El documento presenta un resumen de la Ley 1620 de 2013 y el Decreto 1965 de 2013 en Colombia, los cuales establecen el Sistema Nacional de Convivencia Escolar. El sistema crea Comités de Convivencia Escolar a nivel nacional, departamental, municipal y escolar para combatir problemas como el acoso escolar. Define las funciones de los comités y los procesos de seguimiento, actualización de manuales de convivencia y atención de casos.
2. Tiene como fin combatir el problema de matoneo escolar o
bullyng, creando el “Sistema Nacional de Convivencia Escolar y
Formación para los Derechos Humanos, la educación para la
sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar”, el
sistema incluye la creación del Comité Nacional de convivencia
escolar e incluye comités iguales en los Departamentos
Municipios, Distritos y colegios.
¿QUE HACE LA LEY 1620
DE 2013?
3. SEGUN EL DECRETO 1965 de 2013…
El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité .
El personero estudiantil .
El docente con función de orientación.
El coordinador cuando exista este cargo .
El presidente del consejo de padres de familia.
El presidente del consejo de estudiantes .
Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia
escolar.
4. Comité Nacional
de Convivencia
Escolar
Comité Distrital de
Convivencia Escolar
Comité Escolar de
Convivencia
Sistema de Información
Unificado.
Ruta de Atención Integral para la
Convivencia Escolar
HERRAMIENTAS
1. Convivencia Escolar.
2. Derechos Humanos.
3. Derechos Sexuales y
Reproductivos
4. Prevención y
Mitigación de la violencia
Escolar.
5. Prevención y Mitigación
del Embarazo
Adolescente.
Distrital
Nacional
Colegio
Ley 1620 de 2013
(15 de marzo)
Sistema
Nacional
Convivencia Escolar
5. PEDAGÓGICA DOCUMENTACIÓN Y
ANÁLISIS
ATENCIÓN Y CONCILIACIÓN
Fomentar la convivencia, la
construcción de ciudadanía,
el ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y
reproductivos y la
prevención y mitigación de
la violencia escolar.
Identificar, documentar,
analizar los conflictos que se
presenten entre docentes y
estudiantes, directivos y
estudiantes, entre
estudiantes y entre
docentes.
Convocar a un espacio de
conciliación para la
resolución de situaciones
conflictivas que afecten la
convivencia escolar
Promover la vinculación de
los colegios a estrategias,
programas y actividades de
convivencia de la localidad y
el distrito
Desarrollo de instrumentos
para promover y evaluar la
convivencia escolar.
Activar la Ruta de Atención
Integral para la Convivencia
Escolar.
Estrategias pedagógicas para
la articulación de diferentes
áreas de estudio para
mejorar la convivencia.
Seguimiento al
cumplimiento del manual de
convivencia, y presentar
informes al colegio y al
comité distrital.
Funciones de los comités de convivencia
6. Para cumplir las funciones de los comités de
convivencia se requiere
Tener un Comité de Convivencia que se reúne regularmente (mínimo cada dos
meses).
Tener un reglamento interno de funcionamiento que debe estar en el Manual de
Convivencia y donde se establezca el quórum decisorio.
Sesionar con la presencia del presidente (rector).
Todas las sesiones deben quedar en acta oficial firmada por los miembros.
El comité debe garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad frente a
casos abordados.
El comité se reúna para diseñar e implementar estrategias y acciones pedagógicas en
la comunidad educativa para mejorar la convivencia escolar (campañas, charlas,
propuestas de integración curricular etc.)
Imparcialidad en las decisiones de los miembros.
7. Recomendaciones
Más que sancionar frente a casos, la Ley 1620 de 2013 busca que los Comités de
Convivencia construyan e implementen procesos de convivencia escolar.
Cada colegio debe tener un solo comité de convivencia que adelante las
acciones funciones que le son propias; si hay varias jornadas debe estar
compuesto por los miembros de estas.
Los casos que trate el Comité deben dar cuenta del principio de
corresponsabilidad, es decir, los casos deben tener un abordaje psicosocial
desde orientación, uno pedagógico desde las y los docentes, uno de reparación
del daño desde los comités y de enrutamiento ante las autoridades competentes
cuando se presente presunción de delito.
Todos los procedimientos pedagógicos, psicosociales, de conciliación, de
reparación del daño y de enrutamiento que adelanten los comités de
convivencia, deben quedar debidamente registrados y soportados para proteger
la actuación del colegio.
Los comités de convivencia deben propender por garantizar los derechos de las
niñas, niños y adolescentes .
8. REGLAMENTO
INTERNO
(ART. 22 DECRETO 1965 DE
2013)
SEGUIMIENTO
(ART. 13 LEY 1620 DE 2013)
CONSTRUCCION
(ART. 29 DECRETO 1965 DE
2013)
Ley 1620 de 2013
Decreto 1965 de 2013
9. Todos los colegios debe tener un proceso anual de revisión y actualización
participativa del manual de convivencia.
El manual de convivencia es principalmente una herramienta pedagógica, es
decir, contribuye a la formación de los miembros de la comunidad educativa.
El manual de convivencia no es solo para los estudiantes.
A partir de la Ley 1620 de 2013 los manuales tienen un enfoque de
reparación del daño más que sancionatorio .
Según la jurisprudencia no es recomendable que los manuales contengan
regulaciones sobre lo estético, a no ser que el colegio demuestre que ello
afecta el clima escolar y la convivencia.
No se recomienda que el manual intente regular aspectos de la vida
relacionados con el libre desarrollo de la personalidad (violatorio de la
Constitución Política de Colombia).
¿Qué debo tener en cuenta para actualizar
el manual de convivencia?
10.
11. Principales dificultades en la actualización de manuales
La mayoría de actualizaciones son de tipo normativo, dejando de lado lo
pedagógico.
Sigue persistiendo el enfoque de regulación de comportamientos en la escuela.
Los colegios realizan reflexiones y discusiones, pero les cuesta la escritura de los
acuerdos en el documento del manual.
Los colegios no siempre realizan un proceso participativo que involucre a todos
los estamentos de la comunidad educativa en la actualización.
Debilidad en los procesos de convivencia escolar afectando la actualización del
manual.
Mala comprensión de la normatividad en convivencia escolar a la hora de
actualizar el manual, ejemplo: la recurrencia de una falta tipo (II) es causal de
una falta tipo (III)
Dificultad en la armonización entre la ley 115 y la ley 1620
El manual se actualiza teniendo como referencia los casos paradigmáticos y no
las situaciones recurrentes y las propuestas de mejoramiento.
El Manual no se ajusta anualmente para dar respuesta a las nuevas realidades