El documento resume la normativa aplicable a los procesos de compras y contrataciones del sector público en la Argentina a nivel nacional, provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Describe los decretos, leyes y resoluciones que regulan aspectos como los procedimientos de selección, publicidad, programación, requisitos de los pedidos, pliegos de bases y condiciones, entre otros. También menciona los principios de igualdad, legalidad, razonabilidad y transparencia que deben guiar las contrataciones públicas.
2. Decreto Delegado Nº 1023/2001 Modificado por Decreto 666/2003 (20/03/2003) y Decreto 204/2004 Decreto 436/2000 Reglamento para la Adquisición, enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional
3. Decisión Administrativa Nº 215/99 Competencia de los funcionarios el Poder Ejecutivo Nacional para la autorización y aprobación de gastos. Resolución SH Nº 515/00 (29/12/00) Manual Resolución 24/2004 Subsecretaría Gestión Pública Jef. Gab. De Ministros.
4. Resolución M.E Nº 834/2000 Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y Servicios del Estado Nacional
5. Resolución General AFIP Nº 1814 (13/01/2005) Certificado fiscal para contratar. Decisión Administrativa 344/97 (17/06/97) Creación del sistema de Identificación de Bienes y Servicios de utilización común. Decreto N° 558/96 (28/05/96) Establece el sistema de los Precios Testigos
6. *PROVINCIA DE BS AS. LEY 7764 DECRETO 3300/72 TO 2007 DECRETO 1676/07 PUBCG- DECRETO 89/07 LEY DE COMPRE ARGENTINO 12.496 Decreto 305/08 Emergencia Adm funcional Ministerio Salud Provincia Bs. As. *GCBA- LEY DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Nº 2095 Decreto 408/07
10. ¿ES UN ACTO COMPLEJO O CONFIGURA UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO? NO ES ACTO COMPLEJO. SE INSCRIBE DENTRO DE LA ÓRBITA DEL PROCEDIMIENTO AD. CONSTITUYE SECUENCIA ORDENADA DE ESTADIOS. ESTÁ INTEGRADA POR UNA SERIE ININTERRUMPIDA DE ÉSTOS, CADA UNO CON CONTENIDO PROPIO, INDISPENSABLE PARA LA CONFIGURACIÓN DE LA LICITACIÓN, PERO QUE INDIVIDUALMENTE NO BASTA PARA DAR ORIGEN AL PROCEDIMIENTO.
11. LA CONVOCATORIA COMO ACTO GENERAL NO NORMATIVO El llamado a licitación pública, constituye un acto de alcance general, dado que se convoca a una pluralidad indeterminada de oferentes Se trata de un acto de esencia no normativa en razón que sus efectos se agotan al cumplirse la finalidad perseguida , que es la de lograr la mayor cantidad de proponentes
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14. LA IGUALDAD IGUALDAD Nace de la propia C.Nacional (art. 16) Debe abarcar todo el procedimiento de selección y posteriormente la ejecución del contrato
15. LA IGUALDAD Y LOS PLIEGOS 1.-Elaboración pliegos (no cláusulas dirigidas) 2.-Aclaraciones al pliego (toda aclaración a alguno, se debe extender a los demás. La igualdad se refiere tanto a la posición de los oferentes frente a la Adm. como a la de cada interesado frente a los restantes ) 3.-Modificaciones al pliego (antes de la apertura -novación) 4.-Criterio restrictivo de interpretación del pliego.(La juris.dictaminó en forma constante como resguardo de igualdad de los participantes)
16. LA IGUALDAD Y LAS OFERTAS 1.-La presentación tardía de las ofertas. El plazo que determine la autoridad administrativa debe ser cumplido rigurosamente se debe optar siempre por la intangibilidad de los valores republicanos comprometidos en la selección del contratista 2.-Inmodificabilidad y mejora Ésta precluye en el momento de su presentación
17. LA IGUALDAD LICITATORIA Y SU PROYECCIÓN SOBRE EL CONTRATO 1.-La coherencia entre los pliegos y el contrato 2.-Incorporación expresa al contrato de contenidos de la oferta apartados del pliego (vicia gravemente el procedimiento de selección) La CSJN declaró nulidad de un contrato entre prov. Mendoza y empresa constructora Schmidt, para construir un edificio destinado al palacio de Gob de esa prov.En presupuesto la empresa agregó modificó y suprimió cláusulas generales del pliego se autoatribuyó la facultad de suspender los trabajos por falta de pago La nueva oferta fue aceptada e incluida en el contrato.La Corte determinó que ello importaba falsear las bases del acto y desvirtuar su eficacia como garantía para el interés público (no debió aprobarse y menos aún adjudicarse una obra cuya propuesta contenía una modificación de tal importancia )
