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UNIVERSIDAD DEL ISTMO
MAESTRÍA EN GERENCIA HOSPITALARIA
ASPECTOS SOCIALES DE LA SALUD PÚBLICA
TEMA
MINISTERIO DE SALUD COMO AUTORIDAD SANITARIA
PROF. ALFREDO BARAHONA
ELABORADO POR
DOMINGO GONZALEZ
HILDA GRACIA
JULIETH HURTADO
DAVID, 2015
INDICE
1
Pág.
INTRODUCCIÓN 3
Objetivos 4
Antecedentes 5
Base legal 7
Objetivo del Ministerio de Salud 10
Declaración de Visión 11
Misión 12
Funciones principales del Ministerio de Salud 13
Organización del Ministerio de Salud 20
Políticas, objetivos, estrategias y líneas de acción 28
Programas de salud 47
Ministerio de Salud relacionado con los objetivos del milenio 49
Dimensiones de a función de rectoría en salud 53
CONCLUSIONES 55
RECOMENDACIONES 56
BIBLIOGRAFÍA 57
INTRODUCCIÓN
El Ministerio de Salud es la autoridad sanitaria del estado panameño, la cual se
rige por políticas, estrategias y objetivos para cumplir metas en beneficio de la
población. Su actuar esta dictaminado por artículos y decretos para garantizar que
todo se haga bajo un marco legal.
2
Cabe destacar que esta institución cuenta con programas bien estructurados para
asegurar la accesibilidad de los servicios a la población en general con énfasis en
los grupos vulnerables.
Como nuestro país no puede escapar de la realidad mundial de la pobreza
extrema, la desnutrición y proliferación de enfermedades infectocontagiosas; entre
otros problemas. Se propuso desarrollar los objetivos del milenio. Creando
acciones específicas para cada uno.
A continuación en este trabajo se desarrollará con mayor amplitud lo
anteriormente planteado.
OBJETIVOS
Objetivo General
Desarrollar información relevante sobre el Ministerio de Salud como autoridad
sanitaria.
Objetivos Específicos
3
• Conocer los antecedentes, la visión y misión.
• Determinar la importancia de las funciones del Ministerio de Salud y los
programas de salud.
• Analizar las políticas, objetivos y líneas de acción.
• Comprender la relación del Ministerio de Salud con los objetivos del milenio.
Antecedentes
La historia de la salud pública panameña ha pasado por diversos grados de
evolución. Desde el periodo republicano había el desconocimiento de técnicas
científicas para el tratamiento de enfermedades como fiebre amarilla, malaria,
difteria; que con la construcción del Canal de Panamá se hicieron más evidentes.
4
Para ello, el gobierno nacional por medio de la sección de Higiene Pública y
Beneficencia y, la sección de Donaciones del Departamento de Obras Públicas de
la Secretaría de Fomento, lo que evidenciaba una deficiente organización en salud
preventiva y pública.
Durante la construcción del Canal de Panamá, el trabajo del Dr. Williams Gorgas,
jefe de los servicios de salud de la Zona del Canal, apoyados por el Dr. Manuel
Amador Guerrero, primer presidente de la República de Panamá y médico de
profesión, realizaron esfuerzos en el campo de la salud pública con la
implementación de normas como la disposición de la basura, abastecimiento de
agua potable en las casas, pavimento de las calles, creación de instalaciones de
salud con camas, traslado de pacientes enfermos, alcantarillado, fumigación y uso
de mosquiteros, vacunación, entre otras.
En el año de 1925 se crea el departamento de Higiene y Salud Pública, con
énfasis en actividades de saneamiento del suelo. En 1941 se crea el Ministerio de
Salud y Obras Públicas, que contaba con tres divisiones: higiene y salud pública,
beneficencia y lucha antituberculosa y, beneficencia y fomento. En 1941 se crea
también la Caja de Seguro Social, la cual incluye entre su plan de trabajo algunos
programas de salud principalmente de tipo curativo y destinados a proteger a la
población asegurada.
El período comprendido entre los años 1944-1956 se destaca por el mayor relieve
que alcanza la Salud Pública dentro del engranaje gubernamental. Se crea el
Ministerio de Trabajo, Previsión Social y Salud Pública en 1945, se pone en
vigencia la Ley Nº 66 del 10 de noviembre de 1947 o Código Sanitario, a pesar de
existir una estructura administrativa y técnica de evolución constante, la
organización técnica permanece aún muy centralizada desde el punto de vista
tanto ejecutivo como normativo. Sin embargo, se da origen al desarrollo paulatino
de una inquietud o aparente aceptación, tanto por parte del Gobierno como de la
comunidad, de la importancia de los programas preventivos, aún por encima de
los netamente curativos.
5
La creación del Ministerio de Salud por medio del Decreto de Gabinete Nº 1 del 15
de enero de 1969 y de su Estatuto Orgánico por medio del Decreto Ejecutivo Nº
75 del 27 de febrero de 1969, el cual determina su estructura y funciones. El
hecho más sobresaliente en salud logrado durante el período responde al
despertar de las comunidades, las cuales a través del Decreto Nº 401 del 29 de
diciembre de 1970, se orientan hacia las comunidades en sus derechos y deberes
en salud para participar en forma organizada en la solución de sus propios
problemas de salud.
Durante las últimas décadas el sistema de salud ha sido criticado por muchos
debido al cumplimiento de sus funciones y a la ineficiencia. A pesar de ello, la
salud es accesible a casi todas las personas del área urbana y área rural no
indígena.
Base Legal
Constitución Política de Panamá: Capítulo 6.
Código Sanitario de la República de Panamá: Ley Nº 66 de 10 de noviembre de
1947, el cual regula en su totalidad los asuntos relacionados con la salubridad e
higiene pública, la política sanitaria y la medicina preventiva y curativa.
6
Decreto de Gabinete Nº1 del 15 de enero de 1969: Por el cual se crea el Ministerio
de Salud, se determina su estructura y funciones. (Gaceta Oficial Nº 16.292 de 4
de febrero de 1969).
Decreto Nº 75 del 27 de febrero de 1969: Por medio del cual se establece el
Estatuto Orgánico del Ministerio de Salud (Gaceta Oficial Nº 16.437 del 2 de
septiembre de 1969).
Decreto de Gabinete Nº 401 de 29 de diciembre de 1970: Por el cual se
constituyen los Comités de Salud de las comunidades, se definen sus objetivos y
se coordina e integrar su labor con las del Ministerio de Salud.
Ley No.9 de 20 de junio de 1994, que establece y regula la Carrera Administrativa
y el Decreto Ejecutivo No. 222 de 1994, por el cual se reglamenta la Carrera
Administrativa.
Decreto de Gabinete Nº 129 de 15 de mayo de 1995, por medio del cual se
descentralizan las regiones sanitarias de Chiriquí, Bocas del Toro, Coclé, Colón,
San Blas, Darién, Veraguas, Los Santos, Herrera, Panamá Oeste, Panamá Este,
Región Metropolitana y Región de San Miguelito.
Resolución No. 276 de 9 de julio de 1998, Que instituye la Estructura Orgánica del
Ministerio de Salud.
Resoluciones Nº 334 de 13 de agosto de 1998, se instituye la estructura orgánica
de los Sistemas Regionales de Salud y Nº 58 de 1 de enero de 1995, por medio
del cual se crean los distritos de salud.
Ley No. 38 del 31 de julio de 2000 de la Procuraduría de la Administración, que
regula el Procedimiento Administrativo General y dicta disposiciones especiales.
Ley 1 de 10 de enero de 2001, sobre Medicamentos y Otros Productos para la
Salud Humana.
Decreto Ejecutivo N° 178 de 12 de julio de 2001, “Que reglamenta la Ley 1 de 10
de enero de 2001, sobre Medicamentos y Otros Productos para la Salud Humana.
7
Resolución Administrativa N° 026-REC./HUM./DAL de 19 de marzo de 2001, “Que
adopta el Reglamento Interno del Ministerio de Salud”.
Resolución No. 182 de 14 de junio de 2001 que crea el Comité Técnico
Interinstitucional.
Decreto Ejecutivo Nº 7 del 24 de Febrero de 2005, que crea la Oficina Nacional de
Salud Integral para la Población con Discapacidad.
Ley No. 4 de 8 de enero de 2007, “Que crea el Programa Nacional de Tamizaje
Neonatal y dicta otras disposiciones”.
Ley No. 24 de 2 de julio de 2007 que modifica y adiciona artículos a la Ley 9 de
1994, que establece y regula la Carrera Administrativa, y dicta otras disposiciones.
Resolución N° 788 de 12 de diciembre de 2007, “Que modifica la Resolución 276
de 9 de julio de 1998, y dicta otras disposiciones”.
Ley 41 de 30 de junio de 2009, “Que instituye y regula la carrera de Registros y
Estadísticas de Salud”.
Resolución No. 632 de 30 de junio de 2009, “Por medio del cual se adopta la
Política Nacional de Medicamentos”.
Resolución No. 665 de 31 de julio de 2009, “Que modifica la Resolución No. 788
de 12 de diciembre de 2007, y dicta otras disposiciones”,
Resolución N° 047 de 1 de febrero de 2010, “Que crea la Sección de
Administración de Seguros”.
Decreto Ejecutivo No. 41 de 2 de febrero de 2010. “Por el cual se crea el
Programa de Acompañamiento Humano y Espiritual del Enfermo”.
Resolución No. 203 de 20 de abril de 2010, que crea la Comisión Nacional de
Medicamentos de Panamá (CONAMEP), como un organismo técnico, bajo la
dependencia del Ministerio de Salud, que la presidirá.
Decreto Ejecutivo No. 538 de 11 de mayo de 2010, que crea la Región de Salud
de Panamá Norte.
8
Decreto Ejecutivo No. 539 de 11 de mayo de 2010, que crea la Región de Salud
del Distrito de Arraiján.
Resolución No. 428 de 14 de abril de 2011, que crea la Región de Salud de
Panamá Norte y la Región de Salud del Distrito de Arraiján en la Estructura
Orgánica del Ministerio de Salud”.
Resolución No. 429 de 14 de abril de 2011, que crea la Dirección de
Administración de Proyectos Especiales y establece sus funciones.
Resolución No. 706 de 22 de julio de 2011, que crea la Dirección de Asuntos
Sanitarios Indígenas y establece sus funciones.
Las Resoluciones y Resueltos internos del Ministro(a) de Salud.
Objetivos Del Ministerio De Salud
9
Velar por la salud de la población de la República de Panamá, través del
desarrollo de actividades de Promoción, Protección, Conservación, Restitución y
Rehabilitación de la Salud, entendida ésta como el estado de completo bienestar
físico, mental y social de la población.
Declaración De Visión
10
“CAMBIO EN LA SALUD, UN COMPROMISO DE TODOS”
Misión
11
Garantizar a toda la población, con enfoque de género, el acceso a la atención
integral, a través de servicios públicos de salud, humanizados en todos sus niveles
de intervención, basados en la estrategia de atención primaria, y el desarrollo de
las funciones de rectoría, gestión y transformación, privilegiando la equidad, la
eficiencia y la calidad con calidez durante la atención, asegurando los procesos de
transparencia en el uso de los recursos y el desarrollo de las actuaciones en salud
con la participación ciudadana, en la construcción de las condiciones necesarias
para la producción social de la salud” .
Funciones Principales Del Ministerio De Salud
1. Según la Constitución Nacional de la República
CAPITULO 6: SALUD, SEGURIDAD SOCIAL Y ASISTENCIA SOCIAL:
Artículo 105: Es función esencial del Estado velar por la salud de la población de
la República. El individuo, como parte de la comunidad, tiene derecho a la
promoción, protección, conservación, restitución y rehabilitación de la salud y la
obligación de conservarla, entendida ésta como el completo bienestar físico,
mental y social.
