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La Estructura del Estado
        Peruano
 Dr. Martín Manco Villacorta
El Perú

TERRITORIO               Organización
                           Jurídica
 NACION


 ESTADO                CONSTITUCION


GOBIERNO


POBLACION
Territorio
• Es el espacio geográfico delimitado por las fronteras en
  donde la población se organiza formando un Estado
• El territorio del Estado es inviolable. Comprende el suelo,
  el subsuelo, el dominio marítimo y el espacio aéreo que
  los cubre. El dominio marítimo comprende el mar
  adyacente a sus costas, así como su lecho y subsuelo hasta
  la distancia de doscientas millas marinas.
• El territorio de la república esta integrado por regiones,
  departamentos, provincias, distritos y centros poblados en
  cuyas circunscripciones se constituye y se organiza el
  Estado y gobierno a nivel nacional, regional y local.
Nación
• Es una sociedad natural de hombres a los
  que la unidad de territorio, de origen, de
  costumbres y de idioma, conduce a la
  comunidad de vida y conciencias sociales.
Población
• Es el conjunto de habitantes residentes en el
  territorio.
• La población esta conformada por
  miembros de nuestra nacionalidad, es decir
  los peruanos.
El Estado
• Es la institución de la nación organizada
  territorial, política y jurídicamente; dotada
  de poder que lo ejerce el gobierno.
• Sus Elementos son:
  –   Gobierno
  –   Población
  –   Territorio
  –   Orden Jurídico
Gobierno
• Poder político que ordena eficazmente y
  regula los actos de la población.
• El poder emana del pueblo. Quienes lo
  ejercen lo hacen en representación del
  pueblo y con las limitaciones y
  responsabilidades que la Constitución y las
  leyes establecen.
Organización Jurídica
• Es el conjunto de regulaciones
  fundamentales que establecen las relaciones
  de la vida social, sea éstas de las personas
  con el Estado o de las personas entre sí.
• El orden jurídico del Estado Peruano tiene
  como base fundamental la Constitución
  Política.
Constitución
• Constitución (ciencia política), ley fundamental,
  escrita o no, de un Estado soberano, establecida o
  aceptada como guía para su administración.
• La constitución fija los límites y define las
  relaciones entre los poderes legislativo, ejecutivo
  y judicial del Estado, estableciendo así las bases
  para su gobierno.
• También garantiza al pueblo determinados
  derechos. La mayoría de los países tienen una
  constitución escrita.
Constitución

• La Constitución es la norma jurídica fundamental
  que regula la vida de una sociedad estatal,
  inspirada en un sistema de creencias sobre las
  relaciones que deben existir entre gobernantes y
  gobernados y entre éstos entre sí.
• Encuadra las acciones políticas, asegurando la
  libertad de los ciudadanos y fijando límites a los
  gobernantes.
Patria


• Es la conciencia de la nación que favorece
  un sentimiento de culto y amor.
• Tierra natal o adoptiva ordenada como
  nación, a la que se siente ligado el ser
  humano por vínculos jurídicos, históricos y
  afectivos.
Nacionalidad


• Conjunto de características que identifican a
  los miembros de una sociedad estatal.
• Vínculo de derecho entre una persona con
  un Estado que le confiere al amparo legal
  de dicho Estado
TERRITORIO – NACIÓN - POBLACIÓN
              EL ESTADO PERUANO
A                                             S
D                                             I
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                    GOBIERNO                  T
I                   NACIONAL
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       PODER         PODER          PODER
T                                             S
    LEGISLATIVO    EJECUTIVO       JUDICIAL
R
A                                             A
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    AUTONOMOS                                 I
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                    GOBIERNO
P                                             T
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                                              S
                  SOCIEDAD CIVIL
GOBIERNO NACIONAL

• Es el ejercido por el Poder Ejecutivo de acuerdo a la
  Constitución Política y la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.
• Competencias Exclusivas:
   –   Diseño de Políticas nacionales y sectoriales.
   –   Defensa, Seguridad Nacional y Fuerzas Armadas
   –   Relaciones Exteriores
   –   Orden Interno
   –   Justicia
   –   Moneda Banca y Seguros
   –   Tributación y Endeudamiento Público nacional.
   –   Régimen de Comercio y Aranceles
   –   Regulación y Gestión de la marina mercante y la aviación comercial
   –   Regulación de los servicios públicos de su responsabilidad
   –   Regulación y Gestión de la Infraestructura Pública de carácter y alcance
       nacional.
Poder Legislativo
• El Poder Legislativo reside en el Congreso, el cual
  consta de cámara única.
• El Congreso de la República es el órgano
  representativo de la nación, encargado de realizar las
  funciones legislativas, de control político y las demás
  que establece la Constitución del Estado. Es
  unicameral y consta de 120 congresistas elegidos en
  forma directa.
PODER LEGISLATIVO



