SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 17
Descargar para leer sin conexión
LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES
Unidep
 Materia: Derecho Mercantil
 Julio Martínez
 Eduardo Salazar
La sociedad mercantil o sociedad comercial
es aquella sociedad que tiene por objetivo la
realización de uno o más actos de comercio
o, en general, una actividad sujeta al derecho
mercantil, son entes a los que la ley reconoce
personalidad jurídica propia y distinta de sus
miembros, y que contando también con
patrimonio propio, canalizan sus esfuerzos a
la realización de una finalidad lucrativa que
es común.
SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO
DEFINICION LEGAL:
•Sociedad en nombre colectivo es aquella que existe bajo una
razón social y en que la que todos los socios responden, de
modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones
sociales.
TIPO DE SOCIEDAD
-Es una sociedad de personas, todas vez que por una parte
existen bajo una razón social y por otra la responsabilidad de los
socios es solidaria, ilimitada y subsidiaria.
-Tan es así que la L.C.S.M establece que si existiera clausulas en
el contrato social que supriman esta responsabilidad, estas no
podrán tener efectos respecto de terceros.
- La L.G.S.M . Permite la existencia de un acuerdo interno entre
los socios que limiten dicha responsabilidad a un monto
determinado.
De la sociedad en comandita simple
SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO
Características que evidencian el carácter personalista de la s. en N.C
En cuanto a la admisión de nuevos socios
- Los socios no pueden ceder sus derechos en la compañía sin el
consentimiento de todos los demás, y sin el, tampoco pueden admitirse a
otros nuevos, salvo que en uno u otro caso el contrato social disponga
que será bastante el consentimiento de la mayoría.
- En caso de que se autorice la cesión de derechos de un socio de la
compañía en favor de persona extraña a la sociedad, los socios tendrán
derecho del tanto, y gozaran de un plazo de quince días para ejercítalo,
contando desde la fecha de la junta en que se hubiera otorgado la
autorización. Si fuesen varios los socios que quieran usar de este
derecho, les competerá a todos ellos en proporción a sus aportaciones.
- En el contrato social podrá pactarse que a la muerte de cualquiera de los
socios continúe la sociedad con sus herederos.
SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO
REGLAS PARA MODIFICAR LOS ESTATUOS SOCIALES.
-El contrato social no podrá modificarse sino por el consentimiento
unánime de los socios, a menos que en el mismo se pacte que
pueda acordarse la modificación por la mayoría de ellos. En este
caso la minoría tendrá el derecho de separarse de la sociedad.
PROHIBICION A LOS SOCIOS DE DEDICARSE A ACTIVIDADES
SIMILARES A LAS DE LA SOCIEDAD.
-Los socios, ni por cuenta propia, ni por ajena podrán dedicarse a
negociar del mismo genero de los que constituyen el objetivo de la
sociedad, ni formar parte de sociedades que los realice, salvo con
el consentimiento de los demás socios.
-En caso de contravención, la sociedad podrá excluir al infractor,
privándolo de los beneficiarios que le correspondan en ella y
exigirle e importe de los daños y perjuicios.
SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO
REGLAS DE LA ADMINISTRACION.
-La administración de la sociedad estará a cargo de uno o varios
administradores, quienes podrán ser socios o personas
extrañas a ella. No obstante lo anterior un socio tendrá derecho a
separarse, cuando en contra de su voto, el nombramiento de
algún administrador recayere en una persona extraña a la
sociedad. Lo mismo ocurre cuando el administrador pretenda
delegar su encargo, en cuyo caso necesitara el acuerdo de la
mayoría de los socios, teniendo los de la minoría el derecho
de retirarse cuando la delegación recayere en persona
extraña a la sociedad.
-Siempre que no se haga designación de administradores todos los
socios concurrirán en la administración.
-Cuando el administrador sea socio y en el contrato social se
pactare su inmovilidad, solo podrá ser removido jurídicamente por
dolo, culpa o inhabilidad, aun momentánea, de resolver sobre los
actos de la administración.
REGLAS DE LA ADMINISTRACION.
-El administrador podrá, bajo su responsabilidad, dar poderes
