2. GUÍA LEGAL ECUADOR
SOCIEDADES
TIPOS DE SOCIEDADES
REQUISITOS
PROCEDIMIENTO
RÉGIMEN CAMBIARIO
REGISTRO INVERSIÓN EXTRANJERA
RÉGIMEN TRIBUTARIO
IMPUESTO A LA RENTA A EMPRESAS
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES (ICE)
IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS
RÉGIMEN LABORAL
INCENTIVOS INVERSIÓN
INCENTIVOS GENERALES
INCENTIVOS ESPECÍFICOS
INCENTIVOS EN SECTORES PRIORIZADOS Y SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES
FIRMAS DE ABOGADOS
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7
8
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17
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SOCIEDADES
TIPOS DE SOCIEDADES1
En la República del Ecuador existen los siguientes tipos de vehículos, a través de los cuales se puede canalizar
la inversión:
a) Compañía de Responsabilidad Limitada.
b) Compañía Anónima.
c) Sucursal de Compañía Extranjera.
El siguiente cuadro e información ha sido tomado de la Cámara de Comercio e Industrias del Ecuatoriano-
Colombiana, CAMECOL1
. En el cuadro se indican las principales diferencias entre los mencionados tipos de
sociedades:
1. Cómo constituir una sociedad mercantil en Ecuador, (2013). Recuperado el 9 de octubre de 2013, de http://www.camecol.com/#!constituir-sociedades-mercantiles/c15a9
4. 4
Concepto S.A. Compañía Limitada Sucursal
Disponibilidad para hacer negocios en
el país
Sí Sí Sí
Persona jurídica Sí Sí No tiene personalidad jurídica
independiente de la casa matriz
Capital mínimo US$ 800 US$ 400 US$ 2,000
Tiempo para pagar capital 2 años 1 año Inmediato al momento de domiciliación
Representante legal o apoderado Representante legal.
Responde solidariamente por las
obligaciones tributarias y laborales de la
sucursal
Representante legal.
Responde solidariamente por las
obligaciones tributarias y laborales de la
sucursal
Apoderado. Debe ser residente. Responde
solidariamente por las obligaciones
tributarias y laborales de
la sucursal
Autorización de autoridad Sí, superintendencia de compañías Sí, superintendencia de compañías Si, superintendencia de compañías
Tiempo estimado de constitución 30 días 30 días 30 días
Gastos legales estimados para
constitución (excluido capital mínimo)
US $ 600 US $ 400 USD $ 1,500
Límite de responsabilidad de los socios
o accionistas
Hasta el valor del aporte Hasta el valor del aporte N/A
Reserva legal 10% de la Utilidad neta anual, hasta
llegar al 50%
5% de la utilidad neta anual, hasta
llegar al 20%
N/A
Transferencia de acciones/
participaciones
Transferencia libre mediante nota de
cesión constante en el título o en
instrumento privado y anotada en el
libro de acciones y accionistas
Transferencia sujeta a consentimiento
unánime de junta de socios mediante
escritura pública inscrita en el Registro
Mercantil
N/A
Término de duración de los
nombramientos de los representantes
legales (Gerente General, presidente)
No puede exceder los 5 años; es
reelegible por tiempo indefinido
No puede exceder los 5 años; es
reelegible por tiempo indefinido
Indefinido
Número mínimo de socios/Accionistas 2 2 (Máximo 15) N/A
Período máximo/mínimo de existencia A ser definido en los estatutos de la
compañía
A ser definido en los estatutos de la
compañía
Indefinido
Tiempo estimado de liquidación 180 días 180 días 180 días
Costos estimados de liquidación Varía mucho en función de la cantidad
de activos de la sociedad
Varía mucho en función de la cantidad
de activos de la sociedad
Varía mucho en función de la cantidad de
activos de la sociedad
Costos estimados de liquidación Varía mucho en función de la cantidad
de activos de la sociedad
Varía mucho en función de la cantidad
de activos de la sociedad
Varía mucho en función de la cantidad de
activos de la sociedad
5. 5
»» Un mínimo de dos personas naturales o jurídicas, ecuatorianas o extranjeras como accionistas.
»» Reservar el posible nombre de la compañía anónima a constituirse en la Superintendencia de Compañías.
»» Definir el objeto o actividad que realizará la compañía en el Ecuador.