    Presidente del
      Congreso


    Cámara Única


      Comisión
     Permanente
                     Comisiones
Congreso de la República

• La función de control político comprende la investidura
  del Consejo de Ministros, el debate, la realización de actos
  e investigaciones y la aprobación de acuerdos sobre la
  conducta política de gobierno, los actos de la
  administración y de las autoridades del Estado, el ejercicio
  de la delegación de facultades legislativas, el dictado de
  decretos de urgencia y la fiscalización y el uso y
  disposición de bienes y recursos públicos, el cumplimiento
  por el Presidente del mensaje anual al Congreso de la
  República y el antejuicio político, cuidando que la
  Constitución y las leyes se cumplan y disponiendo lo
  conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los
  infractores
Congreso de la República
• La función legislativa comprende el debate y la
  aprobación de reformas de la Constitución, de leyes y
  resoluciones legislativas, así como de su interpretación,
  modificación y derogación, de acuerdo con los
  procedimientos establecidos en la Constitución y el
  Reglamento del Congreso.
• Las funciones especiales del Congreso, es designar al
  Contralor General de la República, elegir al Defensor del
  Pueblo, así como a los miembros del Tribunal
  Constitucional, al Directorio del Banco Central de
  Reserva y ratificar al Presidente del Banco Central de
  Reserva y a la Superintendecia de Banca y Seguros.
Poder Ejecutivo
• Ejerce las funciones administrativas orientadas a
  cumplir y hacer cumplir las leyes; mantener la
  prestación de los servicios públicos y ejercer su
  capacidad normativa.
• El Presidente de la República es el Jefe de Estado
  y personifica a la nación. Al Presidente le
  corresponde la conducción del Poder Ejecutivo.
Poder Ejecutivo
           Presidencia de la República

                            PCM
                                                Comisiones
                                                   De
                                               Coordinación

                                                Organismos
                                                  Públicos
                                              Descentralizados

                                                Organismos
                                                Reguladores


                       MINISTERIOS
                         Organismos
Sector                    Públicos



         Empresas de                  Empresas de
          Derecho                      Derecho
           Público                     Privado
Presidencia de la República

• El Presidente de la República es el Jefe de Estado
  y personifica a la nación.
• Es Jefe supremo de las Fuerzas Armadas y
  Policiales.
• Le corresponde, la dirección política general de
  gobierno y de los diferentes organismos de la
  administración pública; representa al Estado
  dentro y fuera de la República; dirige la política
  exterior; las relaciones internacionales y la política
  de desarrollo del país.
Presidencia del Consejo de Ministros

• Es un organismo del Poder Ejecutivo con
  personería de derecho público interno, cuya
  principal función es apoyar al Presidente del
  Consejo de Ministros en el cumplimiento de sus
  funciones.
• Es el organismo coordinador intersectorial de la
  función política administrativa del Estado; en
  función de dicha política establece las
  coordinaciones con los otros poderes del Estado,
  así como con los organismos autónomos y los
  niveles de Gobierno Regional y Local.
Presidente del Consejo de Ministros

• Es la máxima autoridad política y administrativa
  de la Presidencia del Consejo de Ministros. Es
  Ministro de Estado sin cartera.
• El Presidente del Consejo de Ministros establece
  los objetivos, formula y dirige las políticas de
  carácter multisectorial, coordina los esfuerzos de
  las demás entidades de la administración pública
  en su respectivo ámbito de competencias y
  supervisa la gestión de la Presidencia del Consejo
  de Ministros.
Comisiones de Coordinación