12
Artículo 106: En materia de salud, corresponde primordialmente al Estado el
desarrollo de las siguientes actividades, integrando las funciones de prevención,
curación y rehabilitación:
a. Desarrollar una política nacional de alimentación y nutrición que asegure un
óptimo estado nutricional para toda la población, al promover la disponibilidad, el
consumo y el aprovechamiento biológico de los alimentos adecuados.
b. Capacitar al individuo y a los grupos sociales, mediante acciones educativas,
que difundan el conocimiento de los deberes individuales y colectivos en materia
de salud personal y ambiental.
c. Proteger la salud de la madre, del niño y del adolescente, garantizando una
atención integral durante el proceso de la gestación, lactancia, crecimiento y
desarrollo de la niñez y adolescencia.
d. Combatir las enfermedades transmisibles mediante el saneamiento ambiental,
el desarrollo de la disponibilidad de agua potable y adoptar medidas de
inmunización, profilaxis y tratamiento, proporcionadas colectivas e
individualmente, a toda la población.
e. Crear, de acuerdo con las necesidades de cada región, establecimientos en los
cuales se presten servicios de salud integral y suministren medicamentos a toda la
población. Estos servicios de salud y medicamentos serán proporcionados
gratuitamente a quienes carezcan de recursos económicos.
f. Regular y vigilar el cumplimiento de las condiciones de salud y la seguridad que
deben reunir los lugares de trabajo, estableciendo una política nacional de
medicina e higiene industrial y laboral.
Artículo 107: El Estado deberá desarrollar una política nacional de medicamentos
que promueva la producción, disponibilidad, accesibilidad, calidad y control de
medicamentos para toda la población del país.
Artículo 108: Es deber del Estado establecer una política de población que
responda a las necesidades del desarrollo social y económico del país.
13
Artículo 109: Todo individuo tiene derecho a la seguridad de sus medios
económicos de subsistencia en caso de incapacidad para trabajar u obtener
trabajo retribuido. Los servicios de seguridad social serán prestados o
administrados por entidades autónomas y cubrirán los casos de enfermedad,
maternidad, invalidez, subsidios de familia, vejez, viudez, orfandad, paro forzoso,
accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y las demás contingencias que
puedan ser objeto de previsión y seguridad sociales. La ley proveerá la
implantación de tales servicios a medida que las necesidades lo exijan. El Estado
creará establecimientos de asistencia y de previsión sociales. Son tareas
fundamentales de éstos la rehabilitación económica y social de los sectores
dependientes o carentes de recursos y la atención de los mentalmente incapaces,
los enfermos crónicos, los inválidos indigentes y de los grupos que no hayan sido
incorporados al sistema de seguridad social.
Artículo 110: El Estado podrá crear fondos complementarios con el aporte y
participación de los trabajadores de las empresas públicas y privadas a fin de
mejorar los servicios de seguridad social en materia de jubilaciones. La Ley
reglamentará esta materia.
Artículo 111: Los sectores gubernamentales de salud, incluyendo sus instituciones
autónomas y semiautónomas, intégrense orgánica y funcionalmente. La Ley
reglamentará esta materia.
Artículo 112: Las comunidades tienen el deber y el derecho de participar en la
planificación, ejecución y evaluación de los distintos programas de salud.
2. Según la Ley Número 66 de 10 de noviembre de 1947:
a. Estudiar y resolver todo problema nacional de orden político, social o económico
que pueda afectar la salud; y, en primer término, dar la orientación y los
lineamientos generales de la acción oficial del Gobierno frente a tales problemas.
b. Estudiar los problemas referentes a urbanismo; viviendas populares,
alimentación nacional y artículos de primera necesidad, incluso medicamentos en
14
los aspectos de importación, producción, distribución y consumo; inmigración,
colonización, instalaciones industriales, agrícolas y mineras de importancia, y
desarrollo de las profesiones encargadas de la defensa de la Salud.
c. Proponer los proyectos de legislación relacionados con estos problemas y
reglamentar los aprobados.
d. Dictaminar, antes de su aprobación, sobre todo tratado, convenio, conferencia,
convención o acuerdo internacional, que tenga relación directa o indirecta con la
salud pública.
e. Aprobar los reglamentos que someta al Director General de Salud Pública, para
complementar y hacer efectivas las disposiciones del Código Sanitario.
f. Coordinar las labores de los departamentos de su dependencia procurando
evitar duplicación de funciones y estableciendo entre ellos cooperación efectiva.
g. Suscribir acuerdos y convenios con otros Ministerios e instituciones oficiales o
privadas, para coordinar actividades que deban ser realizadas cooperativamente.
h. Designar comisiones o asesores para el estudio y solución de problemas de
salud de interés nacional.
i. Considerar la memoria anual del Departamento Nacional de Salud Pública.
j. Presidir el Consejo Técnico de Salud Pública.
3. Según el Decreto de Gabinete Nº 1 de 15 de enero de 1969 que crea el
Ministerio de Salud:
Artículo 1º: Créase el Ministerio de Salud para la ejecución de las acciones de
promoción, protección, reparación y rehabilitación de la salud que por mandato
constitucional son responsabilidad del Estado. Como órgano de la función
ejecutiva el Ministerio de Salud tendrá a su cargo la determinación y conducción
de la política de salud del Gobierno en el País y estará investido de las
prerrogativas y facultades que la Constitución y la Ley otorga a los Ministerios de
15
Estado, además de las específicas que le confiere al presente Decreto y al
Estatuto Orgánico de Salud que deberá complementarlo.
Artículo 2º: Corresponderá al Ministerio de Salud el estudio, formulación y
ejecución del Plan Nacional de Salud y la supervisión y evaluación de todas las
actividades que se realicen en el Sector en concordancia con la planificación de
los recursos y mediante la coordinación de los recursos que se destinan al cuidado
de la salud, tanto por las Instituciones dependientes del Estado como por las
autónomas y semi-autónomas cuya política deberá aumentar con arreglo a las
exigencias de una planificación integrada. Asumirá así mismo, la responsabilidad
de establecer, mantener y estimular las relaciones que convenga y sea menester
con instituciones afines en el plano internacional para una mejor utilización de las
posibilidades de orden técnico y financiero que benefician al país y permitan
coordinar las actividades de salud de acuerdo con los convenios contraídos y los
que convenga concertar en el futuro.
4. Funciones según el Decreto de Gabinete Nº 75 del 27 de febrero de 1969, por
el cual se establece el Estatuto Orgánico el Ministerio de Salud, según el Artículo
10:
a. Propender a la integración progresiva de las acciones de salud en el sector
salud a fin de alcanzar un rendimiento más alto de los recursos. Para estos
efectos deberán ejercitar, a través de sus organismos técnicos una vigilancia
permanente sobre la estructura vigente para confirmar su idoneidad en relación a
las exigencias que deriven del desarrollo del Plan Nacional de Salud, sobre los
servicios locales y su rendimiento en términos de costo, capacidad para atender la
demanda y cobertura y sobre la metodología operacional de todas las entidades
del sector salud tendiente a crear métodos de administración de los planes de
salud uniformes y eficientes; mantener actualizada la legislación que regula las
actividades del sector salud tendiente a crear métodos de administración de los
planes de salud uniformes y eficientes.
16
b. Mantener actualizada la legislación que regula las actividades del Sector Salud
y las relaciones inter e intra institucionales, los reglamentos y normas para el
funcionamiento de los servicios técnico-administrativos y los manuales de
operación que deben orientar la ejecución de los programas en el plano nacional
bajo patrones de funcionamiento de eficiencia comprobada.
c. Ejercer el control de actividades de salud del sector privado, fijando las normas
de habilitación y funcionamiento de clínicas, instituto y servicios médico-
asistenciales; las correspondientes a la autorización y ejercicio de las profesiones
médicas y para médicas, el control de la producción, importación, expendio,
publicidad y precios de drogas, productos farmacéuticos, medicamentos y
cosméticos y la autorización, supervisión control sanitario de los establecimientos
que elaboran, importan, expenden o distribuyen alimentos.
d. Promover las actividades de docencia e investigación, manteniendo vínculos
permanentes con las universidades nacionales y extranjeras y particularmente con
las Facultades de Medicina, a fin de coordinar en forma eficaz los recursos del
sector salud de acuerdo con los recursos del Sector Salud y obtener un mejor
aprovechamiento de las facilidades que pueda brindar las instituciones del sector
para el desarrollo de los planes de enseñanza e investigación de todos los campos
de la salud.
e. Establecer y/o mejorar las relaciones con organismos afines en el plano
internacional, orientando la política institucional del sector salud de acuerdo con
los principios que sustenta el Gobierno acerca de los problemas de salud de
carácter nacional.
f. Propiciar, estimular y organizar la realización de congresos, cursos de
adiestramiento y seminarios; que contribuyan a mejorar los cuadros técnicos,
intercambiar experiencia, coordinar programas de desarrollo de la enseñanza y
divulgación de los países de América y en particular la solución de problemas
comunes. Corresponderá a la Dirección General de Salud, por medio de la Oficina
de Información Internacional, proporcionar las facilidades consiguientes a los
representantes y/o delegados oficiales de instituciones del Ministerio, a la vez que
17
calificar su idoneidad profesional y demás requisitos personales que aseguren una
representación digna para el país. El delegado oficial deberá informar por escrito
sobre su OBJETIVO en un plazo no mayor de quince (15) días después de
concluida la misma.
g. Celebrar convenios, contratos y acuerdos con instituciones o entidades
nacionales o internacionales sobre materias relativas a la ejecución de los
programas por prestaciones médico-asistenciales, utilización de la capacidad
instalada, dotación de equipos de servicios; construcciones y recomendaciones de
establecimientos y, en general, todas las acciones de coordinación y/o integración
que involucren la utilización de bienes o recursos de organismos del sector salud
que cuenten con patrimonio propio. Lo contratos, convenios y acuerdos que
impliquen la utilización de recursos del sector, serán consultados previamente con
la Comisión Nacional de Planificación de la Salud, la que deberá emitir su opinión
técnica fundada sobre los mismos. Lo correspondiente a prestaciones de carácter
médico-asistencial requerirán además, aprobación del Consejo Técnico de Salud y
la información actualizada de costos y gastos que deberá proporcionar la
Dirección General de Salud. Los que expresen relación con entidades, organismos
y/o instituciones extranjeras, requerirán de consulta con el Ministerio de
Relaciones Exteriores.
h. Administrar los programas de salud, por medio de las autoridades de los
correspondientes niveles, delegando las facultades que sean menester para
alcanzar los siguientes objetivos:
• Cumplir las metas establecidas en el Plan Nacional de Salud.
• Supervisar la ejecución de las acciones para que las mismas se cumplan
de acuerdo con técnicas eficientes y de alto rendimiento y
• Propender al desarrollo progresivo de los servicios en todas las áreas y, en
especial, en aquellas donde la capacidad instalada es deficitaria y se requiere
ampliar la cobertura penetrando en el sector rural.
18
i. Establecer una política de administración de personal que permita seleccionar a
los funcionarios por su aptitud y competencia, que asegure el derecho al ascenso
por mérito y la estabilidad en el cargo mediante un régimen permanente de
evaluación del rendimiento y estímulo al funcionario.
Organización Del Ministerio De Salud
La creación del Ministerio de Salud por medio del Decreto de Gabinete Nº 1 del 15
de enero de 1969 y de su Estatuto Orgánico por medio del Decreto Ejecutivo Nº
75 del 27 de febrero de 1969, reviste a las regiones y a las áreas médico-
sanitarias, de todas las facultades descentralizadas que permitan la agilización de
los programas dentro de las instituciones de salud de los núcleos poblados, en
base a un sistema satélite de organización, en el cual, las instituciones de menor
jerarquía funcionan alrededor de las instituciones más complejas o centros
médicos urbanos, sedes de las áreas médico-sanitarias u hospitales generales.
