katío, Zenú y Tule, que habitan en la zona del Urabá, al nor occidente del país. Estas comunidades están amenazadas en su integridad étnica y cultural por un proyecto de desarrollo que ocasionó el represamiento del río Sinú, del cual extraían su sustento por ser comunidades de pescadores, para dar paso a la construcción de una hidroeléctrica. Mediante este hecho se llevo a cabo de igual forma a la inundación de tierras ancestrales, la destrucción de sitios de valor espiritual y el cambio del 9 ARENAS Luis Carlos. “Poscriptum. Sobre el caso U´wa”. Artículo publicado en: BOAVENTURA DE SOUSA SANTOS; MAURICIO GARCÍA VILLEGAS. “El caleidoscopio de las justicias en Colombia”. Tomo II. Colciencias, Instituto Colombiano de Antropología e Historia, Universidad de Coimbra, Universidad de los Andes, Universidad Nacional de Colombia, Siglo del Hombre Editores. Bogotá. 2001, págs. 143 y ss.
  • 8. 8 cause del río con lo cual se ha privado a las comunidades de actividades de subsistencia tradicionales como la agricultura y la pesca. Además, se han profanado los lugares de culto de esas comunidades y destruido el patrimonio arqueológico y cultural en la zona, paralelo a los efectos de dicho megaproyecto, estas comunidades también enfrentan la destrucción de la biodiversidad donde se están construyendo carreteras y proyectos turísticos, convirtiendo con ello una intensa disputa territorial entre grupos armados con presencia en la región, en especial el accionar del grupo paramilitar autodefensas unidas de Colombia (AUC). Frente al despojo llevado acabo por la construcción de la represa de Urrá, en noviembre de 1998, la Corte Constitucional ordenó a la empresa Urrá indemnizar, por dichos daños, al pueblo Embera durante un período de 20 años. Sin embargo, en junio de 2001, la Corte Suprema de Justicia desconoció el fallo, considerándolo contrario a la seguridad jurídica10 . De esta manera vemos como las altas cortes hacen una interpretación jurídicas y crean jurisprudencias contradictorias que nada benefician a las comunidades de los grupos étnicos. Legislación nacional e internacional • Colombia ratifica mediante la Ley 21 de 1991 el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, adoptado por la 76ª reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional de Trabajo, Ginebra 1989. Pese a que Colombia ha firmado y ratificado el Convenio, éste no se ha visto plenamente garantizado a los grupos étnicos, como se demuestra con el caso emblemático de la comunidad W´va, quien se vio obligado a presentar una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cual dictó medidas cautelares en defensa de la comunidad U´wa obligando al estado a suspender las exploraciones petrolíferas en el territorio de esta comunidad. Sin embargo en múltiples ocasiones se ha intentado conceder dichos territorios para la exploración de minerales fósiles 3) Comunidades Afro colombianas Las comunidades afro colombianas son el 26.8% de la población Colombiana y se encuentran distribuidas por todo el territorio nacional con una fuerte presencia en las ciudades, de igual forma hay que reconocer que las estadísticas oficiales distan mucho de lograr desagregar a este grupo étnico por estado atareo. Según cifras del Departamento Nacional de Planeación, los índices de calidad de vida de la población Afro colombiana siguen estando entre los más bajos del país. El 80% de las personas negras tienen necesidades básicas insatisfechas, su ingreso per cápita alcanza sólo un 30% en relación con el promedio nacional calculado en US $1500 anuales. El 74% de la población afro-descendiente recibe salarios inferiores 10 Comisión de Derechos Humanos. Exposición conjunta al tema 15: Cuestiones indígenas. Presentada por escrito por el Centro Europa-Tercer Mundo (CETIM), organización no gubernamental reconocida como entidad consultiva general, y la Asociación Americana de Juristas, organización no gubernamental reconocida como entidad consultiva especial. Organización de Naciones Unidas E/CN.4/2003/NGO/175, marzo de 2003.