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19. La juridicidad abarca a todo el sistema normativo Caso Serra c/ Municipalidad se empleó en sentido amplio estableciéndose que “ La La Juridicidad abarca TODO el sistema normativo Caso Serra c/ Municipalidad “ La administración está positivamente sometida al ordenamiento jurídico” Fallo autos Espacio C/ Ferr Arg s/ cobro de pesos, se sentó la prevalencia de la ley formal sobre ellos, declarando la invalidez de la cláusula del pliego en tanto se interprete en contra de la ley
20. RAZONABILIDAD RAZONABILIDAD Todo acto de la Adm. debe encontrar su justificativo en preceptos legales y en hechos conductas y circunstancias. Los agentes deben valorar razonablemente las circunstancias de hecho y derecho y disponer las medidas proporcionalmente adecuadas al fin perseguido por el orden jurídico (CSJN Almiron Gregoria c/ Mministerio de Educación de la Nación fallos-305:1489,ED106-727)
21. La trasparencia y la obligación de informar impuesta a los organismos públicos. Remisión electrónica de información sujeto activo:organismos definidos sujeto pasivo: ONC La ONC tiene la función de organizar, la información remitida
22. La información deberá contener: 1-la convocatoria, 2-los PBCP, 3-las notas aclaratorias, 4-los cuadros comparativos de oferta, 5-la precalificación, dictámen de evaluación, 6-los actos por los q se aprueben los proced. de selección. 7-las o/C, 8-los actos que apliquen sanciones a proveedores y su información.
23. Transparencia Art. 9 Dec. Del. 1023, Art. 8 Ley 2095 La contratación pública se basará: Trasparencia Art. 9 Dec. Del. 1023, Art. 8 Ley 2095 La contratación pública se basará: 1) publicidad y difusión 2) tecnologías informáticas y el acceso de la sociedad a la información de la gestión el estado 3) y en la participación y control de la comunidad, en las contrataciones .
24. AMBITO DE APLICACIÓN DEC. DEL. 1023 DEC. 666/2003 DEC. 436/2000. Procedimientos de contratación en los que sean parte ORGANISMOS DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL COMPRENDIDOS EN EL INC. a) ART. 8 LEY 24.156 "Administración Nacional, conformada por la Administración Central y los Organismos descentralizados comprendiendo en estos últimos a las instituciones de la seguridad social
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26. GCBA ART 2 LEY 2095 Sector público CABA lA ADM CENTRAL, ENTES DESCENTRALIZADOS,ENTES AUTÁRQUICOS PODER LEG PODER JUDICIAL ÓRGANOS DE LA CONST.DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BS. AS. EMPRESAS Y SOC DEL ESTADO SOC. ANÓNIMAS CON PART.ESTATAL MAYORITARIA,SOC ECON. MIXTA Y CUALQUIER OTRA ORG EMPRESARIAL DONDE LA CIUD. AUTÓNOMA TENGA PARTIC. MAYORITARIA ESTATAL
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29. PROCEDIMIENTO DE SELECCION NACIÓN Dec Del 1023 Art 25 PROV. BS.AS Art 1 Dec 3300/72 GCBA Ley 2095 Art 26 PROCEDIMIENTO DE SELECCION NACIÓN DEC Del 1023 Art 25 PROV. BS.AS Art 1 Dec 3300/72 GCBA Ley 2095 Art 26 * Licitación o Concurso Público * Subasta Pública * Licitación o Concurso Privado * Contratación Directa: Trámite simplificado. SECOP-10.000$ Dec 1818/06 *Cont Directa / Cont. Menor Art 38 Ley 2095(30.000 U.C
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33. DIFUSIÓN POR INTERNET ART 32 DEC. DEL 1023 TODAS LAS CONVOCATORIAS CUALQUIERA SEA EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN SE DIFUNDIRÁN POR INTERNET, U OTRO MEDIO ELECTRÓNICO DE IGUAL ALCANCE QUE LO REEMPLACE, EN EL SITIO DEL ÓRGANO RECTOR DESDE QUE SE COMIENCE A DAR PUBLICIDAD O DESDE QUE SE CURSEN INVITACIONES HASTA LA APERTURA.