Los niveles de organización se describen a continuación:
NIVEL POLITICO Y DIRECTIVO
Despacho del Presidente de la República
19
Despacho Superior
Despacho del Viceministro (a)
NIVEL COORDINADOR
Secretaría General
Consejo Nacional de Hospitales
Comisión Nacional de Recursos Humanos del Sector Salud
Comisión Nacional de Registro Nacional de Oferentes
Consejo Técnico de Salud Pública
Comisión Docente Nacional
Comité de Becas y Licencias por Estudios
Comité Técnico Interinstitucional
Comisión Nacional de Medicamentos de Panamá
NIVEL ASESOR
Oficina de Asesoría Legal
Oficina de Relaciones Públicas
Oficina de Asuntos Internacionales y Cooperación Técnica
Oficina de Organización y Desarrollo Institucional
Oficina Nacional de Salud Integral para la Población con Discapacidad
NIVEL FISCALIZADOR
Oficina de Auditoría Interna
NIVEL DE APOYO
Dirección de Administración
Sub Dirección
20
Departamento de Compras y Proveeduría
Sección de Compras de Medicamentos y Otros Insumos Médicos
Sección de Compras de Materiales y Suministros
Sección de Recepción de Servicios
Almacén General
Departamento de Servicios Administrativos
Sección de Seguridad
Sección de Transporte
Sección de Talleres y Mantenimiento
Sección de Administración de Documentos y Archivos
Sección de Servicios Generales
Unidades Móviles Acuáticas de Salud
Imprenta
Dirección de Finanzas
Sub-Dirección
Departamento de Contabilidad
Departamento Tesorería
Departamento de Costos de Atención Sanitaria
Departamento de Administración Presupuestaria
Unidad de Bienes Patrimoniales
Dirección de Recursos Humanos
Sub-Dirección
Departamento de Planificación e Investigación de Recursos Humanos
21
Departamento de Reclutamiento, Selección y Evaluación del Desempeño
Departamento de Clasificación y Retribución de Puestos
Departamento de Bienestar del Servidor Público y Relaciones Laborales
Departamento de Formación y Capacitación de Recursos Humanos en Salud
Departamento de Registro y Control de Recursos Humanos
Dirección de Infraestructura de Salud
Sub-Dirección
Departamento de Arquitectura
Departamento de Inspecciones
Departamento de Ingeniería y Mantenimiento de Infraestructura
Sección de Saneamiento
Juzgado Ejecutor
Oficina de Informática
NIVEL TÉCNICO
Dirección de Planificación de Salud de Salud
Departamento de Planificación de Salud Poblacional
Departamento de Planificación de Salud Ambiental
Departamento de Registros y Estadísticas de Salud
Departamento de Análisis de Situación y Tendencias de Salud
Departamento de Formulación y Evaluación de Presupuesto y Proyectos de
Inversión
Dirección del Sub-Sector de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario
22
Departamento de Calidad de Agua Potable y Agua Residual
Departamento de Obras de Agua Potable y Sanitarias
Sección de Pozos, Acueductos y Obras Sanitarias
Dirección de Administración de Proyectos Especiales
NIVEL OPERATIVO EJECUTIVO
Dirección General de Salud Pública
Secretaría del Consejo Técnico de Salud
Departamento de Epidemiología
Sección de Vigilancia Epidemiológica de las Enfermedades Transmisibles y No
Transmisibles
Sección de Estadísticas de Vigilancia
Sub-Dirección General de Salud de la Población
Departamento de Salud y Atención Integral a la Población
Sección del Programa de Salud Integral de Niñez y Adolescencia
Sección del Programa Nacional de Tamizaje Neonatal
Sección del Programa Salud de Adulto
Sección del Programa Salud Adulto Mayor
Sección del Programa Salud Ocupacional
Sección del Programa Salud Sexual y Reproductiva
Sección del Programa Salud Mental
Sección del Programa ITS/VIH/SIDA
Sección del Programa de Sangre
Sección del Programa de Cuidados Paliativos
23
Sección del Programa de Salud Penitenciaria
Sección del Programa de Control de la Tuberculosis
Departamento de Salud Radiológica
Departamento de Salud Bucal
Departamento de Gestión de Laboratorio Clínico
Departamento de Enfermería
Departamento de Regulación y Vigilancia de las Tecnologías Médicas
Sección de Vigilancia de Dispositivos Médicos
Departamento de Instalación y Servicios de Salud a la Población
Sección de Hospitales y Servicios Hospitalarios
Sección de Instalaciones y Servicios de Salud de la Red Primaria de Atención
Sub Dirección General de Salud Ambiental
Unidad Ambiental Sectorial
Departamento de Protección de Alimentos
Sección de Análisis y Registro Sanitario de Alimentos
Sección de Inspección Nacional de Plantas
Departamento de Control de Vectores
Sección de Control de Roedores y Otras Plagas
Sección de Control de la Malaria y sus Vectores
Sección de Control de Aedes y Otros Vectores
Departamento de Control de Zoonosis
Departamento de Saneamiento Ambiental
Sección de Desechos Peligrosos y Sustancias Químicas
24
Sección de Saneamiento Ambiental y Residuos No Peligrosos
Sección de Obras de Desarrollo
Dirección de Promoción de la Salud
Departamento de Técnicas para la Promoción de la Salud
Sección de Participación Social
Sección de Educación para la Salud
Sección de Comunicación para la Salud
Departamento de Conducta Humana y Salud
Sección de Salud Sexual y Reproductiva
Sección de Salud Mental y Familiar
Sección de Mujer, Género, Salud y Desarrollo
Dirección de Provisión de Servicios de Salud
Departamento de Organización y Desarrollo para la Provisión de los Servicios de
Salud
Departamento de Desarrollo de Modelos de Gestión para la Provisión de los
Servicios de Salud
Departamento de Monitoreo y Evaluación de la Provisión de Servicios de Salud
Sección del Programa de Acompañamiento Humano y Espiritualidad del Enfermo
Departamento de Gestión Farmacéutica
Departamento de Trabajo Social
Departamento de Salud Nutricional
Departamento de Salud en Situaciones de Contingencia
Departamento para la Provisión de Suministros Sanitarios
25
Sección de Suministros Médico-Quirúrgicos y Medicamentos
Almacén Nacional de Insumos Sanitarios
Departamento de Equipos de Biomédica
Dirección Nacional de Farmacia y Drogas
Sub-Dirección
Departamento de Farmacoterapia
Departamento de Farmacovigilancia
Centro Nacional de Farmacovigilancia
Sección de Control de Calidad
Departamento de Registros Sanitarios de Medicamentos y Otros Productos para la
Salud Humana
Sección de Bioequivalencia
Sección de Modificación de Registros Sanitarios
Sección de Evaluación de Medicamentos, Cosméticos y Productos Similares
Departamento de Auditorias de Calidad de Establecimientos Farmacéuticos y No
Farmacéuticos
Sección de Auditorias de Calidad a Establecimientos Farmacéuticos
Sección de Inspecciones a Establecimientos Farmacéuticos y No Farmacéuticos
Sección de Licencias de Operación a Establecimientos Farmacéuticos y No
Farmacéuticos
Sección de Sustancias Sujetas a Control
Dirección de Asuntos Sanitarios Indígenas
Departamento de Desarrollo en Salud para la Población Indígena
Departamento de Investigación de los Pueblos Indígenas
26
Departamento de Medicina Tradicional
NIVEL EJECUTOR
Regiones de Salud
Políticas, Objetivos, Estrategias y Líneas de Acción
El Ministerio de Salud como ente rector, orienta a las instituciones del sector y
moviliza a los grupos sociales para apoyar las Políticas y Objetivos Estratégicos
de Salud, dirigiendo todo el espectro de competencias y acciones necesarias para
mejorar la salud y calidad de vida de la población.
Una Política de Salud es una declaración o directriz oficial dentro de la institución,
que concede prioridad o que reconoce la importancia de los objetivos de salud,
comprendiendo los servicios de salud y los sectores fuera del ámbito sanitario que
afectan a la salud. En ese sentido, la planificación de la salud pública requiere de
políticas bien formuladas para transformar las decisiones en planes, programas y
proyectos. Desde esta perspectiva, el Ministerio de Salud a través de la Dirección
de Planificación ha realizado un análisis del sector salud considerando la realidad
existente y algunas situaciones que se puedan dar en el futuro para determinar las
posibles estrategias de abordaje para su solución. Las Políticas y Lineamientos
Estratégicos de Salud para el período 2010-2015 surgieron luego de analizar gran
parte de las opciones para enfrentar los principales problemas de salud
identificados, estableciendo un orden de prioridad entre las alternativas
examinadas.
El Ministerio de Salud ha formulado nueve Políticas de Salud para el período
2010-2015, las cuales se agruparon con fines de comunicación social y
27
operativización de sus objetivos estratégicos y líneas de acción, en tres (3)
grandes ejes que son
Eje I: Protegiendo a la población mediante la regulación y conducción del sistema
de salud.
Eje II: Mejorando la calidad y el acceso de la población a los servicios de salud.
Eje III: Promoviendo la salud con la participación social.
Por otro lado, estos tres grandes ejes responden a los siguientes macroobjetivos
que son:
1. Fortalecer la regulación y conducción del Sistema de Salud para la
protección de la salud de la población
2. Mejorar la calidad y el acceso a los servicios de salud
3. Promover la salud con participación social
Políticas
Política 1: Regular todas las acciones relacionadas con la salud integral de la
población y del ambiente, mediante la formulación, sistematización, modificación y
vigilancia del cumplimiento de los instrumentos jurídicos sanitarios, en el ámbito
nacional.
Política 2: Ejercer el liderazgo sectorial en salud.
Política 3: Mejorar el acceso a los servicios integrales de salud con equidad,
eficiencia, eficacia y calidad.
Política 4: Promover la salud con participación social considerando el enfoque de
género, intercultural multidisciplinario, interinstitucional, principios de transparencia
y rendición de cuentas.
28
Política 5: Fortalecer la vigilancia de los factores determinantes de la salud para el
control de los riesgos, amenazas y daños a la población.
Política 6: Fortalecer el desarrollo de capacidades de los recursos humanos
sectoriales en salud.
Política 7: Fortalecer la capacidad institucional de investigación y desarrollo
tecnológico en salud.
Política 8: Modular y vigilar los recursos financieros sectoriales en salud.
Política 9: Modernizar la red pública de servicios de salud.
Ejes, políticas, objetivos y líneas de acción
Eje I: PROTEGIENDO A LA POBLACIÓN MEDIANTE LA REGULACIÓN Y
CONDUCCIÓN DEL SISTEMA DE SALUD
POLÍTICA 1: Regular todas las acciones relacionadas con la salud integral de la
población y del ambiente, mediante la formulación, sistematización, modificación y
vigilancia del cumplimiento de los instrumentos jurídicos sanitarios, en el ámbito
nacional.
Objetivos:
A. Fortalecer la formulación, sistematización, y vigilancia del cumplimiento del
marco regulatorio nacional, dirigido a mejorar la salud de la población y del
ambiente.
Líneas de acción:
• Revisión y actualización del marco legal para el mantenimiento de la salud
poblacional y del ambiente.
29
• Creación del Sistema de Vigilancia para el cumplimiento del marco legal.
• Formación de un cuerpo legal profesional.
• Coordinación efectiva entre la autoridad sanitaria y las autoridades
ambientales.
B. Armonizar la normativa nacional con la internacional en materia de salud de
la población y del ambiente.
Líneas de acción:
• Revisión de normas y procedimientos de interés sanitario, vinculados al
ámbito internacional.
• Desarrollo del Plan del Reglamento Sanitario Internacional.
C. Desarrollar mecanismos de acción conjuntas con la superintendencia de
seguros para la vigilancia del aseguramiento de la cobertura de
prestaciones de servicios de salud o planes específicos para la población.
Líneas de acción:
• Identificación de los diversos proveedores a nivel nacional con planes de
cobertura de servicios de salud a la población tanto público como privado.
• Definición y consenso de estándares de prestación de servicios de salud a
nivel nacional.
• Formulación, divulgación y vigilancia de las normas en relación a los planes
de servicios de salud, así como mecanismos de afiliación a los seguros y
los contenidos de las pólizas de los seguros de salud.
