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EQUIPOS A PRESION.
CONDICIONES DE SEGURIDAD Y
NUEVO MARCO NORMATIVO
EQUIPOS A PRESION.
CONDICIONES DE SEGURIDAD Y
NUEVO MARCO NORMATIVO
FERNANDO BARRERA NADELA
Técnico de prevención de FREMAP
fernando_barrera@fremap.es
Noviembre 2009
INTRODUCCION.
Del Reglamento de aparatos a presión al
Reglamento de equipos a presión
INTRODUCCION.
Del Reglamento de aparatos a presión al
Reglamento de equipos a presión
EQUIPOS A PRESION
© FREMAP
© FREMAP
INTRODUCCIONINTRODUCCION
 Necesidad de actualizar la reglamentación
• Aprovechar la experiencia adquirida y los nuevos
criterios establecidos por las transposiciones de las
directivas.
• Cambio importante de nomenclatura. Coincide con
otras reglamentaciones.
APARATOS A PRESION
EQUIPOS A
PRESION
© FREMAP
INTRODUCCIONINTRODUCCION
 APARATOS A PRESION según la reglamentación anterior se
refería a:
• Los aparatos destinados a la producción, almacenamiento, transporte y
utilización de fluidos a presión, excepto depósitos y cisternas destinadas a
transportes mercancías peligrosas que se regirán por el ADR ó el TPC.
 EQUIPOS A PRESIÓN según la nueva reglamentación:
• Los recipientes, tuberías, accesorios de seguridad y accesorios a presión.
Se considerará que forman parte los elementos fijados a las partes
sometidas a presión, como bridas, tubuladuras, acoplamientos,
abrazaderas, soportes, orejetas para izar, etc.
© FREMAP
INTRODUCCIONINTRODUCCION
 Reglamento anterior
• Mas generalista
• Más de principios
• Para la concreción de
obligaciones remitía a
la ITC correspondiente
• Mayor número de ITCs.
• Podría haber equipos
pendientes de
desarrollo enITC.
 Nuevo Reglamento
• Abarca a todos los
equipos en base a su
clasificación.
• Concreta obligaciones
admitiendo ser
modificadas en ITC
• Menos ITCs. Solo para
equipos muy
específicos.
MARCO NORMATIVO.
RD 2060/2008 Reglamento de Equipos a Presión e
Instrucciones complementarias
MARCO NORMATIVO.
RD 2060/2008 Reglamento de Equipos a Presión e
Instrucciones complementarias
EQUIPOS A PRESION.
© FREMAP
MARCO NORMATIVOMARCO NORMATIVOMARCO NORMATIVOMARCO NORMATIVO
Derogada
 RD 1244/1979 de 4 de abril.
Reglamento de Aparatos a
Presión.
 Instrucciones Técnicas
Complementarias, excepto
ITC MIE AP-3 referente a
generadores de aerosoles
En vigor
 RD 2060/2008 de 12 de dic.
Reglamento de equipos a
presión y sus ITC
 RD 769/1999 de 7 de mayo.
Aplicación Directiva 97/23/CE
equipos a presión
 RD 1495/1991 de 11 de oct.
Aplicación Directiva 87/404/CEE
recipientes a presión simples
 RD 222/2001 de 2 de marzo.
Aplicación Directiva 1999/36/CE
equipos presión transportables
© FREMAP
© FREMAP
RD 2060/2008RD 2060/2008 -- ITCsITCs
1. Calderas
2. Centrales generadoras de energía eléctrica
3. Refinerías y plantas petroquímicas.
4. Depósitos criogénicos
5. Botellas de equipos de respiración autónomos
6. Recipientes transportables
(Los equipos que se excluyan expresamente del ámbito de aplicación de una ITC
y no estén incluidos en otra, quedarán excluidos del Reglamento, excepto en
lo referido a obligaciones del usuario.)
© FREMAP
Aplicación RD 2060/2008Aplicación RD 2060/2008
 Se aplica a la instalación, inspeccionesinstalación, inspecciones
periódicas, reparación y modificaciónperiódicas, reparación y modificación, de los
equipos a presión sometidos a una presión
máxima admisible superior a 0,5 bar.
 Se excluye:
• Equipos con reglamentación de seguridad específica
• Redes de tuberías de suministro y distribución de agua fría,
combustibles líquidos o gaseosos, redes contra
incendios y conducción agua motriz centrales hidroeléctricas.
© FREMAP
Nuevas definiciones. RD 2060/2008
la máxima presión en
condiciones de funcionamiento que puede alcanzar.
Presión máxima de servicio Pms
la presión máxima para
la que está diseñado. Especificada por el fabricante.
Presión máxima admisible Ps
la presión de tarado del
elemento de seguridad que le protege.
Presión de precinto Pp
la presión a la que se
somete para comprobar su resistencia.
Presión de prueba PT
la temperatura más alta o
baja estimada en condiciones extremas de funcionamiento.
Temperatura max./min. Tms
© FREMAP
CLASIFICACIÓN DE LOS
EQUIPOS A PRESIÓN
CLASIFICACIÓN DE LOS
EQUIPOS A PRESIÓN
EQUIPOS A PRESION
Criterios preventivos a considerar
© FREMAP
© FREMAP
Clasificación RD 769/1999Clasificación RD 769/1999
 Los equipos a presión se clasificarán por
CATEGORIASCATEGORIAS y GRUPOSGRUPOS en función del grado
de su peligrosidadpeligrosidad.
• CATEGORIA: grado creciente de I a IV. Se establecerá
según el tipo de equipo en base a sus características
• Recipientes: presión y volumen.
• Tuberías: presión y diámetro.
• GRUPO: según la peligrosidad del fluido:
• Grupo 1: fluidos peligrosos (RD 2216/1985)
– Explosivos, inflamables, tóxicos y comburentes.
• Grupo 2: Resto de fluidos.
© FREMAP
Antes de 29/05/2002
 Se asimilará a la categoría
que corresponda según el RD
769/1999
Después de 29/05/2002
 Su categoría se indicará en
la documentación del
fabricante y en la placa de
instalación.
Órgano competente de la Comunidad Autónoma
Nº identificación
Fecha de instalación
Presión máx. de servicio (bar)
Fecha Nivel/Sello Fecha Nivel/Sello
Presión de
prueba (bar)
Categoría y
Grupo
Clasificación RD 769/1999Clasificación RD 769/1999
© FREMAP
RD 769/1999
Anexo II
PS
(bar)
1.000
500
10
1
0,5
5010,1
50
10
100
100 500
1.000
V(l)5.000
PS=0,5
PS=1.000
PS=200
IV
IV
IIIII
III
I
200
V=1l
Gases, gases licuados,
gases disueltos a presión
y líquidos cuya presión de
vapor a la temperatura
máxima admisible supere
en 0,5 bar. la presión
atmosférica.
RECIPIENTES FLUIDOS GRUPO I
V > 1 l. y PS.V > 25 bar.l
ó
PS > 200 bar.
Gases
© FREMAP
RD 769/1999
Anexo II
PS
(bar)
1.000
500
10
1
0,5
5010,1
50
10
100
100 500
1.000
V(l)5.000
PS=0,5
IV
III
III PS=4
PS=3.000
PS=1.000
V=1l
Gases, gases licuados,
gases disueltos a presión
y líquidos cuya presión de
vapor a la temperatura
máxima admisible supere
en 0,5 bar. la presión
atmosférica.
RECIPIENTES FLUIDOS GRUPO II
Todos extintores y botellas
de aparatos respiratorios
V > 1 l. y PS.V > 50 bar.l
ó
PS > 1.000 bar.
Gases
© FREMAP
RD 769/1999
Anexo II
PS
(bar)
1.000
500
10
1
0,5
5010,1
50
10
100
100 500
1.000
V(l)5.000
PS=0,5
PS=500
III
II
I
PS=10
V=1l
II
Líquidos cuya presión de
vapor a la temperatura
máxima admisible sea
inferior o igual a 0,5 bar.
por encima de la presión
atmosférica.
RECIPIENTES FLUIDOS GRUPO I
V > 1 l. y PS.V>200 bar.l
ó
PS > 500 bar.
Líquidos
© FREMAP
RD 769/1999
Anexo II
PS
(bar)
1.000
500
10
1
0,5
5010,1
50
10
100
100 500
1.000
V(l)5.000
PS=500
I
I
PS=10
V=10l
IIPS=1.000Líquidos cuya presión de
vapor a la temperatura
máxima admisible sea
inferior o igual a 0,5 bar.
por encima de la presión
atmosférica.
RECIPIENTES FLUIDOS GRUPO II
PS>10 bar. y
PS.V>10.00 bar.l
ó
PS> 1.000 bar.
Líquidos
© FREMAP
RD 769/1999
Anexo II
PS
(bar)
1.000
500
10
1
0,5
5010,1
50
10
100
100 500
1.000
V(l)5.000
32
2
PS=0,5
IV
III
III
PS=32
V=1.000l
V=2l
Equipos sometidos a la
acción de una llama o una
aportación de calor que
represente un peligro de
recalentamiento, previstos
para la obtención de vapor
o agua sobrecalentada
SOMETIDOS A LA ACCION DE UNA LLAMA
V > 2 litros
© FREMAP
TUBERIAS FLUIDOS GRUPO I
RD 769/1999
Anexo II
PS
(bar)
1.000
500
10
1
0,5
5010,1
50
10
100
100 500
1.000
25
PS=0,5
IIIII
I
DN=100
DN=25
DN=350
DN=100
DN > 25 mm.
Gases, gases licuados,
gases disueltos a presión
y líquidos cuya presión de
vapor a la temperatura
máxima admisible supere
en 0,5 bar. la presión
atmosférica.
DN5.000
Gases
© FREMAP
TUBERIAS FLUIDOS GRUPO II
RD 769/1999
Anexo II
PS
(bar)
1.000
500
10
1
0,5
5010,1
50
10
100
100 500
1.000
DN5.000
DN > 32 mm.
y
PS.DN > 1.000 bar.mm
Gases, gases licuados,
gases disueltos a presión
y líquidos cuya presión de
vapor a la temperatura
máxima admisible supere
en 0,5 bar. la presión
atmosférica.
DN=32
DN=100
DN=250
IIIIII
32
Gases
© FREMAP
TUBERIAS FLUIDOS GRUPO I
RD 769/1999
Anexo II
PS
(bar)
1.000
500
10
1
0,5
5010,1
50
10
100
100 500
1.000
DN5.000
Líquidos cuya presión de
vapor a la temperatura
máxima admisible sea
inferior o igual a 0,5 bar.
por encima de la presión
atmosférica.
DN > 25 mm.
y
PS.DN > 2.000 bar.mm
25
DN=25
PS=0,5
PS=10
PS=500
III
II
I
Líquidos
© FREMAP
TUBERIAS FLUIDOS GRUPO II
RD 769/1999
Anexo II
PS
(bar)
1.000
500
10
1
0,5
5010,1
50
10
100
100 500
1.000
DN5.000
Líquidos cuya presión de
vapor a la temperatura
máxima admisible sea
inferior o igual a 0,5 bar.
por encima de la presión
atmosférica.
PS > 10; DN > 200 mm.
y
PS.DN > 5.000 bar.mm
DN=200
PS=10
PS=500
II
I
Líquidos
INSTALACIÓN Y PUESTA EN
SERVICIO
INSTALACIÓN Y PUESTA EN
SERVICIO
EQUIPOS A PRESION
Criterios preventivos a considerar
© FREMAP
© FREMAP
Condiciones generales
instalación
Garantizar la seguridad
en su vida prevista
Empresas instaladoras
Inscritas registro
comunidad autónoma
domicilio social
• Medios técnicos y humanos
• Responsabilidad civil
Previamente
comprobará
• Documentación técnica
• Instrucciones fabricante
Acreditarán
Realizadas
RD 2060/2008
Artículo 3
• Relación de plantilla y medios técnicos.
