Herramienta que permite al estudiante identificar claramente el concepto de derecho de autor y plagio, para que al construir documentos escritos contemple este importante referente legal
1. DERECHOS DE AUTOR EN LA UNAD
Es el conjunto de derechos personales (morales) y patrimoniales
(económicos) que corresponden a los autores sobre las obras de su
creación los derechos de autor son de dos clases:
derechos morales, irrenunciables e inalienables, como el
derecho de reconocimiento de autoría y el derecho de integridad
de la obra, entre otros
derechos económicos, transferibles y de duración limitada en el
tiempo, básicamente los derechos de explotación, aunque hay
otros.
2. ¿Quién es el autor de la obra?
Son autor(es) aquel(los) que actuando en
nombre propio y en calidad de SERVIDOR
PÚBLICO, INVESTIGADOR, DOCENTE, TUTOR,
CONSEJERO O ESTUDIANTE- autor(es) de la
obra individual, colectiva o en colaboración y
finalizada, producto del cumplimiento del
objeto y funciones propias de la relación
laboral o contractual y/o por iniciativa y
orientación con la UNAD.
3. ¿Que obras son objeto de
derechos de autor?
Los derechos de autor de conformidad con el artículo 2 de la Ley 23 de
1982, recaen sobre las obras científicas, literarias y artísticas en las
cuales se comprenden todas las creaciones del espíritu en el campo
científico, literario y artístico, cualquiera que sea el modo o forma de
expresión y cualquiera que sea su destinación, tales como: los libros,
folletos y otros escritos; las conferencias, alocuciones, sermones; las
obras dramáticas o dramático-musicales; las obras coreográficas y las
pantomimas; las composiciones musicales con letra o sin ella; las obras
cinematográficas, inclusive los videogramas; las obras de dibujo,
pintura, arquitectura, escultura, grabado, litografía; las obras fotográficas
las obras de arte aplicadas; las ilustraciones, mapas, planos, croquis y
obras plásticas relativas a la geografía, a la topografía, a la arquitectura
o a las ciencias, y, en fin, toda producción del dominio científico, literario
y artístico que pueda reproducirse, o definirse por cualquier forma de
impresión o de reproducción, por fonografía, radiotelefonía o cualquier
otro medio conocido o por conocer.
4. ¿Qué es el “copyright”?
derechos de explotación de una obra, Normalmente, aunque no
necesariamente, va seguido de la expresión “todos los derechos
reservados”.
5. Tipos de licencia
creativecommons
Son licencias en las que el autor otorga a la comunidad una mayor libertad
de uso sobre su obra aunque bajo determinadas condiciones. Tras un
proceso de adaptación tenemos en Colombia desde el año 2004 las
licencias Creative Commons Colombia a elegir.
Sherpa Romeo
sherpalogo-de-g-small
La línea verde facilita la eficiente y rápida difusión de los productos de
investigación, ya sean estos pre-publicados y post-publicados por
autoarchivo (depositados por el autor), son principalmente usadas por
comunidades académicas y de investigación.
6. QUE ES PLAGIO?
El plagio es usar el trabajo, las ideas, o las palabras de otra persona
como si fueran propias, sin acreditar de manera explícita de donde
proviene la información.
La información ajena es propiedad de otra persona (como lo es un
coche o cualquier otra cosa que poseemos), independientemente de
que sea gratis o no, o de la forma en que hayamos accedido a ella
(en Internet, una revista, un libro). Nuestras palabras nos pertenecen
y no pueden utilizarse sin nuestro permiso.
Por eso, el plagio es una infracción del derecho de autor sobre una obra
de cualquier tipo, que se produce mediante la copia de la misma, sin
autorización de la persona que la creó o que es dueña o que posee
los derechos de dicha obra, y su presentación como obra original.
7. RECOMENDACIÓN
APRECIADOS ESTUDIANTES UNADISTAS
ES IMPORTANTE RECONOCER LA AUTORÍA DE LOS ESCRITOS
QUE OTRAS PERSONAS CON MUCHO ESFUERZO Y CALIDAD
HAN REALIZADO, POR TANTO, CUANDO UTILICEMOS
INFORMACIÓN DE OTROS AUTORES ES DEBER SUYO
REALIZAR LA cita BIBLIOGRÁFICA, DE LO CONTRARIO
ESTARÍAMOS INCURRIENDO EN PLAGIO, Y ESTO ES UNA
CAUSAL PARA QUE LOS DOCENTES ANULEN EL TRABAJO Y
PUEDAN INICIAR ACCIONES DISCIPLINARIAS EN CONTRA DEL
ESTUDIANTE INFRACTOR