34. Prov. Bs. As. Montos - Publicidad Dec. 3300/72 Art. 1 y 9 -Ley 7764 Art 30 Licitaciones Públicas :+ $ 500.000) a) B.O. Prov.1 a 3 días, anticip. 8 días b) en 2 diarios y c) en forma simultánea en el sitio web de la Prov. Bs. As. Licitaciones Privadas ($ 50.000 a 500.000),invitación firmas inscriptas, se podrá invitar a no inscriptas Publicación: 1 día BO y en el sitio web C ontrataciones Directas sin causa, el monto es hasta $ 50.000.
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38. Trá mite simplificado * Nación DECRETO 1818/06 SECOP C ontrataciones Directas menos $ 10.000 donde concentra la mayor cantidad de transacciones se deberá utilizar en forma obligatoria el SECOP que habilite la ONC Oferente: * Baja Pliegos * Realiza consultas en línea * Demuestra interés en la contratación. * Visualiza acto de Apertura y ofertas * Visualiza cuadro de Evaluación * Recibe aviso de adjudicación
39. Recibe aviso de adjudicación *Firma de Orden de Compra presencial *Publicación de Orden de Compra *visitas personalizadas. Por rubro, provincia, Organismo INFORMACIÓN –ON LINE 24 HS LOS OFERENTES DEBERÁN ESTAR INSCRIPTOS O PREINSCRIPTOS EN EL SIPRO, DONDE SE LES OTORGARÁ CLAVE Y CONTRASEÑA,PARA OPERAR EL SISTEMA
40. INNOVACIONES Comunicaciones, Fax, Teléfono Formularios Preimpresos Urna tradicional ANTES AHORA Documento digital Buzón Electrónico Comunicaciones Electrónicas Horarios de Oficina 24 hs - Información on-line Notificaciones por Boletín Oficial y Correo Notificación en sitio web
41. REVOCACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN ART. 60 DTO. 436/2000 LA COMPROBACIÓN QUE EN UN LLAMADO A CONTRATACIÓN SE HUBIERAN 1)OMITIDO LA PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN PREVIA, 2) O FORMULADO ESPECIFICACIONES O 3) INCLUÍDO CLÁUSULAS CUYO CUMPLIMIENTO FUERA FACTIBLE POR DETERMINADO INTERESADO U OFERENTE, DE MANERA QUE EL MISMO ESTÉ DIRIGIDO, DARÁ LUGAR A LA REVOCACIÓN INMEDIATA DEL PROCEDIMIENTO, CUALQUIERA FUERE EL ESTADO DE TRÁMITE EN QUE SE ENCUENTRE, Y A LA INICIACIÓN DE LAS ACTUACIONES SUMARIALES PERTINENTES
44. PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES Generales y Particulares PBCG Contiene las disposiciones relativas a los contratos de una misma clase o categoría. P.Ej. Obra Pública, Suministros. PBCP Contiene las condiciones particulares y específicas para una contratación determinada
45. PBCG Son actos de alcance general normativo, es decir Reglamentos, regulan con vocación de permanencia una pluralidad de casos indeterminados que se incorporan al ordenamiento sin consumirse con su aplicación
46. PBCP Sus clausulas revisten la calidad de generales no normativas, ya que son aplicados a una pluralidad indeterminada de personas (los potenciales oferentes) y se consumen con su aplicación, es decir con la sustanciación de la selección y el desarrollo del contrato
48. *Cada jurisdicción o entidad formulará su programa de contrataciones ajustado a: *La naturaleza de sus actividades . Y a los créditos asignados en ley presupuesto administración nacional. Provincia Bs. As. formularán programa anual y deberá publicarlo en su sitio web (Art 7 Dec 3300/72)
