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LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COMARCA DE ÉCIJA REALIZA LA
  SIGUIENTE CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA ESTRUCTURA BÁSICA DEL
                 CENTRO DE INFORMACIÓN A LA MUJER


CONVOCATORIA:

PLAZAS:                 1 Plaza de Informador/a – Animador/a del
Centro de Información a la Mujer de la Mancomunidad de Municipios
de la Comarca de Écija siendo éste un programa público sin
consignación presupuestaria estable y financiado conjuntamente por
esta entidad supramunicipal y el Instituto Andaluz de la Mujer de
la Junta de Andalucía.

DURACIÓN:               La contratación laboral será por tiempo
indefinido desde el día de la firma del contrato. A este contrato
le será de aplicación el artículo 52.e) del Texto Refundido de la
Ley del Estatuto de los Trabajadores, introducido por la Ley
12/2001, de 9 de julio y modificado por la Ley 3/2012, de 6 de
julio, de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral


TITULACIÓN EXIGIDA:     Título de Diplomado/a en Trabajo Social,
Educación Social o Título de Licenciado/a en Psicología, Pedagogía
o Psicopedagogía (o Títulos de Grado equivalentes a las precitadas
Titulaciones de Diplomatura y/o Licenciatura).

REQUISITOS:            Los   exigidos     en    la   Bases   de   la
Convocatoria

PROCESO SELECTIVO:     Concurso – Oposición conforme a las Bases
de la Convocatoria.


LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

      Se entregará instancia en modelo normalizado, adjuntando
necesariamente   Currículum  Vitae,  informe  de   vida  laboral,
fotocopia del D.N.I.    o , en su caso, del documento oficial de
renovación del mismo, fotocopia del permiso de conducir B1,
fotocopia del título académico exigido, contratos de trabajo    y
cualquier otra documentación acreditativa de los méritos alegados
(fotocopia compulsada en todo caso).

      Las solicitudes se dirigirán al Sr. Presidente de la
Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija y se presentarán
en el Registro General de esta entidad supramunicipal desde el 27
de diciembre de 2012 al 15 de enero de 2013 (ambos inclusive).


PUBLICACIÓN DE BASES DE LA CONVOCATORIA

      Las Bases se encontrarán publicadas en el Tablón de Anuncios
de la sede central de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca
de Écija, sita en C/ Camino del Físico s/n de Écija (Sevilla) así
como en los Tablones de Anuncios de los Ayuntamientos que integran
esta entidad supramunicipal: Cañada Rosal, La Luisiana, Fuentes de
Andalucía, La Campana y Écija.
BASES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE PUESTO DE TRABAJO
    DE INFORMADOR/A – ANIMADOR/A PARA EL CENTRO DE
INFORMACIÓN A LA MUJER DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS
                 DE LA COMARCA DE ÉCIJA
      La Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija
necesita cubrir un puesto de trabajo para el programa “Centro de
Información a la Mujer” de INFORMADOR/A – ANIMADOR/A.

PRIMERA.-   FUNCIONES Y TAREAS A DESEMPEÑAR POR EL/LA INFORMADOR/A
– ANIMADOR/A DEL PROGRAMA “CENTRO DE INFORMACIÓN A LA MUJER”

                             FUNCIONES:

•    Informar sobre los recursos, derechos e infraestructuras que
     están a disposición del colectivo de mujeres, en el ámbito
     local, provincial, regional y nacional.
•    Atención     personalizada:    intervención,     asesoramiento,
     seguimiento y derivación.
•    Planificar   la   intervención  en   programas,    proyectos   y
     actividades.
•    Dinamización de grupos y/o asociaciones de mujeres.
•    Informar   y   tramitar   las  diferentes   ayudas    económicas
     existentes para la protección a las mujeres víctimas de
     violencia de género.
•    Informar, asesorar y colaborar con las asociaciones de
     mujeres para la puesta en marcha de acciones que contribuyan
     a favorecer la igualdad, la prevención y la erradicación de
     la violencia de género.
•    Concienciar y prevenir en el ámbito educativo sobre la
     violencia de género mediante campañas de sensibilización,
     para alertar sobre las causas y efectos.
•    Llevar a cabo campañas de información y sensibilización
     contra la violencia de género, la coeducación, el lenguaje
     sexista, el reparto de tareas domésticas.
•    Realizar y poner en marcha distintos programas anuales del
     Instituto Andaluz de la Mujer.

                              TAREAS:

•    Informar: saber detectar el tipo de información que demanda
     la persona y canalizar una respuesta de la manera más eficaz.
•    Orientar: Profundizar en el conocimiento de la persona de
     manera que pueda obtener la información necesaria para
     planificar un plan de acción o de intervención.
•    Asesorar: Proporcionar información específica y especializada
     a demandas concretas.
•    Dinamizar: Crear y/o mantener en la persona una actitud
     positiva a través de la planificación de acciones que tengan
     por objetivo las mejoras de las circunstancias personales
     respecto al entorno social y laboral.
•    Mediar: Establecer los mecanismos necesarios para garantizar
     la coherencia de las diferentes medidas en relación a
     procesos de motivación y de acciones de integración social y
     laboral.


