2. 1. Contrato individual de trabajo y
contrato colectivo de trabajo
2. Seguro Social
3. Afores
3. Secretaría del Trabajo
“Conducir con justicia y equidad la política laboral nacional que
propicie el bien común”
La Secretaría promueve con innovación y eficacia una cultura, una
legislación e instituciones que impulsan el trabajo de las
mexicanas y los mexicanos como expresión de la dignidad de la
persona humana, ára su plena realización y para elevar su nivel
de vida y el de su familia; promueve el empleo digno libre de
riesgos, así como la capacitación para la productividad y la
competitividad; coadyuva a disminuir las graves desigualdades
sociales
www.secretariadeltrabajo.gob.mx
4. 1. Contrato individual de
trabajo
Es aquel por virtud del cual una persona se
obliga a prestar a otra un trabajo personal
subordinado, mediante el pago de un
salario.
Las condiciones de trabajo deben hacerse
constar por escrito cuando no existan
contratos colectivos aplicables. Se harán
dos ejemplares, por lo menos, de los cuales
quedará uno en poder de cada parte.
5. 1. Contrato individual de
trabajo
Tipos de contratos individuales de trabajo
(conforme a su duración):
1. Por obra determinada
El señalamiento de obra determinada puede únicamente estipularse
cuando lo exija su naturaleza
1. Por tiempo determinado
El señalamiento por tiempo determinado puede únicamente
estipularse en los siguientes casos:
Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar
Cuando tenga por objeto substituir temporalmente a otro trabajador
En los demás casos previstos por ley
1. Por tiempo indeterminado
6. 1. Contrato individual de
trabajo
En el escrito deben constar las condiciones
de trabajo:
Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio del trabajador y
del patrón
Si la relación de trabajo es por obra o tiempo determinado o indeterminado
El servicio o servicios que deban prestarse, los que se determinarán con la
mayor precisión posible
EL lugar o los lugares donde debe prestarse el trabajo
La duración de la jornada
La forma y el monto del salario
El día y el lugar del pago del salario
La indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado en los
términos de los planes y programas establecidos en la empresa conforme a
lo dispuesto en la Ley
Otras condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones y
demás que convengan al trabajador y al patrón
7. Diferencias entre finiquito y
liquidación
El finiquito siempre se cubrirá a los
trabajadores cuando éstos presenten su
renuncia a la compañía o se les rescinda su
contrato de trabajo.
La liquidación se cubre cuando la relación
laboral termina por:
Separación del empleado sin causa justificada
Rescisión imputable a la empresa
Implantación de maquinaria o nuevos procedimientos de
trabajo
Terminación colectiva de los contratos laborales
8. Concepto Finiquito Liquidación
Indemnización de 3
No Sí
meses
Indemnización de 20 días
por cada año de servicio
prestado
No Sí, cuando corresponda
Prima de antigüedad Sólo si el empleado tiene 15
años o más al servicio del
patrón
Sí
Vacaciones Parte proporcional Parte proporcional
Aguinaldo Parte proporcional Parte proporcional
Prima vacacional Parte proporcional Parte proporcional
9. Indemnizaciones por despido
o rescisión (Ley Federal del T)
Reins-talación
Ind.Co
nst.
(3m)
Prima.
Antig.
SC/SIn
c
SC/CIn 20XA Finiquito
Despido
injustificado.Ca
usa imputable
al trabajador
Despido
injustificado.
Trabajador
demanda
reinstalación.
Laudo
favorable
Despido
injustificado.
Trabajador
demanda
reinstalación.
Laudo
favorable al
10. Indemnizaciones por despido
o rescisión (Ley Federal del T)
Reins-talació
n
Indem
Consti
.
Prima
Antig.
SC/SI SC/CI 20XA Fini-quito
Despido
injustificado.
Trabajador
demanda
indemnización.
Laudo favorable
Separación del
trabajador por
causa imputable al
patrón
Renuncia voluntaria
antigüedad menor a 15
años
11. Indemnizaciones por despido
o rescisión (Ley Federal del T)
Reins-talación
Indem
Consti
.
Prima
Antig.
SC/SI SC/CI 20XA Fini-quito
Renuncia
voluntaria.
Antigüedad
mayor a 15
años
Rescisión del
contrato por
liquidación
12. Art. 47 Rescisión de la
relación de trabajo
Causas de rescisión sin responsabilidad para el patrón.
