1. PROFESOR: DAVID LOPEZ
NRC: 1051
NICOLAS STEVEN OBANDO MARTINEZ ID: 000206420
ANDRES STEVEN SALAZAR PABON ID: 000321496
CARLOS DAVID RAMIREZ SANCHEZ ID: 000266724
2.
3. Perfil Profesional:
La formación del Ingeniero Industrial toma como sustento la tecnología de la
información, que sirve de base para su capacitación en marketing, planeación y
gestión, operaciones y sistemas.
El Ingeniero Industrial está capacitado para ser empresario. Su capacitación le
sirve para planear y diseñar una empresa productiva y/o de servicios, sus
habilidades le permiten:
•Analizar y evaluar el entorno global, nacional, regional y municipal como bases
para desarrollar una actividad empresarial.
•Efectuar diagnóstico, que permitan determinar el espacio ciudad industria para
programas de desarrollo industrial, a través de parques industriales.
•Planear y gestionar, a través de políticas, estrategias, objetivos y metas,
conformando planes empresariales, programas, proyectos, presupuestos y
financiamientos.
4. Perfil Profesional y Ocupacional:
Al finalizar el proceso de formación académica y personal, se contará con un profesional:
•Con capacidad de autocrítica, de afrontar lo diferente con sentido de civilidad y ética frente al
conocimiento.
•Competente para estudiar y transformar los sentidos con que los sujetos dotan al acto educativo y
a las prácticas deportivas para instaurar un proyecto cultural que humanice las relaciones, y
además potencie la libertad y la convivencia.
•Con compromiso en la formación permanente de su hacer profesional. Copartícipe del proceso de
formación y reconocedor de la necesidad de conjugar esfuerzos, responsabilidades individuales y
colectivas, por consiguiente, un profesional implicado en compartir decisiones, logros y dificultades.
•Con capacidad de sistematizar, evaluar, proponer experiencias, proyectos y modelos de
intervención social; de coparticipar en la formulación, el diseño, la ejecución y la evaluación de
planes, proyectos y programas de deporte en los ámbitos regional y nacional.
•Con alto sentido de civilidad y ética frente al conocimiento, corresponsable y comprometido en
potenciar el ejercicio pleno de los bienes sociales, de la educación y del deporte.
5. CAPITULO II - DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Artículo 9. Derechos de los estudiantes. Son derechos de todos los estudiantes de
UNIMINUTO a los cuales se refiere el artículo primero de este reglamento:
a. Participar en las actividades académicas que integren el currículo de su
formación profesional.
b. Cursar el o los programas de formación en los cuales se ha matriculado.
c. Conocer al inicio de cada período, el programa de cada asignatura que va a
cursar.
d. Hacer uso de la posibilidad de traslado, transferencia y reintegro de acuerdo
con el presente reglamento.
e. Exigir calidad en los procesos de formación de acuerdo con el Proyecto
Educativo de UNIMINUTO.
f. Recibir tratamiento respetuoso por parte de las directivas, profesores,
compañeros, personal administrativo y de servicios de UNIMINUTO, libre de
coerción, intimidación o acoso.
6. Artículo 10. Deberes de los estudiantes. Son deberes de los todos los estudiantes
de UNIMINUTO a los cuales se refiere el artículo primero de este reglamento:
a. Cumplir con la Constitución Colombiana, la ley, las normas estatutarias y
reglamentarias de UNIMINUTO.
b. Respetar el carácter de UNIMINUTO como Institución de inspiración católica.
c. Ajustar su conducta a las normas de la moral, la cultura, la ética profesional y las
sanas costumbres.
d. Pagar oportunamente el valor de la matrícula y demás derechos pecuniarios
establecidos por UNIMINUTO
e. Conocer el proyecto educativo institucional, los reglamentos y el Proyecto
Curricular del Programa en el cual se matriculó.
f. Ingresar a las instalaciones o a la plataforma virtual de UNIMINUTO,
debidamente identificado con el carné estudiantil vigente o con su respectivo
código de acceso, personal e intransferible.
7. Artículo 65. Pérdida por inasistencia. La inasistencia mayor o igual al 15% de las
clases teóricas o prácticas dictadas, sin justa razón, es causal de pérdida de la
asignatura. Igualmente se pierde cuando se ha dejado de asistir al 25%, aún por
causa justificada y aceptada.
Artículo 83. Pérdida del período académico. Un estudiante pierde el período
académico cuando, obtenidas las calificaciones definitivas de las asignaturas
cursadas en el período, se encuentra en una de las siguientes situaciones:
a. Pérdida de tres (3) o más asignaturas, o
b. Pérdida de dos (2) asignaturas por segunda (2ª) vez, o
c. Pérdida de una (1) asignatura por tercera (3ª) vez.