para la gestión de ciertos y determinados negocios sociales.
-La cuenta de administración se rendirá semestralmente, si
no hubiere pacto sobre el particular y en cualquier tiempo
en que lo acuerden los socios.
El uso de la razon social corresponde a todos los
administradores, Salvo que en la escritura constitutiva se
limite a uno o varios de ellos.
Las decisiones de los administradores se tomaran por voto de la
mayoría de ellos , y en caso de empate, decidirán los socios .
Cuando se trate de actos urgentes cuya omisión traiga como
consecuencia un daño grave para la sociedad, podrá decidir
un solo administrador en ausencia de los otros, que estén en
la imposibilidad, aun momentánea, de resolver aun sobre los
actos de la administración.
SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO
CARACTERISTICAS QUE EVIDENCIAN EL CARÁCTER PERSONALISTA
DE LA S. en N.C
RESOLUCIONES DE LOS SOCIOS.
La L.G.S.M. Establece tres posibilidades:
- Por numero de socios:
- Por cantidades o importe de sus aportaciones: en este ultimo caso si
un solo socio tiene la mayoría de capital, requiere el voto de otro socio
para que el acuerdo de asamblea o junta de socios sea valido;
- El caso de los socios industriales, que tienen una sola representación,
igual a la del mayor interés de los socios capitalistas y si son varios, se
dividen entre todos ellos a esa representación y se toma como una sola
decidiendo entre ellos el sentido del voto.
- ORGANO DE VIGILANCIA
Toda vez que la sociedad puede estar administrada por socios, la
L.G.S.M. establece que los socios no administradores podrán nombrar
un interventor que vigile los actos de los administradores.
SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO
REGLAS PARA RESCINDIR EL CONTRATO SOCIAL
RESPECTO DE UN SOCIO.
El contrato de sociedad podrá rescindirse de un socio:
- Por uso de la firma o del capital social para negocios
propios.
- Por infracción al pacto social.
- Por infracción a las disposiciones legales que rijan el
contrato social.
- Por comisión de actos fraudulentos o dolosos contra la
compañía.
- Por quiebra, interdicción o inhabilitación para ejercer el
comercio.
DE LA SOCIEDAD EN COMANDITA
SIMPLE
Capitulo III
Ley de Sociedades Mercantiles
SOCIEDAD COMANDITA SIMPLE
 La sociedad en comandita es una sociedad
de tipo personalista que se caracteriza por la
coexistencia de socios colectivos, que
responden ilimitadamente de las deudas
sociales.
 Los socios comanditarios que no participan
en la gestión y cuya responsabilidad se limita
al capital o comprometido con la comandita.
ARTICULO 51
 Sociedad en comandita simple es la que existe bajo una
razón social y se compone de uno o varios socios
comanditados que responden, de manera subsidiaria,
ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales, y de
uno o varios comanditarios que únicamente están obligados
al pago de sus aportaciones.
 Comantides : Suministrador de capital en una sociedad en
comandita. Sin contraer ninguna obligación mercantil con
ella.
ARTICULO 52
 “y compañía”
 su abreviatura es “S. en C”.
ARTICULO 54
 El socio o socios comanditarios no pueden
ejercer acto alguno de administración, ni aun
con el carácter de apoderados de los
administradores; pero las autorizaciones y la
vigilancia dadas o ejercidas por los
comanditarios, en los términos del contrato
social, no se reputarán actos de
administración.
ARTICULO 55
 El socio comanditario quedará obligado
solidariamente para con los terceros por
todas las obligaciones de la sociedad en que
haya tomado.
 Será responsable solidariamente para con
los terceros, aun en las operaciones en que
no haya tomado parte, si habitualmente ha
administrado los negocios de la sociedad.
ARTICULO 56
 Si para los casos de muerte o incapacidad
del socio administrador, no se hubiere
determinado en la escritura social, la manera
de substituirlo y la sociedad hubiere de
continuar, podrá interinamente un socio
comanditario, a falta de comanditados,
desempeñar los actos urgentes o de mera
administración durante el término de un mes,
contado desde el día en que la muerte o
incapacidad se hubiere efectuado.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Liquidacion De Sociedades
Liquidacion De SociedadesLiquidacion De Sociedades
Liquidacion De Sociedadeseric
 