SEGUNDA.-   REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS CANDIDATOS/AS:
Para ser admitido/a a la realización de estas pruebas
selectivas, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos:

•       Carné de conducir B y vehículo propio.
•       Estar en posesión de Título de Diplomado/a en Trabajo Social,
        Educación Social o Título de Licenciado/a en Psicología,
        Pedagogía o Psicopedagogía (o Títulos de Grado equivalentes a
        las precitadas Titulaciones de Diplomatura y/o Licenciatura)
        o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el
        plazo de presentación de instancias. Se entenderá que se está
        en condiciones de obtener los títulos cuando se aporte
        documento   acreditativo  de   haber   abonado   los  derechos
        correspondientes a la expedición de los mismos. Las
        titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse
        con la documentación que acredite su homologación y
        convalidación correspondiente.
•       Ser español o nacional de uno de los Estados Miembros de la
        Unión Europea.
•       No exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
        forzosa.
•       Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
•       No   hallarse    incurso   en   causas    de   incapacidad   o
        incompatibilidad específica previstas en la legislación
        vigente.
•       No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
        servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de
        los   órganos   constitucionales   o   estatutarios   de   las
        Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta
        o especial para empleos o cargos públicos por resolución
        judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o
        para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
        caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
        inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
        hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haberse
        sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en
        su estado, en los mismos términos el acceso al empleo
        público.


TERCERA.-     INSTANCIAS Y DOCUMENTOS A PRESENTAR:

3.1.-       Los/as aspirantes presentarán instancia ajustada al
modelo que figura en el ANEXO I, dirigida al Sr. Presidente y
presentada en el Registro General de la Mancomunidad de Municipios
de   la  Comarca   de  Écija,   debiendo  adjuntar   la  siguiente
documentación (originales o fotocopias debidamente compulsadas):

    •    Fotocopia del DNI o en su caso, del documento oficial de
         renovación del mismo.
    •    Fotocopia de título académico exigido.
    •    Fotocopia de Permiso de Conducir B.
    •    Certificaciones de realización de cursos, organizados por la
         Administración Pública u Organismos Públicos Oficiales,
         relacionados con las funciones a desempeñar en el puesto a
         cubrir.
    •    Currículum Vitae.
    •    Contratos de trabajo acreditativos de la experiencia
         profesional.
    •    Informe de vida laboral.
3.2.-       No serán tenidos en cuenta los méritos que no estén
justificados   por  el   documento  correspondiente o  fotocopia
compulsada aportados en el plazo de presentación de instancias
desde el 27 de diciembre de 2012 al 15 de enero de 2013 (ambos
inclusive) en horario de 9:00 a 14:00 horas.

3.3.-       La lista provisional de admitidos y excluidos se hará
pública mediante edicto en el tablón de anuncios de la
Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija y en el tablón
de anuncios de cada uno de los Ayuntamientos que integran la
Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija con carácter
previo al inicio del proceso selectivo a efectos de posible
subsanación de documentación en el plazo máximo de diez días
hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la lista
provisional.

3.4.-       Expirado el plazo de presentación de instancias y, en
su caso, plazo de subsanación de deficiencias, se publicará edicto
en los tablones de anuncios precitados concretando la lista
definitiva de admitidos/as al proceso selectivo y en la misma
publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de
realizarse de realizarse el primer ejercicio de la fase de
oposición en llamamiento único para todos los aspirantes admitidos
definitivamente. Los anuncios de la celebración de la siguiente
prueba de la fase de oposición se harán públicos por el órgano de
selección en los locales donde se haya celebrado la prueba
anterior, con veinticuatro horas, al menos, de antelación al
comienzo de esta segunda prueba así como en el tablón de edictos
de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija.


CUARTA.-    ÓRGANO DE SELECCIÓN:

        El Órgano que efectúe la selección estará integrado por
cinco miembros, con un Presidente y cuatro Vocales, asistidos por
un Secretario, actuando este último con voz y sin voto.

       La composición será la siguiente:

PRESIDENTA: Dª María Luisa Barragán García, Secretaria General del
Ayuntamiento de Écija (Sevilla).

VOCALES:

   •   D. Manuel Martín Trujillo, Secretario Interventor del
       Ayuntamiento de Cañada Rosal (Sevilla).
   •   D. Daniel Luis Toledano Rodríguez, Secretario Interventor
       del Ayuntamiento de La Luisiana (Sevilla).
   •   Dª María Dolores Doblas Alcalá, Técnica de Administración
       General del Ayuntamiento de Écija (Sevilla).
   •   Dª Mercedes González Fernández, Técnica de Administración
       General del Ayuntamiento de Écija (Sevilla).