• Acreditación personal para realizar
uniones permanentes.
• Marca punzón o tenaza para precintado.
• Declaración conocimiento reglamento
• Registro actuaciones realizadas
Empresas
instaladoras
Categoría EIP-1
Registro validez 3 años
Instalaciones que no
requieren proyecto
• Cobertura responsabilidad civil 300.000 €
• Responsable técnico
• Cobertura responsabilidad civil 600.000 €
• Técnico titulado competente en plantilla
como responsable técnico
© FREMAP
Categoría EIP-2
Instalaciones que
requieren proyecto
RD 2060/2008
Anexo I
© FREMAP
Criterios de
instalación
Proyecto técnico o
documentación según
corresponda
• Descarga válvulas seguridad y discos
de rotura a un lugar seguro
• Uniones permanentes soldadas
adecuadamente
• Dispositivos y medios de protección
• Permitirán realizar el mantenimiento,
control e inspecciones periódicas.
Cambios de emplazamiento
se consideran nueva
instalación
Equipos compactos móviles
no tienen la consideración
de instalación
RD 2060/2008
Artículo 4
© FREMAP
Realizar puesta en
servicio
A requerimiento por el
Órgano CompetentePruebas de funcionamiento y
condiciones seguras
Presentar
documentación
Finalizada la
ejecución
Ampliaciones,
modificaciones,
cambio equipos
Anomalías
¿Resistencia?
Pruebas emplazamiento
por un O.C.A. o fabricante
Pruebas emplazamiento
supervisadas por O.C.A.
Placa de instalación
e inspecciones
periódicas
SI
NO
RD 2060/2008
Artículo 5
© FREMAP
Puesta en
servicio
¿Requieren
proyecto?
Proyecto técnico
Certificado dirección
técnica
Certificado instalación
Esquema de
principio y croquis
• Hacer constar que los equipos cumplen
con el Reglamento.
• Realización de pruebas requeridas
• Prueba hidrostática si procede
• Funcionamiento correcto
Suscrito por
instaladora y su
responsable técnico
SI
NO
RD 2060/2008
Anexo II
© FREMAP
Instalaciones que requieren proyecto
Instalaciones en que los
equipos categorías I a IV
conectados
permanentemente
excluidas tuberías de
conexión
Tuberías
categorías
II y III
Posible aumento de presión por
acción directa de una llama
lbarVPms .000.25>×∑
Instalaciones en que los
equipos categorías I a IV
conectados
permanentemente
excluidas tuberías de
conexión
lbarVPms .000.10>×∑
Instalaciones con equipos permanente (excluidas tuberías) que contengan
Sustancias
Cantidad
(Kg)
Descripción
Tóxica 5 Riesgos graves por inhalación, ingestión y/o penetración
Muy tóxica 0,5 Riesgos muy graves por inhalación, ingestión y/o penetración
Comburente 50 Reacción altamente exotérmica con combustibles
Inflamable 500 21ºC < T. de inflamación < 55 ºC
Muy inflamable 50 R17 ó T. de inflamación < 55 ºC en estado líquido bajo presión.
Ext. inflamable 10 R12 y sustan. o preparados en estado líquido a T > ebullición
Explosiva 1 R2 ó R3
RD 2060/2008
Anexo II
CONDICIONES DE USO Y
MANTENIMIENTO
CONDICIONES DE USO Y
MANTENIMIENTO
EQUIPOS A PRESION
Criterios preventivos a considerar
© FREMAP
Obligaciones del usuario
 Conocer y aplicar las disposiciones del fabricante
(Utilización, medidas de seguridad y mantenimiento)
 Impedir el funcionamiento si no cumplen los requisitos legales.
 Disponer de la documentación: declaración de conformidad,
instrucciones, certificado instalación, proyecto instalación, última inspección
periódica, certificados reparaciones o modificaciones, …
 Utilizar los equipos dentro de los límites de funcionamiento
 Realizar el mantenimiento según instrucciones del fabricante,
mínimo anual.
Exigible para todos los equipos de presión,
incluidos los de categoría inferior a la categoría I.
© FREMAP
RD 2060/2008
Artículo 9
Obligaciones del usuario
 Ordenar la realización de las inspecciones periódicas
 Disponer y mantener un registro de equipos a presión, excepto
extintores y si no requieren inspecciones periódicas, anotando las
fechas de éstas
 Ordenar las reparaciones o modificaciones
 Informar de los accidentes que se produzcan al Órgano
Competente de la Comunidad Autónoma.
Exigible para todos los equipos de presión,
incluidos los de categoría inferior a la categoría I.
© FREMAP
RD 2060/2008
Artículo 9
© FREMAP
Documentación
instalación
Dirección
técnica
Certificados
Instalación
Inspección
periódica
Reparación
Modificación
equipo
Modificación
instalación
• Identificación del firmante (técnico, empresa, O.C.A. …)
• Localización de la instalación
• Características de la instalación (relación equipos con PS, V, PT y clasificación; Pms y
fluido, accesorios seguridad y Pp, otras características específicas Ts,…)
• La instalación se ha realizado según proyecto y cumple con la reglamentación. Se han
realizado las pruebas en emplazamiento y su funcionamiento es correcto
• La instalación cumple con la reglamentación. Se han realizado las pruebas en
emplazamiento, su funcionamiento es correcto y disponen de instrucciones.
• Comprobaciones realizadas, se mantienen las condiciones de seguridad, próxima
inspección a realizar
RD 2060/2008
Anexo IV
Condiciones
especiales
Informe favorable
de un O.C.A.
Órgano Competente de la
Comunidad Autónoma
• Sustitución del fluido de prueba.
• Disminución valores presiones de prueba
• Técnicas especiales ensayos no
destructivos.
• Modificación condiciones inspecciones
periódicas
Podrá autorizar
A solicitud del
Titular
© FREMAP
RD 2060/2008
Artículo 12
INSPECCIONES PERIÓDICASINSPECCIONES PERIÓDICAS
EQUIPOS A PRESION
Criterios preventivos a considerar
© FREMAP
© FREMAP
Inspecciones
periódicas
Nivel B y C anotar en la
placa de inspecciones
Fabricante, instaladora,
usuario si acredita medios
o un O.C.A.
Garantizar condiciones
técnicas y de seguridad
Subsanada deficiencia, poner
en servicio previa notificación
al Órgano Competente
¿Riesgo grave
e inminente?
Paralizar y notificarlo al
Órgano Competente
SI
NO
En instalaciones
abarcarán todos los
componentes
Plazos según equipo y
categoría a partir fecha de
fabricación.
Conusuariopresente
Comprobaciones,
ensayos no destructivos,
pruebas hidrostáticas …
Certificadoporduplicado
RD 2060/2008
Artículo 6
© FREMAP
Órgano competente de la Comunidad Autónoma
Nº identificación
Fecha de instalación
Presión máx. de servicio (bar)
Fecha Nivel/Sello Fecha Nivel/Sello
Presión de
prueba (bar)
Categoría y
Grupo
Placa de instalación e inspecciones periódicas
• Todos los equipos sujetos a inspecciones
periódicas dispondrán de placa.
• Nº de identificación otorgado por el
órgano competente.
• Será de materiales duraderos, legible y
colocada en un lugar visible del equipo o
del conjunto.
• Dimensiones 70x75 mm. Equipos de
pequeñas dimensiones 70x55 mm.
• A facilitar por el órgano competente tras
la presentación de la documentación
de la instalación o del equipo.
• En un cambio de emplazamiento a otra
comunidad autónoma, esta decide si
otorga una nueva.
La primera fecha es la de fabricación ,
las sucesivas inspecciones nivel B y C
RD 2060/2008
Anexo II
© FREMAP
Nº identificación
Presión máxima (bar)
Fecha Nivel/Sello Fecha Nivel/Sello
Presión de
prueba (bar)
Categoría y
Grupo
Placa de inspecciones periódicas
• En el caso de extintores, tuberías y otros
equipos móviles, tras la realización de la
primera inspección nivel B o C, se
colocará, en caso de que no exista, por
el agente que la realice.
• Dimensiones 70x35 mm. Podrá ser
adhesiva.
• El caso de tuberías, el nº de identificación
se indicará la referencia interna del
usuario.
• En el caso de tuberías indicar la presión
máxima de servicio de la instalación.
La primera fecha es la de fabricación ,
las sucesivas inspecciones nivel B y C
RD 2060/2008
Anexo III
Inspecciones
periódicas
Nivel B
Inspección fuera
de servicio
© FREMAP
• Comprobación documentación
• Inspección visual, partes a presión,
accesorios de seguridad. Sin retirar calorifugado
• Por motivos razonables de deterioro,
realizar inspección nivel B
• Inspección visual, zonas sometidas a mayor
esfuerzo o con riesgo de corrosión.
• Comprobación de espesores,
accesorios de seguridad y ensayos no
destructivos que se consideren necesarios
• Prueba hidrostática a la presión de prueba o
prueba especial sustitutiva expresamente
indicada por el fabricante o previamente
autorizada por el órgano competente
Nivel A
Inspección en
servicio
Nivel C
Inspección fuera
de servicio
RD 2060/2008
Anexo III
© FREMAP
RD 2060/2008
Anexo III
INSPECCIONES PERIÓDICAS – ANEXO III RD 2060/2008
Nivel
AGENTE Y PERIODICIDAD SEGÚN EL TIPO Y CATEGORIA DEL EQUIPO
Recipientes para gases y líquidos
Sometidos
a llama
Tuberías
I-2 y II-2
I-1, II-2,
III-2 y IV-2
III-1 y IV-1 I, II, III y IV I-2 y II-2 III-3
I-1, II-1
y III-1
A
Instaladora
4 años
Instaladora
3 años
Instaladora
2 años
Instaladora
fabricante
1 año
---- ---- ----
B
O.C.A.
8 años
O.C.A.
6 años
O.C.A.
4 años
O.C.A.
3 años
O.C.A.
12 años
O.C.A.
6 años
O.C.A.
6 años
C
No
obligatorio
O.C.A.
12 años
O.C.A.
12 años
O.C.A.
6 años
No
obligatorio
No
obligatorio
O.C.A.
12 años
NOTAS
• Los extintores de incendios , se someterán exclusivamente a las pruebas de nivel C cada 5 años por
mantenedoras según el RD 1942/1993, con una vida útil de 20 años a partir fecha fabricación
• Los recipientes frigoríficos serán inspeccionados por instaladoras según el RD 3099/1977, no requiriendo
inspecciones de nivel C, salvo que hayan sufrido daños, estado más dos años fuera de servicio,
cambiado el fluido a otro de mayor riesgo o sufrido una reparación.
• Los recipientes de aire comprimido cuyo producto (Pms.V) <5.000 las podrá realizar una instaladora.
• Se excluyen las ollas a presión.
REPARACIONES Y
MODIFICACIOENE
REPARACIONES Y
MODIFICACIOENE
EQUIPOS A PRESION
Criterios preventivos a considerar
© FREMAP
© FREMAP
Criterios en
reparaciones
Puesta en servicio
Empresas reparadoras o
usuarios si acreditan
medios
No se consideran la
sustitución de juntas ni
el cambio de accesorios
Inspección nivel C
por un O.C.A.