49. Requisitos de los pedidos DECRETOS : 436/2000-art. 46 3300/72 T.O.art. 5 y15 ap) b) Ley 2095 arts.85 al 91 Capitulo II
50. c) Consignar en características Forma precisa e especie Inconfundible ( art.23 RIBS y 88 Ley 2095 G.C.B.A párr. 2ºuso oblig.) Reacondicionado b) Objeto Usado Nuevo a) Formular el pedido por escrito
51. f) Estimar costo g) Marca GCBA C ontrataciones que difieren de las comunes C ontrataciones restrictivas de oferentes e) Fundamentar Consignar el n° de catálogo Sistema de Identif. de Bs. y Serv. de Ut. Común, Res. 344 Farmacopea Art., etc. RIBS uso obligatorio (art 23 Ley 2095) d) Calidad
52. MARCA ART 35.11 GCBA No se debe requerir marca determinada Aún si se solicita el oferente puede ofertar productos de otras marcas El ORG. PUEDE EXIGIR ACREDITACIÓN DE CALIDAD OTORGADA POR EL INTI, u otras entidades Públicas Priv.
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54. 1.-NUMERO IMPORTANTE DE UNIDADES REQUERIDAS-DISTRIBUCION EN DIFERENTES RENGLONES 2.-OFERTAS PARCIALES Nacion : Dec 1075/01- Art 50 Dec 436/00- GCBA Ley 2095 Art. 90 1.- Objeto: estimular participación de micro, pequeñas y medianas empresas y de forma asociativas, art. 1 Ley 25300, al confeccionarse el PBCP, deberá distribuirse la cantidad total en diferentes renglones.(...) 2.- Se entenderá implícita posibilidad presentar ofertas parciales ” GCBA podrá .
55. Provincia Bs As admite cotización por el total, parcial y aún por parte del renglón (art. 20 – Decreto 3300/72). GCBSAS,admite igual posibilidad para el oferente (art 37 dec 408/07) La Com. Evaluadora podrá preadjudicar todos o parte de los renglones o parte del renglón.art 46.3 dec 408/07
56. PREFERENCIA GCBA Art. 108 Micro y Pequeñas Empresas, Cooperativas y Talleres Protegidos: margen favor 5% en todos los proc de cont. respecto restantes oferentes Será otorgado una vez por ejercicio . Definición de micro y Pequeña empresa art 142 comercio: fact. micro: 1.800.000 U.C. pequeña: 10.800.000 U.C servicios micro: 450.000 U.C pequeña 3.240.000 U.C.
57. PREFERENCIA Provincia Bs As Ley 12.496 incorpora el art 25 bis del Dec Ley 7764 El 15% de las contrataciones deberán recaer en micro, pequeñas y medianas empresas La preferencia : 5% en igualdad de precio y calidad para bienes y servicios argentinos Dicho % será del 10% cuando el producto posea sello IRAM o norma ISO
59. a) Renglones afines a un mismo rubro comercial. b) Prohibición de incluir elementos que no configuren una unidad funcional indivisible. c) Se debe evitar la digitación de la licitación, transcripción de textos, folletos o catálogos ( Ley 2095 - art. 88. GCBA Art. 10 y 11 Revocación)
60. PROHIBICIÓN DE DESDOBLAMIENTO O FRACCIONAMIENTO DECRETO 436/200 ART. 51 LEY 2095 - art. 91. GCBA. DECRETO 3300/72 T.O.ART 7
61. Identificación de Bienes y Servicios de utilización común decisión administrativa n° 344/ 97(Nación) Ley 2095 – Art. 23 GCABA
62. Sistema de Identificación de Bienes y Servicios de Utilización Común, objeto: establecer criterios uniformes y homogéneos para identificación de requerimientos de compras de la Administración Pública Nacional, su clasificación y codificación a los efectos de la,adquisición de bienes y servicios .
