2. PLAZO PRESCRIPTORIO DE LA ACCION DE INEFICACIA DE LOS
ACTOS JURIDICOS CELEBRADOS POR EL REPRESENTANTE
EFICACIA: Un acto jurídico es eficaz cuando
tiene la capacidad actual de surtir efectos, ya
sea entre partes o terceros.
EJEMPLO: Un contrato de arrendamiento
INEFICACIA: No permite que los contratos
surtan efectos por causas licitas o ilícitas.
3. NULIDAD:
Art. 219 c.c.
Se da cuando se vulnera
algunos de esos requisitos.
ANULABILIDAD:
ART 222 CC.
Es nulo desde su
celebración se produce a
petición de parte.
RSOLUCIÒN:
Es dejar sin efecto un
contrato por causal.
RESCISIÒN:
ART. 1370 C.C.
Se deja sin efecto un
contrato por causal existente
al momento de celebarlo.
SITUACIONES QUE GENERAN LA
DESTRUCCIÓN DEL ACTO JURIDICO
4. PLAZOSPRESCRIPTORIOS
ART. 2001 C.C. : Ins. 1 la acción personal, real, la que nace de una
ejecutoria y la nulidad de acto jurídico para poder reclamar tus derechos
tiene un plazo de 10 años.
Ins. 2: Para reclamar daños y perjuicios derivados para la partes de la
violación de un acto simulado tienes un plazo de 7 años.
Inc. 3: Para el reclamo remuneraciones por servicios prestados como
consecuencia de vinculo laboral el plazo es de 3 años.
Inc. 4: El plazo para solicitar anulabilidad del acto jurídico, acción
revocatoria, acción indemnizatoria.
5. LA EXISTENCIA DE PERSONA JURÍDICA DE
DERECHO PRIVADO:
Cuando se constituye una empresa esta entra
en vigencia en su inscripción en RRPP. Si se
realizaron actos a nombre de la empresa esta
puede ratificarse o de lo contrario son
responsables solidarios los que participaron en
el acto.
EFECTOS DEL EXCESO DE LOS LIMITES DEL
PODER:
Si el representante excede los limites de las
facultades que se confirió este seria ineficaz
frente al representado y terceros.
6. EL FRAUDE DEL ACTO JURIDICO:
ACCION PAULIANA: El deudor puede actuar frente a los
actos fraudulentos que estén destinados a disminuir de
una forma u otra el patrimonio actual o futuro del
deudor, perjudicando de esta manera la posibilidad del
cobro del crédito. El plazo establecido es de dos años.
IMPROCEDENCIA DE LA ACCION REVOCATORIA: es
improcedente cuando la deuda esta vencida y esta
consta de documento con fecha cierta.
7. ACCIÒN OBLICUA: El acreedor puede ejercitar frente a los
terceros adquirientes las acciones que correspondan
sobre los bienes objeto de acto ineficaz.
AUTONOMIA DE LA OFERTA: A la muerte o incapacidad
del acreedor son los herederos o representantes quienes
asumen la deuda.
8. INEFICACIA DE CONTRATOS CON
CLAUSULAS PRE DISPUESTAS
Los contratos nominados celebrados por arreglo
de cláusulas generales no aprobadas
administrativamente carecen de eficacia.
EXTENSION DE LA OBLIGACION DEL FIADOR: El
fiador queda obligado a lo que expresamente se
ha comprometido, no pudiendo exceder de lo que
debe el deudor.
9. DERECHOS ADQUIRIDOS AL AMPARO DE UNA
NORMA EXTRANJERA:
Los derechos adquiridos al amparo de un
ordenamiento extranjero competente tienen
eficacia en el Perú si es compatible con el orden
publico y las buenas costumbres.
10. PLAZO DE PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES DE INEFICACIA DE
ACTOS JURIDICOS.
El plazo para poder reclamar un derecho es de dos años. Una
vez transcurrido ese tiempo se habrá extinguido ese derecho