Realizar por
RD 2060/2008
Artículo 7
• Relación de plantilla y medios técnicos.
• Acreditación personal para realizar
uniones permanentes.
• Marca punzón o tenaza para precintado.
• Declaración conocimiento reglamento
• Registro actuaciones realizadas
Empresas
reparadoras
Categoría ERP-1
Registro validez 3 años
Equipos categoría I
o asimilados
• Cobertura responsabilidad civil 300.000 €
• Responsable técnico
• Cobertura responsabilidad civil 600.000 €
• Técnico titulado competente en plantilla
como responsable técnico
© FREMAP
Categoría ERP-2
Equipos categoría
II a IV o asimilados
RD 2060/2008
Anexo I
© FREMAP
Criterios en
modificaciones
Emitir certificado y
poner en servicio
Empresas reparadoras
Evaluación
conformidad
Realizar por
Equipos
¿Importantes?
mayor Ps, Ts ó V
riesgo fluido
Empresas instaladoras
Considerar
como nueva
Realizar por
Instalaciones
¿Importantes?
mayor P, T, riesgo
fluido
SI
NONO
SI
RD 2060/2008
Artículo 8
SITUACION Y PLANTEAMIENTO
frente a equipos anteriores 08/2008
SITUACION Y PLANTEAMIENTO
frente a equipos anteriores 08/2008
EQUIPOS A PRESION
Criterios preventivos a considerar
© FREMAP
Equipos instalados y puestos en
servicio antes de 05/08/2009
Prescripciones
técnicas de su
puesta en servicio
Inspecciones
periódicas
RD 2060/2008
Asimilar categoría
I a IV
RD 769/1999
Colocar placa de
inspecciones
Anexo II
Nivel A y B
contabilizar plazos
05/08/2009
Nivel C
partir vencimiento
última prueba
Presión prueba
la prescripta en su
puesta en servicio
Reformas: Inst. y
puesta en servicio
RD 2060/2008
© FREMAP
Modificaciones
importantes del
equipo
Conservar placas
diseño, instalación
timbre existentes • Proyecto técnico.
• Certificado conformidad
por un O.C.A.
• Certificado dirección
técnica.
RD 2060/2008
Adicional 1ª
© FREMAP
Equipos usados procedentes de
otros países 05/08/2009
Unión Europea
o asimilados
Cumplen con algún:
RD 1495/1991 – 87/404/CEE
RD 769/1999 – 97/23/CE
Proyecto de diseño.
Documentación de fabricación.
• Certificado de construcción.
• Certificado conformidad.
Certificado inspección nivel C.
Certificado conformidad por un O.C.A.
Inspección
Nivel C
Instalación y
puesta en marcha
RD 2060/2008
Se corresponden
con RD 769/1999
Declaración importador
conforme RD 1495/1991.
Declaración conformidad
buenas prácticas de ingeniería
de un Estado miembro de la
Unión Europea
Marcado
CE
SI
NO
NO
SI
SI
NO
RD 2060/2008
Adicional 2ª
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ADECUACION OPERADORESADECUACION OPERADORES
Carnés de operador industrial de calderas según
RD 1244/1979 expedidos antes de 05/08/2009
Siguen teniendo validez
Calderas que por ITC.MIE.AP-1 no requerían de
carné de operador industrial y si por la ITC.EP.1
Tienen de plazo 10 años
Operadores con experiencia demostrada en los dos años
anteriores al 05/08/2009 podrán obtener el carné, si superan
un curso de 20 h., > 18 años y aprueban el examen
RD 2060/2008
Transitoria 4ª
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Adecuaciones específicasAdecuaciones específicas
Calderas sin CE con control de calidad podrán adaptarse a la ITC EP-1
mediante proyecto técnico en la comunidad autónoma
si afecta a la seguridad Informe favorable de un O.C.A.
Botellas y botellones que cumplen con ITC MIE AP-7 se podrán
continuar utilizando si cumplen con ITC EP-6
hay de plazo hasta 05/08/2014 para adaptar colores de identificación
RD 2060/2008
Transitoria 5ª
INSTRUCCIONES TÉCNICAS
COMPLEMENTARIAS
INSTRUCCIONES TÉCNICAS
COMPLEMENTARIAS
EQUIPOS A PRESION
Criterios preventivos a considerar
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ITC EP1 - CalderasITC EP1 - Calderas
Ámbito de aplicación:
calderas y sus elementos asociados
ITC EP-1
Art.: 1
Excepto:
• Las de centrales generadoras de energía eléctrica ITC EP-2
• Las de refinerías y plantas petroquímicas ITC EP-3
• Las de vapor y agua sobrecalentada categoría I RD 769/1999
cuya Ps < 0,5 bar. o V < 2 litros, o Ps × V ≤ 50 (bar.l)
• Las de agua caliente de uso industrial con
Pms × VT < 10.000 (bar.l)
• Las de agua caliente incluidas en el RITE (RD 1027/2007) inst.
térmicas de climatización y producción ACS bienestar e higiene.
• Las de fluido térmico cuyo Pms × Vi < 200 si Tms > 120 ºC
o Pms × Vi < 2.000 si Tms < 120 ºC.
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ITC EP1 - CalderasITC EP1 - Calderas
CLASIFICACION
PRIMERA SEGUNDA
Pirotubulares Pms × VT < 15.000 Pms × VT ≥ 15.000
Acuotubulares Pms × VT < 50.000 Pms × VT ≥ 50.000
Fluido térmico Pms × Vi < 15.000 Pms × Vi ≥ 15.000
Siendo:
• Pms = presión máxima de servicio de la instalación en bar.
• VT = Volumen total en litros de caldera y sobrecalentador.
• Vi = Volumen total en litros de la instalación completa.
Para el emplazamiento tener en cuanta la clase de la mayor de las calderas Emplazamiento
Clase PRIMERA:
• En sala o recinto
Recinto con cerca de 1,20 m. de alto.
Clase SEGUNDA:
• En una sala
Dos salidas. Muros hormigón armado 20 cm
Techos no habitables, ligeros mínimo 25 %.
Instaladora EIP-2
ITC EP-1
Art.: 3 y 6
PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO
Inspecciones y pruebas
periódicas
PUESTA EN SERVICIO
pruebas funciones y seg
LIBRO DE INSTALACION
características, actuaciones,
controles e inspecciones
Nivel A
anualmente
Actualización documentación.
Limpieza circuito humos y de presión
Funcionamiento ele. operación y seg.
Estanquidad circuito de gases
Inspección visual tuberías y equipos
Instaladora EIP-2
Pms < 0,1 x Ps
Clase segunda
Certificado adecuación
fabricante o OCA
Clase primera
PROYECTO
CERTIFICADO
dirección técnica MEMORIA
CERTIFICADO
instalación
Si procede
prueba hidráulica
DOCUMENTACION
manual instrucciones, de
seguridad y emergencia
Documentación y placa instalación.
Inspección visual
Medición de espesores
Manómetros y válvulas de segurid.
Ensayos y funcionamiento
Documentación
Inspección elementos operación y seg
Prueba hidrostática
Manómetros y válvulas de seguridad
Ensayos y funcionamiento
Nivel B
cada 3 años
Nivel C
cada 6 años
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ITC EP-1
Art.: 4, 5 y 9
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ITC EP1 - CalderasITC EP1 - Calderas
 SISTEMA ALIMENTACIÓN DE
AGUA
• Tratamiento de agua eficiente
según UNE 1295-10 y 1295-12
• Realizar análisis pertinentes si es
necesario sistemas depuración a
indicación del fabricante, empresa
especializada o diseñadora
• Tener en cuenta reglamentación
e indicaciones de las fichas de
seguridad de los productos
químicos
ITC EP-1
Art.: 8
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ITC EP1 - CalderasITC EP1 - Calderas
 NORMAS DE SEGURIDAD Y FUNCIONAMIENTO DE
CALDERAS AUTOMÁTICAS
• Calderas bajo vigilancia indirecta
• El conductor puede tener su lugar de trabajo en otro local relativamente
cercano
• El conductor podrá intervenir rápidamente cuando sea necesario
• A intervalos regulares se ha de asegurar directamente la buena
marcha
• Las señales de alarma se producirán en el lugar de ocupación del conductor
habitual, desde donde podrá bloquear el sistema.
• Calderas bajo vigilancia directa
• Una persona competente por turno, permaneciendo en la misma sala o en
la sala de control
ITC EP-1
Art.: 7
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ITC EP1 - CalderasITC EP1 - Calderas
 OPERADORES DE CALDERAS personal
técnicamente capacitado
• Son los responsables de vigilar, supervisar y
controlar el correcto funcionamiento.
• Calderas clase 2ª operador industrial de calderas
obligatorio carné.
• Los operadores serán instruidos por los fabricantes,
instaladores o usuarios si disponen de técnico titulado
competente.
ITC EP-1
Art.: 13
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Ámbito de aplicación:
Conjunto instalaciones de proceso y auxiliares
destinadas a la producción de energía eléctrica.
ITC EP2 – Centrales generadoras energía elec.ITC EP2 – Centrales generadoras energía elec.
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ITC EP2 – Centrales generadoras energía elec.ITC EP2 – Centrales generadoras energía elec.
Distancias de seguridad:
• Proyección de planta al límites propiedad ⇒ 15 m.
• Proyección partes a presión en exterior a límites propiedad ⇒ 35 m.
Proyecto: Requieren proyecto todas las instalaciones de aplicación.
Inspecciones periódicas:
• Periodicidad e intervinientes según el Reglamento
• Inspección ordinaria de las válvulas de seguridad en las paradas
ordinarias de mantenimiento e inspecciones, en plazos no
superiores a 6 años, por un O.C.A.
ITC EP-2
Art.: 4, 5 y 7
© FREMAP
ITC EP2 – Centrales generadoras energía elec.ITC EP2 – Centrales generadoras energía elec.
Manual de reparación: las consideradas como gran reparación.
Inspecciones de aparatos reparados: después de una reparación o
de una gran reparación
• Inspección por un O.C.A.
• Examen, y en su caso, prueba de presión.
Mantenimiento:
• Responsable de mantenimiento (Técnico titulado competente)
• Manual de inspección. Además de las inspecciones reglamentarias,
controles, inspecciones o pruebas que se consideren necesarios.
• Programa de mantenimiento
ITC EP-2
Art.: 8, 9 y 12
© FREMAP
Ámbito de aplicación:
Todos los equipos a presión instalados en
refinerías de petróleo y plantas petroquímicas.
ITC EP3 – Refinerías petróleo y petroquímicas.ITC EP3 – Refinerías petróleo y petroquímicas.
© FREMAP
Potencial del riesgo
PS (bar) × V (m³)
Características de los fluidos
1.1 1.2 2.1 2.2
PS×V ≥ 1.000 Clase 1 Clase 1 Clase 1 Clase 2
1.000 > PS×V ≥ 300 Clase 1 Clase 2 Clase 2 Clase 3
300 > PS×V ≥ 25 Clase 2 Clase 3 Clase 3 Clase 4
25 > PS×V ≥ 10 Clase 3 Clase 4 Clase 4 Clase 5
10 > PS×V Clase 4 Clase 5 Clase 5 Clase 5
Grupo 1.1: fluidos inflamables en forma de vapores, líquidos, gases a Tms o > 200 ºC. Gases muy
tóxicos e hidrógeno a cualquier temperatura y concentraciones superiores al 75 %
Grupo 1.2: otros fluidos peligrosos incluidos en el grupo 1 del RD 769/1999 no incluidos en el grupo 1.1
Grupo 2.1: Gases no peligrosos incluidos en el grupo 2 del RD 769/1999 (vapor de agua, inertes, etc.)