  • 9. 9 al salario mínimo legal y los niveles de pobreza ponderados alcanzan un 76% en contraste con el 37% en promedio que padece la sociedad colombiana. Otra investigación nos muestra como en la Región Pacífica donde se asienta población esencialmente afro colombiana, sólo el 43% de las viviendas de las cabeceras municipales tienen cobertura de acueducto, el 20% poseen alcantarillado, reduciéndose la cobertura de estos servicios básicos en las viviendas rurales a un 5%. Mientras en la región del pacífico sólo el 19% de las viviendas están dotadas de agua, luz y alcantarillado, el promedio nacional es del 62%11 . La situación de la educación para las comunidades afro colombianas es también apremiante y escandalosa en relación con los estándares nacionales como lo manifiesta el Cuarto Informe Anual de la Defensoría del Pueblo, donde precisa que las comunidades afro colombianas presentaban unas tasas de analfabetismo rural del 43% y urbano del 20% de la población; la cobertura de la educación primaria es apenas del 60% en las áreas urbanas y del 41% en zonas rurales, siendo los promedios nacionales del 87% y 73%, respectivamente12 . Estos porcentajes demuestran el bajo índice de desarrollo humano en la zona del Pacífico, en donde la esperanza de vida se calcula en 50 años siendo de 65 años en relación a la región Andina; de la misma manera los problemas de morbilidad son considerables: "tiene el 79% de las muertes por cólera ocurridas en al país, un médico por cada 30.000 habitantes y una cama hospitalaria por cada 10.000, y de cada mil niños que nacen, 151 mueren antes de cumplir un año de vida, frente al promedio nacional de 39 niños por cada mil"13 . La discriminación también es evidente en el nivel de participación de las personas afro colombianas referente a la ocupación de cargos públicos, medios de comunicación, centros comerciales e iglesias. En el sector productivo se tienen serios indicios de la aplicación de una política discriminatoria en materia de empleo - muy difícil de probar pero que se puede constatar a simple vista- en algunos bancos, hipermercados, hoteles, compañías áreas, etc. que tienen como regla no contratar personal negro. No obstante, por las prioridades que se le han presentado a los movimientos afro colombianos, relacionadas básicamente con la defensa de la vida y del territorio, aún no alcanzan a plantear mayoritariamente su resistencia en el plano estratégico de la lucha contra la discriminación racial, a partir del apropiamiento de los instrumentos internacionales ratificados por el Estado colombiano como la Convención Internacional de Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial o el Convenio 169 de la OIT. 11 HERREÑO, Angel Libardo. Afrodescendientes en las América .Trayectorias sociales identitatarias.150 años de abolición de la esclavitud en Colombia. Bogotá 2002, pag .487 12 El mismo patrón de discriminación educativa fue constatado por la Relatora Especial de Naciones Unidas, Sra. KATARINA TOMASEVSKI, en su informe de la visita oficial a Colombia en octubre de 2003. Naciones Unidas. Consejo Económico y Social. E/CN.4/2004/45/Add.2. 13 Revista "Así van los DESC". Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo. Bogotá, mayo de 2000, pg. 14. Eliminado:
  • 10. 10 El gobierno nacional ha hecho caso omiso a las recomendación explicita hecha por el relator especial contra la discriminación quien sugirió en su visita a Colombia en su literal e manifiesta: “ El Gobierno de Colombia debería declarar que reconoce la competencia del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial para examinar comunicaciones de personas sobre la discriminación racial en virtud del artículo 14 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial”. Legislación nacional e internacional • Colombia aprobó la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial mediante la ley 22 de 1981 y fue ratificada el 2 de septiembre de 1981, entrando en vigor a partir del 02 de octubre de 1981; sin embargo no reconoció la competencia del Comité para recibir denuncias. • Además Este grupo étnico cuenta con la ley 70 como un resultado de la lucha por la reivindicación de sus derechos que fue firmada en 1993. • Las organizaciones Afro colombianas han hecho un buen uso del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, sobre todo en lo relacionado a los grupos tribales. • De igual forma en el plano nacional han incidido en la formulación de diferentes planes, programas y proyectos que ha llevado al estado a formular políticas para esta población a través de diversos CONPES. 