• Vigilancia del cumplimiento de los planes de cobertura otorgadas a la
población por entidades públicas y privadas.
30
• Realización de encuestas periódicas de satisfacción como parte de los
mecanismos de evaluación de los aseguradores y prestadores de servicios.
• Evaluación de los modelos de atención en salud, públicos y privados,
focalizando a grupos de población específicos, buscando puntos
convergentes de beneficio y satisfacción del usuario.
POLÍTICA 2: Ejercer el liderazgo sectorial en salud.
Objetivos:
A. Fortalecer la capacidad del MINSA en la planificación y gestión del sistema
sanitario.
Línea de acción:
• Desarrollo, seguimiento y evaluación de las políticas de salud expresadas
en planes, programas y proyectos.
• Fortalecer el sistema de información de salud nacional en forma integral.
• Línea de acción:
• Desarrollo de un sistema integrado de información en salud.
• Coordinación de los subsistemas de información existentes intra y extra-
institucional públicos y privados.
B. Coordinar con todos los actores del sector nacional la elaboración,
implementación y evaluación del Plan Nacional de Salud.
Línea de acción:
31
• Consenso nacional de un modelo de atención integral que incluya a toda la
población con énfasis en los distintos sectores vulnerables con enfoque
intercultural.
• Fortalecimiento de los sistemas de monitoreo y evaluación de los
programas, planes y proyectos.
• Planificación conjunta con prestadores de servicios de salud.
• Implementación del Plan Nacional de Salud con participación de los
diferentes sectores involucrados.
C. Armonizar y coordinar la cooperación internacional técnica y financiera con
las políticas, planes de desarrollo y objetivos sanitarios nacionales.
Líneas de acción:
• Capacitación a técnicos nacionales para formular proyectos y negociar con
la cooperación internacional proyectos de desarrollo sanitarios.
• Participación, coordinación, implementación, dirección y supervisión de
acuerdos y compromisos de cooperación internacional.
• Participación en convenios con los organismos internacionales, regionales y
subregionales.
D. Fortalecer la gestión en la salud, higiene y seguridad de los trabajadores,
condiciones y ambientes de trabajo a nivel nacional.
Línea de acción:
• Coordinación, dirección y supervisión de un modelo de vigilancia de la salud
de los trabajadores.
• Educación continua del equipo de salud
32
• Coordinación inter e intrainstitucional para el acceso oportuno de los
trabajadores a los servicios médicos integrales con calidad
• Reubicación, readaptación y reeducación laboral.
POLÍTICA 6: Fortalecer el desarrollo de capacidades de los recursos humanos
sectoriales en salud.
A. Identificar y adecuar los perfiles del recurso humano a las necesidades de
los servicios de salud en el país.
Líneas de acción:
• Elaboración del diagnóstico de recurso humano de salud
• Desarrollo de un programa de relevo generacional de los profesionales de
la salud.
B. Establecer programas de formación ética, técnica y administrativa, con
enfoque intercultural, de género, derechos humanos.
Líneas de acción:
• Evaluación de las necesidades de formación del recurso humano que
presta servicios en el sistema sanitario.
C. Coordinar con instituciones, universidades, sociedades científicas el
desarrollo de recursos humanos para el sector salud a nivel nacional e
internacional.
Líneas de acción:
• Desarrollo de programas de educación y formación continua a los
profesionales de salud en materia de salud pública.
33
• Revisión de la oferta académica de las universidades y sociedades
científicas para el sector salud.
D. Evaluar el desempeño del personal de salud.
Líneas de acción:
• Definición de criterios e indicadores para la evaluación del desempeño.
• Establecimiento de un programa de incentivos.
E. Generar condiciones organizacionales para el desarrollo de un ambiente
laboral adecuado.
Líneas de acción:
• Aplicación de Encuestas de satisfacción del entorno organizacional del
personal de salud.
• Sensibilización a los tomadores de decisiones sobre los efectos negativos
de las condiciones precarias de trabajo en los trabajadores de la salud.
• Elaboración y aplicación del Plan para Mejorar el Ambiente Laboral.
POLÍTICA 7: Fortalecer la capacidad institucional de investigación y desarrollo
tecnológico en salud.
Objetivos:
A. Articular los sectores público y privado a través de programas de desarrollo
de capacidades institucionales.
Líneas de acción:
• Desarrollo de programas y convenios para el desarrollo de capacidades
institucionales.
34
B. Generar nuevos espectros de estudios de investigación de acuerdo a las
prioridades identificadas y consensuadas por los sectores involucrados, en
el campo de tecnología en salud a nivel nacional con vinculación de los
estándares a nivel internacional.
Línea de acción:
• Identificación de nuevos espectros de investigación de acuerdo a las
prioridades del sector.
C. Evaluar e integrar los resultados de la investigación y el desarrollo
tecnológico en salud para el mejoramiento de la calidad de vida de la
población y su ambiente.
Línea de acción:
• Análisis de los resultados de investigación y desarrollo tecnológico en
salud.
D. Promover alianzas estratégicas entre los elementos que conforman el
sistema nacional e internacional de investigación y tecnología de
innovación.
Línea de acción:
• Establecimiento de alianzas multisectoriales para la promoción de la
investigación y tecnología de innovación.
E. Incentivar a los profesionales que se dedican a la investigación en salud,
priorizando en aquellos nuevos investigadores que cuentan como única
alternativa el apoyo institucional.
35
Línea de acción:
• Asesoría y apoyo técnico a la investigación en las instancias subnacionales
de salud pública.
F. Promover una cultura de investigación en salud.
Línea de acción:
• Formación de investigadores en salud
• Coordinación con las instituciones académicas, sociedades científicas,
empresa privada, filántropos y fundaciones para el fomento de investigación
en salud.
• Establecimiento de modelos de trabajo con tecnología para el intercambio
de conocimientos, actividades y proyectos con estándares que dictaminen
las mejores prácticas de intercambio electrónico de información.
• Identificación de fuentes de financiamiento para el desarrollo de la
tecnología e innovación en salud.
POLÍTICA 8: Modular y vigilar los recursos financieros sectoriales en salud.
Objetivos:
A. Desarrollar instrumentos para la vigilancia y modulación financiera sectorial.
Líneas de acción:
• Coordinación para la formulación y ejecución presupuestaria a nivel
sectorial nacional.
• Realización de estudios para la distribución del gasto e inversión total
según patrones de utilización de los servicios en salud y carga de
enfermedad.
36
• Homologación y Sistematización de los indicadores socioeconómicos y sus
fuentes, para seguimiento y comparación nacional e internacional.
• Desarrollo de mecanismos de asignación equitativa de fondos entre los
distintos niveles de atención, de acuerdo a las prioridades y grados de
complejidad de las instalaciones de salud a nivel nacional, incluyendo las
acciones de salud pública.
• Coordinación y movilización de recursos financieros del sector salud e
involucrados.
• Desarrollo de un sistema de costo único que permita conocer
sistemáticamente los gastos en Salud.
• Desarrollar iniciativas para incorporar recursos externos nacionales e
internacionales al sector salud.
B. Desarrollar iniciativas para incorporar recursos externos nacionales e
internacionales al sector salud
Líneas de acción:
• Coordinación y movilización de recursos financieros nacionales e
internacionales.
• Conformación de unidades técnicas especializadas para la gestión de
fondos externos.
Eje II: MEJORANDO LA CALIDAD Y EL ACCESO DE LA POBLACIÓN A LOS
SERVICIOS DE SALUD.
POLÍTICA 3: Mejorar el acceso a los servicios integrales de salud con equidad,
eficiencia, eficacia y calidad.
Objetivos:
37
A. Mejorar el acceso geográfico, socio-económico, cultural y de género de la
población a los servicios de salud con enfoque integral y multisectorial.
Líneas de acción:
• Elaboración de informes anuales del análisis de situación de salud a nivel
local, regional y nacional con la inclusión del acceso y cobertura de los
servicios de salud.
• Utilización de Guías Metodológicas para el Análisis de Situación y
Tendencias de Salud.
• Implementación en las Regiones de Salud del plan de salud bucal con la
estrategia de comunidades libres de caries, para poblaciones vulnerables
focalizados en el menor de 5 años, embarazadas, discapacitados, binomio
madre -hijo, en áreas rurales e indígenas.
• Implementación del Plan Nacional del Control de Enfermedades Crónicas y
el Cáncer y del Programa Nacional de Cuidado Paliativo.
• Implementación del Plan Nacional de Salud Visual
• Actualización e implementación del Plan Nacional de Salud Mental
• Fortalecimiento del Plan Nacional para el control de las Enfermedades
Transmisibles.
• Fortalecimiento del Modelo de Atención Primaria, individual, familiar,
comunitaria y ambiental.
• Atención integral a los privados de libertad.
• Coordinación Intersectorial para la mejora del acceso geográfico de los
servicios integrales de salud.
• Conducir las acciones dirigidas a aumentar el acceso de los grupos
vulnerables a todas las intervenciones en salud pública para mejorar las
38
condiciones de salud integral a nivel nacional. (Objetivo Estratégico
transitorio por ODM).
• Implementación del modelo comunitario de atención y educación de salud
nutricional focalizado en la población menor de 5 años, embarazadas y
tercera edad, especialmente en las áreas rurales con población indígena y
no indígena y en las áreas urbano-marginales a nivel nacional.
• Fortalecimiento de las intervenciones de salud en los grupos priorizados
para disminuir las muertes por causas prevenibles.
• Incorporación de elementos étnico-culturales y de género en los planes y
programas.
• Implementación de los planes para mejorar la salud infantil focalizada en los
menores de 5 años con enfoque intercultural, priorizando en las áreas
rurales, comarcas indígenas y otros grupos.
• Implementación de planes de salud materna focalizada a grupos de riesgo,
con enfoque intercultural en áreas rurales y comarcas indígenas.
• Incremento de la atención profesional del parto.
• Establecimiento de alianzas entre los programas nacionales para el
abordaje de las enfermedades transmisibles, con enfoque intercultural en
las comarcas indígenas.
• Implementación de los planes estratégicos para la prevención y control de
VIH-sida, malaria y tuberculosis y de enfermedades emergentes y re-
emergentes.
B. Mejorar la calidad de los servicios de salud.
Líneas de acción:
39
• Formulación del Plan Nacional de Calidad, que contemple el mejoramiento
de la calidad y la seguridad de la atención sanitaria.
• Elaboración y aplicación de normas, protocolos, guías de calidad en las
instalaciones y servicios de salud.
• Elaboración de estándares de habilitación y acreditación de las
instalaciones de salud.
• Fortalecimiento de la capacidad de gestión para el mejoramiento de la
calidad de los servicios de salud.
• Aplicación de instrumentos de medición de la calidad de la prestación de los
servicios de salud como las auditorias de expedientes, encuestas de
satisfacción de usuario, entre otros.
C. Reducir la vulnerabilidad ante los desastres naturales, las emergencias
antrópicas 98 MINSA Política Nacional de Salud 2010 -2015 y los efectos
del cambio climático, con planificación, prevención, mitigación, preparación,
respuesta y rehabilitación temprana para reducir el impacto de los efectos
adversos sobre la salud pública, promoviendo la colaboración
interinstitucional a nivel nacional.
Líneas de acción:
• Elaboración de planes de contingencia en las instalaciones de salud, de
acuerdo a los factores de riesgos identificados, a nivel local, regional y
nacional.
• Implementación del Programa de Hospitales Seguros, para fortalecer la
respuesta funcional en caso de desastres naturales.
• Aplicación del índice de Hospitales Seguros al 100% de los hospitales a
nivel nacional.
40
• Elaboración e implementación de las guías nacionales de Instalaciones
Seguras.
Política 5: Fortalecer la vigilancia de los factores determinantes de la salud para el
control de los riesgos, amenazas y daños a la población.