Grupo 2.2: Otros fluidos no peligrosos no incluidos en el grupo 2.1
Clases 1 y 2 ⇒ requieren proyecto de instalación
Todas las instalaciones serán realizadas por empresas de categoría EIP-2
ITC EP-3
Art.: 3 y 4
ITC EP3 - Refinerías petróleo y petroquímicasITC EP3 - Refinerías petróleo y petroquímicas
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INSPECCIONES PERIODICAS DE RECIPIENTES
Clase recipiente Nivel A Nivel B Nivel C
Clase 1 Propio 4 años O.C.A. 6 años O.C.A.12 años
Clase 2 Propio 4 años O.C.A. 8 años O.C.A.16 años
Clase 3 Propio 6 años Propio 10 años* ----
Clase 4 Propio 6 años Propio 12 años ----
Clase 4 Propio 8 años ---- ----
(*) En caso de equipos especiales se realizará por un O.C.A.
INSPECCIONES PERIODICAS DE TUBERIAS
Nivel inspección Grupo 1.1 Grupo 1.2 Grupo 2.1 y 2.2
Nivel B Propio 5 años Propio 10 años Propio 12 años
Tuberías de unidades de proceso DN > 50 y PS×DN > 1.000
ITC EP-3
Art.: 6
ITC EP3 - Refinerías petróleo y petroquímicas.ITC EP3 - Refinerías petróleo y petroquímicas.
© FREMAP
ITC EP3 – Refinerías petróleo y petroquímicas.ITC EP3 – Refinerías petróleo y petroquímicas.
Manual de reparación: las consideradas como gran reparación.
Mantenimiento:
• Basado en las instrucciones de los fabricantes y en la propia
experiencia
• Manual de inspección. Además de las inspecciones reglamentarias,
controles, inspecciones o pruebas que se consideren necesarios.
ITC EP-3
Art.: 8
© FREMAP
Ámbito de aplicación:
Depósitos de gases criogénicos V>1.000 litros.
(argón, nitrógeno, CO2, N2O, oxígeno, aire, ...)
ITC EP4 – Depósitos criogénicos.ITC EP4 – Depósitos criogénicos.
Líquido criogénico:
Cuya temperatura ebullición a
presión atmosférica < -40 ºC,
en caso de CO2 < -20 ºC
© FREMAP
ITC EP4 – Depósitos criogénicos.ITC EP4 – Depósitos criogénicos.
Puesta en servicio:
• Prueba de estanqueidad
• Comprobación del sistema de seguridad
• Precintado de las válvulas de seguridad
Proyecto: Requieren proyecto todas las instalaciones de aplicación.
Emplazamiento:
• Preferentemente al aire libre y sobre el nivel del suelo, o en edificios no
combustibles y ventilados
• Gases inflamables ⇒⇒⇒⇒ techos de construcción ligera.
• Fácil acceso a vehículos de abastecimiento.
• Oxígeno y/o protóxido nitrógeno ⇒ pavimento sin productos bituminosos
ITC EP 4
Art.: 4, 5 y 6
DISTANCIAS DE SEGURIDAD EN METROS A DEPOSITOS CRIOGENICOS (ITC EP 4)
Tipo de riesgo
Volumen depósito en m3 y características del gas
1 < V ≤ 5 5 < V ≤ 20 20 < V ≤ 60 60 < V ≤ 200 200 < V ≤ 400 400 < V
1.1 1.2 3 1.1 1.2 3 1.1 1.2 3 1.1 1.2 3 1.1 1.2 3 1.1 1.2 3
Local trabajo ajeno producto 5 3 3 10 5 5 15 8 8 20 10 10 20 10 10 30 10 10
Sótano, alcantarilla, galería 5 5 5 10 5 5 10 8 8 10 10 10 20 10 10 20 10 10
Motores, interruptores 10 -- -- 15 -- -- 20 -- -- 25 -- -- 30 -- -- 35 -- --
Depósitos inflamables aéreos 5 5 3 10 10 3 10 15 5 10 15 5 10 20 5 20 30 5
Depósitos inflamables subter. 5 5 3 5 5 3 5 8 5 5 10 5 5 10 5 10 20 5
Vías públicas, carreteras …. 15 3 3 20 5 3 25 5 3 30 5 3 35 10 5 40 20 5
Inst. peligro incendio (madera) 8 5 3 10 5 3 15 8 3 25 10 3 30 15 3 30 20 3
Llamas controladas (mechero) 10 5 3 15 5 3 20 10 5 25 10 5 30 15 10 35 15 10
Límite propiedad 15 1 1 20 2 2 25 2 2 30 2 2 35 5 5 40 10 10
Proyección líneas alta tensión 10 5 3 15 5 3 15 10 5 15 10 5 15 10 5 15 10 5
Edificios habitables. 15 5 5 20 10 10 25 10 10 30 15 15 35 15 15 40 15 15
Grupo 1.1: gases inflamables (Etano, etileno e hidrógeno)
Grupo 1.2: gases oxidantes o comburentes (oxígeno y protóxido de nitrógeno)
Grupo 2: gases inertes (argón, nitrógeno, aire, anhídrido carbónico, helio, criptón, neón y xenón)
© FREMAP
ITC EP-4
Anexo I
© FREMAP
ITC EP4 – Depósitos criogénicos.ITC EP4 – Depósitos criogénicos.
Vallado:
• Lados no protegidos por muros ⇒ cerca metálica de 2 m. altura
• En recintos cerrados ⇒ garantizar ventilación
• Cartel en sitio visible indicando el gas, peligros y medidas de seguridad.
Toma de tierra: recipientes, equipos y estación descarga inflamables R<20 Ω
Protección:
• Contra incendios según el RD 2267/2004
• Contra derrames inflamables cualquier capacidad y otros gases
capacidad superior a 1.000 m3 ⇒ Cubeto de recogida
ITC EP 4
Art.: 6
© FREMAP
ITC EP4 – Depósitos criogénicos.ITC EP4 – Depósitos criogénicos.
ITC EP 4
Art.: 7
Inspecciones periódicas:
• Periodicidad e intervinientes según el Reglamento
• Nivel B: prueba de estanqueidad, comprobación y precintado válvulas,
comprobación toma de tierra, …
• Nivel C: prueba de presión neumática a 1,1× PS.
Otras medidas seguridad:
• Equipos que contengan oxígeno o protóxido de nitrógeno ⇒ exentos de
aceites, grasas u otros materiales fácilmente oxidables.
• Descarga de válvulas de seguridad y discos rotura a lugares seguros.
© FREMAP
Ámbito de aplicación:
Instalaciones de recarga y condiciones de
uso en actividades subacuáticas y de
superficie con un contenido de O2 < 40 %.
ITC EP5 – Botellas equipos respiración autónomos.ITC EP5 – Botellas equipos respiración autónomos.
© FREMAP
ITC EP5 – Botellas equipos respiración autónomos.ITC EP5 – Botellas equipos respiración autónomos.
ITC EP 5
Art.: 3, 4, 5 y 7
Inspección periódica:
• Botellas y válvulas cada tres años.
• Marcado en la botella según UNE EN 1089-1. Botellas de materiales
compuestos en etiqueta adhesiva e indeleble. Indicando:
Inscripción “INSPECCIÓN PERIÓDICA”
Nombre y domicilio del centro de inspección. Nº de registro actividades industriales.
Fecha de realización y fecha límite de validez de la prueba.
• Certificado indicando la botella y que ha superado las pruebas y controles
• Anotar en el Libro de Control de Inspecciones Periódicas.
Centros acreditados:
• Centros de recarga de botellas.
• Centros de inspección periódica de botellas.
• Centros de inspección visual de botellas
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ITC EP5 – Botellas equipos respiración autónomos.ITC EP5 – Botellas equipos respiración autónomos.
ITC EP 5
Art.: 9 y 10
Inspección visual:
• Anualmente a partir de la primera prueba estampada por el fabricante.
• Constará en una etiqueta adhesiva. Indicando:
Inscripción “INSPECCIÓN VISUAL”
Nombre y domicilio del centro de inspección. Nº de registro actividades industriales.
Fecha límite de validez.
• Anotar en el Libro de Control de Inspecciones Visuales.
Comprobaciones previas en el centro a la recarga:
• Identificación de la botella.
• Validez inspección periódica y visual.
• Estado externo de la botella y válvula.
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Ámbito de aplicación:
Condiciones de utilización y recarga de recipientes
para usos industriales, alimentarios y medicinales.
ITC EP6 – Recipientes a presión transportables.ITC EP6 – Recipientes a presión transportables.
Excepto:
Cartuchos GLP
Extintores.
Botellas respiración autónomos
© FREMAP
COLORES DE IDENTIFICACION:
• Identificadas según UNE 1089-3
• Los recipientes que la cumplan se
identificarán con la letra “N”, en lugares
opuestos de la ojiva y color distinto a ésta.
• Excepto:
Botellas butano y propano
Botellones criogénicos
ITC EP6 – Recipientes a presión transportables.ITC EP6 – Recipientes a presión transportables.
ITC EP 6
Art.: 4
Plazo adecuación de
botellas existentes
5 años
© FREMAP
© FREMAP
ITC EP6 – Recipientes a presión transportables.ITC EP6 – Recipientes a presión transportables.
ITC EP 6
Art.: 6
Inspecciones periódicas:
• Remite al art. 5 del RD 222/2001 de 2 de marzo.
Controles periódicos:
• El propietario, su representante o usuario tomará las medidas
necesarias para garantizar que los equipos a presión transportables
continúan cumpliendo con los requisitos del RD 222/2001. En
particular velará:
Que su uso es el para que se ha destinado.
Que son llenados en centros apropiados.
Que se lleva a cabo el mantenimiento y las reparaciones precisas
Que se realizan los controles periódicos necesarios.
• El organismo de control fijará su número de control y expedirá el
certificado de control, que puede abarcar a más de un equipo.
PROPUESTAS DE FUTURO.
ENFOQUE PREVENTIVO
PROPUESTAS DE FUTURO.
ENFOQUE PREVENTIVO
EQUIPOS A PRESION
© FREMAP
© FREMAP
ENFOQUE PREVENTIVO. Riesgo.ENFOQUE PREVENTIVO. Riesgo.
VISION ACTUAL
El peligro de explosión en un equipo a presión es inevitable.
El riesgo de explosión hacia las personas, las instalaciones y el entorno
se puede minimizar
PROPUESTA
Todos los ocupantes del centro deben ser suficientemente informados
sobre los peligros, los riesgos y las medidas preventivas. Su eficacia
pasa por convencer.
Desde la reglamentación, una buena parte de los riesgos ya se han
identificado y propuesto medidas, cuando menos adecuadas. No evaluemos
lo ya “evaluado”, mejoremos, ampliemos y potenciemos si cabe las
medidas, establezcamos un sistema de control interno eficaz.
© FREMAP
ENFOQUE PREVENTIVO. Acción.ENFOQUE PREVENTIVO. Acción.
VISION ACTUAL
Cumplir la reglamentación vigente no nos asegura el objetivo, pero
nos acerca al éxito, garantizar la seguridad de las instalaciones.
Certificados, informes, ... documentan una acción no aseguran el éxito.