4) LGTB Según el señor Manuel Antonio Velandia Mora, fundador del movimiento homosexual en Colombia; en Bogotá existen 2'195.000 hombres, de los cuales el 64 por ciento tienen una vida sexual activa, de ellos, entre el 7 y el 10 por ciento es decir 219.520 son homosexuales. El único estudio que en Colombia se ha aproximado a conocer cuántos hombres tienen sexo con otros hombres y que no se consideran a sí mismos homosexuales (HSH) fue desarrollado por Lucero Zamudio en la Universidad Externado de Colombia en 1992; según dicha investigación, el 28 por ciento de los hombres en este país ha tenido encuentros genitales tanto con hombres como con mujeres, por lo que se puede extrapolar que en Bogotá hay 615.000 HSH. Entre las mujeres con vida sexual activa, las lesbianas son del 2 al 4 por ciento, es decir, en Bogotá entre 48.000 y 96.000 mujeres tendrían dicha orientación, esto sin contar las bisexuales ni las que tienen sexo con otras mujeres14 . Los travestís y otras personas que transitan de masculino a femenino, más quienes lo hacen de lo femenino a lo masculino, son uno de los grupos 14 Articulo tomado de la Revista Semana, 18 de julio de 2004. www.semana.terra.com.co (título del artículo?) Eliminado: ¶
  • 11. 11 mayormente discriminados, vulnerados, estigmatizados, segregados y excluidos por los demás sectores en la sociedad. Dicha situación está directamente relacionada con los conflictos que se generan en relación con las manifestaciones de su identidad, en especial con su feminización en los comportamientos, vestido, accesorios, y más aún con la vivencia de su cuerpo y genitalidad. El desconocimiento sobre las sexualidades, los géneros y las orientaciones sexuales ha conducido a que se manifiesten actitudes fuertes de intolerancia, especialmente frente a sectores como los homosexuales, como lo afirma la investigación desarrollada sobre la cultura ciudadana en Bogotá adelantada por la Alcaldía en dos oportunidades, durante el gobierno de Antanas Mockus. En este estudio se demostró, al indagar el grado de aceptación frente a diversos tipos de vecinos, que el 64 por ciento de las personas encuestadas admitieron tener dificultades para aceptar convivir en su vecindario con esta población. Por su parte, El Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2004 - 2008, del alcalde Lucho Garzón, en lo pertinente al tema de mujer y géneros evidencia la no exclusión por razón de género u orientación sexual como parte esencial de la política pública denominada "Bogotá sin indiferencia". Desde la anterior premisa, la comunidad LGBTT ha solicitado a la Alcaldía, y esta lo ha aceptado, trabajar conjuntamente a favor de la no exclusión social como parte del interés de la ciudad en que los ciudadanos participen activamente en la planeación de la ciudad que quieren; para ello se construyó un escenario de concertación en temas como derechos humanos, transformación de imaginarios (sistema educativo, formación de funcionarios, educación de docentes, trabajo cultural), sensibilización de las autoridades de policía (código de policía, problemas de cierre de establecimientos que ofertan servicios a esta población, maltrato a los ciudadanos LGBTT por algunos miembros de esta entidad), salud con énfasis en sida y enfermedades de transmisión sexual, cultura, investigación de aspectos culturales y sociales que movilizan la indiferencia y la homofonía. En este sentido encontramos una de las principales manifestaciones de orgullo Gay en Colombia llevado a cabo el domingo 27 de junio de 2004 desde la Plaza de Bolívar hasta el Parque Nacional, un recorrido que duró aproximadamente 2 horas y en la cual hicieron presencia diferentes personalidades de la administración pública de Bogotá, junto con los homosexuales, lesbianas, bisexuales y transgeneristas. La ciudad igualmente ha permitido una vez más la utilización de la Cinemateca Distrital para la realización en Bogotá entre el 25 de junio a 8 de julio de 2004, la cuarta edición del Ciclo Rosa, (festival de pueblo Gay) organizado conjuntamente por los institutos Goethe y Pensar (Universidad Javeriana). Este ciclo se llevó a cabo también en Medellín del 2 al 12 de julio de 2004. Las diferentes organizaciones Gays y Lesbianas “Amigos Comunes”, “El Otro”, “El Solar”, “LGBT de Convivamos” y “Ciudadano Gay Proyecto Social y Político”, Proyecto Agenda, Triangulo Negro, Colectivo Lésbico, Red de Apoyo a