Economia popular y solidaria
Economia popular y solidariaEconomia popular y solidaria
Economia popular y solidariaSheila Macias
 
sociedad en comandita Peru
sociedad en comandita Perusociedad en comandita Peru
sociedad en comandita PeruRozhita Narro
 
Cuadro resumen diferencias entre Sociedades Mercantiles
Cuadro resumen diferencias entre Sociedades MercantilesCuadro resumen diferencias entre Sociedades Mercantiles
Cuadro resumen diferencias entre Sociedades MercantilesKHEYLA RONDON
 
otras formas societarias
otras formas societariasotras formas societarias
otras formas societariasYeison Cotos
 
Comandita simple
Comandita simpleComandita simple
Comandita simpleGatico Ruiz
 
Ley General De Sociedades
Ley General De SociedadesLey General De Sociedades
Ley General De SociedadesLUIS MARTIN
 
Sociedad irregular
Sociedad irregularSociedad irregular
Sociedad irregularRonald Sulca
 
Escision fusion y transformacion
Escision fusion y transformacionEscision fusion y transformacion
Escision fusion y transformacionjrvv
 
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILESFUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILESGorsd07
 
Asociación civil
Asociación civilAsociación civil
Asociación civilAlex RG
 
Diapositivas sociedad colectiva
Diapositivas sociedad colectivaDiapositivas sociedad colectiva
Diapositivas sociedad colectivapilar manrique
 
Ley general de sociedades 26887LEY GENERAL DE SOCIEDADES 26887: “SOCIEDAD AN...
Ley general de sociedades 26887LEY GENERAL DE SOCIEDADES 26887:  “SOCIEDAD AN...Ley general de sociedades 26887LEY GENERAL DE SOCIEDADES 26887:  “SOCIEDAD AN...
Ley general de sociedades 26887LEY GENERAL DE SOCIEDADES 26887: “SOCIEDAD AN...Miangelhv
 
De la inactividad, disolucion, reactivacion, liquidacion y cancelacion 359 410
De la inactividad, disolucion, reactivacion, liquidacion y cancelacion 359 410De la inactividad, disolucion, reactivacion, liquidacion y cancelacion 359 410
De la inactividad, disolucion, reactivacion, liquidacion y cancelacion 359 410Favio Meneses
 
Sociedades mercantiles diferencias
Sociedades mercantiles diferenciasSociedades mercantiles diferencias
Sociedades mercantiles diferenciasAnise Aldana
 

La actualidad más candente (20)

Liquidacion De Sociedades
Liquidacion De SociedadesLiquidacion De Sociedades
Liquidacion De Sociedades
 
Economia popular y solidaria
Economia popular y solidariaEconomia popular y solidaria
Economia popular y solidaria
 
Contrato de consorcio
Contrato de consorcioContrato de consorcio
Contrato de consorcio
 
sociedad en comandita Peru
sociedad en comandita Perusociedad en comandita Peru
sociedad en comandita Peru
 
Cuadro resumen diferencias entre Sociedades Mercantiles
Cuadro resumen diferencias entre Sociedades MercantilesCuadro resumen diferencias entre Sociedades Mercantiles
Cuadro resumen diferencias entre Sociedades Mercantiles
 
otras formas societarias
otras formas societariasotras formas societarias
otras formas societarias
 
Comandita simple
Comandita simpleComandita simple
Comandita simple
 
Ley General De Sociedades
Ley General De SociedadesLey General De Sociedades
Ley General De Sociedades
 