»» Monto del capital social (De US $400 a US $2,000, dependiendo del tipo de vehículo legal).
»» Acuerdo en relación con el texto de Estatutos Sociales de la Compañía.
»» Nombre de los accionistas y valores de participación de cada uno.
»» Nombre de Gerente General (ecuatoriano o extranjero con visa) y Presidente.
»» Indicación sobre limitaciones o necesidad de autorizaciones previas, por parte del Representante Legal de
la compañía.
»» Dirección del local en donde funcionará la compañía.
»» Nombre del contador que manejará la contabilidad de la compañía.
REQUISITOS
6. 6
PROCEDIMIENTO
»» Una vez se tenga claro qué tipo de compañía se pretende constituir, debe reservar el nombre de la misma ante la Superintendencia
de Compañías.
»» Abrir una cuenta de integración de capital en el banco de su elección.
»» Deberá elevar a escritura pública ante una notaría los estatutos de la compañía.
»» Ante la Superintendencia de Compañías, deberá presentar el comprobante de apertura de la cuenta de integración y 3 copias de la
escritura pública.
»» Luego de 48 horas, deberá retirar en la Superintendencia de Compañías, la resolución que aprueba o la que solicita correcciones.
»» Se deberán publicar los datos indicados por la Superintendencia de Compañías, en un periódico de amplia circulación.
»» Presentar las resoluciones para el Registro Mercantil en la misma notaría donde se elevó a escritura pública, la constitución de la
empresa.
»» Designar Representante Legal y el administrador de la empresa e inscribir en el Registro Mercantil el nombramiento de ellos.
»» Presentar en la Superintendencia de Compañías los siguientes documentos: escritura pública de constitución de la sociedad,
un ejemplar del periódico donde se publicó la creación de la empresa, copia de los nombramientos del representante legal y
administrador, copia de la Cédula de Identidad de los mismos, formulario de RUC (Registro Único de Contribuyentes) cumplimentado
y firmado por el representante.
»» Entregar al Servicio de Rentas Internas (SRI), toda la documentación anteriormente recibida de la Superintendencia de Compañías,
para la obtención del RUC.
»» En caso de que la compañía vaya a realizar importaciones, se deberá obtener el número de importador.
»» En caso de que la compañía vaya a contratar empleados en Ecuador, se deberá obtener el Número Patronal.
7. 7
RÉGIMEN CAMBIARIO
REGISTRO INVERSIÓN EXTRANJERA2
El Banco Central del Ecuador registra las inversiones y reinversiones extranjeras directas, subregionales y neutras
que en divisas se realicen en el capital social o asignado de las empresas domiciliadas en el país.
Para el registro, el inversionista extranjero, su apoderado o mandatario o el representante legal de la empresa
receptora de la inversión, adjuntará al formulario establecido, copias de los documentos respectivos según la
modalidad de la inversión extranjera que se trate.
2. Banco Central del Ecuador. Servicios Bancarios Internacionales (S.F). Recuperado el 10 de octubre de 2013 de http://www.bce.fin.ec/contenido.php?CNT=ARB0000996
8. 8
Tarifa General 22%
Reinversión 12%
3. Régimen Tributario Recuperado el 9 de octubre de 2013, de http://www.proecuador.gob.ec/invierta-en-ecuador/entorno-de-negocios/regimen-tributario/
RÉGIMEN TRIBUTARIO3
IMPUESTO A LA RENTA A EMPRESAS
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) ( %)
IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES (ICE) (%)
Las empresas de explotación y exploración de hidrocarburos, pagarán una tarifa mínima del 22% pudiendo ser
más altas si así se establece en los respectivos contratos. Los extranjeros no residentes en el país en caso de
servicios prestados ocasionalmente, satisfarán una tarifa del 22% sobre la totalidad del ingreso percibido.
Es el impuesto que se paga por la transferencia de bienes y por la prestación de servicios. Se denomina Impuesto
al Valor Agregado por ser un gravamen que afecta a todas las etapas de comercialización pero exclusivamente en
la parte generada o agregada en cada etapa.
El Impuesto a los Consumos Especiales ICE, se aplicará a los bienes y servicios de procedencia nacional o
importados detallados.
Fuente: Ley de Régimen Tributario Interno.
