2. El día 19 de Junio, día del natalicio
de nuestro héroe José Artigas, se
realiza el juramento de fidelidad a
la Bandera Nacional.
3. Este juramento se lleva a cabo
desde el año 1940. El decreto del
20 de Julio de 1940 establece que:
"Todo ciudadano natural o legal,
está obligado a prestar juramento
de fidelidad a la bandera nacional,
en acto público y solemne".
4. Al conmemorarse este martes 19
de junio el Natalicio de Artigas,
los escolares de Primer Año de
todo el país deben prometer
fidelidad a la bandera, mientras
que los liceales de Primer Año de
Ciclo Básico deben jurarle
fidelidad.
5. De acuerdo con la circular 233/97
disponible en la página web del
Consejo de Educación Secundaria,
el 19 de junio de cada año se
deberá conmemorar el mismo día
en todas las escuelas públicas y
habilitadas del país.
6. Por ley, por lo menos en una
ocasión de su vida, todo
ciudadano natural o legal del
Uruguay está obligado a prestar
juramento de fidelidad a la
Bandera Nacional en un acto
público y solemne.
7. Dicha obligación fue establecida
por el artículo 28° de la ley N°
9.943, del 20 de julio de 1940, y
decretos reglamentarios del 19
de diciembre de ese año y del 26
de mayo, 10 de junio y 1° de julio
de 1943.
8. De acuerdo a la Circular N° 9 del Consejo
de Educación Primaria, el texto para tomar
Promesa de Fidelidad a la Bandera es:
“¿Prometéis respetar y honrar esta Bandera
que representa la dignidad, la soberanía y la
gloriosa historia de nuestra Patria, la
República Oriental del Uruguay?”
Al prestar promesa se responde: ¡Sí,
prometo!
9. El texto para tomar Juramento de Fidelidad a la
Bandera es: “¿Juráis honrar vuestra Patria, con la
práctica constante de una vida digna, consagrada
al ejercicio del bien para vosotros y vuestros
semejantes; defender con sacrificio de vuestra
vida, si fuere preciso, la Constitución y las Leyes
de la República, el honor y la integridad de la
Nación y sus instituciones democráticas, todo lo
cual simboliza esta Bandera?”
A lo que, al prestar el juramento, se responde:
¡Sí, juro!
10. Sanciones
La falta de juramento de fidelidad a la
bandera acarrea sanciones.
No se podrán expedir títulos
profesionales o técnicos sin el
cumplimiento de esa obligación.
Así, por ejemplo, para la inscripción en
la Universidad, tanto pública como
privada, se requiere presentar el
certificado de Juramento a la Bandera.