Titulo valores
Titulo valores Titulo valores
Titulo valores
 
Sociedad irregular
Sociedad irregularSociedad irregular
Sociedad irregular
 
Escision fusion y transformacion
Escision fusion y transformacionEscision fusion y transformacion
Escision fusion y transformacion
 
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILESFUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
 
Asociación civil
Asociación civilAsociación civil
Asociación civil
 
Sociedad anónima
Sociedad anónimaSociedad anónima
Sociedad anónima
 
La ley general de sociedades
La ley general de sociedadesLa ley general de sociedades
La ley general de sociedades
 
Diapositivas sociedad colectiva
Diapositivas sociedad colectivaDiapositivas sociedad colectiva
Diapositivas sociedad colectiva
 
Ley general de sociedades 26887LEY GENERAL DE SOCIEDADES 26887: “SOCIEDAD AN...
Ley general de sociedades 26887LEY GENERAL DE SOCIEDADES 26887:  “SOCIEDAD AN...Ley general de sociedades 26887LEY GENERAL DE SOCIEDADES 26887:  “SOCIEDAD AN...
Ley general de sociedades 26887LEY GENERAL DE SOCIEDADES 26887: “SOCIEDAD AN...
 
5 asamblea general_de_la_s.a
5 asamblea general_de_la_s.a5 asamblea general_de_la_s.a
5 asamblea general_de_la_s.a
 
De la inactividad, disolucion, reactivacion, liquidacion y cancelacion 359 410
De la inactividad, disolucion, reactivacion, liquidacion y cancelacion 359 410De la inactividad, disolucion, reactivacion, liquidacion y cancelacion 359 410
De la inactividad, disolucion, reactivacion, liquidacion y cancelacion 359 410
 
Sociedades mercantiles diferencias
Sociedades mercantiles diferenciasSociedades mercantiles diferencias
Sociedades mercantiles diferencias
 

Destacado

Sociedad en comandita simple
Sociedad en comandita simpleSociedad en comandita simple
Sociedad en comandita simplealexander_hv
 
Sociedad en comandita simple
Sociedad en comandita simpleSociedad en comandita simple
Sociedad en comandita simpleAndrea Ortega
 
Sociedade em comandita simples
Sociedade em comandita simplesSociedade em comandita simples
Sociedade em comandita simplesdalvansimon
 
Soc. merc. mapa 1er parcial(eq. andré)
Soc. merc. mapa 1er parcial(eq. andré)Soc. merc. mapa 1er parcial(eq. andré)
Soc. merc. mapa 1er parcial(eq. andré)omarcta
 
Las sociedades en comandita simple
Las sociedades en comandita simpleLas sociedades en comandita simple
Las sociedades en comandita simpleAlex Cruz
 
Sociedad en nombre colectivo
Sociedad en nombre colectivo Sociedad en nombre colectivo
Sociedad en nombre colectivo 3409001
 
Ley general de sociedades mercantiles
Ley general de sociedades mercantilesLey general de sociedades mercantiles
Ley general de sociedades mercantilesDasSaef CR
 
Sociedad de Responsabilidad Limitada
Sociedad de Responsabilidad LimitadaSociedad de Responsabilidad Limitada
Sociedad de Responsabilidad Limitadaimo17
 
Ley general de las sociedades mercantiles
Ley general de las sociedades mercantilesLey general de las sociedades mercantiles
Ley general de las sociedades mercantilesGabi64
 
Sociedad en Comandita Simple en Guatemala
Sociedad en Comandita Simple en GuatemalaSociedad en Comandita Simple en Guatemala
Sociedad en Comandita Simple en GuatemalaSindy Andrino
 
Ley general de sociedades
Ley general de sociedadesLey general de sociedades
Ley general de sociedadesJhonny Campos
 
Sociedad en nombre colectivo
Sociedad en nombre colectivoSociedad en nombre colectivo
Sociedad en nombre colectivoBrenda Nava
 