  • 12. 12 Transgeneristas, Proyecto Lambda, Mujeres al Borde, Rostros y Huellas, y Rostros de Fortaleza han convocado a la constitución de una mesa de trabajo de las homosexualidades que busca establecer criterios de participación y mantener la coherencia en los lineamientos con que las diferentes colectividades y representaciones del sector hacen presencia en escenarios públicos y de trabajo solidario, a esta iniciativa se han sumado organizaciones como la Asamblea Constituyente de Antioquia (ACA), la Asamblea de la Sociedad Civil por la Paz (ASAPAZ) y Planeta Paz. Para terminar, se debe destacar la acción emprendida a partir de la "Primera Convención Nacional de Gays y Lesbianas" realizada en el año 2000 y en la que se estructuró el Proyecto Agenda, en el cual participaron organizaciones de siete ciudades del país. Este proyecto tiene entre sus objetivos la "visibilización" de la población gay a través de lo social, y entre sus acciones inmediatas está la vinculación a diferentes proyectos, entre los que se cuentan el de Planeta Paz y la conformación de equipos de trabajo con personas homosexuales anónimas expertas en determinados temas como economía, política, cultura, etc. y buscar incidir en la formulación de propuestas al país con respecto al proceso de paz. Uno de los casos que se puede mencionar no solo de discriminación a la población gay, sino como avance de reivindicación de derechos es el ocurrido en la ciudad de Santa Marta, donde desde hace varios años los homosexuales que tienen como sitio de encuentro el “Camellón” de esa ciudad turística del Caribe colombiano, venían siendo perseguidos por la Policía Nacional so pretexto de que el Código de Policía de la Ciudad dice que está prohibida la prostitución en la zona de la Bahía de Santa Marta, asociando la prostitución con la homosexualidad. Muchas fueron las luchas, alegatos, reuniones pero esto solo aliviaba por momentos la persecución. Gracias al ejercicio de la acción de tutela presentada por Juan Pablo Noguera, Trabajador Social y miembro de la comunidad LGBT se ha logrado superar esta circunstancia. Los líderes del sector LGBT del Caribe resaltaron este sentencia de la Corte Constitucional, durante la realización de la Marcha del Orgullo Gay y el Tercer Plenario de la Asamblea Permanente por la Paz. 5) Migración Interna o Desplazamiento Forzado Una de las más grandes problemáticas que vive desde hace varios años la población Colombiana, es el desplazamiento reconocido como: el desalojo obligatorio del lugar de vivienda o de trabajo por parte de algunas personas o grupo de personas. Es decir este desplazamiento es de carácter forzoso y por lo tanto causa una violación al derecho a la vida en condiciones de dignidad, al derecho a la integridad personal, al derecho a la libre circulación dentro del territorio Nacional, al derecho a la residencia, al derecho al domicilio, al derecho a la salud, al derecho a la educación, al derecho a una vivienda, al derecho al trabajo, al derecho a la alimentación, la prohibición del destierro. Es decir el proceso de desplazamiento viola múltiples derechos económicos sociales y culturales (desc) y pone a las víctimas en expresa vulnerabilidad de sus derechos fundamentales. El desplazamiento forzado en Colombia se produce en medio de una profunda y persistente crisis de Derechos Humanos y de Derecho Humanitario, que se ve
  • 13. 13 intensificada como consecuencia de la degradación del conflicto armado. Es necesario recalcar que resulta incorrecto caracterizar el desplazamiento sólo como una consecuencia del conflicto armado y, en particular, de la confrontación entre los grupos armados de los paramilitares y la guerrilla. Tampoco es adecuado desligar la gravedad de la situación humanitaria generada por el desplazamiento de las grandes fallas en la protección de la vida e integridad de los ciudadanos en Colombia, así como de la realización de sus desc 14 . El conflicto armado está hecho para desplazar a la gente de sus territorios ancestrales, por tanto, el desplazamiento es el instrumento utilizado por los grupos armados para imponer su estrategia política de control sobre la población, el territorio y los recursos naturales. Los megaproyectos impulsados por el Estado y las multinacionales solo benefician a los invasores y explotadores de las tierras sin producir beneficio alguno para las comunidades a las cuales se les viola el derecho legítimo a la consulta previa, informada y libremente consentida. Es importante señalar que los actores armados y todos aquellos sectores generadores del desplazamiento producen una ruptura del tejido social, con lo que logran un mayor control territorial y poblacional. Esta desarticulación del tejido social se traduce directamente en una descomposición comunitaria y familiar. En cuanto a lo familiar se produce una desestabilización interna, en sus miembros, al versen obligados a asumir roles que no les correspondían. Ya que el