PROPUESTA
Desde la responsabilidad de los intervinientes, hagamos un ejercicio de
iniciativas y de mejora continua. La reglamentación será una guía
de referencia, de obligado cumplimiento, no el límite de valoración del
técnico, de ejecución del instalador, del mantenedor, …
La seguridad industrial no concluye en el cierre del proceso administrativo.
Prevención no se limitará a auditar la documentación, No doblemos
actuaciones, sumemos desde el conocimiento
© FREMAP
ENFOQUE PREVENTIVO. Control.ENFOQUE PREVENTIVO. Control.
VISION ACTUAL
Ni la severidad del riesgo que pueda conducir al dramatismo, ni
la baja accidentabilidad en los equipos a presión, nos deben llevar
a desvirtuar la realidad.
PROPUESTA
El análisis y el seguimiento de los indicadores del funcionamiento y de la
seguridad de los equipos, la comunicación en todas las direcciones desde
el conocimiento de la información, nos permitirá el control del riesgo.
Técnica
Operativa
Económica
Viabilidad
El límite
© FREMAP

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Equipos a Presión. D. Fernando Barrera Nadela

  • 1. EQUIPOS A PRESION. CONDICIONES DE SEGURIDAD Y NUEVO MARCO NORMATIVO EQUIPOS A PRESION. CONDICIONES DE SEGURIDAD Y NUEVO MARCO NORMATIVO FERNANDO BARRERA NADELA Técnico de prevención de FREMAP fernando_barrera@fremap.es Noviembre 2009
  • 2. INTRODUCCION. Del Reglamento de aparatos a presión al Reglamento de equipos a presión INTRODUCCION. Del Reglamento de aparatos a presión al Reglamento de equipos a presión EQUIPOS A PRESION © FREMAP
  • 3. © FREMAP INTRODUCCIONINTRODUCCION  Necesidad de actualizar la reglamentación • Aprovechar la experiencia adquirida y los nuevos criterios establecidos por las transposiciones de las directivas. • Cambio importante de nomenclatura. Coincide con otras reglamentaciones. APARATOS A PRESION EQUIPOS A PRESION
  • 4. © FREMAP INTRODUCCIONINTRODUCCION  APARATOS A PRESION según la reglamentación anterior se refería a: • Los aparatos destinados a la producción, almacenamiento, transporte y utilización de fluidos a presión, excepto depósitos y cisternas destinadas a transportes mercancías peligrosas que se regirán por el ADR ó el TPC.  EQUIPOS A PRESIÓN según la nueva reglamentación: • Los recipientes, tuberías, accesorios de seguridad y accesorios a presión. Se considerará que forman parte los elementos fijados a las partes sometidas a presión, como bridas, tubuladuras, acoplamientos, abrazaderas, soportes, orejetas para izar, etc.
  • 5. © FREMAP INTRODUCCIONINTRODUCCION  Reglamento anterior • Mas generalista • Más de principios • Para la concreción de obligaciones remitía a la ITC correspondiente • Mayor número de ITCs. • Podría haber equipos pendientes de desarrollo enITC.  Nuevo Reglamento • Abarca a todos los equipos en base a su clasificación. • Concreta obligaciones admitiendo ser modificadas en ITC • Menos ITCs. Solo para equipos muy específicos.
  • 6. MARCO NORMATIVO. RD 2060/2008 Reglamento de Equipos a Presión e Instrucciones complementarias MARCO NORMATIVO. RD 2060/2008 Reglamento de Equipos a Presión e Instrucciones complementarias EQUIPOS A PRESION. © FREMAP
  • 7. MARCO NORMATIVOMARCO NORMATIVOMARCO NORMATIVOMARCO NORMATIVO Derogada  RD 1244/1979 de 4 de abril. Reglamento de Aparatos a Presión.  Instrucciones Técnicas Complementarias, excepto ITC MIE AP-3 referente a generadores de aerosoles En vigor  RD 2060/2008 de 12 de dic. Reglamento de equipos a presión y sus ITC  RD 769/1999 de 7 de mayo. Aplicación Directiva 97/23/CE equipos a presión  RD 1495/1991 de 11 de oct. Aplicación Directiva 87/404/CEE recipientes a presión simples  RD 222/2001 de 2 de marzo. Aplicación Directiva 1999/36/CE equipos presión transportables © FREMAP
  • 9. RD 2060/2008RD 2060/2008 -- ITCsITCs 1. Calderas 2. Centrales generadoras de energía eléctrica 3. Refinerías y plantas petroquímicas. 4. Depósitos criogénicos 5. Botellas de equipos de respiración autónomos 6. Recipientes transportables (Los equipos que se excluyan expresamente del ámbito de aplicación de una ITC y no estén incluidos en otra, quedarán excluidos del Reglamento, excepto en lo referido a obligaciones del usuario.) © FREMAP
  • 10. Aplicación RD 2060/2008Aplicación RD 2060/2008  Se aplica a la instalación, inspeccionesinstalación, inspecciones periódicas, reparación y modificaciónperiódicas, reparación y modificación, de los equipos a presión sometidos a una presión máxima admisible superior a 0,5 bar.  Se excluye: • Equipos con reglamentación de seguridad específica • Redes de tuberías de suministro y distribución de agua fría, combustibles líquidos o gaseosos, redes contra incendios y conducción agua motriz centrales hidroeléctricas. © FREMAP
  • 11. Nuevas definiciones. RD 2060/2008 la máxima presión en condiciones de funcionamiento que puede alcanzar. Presión máxima de servicio Pms la presión máxima para la que está diseñado. Especificada por el fabricante. Presión máxima admisible Ps la presión de tarado del elemento de seguridad que le protege. Presión de precinto Pp la presión a la que se somete para comprobar su resistencia. Presión de prueba PT la temperatura más alta o baja estimada en condiciones extremas de funcionamiento. Temperatura max./min. Tms © FREMAP
  • 12. CLASIFICACIÓN DE LOS EQUIPOS A PRESIÓN CLASIFICACIÓN DE LOS EQUIPOS A PRESIÓN EQUIPOS A PRESION Criterios preventivos a considerar © FREMAP
  • 13. © FREMAP Clasificación RD 769/1999Clasificación RD 769/1999  Los equipos a presión se clasificarán por CATEGORIASCATEGORIAS y GRUPOSGRUPOS en función del grado de su peligrosidadpeligrosidad. • CATEGORIA: grado creciente de I a IV. Se establecerá según el tipo de equipo en base a sus características • Recipientes: presión y volumen. • Tuberías: presión y diámetro. • GRUPO: según la peligrosidad del fluido: • Grupo 1: fluidos peligrosos (RD 2216/1985) – Explosivos, inflamables, tóxicos y comburentes. • Grupo 2: Resto de fluidos.
  • 14. © FREMAP Antes de 29/05/2002  Se asimilará a la categoría que corresponda según el RD 769/1999 Después de 29/05/2002  Su categoría se indicará en la documentación del fabricante y en la placa de instalación. Órgano competente de la Comunidad Autónoma Nº identificación Fecha de instalación Presión máx. de servicio (bar) Fecha Nivel/Sello Fecha Nivel/Sello Presión de prueba (bar) Categoría y Grupo Clasificación RD 769/1999Clasificación RD 769/1999
  • 15. © FREMAP RD 769/1999 Anexo II PS (bar) 1.000 500 10 1 0,5 5010,1 50 10 100 100 500 1.000 V(l)5.000 PS=0,5 PS=1.000 PS=200 IV IV IIIII III I 200 V=1l Gases, gases licuados, gases disueltos a presión y líquidos cuya presión de vapor a la temperatura máxima admisible supere en 0,5 bar. la presión atmosférica. RECIPIENTES FLUIDOS GRUPO I V > 1 l. y PS.V > 25 bar.l ó PS > 200 bar. Gases
  • 16. © FREMAP RD 769/1999 Anexo II PS (bar) 1.000 500 10 1 0,5 5010,1 50 10 100 100 500 1.000 V(l)5.000 PS=0,5 IV III III PS=4 PS=3.000 PS=1.000 V=1l Gases, gases licuados, gases disueltos a presión y líquidos cuya presión de vapor a la temperatura máxima admisible supere en 0,5 bar. la presión atmosférica. RECIPIENTES FLUIDOS GRUPO II Todos extintores y botellas de aparatos respiratorios V > 1 l. y PS.V > 50 bar.l ó PS > 1.000 bar. Gases
  • 17. © FREMAP RD 769/1999 Anexo II PS (bar) 1.000 500 10 1 0,5 5010,1 50 10 100 100 500 1.000 V(l)5.000 PS=0,5 PS=500 III II I PS=10 V=1l II Líquidos cuya presión de vapor a la temperatura máxima admisible sea inferior o igual a 0,5 bar. por encima de la presión atmosférica. RECIPIENTES FLUIDOS GRUPO I V > 1 l. y PS.V>200 bar.l ó PS > 500 bar. Líquidos
  • 18. © FREMAP RD 769/1999 Anexo II PS (bar) 1.000 500 10 1 0,5 5010,1 50 10 100 100 500 1.000 V(l)5.000 PS=500 I I PS=10 V=10l IIPS=1.000Líquidos cuya presión de vapor a la temperatura máxima admisible sea inferior o igual a 0,5 bar. por encima de la presión atmosférica. RECIPIENTES FLUIDOS GRUPO II PS>10 bar. y PS.V>10.00 bar.l ó PS> 1.000 bar. Líquidos
  • 19. © FREMAP RD 769/1999 Anexo II PS (bar) 1.000 500 10 1 0,5 5010,1 50 10 100 100 500 1.000 V(l)5.000 32 2 PS=0,5 IV III III PS=32 V=1.000l V=2l Equipos sometidos a la acción de una llama o una aportación de calor que represente un peligro de recalentamiento, previstos para la obtención de vapor o agua sobrecalentada SOMETIDOS A LA ACCION DE UNA LLAMA V > 2 litros
  • 20. © FREMAP TUBERIAS FLUIDOS GRUPO I RD 769/1999 Anexo II PS (bar) 1.000 500 10 1 0,5 5010,1 50 10 100 100 500 1.000 25 PS=0,5 IIIII I DN=100 DN=25 DN=350 DN=100 DN > 25 mm. Gases, gases licuados, gases disueltos a presión y líquidos cuya presión de vapor a la temperatura máxima admisible supere en 0,5 bar. la presión atmosférica. DN5.000 Gases
  • 21. © FREMAP TUBERIAS FLUIDOS GRUPO II RD 769/1999 Anexo II PS (bar) 1.000 500 10 1 0,5 5010,1 50 10 100 100 500 1.000 DN5.000 DN > 32 mm. y PS.DN > 1.000 bar.mm Gases, gases licuados, gases disueltos a presión y líquidos cuya presión de vapor a la temperatura máxima admisible supere en 0,5 bar. la presión atmosférica. DN=32 DN=100 DN=250 IIIIII 32 Gases
  • 22. © FREMAP TUBERIAS FLUIDOS GRUPO I RD 769/1999 Anexo II PS (bar) 1.000 500 10 1 0,5 5010,1 50 10 100 100 500 1.000 DN5.000 Líquidos cuya presión de vapor a la temperatura máxima admisible sea inferior o igual a 0,5 bar. por encima de la presión atmosférica. DN > 25 mm. y PS.DN > 2.000 bar.mm 25 DN=25 PS=0,5 PS=10 PS=500 III II I Líquidos
  • 23. © FREMAP TUBERIAS FLUIDOS GRUPO II RD 769/1999 Anexo II PS (bar) 1.000 500 10 1 0,5 5010,1 50 10 100 100 500 1.000 DN5.000 Líquidos cuya presión de vapor a la temperatura máxima admisible sea inferior o igual a 0,5 bar. por encima de la presión atmosférica. PS > 10; DN > 200 mm. y PS.DN > 5.000 bar.mm DN=200 PS=10 PS=500 II I Líquidos
  • 24. INSTALACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO INSTALACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO EQUIPOS A PRESION Criterios preventivos a considerar © FREMAP