Mapa mental sobre las sociedades mercantiles
Mapa mental sobre las sociedades mercantilesMapa mental sobre las sociedades mercantiles
Mapa mental sobre las sociedades mercantilesdannysg2015
 

Destacado (20)

Las Sociedades en Comandita Simple
Las Sociedades en Comandita SimpleLas Sociedades en Comandita Simple
Las Sociedades en Comandita Simple
 
Sociedad en comandita simple
Sociedad en comandita simpleSociedad en comandita simple
Sociedad en comandita simple
 
Comandita simple
Comandita simpleComandita simple
Comandita simple
 
Sociedad en comandita simple
Sociedad en comandita simpleSociedad en comandita simple
Sociedad en comandita simple
 
Sociedade em comandita simples
Sociedade em comandita simplesSociedade em comandita simples
Sociedade em comandita simples
 
Sociedad en comandita simple
Sociedad en comandita simpleSociedad en comandita simple
Sociedad en comandita simple
 
Soc. merc. mapa 1er parcial(eq. andré)
Soc. merc. mapa 1er parcial(eq. andré)Soc. merc. mapa 1er parcial(eq. andré)
Soc. merc. mapa 1er parcial(eq. andré)
 
Las sociedades en comandita simple
Las sociedades en comandita simpleLas sociedades en comandita simple
Las sociedades en comandita simple
 
Sociedad en comandita
Sociedad en comanditaSociedad en comandita
Sociedad en comandita
 
Sociedad en nombre colectivo
Sociedad en nombre colectivo Sociedad en nombre colectivo
Sociedad en nombre colectivo
 
Ley general de sociedades mercantiles
Ley general de sociedades mercantilesLey general de sociedades mercantiles
Ley general de sociedades mercantiles
 
sociedades
sociedadessociedades
sociedades
 
Derecho societario- Planeacion corporativa
Derecho societario- Planeacion corporativaDerecho societario- Planeacion corporativa
Derecho societario- Planeacion corporativa
 
Sociedad de Responsabilidad Limitada
Sociedad de Responsabilidad LimitadaSociedad de Responsabilidad Limitada
Sociedad de Responsabilidad Limitada
 
Ley general de las sociedades mercantiles
Ley general de las sociedades mercantilesLey general de las sociedades mercantiles
Ley general de las sociedades mercantiles
 
Sociedad en Comandita Simple en Guatemala
Sociedad en Comandita Simple en GuatemalaSociedad en Comandita Simple en Guatemala
Sociedad en Comandita Simple en Guatemala
 
Ley general de sociedades
Ley general de sociedadesLey general de sociedades
Ley general de sociedades
 
Derecho comercial I (parte 1)
Derecho comercial I (parte 1)Derecho comercial I (parte 1)
Derecho comercial I (parte 1)
 
Sociedad en nombre colectivo
Sociedad en nombre colectivoSociedad en nombre colectivo
Sociedad en nombre colectivo
 
Mapa mental sobre las sociedades mercantiles
Mapa mental sobre las sociedades mercantilesMapa mental sobre las sociedades mercantiles
Mapa mental sobre las sociedades mercantiles
 

Similar a De la sociedad en comandita simple

Sociedad colectiva[1]
Sociedad colectiva[1]Sociedad colectiva[1]
Sociedad colectiva[1]jefferson
 
Sociedad colectiva
Sociedad colectivaSociedad colectiva
Sociedad colectivajefferson
 
Sociedades mercantiles
Sociedades mercantiles  Sociedades mercantiles
Sociedades mercantiles Jezz Pilgrim
 
Tipo de empresas y sus características.
Tipo de empresas y sus características.Tipo de empresas y sus características.
Tipo de empresas y sus características.Christian Garcia
 
Sociedades mercantiles
Sociedades mercantilesSociedades mercantiles
Sociedades mercantilesMario López
 
Sociedad de responsabilidad limitada 5.pptx
Sociedad de responsabilidad limitada 5.pptxSociedad de responsabilidad limitada 5.pptx
Sociedad de responsabilidad limitada 5.pptxYamileth799440
 
