1. RETENCIÓN EN LA FUENTE POR COMPRAS
Entre las operaciones más comunes que deben conocer contadores, auxiliares contables y
estudiantes de Contabilidad, se trata de la contabilización de las compras. De las compras, para
algunos lo que presenta mas trabajo es la retención en la fuente. Seguramente para un
contador o un auxiliar experimentado esto resulta muy sencillo, pero no así para quienes
apenas se inician en el mundo de la contabilidad, tanto así, que la retención en la fuente por
compras es de los temas mas consultados en Gerencie.com, y como respuesta a eso,
trataremos de desarrollar el tema de una forma muy sencilla con la aplicación de algunos
ejemplos.
Procedimiento Tributario 2013
Ya sabemos que la retención en la fuente no es un impuesto, sino una cobro anticipado de un
impuesto, que puede ser el impuesto de renta (Retención por renta), Impuesto a las ventas
(Reteiva o retención en la fuente por Iva) y el Impuesto de industria y comercio (Reteica).
La retención en la fuente la practica la persona que hace el pago, es decir, el comprador, quien
es conocido como agente retenedor (Vea: Agentes de retención).
La retención en la fuente consiste en retener parte del valor de la venta, según la tarifa y el
concepto sujeto a retención (Vea: Retención en la fuente).
Ejemplo: La empresa A compra a la empresa B el valor de $100, luego la empresa A solo le
paga a la empresa B $96.5, los restantes $3.5, los retiene por concepto de renta.
Contabilización de la retención en la fuente
Ejemplo de compra de mercancías en el que operan todas las retenciones:
Compra: 2.000.000
Iva: 320.000
Valor total: 2.320.000
Retención por renta: 70.000 (2.000.000 * 3.5%)
Retención por Iva: 160.000 (320.000 * 50%)
Retención por Ica: 2.000 (2.000.000 * 4X1.000)
Valor neto a pagar: 2.082.000
Cuenta Debito Crédito
143505 2.000.000
240805 320.000
236540 70.000
2. 236701 160.000
236801 8.000
111005 2.082.000
Explicación
La retención en la fuente por renta y por Iva se aplica cuando la compra antes de Iva sea igual
o superior a 27 UVT. La tarifa para compras es del 3.5%. La tarifa de Reteiva es del 50% del
valor del Iva.
La retención por Ica es diferente para cada municipio, puesto que el Impuesto de industria y
comercio es un impuesto municipal y cada uno determina la base y la tarifa.
La retención se aplica antes del impuesto a las ventas. A manera de ejemplo si la compra es de
1.000 más Iva de 160, la base sobre la que se debe calcular la retención es 1.000 y no 1.160.
Para el caso de determinar la tope para aplicar retención, igualmente se tiene en cuenta el
valor antes de Iva. La retención por compras se aplica a partir de 566.000 (año 2007). Esos
566.000 son antes de Iva. Si por ejemplo, el valor de la compra es de 500.000 más 80.000 de
Iva, aunque la operación total suma 580.000, no se aplica retención puesto que el valor a tener
en cuenta es el de la compra sin Iva que en este caso es de 500.000.
Autoretención
Recordemos que cuando la compra se hace a una persona que pertenece al grupo de los
Grandes contribuyentes no se le practica retención en la fuente, puesto que estos por regla
general [no siempre] son autoretenedores y ellos mismos son quienes deben practicarse la
respectiva retención.
En este caso, el comprador no practica retención alguna, lo hace el vendedor, quien hará el
siguiente registro.
Supongamos:
Compra: 1.000.000
Iva: 160.000
Valor total: 1.160.000
Contabilización del vendedor
Cuenta Debito Crédito
111005 1.160.000
135515 35.000
4135 1.000.000
3. 240805 160.000
236575 35.000
Explicación
El vendedor por ser gran contribuyente recibe todo el valor, puesto que el comprador no le
retienen ni por renta ni por Iva y dependiendo del municipio muy seguramente tampoco le
retiene por Ica.
La autoretención por renta se lleva tanto al pasivo como al activo, puesto que debe ser pagada
en la respectiva declaración mensual de retención (pasivo), y luego puede descontarla de la
declaración de renta en el respectivo periodo gravable (activo).
No existe la figura de autoretención por Iva, por lo que no habrá retención por parte del
comprador ni habrá autoretención por parte del vendedor.
Para este caso, la contabilización por parte del comprador seria:
111005 1.160.000
Nota: No se practica retención en la fuente por renta por compras a los Grandes
contribuyentes que son autoretenedores ni a las personas que pertenecen al Régimen
especial (Cooperativas…). En el caso del régimen especial, si fuere el caso, se debe practicar
retención por Iva y por Ica (Por regla general las personas que son régimen especial en renta
no lo son en Ica).