  • 25. © FREMAP Condiciones generales instalación Garantizar la seguridad en su vida prevista Empresas instaladoras Inscritas registro comunidad autónoma domicilio social • Medios técnicos y humanos • Responsabilidad civil Previamente comprobará • Documentación técnica • Instrucciones fabricante Acreditarán Realizadas RD 2060/2008 Artículo 3
  • 26. • Relación de plantilla y medios técnicos. • Acreditación personal para realizar uniones permanentes. • Marca punzón o tenaza para precintado. • Declaración conocimiento reglamento • Registro actuaciones realizadas Empresas instaladoras Categoría EIP-1 Registro validez 3 años Instalaciones que no requieren proyecto • Cobertura responsabilidad civil 300.000 € • Responsable técnico • Cobertura responsabilidad civil 600.000 € • Técnico titulado competente en plantilla como responsable técnico © FREMAP Categoría EIP-2 Instalaciones que requieren proyecto RD 2060/2008 Anexo I
  • 27. © FREMAP Criterios de instalación Proyecto técnico o documentación según corresponda • Descarga válvulas seguridad y discos de rotura a un lugar seguro • Uniones permanentes soldadas adecuadamente • Dispositivos y medios de protección • Permitirán realizar el mantenimiento, control e inspecciones periódicas. Cambios de emplazamiento se consideran nueva instalación Equipos compactos móviles no tienen la consideración de instalación RD 2060/2008 Artículo 4
  • 28. © FREMAP Realizar puesta en servicio A requerimiento por el Órgano CompetentePruebas de funcionamiento y condiciones seguras Presentar documentación Finalizada la ejecución Ampliaciones, modificaciones, cambio equipos Anomalías ¿Resistencia? Pruebas emplazamiento por un O.C.A. o fabricante Pruebas emplazamiento supervisadas por O.C.A. Placa de instalación e inspecciones periódicas SI NO RD 2060/2008 Artículo 5
  • 29. © FREMAP Puesta en servicio ¿Requieren proyecto? Proyecto técnico Certificado dirección técnica Certificado instalación Esquema de principio y croquis • Hacer constar que los equipos cumplen con el Reglamento. • Realización de pruebas requeridas • Prueba hidrostática si procede • Funcionamiento correcto Suscrito por instaladora y su responsable técnico SI NO RD 2060/2008 Anexo II
  • 30. © FREMAP Instalaciones que requieren proyecto Instalaciones en que los equipos categorías I a IV conectados permanentemente excluidas tuberías de conexión Tuberías categorías II y III Posible aumento de presión por acción directa de una llama lbarVPms .000.25>×∑ Instalaciones en que los equipos categorías I a IV conectados permanentemente excluidas tuberías de conexión lbarVPms .000.10>×∑ Instalaciones con equipos permanente (excluidas tuberías) que contengan Sustancias Cantidad (Kg) Descripción Tóxica 5 Riesgos graves por inhalación, ingestión y/o penetración Muy tóxica 0,5 Riesgos muy graves por inhalación, ingestión y/o penetración Comburente 50 Reacción altamente exotérmica con combustibles Inflamable 500 21ºC < T. de inflamación < 55 ºC Muy inflamable 50 R17 ó T. de inflamación < 55 ºC en estado líquido bajo presión. Ext. inflamable 10 R12 y sustan. o preparados en estado líquido a T > ebullición Explosiva 1 R2 ó R3 RD 2060/2008 Anexo II
  • 31. CONDICIONES DE USO Y MANTENIMIENTO CONDICIONES DE USO Y MANTENIMIENTO EQUIPOS A PRESION Criterios preventivos a considerar © FREMAP
  • 32. Obligaciones del usuario  Conocer y aplicar las disposiciones del fabricante (Utilización, medidas de seguridad y mantenimiento)  Impedir el funcionamiento si no cumplen los requisitos legales.  Disponer de la documentación: declaración de conformidad, instrucciones, certificado instalación, proyecto instalación, última inspección periódica, certificados reparaciones o modificaciones, …  Utilizar los equipos dentro de los límites de funcionamiento  Realizar el mantenimiento según instrucciones del fabricante, mínimo anual. Exigible para todos los equipos de presión, incluidos los de categoría inferior a la categoría I. © FREMAP RD 2060/2008 Artículo 9
  • 33. Obligaciones del usuario  Ordenar la realización de las inspecciones periódicas  Disponer y mantener un registro de equipos a presión, excepto extintores y si no requieren inspecciones periódicas, anotando las fechas de éstas  Ordenar las reparaciones o modificaciones  Informar de los accidentes que se produzcan al Órgano Competente de la Comunidad Autónoma. Exigible para todos los equipos de presión, incluidos los de categoría inferior a la categoría I. © FREMAP RD 2060/2008 Artículo 9
  • 34. © FREMAP Documentación instalación Dirección técnica Certificados Instalación Inspección periódica Reparación Modificación equipo Modificación instalación • Identificación del firmante (técnico, empresa, O.C.A. …) • Localización de la instalación • Características de la instalación (relación equipos con PS, V, PT y clasificación; Pms y fluido, accesorios seguridad y Pp, otras características específicas Ts,…) • La instalación se ha realizado según proyecto y cumple con la reglamentación. Se han realizado las pruebas en emplazamiento y su funcionamiento es correcto • La instalación cumple con la reglamentación. Se han realizado las pruebas en emplazamiento, su funcionamiento es correcto y disponen de instrucciones. • Comprobaciones realizadas, se mantienen las condiciones de seguridad, próxima inspección a realizar RD 2060/2008 Anexo IV
  • 35. Condiciones especiales Informe favorable de un O.C.A. Órgano Competente de la Comunidad Autónoma • Sustitución del fluido de prueba. • Disminución valores presiones de prueba • Técnicas especiales ensayos no destructivos. • Modificación condiciones inspecciones periódicas Podrá autorizar A solicitud del Titular © FREMAP RD 2060/2008 Artículo 12
  • 36. INSPECCIONES PERIÓDICASINSPECCIONES PERIÓDICAS EQUIPOS A PRESION Criterios preventivos a considerar © FREMAP
  • 37. © FREMAP Inspecciones periódicas Nivel B y C anotar en la placa de inspecciones Fabricante, instaladora, usuario si acredita medios o un O.C.A. Garantizar condiciones técnicas y de seguridad Subsanada deficiencia, poner en servicio previa notificación al Órgano Competente ¿Riesgo grave e inminente? Paralizar y notificarlo al Órgano Competente SI NO En instalaciones abarcarán todos los componentes Plazos según equipo y categoría a partir fecha de fabricación. Conusuariopresente Comprobaciones, ensayos no destructivos, pruebas hidrostáticas … Certificadoporduplicado RD 2060/2008 Artículo 6
  • 38. © FREMAP Órgano competente de la Comunidad Autónoma Nº identificación Fecha de instalación Presión máx. de servicio (bar) Fecha Nivel/Sello Fecha Nivel/Sello Presión de prueba (bar) Categoría y Grupo Placa de instalación e inspecciones periódicas • Todos los equipos sujetos a inspecciones periódicas dispondrán de placa. • Nº de identificación otorgado por el órgano competente. • Será de materiales duraderos, legible y colocada en un lugar visible del equipo o del conjunto. • Dimensiones 70x75 mm. Equipos de pequeñas dimensiones 70x55 mm. • A facilitar por el órgano competente tras la presentación de la documentación de la instalación o del equipo. • En un cambio de emplazamiento a otra comunidad autónoma, esta decide si otorga una nueva. La primera fecha es la de fabricación , las sucesivas inspecciones nivel B y C RD 2060/2008 Anexo II
  • 39. © FREMAP Nº identificación Presión máxima (bar) Fecha Nivel/Sello Fecha Nivel/Sello Presión de prueba (bar) Categoría y Grupo Placa de inspecciones periódicas • En el caso de extintores, tuberías y otros equipos móviles, tras la realización de la primera inspección nivel B o C, se colocará, en caso de que no exista, por el agente que la realice. • Dimensiones 70x35 mm. Podrá ser adhesiva. • El caso de tuberías, el nº de identificación se indicará la referencia interna del usuario. • En el caso de tuberías indicar la presión máxima de servicio de la instalación. La primera fecha es la de fabricación , las sucesivas inspecciones nivel B y C RD 2060/2008 Anexo III
  • 40. Inspecciones periódicas Nivel B Inspección fuera de servicio © FREMAP • Comprobación documentación • Inspección visual, partes a presión, accesorios de seguridad. Sin retirar calorifugado • Por motivos razonables de deterioro, realizar inspección nivel B • Inspección visual, zonas sometidas a mayor esfuerzo o con riesgo de corrosión. • Comprobación de espesores, accesorios de seguridad y ensayos no destructivos que se consideren necesarios • Prueba hidrostática a la presión de prueba o prueba especial sustitutiva expresamente indicada por el fabricante o previamente autorizada por el órgano competente Nivel A Inspección en servicio Nivel C Inspección fuera de servicio RD 2060/2008 Anexo III
  • 41. © FREMAP RD 2060/2008 Anexo III INSPECCIONES PERIÓDICAS – ANEXO III RD 2060/2008 Nivel AGENTE Y PERIODICIDAD SEGÚN EL TIPO Y CATEGORIA DEL EQUIPO Recipientes para gases y líquidos Sometidos a llama Tuberías I-2 y II-2 I-1, II-2, III-2 y IV-2 III-1 y IV-1 I, II, III y IV I-2 y II-2 III-3 I-1, II-1 y III-1 A Instaladora 4 años Instaladora 3 años Instaladora 2 años Instaladora fabricante 1 año ---- ---- ---- B O.C.A. 8 años O.C.A. 6 años O.C.A. 4 años O.C.A. 3 años O.C.A. 12 años O.C.A. 6 años O.C.A. 6 años C No obligatorio O.C.A. 12 años O.C.A. 12 años O.C.A. 6 años No obligatorio No obligatorio O.C.A. 12 años NOTAS • Los extintores de incendios , se someterán exclusivamente a las pruebas de nivel C cada 5 años por mantenedoras según el RD 1942/1993, con una vida útil de 20 años a partir fecha fabricación • Los recipientes frigoríficos serán inspeccionados por instaladoras según el RD 3099/1977, no requiriendo inspecciones de nivel C, salvo que hayan sufrido daños, estado más dos años fuera de servicio, cambiado el fluido a otro de mayor riesgo o sufrido una reparación. • Los recipientes de aire comprimido cuyo producto (Pms.V) <5.000 las podrá realizar una instaladora. • Se excluyen las ollas a presión.