Trabajo practico sociedades pra subr
Trabajo practico sociedades pra subrTrabajo practico sociedades pra subr
Trabajo practico sociedades pra subrNadia Michelle Lopez
 
Trabajo practico sociedades
Trabajo practico sociedadesTrabajo practico sociedades
Trabajo practico sociedadesLuciana16
 
Sociedad de responsabilidad limitada
Sociedad de responsabilidad limitadaSociedad de responsabilidad limitada
Sociedad de responsabilidad limitadaReynaldo Nieto
 
Tipos de sociedades reguladas
Tipos de sociedades reguladasTipos de sociedades reguladas
Tipos de sociedades reguladasFrancisco Masera
 
Tipos de empresas en Costa Rica
Tipos de empresas en Costa RicaTipos de empresas en Costa Rica
Tipos de empresas en Costa RicaMaria Sanchez
 
Trabajo sociedades
Trabajo sociedadesTrabajo sociedades
Trabajo sociedadesharderdays
 
Comandita simple.pptx
Comandita simple.pptxComandita simple.pptx
Comandita simple.pptxngelJuarez2
 
Comandita simple.pptx
Comandita simple.pptxComandita simple.pptx
Comandita simple.pptxngelJuarez2
 
Dermer1 3.5 complementaria
Dermer1 3.5 complementariaDermer1 3.5 complementaria
Dermer1 3.5 complementariadermercantil1
 

Similar a De la sociedad en comandita simple (20)

Sociedad colectiva[1]
Sociedad colectiva[1]Sociedad colectiva[1]
Sociedad colectiva[1]
 
Sociedad colectiva
Sociedad colectivaSociedad colectiva
Sociedad colectiva
 
Sociedades mercantiles
Sociedades mercantiles  Sociedades mercantiles
Sociedades mercantiles
 
Tipo de empresas y sus características.
Tipo de empresas y sus características.Tipo de empresas y sus características.
Tipo de empresas y sus características.
 
Sociedades mercantiles
Sociedades mercantilesSociedades mercantiles
Sociedades mercantiles
 
Sociedad de r l
Sociedad de r lSociedad de r l
Sociedad de r l
 
Sociedad de r l
Sociedad de r lSociedad de r l
Sociedad de r l
 
Sociedad de responsabilidad limitada 5.pptx
Sociedad de responsabilidad limitada 5.pptxSociedad de responsabilidad limitada 5.pptx
Sociedad de responsabilidad limitada 5.pptx
 
Trabajo Practico Sociedades
Trabajo Practico SociedadesTrabajo Practico Sociedades
Trabajo Practico Sociedades
 
Trabajo practico sociedades pra subr
Trabajo practico sociedades pra subrTrabajo practico sociedades pra subr
Trabajo practico sociedades pra subr
 
Trabajo practico sociedades
Trabajo practico sociedadesTrabajo practico sociedades
Trabajo practico sociedades
 
Sociedad de responsabilidad limitada
Sociedad de responsabilidad limitadaSociedad de responsabilidad limitada
Sociedad de responsabilidad limitada
 
Tipos de sociedades reguladas
Tipos de sociedades reguladasTipos de sociedades reguladas
Tipos de sociedades reguladas
 
Sociedad en nombre colectivo
Sociedad en nombre colectivoSociedad en nombre colectivo
Sociedad en nombre colectivo
 
Tipos de empresas en Costa Rica
Tipos de empresas en Costa RicaTipos de empresas en Costa Rica
Tipos de empresas en Costa Rica
 
Conta exposicion (1)
Conta exposicion (1)Conta exposicion (1)
Conta exposicion (1)
 
Trabajo sociedades
Trabajo sociedadesTrabajo sociedades
Trabajo sociedades
 
Comandita simple.pptx
Comandita simple.pptxComandita simple.pptx
Comandita simple.pptx
 
Comandita simple.pptx
Comandita simple.pptxComandita simple.pptx
Comandita simple.pptx
 