• Son instancias de coordinación
  intersectorial y de discusión política al
  interior del Consejo de Ministros.
• Son: CCV – Comisión de Coordinación
  Vice-Ministerial; CIAEF – Comisión
  Interministerial de Asuntos Económicos
  Financieros; CIAS – Comisión
  Interministerial de Asuntos Sociales
Ministerios
• Son organismos centrales del Poder Ejecutivo con
  personería de derecho público interno a cargo de
  los Ministros de Estado que conducen la gestión
  de los asuntos públicos de su competencia de
  conformidad con la política general del gobierno
  central.
• Los Ministerios tienen funciones normativas,
  reguladoras, fiscalizadoras y de ejecución.
MINISTERIOS

                     PODER EJECUTIVO


                             PCM



                        Economía y           Energía y
Agricultura     Defensa            Educación
                         Finanzas             Minas
Com. Exterior                                          De la Mujer
 y Turismo      Interior    Justicia    Producción     y Des. Social

Relaciones                   Trabajo y   Transporte y   Vivienda y
                 Salud     Prom. Empleo Comunicaciones Construcción
Exteriores
 Medio
Ambiente
Ministros
• Son los que formulan, dirigen, coordinan,
  determinan, ejecutan, supervisan y evalúan
  las políticas de los sectores a su cargo, y
  asumen la responsabilidad inherente a dicha
  gestión en el marco de la política general
  del gobierno nacional.
Organismos Públicos


• Son entidades con personería jurídica de
  derecho público interno adscritas a un
  Ministerio, creadas para la realización de
  actividades específicas de gestión
  especializada, con autonomía técnica,
  administrativa y funcional
Organismos Reguladores

• Son entidades con personería jurídica de derecho
  público interno de alcance nacional que por actuar
  en ámbitos especializados requieren de autonomía
  técnica, administrativa, funcional, económica y
  financiera. Están adscritos a la Presidencia del
  Consejo de Ministros.
• Ejercen funciones de supervisión, regulación,
  normativa, fiscalizadora y sancionadora, solución
  de controversias y solución de reclamos.
ORGANISMOS REGULADORES



         OSINERG

         OSITRAN
PCM
         OSIPTEL

         SUNASS
EMPRESAS DEL ESTADO
• Empresas de Derecho Público
• Empresas de Derecho Privado
• Empresas de Economía Mixta
Empresas de Derecho Público

• Son empresas de Derecho Público las que
  se crean por ley y gozan de atributos
  propios de la Administración Pública.
• Desarrollan actividades propias del Estado
  y pertenecen al sector público.
• Los recursos que integran su patrimonio son
  fondos públicos y se sujeta a las normas del
  Presupuesto general de la República
Empresas de Derecho Privado
• Son sociedades anónimas cuyo capital pertenece
  exclusivamente al Estado pueden ser de propiedad
  directa o indirecta.
• Propiedad directa el Estado es el titular de las
  acciones de la Empresa.
• Propiedad indirecta se da cuando las acciones
  pertenecen a una o varias empresas de Derecho
  público o estatales de derecho privado
Empresas de Economía Mixta
• Son sociedades anónimas en las que el Estado
  tiene una participación accionaria mayoritaria, que
  le permite con el derecho de voto que le
  corresponde por tener acciones, decidir el sentido
  de todos los acuerdos de la junta general de
  accionistas.
• También se da el caso en que las sociedades
  anónimas, en la que el Estado tiene una
  participación de accionista minoritario y actúa en
  igualdad de condiciones con los demás
  accionistas.
Sector

• Se concibe como un ámbito de gobierno resultado
  de agrupar o dividir las actividades propias de la
  función de gobierno
• Es un ámbito de la política general del Estado
  donde se concibe y se aplican políticas
  gubernamentales específicas que determinan la
  ejecución de actividades correspondientes a
  funciones homogéneas o afines.
• Cada Ministro es titular del sector a su cargo
Poder Judicial
• Es la potestad de administrar justicia y se ejerce a través
  de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución.
• Esta integrado por:
   – Órganos Jurisdiccionales: Corte Suprema, Cortes Superiores,
     Juzgados de Paz Letrados, Juzgados de Paz y Juzgados
     Especializados Mixtos.
   – Órganos que ejercen su gobierno y administración: Presidente
     de la Corte Suprema, Sala Plena de la Corte Suprema, Consejo
     Ejecutivo, Gerencia general y el Consejo Ejecutivo Distrital.
Poder Judicial

            Presidente

                  Corte
                 Suprema

              Cortes
             Superiores



    Salas                    Salas
 Superiores                Superiores
Especializadas              Mixtas