SECRETARIO: D. Francisco Javier Fernández Berrocal, Secretario
Interventor de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de
Écija.

      El Órgano de Selección no podrá constituirse ni actuar sin
la asistencia del Presidente, del Secretario y de la mitad al
menos de los Vocales.
Los miembros del Órgano de Selección deberán abstenerse de
formar   parte   del   mismo  cuando   concurra   alguna  de   las
circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas   y   Procedimiento Administrativo   Común,   o  hubieran
realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas de acceso
a la función pública en los cinco años anteriores a la publicación
de la convocatoria.

      Cualquier   interesado/a podrá promover recusación             en
cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran            las
anteriores circunstancias.

      Las dudas o reclamaciones que puedan originarse sobre la
interpretación de las Bases de la presente convocatoria, así como
la que deba hacerse en los casos previstos, serán resueltas por el
Órgano de Selección precitado sin apelación alguna.


QUINTA.-      ORDEN DE SELECCIÓN.

      Para establecer el orden en que habrá de efectuarse la
selección se estará al resultado del sorteo que se realizará al
azar antes del comienzo del proceso selectivo.

      El Órgano de Selección establecerá el calendario para la
realización de la selección.

      Los candidatos serán convocados en llamamiento único, salvo
causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada
libremente por el Órgano de Selección.


SEXTA.-       PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:

      La selección se realizará en dos fases obligatorias, siendo
eliminatorio el primer ejercicio de la fase de oposición:

   -    Primera Fase: Concurso (puntuación máxima de 3,5 puntos).

   -    Segunda Fase: Oposición (puntuación máxima de 6,5 puntos)


       1) FASE DE CONCURSO

      La puntuación máxima   en la fase de Concurso será de 3,5
puntos, siendo valorados solo y exclusivamente los méritos
alegados y acreditados por los interesados en el plazo de
presentación de instancias y susceptibles de cuantificación de la
puntuación, conforme a lo siguiente:

  A) CURSOS DE FORMACIÓN:

      Se valorará hasta un máximo de 2,00 puntos la participación
y/o asistencia a cursos y seminarios impartidos u homologados por
Entidades, Instituciones o Centros Públicos Oficiales cuyo
contenido guarde relación directa con el puesto a cubrir, a razón
de 0,01 puntos por hora de formación. No serán objeto de
baremación aquellos cursos y/o seminarios en los que no se
concrete expresamente el número de horas de formación relacionadas
directamente con el puesto de trabajo.
B) EXPERIENCIA PROFESIONAL:

      La experiencia profesional se valorará hasta un máximo de
1,50 puntos según lo siguiente:

        •   Por cada mes continuo de servicios prestados en igual
            plaza   o  puesto   al  que   se   opta en  cualquier
            Administración Pública, 0,10 puntos.

        •   Por cada mes continuo de servicios prestados en igual
            plaza o puesto al que se opta en el ámbito privado,
            0,05 puntos.

      Los periodos de prestación de servicios referidos por tiempo
inferior a un mes continuo no serán objeto de baremación de
conformidad con lo dispuesto en la presente Base. Los periodos de
prestación de servicios sólo podrán ser objeto de valoración
conforme a una de las estipulaciones anteriores, sin que en ningún
caso puedan ser objeto de doble valoración por concurrir en ellos
dos o más circunstancias de las anteriormente reseñadas.

      Asimismo, sólo será objeto de valoración aquella experiencia
profesional acreditada simultáneamente mediante contrato de
trabajo e informe de vida laboral. En defecto de contrato de
trabajo o informe de vida laboral, la experiencia profesional no
será objeto de consideración a efectos de la valoración.

    2) FASE DE OPOSICIÓN


     La fase de oposición consistirá en la realización de un
primer ejercicio que se concretará en un cuestionario de 50
preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas de las
cuales sólo una será la correcta, sobre las funciones propias del
puesto de trabajo de Informador/a Animador/a de un Centro de
Información a la Mujer; normativa estatal y autonómica vigente en
materia de medidas de prevención y protección integral contra la
violencia de género así como en materia de igualdad efectiva de
mujeres y hombres; y normativa estatal sobre régimen jurídico de
las Administraciones Públicas y procedimiento administrativo común
(puntuación máxima de 5 puntos), y, como segundo ejercicio, una
fase de entrevista personal y curricular relacionada igualmente
con el puesto a cubrir en la que se valorará la aptitud, la
capacidad y el grado de conocimiento del aspirante (puntuación
máxima de 1,5 puntos).