Dermer1 3.5 complementaria
Dermer1 3.5 complementariaDermer1 3.5 complementaria
Dermer1 3.5 complementaria
 

De la sociedad en comandita simple

  • 1. LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES Unidep  Materia: Derecho Mercantil  Julio Martínez  Eduardo Salazar
  • 2. La sociedad mercantil o sociedad comercial es aquella sociedad que tiene por objetivo la realización de uno o más actos de comercio o, en general, una actividad sujeta al derecho mercantil, son entes a los que la ley reconoce personalidad jurídica propia y distinta de sus miembros, y que contando también con patrimonio propio, canalizan sus esfuerzos a la realización de una finalidad lucrativa que es común.
  • 3. SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO DEFINICION LEGAL: •Sociedad en nombre colectivo es aquella que existe bajo una razón social y en que la que todos los socios responden, de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales. TIPO DE SOCIEDAD -Es una sociedad de personas, todas vez que por una parte existen bajo una razón social y por otra la responsabilidad de los socios es solidaria, ilimitada y subsidiaria. -Tan es así que la L.C.S.M establece que si existiera clausulas en el contrato social que supriman esta responsabilidad, estas no podrán tener efectos respecto de terceros. - La L.G.S.M . Permite la existencia de un acuerdo interno entre los socios que limiten dicha responsabilidad a un monto determinado.
  • 5. SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO Características que evidencian el carácter personalista de la s. en N.C En cuanto a la admisión de nuevos socios - Los socios no pueden ceder sus derechos en la compañía sin el consentimiento de todos los demás, y sin el, tampoco pueden admitirse a otros nuevos, salvo que en uno u otro caso el contrato social disponga que será bastante el consentimiento de la mayoría. - En caso de que se autorice la cesión de derechos de un socio de la compañía en favor de persona extraña a la sociedad, los socios tendrán derecho del tanto, y gozaran de un plazo de quince días para ejercítalo, contando desde la fecha de la junta en que se hubiera otorgado la autorización. Si fuesen varios los socios que quieran usar de este derecho, les competerá a todos ellos en proporción a sus aportaciones. - En el contrato social podrá pactarse que a la muerte de cualquiera de los socios continúe la sociedad con sus herederos.
  • 6. SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO REGLAS PARA MODIFICAR LOS ESTATUOS SOCIALES. -El contrato social no podrá modificarse sino por el consentimiento unánime de los socios, a menos que en el mismo se pacte que pueda acordarse la modificación por la mayoría de ellos. En este caso la minoría tendrá el derecho de separarse de la sociedad. PROHIBICION A LOS SOCIOS DE DEDICARSE A ACTIVIDADES SIMILARES A LAS DE LA SOCIEDAD. -Los socios, ni por cuenta propia, ni por ajena podrán dedicarse a negociar del mismo genero de los que constituyen el objetivo de la sociedad, ni formar parte de sociedades que los realice, salvo con el consentimiento de los demás socios. -En caso de contravención, la sociedad podrá excluir al infractor, privándolo de los beneficiarios que le correspondan en ella y exigirle e importe de los daños y perjuicios.
  • 7. SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO REGLAS DE LA ADMINISTRACION. -La administración de la sociedad estará a cargo de uno o varios administradores, quienes podrán ser socios o personas extrañas a ella. No obstante lo anterior un socio tendrá derecho a separarse, cuando en contra de su voto, el nombramiento de algún administrador recayere en una persona extraña a la sociedad. Lo mismo ocurre cuando el administrador pretenda delegar su encargo, en cuyo caso necesitara el acuerdo de la mayoría de los socios, teniendo los de la minoría el derecho de retirarse cuando la delegación recayere en persona extraña a la sociedad. -Siempre que no se haga designación de administradores todos los socios concurrirán en la administración. -Cuando el administrador sea socio y en el contrato social se pactare su inmovilidad, solo podrá ser removido jurídicamente por dolo, culpa o inhabilidad, aun momentánea, de resolver sobre los actos de la administración.