  • 42. REPARACIONES Y MODIFICACIOENE REPARACIONES Y MODIFICACIOENE EQUIPOS A PRESION Criterios preventivos a considerar © FREMAP
  • 43. © FREMAP Criterios en reparaciones Puesta en servicio Empresas reparadoras o usuarios si acreditan medios No se consideran la sustitución de juntas ni el cambio de accesorios Inspección nivel C por un O.C.A. Realizar por RD 2060/2008 Artículo 7
  • 44. • Relación de plantilla y medios técnicos. • Acreditación personal para realizar uniones permanentes. • Marca punzón o tenaza para precintado. • Declaración conocimiento reglamento • Registro actuaciones realizadas Empresas reparadoras Categoría ERP-1 Registro validez 3 años Equipos categoría I o asimilados • Cobertura responsabilidad civil 300.000 € • Responsable técnico • Cobertura responsabilidad civil 600.000 € • Técnico titulado competente en plantilla como responsable técnico © FREMAP Categoría ERP-2 Equipos categoría II a IV o asimilados RD 2060/2008 Anexo I
  • 45. © FREMAP Criterios en modificaciones Emitir certificado y poner en servicio Empresas reparadoras Evaluación conformidad Realizar por Equipos ¿Importantes? mayor Ps, Ts ó V riesgo fluido Empresas instaladoras Considerar como nueva Realizar por Instalaciones ¿Importantes? mayor P, T, riesgo fluido SI NONO SI RD 2060/2008 Artículo 8
  • 46. SITUACION Y PLANTEAMIENTO frente a equipos anteriores 08/2008 SITUACION Y PLANTEAMIENTO frente a equipos anteriores 08/2008 EQUIPOS A PRESION Criterios preventivos a considerar © FREMAP
  • 47. Equipos instalados y puestos en servicio antes de 05/08/2009 Prescripciones técnicas de su puesta en servicio Inspecciones periódicas RD 2060/2008 Asimilar categoría I a IV RD 769/1999 Colocar placa de inspecciones Anexo II Nivel A y B contabilizar plazos 05/08/2009 Nivel C partir vencimiento última prueba Presión prueba la prescripta en su puesta en servicio Reformas: Inst. y puesta en servicio RD 2060/2008 © FREMAP Modificaciones importantes del equipo Conservar placas diseño, instalación timbre existentes • Proyecto técnico. • Certificado conformidad por un O.C.A. • Certificado dirección técnica. RD 2060/2008 Adicional 1ª
  • 48. © FREMAP Equipos usados procedentes de otros países 05/08/2009 Unión Europea o asimilados Cumplen con algún: RD 1495/1991 – 87/404/CEE RD 769/1999 – 97/23/CE Proyecto de diseño. Documentación de fabricación. • Certificado de construcción. • Certificado conformidad. Certificado inspección nivel C. Certificado conformidad por un O.C.A. Inspección Nivel C Instalación y puesta en marcha RD 2060/2008 Se corresponden con RD 769/1999 Declaración importador conforme RD 1495/1991. Declaración conformidad buenas prácticas de ingeniería de un Estado miembro de la Unión Europea Marcado CE SI NO NO SI SI NO RD 2060/2008 Adicional 2ª
  • 49. © FREMAP ADECUACION OPERADORESADECUACION OPERADORES Carnés de operador industrial de calderas según RD 1244/1979 expedidos antes de 05/08/2009 Siguen teniendo validez Calderas que por ITC.MIE.AP-1 no requerían de carné de operador industrial y si por la ITC.EP.1 Tienen de plazo 10 años Operadores con experiencia demostrada en los dos años anteriores al 05/08/2009 podrán obtener el carné, si superan un curso de 20 h., > 18 años y aprueban el examen RD 2060/2008 Transitoria 4ª
  • 50. © FREMAP Adecuaciones específicasAdecuaciones específicas Calderas sin CE con control de calidad podrán adaptarse a la ITC EP-1 mediante proyecto técnico en la comunidad autónoma si afecta a la seguridad Informe favorable de un O.C.A. Botellas y botellones que cumplen con ITC MIE AP-7 se podrán continuar utilizando si cumplen con ITC EP-6 hay de plazo hasta 05/08/2014 para adaptar colores de identificación RD 2060/2008 Transitoria 5ª
  • 51. INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS EQUIPOS A PRESION Criterios preventivos a considerar © FREMAP
  • 52. © FREMAP ITC EP1 - CalderasITC EP1 - Calderas Ámbito de aplicación: calderas y sus elementos asociados ITC EP-1 Art.: 1 Excepto: • Las de centrales generadoras de energía eléctrica ITC EP-2 • Las de refinerías y plantas petroquímicas ITC EP-3 • Las de vapor y agua sobrecalentada categoría I RD 769/1999 cuya Ps < 0,5 bar. o V < 2 litros, o Ps × V ≤ 50 (bar.l) • Las de agua caliente de uso industrial con Pms × VT < 10.000 (bar.l) • Las de agua caliente incluidas en el RITE (RD 1027/2007) inst. térmicas de climatización y producción ACS bienestar e higiene. • Las de fluido térmico cuyo Pms × Vi < 200 si Tms > 120 ºC o Pms × Vi < 2.000 si Tms < 120 ºC.
  • 53. © FREMAP ITC EP1 - CalderasITC EP1 - Calderas CLASIFICACION PRIMERA SEGUNDA Pirotubulares Pms × VT < 15.000 Pms × VT ≥ 15.000 Acuotubulares Pms × VT < 50.000 Pms × VT ≥ 50.000 Fluido térmico Pms × Vi < 15.000 Pms × Vi ≥ 15.000 Siendo: • Pms = presión máxima de servicio de la instalación en bar. • VT = Volumen total en litros de caldera y sobrecalentador. • Vi = Volumen total en litros de la instalación completa. Para el emplazamiento tener en cuanta la clase de la mayor de las calderas Emplazamiento Clase PRIMERA: • En sala o recinto Recinto con cerca de 1,20 m. de alto. Clase SEGUNDA: • En una sala Dos salidas. Muros hormigón armado 20 cm Techos no habitables, ligeros mínimo 25 %. Instaladora EIP-2 ITC EP-1 Art.: 3 y 6
  • 54. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Inspecciones y pruebas periódicas PUESTA EN SERVICIO pruebas funciones y seg LIBRO DE INSTALACION características, actuaciones, controles e inspecciones Nivel A anualmente Actualización documentación. Limpieza circuito humos y de presión Funcionamiento ele. operación y seg. Estanquidad circuito de gases Inspección visual tuberías y equipos Instaladora EIP-2 Pms < 0,1 x Ps Clase segunda Certificado adecuación fabricante o OCA Clase primera PROYECTO CERTIFICADO dirección técnica MEMORIA CERTIFICADO instalación Si procede prueba hidráulica DOCUMENTACION manual instrucciones, de seguridad y emergencia Documentación y placa instalación. Inspección visual Medición de espesores Manómetros y válvulas de segurid. Ensayos y funcionamiento Documentación Inspección elementos operación y seg Prueba hidrostática Manómetros y válvulas de seguridad Ensayos y funcionamiento Nivel B cada 3 años Nivel C cada 6 años © FREMAP ITC EP-1 Art.: 4, 5 y 9
  • 55. © FREMAP ITC EP1 - CalderasITC EP1 - Calderas  SISTEMA ALIMENTACIÓN DE AGUA • Tratamiento de agua eficiente según UNE 1295-10 y 1295-12 • Realizar análisis pertinentes si es necesario sistemas depuración a indicación del fabricante, empresa especializada o diseñadora • Tener en cuenta reglamentación e indicaciones de las fichas de seguridad de los productos químicos ITC EP-1 Art.: 8
  • 56. © FREMAP ITC EP1 - CalderasITC EP1 - Calderas  NORMAS DE SEGURIDAD Y FUNCIONAMIENTO DE CALDERAS AUTOMÁTICAS • Calderas bajo vigilancia indirecta • El conductor puede tener su lugar de trabajo en otro local relativamente cercano • El conductor podrá intervenir rápidamente cuando sea necesario • A intervalos regulares se ha de asegurar directamente la buena marcha • Las señales de alarma se producirán en el lugar de ocupación del conductor habitual, desde donde podrá bloquear el sistema. • Calderas bajo vigilancia directa • Una persona competente por turno, permaneciendo en la misma sala o en la sala de control ITC EP-1 Art.: 7
  • 57. © FREMAP ITC EP1 - CalderasITC EP1 - Calderas  OPERADORES DE CALDERAS personal técnicamente capacitado • Son los responsables de vigilar, supervisar y controlar el correcto funcionamiento. • Calderas clase 2ª operador industrial de calderas obligatorio carné. • Los operadores serán instruidos por los fabricantes, instaladores o usuarios si disponen de técnico titulado competente. ITC EP-1 Art.: 13
  • 58. © FREMAP Ámbito de aplicación: Conjunto instalaciones de proceso y auxiliares destinadas a la producción de energía eléctrica. ITC EP2 – Centrales generadoras energía elec.ITC EP2 – Centrales generadoras energía elec.
  • 59. © FREMAP ITC EP2 – Centrales generadoras energía elec.ITC EP2 – Centrales generadoras energía elec. Distancias de seguridad: • Proyección de planta al límites propiedad ⇒ 15 m. • Proyección partes a presión en exterior a límites propiedad ⇒ 35 m. Proyecto: Requieren proyecto todas las instalaciones de aplicación. Inspecciones periódicas: • Periodicidad e intervinientes según el Reglamento • Inspección ordinaria de las válvulas de seguridad en las paradas ordinarias de mantenimiento e inspecciones, en plazos no superiores a 6 años, por un O.C.A. ITC EP-2 Art.: 4, 5 y 7
  • 60. © FREMAP ITC EP2 – Centrales generadoras energía elec.ITC EP2 – Centrales generadoras energía elec. Manual de reparación: las consideradas como gran reparación. Inspecciones de aparatos reparados: después de una reparación o de una gran reparación • Inspección por un O.C.A. • Examen, y en su caso, prueba de presión. Mantenimiento: • Responsable de mantenimiento (Técnico titulado competente) • Manual de inspección. Además de las inspecciones reglamentarias, controles, inspecciones o pruebas que se consideren necesarios. • Programa de mantenimiento ITC EP-2 Art.: 8, 9 y 12
  • 61. © FREMAP Ámbito de aplicación: Todos los equipos a presión instalados en refinerías de petróleo y plantas petroquímicas. ITC EP3 – Refinerías petróleo y petroquímicas.ITC EP3 – Refinerías petróleo y petroquímicas.
  • 62. © FREMAP Potencial del riesgo PS (bar) × V (m³) Características de los fluidos 1.1 1.2 2.1 2.2 PS×V ≥ 1.000 Clase 1 Clase 1 Clase 1 Clase 2 1.000 > PS×V ≥ 300 Clase 1 Clase 2 Clase 2 Clase 3 300 > PS×V ≥ 25 Clase 2 Clase 3 Clase 3 Clase 4 25 > PS×V ≥ 10 Clase 3 Clase 4 Clase 4 Clase 5 10 > PS×V Clase 4 Clase 5 Clase 5 Clase 5 Grupo 1.1: fluidos inflamables en forma de vapores, líquidos, gases a Tms o > 200 ºC. Gases muy tóxicos e hidrógeno a cualquier temperatura y concentraciones superiores al 75 % Grupo 1.2: otros fluidos peligrosos incluidos en el grupo 1 del RD 769/1999 no incluidos en el grupo 1.1 Grupo 2.1: Gases no peligrosos incluidos en el grupo 2 del RD 769/1999 (vapor de agua, inertes, etc.) Grupo 2.2: Otros fluidos no peligrosos no incluidos en el grupo 2.1 Clases 1 y 2 ⇒ requieren proyecto de instalación Todas las instalaciones serán realizadas por empresas de categoría EIP-2 ITC EP-3 Art.: 3 y 4 ITC EP3 - Refinerías petróleo y petroquímicasITC EP3 - Refinerías petróleo y petroquímicas
  • 63. © FREMAP INSPECCIONES PERIODICAS DE RECIPIENTES Clase recipiente Nivel A Nivel B Nivel C Clase 1 Propio 4 años O.C.A. 6 años O.C.A.12 años Clase 2 Propio 4 años O.C.A. 8 años O.C.A.16 años Clase 3 Propio 6 años Propio 10 años* ---- Clase 4 Propio 6 años Propio 12 años ---- Clase 4 Propio 8 años ---- ---- (*) En caso de equipos especiales se realizará por un O.C.A. INSPECCIONES PERIODICAS DE TUBERIAS Nivel inspección Grupo 1.1 Grupo 1.2 Grupo 2.1 y 2.2 Nivel B Propio 5 años Propio 10 años Propio 12 años Tuberías de unidades de proceso DN > 50 y PS×DN > 1.000 ITC EP-3 Art.: 6 ITC EP3 - Refinerías petróleo y petroquímicas.ITC EP3 - Refinerías petróleo y petroquímicas.