Objetivos:
A. Evaluar los factores determinantes de la salud para actualizar la situación y
las tendencias de la misma en el país, con enfoque geográfico, socio-
económico, cultural, epidemiológico, de género, aspecto comunitario y
ambiental, coordinando interinstitucionalmente con instituciones
gubernamentales y no gubernamentales.
Líneas de acción:
• Desarrollo de informes periódicos de análisis de situación y tendencias de
los factores determinantes de la salud.
• Actualización e implementación del Plan de Salud Ambiental.
B. Fortalecer la capacidad de vigilancia a nivel local para generar respuestas
rápidas, dirigidas a la prevención y control de problemas o riesgos
específicos de la salud de la población y del ambiente.
Línea de acción:
• Fortalecimiento de sistema de vigilancia epidemiológica para identificar las
amenazas a la salud pública.
C. Desarrollar la capacidad institucional para investigar y vigilar los brotes
epidémicos y los modelos de presentación de enfermedades transmisibles y
no transmisibles, factores de comportamiento, accidentes y exposición a
41
agentes tóxicos, biológicos y ambientales perjudiciales para la salud, con la
vinculación a redes nacionales e internacionales.
Línea de acción:
• Desarrollo de competencias y conocimientos sobre epidemiología.
• Gestión integral de los desechos sólidos peligrosos y no peligrosos a nivel
nacional.
• Disminución de índices de infestación por el mosquito Aedes Aegypti.
• Implementación de los planes para el control de la Influenza.
• Fortalecimiento del Programa Ampliado de Inmunizaciones.
D. Identificar y priorizar los problemas de salud pública que afectan
mayormente a la población según niveles de atención.
Línea de acción:
• Asesoría y apoyo técnico a los niveles regionales y locales del nivel
nacional e internacional.
E. Establecer mecanismos de coordinación efectiva para el intercambio de
información oportuna sobre indicadores de salud pública y sus
determinantes a nivel nacional, según niveles de atención y entre sectores
público y privado.
Línea de acción:
• Evaluación de los procesos para la recolección de la información.
42
F. Participar de las redes internacionales que fomenten el fortalecimiento del
sistema de información nacional de salud pública.
Línea de acción:
• Desarrollo de un subsistema de información de vigilancia de la salud
uniforme, sostenible, amigable y transparente que permita la articulación de
la información con el Sistema Nacional de Información de Salud.
Política 9: Modernizar la red pública de servicios de salud.
Objetivos:
A. Redefinir los niveles de atención y grados de complejidad de las
instalaciones que conforman la red de servicios públicos de salud.
Líneas de acción:
• Actualización de los niveles de atención y grados de complejidad de las
instalaciones que conforman la red de servicios de salud.
• Evaluación y adecuación de los mecanismos de referencia y contra-
referencia existentes, con la articulación a los sistemas de información e
innovación tecnológica.
B. Reestructurar la red pública de servicios de salud con innovación
tecnológica.
Línea de acción:
• Creación de nuevas instalaciones con innovación tecnológica denominadas
MINSA-CAPSi.
• Construcción y equipamiento de hospitales de diferentes niveles de
complejidad.
43
• Convenio con Universidad de Panamá para la implementación del Hospital
de Panamá Este como Hospital Escuela.
• Construcción de otras infraestructuras de salud de acuerdo a la necesidad
de servicios demandada.
• Readecuación y mejoramiento de instalaciones de salud.
• Dotación de ambulancias a las instalaciones a nivel nacional.
• Redefinición del sistema logístico de medicamentos para dotación efectiva
a las instalaciones a nivel nacional.
• Automatización e informatización de expedientes médicos a nivel nacional
en instalaciones y hospitales.
Eje III: PROMOVIENDO LA SALUD CON LA PARTICIPACIÓN SOCIAL.
Política 4: Promover la salud con participación social considerando el enfoque de
género, intercultural, multidisciplinario, interinstitucional, principios de
transparencia y rendición de cuentas.
Objetivos:
A. Fomentar la Educación en salud
Línea de acción:
• Construcción de alianzas intra y extra sectoriales para la promoción de la
salud.
• Promoción de la corresponsabilidad en salud de la población en los
programas y proyectos a nivel nacional.
• Construcción de redes sociales de acción.
44
• Desarrollo de acciones educativas con participación de la población sobre
temas de salud promoviendo su empoderamiento activo.
• Planificación de las acciones educativas basadas en el perfil epidemiológico
de las Comunidades.
• Elaboración de material educativo que contribuya a la promoción y el
autocuidado de la salud.
• Capacitación a las comunidades y personas sobre los riesgos ambientales,
promoción de los estilos de vida saludables y autocuidado para el
cumplimiento de las políticas de salud existentes.
• Adecuación de normas y metodología de las técnicas educativas, según
temas y población beneficiaria.
B. Divulgar a la población las políticas, planes, programas y proyectos.
Líneas de acción:
• Divulgación sistemática de información a la población sobre las políticas,
planes, programas y proyectos en salud.
• Fortalecimiento de la participación de la población en el monitoreo y
evaluación de políticas, planes, programas y proyectos.
• Rendición de cuentas de la institución a la sociedad, de acuerdo a la
normativa nacional existente para todos los procesos de gestión de salud
pública.
• Implementación de programas de seguimiento y monitoreo a las acciones
realizadas para asegurar el empoderamiento de las comunidades
organizadas.
45
C. Divulgar los derechos y deberes de los usuarios del sistema sanitario
nacional.
Línea de acción:
• Desarrollo de acciones educativas y de comunicación social dirigidas a
promover los derechos y deberes de los usuarios del sistema sanitario.
• Fomento de la corresponsabilidad de la población en el mejoramiento de la
salud a nivel individual, familiar y comunitario.
• Diseño de campañas publicitarias y plan de medios de comunicación
masiva para el desarrollo de acciones de prevención y control de las
enfermedades de mayor prevalencia en el país, considerando la
interculturalidad.
D. Fortalecer modelos de atención integral con participación comunitaria que
incorporen de manera efectiva la promoción y prevención de la salud
priorizando el enfoque de riesgo.
Línea de acción:
• Evaluación de los procesos de promoción y prevención de la salud en los
modelos de atención integral.
E. Facilitar el empoderamiento de la comunidad organizada en las decisiones
y acciones relativas a los programas de salud integrales de la población.
Línea de acción:
• Elaboración de normas e intervenciones dirigidas a favorecer la
participación de la comunidad organizada en las decisiones y acciones
relativas a los programas de salud integrales de la población y del
ambiente.
46
• Construcción de herramientas que contribuyan con el autocuidado de la
salud, para mejorar el estado de salud de la población.
F. Fomentar los procesos de rendición de cuentas de la institución a la
sociedad, de acuerdo a la normativa nacional existente para todos los
procesos de gestión de salud pública.
Líneas de acción:
• Evaluación de los procesos de rendición de cuentas de la institución a la
sociedad.
47
Programas de Salud
Un programa de salud es un conjunto de acciones implementadas por un gobierno
con el objetivo de mejorar las condiciones sanitarias de la población. De esta
forma, las autoridades promueven campañas de prevención y garantizan el
acceso democrático y masivo a los centros de atención.
El MINSA con el fin de mejorar la salud de la población desarrollo los siguientes
programas:
Programas
Nombre del programa Programa asociado a
Programa Ampliado de Inmunización
Programa de Control de la Tuberculosis
Dirección General de Salud
Pública
Programa de Cuidados Paliativos
Dirección General de Salud
Pública
Programa de Mejoramiento de la Equidad y Fortalecimiento de
los Servicios de Salud
Programa de Protección Social – Apoyo a la Red de
Oportunidades
48
Nombre del programa Programa asociado a
Programa de Salud Bucal
Dirección General de Salud
Pública
Programa de Salud Integral de Niñez y Adolescencia
Dirección General de Salud
Pública
Programa de Salud Penitenciaria
Dirección General de Salud
Pública
Programa Iniciativa Salud Mesoamérica
Programa ITS/VIH/SIDA
Dirección General de Salud
Pública
Programa Nacional de Sangre Dirección General de Salud Pública
Programa Nacional de Tamizaje Neonatal Dirección General de Salud Pública
Programa Salud Adulto Mayor Dirección General de Salud Pública
Programa Salud de Adulto Dirección General de Salud Pública
Programa Salud Mental Dirección General de Salud Pública
Programa Salud Nutricional Dirección de Provisión de Servicios de Salud
Programa Salud Ocupacional Dirección General de Salud Pública
Programa Salud Sexual y Reproductiva Dirección General de Salud Pública
49
Ministerio de Salud en Relación con los Objetivos del Milenio
En ese sentido, consideramos relevante destacar el siguiente cuadro comparativo
(Cuadro N°2), entre las metas de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) y
las metas de la Concertación Nacional para el Desarrollo (CND), de cada uno de
los objetivos del milenio relacionado directamente con salud.
Los resultados del análisis de la situación de nuestro sistema sanitario orientaron
la priorización de los objetivos estratégicos y líneas de acción estratégicas de las
Políticas de Salud 2010-2015 en base al cumplimiento de los Objetivos de
Desarrollo del Milenio.
Comparación entre las metas de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y las
metas de la Concertación Nacional para el Desarrollo.
Cuadro N°2 comparación entre las metas de los ODM y las metas de la CND
Metas de los ODM Metas de la CND
Objetivo 1 Erradicar la pobreza extrema y el hambre
Meta 1C: Reducir a la mitad,
entre 1990 y 2015, el porcentaje de
1.2. Derecho a la Seguridad Alimentaria
y a la Nutrición
50
personas que padecen hambre Articulación de programas nutricionales
en las áreas rurales con actividades
productivas promovidas por el sector
gubernamental y
no-gubernamental, para que garanticen
la seguridad alimentaria de las familias
y comunidades pobres.
Extender la cobertura universal de los
programas de alimentación
complementaria en menores de 5 años,
en comarcas y distritos de extrema
pobreza, teniendo especial atención a
los hábitos y costumbres alimenticias
de grupos indígenas.
Mantener e incrementar los programas
de suplementación (hierro y vitaminas)
y desparasitación en niños y niñas
desde los 11 meses de edad y hasta el
6 grado de escuela primaria.
Objetivo 4: Reducir la mortalidad de los niños menores de cinco años
Meta 4A: Reducir en dos terceras
partes, entre 1990 y 2015, la
mortalidad de los niños menores de
5 años
1.4. Derecho a la Salud Integral y
Preventiva
Un puesto de salud en cada
corregimiento y un centro de salud en
cada distrito como mínimo,
dependiendo de la población
beneficiaria.
Mejorar los accesos a los puestos y
centros de salud de las comarcas y
51
áreas de difícil acceso (vías, puentes)
Fortalecer y ampliar los programas de
capacitación a la familia, la comunidad
y la población en general para prevenir
la mortalidad materna, mortalidad
infantil (comprensible, accesible y con
consideración a la multiculturalidad,
género y el analfabetismo)
Objetivo 5: Mejorar la salud materna
Meta 5A: Reducir, entre 1990 y 2015,
la mortalidad materna en tres cuartas
partes
Meta 5B: Lograr, para el año 2015, el
acceso universal a la salud
reproductiva
1.4. Derecho a la Salud Integral y
Preventiva
Garantizar el acceso al control prenatal,
atención calificada al parto y puerperio
1.4. Derecho a la Salud Integral y
Preventiva
Garantizar el acceso a la educación e
información sobre la salud sexual y
reproductiva a las familias,
comunidades, jóvenes y la población en
general, dentro del marco de la ética y
el respeto a valores morales;
Objetivo8: Combatir el VIH/SIDA, paludismo y otras enfermedades
Meta 6A: Haber detenido y
comenzado a reducir, para el año
2015, la propagación
del VIH/SIDA
Meta 6C: Haber detenido y
comenzado a reducir, para el año
2015, la incidencia del
1.4. Derecho a la Salud Integral y
Preventiva
Garantizar el acceso a las poblaciones
vulnerables a la prevención y atención
del VIH/SIDA y a las ITS;
1.5.Derecho a un Medio Ambiente Sano
52
paludismo y otras enfermedades
graves
Fortalecer los programas de vigilancia
epidemiológica y de control de vectores
Objetivo 7 : Garantizar la sostenibilidad del medio ambiente
Meta 7C: Reducir a la mitad, para el
año 2015: el porcentaje de personas
sin acceso
sostenible al agua potable y a
servicios básicos de saneamiento
1.5. Derecho a un Medio Ambiente
Sano
Ampliar los programas de letrinación en
las áreas indígenas, rurales y donde se
requieran, con la debida capacitación
para su uso y mantenimiento.