              Juzgados
            Especializados

                  Juzgados
                   de Paz
Organismos Autónomos

• Son entidades que desarrollan funciones
  especializadas del Estado. Son personas jurídicas de
  derecho público, creadas por la Constitución.
• Son: Tribunal de Garantías Constitucionales, Jurado
  Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de
  Procesos Electorales, Registro Nacional de
  Identificación y Estado Civil, Contraloría General de
  la República, Banco Central de Reserva del Perú,
  Superintendencia de Banca y Seguros, Ministerio
  Público, Consejo Nacional de la Magistratura,
  Universidades, Defensoría del Pueblo.
TRIBUNAL DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES

                  JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

             OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES          SISTEMA
                                                              ELECTORAL
               REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION
                            Y ESTADO CIVIL
                                                                SISTEMA DE
               CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA               CONTROL
ORGANISMOS
AUTONOMOS    TRIBUNAL CENTRAL DE RESERVA DEL PERU
                BANCO DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES

               SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS
                                                               INSTITUTO DE
                        MINISTERIO PUBLICO                       MEDICINA
                                                                  LEGAL
               CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA

                      DEFENSORIA DEL PUEBLO

                            UNIVERSIDADES




               ASOCIACION                CONSEJO NACIONAL
                NACIONAL                DE FUNCIONAMIENTO
                   DE                  DE LAS UNIVERSIDADES
                RECTORES
Gobierno Regional
• Emanan de la voluntad popular. Son
  persona jurídicas de derecho público con
  autonomía política, económica y
  administrativa en asuntos de su
  competencia, es ejercido por el órgano
  ejecutivo de la región, de acuerdo con las
  competencias, atribuciones y funciones que
  le asigna la Constitución.
ORGANIZACIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL

                                                              CONSEJO DE
CONSEJO REGIONAL            GOBIERNO REGIONAL         COORDINACION REGIONAL



                               PRESIDENTE




                                GERENTE
                                REGIONAL




                               GERENCIA DE                       GERENCIA DE
GERENCIA DE   GERENCIA DE                       GERENCIA DE       RECURSOS
DESARROLLO    DESARROLLO      PLANEAMIENTO,
                              PRESUPUESTO Y        INFRA-       NATURALES Y
ECONOMICO       SOCIAL                          ESTRUCTURA       GESTION DEL
                               ACONDICIONA.
                                TERRITORIAL                     MEDIO AMBIEN.
Gobierno Local
• Es una entidad básica de la organización territorial
  del Estado y canales inmediatos de participación
  vecinal en los asuntos públicos, que
  institucionalizan y gestionan con autonomía los
  intereses propios de las correspondientes
  colectividades; siendo elemento elementos
  esenciales del gobierno local, el territorio, la
  población y la organización.
• Gozan de autonomía política, económica y
  administrativa en los asuntos de su competencia.
Organización de los Gobiernos Locales                               Ó r g a n o d e C o o r d in a c ió n

          Ó rg an o
       N o r m a t iv o         C o n c e jo M u n ic ip a l              C o n s e jo d e
               y               A lc a ld e y R e g id o r e s       C o o r d in a c ió n L o c a l
      F is c a liz a d o r


         P r o c u r a d u r ía

              A u d ito r ía


                                        A lc a ld ía                      Ó r g a n o E je c u t iv o


                                                                A s e s o r ía
                                                                 J u r íd ic a
                                                         P la n e a m ie n to y
                                                           P r e s u p u e s to


                                       G e re n te
                                      M u n ic ip a l


           O rg a n o s d e
              Apoyo



                                     O rg a n o s d e
                                         L ín e a
Administración Pública

• Es la organización social con la cual se ejecutarán
  sus funciones en términos administrativos,
  entendidos éstos como el ejercicio del
  condicionamiento y el desarrollo de los procesos
  productivos de bienes y servicios.
• Es un conjunto de ideas, actitudes, normas,
  procesos, instituciones y otras formas de conducta
  humana que determinan cómo se distribuye y
  ejerce la autoridad política y como se atiende los
  intereses públicos.
Sistemas Administrativos
• Son medios horizontales de regulación
  administrativa de gobierno, a través de los cuales
  se trata de orientar coherentemente y
  homogenizar el desarrollo de políticas de gestión
  en campos funcionales comunes de las entidades
  públicas para unificar y optimizar la acción de
  gobierno.
• Estructuralmente están conformados por una
  oficina central y sus correspondientes áreas
  funcionales en cada entidad pública.
SISTEMAS ADMINISTRATIVOS (*)
                      Planeamiento
                       Estratégico
                        Recursos
                        Humanos