Engañarlo el trabajador o en su caso, el sindicato
que lo hubiese propuesto o recomendado con
certificados falsos o referencias en los que se
atribuyen al trabajador capacidad, aptitud o
facultades que carezca. Esta causa dejará de tener
efecto después de 30 días de prestar su servicio el
trabajador
Incurrir el trabajador, durante sus labores, en falta de
probidad u honradez, en actos de violencia, amagos,
injurias o malos tratamientos en contra del patrón,
sus familiares o del personal directivo o
administrativo de la empresa o establecimiento, salvo
que medie provocación o que obre en defensa
propia.
13. Contrato colectivo de trabajo
Convenio celebrado entre uno o varios
sindicatos de trabajadores y uno o varios
empleadores, con el objetivo de establecer las
condiciones según las cuales debe prestarse el
trabajo en una o más empresas o
establecimientos.
Contenido
Nombre y domicilios de los contratantes
Empresas y establecimientos que abarquen
Duración, o expresión de ser por tiempo indeterminado o para obra determinada
Jornada de trabajo
Días de descanso y vacaciones
Monto de los salarios y
Demás estipulaciones que convengan a las partes
14. Contrato colectivo de trabajo
Revisión:
Deben revisarse obligatoriamente y su objetivo principal
será obtener beneficios para los trabajadores.
Si la empresa se niega a revisar el contrato, los
trabajadores pueden ejercitar el derecho de huelga.
La petición de la revisión del clausulado del contrato
puede solicitarla el sindicato titular o la administración
Terminación
El contrato colectivo puede quedar sin efectos
por alguna de las siguientes causas:
1. El mutuo consentimiento de las partes
2. La terminación de la obra y
3. El cierre de la empresa o del establecimiento.
15. 2. Seguro Social
La misión del IMSS es otorgar a
los trabajadores mexicanos y a
sus familias la protección
suficiente y oportuna ante
contingencias tales como la
enfermedad, la invalidez, la
vejez o la muerte.
16. Es el principal instrumento de la Seguridad
Social
La protección se extiende no solo a la salud,
también a los medios de subsistencia cuando
la enfermedad impide que el trabajador
continúe ejerciendo su actividad productiva
Incrementar el ingreso familiar, aprender
formas de mejorar los niveles de bienestar
Cultivar aficiones artísticas y culturales
Propiciar una mejor utilización del tiempo
libre
17. Ramos del Seguro en el IMSS
EL IMSS nace en 1043 en respuesta a las
aspiraciones de la clase trabajadora
La ley señala que “la seguridad social tiene
como finalidades el garantizar el derecho
humano a la salud, la asistencia médica, la
protección de los medios de subsistencia y
los servicios sociales necesarios para el
bienestar individual y colectivo, así como el
otorgamiento de una pensión”
18. Ramos del Seguro en el IMSS
EL IMSS comprende el:
Régimen voluntario: Trabajadores en
industrias familiares y trabajadores
independientes.
Régimen obligatorio: Cuenta con 5 ramos de
seguro que se financian con contribuciones
provenientes de los patrones, el Estado y los
propios trabajadores
19. Régimen obligatorio
1. Enfermedades y maternidad: atención médica y
quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria al
trabajador y a su familia.
2. Riesgos de trabajo: Protege al trabajador contra
accidentes y enfermedades relacionadas con su
trabajo
3. Invalidez y vida: Protege contra riesgos de
invalidez y muerte del asegurado
4. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez:
Seguro de ahorro para la vejez
5. Guarderías y prestaciones sociales
20. Régimen obligatorio
Ramo de
seguro
Derechohabiente Aportación
Cuota
Enferme-dades
y
materni-dad
-El asegurado
-El pensionado por:incapacidad permanente total
o parcial, invalidez, cesantía en edad avanzada,
vejez y viudez orfandad o ascendencia
-La esposa/esposo o concubina/concubinario de
la persona asegurada
-La esposa/esposo o concubina/concubinario del
pensionado o pensionada
-Los hijos menores de 16 años
-Los hijos incapacitados y los hijos estudiantes
hasta los 25 años mientras realicen estudios en
planteles del sistema educativo nacional.
Tripa-rtita
21. Régimen obligatorio
Ramo de
seguro
Derechohabiente Aportación
Cuota
Invalidez
y vida
- Pensión de viudez
-Pensión de orfandad
-Pensión a ascendientes si no existieran viuda o
viudo, huérfanos ni concubina o concubinario con
derecho a pensión
-Ayuda asistencial a la pensionada por viudez, en
los casos en que lo requiera, de acuerdo con el
dictamen médico que al efecto se formule, y
asistencia médica
Tripar-tita
22. Régimen obligatorio
Ramo de
seguro
Derechohabiente Aportación
Cuota
Guarde-rías
y
presta-ciones
sociales
-La mujer trabajadora
-El trabajador viudo o divorciado que conserve la
custodia de los hijos, de no poder proporcionar
cuidados durante su jornada de trabajo a sus
hijos en la primera infancia y en tanto no
contraigan nuevamente matrimonio o se unan en
concubinato
-Los hijos menores de éstos desde la edad de 43
días hasta que cumplan cuatro años.
