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EL SOFTWARE
• Podemos mencionar que el software es un
conjunto de instrucciones organizadas lógicamente
(pues siguen una secuencia) y codificadas (porque
se utiliza un lenguaje de programación para su
desarrollo) y que tienen como fin resolver un
problema o situación Específica del usuario.
Características del
software
• El software se desarrolla, no se fabrica, no se
construye pues no es un bien tangible.
• No se estropea, no se malogra, sólo se
desactualizada.
• La mayoría de software es se desarrollan a medida,
pues depende de los problemas o situaciones
específicas que el usuario quiere solucionar a través
de ellos.
Elementos del software:
• El software se desarrolla introduciendo data a
través de los componentes.
• Estos componentes se desarrolla la traducción por
la máquina y es por ello que se convierten como
los elementos principales del software.
se utilizan en el desarrollo
del software son:
• a. Los lenguajes máquina (representación simbólica
del conjunto de instrucciones de la UPC)
• b. Los lenguajes de alto nivel (el que utiliza el
programador en el desarrollo del software)
• c. Los lenguajes no procedimentales (en estos se
especifica el resultado deseado, en vez de
especificar la acción requerida para conseguir el
resultado).
LA PROPIEDAD
INTELECTUAL
• La Propiedad Intelectual es mucho más fácil de
copiar que de crear. Para componer una canción,
escribir una novela o hacer un programa de
ordenador podemos necesitar meses o incluso
años, pero con la tecnología actual, cualquiera
puede copiar el trabajo y distribuirlo por todo el
mundo en cuestión de minutos a parte, la
protección tiene que ser efectiva para que los
autores e inventores se sientan motivados a
dedicar el tiempo y el esfuerzo que requiere la
creación de sus trabajos
PROTECCIÓN DEL
SOFTWARE EN
ARGENTINA:
• Para que se pueda expandir la industria del software en
argentina esta debe de estar protegida por normas que
ayuden a regular los Derechos de propiedad intelectual,
las patentes, copyright, marcas, diseños industriales, circuitos
integrados e indicaciones geográficas.
• La era de la información ha abierto oportunidades para
poder acceder a información que antes era imposible
obtener tan fácilmente, esto le ha ayudado a países como a
personas a acceder a dicho conocimiento de una forma más
sencilla, también ha hecho posible la creación de nuevas
formas de Derecho para proteger dicha información y ha
creado nuevos tipos de negocios como el comercio
electrónico, que en otros tiempos era imposible pensar de su
existencia.
LA PROTECCIÓN DEL
SOFTWARE EN ESTADOS
UNIDOS
• En los primeros años, cuando el software de
aplicaciones era diseñado a medida y las relaciones
confidenciales con los usuarios comerciales se
formaban fácilmente, el derecho de secretos
comerciales era la fuente de protección más
importante. El Copyright emergió como una forma
popular de protección en la década de los 80, cuando
los programas orientados al consumidor, de producción
en serie; comenzaron a llenar los estantes de los
negocios de informática, desde ese punto el derecho
de patentes parecía la mejor opción para proteger los
patentes de programas de compuntes resultó
insuficiente. Ya en la década de los 90, el interés por la
protección de patentes revivió.
¿La protección jurídica del
software es en base a la protección
de los derechos de autor o el
derecho de patentes en el Perú.?
• Llego a la conclusión de que no podemos ampararlos o
protegerlo al software con el DECRETO LEGISLATIVO 823,
el software es un producto del intelecto y como tal, es
un bien intangible e inmaterial, siendo una de sus
características que no se fabrica, no se construye, sino
se desarrolla. En este sentido, podemos a indicar porqué
los principales derechos de propiedad industrial no
pueden proteger jurídicamente al software.
• Entonces tendríamos que protegerlo en el DECRETO
LEGISLATIVO 822, como un DERECHO DE AUTOR,
una creación que desarrollo el autor con su
esfuerzo y lo viene desarrollando. Como una critica
mencionaría que dicho decreto también no
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ambos decretos seria el mas aceptable.