                       Control
                    Presupuesto
                     Contabilidad
SISTEMAS
                      Tesorería
                    Abastecimiento
                    Modernización de
                    la Gestión Pública
                    Inversión Pública
                     Defensa Judicial
                       del Estado



(*) Sistemas Principales
Programas
• Los Programas son estructuras funcionales creadas
  para atender un problema o situación critica, o
  implementar una política pública especifica, en el
  ámbito de competencia de la entidad a la que
  pertenece.
• Solo par excepción, la creación de un Programa
  conlleva la creación de un órgano a unidad
  orgánica en una entidad.
Proyectos Especiales
• Los Proyectos Especiales son un conjunto
  articulado y coherente de actividades orientadas a
  alcanzar uno o varios objetivos en un periodo
  limitado de tiempo, siguiendo una metodología
  definida.
• Solo se crean para atender actividades de carácter
  temporal. Una vez cumplidos los objetivos, sus
  actividades, en caso de ser necesario, se integran
  en órganos de línea de una entidad nacional o, por
  transferencia a una entidad regional o local, según
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  • 1. La Estructura del Estado Peruano Dr. Martín Manco Villacorta
  • 2. El Perú TERRITORIO Organización Jurídica NACION ESTADO CONSTITUCION GOBIERNO POBLACION
  • 3. Territorio • Es el espacio geográfico delimitado por las fronteras en donde la población se organiza formando un Estado • El territorio del Estado es inviolable. Comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo y el espacio aéreo que los cubre. El dominio marítimo comprende el mar adyacente a sus costas, así como su lecho y subsuelo hasta la distancia de doscientas millas marinas. • El territorio de la república esta integrado por regiones, departamentos, provincias, distritos y centros poblados en cuyas circunscripciones se constituye y se organiza el Estado y gobierno a nivel nacional, regional y local.
  • 4. Nación • Es una sociedad natural de hombres a los que la unidad de territorio, de origen, de costumbres y de idioma, conduce a la comunidad de vida y conciencias sociales.
  • 5. Población • Es el conjunto de habitantes residentes en el territorio. • La población esta conformada por miembros de nuestra nacionalidad, es decir los peruanos.
  • 6. El Estado • Es la institución de la nación organizada territorial, política y jurídicamente; dotada de poder que lo ejerce el gobierno. • Sus Elementos son: – Gobierno – Población – Territorio – Orden Jurídico
  • 7. Gobierno • Poder político que ordena eficazmente y regula los actos de la población. • El poder emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen en representación del pueblo y con las limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen.
  • 8. Organización Jurídica • Es el conjunto de regulaciones fundamentales que establecen las relaciones de la vida social, sea éstas de las personas con el Estado o de las personas entre sí. • El orden jurídico del Estado Peruano tiene como base fundamental la Constitución Política.
  • 9. Constitución • Constitución (ciencia política), ley fundamental, escrita o no, de un Estado soberano, establecida o aceptada como guía para su administración. • La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial del Estado, estableciendo así las bases para su gobierno. • También garantiza al pueblo determinados derechos. La mayoría de los países tienen una constitución escrita.
  • 10. Constitución • La Constitución es la norma jurídica fundamental que regula la vida de una sociedad estatal, inspirada en un sistema de creencias sobre las relaciones que deben existir entre gobernantes y gobernados y entre éstos entre sí. • Encuadra las acciones políticas, asegurando la libertad de los ciudadanos y fijando límites a los gobernantes.
  • 11. Patria • Es la conciencia de la nación que favorece un sentimiento de culto y amor. • Tierra natal o adoptiva ordenada como nación, a la que se siente ligado el ser humano por vínculos jurídicos, históricos y afectivos.
  • 12. Nacionalidad • Conjunto de características que identifican a los miembros de una sociedad estatal. • Vínculo de derecho entre una persona con un Estado que le confiere al amparo legal de dicho Estado