Tendrán acceso a las prestaciones sociales
todos los derechohabientes del Instituto.
Patronal
23. IMSS- Prestaciones
Prestaciones en dinero
Prestaciones en especie
Prestaciones sociales
24. Prestaciones en dinero
Riesgos de trabajo
Mientras dure la incapacidad 100% el salario
Si fuera incapacidad puramente total recibirá el 60%
Si la incapacidad es parcial recibirá un monto menor
Recibirá un aguinaldo equivalente a 15 días de la pensión que recibe
Ayuda para gastos de funeral
Pensión de viudez
Pensión de orfandad
Pensión a los ascendientes
Enfermedades y maternidad
En caso de enfermedad no profesional recibirá un subsidio en dinero hasta por 52 semanas
y será del 60% del último salario cotizado
Durante el embarazo se recibirá el 100% del último salario cotizado
Invalidez y vida
Existen en caso de invalidez pensiones temporales y definitivas
En el ramo de vida hay pensiones por viudez, orfandad y de ascendientes
Retiro, vejez, cesantía en edad avanzada
Pensiones de vejez, cesantía en edad avanzada, viudez, orfandad, ascendientes,
asignaciones a la familia, ayuda existencial
Guarderías: Ni tiene prestaciones en dinero
25. Prestaciones en especie
Riesgo de trabajo:
Asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica
Servicios de hospitalización
Aparatos de prótesis y ortopedia
Rehabilitación
Enfermedades y maternidad
Asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica
Servicios de hospitalización
En maternidad: Asistencia obstétrica, ayuda por 6 meses para la
lactancia, una canastilla al nacer el hijo
Invalidez y vida
Asistencia médica
Retiro, vejez, cesantía en edad avanzada
Asistencia médica. Ayuda asistencial
Asignaciones familiares
Guarderías
26. Prestaciones sociales
1. Prestaciones sociales institucionales:
Cursos directos y uso de los medios masivos de comunicación
Educación higiénica, materno-infantil, sanitaria y de primeros auxilios
Mejoramiento de la alimentación y vivienda
Impulso y desarrollo de actividades culturales y deportivas y de una
mejor ocupación del tiempo libre
Regularización del estado civil
Cursos de adiestramiento técnico y de capacitación para el trabajo
Centros vacacionales y de readaptación del trabajo
Superación de la vida en el hogar a través de un adecuado
aprovechamiento de los recursos económicos
Establecimiento y administración de velatorios, así como de otros
servicios similares
1. Prestaciones de solidaridad social
Acciones de salud comunitaria
Asistencia médica, farmacéutica e incluso hospitalaria
27. Riesgos protegidos y tipos de
prestaciones
Seguro Riesgos
protegidos
Prestaciones
Riesgos de trabajo Accidentes de trabajo En especie y dinero
Enfermedades y maternidad Enfermedades y maternidad En especie y dinero
Cesantía en edad avanzada Invalidez, vejez
Cesantía en edad avanzada
Muerte o viudez
En dinero
Guardería Falta de cuidados maternales
en la 1a. Infancia durante la
jornada de trabajo de la
asegurada
En especie
Invalidez y vida
28. 3. Afores
Comisión Nacional del Sistema de Ahorro
para el Retiro- CONSAR
www.consar.gob.mx
Misión: Regular y supervisar el correcto
funcionamiento del Sistema de Ahorro para el
Retiro generando confianza entre los
trabajadores y propiciando mejores
pensiones a partir del ejercicio activo e
informado de sus derechos
29. 3. Afores
AFORE- Es una administradora de
Fondos para el Retiro, es una empresa
especializada, en la administración de
las aportaciones de los trabajadores
por medio de cuentas individuales.
30. 3. Afores
Características de las AFORES
Son entidades financieras que se dedican exclusiva y
profesionalmente a administrar las cuentas individuales de los
trabajadores
Reciben e individualizan las cuotas y aportaciones
Presentan servicios de administración a las SIAFORES
Pagan los retiros a los trabajadores de acuerdo con lo que
establece la ley.