    En cualquier caso, y antes de dar comienzo a la realización
de las pruebas de la fase de oposición, se procederá a la
valoración de méritos alegados por cada uno de los Candidatos/as
que cumplen los requisitos mínimos exigidos en las presentes Bases
de Contratación, valoración de méritos que se hará pública junto a
los resultados del primer ejercicio de la fase de oposición y sin
que se establezca periodo de alegación alguno hasta publicación
del edicto con las calificaciones globales de todo el proceso
selectivo. Los edictos de calificaciones parciales y/o globales
del presente proceso selectivo se efectuará en el tablón de
edictos de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija.

    La puntuación máxima a obtener en la Fase de Oposición será
de 6,5 puntos, teniendo la primera prueba carácter eliminatorio.
Para superar la primera prueba de la fase de oposición deberá
obtenerse por los/as aspirantes una puntuación mínima de 3,50
puntos,   quedando  excluidos/as  del   proceso  selectivo  todos
aquellos/as aspirantes que no hayan obtenido en el precitado
ejercicio la reseñada puntuación mínima, y sin que en ningún caso
la puntuación obtenida en la fase de concurso consistente en la
valoración de méritos pueda determinar la exclusión o no del
proceso selectivo.


SÈPTIMA.-   CALIFICACIÓN DEFINITIVA Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR.

      El orden de clasificación definitiva vendrá determinado por
la suma de las clasificaciones obtenidas en las fases de Concurso
y Oposición. En caso de empate, se resolverá el mismo a favor del
aspirante que hubiere obtenido mayor puntuación en la primera
prueba de la fase de Oposición, y en caso de persistir el empate,
a favor del aspirante que hubiere obtenido mayor puntuación en la
entrevista personal y curricular. Se considerará aprobado el/la
aspirante con mayor puntuación final, sin perjuicio de que el
Órgano de Selección pueda proponer, asimismo, a la Presidencia de
la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija la
designación de suplentes siempre que se hubiere superado el
proceso selectivo a efectos de posibles sustituciones. Se
considerará que han superado el proceso selectivo aquellos/as
candidatos/as que en hayan obtenido una puntuación mínima glotal
de cinco puntos, y sin perjuicio del carácter eliminatorio del
primer ejercicio de la fase de oposición.

      Las  calificaciones   de   cada  ejercicio,   así  como la
calificación global de la fase de Oposición y calificación final
del proceso selectivo, se harán públicas en el tablón de edictos
de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija.

      El Órgano de Selección no podrá aprobar ni declarar que han
superado la selección un número superior de aspirantes al de la
plaza convocada.

      El/la aspirante propuesto/a presentará en la Mancomunidad de
Municipios de la Comarca de Écija dentro del plazo máximo de cinco
días naturales a partir de la publicación de la lista de
seleccionados/as en el tablón de edictos de la Mancomunidad de
Municipios de la Comarca de Écija, documentación adicional a la ya
aportada que fuere requerida por esta última.

      Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor,
el/la candidato/a propuesto/a no presentara su documentación o no
reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado/a y
quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad.


OCTAVA.-    NOMBRAMIENTO Y CONTRATACIÓN.

      Finalizado el proceso selectivo, el Órgano de Selección hará
pública la relación definitiva de candidatos/as con especificación
de la puntuación total obtenida por cada aspirante, por orden de
puntuación. Dicha relación será elevada al Sr. Presidente de la
Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija con propuesta de
aceptación.

      Seguidamente, se elevará dicha relación, junto con el acta
de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al/la
aspirante seleccionado/a, a la Presidencia de la referida entidad
supramunicipal a efecto del correspondiente nombramiento.
Cumplidos los trámites señalados en las presentes Bases, se
procederá al nombramiento a favor del/la aspirante seleccionado/a,
quien deberá tomar posesión en el plazo máximo de 5 días
naturales, a contar desde el siguiente a la notificación de la
resolución de la Presidencia , quedando sometido al régimen de
incompatibilidades   previsto   legalmente  para   los   empleados
públicos.

      De no tomarse posesión en el plazo requerido, sin causa
justificada, se entenderá, en todo caso, como renuncia a la plaza
obtenida.


NOVENA.-   INCIDENCIAS.

      El Órgano de Selección quedará autorizado para resolver las
dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el
buen orden de la selección. A estos efectos, los acuerdos se
adoptarán por mayoría de los miembros presentes.


                              EL PRESIDENTE,



                       Fdo.: José Losada Fernández
ANEXO I

  SOLICITUD DE ADMISIÓN A LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA PUESTO DE
 TRABAJO DE INFORMADOR/A - ANIMADOR/A DEL CENTRO DE INFORMACIÓN A
 LA MUJER DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COMARCA DE ÉCIJA


1.- DATOS PERSONALES:

APELLIDOS: ________________________________________________
NOMBRE:     ________________________________________________
DNI:        ________________________________________________
TELÉFONO/S: ________________________________________________
DIRECCIÓN: ________________________________________________
C.P. Y PROVINCIA: __________________________________________


2.- PLAZA SOLICITADA:


  INFORMADOR/A – ANIMADOR/A CENTRO DE INFORMACIÓN A LA MUJER DE
MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COMARCA DE ÉCIJA.