  • 64. © FREMAP ITC EP3 – Refinerías petróleo y petroquímicas.ITC EP3 – Refinerías petróleo y petroquímicas. Manual de reparación: las consideradas como gran reparación. Mantenimiento: • Basado en las instrucciones de los fabricantes y en la propia experiencia • Manual de inspección. Además de las inspecciones reglamentarias, controles, inspecciones o pruebas que se consideren necesarios. ITC EP-3 Art.: 8
  • 65. © FREMAP Ámbito de aplicación: Depósitos de gases criogénicos V>1.000 litros. (argón, nitrógeno, CO2, N2O, oxígeno, aire, ...) ITC EP4 – Depósitos criogénicos.ITC EP4 – Depósitos criogénicos. Líquido criogénico: Cuya temperatura ebullición a presión atmosférica < -40 ºC, en caso de CO2 < -20 ºC
  • 66. © FREMAP ITC EP4 – Depósitos criogénicos.ITC EP4 – Depósitos criogénicos. Puesta en servicio: • Prueba de estanqueidad • Comprobación del sistema de seguridad • Precintado de las válvulas de seguridad Proyecto: Requieren proyecto todas las instalaciones de aplicación. Emplazamiento: • Preferentemente al aire libre y sobre el nivel del suelo, o en edificios no combustibles y ventilados • Gases inflamables ⇒⇒⇒⇒ techos de construcción ligera. • Fácil acceso a vehículos de abastecimiento. • Oxígeno y/o protóxido nitrógeno ⇒ pavimento sin productos bituminosos ITC EP 4 Art.: 4, 5 y 6
  • 67. DISTANCIAS DE SEGURIDAD EN METROS A DEPOSITOS CRIOGENICOS (ITC EP 4) Tipo de riesgo Volumen depósito en m3 y características del gas 1 < V ≤ 5 5 < V ≤ 20 20 < V ≤ 60 60 < V ≤ 200 200 < V ≤ 400 400 < V 1.1 1.2 3 1.1 1.2 3 1.1 1.2 3 1.1 1.2 3 1.1 1.2 3 1.1 1.2 3 Local trabajo ajeno producto 5 3 3 10 5 5 15 8 8 20 10 10 20 10 10 30 10 10 Sótano, alcantarilla, galería 5 5 5 10 5 5 10 8 8 10 10 10 20 10 10 20 10 10 Motores, interruptores 10 -- -- 15 -- -- 20 -- -- 25 -- -- 30 -- -- 35 -- -- Depósitos inflamables aéreos 5 5 3 10 10 3 10 15 5 10 15 5 10 20 5 20 30 5 Depósitos inflamables subter. 5 5 3 5 5 3 5 8 5 5 10 5 5 10 5 10 20 5 Vías públicas, carreteras …. 15 3 3 20 5 3 25 5 3 30 5 3 35 10 5 40 20 5 Inst. peligro incendio (madera) 8 5 3 10 5 3 15 8 3 25 10 3 30 15 3 30 20 3 Llamas controladas (mechero) 10 5 3 15 5 3 20 10 5 25 10 5 30 15 10 35 15 10 Límite propiedad 15 1 1 20 2 2 25 2 2 30 2 2 35 5 5 40 10 10 Proyección líneas alta tensión 10 5 3 15 5 3 15 10 5 15 10 5 15 10 5 15 10 5 Edificios habitables. 15 5 5 20 10 10 25 10 10 30 15 15 35 15 15 40 15 15 Grupo 1.1: gases inflamables (Etano, etileno e hidrógeno) Grupo 1.2: gases oxidantes o comburentes (oxígeno y protóxido de nitrógeno) Grupo 2: gases inertes (argón, nitrógeno, aire, anhídrido carbónico, helio, criptón, neón y xenón) © FREMAP ITC EP-4 Anexo I
  • 68. © FREMAP ITC EP4 – Depósitos criogénicos.ITC EP4 – Depósitos criogénicos. Vallado: • Lados no protegidos por muros ⇒ cerca metálica de 2 m. altura • En recintos cerrados ⇒ garantizar ventilación • Cartel en sitio visible indicando el gas, peligros y medidas de seguridad. Toma de tierra: recipientes, equipos y estación descarga inflamables R<20 Ω Protección: • Contra incendios según el RD 2267/2004 • Contra derrames inflamables cualquier capacidad y otros gases capacidad superior a 1.000 m3 ⇒ Cubeto de recogida ITC EP 4 Art.: 6
  • 69. © FREMAP ITC EP4 – Depósitos criogénicos.ITC EP4 – Depósitos criogénicos. ITC EP 4 Art.: 7 Inspecciones periódicas: • Periodicidad e intervinientes según el Reglamento • Nivel B: prueba de estanqueidad, comprobación y precintado válvulas, comprobación toma de tierra, … • Nivel C: prueba de presión neumática a 1,1× PS. Otras medidas seguridad: • Equipos que contengan oxígeno o protóxido de nitrógeno ⇒ exentos de aceites, grasas u otros materiales fácilmente oxidables. • Descarga de válvulas de seguridad y discos rotura a lugares seguros.
  • 70. © FREMAP Ámbito de aplicación: Instalaciones de recarga y condiciones de uso en actividades subacuáticas y de superficie con un contenido de O2 < 40 %. ITC EP5 – Botellas equipos respiración autónomos.ITC EP5 – Botellas equipos respiración autónomos.
  • 71. © FREMAP ITC EP5 – Botellas equipos respiración autónomos.ITC EP5 – Botellas equipos respiración autónomos. ITC EP 5 Art.: 3, 4, 5 y 7 Inspección periódica: • Botellas y válvulas cada tres años. • Marcado en la botella según UNE EN 1089-1. Botellas de materiales compuestos en etiqueta adhesiva e indeleble. Indicando: Inscripción “INSPECCIÓN PERIÓDICA” Nombre y domicilio del centro de inspección. Nº de registro actividades industriales. Fecha de realización y fecha límite de validez de la prueba. • Certificado indicando la botella y que ha superado las pruebas y controles • Anotar en el Libro de Control de Inspecciones Periódicas. Centros acreditados: • Centros de recarga de botellas. • Centros de inspección periódica de botellas. • Centros de inspección visual de botellas
  • 72. © FREMAP ITC EP5 – Botellas equipos respiración autónomos.ITC EP5 – Botellas equipos respiración autónomos. ITC EP 5 Art.: 9 y 10 Inspección visual: • Anualmente a partir de la primera prueba estampada por el fabricante. • Constará en una etiqueta adhesiva. Indicando: Inscripción “INSPECCIÓN VISUAL” Nombre y domicilio del centro de inspección. Nº de registro actividades industriales. Fecha límite de validez. • Anotar en el Libro de Control de Inspecciones Visuales. Comprobaciones previas en el centro a la recarga: • Identificación de la botella. • Validez inspección periódica y visual. • Estado externo de la botella y válvula.
  • 73. © FREMAP Ámbito de aplicación: Condiciones de utilización y recarga de recipientes para usos industriales, alimentarios y medicinales. ITC EP6 – Recipientes a presión transportables.ITC EP6 – Recipientes a presión transportables. Excepto: Cartuchos GLP Extintores. Botellas respiración autónomos
  • 74. © FREMAP COLORES DE IDENTIFICACION: • Identificadas según UNE 1089-3 • Los recipientes que la cumplan se identificarán con la letra “N”, en lugares opuestos de la ojiva y color distinto a ésta. • Excepto: Botellas butano y propano Botellones criogénicos ITC EP6 – Recipientes a presión transportables.ITC EP6 – Recipientes a presión transportables. ITC EP 6 Art.: 4 Plazo adecuación de botellas existentes 5 años
  • 76. © FREMAP ITC EP6 – Recipientes a presión transportables.ITC EP6 – Recipientes a presión transportables. ITC EP 6 Art.: 6 Inspecciones periódicas: • Remite al art. 5 del RD 222/2001 de 2 de marzo. Controles periódicos: • El propietario, su representante o usuario tomará las medidas necesarias para garantizar que los equipos a presión transportables continúan cumpliendo con los requisitos del RD 222/2001. En particular velará: Que su uso es el para que se ha destinado. Que son llenados en centros apropiados. Que se lleva a cabo el mantenimiento y las reparaciones precisas Que se realizan los controles periódicos necesarios. • El organismo de control fijará su número de control y expedirá el certificado de control, que puede abarcar a más de un equipo.
  • 77. PROPUESTAS DE FUTURO. ENFOQUE PREVENTIVO PROPUESTAS DE FUTURO. ENFOQUE PREVENTIVO EQUIPOS A PRESION © FREMAP
  • 78. © FREMAP ENFOQUE PREVENTIVO. Riesgo.ENFOQUE PREVENTIVO. Riesgo. VISION ACTUAL El peligro de explosión en un equipo a presión es inevitable. El riesgo de explosión hacia las personas, las instalaciones y el entorno se puede minimizar PROPUESTA Todos los ocupantes del centro deben ser suficientemente informados sobre los peligros, los riesgos y las medidas preventivas. Su eficacia pasa por convencer. Desde la reglamentación, una buena parte de los riesgos ya se han identificado y propuesto medidas, cuando menos adecuadas. No evaluemos lo ya “evaluado”, mejoremos, ampliemos y potenciemos si cabe las medidas, establezcamos un sistema de control interno eficaz.
  • 79. © FREMAP ENFOQUE PREVENTIVO. Acción.ENFOQUE PREVENTIVO. Acción. VISION ACTUAL Cumplir la reglamentación vigente no nos asegura el objetivo, pero nos acerca al éxito, garantizar la seguridad de las instalaciones. Certificados, informes, ... documentan una acción no aseguran el éxito. PROPUESTA Desde la responsabilidad de los intervinientes, hagamos un ejercicio de iniciativas y de mejora continua. La reglamentación será una guía de referencia, de obligado cumplimiento, no el límite de valoración del técnico, de ejecución del instalador, del mantenedor, … La seguridad industrial no concluye en el cierre del proceso administrativo. Prevención no se limitará a auditar la documentación, No doblemos actuaciones, sumemos desde el conocimiento
  • 80. © FREMAP ENFOQUE PREVENTIVO. Control.ENFOQUE PREVENTIVO. Control. VISION ACTUAL Ni la severidad del riesgo que pueda conducir al dramatismo, ni la baja accidentabilidad en los equipos a presión, nos deben llevar a desvirtuar la realidad. PROPUESTA El análisis y el seguimiento de los indicadores del funcionamiento y de la seguridad de los equipos, la comunicación en todas las direcciones desde el conocimiento de la información, nos permitirá el control del riesgo.