Junto con las AFORES, se tienen aseguradoras que
pagan las pensiones. Por cada AFORE, en el Diario
Oficial se dan comisiones
El trabajador puede elegir la AFORE libremente,
misma que se dedicará a abrir, administrar y operar
su cuenta individual. De acuerdo a las comisiones y
los rendimientos
31. 3. Afores
Tipo de comisiones que cobra una AFORE:
Comisión por aportación: Recae sobre el salario
bimestral del trabajador
Comisión por saldo anual: Recae sobre las aportaciones
anuales que tenga el trabajador dentro de su fondo de
ahorro para el retiro
Otras comisiones autorizadas: La CONSAR autoriza a
las AFORES a cobrar un porcentaje a cada trabajador
que solicite su saldo, total de aportaciones personales,
reposición de documentos, traspasos y depósitos o
retiros de la subcuenta de ahorro voluntario
32. Funciones de una AFORE:
Abrir, administrar y operar las cuentas individuales de ahorro para el
retiro
Recibir del IMSS las cuotas y aportaciones correspondientes a las
cuentas, así como recibir de los trabajadores o patrones las
aportaciones voluntarias
Individualizar las aportaciones y rendimientos de las cuentas
individuales del ahorro para el retiro
Invertir los fondos en sociedades de inversión especializadas en
fondos para el retiro SIAFORE
Enviar estados de cuenta e información al domicilio que los
trabajadores hayan indicado, así como establecer servicios de
información al público
Operar y pagar los retiros programados
Entregar los recursos a la institución de seguros que el trabajador o
sus beneficiarios hayan elegido, para la contratación de rentas
vitalicias o del seguro de sobre vivencia.
33. SIAFORE- Es una sociedad de
inversión donde se acumulan los
ahorros de los trabajadores, con el fin
de invertirlos de manera segura y
rentable
Relación entre AFORE y SIAFORE
Por la previa utilización del trabajador la
AFORE puede invertir dichos recursos a
través de SIAFORE
34. La AFORE recibe comisiones que cobran
indirectamente a los trabajadores por
administrar los recursos por cuentas
individuales
Las personas físicas o morales pueden
establecer una AFORE con 51% de capital
como mínimo de inversionistas mexicanos o
bien instituciones filiales del exterior.
Las AFORES son supervisadas por la
CONSAR
35. SAR
Es un sistema de ahorro para el retiro
Creado en 1992, surgió como un un esquema de
ahorro para los trabajadores del IMSS y del ISSSTE
con la finalidad de complementar la pensión que
recibía el trabajador al final de su vida laboral.
Al momento de retirarse, el trabajador puede
disponer de sus ahorros una vez que cumplió los
requisitos para acceder a una pensión, a través de
retiros programados otorgados por la AFORE, por
medio de una renta vitalicia que debe ser contratada
con una aseguradora
36. SAR
Beneficios del SAR:
Pensión mínima garantizada (Puede ser equivalente a
un salario mínimo)
Designación de beneficiarios. A quien se le dará la
pensión en caso de muerte del trabajador
Seguro de sobre vivencia. Es un seguro contratado por
los pensionados, por riesgos en el trabajo
Pensión por retiro, cesantía y vejez. Se podrán retirar los
recursos a los 60 años y en vejez a los 65 y ambos con
un mínimo de 1250 semanas cotizadas.
37. SAR
Beneficiarios en caso de muerte del
trabajador:
Cónyuge del asegurado o concubino
Hijos del asegurado menores de 16 años
Padre o madre del asegurado (si viven con el o están
incapacitados)
Los hijos mayores de 16 años del asegurado que se
encuentre disfrutando en dependencia de el
Hijos del asegurado que no se puedan mantener debido
a una enfermedad crónica, defectos físicos o psíquicos
38. SAR
Pensión por invalidez
Es igual al 35% promedio de los salarios correspondientes a
las 500 semanas de cotización anteriores a la entrega de la
pensión.
Se necesitan 250 cotizaciones semanales; pero si el
dictamen determinara una invalidez del 75% bastará que el
asegurado acredite 150 semanas para gozar de las
prestaciones
Las pensiones por invalidez y vida se actualizarán
actualmente en febrero de acuerdo con el INPC
El aumento hasta del 20% de la pensión de invalidez o
viudez que esté disfrutando el pensionado, cuando el
dictamen médico estipule la ayuda física de otra persona de
manera permanente o continua
39. Concepto Requisitos
Renta vitalicia Obtener jubilación por RCV
Retiros programados Obtener jubilación por RCV
Seguro de retiro Los trabajadores que opten por pensionarse bajo el
régimen de la Ley del IMSS vigente en 1997
Retiro de subcuenta de
Retiro
Cumplir 60 años para pensionarse cesantía o vejez, 65
años para vejez y haber cotizado
1250 semanas en los 2 casos
Retiro por gastos de
matrimonio
Estar afiliado a una AFORE y demostrar que está
contrayendo matrimonio
Retiro por desempleo A partir de 46 días naturales de estar desempleado se
podrá ejercer este derecho siempre y cuando se acredite
no haber efectuado retiros