Dimensiones de la Función de Rectoría en Salud
53
En la agenda de estas Políticas, Objetivos estratégicos y líneas de acción, se
incluyó el análisis de las dimensiones de Salud, las cuales constituyen un
elemento fundamental para el ejercicio del liderazgo institucional en el marco del
cumplimiento de sus funciones establecidas constitucionalmente. Se considera
como dimensiones de la Función Rectora las siguientes: Conducción, Regulación,
Funciones Esenciales de Salud Pública, Vigilancia del Aseguramiento, Modulación
del Financiamiento y Armonización de la Provisión de los Servicios de Salud.
Dentro de estas dimensiones, se encuentran aquellas consideradas como
responsabilidad exclusiva de la Autoridad.
Sanitaria y aquellas, como responsabilidad compartida con otras instancias. El
esquema metodológico N°1 adjunto, muestra la articulación en sentido
bidireccional de las responsabilidades exclusivas y compartidas de la Autoridad
Sanitaria. También muestra la correlación entre sí de las responsabilidades
exclusivas: Regulación, Conducción y Funciones Esenciales de Salud Pública; las
cuales se identifican como un componente común y transversal a las
responsabilidades compartidas de la Autoridad Sanitaria.
Las responsabilidades exclusivas del Ministerio de Salud son:
• Regulación: Marco normativo sanitario que protege y promueve la salud y la
garantía de su cumplimiento.
• Conducción: Capacidad de orientar a las instituciones del sector y movilizar los
grupos sociales en apoyo a la Política Nacional de Salud
Esquema Metodológico 1. Dimensiones de rectoría
54
55
CONCLUSIONES
Una vez finalizado el presente trabajo llegamos a las siguientes conclusiones:
• Siendo el mantenimiento de la salud un compromiso de todos, como lo
establece la declaración de visión del Ministerio de Salud, aun no se logra
este cometido debido principalmente a la falta de interés social en lo
relacionado al empoderamiento de la salud por la comunidad.
• Las funciones del MINSA, como ente rector de salud están bien
establecidas al igual que sus programas, sin embargo falta más supervisión
de las políticas de salud y de los programas de los mismos. El
establecimiento de partidas económicas al mismo y la debida ejecución
garantizara un mejor funcionamiento.
• Las nuevas políticas de estado, que se encaminan a un mejor desarrollo de
los objetivos trazados por la institución garantiza el desarrollo de los
diversos programas.
• Cada país desarrolla políticas de Estado encaminadas a cumplir los
objetivos del milenio. En Panamá el Ministerio de Salud como entidad
responsable de velar por la salud de la población panameña, mediante la
concertación nacional del desarrollo estableció las metas y acciones
dirigidas a lograrlo.
56
RECOMENDACIONES
• Para garantizar un mayor cambio en la salud y compromiso de todos, se
debe dar mayor divulgación de los programas y políticas de salud a nivel
comunitario para organizar la comunidad y detectar los líderes, los cuales a
su vez colaborarán con el mantenimiento y desarrollo de la salud pública.
• Se debe fortalecer las direcciones de supervisión de cada uno de los
programas y dirigir un mayor presupuesto para garantizar el desarrollo de
los mismos.
• Fortalecer los programas y políticas existentes, para adecuarlos a las
necesidades de la población actual.
• Implementar las acciones establecidas en la concertración nacional del
desarrollo con el fin de encaminarnos a lograr los objetivos del milenio.
57
BIBLIOGRAFIA
Constitución política de la República de Panamá de 1972. Panamá. Editorial
Epasa, 2004.
www.MINSA.gob.pa/institucion.
58
59

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  • 1. UNIVERSIDAD DEL ISTMO MAESTRÍA EN GERENCIA HOSPITALARIA ASPECTOS SOCIALES DE LA SALUD PÚBLICA TEMA MINISTERIO DE SALUD COMO AUTORIDAD SANITARIA PROF. ALFREDO BARAHONA ELABORADO POR DOMINGO GONZALEZ HILDA GRACIA JULIETH HURTADO DAVID, 2015 INDICE 1
  • 2. Pág. INTRODUCCIÓN 3 Objetivos 4 Antecedentes 5 Base legal 7 Objetivo del Ministerio de Salud 10 Declaración de Visión 11 Misión 12 Funciones principales del Ministerio de Salud 13 Organización del Ministerio de Salud 20 Políticas, objetivos, estrategias y líneas de acción 28 Programas de salud 47 Ministerio de Salud relacionado con los objetivos del milenio 49 Dimensiones de a función de rectoría en salud 53 CONCLUSIONES 55 RECOMENDACIONES 56 BIBLIOGRAFÍA 57 INTRODUCCIÓN El Ministerio de Salud es la autoridad sanitaria del estado panameño, la cual se rige por políticas, estrategias y objetivos para cumplir metas en beneficio de la población. Su actuar esta dictaminado por artículos y decretos para garantizar que todo se haga bajo un marco legal. 2
  • 3. Cabe destacar que esta institución cuenta con programas bien estructurados para asegurar la accesibilidad de los servicios a la población en general con énfasis en los grupos vulnerables. Como nuestro país no puede escapar de la realidad mundial de la pobreza extrema, la desnutrición y proliferación de enfermedades infectocontagiosas; entre otros problemas. Se propuso desarrollar los objetivos del milenio. Creando acciones específicas para cada uno. A continuación en este trabajo se desarrollará con mayor amplitud lo anteriormente planteado. OBJETIVOS Objetivo General Desarrollar información relevante sobre el Ministerio de Salud como autoridad sanitaria. Objetivos Específicos 3
  • 4. • Conocer los antecedentes, la visión y misión. • Determinar la importancia de las funciones del Ministerio de Salud y los programas de salud. • Analizar las políticas, objetivos y líneas de acción. • Comprender la relación del Ministerio de Salud con los objetivos del milenio. Antecedentes La historia de la salud pública panameña ha pasado por diversos grados de evolución. Desde el periodo republicano había el desconocimiento de técnicas científicas para el tratamiento de enfermedades como fiebre amarilla, malaria, difteria; que con la construcción del Canal de Panamá se hicieron más evidentes. 4
  • 5. Para ello, el gobierno nacional por medio de la sección de Higiene Pública y Beneficencia y, la sección de Donaciones del Departamento de Obras Públicas de la Secretaría de Fomento, lo que evidenciaba una deficiente organización en salud preventiva y pública. Durante la construcción del Canal de Panamá, el trabajo del Dr. Williams Gorgas, jefe de los servicios de salud de la Zona del Canal, apoyados por el Dr. Manuel Amador Guerrero, primer presidente de la República de Panamá y médico de profesión, realizaron esfuerzos en el campo de la salud pública con la implementación de normas como la disposición de la basura, abastecimiento de agua potable en las casas, pavimento de las calles, creación de instalaciones de salud con camas, traslado de pacientes enfermos, alcantarillado, fumigación y uso de mosquiteros, vacunación, entre otras. En el año de 1925 se crea el departamento de Higiene y Salud Pública, con énfasis en actividades de saneamiento del suelo. En 1941 se crea el Ministerio de Salud y Obras Públicas, que contaba con tres divisiones: higiene y salud pública, beneficencia y lucha antituberculosa y, beneficencia y fomento. En 1941 se crea también la Caja de Seguro Social, la cual incluye entre su plan de trabajo algunos programas de salud principalmente de tipo curativo y destinados a proteger a la población asegurada. El período comprendido entre los años 1944-1956 se destaca por el mayor relieve que alcanza la Salud Pública dentro del engranaje gubernamental. Se crea el Ministerio de Trabajo, Previsión Social y Salud Pública en 1945, se pone en vigencia la Ley Nº 66 del 10 de noviembre de 1947 o Código Sanitario, a pesar de existir una estructura administrativa y técnica de evolución constante, la organización técnica permanece aún muy centralizada desde el punto de vista tanto ejecutivo como normativo. Sin embargo, se da origen al desarrollo paulatino de una inquietud o aparente aceptación, tanto por parte del Gobierno como de la comunidad, de la importancia de los programas preventivos, aún por encima de los netamente curativos. 5
  • 6. La creación del Ministerio de Salud por medio del Decreto de Gabinete Nº 1 del 15 de enero de 1969 y de su Estatuto Orgánico por medio del Decreto Ejecutivo Nº 75 del 27 de febrero de 1969, el cual determina su estructura y funciones. El hecho más sobresaliente en salud logrado durante el período responde al despertar de las comunidades, las cuales a través del Decreto Nº 401 del 29 de diciembre de 1970, se orientan hacia las comunidades en sus derechos y deberes en salud para participar en forma organizada en la solución de sus propios problemas de salud. Durante las últimas décadas el sistema de salud ha sido criticado por muchos debido al cumplimiento de sus funciones y a la ineficiencia. A pesar de ello, la salud es accesible a casi todas las personas del área urbana y área rural no indígena. Base Legal Constitución Política de Panamá: Capítulo 6. Código Sanitario de la República de Panamá: Ley Nº 66 de 10 de noviembre de 1947, el cual regula en su totalidad los asuntos relacionados con la salubridad e higiene pública, la política sanitaria y la medicina preventiva y curativa. 6
  • 7. Decreto de Gabinete Nº1 del 15 de enero de 1969: Por el cual se crea el Ministerio de Salud, se determina su estructura y funciones. (Gaceta Oficial Nº 16.292 de 4 de febrero de 1969). Decreto Nº 75 del 27 de febrero de 1969: Por medio del cual se establece el Estatuto Orgánico del Ministerio de Salud (Gaceta Oficial Nº 16.437 del 2 de septiembre de 1969). Decreto de Gabinete Nº 401 de 29 de diciembre de 1970: Por el cual se constituyen los Comités de Salud de las comunidades, se definen sus objetivos y se coordina e integrar su labor con las del Ministerio de Salud. Ley No.9 de 20 de junio de 1994, que establece y regula la Carrera Administrativa y el Decreto Ejecutivo No. 222 de 1994, por el cual se reglamenta la Carrera Administrativa. Decreto de Gabinete Nº 129 de 15 de mayo de 1995, por medio del cual se descentralizan las regiones sanitarias de Chiriquí, Bocas del Toro, Coclé, Colón, San Blas, Darién, Veraguas, Los Santos, Herrera, Panamá Oeste, Panamá Este, Región Metropolitana y Región de San Miguelito. Resolución No. 276 de 9 de julio de 1998, Que instituye la Estructura Orgánica del Ministerio de Salud. Resoluciones Nº 334 de 13 de agosto de 1998, se instituye la estructura orgánica de los Sistemas Regionales de Salud y Nº 58 de 1 de enero de 1995, por medio del cual se crean los distritos de salud. Ley No. 38 del 31 de julio de 2000 de la Procuraduría de la Administración, que regula el Procedimiento Administrativo General y dicta disposiciones especiales. Ley 1 de 10 de enero de 2001, sobre Medicamentos y Otros Productos para la Salud Humana. Decreto Ejecutivo N° 178 de 12 de julio de 2001, “Que reglamenta la Ley 1 de 10 de enero de 2001, sobre Medicamentos y Otros Productos para la Salud Humana. 7
  • 8. Resolución Administrativa N° 026-REC./HUM./DAL de 19 de marzo de 2001, “Que adopta el Reglamento Interno del Ministerio de Salud”. Resolución No. 182 de 14 de junio de 2001 que crea el Comité Técnico Interinstitucional. Decreto Ejecutivo Nº 7 del 24 de Febrero de 2005, que crea la Oficina Nacional de Salud Integral para la Población con Discapacidad. Ley No. 4 de 8 de enero de 2007, “Que crea el Programa Nacional de Tamizaje Neonatal y dicta otras disposiciones”. Ley No. 24 de 2 de julio de 2007 que modifica y adiciona artículos a la Ley 9 de 1994, que establece y regula la Carrera Administrativa, y dicta otras disposiciones. Resolución N° 788 de 12 de diciembre de 2007, “Que modifica la Resolución 276 de 9 de julio de 1998, y dicta otras disposiciones”. Ley 41 de 30 de junio de 2009, “Que instituye y regula la carrera de Registros y Estadísticas de Salud”. Resolución No. 632 de 30 de junio de 2009, “Por medio del cual se adopta la Política Nacional de Medicamentos”. Resolución No. 665 de 31 de julio de 2009, “Que modifica la Resolución No. 788 de 12 de diciembre de 2007, y dicta otras disposiciones”, Resolución N° 047 de 1 de febrero de 2010, “Que crea la Sección de Administración de Seguros”. Decreto Ejecutivo No. 41 de 2 de febrero de 2010. “Por el cual se crea el Programa de Acompañamiento Humano y Espiritual del Enfermo”. Resolución No. 203 de 20 de abril de 2010, que crea la Comisión Nacional de Medicamentos de Panamá (CONAMEP), como un organismo técnico, bajo la dependencia del Ministerio de Salud, que la presidirá. Decreto Ejecutivo No. 538 de 11 de mayo de 2010, que crea la Región de Salud de Panamá Norte. 8