NOTA: Los títulos y otros documentos acreditativos                se adjuntarán
a la presente solicitud en el siguiente orden:

   •   Fotocopia compulsada del D.N.I. o en su caso, del documento
       oficial de    renovación del mismo.

   •   Fotocopia compulsada del Permiso de Circulación B.

   •   Informe de Vida Laboral actualizada.

   •   Currículum Vitae.

   •   Fotocopias compulsadas de las titulaciones universitarias
       exigidas en la convocatoria.

   •   Fotocopias   compulsadas    de   títulos   y/o   certificados
       acreditativos de participación y/o asistencia a cursos y
       seminarios   impartidos   u    homologados   por   Entidades,
       Instituciones o Centros Públicos Oficiales cuyo contenido
       guarde relación directa con el puesto a cubrir.

   •   Contratos de trabajo acreditativos de la experiencia laboral
       exigida en las presentes Bases o fotocopias debidamente
       compulsadas de los mismos.

                      En Écija, a _____ de        de 20___




                Fdo, __________________________________




A/A Sr. PRESIDENTE DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COMARCA DE ÉCIJA

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Bases convocatoria plaza informadora animadora cim 2012

  • 1. LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COMARCA DE ÉCIJA REALIZA LA SIGUIENTE CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA ESTRUCTURA BÁSICA DEL CENTRO DE INFORMACIÓN A LA MUJER CONVOCATORIA: PLAZAS: 1 Plaza de Informador/a – Animador/a del Centro de Información a la Mujer de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija siendo éste un programa público sin consignación presupuestaria estable y financiado conjuntamente por esta entidad supramunicipal y el Instituto Andaluz de la Mujer de la Junta de Andalucía. DURACIÓN: La contratación laboral será por tiempo indefinido desde el día de la firma del contrato. A este contrato le será de aplicación el artículo 52.e) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, introducido por la Ley 12/2001, de 9 de julio y modificado por la Ley 3/2012, de 6 de julio, de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral TITULACIÓN EXIGIDA: Título de Diplomado/a en Trabajo Social, Educación Social o Título de Licenciado/a en Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía (o Títulos de Grado equivalentes a las precitadas Titulaciones de Diplomatura y/o Licenciatura). REQUISITOS: Los exigidos en la Bases de la Convocatoria PROCESO SELECTIVO: Concurso – Oposición conforme a las Bases de la Convocatoria. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Se entregará instancia en modelo normalizado, adjuntando necesariamente Currículum Vitae, informe de vida laboral, fotocopia del D.N.I. o , en su caso, del documento oficial de renovación del mismo, fotocopia del permiso de conducir B1, fotocopia del título académico exigido, contratos de trabajo y cualquier otra documentación acreditativa de los méritos alegados (fotocopia compulsada en todo caso). Las solicitudes se dirigirán al Sr. Presidente de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija y se presentarán en el Registro General de esta entidad supramunicipal desde el 27 de diciembre de 2012 al 15 de enero de 2013 (ambos inclusive). PUBLICACIÓN DE BASES DE LA CONVOCATORIA Las Bases se encontrarán publicadas en el Tablón de Anuncios de la sede central de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija, sita en C/ Camino del Físico s/n de Écija (Sevilla) así como en los Tablones de Anuncios de los Ayuntamientos que integran esta entidad supramunicipal: Cañada Rosal, La Luisiana, Fuentes de Andalucía, La Campana y Écija.
  • 2. BASES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE PUESTO DE TRABAJO DE INFORMADOR/A – ANIMADOR/A PARA EL CENTRO DE INFORMACIÓN A LA MUJER DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COMARCA DE ÉCIJA La Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija necesita cubrir un puesto de trabajo para el programa “Centro de Información a la Mujer” de INFORMADOR/A – ANIMADOR/A. PRIMERA.- FUNCIONES Y TAREAS A DESEMPEÑAR POR EL/LA INFORMADOR/A – ANIMADOR/A DEL PROGRAMA “CENTRO DE INFORMACIÓN A LA MUJER” FUNCIONES: • Informar sobre los recursos, derechos e infraestructuras que están a disposición del colectivo de mujeres, en el ámbito local, provincial, regional y nacional. • Atención personalizada: intervención, asesoramiento, seguimiento y derivación. • Planificar la intervención en programas, proyectos y actividades. • Dinamización de grupos y/o asociaciones de mujeres. • Informar y tramitar las diferentes ayudas económicas existentes para la protección a las mujeres víctimas de violencia de género. • Informar, asesorar y colaborar con las asociaciones de mujeres para la puesta en marcha de acciones que contribuyan a favorecer la igualdad, la prevención y la erradicación de la violencia de género. • Concienciar y prevenir en el ámbito educativo sobre la violencia de género mediante campañas de sensibilización, para alertar sobre las causas y efectos. • Llevar a cabo campañas de información y sensibilización contra la violencia de género, la coeducación, el lenguaje sexista, el reparto de tareas domésticas. • Realizar y poner en marcha