9. 9
IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS
Es el impuesto que se carga sobre el valor de todas las operaciones y transacciones monetarias que se realicen al
exterior, con o sin intervención de las instituciones que integran el sistema financiero.
Lo deben pagar las personas naturales, las sociedades privadas nacionales o extranjeras y las sucesiones indivisas.
10. 10
RÉGIMEN LABORAL4
Beneficios adicionales al año*
Décimo tercero*
Todo lo aportado en el año dividido para el número de meses trabajados en el
año
Décima cuarta** Es un salario mínimo por todo un año entero trabajado
Fondo de Reserva*** 8.33% del sueldo percibido
Vacaciones obligatorias****
Hasta el 5to año 15 días
A partir del 5to año 1 día adicional por año
Distribución de utilidades trabajadores 15%
El 10% A todo trabajador
El 5% A todo trabajador en proporción al Nº de cargas familiares
4. Régimen Laboral. Recuperado el 9 de octubre de 2013, de http://www.proecuador.gob.ec/invierta-en-ecuador/entorno-de-negocios/regimen-laboral/
La jornada laboral en el Ecuador corresponde a 40 horas de trabajo en la semana y ocho horas de trabajo diarias,
las horas suplementarias y extraordinarias, serán percibidas en caso de cumplirlas.
Remuneraciones Mínimas Mensuales Generales (US $). El salario básico unificado para el año 2013 es de
US $318 dólares mensuales (se incluyen pequeñas industrias, agricultura y maquila).
11. 11
»» * El décimo tercero se paga en el mes de diciembre y equivale a la doceava parte de las remuneraciones
percibidas
en el año.
»» ** El décimo cuarto es un valor único en cada grupo ocasional. Se denomina también Bono Escolar y se
cancela hasta el 15 de marzo en las regiones Costa e Insular y hasta el 15 de agosto, en las regiones Sierra y
Amazónica. Para el pago de esta bonificación se observará el régimen escolar adoptado en cada una de las
circunstancias territoriales.
»» *** Todo trabajador que preste servicios por más de un año, tiene derecho a que el empleador le abone una
suma equivalente a un mes de sueldo o salario por cada año completo posterior al primero de sus servicios.
Estas sumas constituirán su fondo de reserva o trabajo capitalizado. Las cantidades que el empleador deba
por concepto de fondos de reserva, serán depositadas mensualmente en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad
Social para los efectos determinados en la ley y en sus estatutos, siempre que el trabajador se hallare afiliado
a dicho Instituto y en el caso de que el trabajador haya decidido no recibirla de manera mensual y directa por
parte del empleador.
»» **** Las vacaciones obligatorias tienen un tiempo máximo 30 días.
Fuente: Ministerio de Industrias y Competitividad, Ministerio de Trabajo y Empleo - Código de Trabajo.
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INCENTIVOS GENERALES
5. Tomado del documento “Información de incentivos COPCI”, suministrado por el instituto de promoción de exportaciones e inversiones de Ecuador “PRO ECUADOR” el día 10 de febrero de 2014.
INCENTIVOS INVERSIÓN5
Los incentivos otorgados a los inversionistas en Ecuador se dividen en generales, sectoriales y específicos.
Los incentivos generales son aquellos aplicables a cualquier empresa, en cualquier lugar del país y en cualquier
sector económico y están definidos en el Código Orgánico de la Producción (“COPCI”), el cual apoya el proceso
productivo en las etapas de producción, distribución, intercambio, comercio, consumo, manejo de externalidades
e inversiones productivas. Los principales incentivos generales son:
»» Todo inversionista tiene la opción de aplicar a un contrato con el Estado Ecuatoriano el cual otorga estabilidad
en los incentivos otorgados por 15 años, extensibles a 15 años adicionales. El monto mínimo de inversión del
contrato es de US $1’000,000 en el primer año.
»» Reducción de 10 puntos de la tarifa del impuesto a la renta por reinversión de utilidades en activos productivos.
»» Modificación de la base de cálculo del anticipo al impuesto de renta por generación de empleo y compra de
activos productivos.
»» Deducción de la compensación adicional para el pago del salario digno al impuesto de renta.
»» Se permite diferir los pagos del impuesto de renta hasta por 5 años por apertura de capital social de las
empresas a los trabajadores.
»» Exoneración del anticipo al impuesto de renta por 5 años para toda inversión nueva (para empresas creadas a
partir del 29 de diciembre de 2010, fecha de creación del COPCI).
