Los esclavos de Livia transportaban sus pertenencias en un carro prestado por Marco. Dos esclavos de Marco asustaron a las mulas, haciendo que el carro se volcara y matando a los esclavos de Livia. Para liberarse de responsabilidad, Marco entregó a sus esclavos a Livia. Sin embargo, debía indemnizarla por los daños a sus pertenencias. Livia también debía devolver el carro a Marco.
2. Los esclavos de Livia portan el ajuar a la nueva casa de Livia en un carro prestado por Marco. Durante el trayecto, dos esclavos de Marco espantaron a las mulas que portaban el carro.
3. El carro cede, debido al gran peso que soporta y sobre todo por el acto de los esclavos de Marco, matando a los esclavos de Livia. Para exonerarse de la responsabilidad de sus esclavos, Marco hará entrega de estos a Livia. Te entrego los dos esclavos. ¡Marco fueron tus esclavos! ¡¿Qué ha sucedido?!
5. INSTITUCIONES PROPIEDAD: título jurídico pleno que otorga a su titular el uso, disfrute y la disposición. POSESIÓN: tenencia material o mera disponibilidad. COMODATO: Constituye un préstamo de uso, contrato real, bilateral imperfecto, de buena fe y gratuito que consiste en la entrega de la detentación de una cosa para el que la reciba la use y la restituya al comodante cuando éste se la pida. AJUAR: Bien privativo de la mujer, propios de ella y no constituidos en dote. En la época clásica era posible la entrega al marido para la administración, usándolo en el sentido que ella quisiera y con obligación de restituirlos a la disolución del matrimonio.
6. LEX AQUILIA CAPÍTULO I: El capítulo I de la lex Aquilia establece que el que hubiese matado injustamente a un esclavo ajeno o a un cuadrúpedo de cualquier clase de ganado, sea condenado a pagar al dueño el valor máximo que aquella cosa haya tenido en ese año. Requisitos: daño injustamente causado, culpa y daño. ENTREGA NOXAL: Cuando el delito se comete por un sometido a potestad esclavo o hijo de familia, la acción penal se ejercita contra el paterfamilias pero este puede liberarse de la responsabilidad entregando al que cometió el delito. En este caso, la entrega del esclavo supone que el ofendido adquiere la propiedad sobre él. DOLO: toda malicia, engaño o maquinación para valerse de la ignorancia de otro, engañarle o defraudarle. CULPA: conducta (activa u omisiva) o actuación negligente del que causa un daño.
7. SOLUCIÓN RAZONADA El juez en fase apudiudicem concederá la actio lex Aquilia del cap. I de daño injustamente causado. Marco, entrega a los esclavos para exonerarse de la responsabilidad. Sin embargo, debe indemnizar a Livia por los daños sufridos en el ajuar. Livia, por su parte, debe devolver el carro a Marco en perfectas condiciones.