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El software

  • 2. • Podemos mencionar que el software es un conjunto de instrucciones organizadas lógicamente (pues siguen una secuencia) y codificadas (porque se utiliza un lenguaje de programación para su desarrollo) y que tienen como fin resolver un problema o situación Específica del usuario.
  • 3. Características del software • El software se desarrolla, no se fabrica, no se construye pues no es un bien tangible. • No se estropea, no se malogra, sólo se desactualizada. • La mayoría de software es se desarrollan a medida, pues depende de los problemas o situaciones específicas que el usuario quiere solucionar a través de ellos.
  • 4. Elementos del software: • El software se desarrolla introduciendo data a través de los componentes. • Estos componentes se desarrolla la traducción por la máquina y es por ello que se convierten como los elementos principales del software.
  • 5. se utilizan en el desarrollo del software son: • a. Los lenguajes máquina (representación simbólica del conjunto de instrucciones de la UPC) • b. Los lenguajes de alto nivel (el que utiliza el programador en el desarrollo del software) • c. Los lenguajes no procedimentales (en estos se especifica el resultado deseado, en vez de especificar la acción requerida para conseguir el resultado).
  • 6. LA PROPIEDAD INTELECTUAL • La Propiedad Intelectual es mucho más fácil de copiar que de crear. Para componer una canción, escribir una novela o hacer un programa de ordenador podemos necesitar meses o incluso años, pero con la tecnología actual, cualquiera puede copiar el trabajo y distribuirlo por todo el mundo en cuestión de minutos a parte, la protección tiene que ser efectiva para que los autores e inventores se sientan motivados a dedicar el tiempo y el esfuerzo que requiere la creación de sus trabajos
  • 7.
  • 8. PROTECCIÓN DEL SOFTWARE EN ARGENTINA: • Para que se pueda expandir la industria del software en argentina esta debe de estar protegida por normas que ayuden a regular los Derechos de propiedad intelectual, las patentes, copyright, marcas, diseños industriales, circuitos integrados e indicaciones geográficas. • La era de la información ha abierto oportunidades para poder acceder a información que antes era imposible obtener tan fácilmente, esto le ha ayudado a países como a personas a acceder a dicho conocimiento de una forma más sencilla, también ha hecho posible la creación de nuevas formas de Derecho para proteger dicha información y ha creado nuevos tipos de negocios como el comercio electrónico, que en otros tiempos era imposible pensar de su existencia.
  • 9. LA PROTECCIÓN DEL SOFTWARE EN ESTADOS UNIDOS • En los primeros años, cuando el software de aplicaciones era diseñado a medida y las relaciones confidenciales con los usuarios comerciales se formaban fácilmente, el derecho de secretos comerciales era la fuente de protección más importante. El Copyright emergió como una forma popular de protección en la década de los 80, cuando los programas orientados al consumidor, de producción en serie; comenzaron a llenar los estantes de los negocios de informática, desde ese punto el derecho de patentes parecía la mejor opción para proteger los patentes de programas de compuntes resultó insuficiente. Ya en la década de los 90, el interés por la protección de patentes revivió.
  • 10. ¿La protección jurídica del software es en base a la protección de los derechos de autor o el derecho de patentes en el Perú.? • Llego a la conclusión de que no podemos ampararlos o protegerlo al software con el DECRETO LEGISLATIVO 823, el software es un producto del intelecto y como tal, es un bien intangible e inmaterial, siendo una de sus características que no se fabrica, no se construye, sino se desarrolla. En este sentido, podemos a indicar porqué los principales derechos de propiedad industrial no pueden proteger jurídicamente al software.
  • 11.
  • 12. • Entonces tendríamos que protegerlo en el DECRETO LEGISLATIVO 822, como un DERECHO DE AUTOR, una creación que desarrollo el autor con su esfuerzo y lo viene desarrollando. Como una critica mencionaría que dicho decreto también no amparar perfectamente el software, pero de ambos decretos seria el mas aceptable.