  • 9. Decreto Ejecutivo No. 539 de 11 de mayo de 2010, que crea la Región de Salud del Distrito de Arraiján. Resolución No. 428 de 14 de abril de 2011, que crea la Región de Salud de Panamá Norte y la Región de Salud del Distrito de Arraiján en la Estructura Orgánica del Ministerio de Salud”. Resolución No. 429 de 14 de abril de 2011, que crea la Dirección de Administración de Proyectos Especiales y establece sus funciones. Resolución No. 706 de 22 de julio de 2011, que crea la Dirección de Asuntos Sanitarios Indígenas y establece sus funciones. Las Resoluciones y Resueltos internos del Ministro(a) de Salud. Objetivos Del Ministerio De Salud 9
  • 10. Velar por la salud de la población de la República de Panamá, través del desarrollo de actividades de Promoción, Protección, Conservación, Restitución y Rehabilitación de la Salud, entendida ésta como el estado de completo bienestar físico, mental y social de la población. Declaración De Visión 10
  • 11. “CAMBIO EN LA SALUD, UN COMPROMISO DE TODOS” Misión 11
  • 12. Garantizar a toda la población, con enfoque de género, el acceso a la atención integral, a través de servicios públicos de salud, humanizados en todos sus niveles de intervención, basados en la estrategia de atención primaria, y el desarrollo de las funciones de rectoría, gestión y transformación, privilegiando la equidad, la eficiencia y la calidad con calidez durante la atención, asegurando los procesos de transparencia en el uso de los recursos y el desarrollo de las actuaciones en salud con la participación ciudadana, en la construcción de las condiciones necesarias para la producción social de la salud” . Funciones Principales Del Ministerio De Salud 1. Según la Constitución Nacional de la República CAPITULO 6: SALUD, SEGURIDAD SOCIAL Y ASISTENCIA SOCIAL: Artículo 105: Es función esencial del Estado velar por la salud de la población de la República. El individuo, como parte de la comunidad, tiene derecho a la promoción, protección, conservación, restitución y rehabilitación de la salud y la obligación de conservarla, entendida ésta como el completo bienestar físico, mental y social. 12
  • 13. Artículo 106: En materia de salud, corresponde primordialmente al Estado el desarrollo de las siguientes actividades, integrando las funciones de prevención, curación y rehabilitación: a. Desarrollar una política nacional de alimentación y nutrición que asegure un óptimo estado nutricional para toda la población, al promover la disponibilidad, el consumo y el aprovechamiento biológico de los alimentos adecuados. b. Capacitar al individuo y a los grupos sociales, mediante acciones educativas, que difundan el conocimiento de los deberes individuales y colectivos en materia de salud personal y ambiental. c. Proteger la salud de la madre, del niño y del adolescente, garantizando una atención integral durante el proceso de la gestación, lactancia, crecimiento y desarrollo de la niñez y adolescencia. d. Combatir las enfermedades transmisibles mediante el saneamiento ambiental, el desarrollo de la disponibilidad de agua potable y adoptar medidas de inmunización, profilaxis y tratamiento, proporcionadas colectivas e individualmente, a toda la población. e. Crear, de acuerdo con las necesidades de cada región, establecimientos en los cuales se presten servicios de salud integral y suministren medicamentos a toda la población. Estos servicios de salud y medicamentos serán proporcionados gratuitamente a quienes carezcan de recursos económicos. f. Regular y vigilar el cumplimiento de las condiciones de salud y la seguridad que deben reunir los lugares de trabajo, estableciendo una política nacional de medicina e higiene industrial y laboral. Artículo 107: El Estado deberá desarrollar una política nacional de medicamentos que promueva la producción, disponibilidad, accesibilidad, calidad y control de medicamentos para toda la población del país. Artículo 108: Es deber del Estado establecer una política de población que responda a las necesidades del desarrollo social y económico del país. 13
  • 14. Artículo 109: Todo individuo tiene derecho a la seguridad de sus medios económicos de subsistencia en caso de incapacidad para trabajar u obtener trabajo retribuido. Los servicios de seguridad social serán prestados o administrados por entidades autónomas y cubrirán los casos de enfermedad, maternidad, invalidez, subsidios de familia, vejez, viudez, orfandad, paro forzoso, accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y las demás contingencias que puedan ser objeto de previsión y seguridad sociales. La ley proveerá la implantación de tales servicios a medida que las necesidades lo exijan. El Estado creará establecimientos de asistencia y de previsión sociales. Son tareas fundamentales de éstos la rehabilitación económica y social de los sectores dependientes o carentes de recursos y la atención de los mentalmente incapaces, los enfermos crónicos, los inválidos indigentes y de los grupos que no hayan sido incorporados al sistema de seguridad social. Artículo 110: El Estado podrá crear fondos complementarios con el aporte y participación de los trabajadores de las empresas públicas y privadas a fin de mejorar los servicios de seguridad social en materia de jubilaciones. La Ley reglamentará esta materia. Artículo 111: Los sectores gubernamentales de salud, incluyendo sus instituciones autónomas y semiautónomas, intégrense orgánica y funcionalmente. La Ley reglamentará esta materia. Artículo 112: Las comunidades tienen el deber y el derecho de participar en la planificación, ejecución y evaluación de los distintos programas de salud. 2. Según la Ley Número 66 de 10 de noviembre de 1947: a. Estudiar y resolver todo problema nacional de orden político, social o económico que pueda afectar la salud; y, en primer término, dar la orientación y los lineamientos generales de la acción oficial del Gobierno frente a tales problemas. b. Estudiar los problemas referentes a urbanismo; viviendas populares, alimentación nacional y artículos de primera necesidad, incluso medicamentos en 14
  • 15. los aspectos de importación, producción, distribución y consumo; inmigración, colonización, instalaciones industriales, agrícolas y mineras de importancia, y desarrollo de las profesiones encargadas de la defensa de la Salud. c. Proponer los proyectos de legislación relacionados con estos problemas y reglamentar los aprobados. d. Dictaminar, antes de su aprobación, sobre todo tratado, convenio, conferencia, convención o acuerdo internacional, que tenga relación directa o indirecta con la salud pública. e. Aprobar los reglamentos que someta al Director General de Salud Pública, para complementar y hacer efectivas las disposiciones del Código Sanitario. f. Coordinar las labores de los departamentos de su dependencia procurando evitar duplicación de funciones y estableciendo entre ellos cooperación efectiva. g. Suscribir acuerdos y convenios con otros Ministerios e instituciones oficiales o privadas, para coordinar actividades que deban ser realizadas cooperativamente. h. Designar comisiones o asesores para el estudio y solución de problemas de salud de interés nacional. i. Considerar la memoria anual del Departamento Nacional de Salud Pública. j. Presidir el Consejo Técnico de Salud Pública. 3. Según el Decreto de Gabinete Nº 1 de 15 de enero de 1969 que crea el Ministerio de Salud: Artículo 1º: Créase el Ministerio de Salud para la ejecución de las acciones de promoción, protección, reparación y rehabilitación de la salud que por mandato constitucional son responsabilidad del Estado. Como órgano de la función ejecutiva el Ministerio de Salud tendrá a su cargo la determinación y conducción de la política de salud del Gobierno en el País y estará investido de las prerrogativas y facultades que la Constitución y la Ley otorga a los Ministerios de 15
  • 16. Estado, además de las específicas que le confiere al presente Decreto y al Estatuto Orgánico de Salud que deberá complementarlo. Artículo 2º: Corresponderá al Ministerio de Salud el estudio, formulación y ejecución del Plan Nacional de Salud y la supervisión y evaluación de todas las actividades que se realicen en el Sector en concordancia con la planificación de los recursos y mediante la coordinación de los recursos que se destinan al cuidado de la salud, tanto por las Instituciones dependientes del Estado como por las autónomas y semi-autónomas cuya política deberá aumentar con arreglo a las exigencias de una planificación integrada. Asumirá así mismo, la responsabilidad de establecer, mantener y estimular las relaciones que convenga y sea menester con instituciones afines en el plano internacional para una mejor utilización de las posibilidades de orden técnico y financiero que benefician al país y permitan coordinar las actividades de salud de acuerdo con los convenios contraídos y los que convenga concertar en el futuro. 4. Funciones según el Decreto de Gabinete Nº 75 del 27 de febrero de 1969, por el cual se establece el Estatuto Orgánico el Ministerio de Salud, según el Artículo 10: a. Propender a la integración progresiva de las acciones de salud en el sector salud a fin de alcanzar un rendimiento más alto de los recursos. Para estos efectos deberán ejercitar, a través de sus organismos técnicos una vigilancia permanente sobre la estructura vigente para confirmar su idoneidad en relación a las exigencias que deriven del desarrollo del Plan Nacional de Salud, sobre los servicios locales y su rendimiento en términos de costo, capacidad para atender la demanda y cobertura y sobre la metodología operacional de todas las entidades del sector salud tendiente a crear métodos de administración de los planes de salud uniformes y eficientes; mantener actualizada la legislación que regula las actividades del sector salud tendiente a crear métodos de administración de los planes de salud uniformes y eficientes. 16
  • 17. b. Mantener actualizada la legislación que regula las actividades del Sector Salud y las relaciones inter e intra institucionales, los reglamentos y normas para el funcionamiento de los servicios técnico-administrativos y los manuales de operación que deben orientar la ejecución de los programas en el plano nacional bajo patrones de funcionamiento de eficiencia comprobada. c. Ejercer el control de actividades de salud del sector privado, fijando las normas de habilitación y funcionamiento de clínicas, instituto y servicios médico- asistenciales; las correspondientes a la autorización y ejercicio de las profesiones médicas y para médicas, el control de la producción, importación, expendio, publicidad y precios de drogas, productos farmacéuticos, medicamentos y cosméticos y la autorización, supervisión control sanitario de los establecimientos que elaboran, importan, expenden o distribuyen alimentos. d. Promover las actividades de docencia e investigación, manteniendo vínculos permanentes con las universidades nacionales y extranjeras y particularmente con las Facultades de Medicina, a fin de coordinar en forma eficaz los recursos del sector salud de acuerdo con los recursos del Sector Salud y obtener un mejor aprovechamiento de las facilidades que pueda brindar las instituciones del sector para el desarrollo de los planes de enseñanza e investigación de todos los campos de la salud. e. Establecer y/o mejorar las relaciones con organismos afines en el plano internacional, orientando la política institucional del sector salud de acuerdo con los principios que sustenta el Gobierno acerca de los problemas de salud de carácter nacional. f. Propiciar, estimular y organizar la realización de congresos, cursos de adiestramiento y seminarios; que contribuyan a mejorar los cuadros técnicos, intercambiar experiencia, coordinar programas de desarrollo de la enseñanza y divulgación de los países de América y en particular la solución de problemas comunes. Corresponderá a la Dirección General de Salud, por medio de la Oficina de Información Internacional, proporcionar las facilidades consiguientes a los representantes y/o delegados oficiales de instituciones del Ministerio, a la vez que 17