padre generador de ingresos económicos fallece, como causa de la violencia o se queda en la población donde se ha producido el desplazamiento.15 , entonces la madre se convierte en cabeza de familia, delegando en sus hijos mayores la crianza de los mas pequeños. Con esto podemos ver como las consecuencias del desplazamiento no solo son a nivel individual sino también y sobre todo social y comunitaria ya que en este proceso se tiene que renunciar a una serie de condiciones a partir de las cuales se había construido un proyecto de vida muchas veces colectivo, llevándolos a vivir en condiciones nuevas, generalmente difíciles y llenas de carencias que los someten a un nivel elevado de estrés. Y a la imposibilidad de construir un proyecto de vida donde se consideren todos los aspectos de su nueva vida. El impacto del desplazamiento es mucho mayor cuando se da de una zona rural a un área urbana; ya que en la ciudad difícilmente se cuenta con las posibilidades de vivenciar su cultura, pues la tendencia es a la adopción de una nueva cultura; con todo lo que esto significa, costumbres, valores y creencias (se da un proceso de aculturación) además de presentarse la imposibilidad del auto sostenimiento al que están acostumbrados los pobladores rurales. Otra de las consecuencias se relaciona con la desestabilización demográfica, es decir, las zonas receptoras se convierten en lugares caóticos, pues no han sido planeados para un crecimiento demográfico acelerado, esto produce directamente el empobrecimiento de estos lugares. Evitando el desarrollo social y económico de 14 GAD, Grupo de apoyo a la Población Desplazada. “Informe sobre el desplazamiento forzado en Colombia”, enero de 2000 – mayo de 2001, p 5. 15 Consecuencias psicológicas del desplazamiento, Universidad Santo Tomas de Aquino, 1997, p 67. Eliminado: Eliminado:
  • 14. 14 sus habitantes y relacionado estrechamente con sentimientos y actitudes discriminatorias por parte de los pobladores originarios del lugar receptor. Cifras Sobre Desplazamiento Desplazados en Colombia 1985-2004 Fuente: Consultoría para los Derechos Humanos y desplazados, CEDHES, año? Ver 2004 Tomado de: www.codhes.org.co/cifras/grafico tendencias 1985_2004 El desplazamiento forzado en Colombia continúa perfilándose como una catástrofe humanitaria, que se expande e incluye cada vez a más sectores sociales y áreas geográficas. Entre el 1° de enero y el 31 de marzo de 2002, al menos 90.179 personas fueron desplazadas en Colombia. Masacres, asesinatos selectivos, desplazamientos masivos y comunidades sitiadas configuran el trasfondo de la migración forzada en el primer trimestre del año. El incremento y degradación de la confrontación armada caracterizan el primer trimestre del año 2002 y constituyen un pésimo augurio para la crisis humanitaria que representa el desplazamiento forzado en Colombia. En este periodo se mantiene el dramático promedio de mil desplazados cada día, 42 personas cada hora, un hogar cada diez minutos. El 29.47%, 321, del total de municipios del país recibieron población desplazada entre enero y marzo de 2002. Entre tanto se pasó de 26 departamentos de llegada de población en situación de desplazamiento en el 2001 a 31 en 2002, lo que muestra la expansión geográfica
  • 15. 15 y poblacional del conflicto. Por primera vez en los registros históricos de Sistema de Información sobre Derechos Humanos y Desplazamiento "SISDES" del Observatorio de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento, aparece información sobre la llegada de población en situación de desplazamiento en el departamento de San Andrés y Providencia (13 personas). El 35% de las personas desplazadas en los primeros tres meses de 2002 salieron en forma masiva, en promedio cada éxodo expulsó 1392 personas, se presentaron menos éxodos que en el mismo período de 2001, pero fueron expulsadas más personas: 17 y 38 desplazamientos masivos; y 32.023 y 32.518 personas desplazadas, respectivamente. Así mismo, se expulsó población masivamente de menos municipios (23 en 2001 y 8 en 2002) y en menos departamentos (19 en 2001 y 5 en 2002). Esto significa que el promedio de personas expulsadas en la modalidad de desplazamientos masivos se incremento 2.27 veces (842 en el primer trimestre de 2001 y 1912 en el mismo período de 2002) mientras tanto se redujo la cantidad de municipios expulsores en una proporción similar: 2.8 veces. Es posible concluir entonces que, en el período analizado y en esta fase del conflicto, más personas son expulsadas de menos municipios, lo que nos mostraría que las acciones de los actores armados si bien son menores son más contundentes en