»» Exoneración del pago del impuesto a la salida de divisas (ISD) para los pagos al exterior por créditos externos,
con un plazo mayor a un año y con una tasa no superior a la autorizada por el Banco Central del Ecuador.
13. 13
Los incentivos específicos aplican a favor de una sociedad o contribuyente cuando se han cumplido supuestos o
características asociadas al cumplimiento de un requisito específico (ubicación, tamaño de la empresa o sociedad,
destino de los recursos). Los siguientes son los principales incentivos específicos vigentes en Ecuador:
»» Incentivo para medianas empresas (entre 50 y 199 trabajadores y ventas entre US $1 a US $5 millones):
deducción adicional del 100% (doble) sobre el impuesto a la renta por los siguientes gastos:
»» Capacitación técnica, investigación e innovación (hasta el 1% de gasto en sueldos).
»» Estudios de mercado y competitividad (hasta el 1% de las ventas).
»» Viaje, estadía y promoción comercial para abrir nuevos mercados (hasta el 50% de costos y gastos de
publicidad)
»» Incentivo ambiental: deducción adicional del 100% (doble) en el impuesto a la renta por los gastos incurridos
en la depreciación por adquisición de maquinaria de producción más limpia6
.
»» Incentivo para la generación de empleo en zonas deprimidas: deducción adicional del 100% (doble) en el
impuesto a la renta por el pago de costos laborales en zonas deprimidas durante 5 años.
»» Existen 89 cantones en el Ecuador considerados como zonas deprimidas (marcadas como de mayor
vulnerabilidad):
6. Acuerdo 027 del Ministerio de Ambiente de Ecuador.
INCENTIVOS ESPECÍFICOS
»» Facilidad de pago hasta por 2 años de tributos al comercio exterior, para bienes de capital importados que
superen los US $10,000.
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»» Zonas Especial de Desarrollo Económico (“ZEDE”): son zonas físicas aprobadas por el Consejo Sectorial de la
Producción, en las cuales operan los siguientes beneficios:
»» Suspensión arancelaria (similar a una Zona Franca).
»» No pago del impuesto de renta por 5 años desde la primera facturación.
»» Reducción de la tarifa del impuesto a la renta, del 22% al 17%.
»» Simplificación de trámites aduaneros.
»» No pago del impuesto a la salida de divisas para la importación de bienes productivos.
»» Crédito tributario por el IVA pagado en compras locales.
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INCENTIVOS EN SECTORES PRIORIZADOS Y
SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES
Este tipo de incentivos aplican a nuevas compañías (constituidas a partir de la expedición del COPCI - 29 de
diciembre de 2010), que realicen una nueva inversión y estén ubicadas fuera del perímetro urbano de Quito y
Guayaquil.
Los siguientes sectores son considerados como priorizados:
»» Metalmecánico.
»» Cadena agroforestal y productos elaborados.
»» Turismo.
»» Petroquímico.
»» Alimentos frescos congelados e industrializados.
»» Energías renovables.
»» Biotecnología y software aplicado.
»» Farmacéutico.
»» Servicios logísticos.
Los sectores para la sustitución de importaciones son:
»» Substancias químicas básicas.
»» Plaguicidas y productos de uso agropecuario.
»» Jabones, detergentes, perfumes y preparados de tocador.
»» Radios, televisores y celulares.
»» Productos químicos.
»» Productos de cerámica.
»» Prendas de vestir y textiles.
»» Cuero y calzado.
»» Electrodomésticos.
16. 16
7. Art. 18 de la Ley de Fomento Ambiental.
8. Decreto Ejecutivo SRI Nro. 1180.
Los incentivos otorgados a estos sectores son los siguientes:
»» No pago del impuesto a la renta durante 5 años desde que se generen ingresos.
»» Exención del pago del impuesto a la salida de divisas para dividendos pagados por compañías establecidas
en Ecuador a compañías en el exterior o personas no residentes en el Ecuador (excepto a paraísos fiscales)7
.
»» No pago del impuesto a la salida de divisas en importaciones de bienes a regímenes especiales para ser
exportados8
.
»» Nuevas inversiones con contratos de inversión con el estado, tendrán reducción de aranceles en bienes de
capital importados que no se produzcan en el país.
17. 17
FIRMAS DE ABOGADOS
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