  • 8. REGLAS DE LA ADMINISTRACION. -El administrador podrá, bajo su responsabilidad, dar poderes para la gestión de ciertos y determinados negocios sociales. -La cuenta de administración se rendirá semestralmente, si no hubiere pacto sobre el particular y en cualquier tiempo en que lo acuerden los socios. El uso de la razon social corresponde a todos los administradores, Salvo que en la escritura constitutiva se limite a uno o varios de ellos. Las decisiones de los administradores se tomaran por voto de la mayoría de ellos , y en caso de empate, decidirán los socios . Cuando se trate de actos urgentes cuya omisión traiga como consecuencia un daño grave para la sociedad, podrá decidir un solo administrador en ausencia de los otros, que estén en la imposibilidad, aun momentánea, de resolver aun sobre los actos de la administración.
  • 9. SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO CARACTERISTICAS QUE EVIDENCIAN EL CARÁCTER PERSONALISTA DE LA S. en N.C RESOLUCIONES DE LOS SOCIOS. La L.G.S.M. Establece tres posibilidades: - Por numero de socios: - Por cantidades o importe de sus aportaciones: en este ultimo caso si un solo socio tiene la mayoría de capital, requiere el voto de otro socio para que el acuerdo de asamblea o junta de socios sea valido; - El caso de los socios industriales, que tienen una sola representación, igual a la del mayor interés de los socios capitalistas y si son varios, se dividen entre todos ellos a esa representación y se toma como una sola decidiendo entre ellos el sentido del voto. - ORGANO DE VIGILANCIA Toda vez que la sociedad puede estar administrada por socios, la L.G.S.M. establece que los socios no administradores podrán nombrar un interventor que vigile los actos de los administradores.
  • 10. SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO REGLAS PARA RESCINDIR EL CONTRATO SOCIAL RESPECTO DE UN SOCIO. El contrato de sociedad podrá rescindirse de un socio: - Por uso de la firma o del capital social para negocios propios. - Por infracción al pacto social. - Por infracción a las disposiciones legales que rijan el contrato social. - Por comisión de actos fraudulentos o dolosos contra la compañía. - Por quiebra, interdicción o inhabilitación para ejercer el comercio.
  • 11. DE LA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE Capitulo III Ley de Sociedades Mercantiles
  • 12. SOCIEDAD COMANDITA SIMPLE  La sociedad en comandita es una sociedad de tipo personalista que se caracteriza por la coexistencia de socios colectivos, que responden ilimitadamente de las deudas sociales.  Los socios comanditarios que no participan en la gestión y cuya responsabilidad se limita al capital o comprometido con la comandita.
  • 13. ARTICULO 51  Sociedad en comandita simple es la que existe bajo una razón social y se compone de uno o varios socios comanditados que responden, de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones.  Comantides : Suministrador de capital en una sociedad en comandita. Sin contraer ninguna obligación mercantil con ella.
  • 14. ARTICULO 52  “y compañía”  su abreviatura es “S. en C”.
  • 15. ARTICULO 54  El socio o socios comanditarios no pueden ejercer acto alguno de administración, ni aun con el carácter de apoderados de los administradores; pero las autorizaciones y la vigilancia dadas o ejercidas por los comanditarios, en los términos del contrato social, no se reputarán actos de administración.
  • 16. ARTICULO 55  El socio comanditario quedará obligado solidariamente para con los terceros por todas las obligaciones de la sociedad en que haya tomado.  Será responsable solidariamente para con los terceros, aun en las operaciones en que no haya tomado parte, si habitualmente ha administrado los negocios de la sociedad.
  • 17. ARTICULO 56  Si para los casos de muerte o incapacidad del socio administrador, no se hubiere determinado en la escritura social, la manera de substituirlo y la sociedad hubiere de continuar, podrá interinamente un socio comanditario, a falta de comanditados, desempeñar los actos urgentes o de mera administración durante el término de un mes, contado desde el día en que la muerte o incapacidad se hubiere efectuado.