63. Todos los usuarios de la Administración Pública tienen acceso, lo revisa, lo actualiza, etc. Provincia de Bs. As., catalogación y tipificación (art. 15 ap. b – Decreto 3300/72).
64. Ley 2095 GCBA – Art. 20 Sistemas de Registros Informatizados Sub sistemas Art. 23 RIBS Registro Informatizado de bienes y servicios. Contiene todos bienes y servicios . Clasificados / Denominados / Codificados de manera uniforme Art. 24-RIIP Regisro informatizao de información de contataciones
65. Comisión de Estudios y Confección de Pliegos Ley 2095 GCBA – Art. 89 La UOA puede solicitar asesoramiento a comisión Ad Hoc y Ad Honorem para estudio y confección de PCP complejos
66. Revocación de Procedimiento de Contrataciones Por la inclusión de cláusulas que induzcan a la adjudicación de determinados oferentes Decreto Delegado 1023 Decreto 436/2000 – Art. 60 Decreto 3300 – Art. 14 Ley 2095 GCBA – Art.10
67. Aclaraciones y modificaciones al pliego de bases y condiciones particulares G.C.B.A. Art 35.12 dec 408/076 DECRETO 436/2000 RESOLUCION 834/2000- ART. 6
68. Aclaraciones de los interesados Nación y GCBA Podrán realizar consultas por escrito , con 72 hs antes a la apertura No se aceptan consultas telefónicas
69. 24 hs. antes de la apertura. 1) Todos aquellos que obtuvieron el pliego. 2) Al que efectuó la consulta. 3) Exhibición de la misma en la cartelera 4) La incluirá en el Pliego. Aclaraciones de Oficio Igual procedimiento descripto. Circular
70. Modificaciones Factibilidad Se introduce la posibilidad de modificación de las cláusulas del mismo, solo en el siguiente caso.
71. 1. Antes de la apertura: Sólo si se publican en las mismas condiciones que la publicación original y mediante acto administrativo de autoridad competente. 2. Después de la apertura: Es inaceptable, se debe considerar los derechos y obligaciones adquiridos por los oferentes.
72. Cambio de fecha del Acto de apertura Por consulta de los oferentes Cuando resultare de dicha consulta la necesidad de pedir informes o realizar verificaciones técnicas que demanden más de 48 hs. En estos casos el O r g anismo puede posponer de o ficio la fecha de apertura. C ambio de fecha de apertura. Se comunica 1) A todos a quiénes se les informó el llamado. 2) Publicitada en los mismos medios que se realizó el llamado, por 1 día.
74. La no presentación es causal de inadmisibilidad,cuando lo exija el P.C.P. Cuando el pliego no impone la presentación, el oferente puede presentarlas si contribuyen a ilustrar su oferta, pero no reemplazará a las especificaciones técnicas . Muestras (art. 66 dec 436/2000.)
75. Quedan en poder del organismo, quién las cotejará con las entregas. Cumplido el contrato: Quedan a disposición del proveedor por el término de un mes, a contar de la recepción definitiva. Si no la retiran pasan a poder de Edo. Nac. Muestras adjudicadas
76. Cuando las muestras sean sin cargo el oferente deberá hacerlo constar en la documentación .
77. Regimen Prov Bs As Si lo solicitan, será obligatoria su presentación. E xcepción:si se presenta documentación analizada por la Comisión de Investigaciones Científicas (art.31 Dec 3300/72 Muestra patrón Bastará manifestar que lo ofertado se ajusta a pliego (art. 32 – Decreto 3300/72 T.O.)