  • 13. TERRITORIO – NACIÓN - POBLACIÓN EL ESTADO PERUANO A S D I M S GOBIERNO T I NACIONAL N E I M S A PODER PODER PODER T S LEGISLATIVO EJECUTIVO JUDICIAL R A A D C ENTES I M AUTONOMOS I O N N I S GOBIERNO P T REGIONAL R U B A L T I GOBIERNO I C LOCAL V A O S SOCIEDAD CIVIL
  • 14. GOBIERNO NACIONAL • Es el ejercido por el Poder Ejecutivo de acuerdo a la Constitución Política y la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. • Competencias Exclusivas: – Diseño de Políticas nacionales y sectoriales. – Defensa, Seguridad Nacional y Fuerzas Armadas – Relaciones Exteriores – Orden Interno – Justicia – Moneda Banca y Seguros – Tributación y Endeudamiento Público nacional. – Régimen de Comercio y Aranceles – Regulación y Gestión de la marina mercante y la aviación comercial – Regulación de los servicios públicos de su responsabilidad – Regulación y Gestión de la Infraestructura Pública de carácter y alcance nacional.
  • 15. Poder Legislativo • El Poder Legislativo reside en el Congreso, el cual consta de cámara única. • El Congreso de la República es el órgano representativo de la nación, encargado de realizar las funciones legislativas, de control político y las demás que establece la Constitución del Estado. Es unicameral y consta de 120 congresistas elegidos en forma directa.
  • 16. PODER LEGISLATIVO Presidente del Congreso Cámara Única Comisión Permanente Comisiones
  • 17. Congreso de la República • La función de control político comprende la investidura del Consejo de Ministros, el debate, la realización de actos e investigaciones y la aprobación de acuerdos sobre la conducta política de gobierno, los actos de la administración y de las autoridades del Estado, el ejercicio de la delegación de facultades legislativas, el dictado de decretos de urgencia y la fiscalización y el uso y disposición de bienes y recursos públicos, el cumplimiento por el Presidente del mensaje anual al Congreso de la República y el antejuicio político, cuidando que la Constitución y las leyes se cumplan y disponiendo lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores
  • 18. Congreso de la República • La función legislativa comprende el debate y la aprobación de reformas de la Constitución, de leyes y resoluciones legislativas, así como de su interpretación, modificación y derogación, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Constitución y el Reglamento del Congreso. • Las funciones especiales del Congreso, es designar al Contralor General de la República, elegir al Defensor del Pueblo, así como a los miembros del Tribunal Constitucional, al Directorio del Banco Central de Reserva y ratificar al Presidente del Banco Central de Reserva y a la Superintendecia de Banca y Seguros.
  • 19. Poder Ejecutivo • Ejerce las funciones administrativas orientadas a cumplir y hacer cumplir las leyes; mantener la prestación de los servicios públicos y ejercer su capacidad normativa. • El Presidente de la República es el Jefe de Estado y personifica a la nación. Al Presidente le corresponde la conducción del Poder Ejecutivo.
  • 20. Poder Ejecutivo Presidencia de la República PCM Comisiones De Coordinación Organismos Públicos Descentralizados Organismos Reguladores MINISTERIOS Organismos Sector Públicos Empresas de Empresas de Derecho Derecho Público Privado
  • 21. Presidencia de la República • El Presidente de la República es el Jefe de Estado y personifica a la nación. • Es Jefe supremo de las Fuerzas Armadas y Policiales. • Le corresponde, la dirección política general de gobierno y de los diferentes organismos de la administración pública; representa al Estado dentro y fuera de la República; dirige la política exterior; las relaciones internacionales y la política de desarrollo del país.
  • 22. Presidencia del Consejo de Ministros • Es un organismo del Poder Ejecutivo con personería de derecho público interno, cuya principal función es apoyar al Presidente del Consejo de Ministros en el cumplimiento de sus funciones. • Es el organismo coordinador intersectorial de la función política administrativa del Estado; en función de dicha política establece las coordinaciones con los otros poderes del Estado, así como con los organismos autónomos y los niveles de Gobierno Regional y Local.
  • 23. Presidente del Consejo de Ministros • Es la máxima autoridad política y administrativa de la Presidencia del Consejo de Ministros. Es Ministro de Estado sin cartera. • El Presidente del Consejo de Ministros establece los objetivos, formula y dirige las políticas de carácter multisectorial, coordina los esfuerzos de las demás entidades de la administración pública en su respectivo ámbito de competencias y supervisa la gestión de la Presidencia del Consejo de Ministros.
