Perucamaras, Da Aportes A La Ley De Contrataciones
1. Ley de Contrataciones del Estado Decreto Legislativo No. 1017 Problemática y Propuestas Lima, 24 de marzo de 2009
2. Si bien la Ley contempla la posibilidad de que la fiscalización de la información sea paralela y no posterior, en aquellos casos en que el Comité Especial dude razonablemente de la veracidad o exactitud de algún documento que le haya sido presentado, se considera que la medida más adecuada seria precisamente la de poder permitir la suspensión del procedimiento de selección mientras se realice la fiscalización, no la de iniciarla apenas el Comité detecte una posible irregularidad. Artículo 24º: Del Comité Especial
3.
4. Artículo 28° - Consultas y Observaciones a las Bases Genera un trato discriminatorio, pues en el caso del TLC con los EE.UU, si en las compras estatales participa una empresa estadounidense, ésta podrá exigir acudir al Tribunal de Contrataciones, pero este derecho está negado para las empresas peruanas. Esta discriminación conllevaría a que empresas peruanas constituyan empresas en los Estados Unidos y/o se consorcien con estas para salvar este obstáculo , lo cual para una empresa pequeña resulta casi imposible.
5.
6. Artículo 36° - Ofertas en consorcio Los consorciados tendrían que establecer mecanismos adicionales en la preparación para y durante el proceso de selección, a fin de asegurarse de que sus otros consorciados no lo hagan incurrir en responsabilidad, creando relaciones comerciales en desconfianza. El establecimiento de una responsabilidad solidaria, que la ley no establece si es civil, administrativa o penal, por infracciones administrativas en el procedimiento de selección , desincentiva la formación de consorcios entre las Mypes para acceder a las compras estatales.
7. Las garantías precontractuales generarán un nuevo sobrecosto, y sólo tienen por objeto buscar la comodidad de la entidad licitante y, en todo caso, facilitar la aplicación y cobranza de multas a los postores, sin medir el costo beneficio. No se ha tenido en cuenta alternativas como reforzar el sistema de sanciones de multa, pese a que no es frecuente que los proveedores no mantengan sus ofertas. Artículo 39° - Garantías
8. Artículo 40° - Cláusulas obligatorias en los contratos La facultad de la entidad de resolver el contrato vía carta notarial sin requerimiento previo a la parte contratante y sin que ésta pueda exponer y alegar los motivos de incumplimiento resulta preocupante, pues ello puede generar abusos por parte de algunas autoridades y , por tanto, amerita que se revise en el reglamento .
9.
10.
11. Artículo 53° - Recursos impugnativos Se establece que los recursos de apelación serán resueltos por el Tribunal de Contrataciones del Estado sólo para el caso de los contratos, cuyos valores referenciales sean igual o mayores a las 600 UIT. En los demás casos, el Titular de la Entidad o el funcionario a quien se le delegue dicha atribución resolverá el recurso. El acceso a un Tribunal Administrativo especializado y distinto de la Entidad licitante , es una garantía de imparcialidad, predictibilidad y de seguridad jurídica para los empresarios.
12. Restringirse el acceso a dichas garantías, lo que se consigue es generar desconfianza y, por ende, disminuirá la participación en los procesos selectivos que se convoquen por debajo de las 600 UIT. Se ha incrementado el monto de la garantía exigible por interposición de recursos de 1% al 3% del valor referencial, lo cual el derecho de defensa y a la doble instancia se verá impedido por un tema económico. Artículo 53° - Recursos impugnativos
13. Artículo 55° - Denegatoria Ficta Se ha optado por la denegatoria ficta, mediante la aplicación del silencio administrativo negativo, constituyendo un retroceso a la simplificación administrativa propugnada por el mismo gobierno.
31. 880,983 Número de MYPE formales en Perú 2’336,496 Número de MYPE informales en Perú No incluye autoempleo Número de MYPE en total en Perú 3’217,479 MYPES FORMALES DEL PAIS Fuente: Cademype– IPAE y Codemype-MTPE Unidades económicas del País que representan 98% Porcentaje de generación de empleo en la PEA Total 74%
32.
33. Podemos afirmar con hechos: Mensaje Final 1 Es innegable el esfuerzo del empresariado regional por ganar el espacio que le corresponde como actor del desarrollo económico y social del país. 2 Las compras estatales deben convertirse en el motor del desarrollo y la descentralización productiva y económica del país.