Los trabajadores pueden convocar una huelga mediante una votación de mayoría simple en una asamblea. Los sindicatos o representantes de los trabajadores son los que convocan la huelga. Durante la huelga, los contratos de los trabajadores que participan quedan suspendidos temporalmente, por lo que no reciben salario pero mantienen la cobertura de seguridad social. Deben nombrar un comité de huelga.