3. La organización de un sistema nacional
• Concretar la unidad pedagógica y organizativa de la educación
secundaria, definida en el Artículo 29 de la Ley de Educación Nacional, a
través de regulaciones y propuestas que articulen, a partir de criterios
comunes, las diferentes modalidades y ámbitos en que esta se
desarrolla (Parr. 18)
• Una nueva institucionalidad debe crear reglas y poner en juego recursos
como condiciones para que los estudiantes del sistema nacional
ejerzan su derecho a aprendizajes equivalentes en cualquier punto del
país, puedan transitar y moverse sin obstáculos entre las instituciones y
las jurisdicciones y obtengan certificaciones de alcance y validez nacional
(Parr. 19).
4. La propuesta educativa del nivel
• Una escuela secundaria a la que los estudiantes deseen asistir, por el valor
de lo que en ella ocurre para su presente y su futuro, en muchos sentidos
inciertos o no controlable en exclusividad desde la oferta educativa, exige
revisar el tipo de experiencia de formación y socialización que hoy se
ofrece y diseñar nuevas alternativas (Párr. 25)
• El currículum en su complejidad trasciende el listado de asignaturas, los
contenidos que en ellas se incluyen, las cargas horarias, regula la
escolarización de adolescentes y jóvenes, y el trabajo docente, define
el ritmo y forma del trabajo escolar. (Párr. 27)
• Repensar la enseñanza exige considerar los saberes a ser transmitidos en
el presente, la relación que promueven esos saberes y los diferentes
itinerarios entendidos como recorridos de trabajo con el conocimiento, las
diferentes formas de agrupamiento de los estudiantes y la evaluación. (Párr.
28)
5. Propuestas de formación
a) Educación Secundaria Orientada
El título de egreso de la Educación Secundaria Orientada será: “Bachiller en….
(con la orientación correspondiente)”
b) Educación Secundaria Modalidad Técnico Profesional
El título de egreso de la Educación Secundaria Modalidad Técnico Profesional
será: “Técnico…”; o “Técnico en…”
c) Educación Secundaria Modalidad Artística
El título de egreso de la Educación Secundaria Modalidad Artística será:
“Bachiller en Arte… (lenguaje o disciplina artística)”; “Bachiller en… (lenguaje o
disciplina artística)…, especialización…”;
d) Educación Secundaria Modalidad de Educación Permanente de
Jóvenes y Adultos
6. Orientaciones de la ESO
Bachillerato orientado en Ciencias Sociales o en Ciencias Sociales y Humanidades
Bachillerato orientado en Ciencias Naturales
Bachillerato orientado en Economía y Administración
Bachillerato orientado en Lenguas
Bachillerato orientado en Agrario /Agro y Ambiente
Bachillerato orientado en Turismo
Bachillerato orientado en Comunicación
Bachillerato orientado en Informática
Bachillerato orientado en Educación Física
Bachillerato orientado en Arte (música, artes visuales, teatro, danza, etc.)
Para cada Orientación cada Jurisdicción definirá un único plan de formación. En el mismo
se explicitarán márgenes y criterios jurisdiccionales de definición curricular institucional (Párr.
63).
Las Orientaciones acordadas en el presente documento serán desarrolladas en el proceso de
definición federal de Marcos de Referencia (Párr. 65).
7. Plan de estudios
Ciclo Básico Ciclo Orientado
Común (3er a 5to/6to año)
(1er y 2do año)
Formación
Formación General +
General Formación
Orientada
La Educación Secundaria podrá cursarse a través de planes de estudio
que cuenten con un mínimo de 25 horas reloj semanales (Parr. 64)
(que equivalen a 37,5 horas cátedra semanales)
8. Formación General
Constituye el núcleo de formación común, debe estar presente en todas
las propuestas educativas del Nivel en el país (Párr. 84).