78. Regimen Gobierno Ciudad de Buenos Aires Dec 408/07 Art 44.3 establece igual criterio que en la Nación
79. Gratuidad de las impugnaciones (Nacion – Provincia) El proceso administrativo a diferencia del proceso judicial, es absolutamente gratuito. Es una condición de participación posible e igualitaria
80. Ley 2095 GCBA – Art. 99 ap. d) Garantía impugnatoria preadjudicación Entre 1% y 5% monto total oferta preadjudicada a criterio Reintegro: Solo si es favorable Si nada dice el Pliego 3%, sobre monto total preadjudicado, por el que se presenta impug. En el Reglamento se extiende esta opción a la impugnación del Pliego se viola ppio de legalidad
81. Costo Pliegos DEC : 436 – ART. 49 3300/72 ART.14 6to pár. N ación y Provincia: gratuito . Excepción: costo reproducción de fotocopias Prov. de Bs. As.art 14 Dec 3300772 no podrá exceder 0.5%o del monto total. GCBA. No es gratuito art 35.8 Dec 408/07 Hasta el 1%
82. Causales de impugnación de un pliego a) Cláusulas ilegales. b) Cláusulas imprecisas, confusas. c) Digitación. d) Cláusulas de cumplimiento imposible/ inexistentes e)Publicidad insuficiente
83. Publicidad Proyecto de PBCP (Regímenes Nacional y Provincial) decreto 436/2000, Art 10 Ministerio de Justicia Resolución 281/08 decreto 3300/72 Art. 14 Se introduce una figura similar a las Audiencias Públicas que son propuestas como alternativa de participación pública y ciudadana en la elaboración de los pliegos.
84. Vista expte Dec.Del. 1023/2001-Art. 19 Art 62 Dec 436/2000 GCBA Dec 1510/97 Prov.Bs.As.Ley 7647 Art 11 Toda persona que acredite fehacientemente algún interés, podrá en cualquier momento tomar vista Excepción: información confidencial y, etapa evaluación ofertas. Negativa infundada:falta grave por parte del funcionario La vista del expediente no interrumpirá los plazos.
86. MANIFESTACIÓN DE VOLUNTAD EN RESPUESTA A LA INVITACIÓN DE LOS ENTES PÚBLICOS. CONSTITUYE LA BASE SOBRE LA CUAL SE VA A CONSTRUIR FUTURO CONTRATO. LOS INTERESADOS EN CONCURRIR A LA LICITACIÓN ESTUDIAN LA FACTIBILIDAD DE LA OBRA SERVICIO SUMINISTRO LICITADO, Y EN CONSECUENCIA REDACTAN LA OFERTA CONFORME LA CONVOCATORIA LA QUE PRESENTARÁN EN EL LUGAR, DÍA Y HORA INDICADO
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88. Formalidades en su presentación D ec: 436/2000 - 3300/72 art. 16-17-18- Ley 2095 art. 102 a) Redactada idioma nacional,copias indique el Pliego b) Por escrito.Mecanografiada o manuscrita c ) Formularios originales proporcionados gratuitamente por el ente (nación.) d ) Sobre, caja o paquete cerrado.
89. f) Indicarse licitación , día y hora apertura. g) Identificación oferente. GCBA es indistinto. Prov Bs As no indica h) Originales firmados en todas sus fojas por el oferente o rep. legal. i) No raspaduras o enmiendas sin salvar. j) Admitidas hasta día y hora de apertura.
90. k) Constancia garantía, muestras y retiro del pliego. l) No incuir cláusulas en contradicción con pliego m) C onstituir domicilio en la ciudad asiento del Org. Licit
91. Además de la forma debemos observar sus requisitos Precio: a) Unitario y cierto en números, ref unidad de medida b) Total oferta números y letras, y moneda cotización fijada en PBCP. c) F ormulario original proporcionado gratuitamente por organismo (Nación).
92. d ) Indicarse si son productos de industria arg o extranjera. e) Origen producto cotizado. f) Cotización cantidades netas y libres de envase.
93. Formulación de la propuesta S e admite cotización total o parcial, o parte del renglón. Alternativa: Puede ofertar por el total o grupos de renglones sobre la base de su adjudicación íntegra.