términos de la violación de los derechos humanos, e infracciones al derecho internacional humanitario.16 . IV. A MODO DE CONCLUSIÓN: Como se puede observar, los grupos marginados, discriminados y de minorías étnicas tienen un largo camino por recorrer y en el que necesitarán el auspicio de muchos hombres y mujeres solidarios con sus justas reivindicatorias. Requieren al mismo tiempo romper su invisibilidad, promoviendo sus logros y proponiendo nuevas luchas, ideas que transciendan lo nacional y ya lo han hecho, pero aun falta mucho es decir no basta con el reconocimiento jurídico, sino que se requiere de un reconocimiento político donde muchos y muchas sean escuchados. Los grupos poblacionales de los que se ha venido tratando en el presente ensayo se les presenta un reto muy importante y esta relacionado en ver como participan activamente en la aplicación de la Encuesta Nacional de Población (censo 2005), pues, como se ha dicho, a diferencia de las mujeres, es muy inexacto el número de población afro, indígena, raizal, rom y GLBTT; siendo este evento una oportunidad para incidir posteriormente en la formulación de política pública. Es importante que las personas y organizaciones nacionales e internacionales de Derechos Humanos colaboren en la difusión de la situación de discriminación 16 Las cifras en torno al desplazamiento en Colombia son contradictorias. Frente a las estadísticas de CODHES se ha sostenido el Gobierno que son imprecisas dado que se cuentan como desplazados personas fueron obligadas al éxodo desde 1995, cuando muchas de estas o han retornado o ya se han estabilizado en otros sitios y por lo mismo su condición de desplazamiento ha cesado. Según los datos consolidados del la RSS para el año 2000 se estima que se desplazaron unas 125.000 personas. El CICR asistió entre enero y noviembre de 2000 a 112.412 personas. En 1999, el Gobierno reconoció que existían 400.000 personas desplazadas y que desde 1996 anualmente se desplaza un número cercano a 25.000 familias (125.000 personas). Si a esta cifra se suma la cifra manejada por de la RSS sobre el desplazamiento para el año 2000, estaríamos frente a una cifra oficial acumulada hoy de unos 525.000 desplazados.
  • 16. 16 económica en que se encuentran más del 50% de la población en Colombia; buscando que en diferentes espacios se hable de la problemática de las personas menos favorecidas, pero al mismo tiempo de las herramientas jurídicas, políticas y sociales con las cuales se puede apoyar sus anhelos de inclusión. BIBLIOGRAFÍA. Arenas, Luis Carlos. “Poscriptum. Sobre el caso U´wa”. Artículo publicado en: Boaventura de Souza Santos; Mauricio García Villegas. El calidoscopio de las justicias en Colombia. Tomo II. Conciencias, Instituto Colombiano de Antropología e Historia, Universidad de Coimbra, Universidad de los Andes, Universidad Nacional de Colombia, Siglo del Hombre Editores. Bogotá. 2001, Págs. 143 y SS. Constitución política de Colombia de 1991 Comisión de Derechos Humanos. Exposición conjunta al tema 15: Cuestiones indígenas. Presentada por escrito por el Centro Europa-Tercer Mundo (CETIM), organización no gubernamental reconocida como entidad consultiva general, y la Asociación Americana de Juristas, organización no gubernamental reconocida como entidad consultiva especial. Organización de Naciones Unidas E/CN.4/2003/NGO/175, marzo de 2003. El Embrujo Autoritario, primer año de gobierno de Álvaro Uribe Vélez. Ed. Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo, septiembre de 2003. Herreño, Ángel Libardo. Afrodescendientes en las América .Trayectorias sociales identitatarias.150 años de abolición de la esclavitud en Colombia. Bogotá 2002 Sra. Katarina Tomasevski, informe de la visita oficial a Colombia en octubre de 2003. Naciones Unidas. Consejo Económico y Social. E/CN.4/2004/45/Add.2 DANE. Encuesta Nacional de Hogares 1999 Ponencia presentada en el primer encuentro nacional de Grupos étnicos Funza Cundinamarca 15 y 16 de septiembre de 2001. Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo. Informe Alterno al cuarto informe del Estado colombiano ante el Comité del pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Período: 1995- 2000. Bogotá, 2001 Revista "Así van los DESC". Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo. Bogotá, mayo de 2000. Ley /70 de 1993 o ley de Comunidades Negras Ley 21 de 1991 con la cual se ratifica el convenio 169 de la OIT
  • 17. 17 ONU. Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. Vicepresidencia de la República de Colombia. Programa presidencial para los DH. Boletín 17 sept.2001 Revista Semana, 18 de julio de 2004. www.semana.terra.com.