  • 24. Comisiones de Coordinación • Son instancias de coordinación intersectorial y de discusión política al interior del Consejo de Ministros. • Son: CCV – Comisión de Coordinación Vice-Ministerial; CIAEF – Comisión Interministerial de Asuntos Económicos Financieros; CIAS – Comisión Interministerial de Asuntos Sociales
  • 25. Ministerios • Son organismos centrales del Poder Ejecutivo con personería de derecho público interno a cargo de los Ministros de Estado que conducen la gestión de los asuntos públicos de su competencia de conformidad con la política general del gobierno central. • Los Ministerios tienen funciones normativas, reguladoras, fiscalizadoras y de ejecución.
  • 26. MINISTERIOS PODER EJECUTIVO PCM Economía y Energía y Agricultura Defensa Educación Finanzas Minas Com. Exterior De la Mujer y Turismo Interior Justicia Producción y Des. Social Relaciones Trabajo y Transporte y Vivienda y Salud Prom. Empleo Comunicaciones Construcción Exteriores Medio Ambiente
  • 27. Ministros • Son los que formulan, dirigen, coordinan, determinan, ejecutan, supervisan y evalúan las políticas de los sectores a su cargo, y asumen la responsabilidad inherente a dicha gestión en el marco de la política general del gobierno nacional.
  • 28. Organismos Públicos • Son entidades con personería jurídica de derecho público interno adscritas a un Ministerio, creadas para la realización de actividades específicas de gestión especializada, con autonomía técnica, administrativa y funcional
  • 29. Organismos Reguladores • Son entidades con personería jurídica de derecho público interno de alcance nacional que por actuar en ámbitos especializados requieren de autonomía técnica, administrativa, funcional, económica y financiera. Están adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros. • Ejercen funciones de supervisión, regulación, normativa, fiscalizadora y sancionadora, solución de controversias y solución de reclamos.
  • 30. ORGANISMOS REGULADORES OSINERG OSITRAN PCM OSIPTEL SUNASS
  • 31. EMPRESAS DEL ESTADO • Empresas de Derecho Público • Empresas de Derecho Privado • Empresas de Economía Mixta
  • 32. Empresas de Derecho Público • Son empresas de Derecho Público las que se crean por ley y gozan de atributos propios de la Administración Pública. • Desarrollan actividades propias del Estado y pertenecen al sector público. • Los recursos que integran su patrimonio son fondos públicos y se sujeta a las normas del Presupuesto general de la República
  • 33. Empresas de Derecho Privado • Son sociedades anónimas cuyo capital pertenece exclusivamente al Estado pueden ser de propiedad directa o indirecta. • Propiedad directa el Estado es el titular de las acciones de la Empresa. • Propiedad indirecta se da cuando las acciones pertenecen a una o varias empresas de Derecho público o estatales de derecho privado
  • 34. Empresas de Economía Mixta • Son sociedades anónimas en las que el Estado tiene una participación accionaria mayoritaria, que le permite con el derecho de voto que le corresponde por tener acciones, decidir el sentido de todos los acuerdos de la junta general de accionistas. • También se da el caso en que las sociedades anónimas, en la que el Estado tiene una participación de accionista minoritario y actúa en igualdad de condiciones con los demás accionistas.
  • 35. Sector • Se concibe como un ámbito de gobierno resultado de agrupar o dividir las actividades propias de la función de gobierno • Es un ámbito de la política general del Estado donde se concibe y se aplican políticas gubernamentales específicas que determinan la ejecución de actividades correspondientes a funciones homogéneas o afines. • Cada Ministro es titular del sector a su cargo
  • 36. Poder Judicial • Es la potestad de administrar justicia y se ejerce a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución. • Esta integrado por: – Órganos Jurisdiccionales: Corte Suprema, Cortes Superiores, Juzgados de Paz Letrados, Juzgados de Paz y Juzgados Especializados Mixtos. – Órganos que ejercen su gobierno y administración: Presidente de la Corte Suprema, Sala Plena de la Corte Suprema, Consejo Ejecutivo, Gerencia general y el Consejo Ejecutivo Distrital.
  • 37. Poder Judicial Presidente Corte Suprema Cortes Superiores Salas Salas Superiores Superiores Especializadas Mixtas Juzgados Especializados Juzgados de Paz