94. Que efectos produce la presentacion?? Ley 2095 Art. 103 Dec 3.300/72 Art 16 Implica el pleno conocimiento y aceptación del pliego. Queda vinculado jurídicamente con el ente licitante.
95. Plazo mantenimiento Dec: 436/2000 Art. 70 Ley 2095 Art. 102 Regl. Art.44.5 3300/72 Art 5 4 Nación: Se f ijará en cláusulas part. P r ó rroga automática, lapso igual al inicial indefinido. P rovincia, plazo se fija en el pliego prórroga automática sólo 15 días , salvo manifestación expresa del oferente, con anterioridad vto. GCBA 30 DÍAS
96. Nación : no aceptación de prórroga automática , comunicarla 10 días antes de v encimient o. Provincia: no aceptación prórroga , debe efectuarse con anticipación al vencimiento. GCBA, prórroga automática , no se indica plazo para su no aceptación, pero siempre DEBE HACERSE antes del vto.
97. Desistimiento de oferta Dec 436/2000, Dec 3300/72 art 74 E n cualquier momento entre apertura y antes del perfeccionamiento del contrato, con sanciones. GCBA Si no mantiene la oferta es facultad del Org considerarla Art 44.5
98. Rechazo de oferta Dec 436/2000 :art. 74 Dec 3300/72 T.O art. 40 Ley 2095 art. 104
99. Cuando nos pueden rechazar una oferta?? Por defecto de fondo: 1) Ofertas no firmadas . 2) Escritas con lápiz. 3) No presenten garantía o muestras cuando se indique. 4) F ormulada por persona inhabilitada o suspendida (no figura Ley 2095 art. 104).
100. 5) Raspaduras o enmiendas no salvadas. 6) Cláusulas en contraposición con las de la licitación. 7) Estén condicionadas. 8) En Prov. Bs. As., se puede el rechazar en el acto de apertura o con posterioridad , en Nación y GCABA está prohibido.
101. DEFECTO FORMA Se subsana. No será causal de rechazo de oferta. (art. 17 Dec. Del 1023/2001) Art. 8 Ley 2095 GCBA No se admite restricción de oferentes por -Recaudos excesivos -Severidad en admisión ofertas -Omisiones intrascendentes -Oportunidad subsanación
102. Características y Tolerancias Siempre deben permitirse acorde * la naturaleza de la prestación, * las características de comercialización y * condiciones de plaza
103. Oferta Ú nica Si es conveniente y admisible se puede adjudicar Oferta Alternativa Cuando el pliego autoriza, se puede presentar además de la oferta básica. Si el pliego admite dos opciones, se puede ofertar con variante o en alternativa.
104. Cotizaciones de productos a importar Decretos: 436/2000 – Art. 68 Ley 2095 art. 102- Regl. Art. 44.2 Decreto 3300/72 Art. 21 a) Se puede cotizar en moneda extranjera cuando esté previsto b) No se podrá estipular pago moneda distinta a la establecida en PBCP.
105. Errores de cotización Decretos: 436/2000 – Art. 75 Ley 2095 art. 106- Regl. Art. 46.5 Si el total cotizado para cada renglón no responde al precio unitario se tendrá éste último como precio cotizado GCBA Error evidente Art. 46.5 GCBA ART 54.9.2 Descuentos especiales por pago adelantado se Acepta si es la más conveniente en el plazo máximo de pago
116. PREADJUDICACIÓN Art. 47 Dec 3300/72 Art 23 Dec 436/2000 Art.108 Ley 2095 RECAERÁ SIEMPRE EN LA PROPUESTA MAS CONVENIENTE TENIENDO EN CTA: LA CALIDAD E IDONEIDAD DEL OFERENTE CUANDO SE PREADJUDIQUE POR CALIDAD SE DEBE FUNDAMENTAR Prov BS.As MENOR PRECIO LA PREADJ. SE HARÁ POR EL TOTAL LICITADO, POR RENGLÓN O PARTE DE ÉSTE
117.
118.
119.
120.
121. ERROR E VIDENTE GCBA ART 106 LEY AR T 46.6 REG SE ADMITE EL ERROR EVIDENTE