distintos programas anuales del Instituto Andaluz de la Mujer. TAREAS: • Informar: saber detectar el tipo de información que demanda la persona y canalizar una respuesta de la manera más eficaz. • Orientar: Profundizar en el conocimiento de la persona de manera que pueda obtener la información necesaria para planificar un plan de acción o de intervención. • Asesorar: Proporcionar información específica y especializada a demandas concretas. • Dinamizar: Crear y/o mantener en la persona una actitud positiva a través de la planificación de acciones que tengan por objetivo las mejoras de las circunstancias personales respecto al entorno social y laboral. • Mediar: Establecer los mecanismos necesarios para garantizar la coherencia de las diferentes medidas en relación a procesos de motivación y de acciones de integración social y laboral. SEGUNDA.- REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS CANDIDATOS/AS:
  • 3. Para ser admitido/a a la realización de estas pruebas selectivas, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: • Carné de conducir B y vehículo propio. • Estar en posesión de Título de Diplomado/a en Trabajo Social, Educación Social o Título de Licenciado/a en Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía (o Títulos de Grado equivalentes a las precitadas Titulaciones de Diplomatura y/o Licenciatura) o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias. Se entenderá que se está en condiciones de obtener los títulos cuando se aporte documento acreditativo de haber abonado los derechos correspondientes a la expedición de los mismos. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su homologación y convalidación correspondiente. • Ser español o nacional de uno de los Estados Miembros de la Unión Europea. • No exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas • No hallarse incurso en causas de incapacidad o incompatibilidad específica previstas en la legislación vigente. • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haberse sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. TERCERA.- INSTANCIAS Y DOCUMENTOS A PRESENTAR: 3.1.- Los/as aspirantes presentarán instancia ajustada al modelo que figura en el ANEXO I, dirigida al Sr. Presidente y presentada en el Registro General de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija, debiendo adjuntar la siguiente documentación (originales o fotocopias debidamente compulsadas): • Fotocopia del DNI o en su caso, del documento oficial de renovación del mismo. • Fotocopia de título académico exigido. • Fotocopia de Permiso de Conducir B. • Certificaciones de realización de cursos, organizados por la Administración Pública u Organismos Públicos Oficiales, relacionados con las funciones a desempeñar en el puesto a cubrir. • Currículum Vitae. • Contratos de trabajo acreditativos de la experiencia profesional. • Informe de vida laboral.
  • 4. 3.2.- No serán tenidos en cuenta los méritos que no estén justificados por el documento correspondiente o fotocopia compulsada aportados en el plazo de presentación de instancias desde el 27 de diciembre de 2012 al 15 de enero de 2013 (ambos inclusive) en horario de 9:00 a 14:00 horas. 3.3.- La lista provisional de admitidos y excluidos se hará pública mediante edicto en el tablón de anuncios de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija y en el tablón de anuncios de cada uno de los Ayuntamientos que integran la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija con carácter previo al inicio del proceso selectivo a efectos de posible subsanación de documentación en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la lista provisional. 3.4.- Expirado el plazo de presentación de instancias y, en su caso, plazo de subsanación de deficiencias, se publicará edicto en los tablones de anuncios precitados concretando la lista definitiva de admitidos/as al proceso selectivo y en la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse de realizarse el primer ejercicio de la fase de oposición en llamamiento único para todos los aspirantes admitidos definitivamente. Los anuncios de la celebración de la siguiente prueba de la fase de oposición se harán públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, con veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo de esta segunda prueba así como en el tablón de edictos de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija. CUARTA.- ÓRGANO DE SELECCIÓN: El Órgano que efectúe la selección estará integrado por cinco miembros, con un Presidente y cuatro Vocales, asistidos por un Secretario, actuando este último con voz y sin voto. La composición será la siguiente: PRESIDENTA: Dª María Luisa Barragán García, Secretaria General del Ayuntamiento de Écija (Sevilla). VOCALES: • D. Manuel Martín Trujillo, Secretario Interventor del Ayuntamiento de Cañada Rosal (Sevilla). • D. Daniel Luis Toledano Rodríguez, Secretario Interventor del Ayuntamiento de La Luisiana (Sevilla). • Dª María Dolores Doblas Alcalá, Técnica de Administración General del Ayuntamiento de Écija (Sevilla). • Dª Mercedes González Fernández, Técnica de Administración General del Ayuntamiento de Écija (Sevilla). SECRETARIO: D. Francisco Javier Fernández Berrocal, Secretario Interventor de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija. El Órgano de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, del Secretario y de la mitad al menos de los Vocales.