  • 38. Organismos Autónomos • Son entidades que desarrollan funciones especializadas del Estado. Son personas jurídicas de derecho público, creadas por la Constitución. • Son: Tribunal de Garantías Constitucionales, Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Contraloría General de la República, Banco Central de Reserva del Perú, Superintendencia de Banca y Seguros, Ministerio Público, Consejo Nacional de la Magistratura, Universidades, Defensoría del Pueblo.
  • 39. TRIBUNAL DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES JURADO NACIONAL DE ELECCIONES OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES SISTEMA ELECTORAL REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL SISTEMA DE CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA CONTROL ORGANISMOS AUTONOMOS TRIBUNAL CENTRAL DE RESERVA DEL PERU BANCO DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS INSTITUTO DE MINISTERIO PUBLICO MEDICINA LEGAL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA DEFENSORIA DEL PUEBLO UNIVERSIDADES ASOCIACION CONSEJO NACIONAL NACIONAL DE FUNCIONAMIENTO DE DE LAS UNIVERSIDADES RECTORES
  • 40. Gobierno Regional • Emanan de la voluntad popular. Son persona jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, es ejercido por el órgano ejecutivo de la región, de acuerdo con las competencias, atribuciones y funciones que le asigna la Constitución.
  • 41. ORGANIZACIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL CONSEJO DE CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL COORDINACION REGIONAL PRESIDENTE GERENTE REGIONAL GERENCIA DE GERENCIA DE GERENCIA DE GERENCIA DE GERENCIA DE RECURSOS DESARROLLO DESARROLLO PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y INFRA- NATURALES Y ECONOMICO SOCIAL ESTRUCTURA GESTION DEL ACONDICIONA. TERRITORIAL MEDIO AMBIEN.
  • 42. Gobierno Local • Es una entidad básica de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elemento elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. • Gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
  • 43. Organización de los Gobiernos Locales Ó r g a n o d e C o o r d in a c ió n Ó rg an o N o r m a t iv o C o n c e jo M u n ic ip a l C o n s e jo d e y A lc a ld e y R e g id o r e s C o o r d in a c ió n L o c a l F is c a liz a d o r P r o c u r a d u r ía A u d ito r ía A lc a ld ía Ó r g a n o E je c u t iv o A s e s o r ía J u r íd ic a P la n e a m ie n to y P r e s u p u e s to G e re n te M u n ic ip a l O rg a n o s d e Apoyo O rg a n o s d e L ín e a
  • 44. Administración Pública • Es la organización social con la cual se ejecutarán sus funciones en términos administrativos, entendidos éstos como el ejercicio del condicionamiento y el desarrollo de los procesos productivos de bienes y servicios. • Es un conjunto de ideas, actitudes, normas, procesos, instituciones y otras formas de conducta humana que determinan cómo se distribuye y ejerce la autoridad política y como se atiende los intereses públicos.
  • 45. Sistemas Administrativos • Son medios horizontales de regulación administrativa de gobierno, a través de los cuales se trata de orientar coherentemente y homogenizar el desarrollo de políticas de gestión en campos funcionales comunes de las entidades públicas para unificar y optimizar la acción de gobierno. • Estructuralmente están conformados por una oficina central y sus correspondientes áreas funcionales en cada entidad pública.
  • 46. SISTEMAS ADMINISTRATIVOS (*) Planeamiento Estratégico Recursos Humanos Control Presupuesto Contabilidad SISTEMAS Tesorería Abastecimiento Modernización de la Gestión Pública Inversión Pública Defensa Judicial del Estado (*) Sistemas Principales
  • 47. Programas • Los Programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación critica, o implementar una política pública especifica, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenece. • Solo par excepción, la creación de un Programa conlleva la creación de un órgano a unidad orgánica en una entidad.
  • 48. Proyectos Especiales • Los Proyectos Especiales son un conjunto articulado y coherente de actividades orientadas a alcanzar uno o varios objetivos en un periodo limitado de tiempo, siguiendo una metodología definida. • Solo se crean para atender actividades de carácter temporal. Una vez cumplidos los objetivos, sus actividades, en caso de ser necesario, se integran en órganos de línea de una entidad nacional o, por transferencia a una entidad regional o local, según corresponda.