Debe incluir:
•Lengua y la Literatura: de 1° a 5/6° año
•Matemática: de 1° a 5/6° año
•Ciencias Sociales (Historia, Geografía, Economía): No especifica
•Ciencias Naturales (Biología, Química y Física): en ambos ciclos
•Formación Ética y Ciudadana y las Humanidades: 1° a 5° año
•Educación Física: no especifica
•Educación Tecnológica: en el Ciclo Básico
•Educación Artística: en ambos ciclos
•Lenguas (clásicas, regionales, de herencia, extranjeras): 1° a 5°
año
Tendrá una extensión mínima total de 3800 horas reloj, en todos y
cada uno de los planes de estudios del nivel.
9. Formación Específica
• Amplía la Formación General en el campo de conocimiento propio
de la orientación o modalidad.
• Tiene una extensión mínima de 700 horas reloj.
10. Trabajo Docente
• Es necesario modificar las condiciones estructurales que producen la
fragmentación actual del trabajo docente, propiciando otras condiciones
para la trayectoria laboral
• En la Jurisdicción la Ley 2905 establece Profesor por
Cargo que se está ampliando cada año a mayor
cantidad de escuelas.
11. • Es fundamental desarrollar políticas de formación que apoyen a los
docentes en:
la comprensión de las múltiples y complejas dimensiones de la
práctica, los contextos sociales que enmarcan las decisiones
cotidianas en el aula y en la escuela, los nuevos escenarios en que
se inscriben los vínculos en la comunidad educativa (docente
alumnos /docente-familia/ docente-docente)
el fortalecimiento de la comprensión académica de las disciplinas y
los conocimientos didácticos que apoyen las decisiones de la
enseñanza, el sentido o paradigma que orienta la producción
académica en cada momento histórico y los intereses vigentes en
cada cultura.
13. Organización Institucional de la
Enseñanza
A) Propuesta de enseñanza disciplinares: Variaciones de las propuestas
disciplinares; Talleres
B) Propuesta de enseñanza Multidisciplinares: Seminarios temáticos
intensivos, Jornadas de Profundización Temática
C) Propuestas de enseñanza socio comunitaria
D) Propuestas de enseñanza para la inclusión institucional y progresión
de los aprendizajes
E) Propuestas de Enseñanza Complementarias
F) Propuestas de apoyo institucional a las trayectorias escolares
14. Régimen Académico
• Párrafo 57 y siguientes
“Dada su condición de instrumento regulatorio pedagógico –administrativo
se prevé que el régimen académico que las jurisdicciones determinen para
sus escuelas secundarias contenga: a) Regulaciones para la evaluación,
acreditación y promoción de los estudiantes, b) Regulaciones para
acompañamientos específicos de las trayectorias escolares, c)
Regulaciones sobre las condiciones de ingreso, permanencia,
movilidad y egreso de los estudiantes y d) Regulaciones sobre
convivencia escolar.”
La Jurisdicción está trabajando en una Mesa con la Coordinación de
la Subsecretaria de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica
15. Sentidos, Orientaciones y regulaciones
sobre la Convivencia Escolar
• Párrafo 85 y siguientes
“La escuela secundaria obligatoria está convocada a renovar su
institucionalidad fortaleciendo su aptitud para establecer un encuadre
normativo interno, enseñar el respeto y la valoración de la ley,
sustentando el rol asimétrico de los adultos pero en diálogo con los
jóvenes, confiando en ellos, superando estilos verticales,
distanciados y unilaterales del ejercicio de la autoridad”.
La Jurisdicción tiene su Régimen de Convivencia regulado por la
Ley 223 y el Decreto 998.
16. Sobre la Evaluación, acreditación y
promoción de los estudiantes
• La Jurisdicción está trabajando en una Mesa con la
Coordinación de la Subsecretaria de Gestión Educativa
y Coordinación Pedagógica
17. Sobre los acompañamientos específicos
• El Régimen Académico deberá contemplar diferentes
alternativas institucionales de acompañamiento e
intervención en los siguientes momentos de las
trayectorias de los estudiantes (Párr.173):
A) Ingreso
B) Repitencia potencial o real y la sobreedad
C) Elección de la Orientación
D) Egreso