  • 5. Los miembros del Órgano de Selección deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas de acceso a la función pública en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria. Cualquier interesado/a podrá promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse sobre la interpretación de las Bases de la presente convocatoria, así como la que deba hacerse en los casos previstos, serán resueltas por el Órgano de Selección precitado sin apelación alguna. QUINTA.- ORDEN DE SELECCIÓN. Para establecer el orden en que habrá de efectuarse la selección se estará al resultado del sorteo que se realizará al azar antes del comienzo del proceso selectivo. El Órgano de Selección establecerá el calendario para la realización de la selección. Los candidatos serán convocados en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada libremente por el Órgano de Selección. SEXTA.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: La selección se realizará en dos fases obligatorias, siendo eliminatorio el primer ejercicio de la fase de oposición: - Primera Fase: Concurso (puntuación máxima de 3,5 puntos). - Segunda Fase: Oposición (puntuación máxima de 6,5 puntos) 1) FASE DE CONCURSO La puntuación máxima en la fase de Concurso será de 3,5 puntos, siendo valorados solo y exclusivamente los méritos alegados y acreditados por los interesados en el plazo de presentación de instancias y susceptibles de cuantificación de la puntuación, conforme a lo siguiente: A) CURSOS DE FORMACIÓN: Se valorará hasta un máximo de 2,00 puntos la participación y/o asistencia a cursos y seminarios impartidos u homologados por Entidades, Instituciones o Centros Públicos Oficiales cuyo contenido guarde relación directa con el puesto a cubrir, a razón de 0,01 puntos por hora de formación. No serán objeto de baremación aquellos cursos y/o seminarios en los que no se concrete expresamente el número de horas de formación relacionadas directamente con el puesto de trabajo.
  • 6. B) EXPERIENCIA PROFESIONAL: La experiencia profesional se valorará hasta un máximo de 1,50 puntos según lo siguiente: • Por cada mes continuo de servicios prestados en igual plaza o puesto al que se opta en cualquier Administración Pública, 0,10 puntos. • Por cada mes continuo de servicios prestados en igual plaza o puesto al que se opta en el ámbito privado, 0,05 puntos. Los periodos de prestación de servicios referidos por tiempo inferior a un mes continuo no serán objeto de baremación de conformidad con lo dispuesto en la presente Base. Los periodos de prestación de servicios sólo podrán ser objeto de valoración conforme a una de las estipulaciones anteriores, sin que en ningún caso puedan ser objeto de doble valoración por concurrir en ellos dos o más circunstancias de las anteriormente reseñadas. Asimismo, sólo será objeto de valoración aquella experiencia profesional acreditada simultáneamente mediante contrato de trabajo e informe de vida laboral. En defecto de contrato de trabajo o informe de vida laboral, la experiencia profesional no será objeto de consideración a efectos de la valoración. 2) FASE DE OPOSICIÓN La fase de oposición consistirá en la realización de un primer ejercicio que se concretará en un cuestionario de 50 preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una será la correcta, sobre las funciones propias del puesto de trabajo de Informador/a Animador/a de un Centro de Información a la Mujer; normativa estatal y autonómica vigente en materia de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género así como en materia de igualdad efectiva de mujeres y hombres; y normativa estatal sobre régimen jurídico de las Administraciones Públicas y procedimiento administrativo común (puntuación máxima de 5 puntos), y, como segundo ejercicio, una fase de entrevista personal y curricular relacionada igualmente con el puesto a cubrir en la que se valorará la aptitud, la capacidad y el grado de conocimiento del aspirante (puntuación máxima de 1,5 puntos). En cualquier caso, y antes de dar comienzo a la realización de las pruebas de la fase de oposición, se procederá a la valoración de méritos alegados por cada uno de los Candidatos/as que cumplen los requisitos mínimos exigidos en las presentes Bases de Contratación, valoración de méritos que se hará pública junto a los resultados del primer ejercicio de la fase de oposición y sin que se establezca periodo de alegación alguno hasta publicación del edicto con las calificaciones globales de todo el proceso selectivo. Los edictos de calificaciones parciales y/o globales del presente proceso selectivo se efectuará en el tablón de edictos de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija. La puntuación máxima a obtener en la Fase de Oposición será de 6,5 puntos, teniendo la primera prueba carácter eliminatorio. Para superar la primera prueba de la fase de oposición deberá obtenerse por los/as aspirantes una puntuación mínima de 3,50
  • 7. puntos, quedando excluidos/as del proceso selectivo todos aquellos/as aspirantes que no hayan obtenido en el precitado ejercicio la reseñada puntuación mínima, y sin que en ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso consistente en la valoración de méritos pueda determinar la exclusión o no del proceso selectivo. SÈPTIMA.- CALIFICACIÓN DEFINITIVA Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR. El orden de clasificación definitiva vendrá determinado por la suma de las clasificaciones obtenidas en las fases de Concurso y Oposición. En caso de empate, se resolverá el mismo a favor del aspirante que hubiere obtenido mayor puntuación en la primera prueba de la fase de Oposición, y en caso de persistir el empate, a favor del aspirante que hubiere obtenido mayor puntuación en la entrevista personal y curricular. Se considerará aprobado el/la aspirante con mayor puntuación final, sin perjuicio de que el Órgano de Selección pueda proponer, asimismo, a la Presidencia de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija la designación de suplentes siempre que se hubiere superado el proceso selectivo a efectos de posibles sustituciones. Se considerará que han superado el proceso selectivo aquellos/as candidatos/as que en hayan obtenido una puntuación mínima glotal de cinco puntos, y sin perjuicio del carácter eliminatorio del primer ejercicio de la fase de oposición. Las calificaciones de cada ejercicio, así como la calificación global de la fase de Oposición y calificación final del proceso selectivo, se harán públicas en el tablón de edictos de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija. El Órgano de Selección no podrá aprobar ni declarar que han superado la selección un número superior de aspirantes al de la plaza convocada. El/la aspirante propuesto/a presentará en la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija dentro del plazo máximo de cinco días naturales a partir de la publicación de la lista de seleccionados/as en el tablón de edictos de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija, documentación adicional a la ya aportada que fuere requerida por esta última. Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, el/la candidato/a propuesto/a no presentara su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado/a y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad. OCTAVA.- NOMBRAMIENTO Y CONTRATACIÓN. Finalizado el proceso selectivo, el Órgano de Selección hará pública la relación definitiva de candidatos/as con especificación de la puntuación total obtenida por cada aspirante, por orden de puntuación. Dicha relación será elevada al Sr. Presidente de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija con propuesta de aceptación. Seguidamente, se elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al/la aspirante seleccionado/a, a la Presidencia de la referida entidad supramunicipal a efecto del correspondiente nombramiento.
  • 8. Cumplidos los trámites señalados en las presentes Bases, se procederá al nombramiento a favor del/la aspirante seleccionado/a, quien deberá tomar posesión en el plazo máximo de 5 días naturales, a contar desde el siguiente a la notificación de la resolución de la Presidencia , quedando sometido al régimen de incompatibilidades previsto legalmente para los empleados públicos. De no tomarse posesión en el plazo requerido, sin causa justificada, se entenderá, en todo caso, como renuncia a la plaza obtenida. NOVENA.- INCIDENCIAS. El Órgano de Selección quedará autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la selección. A estos efectos, los acuerdos se adoptarán por mayoría de los miembros presentes. EL PRESIDENTE, Fdo.: José Losada Fernández
  • 9. ANEXO I SOLICITUD DE ADMISIÓN A LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA PUESTO DE TRABAJO DE INFORMADOR/A - ANIMADOR/A DEL CENTRO DE INFORMACIÓN A LA MUJER DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COMARCA DE ÉCIJA 1.- DATOS PERSONALES: APELLIDOS: ________________________________________________ NOMBRE: ________________________________________________ DNI: ________________________________________________ TELÉFONO/S: ________________________________________________ DIRECCIÓN: ________________________________________________ C.P. Y PROVINCIA: __________________________________________ 2.- PLAZA SOLICITADA: INFORMADOR/A – ANIMADOR/A CENTRO DE INFORMACIÓN A LA MUJER DE MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COMARCA DE ÉCIJA. NOTA: Los títulos y otros documentos acreditativos se adjuntarán a la presente solicitud en el siguiente orden: • Fotocopia compulsada del D.N.I. o en su caso, del documento oficial de renovación del mismo. • Fotocopia compulsada del Permiso de Circulación B. • Informe de Vida Laboral actualizada. • Currículum Vitae. • Fotocopias compulsadas de las titulaciones universitarias exigidas en la convocatoria. • Fotocopias compulsadas de títulos y/o certificados acreditativos de participación y/o asistencia a cursos y seminarios impartidos u homologados por Entidades, Instituciones o Centros Públicos Oficiales cuyo contenido guarde relación directa con el puesto a cubrir. • Contratos de trabajo acreditativos de la experiencia laboral exigida en las presentes Bases o fotocopias debidamente compulsadas de los mismos. En Écija, a _____ de de 20___ Fdo, __________________________________ A/A Sr. PRESIDENTE DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COMARCA DE ÉCIJA