  • 18. calificar su idoneidad profesional y demás requisitos personales que aseguren una representación digna para el país. El delegado oficial deberá informar por escrito sobre su OBJETIVO en un plazo no mayor de quince (15) días después de concluida la misma. g. Celebrar convenios, contratos y acuerdos con instituciones o entidades nacionales o internacionales sobre materias relativas a la ejecución de los programas por prestaciones médico-asistenciales, utilización de la capacidad instalada, dotación de equipos de servicios; construcciones y recomendaciones de establecimientos y, en general, todas las acciones de coordinación y/o integración que involucren la utilización de bienes o recursos de organismos del sector salud que cuenten con patrimonio propio. Lo contratos, convenios y acuerdos que impliquen la utilización de recursos del sector, serán consultados previamente con la Comisión Nacional de Planificación de la Salud, la que deberá emitir su opinión técnica fundada sobre los mismos. Lo correspondiente a prestaciones de carácter médico-asistencial requerirán además, aprobación del Consejo Técnico de Salud y la información actualizada de costos y gastos que deberá proporcionar la Dirección General de Salud. Los que expresen relación con entidades, organismos y/o instituciones extranjeras, requerirán de consulta con el Ministerio de Relaciones Exteriores. h. Administrar los programas de salud, por medio de las autoridades de los correspondientes niveles, delegando las facultades que sean menester para alcanzar los siguientes objetivos: • Cumplir las metas establecidas en el Plan Nacional de Salud. • Supervisar la ejecución de las acciones para que las mismas se cumplan de acuerdo con técnicas eficientes y de alto rendimiento y • Propender al desarrollo progresivo de los servicios en todas las áreas y, en especial, en aquellas donde la capacidad instalada es deficitaria y se requiere ampliar la cobertura penetrando en el sector rural. 18
  • 19. i. Establecer una política de administración de personal que permita seleccionar a los funcionarios por su aptitud y competencia, que asegure el derecho al ascenso por mérito y la estabilidad en el cargo mediante un régimen permanente de evaluación del rendimiento y estímulo al funcionario. Organización Del Ministerio De Salud La creación del Ministerio de Salud por medio del Decreto de Gabinete Nº 1 del 15 de enero de 1969 y de su Estatuto Orgánico por medio del Decreto Ejecutivo Nº 75 del 27 de febrero de 1969, reviste a las regiones y a las áreas médico- sanitarias, de todas las facultades descentralizadas que permitan la agilización de los programas dentro de las instituciones de salud de los núcleos poblados, en base a un sistema satélite de organización, en el cual, las instituciones de menor jerarquía funcionan alrededor de las instituciones más complejas o centros médicos urbanos, sedes de las áreas médico-sanitarias u hospitales generales. Los niveles de organización se describen a continuación: NIVEL POLITICO Y DIRECTIVO Despacho del Presidente de la República 19
  • 20. Despacho Superior Despacho del Viceministro (a) NIVEL COORDINADOR Secretaría General Consejo Nacional de Hospitales Comisión Nacional de Recursos Humanos del Sector Salud Comisión Nacional de Registro Nacional de Oferentes Consejo Técnico de Salud Pública Comisión Docente Nacional Comité de Becas y Licencias por Estudios Comité Técnico Interinstitucional Comisión Nacional de Medicamentos de Panamá NIVEL ASESOR Oficina de Asesoría Legal Oficina de Relaciones Públicas Oficina de Asuntos Internacionales y Cooperación Técnica Oficina de Organización y Desarrollo Institucional Oficina Nacional de Salud Integral para la Población con Discapacidad NIVEL FISCALIZADOR Oficina de Auditoría Interna NIVEL DE APOYO Dirección de Administración Sub Dirección 20
  • 21. Departamento de Compras y Proveeduría Sección de Compras de Medicamentos y Otros Insumos Médicos Sección de Compras de Materiales y Suministros Sección de Recepción de Servicios Almacén General Departamento de Servicios Administrativos Sección de Seguridad Sección de Transporte Sección de Talleres y Mantenimiento Sección de Administración de Documentos y Archivos Sección de Servicios Generales Unidades Móviles Acuáticas de Salud Imprenta Dirección de Finanzas Sub-Dirección Departamento de Contabilidad Departamento Tesorería Departamento de Costos de Atención Sanitaria Departamento de Administración Presupuestaria Unidad de Bienes Patrimoniales Dirección de Recursos Humanos Sub-Dirección Departamento de Planificación e Investigación de Recursos Humanos 21
  • 22. Departamento de Reclutamiento, Selección y Evaluación del Desempeño Departamento de Clasificación y Retribución de Puestos Departamento de Bienestar del Servidor Público y Relaciones Laborales Departamento de Formación y Capacitación de Recursos Humanos en Salud Departamento de Registro y Control de Recursos Humanos Dirección de Infraestructura de Salud Sub-Dirección Departamento de Arquitectura Departamento de Inspecciones Departamento de Ingeniería y Mantenimiento de Infraestructura Sección de Saneamiento Juzgado Ejecutor Oficina de Informática NIVEL TÉCNICO Dirección de Planificación de Salud de Salud Departamento de Planificación de Salud Poblacional Departamento de Planificación de Salud Ambiental Departamento de Registros y Estadísticas de Salud Departamento de Análisis de Situación y Tendencias de Salud Departamento de Formulación y Evaluación de Presupuesto y Proyectos de Inversión Dirección del Sub-Sector de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario 22
  • 23. Departamento de Calidad de Agua Potable y Agua Residual Departamento de Obras de Agua Potable y Sanitarias Sección de Pozos, Acueductos y Obras Sanitarias Dirección de Administración de Proyectos Especiales NIVEL OPERATIVO EJECUTIVO Dirección General de Salud Pública Secretaría del Consejo Técnico de Salud Departamento de Epidemiología Sección de Vigilancia Epidemiológica de las Enfermedades Transmisibles y No Transmisibles Sección de Estadísticas de Vigilancia Sub-Dirección General de Salud de la Población Departamento de Salud y Atención Integral a la Población Sección del Programa de Salud Integral de Niñez y Adolescencia Sección del Programa Nacional de Tamizaje Neonatal Sección del Programa Salud de Adulto Sección del Programa Salud Adulto Mayor Sección del Programa Salud Ocupacional Sección del Programa Salud Sexual y Reproductiva Sección del Programa Salud Mental Sección del Programa ITS/VIH/SIDA Sección del Programa de Sangre Sección del Programa de Cuidados Paliativos 23
  • 24. Sección del Programa de Salud Penitenciaria Sección del Programa de Control de la Tuberculosis Departamento de Salud Radiológica Departamento de Salud Bucal Departamento de Gestión de Laboratorio Clínico Departamento de Enfermería Departamento de Regulación y Vigilancia de las Tecnologías Médicas Sección de Vigilancia de Dispositivos Médicos Departamento de Instalación y Servicios de Salud a la Población Sección de Hospitales y Servicios Hospitalarios Sección de Instalaciones y Servicios de Salud de la Red Primaria de Atención Sub Dirección General de Salud Ambiental Unidad Ambiental Sectorial Departamento de Protección de Alimentos Sección de Análisis y Registro Sanitario de Alimentos Sección de Inspección Nacional de Plantas Departamento de Control de Vectores Sección de Control de Roedores y Otras Plagas Sección de Control de la Malaria y sus Vectores Sección de Control de Aedes y Otros Vectores Departamento de Control de Zoonosis Departamento de Saneamiento Ambiental Sección de Desechos Peligrosos y Sustancias Químicas 24
  • 25. Sección de Saneamiento Ambiental y Residuos No Peligrosos Sección de Obras de Desarrollo Dirección de Promoción de la Salud Departamento de Técnicas para la Promoción de la Salud Sección de Participación Social Sección de Educación para la Salud Sección de Comunicación para la Salud Departamento de Conducta Humana y Salud Sección de Salud Sexual y Reproductiva Sección de Salud Mental y Familiar Sección de Mujer, Género, Salud y Desarrollo Dirección de Provisión de Servicios de Salud Departamento de Organización y Desarrollo para la Provisión de los Servicios de Salud Departamento de Desarrollo de Modelos de Gestión para la Provisión de los Servicios de Salud Departamento de Monitoreo y Evaluación de la Provisión de Servicios de Salud Sección del Programa de Acompañamiento Humano y Espiritualidad del Enfermo Departamento de Gestión Farmacéutica Departamento de Trabajo Social Departamento de Salud Nutricional Departamento de Salud en Situaciones de Contingencia Departamento para la Provisión de Suministros Sanitarios 25
  • 26. Sección de Suministros Médico-Quirúrgicos y Medicamentos Almacén Nacional de Insumos Sanitarios Departamento de Equipos de Biomédica Dirección Nacional de Farmacia y Drogas Sub-Dirección Departamento de Farmacoterapia Departamento de Farmacovigilancia Centro Nacional de Farmacovigilancia Sección de Control de Calidad Departamento de Registros Sanitarios de Medicamentos y Otros Productos para la Salud Humana Sección de Bioequivalencia Sección de Modificación de Registros Sanitarios Sección de Evaluación de Medicamentos, Cosméticos y Productos Similares Departamento de Auditorias de Calidad de Establecimientos Farmacéuticos y No Farmacéuticos Sección de Auditorias de Calidad a Establecimientos Farmacéuticos Sección de Inspecciones a Establecimientos Farmacéuticos y No Farmacéuticos Sección de Licencias de Operación a Establecimientos Farmacéuticos y No Farmacéuticos Sección de Sustancias Sujetas a Control Dirección de Asuntos Sanitarios Indígenas Departamento de Desarrollo en Salud para la Población Indígena Departamento de Investigación de los Pueblos Indígenas 26
  • 27. Departamento de Medicina Tradicional NIVEL EJECUTOR Regiones de Salud Políticas, Objetivos, Estrategias y Líneas de Acción El Ministerio de Salud como ente rector, orienta a las instituciones del sector y moviliza a los grupos sociales para apoyar las Políticas y Objetivos Estratégicos de Salud, dirigiendo todo el espectro de competencias y acciones necesarias para mejorar la salud y calidad de vida de la población. Una Política de Salud es una declaración o directriz oficial dentro de la institución, que concede prioridad o que reconoce la importancia de los objetivos de salud, comprendiendo los servicios de salud y los sectores fuera del ámbito sanitario que afectan a la salud. En ese sentido, la planificación de la salud pública requiere de políticas bien formuladas para transformar las decisiones en planes, programas y proyectos. Desde esta perspectiva, el Ministerio de Salud a través de la Dirección de Planificación ha realizado un análisis del sector salud considerando la realidad existente y algunas situaciones que se puedan dar en el futuro para determinar las posibles estrategias de abordaje para su solución. Las Políticas y Lineamientos Estratégicos de Salud para el período 2010-2015 surgieron luego de analizar gran parte de las opciones para enfrentar los principales problemas de salud identificados, estableciendo un orden de prioridad entre las alternativas examinadas. El Ministerio de Salud ha formulado nueve Políticas de Salud para el período 2010-2015, las cuales se agruparon con fines de comunicación social y 27
  • 28. operativización de sus objetivos estratégicos y líneas de acción, en tres (3) grandes ejes que son Eje I: Protegiendo a la población mediante la regulación y conducción del sistema de salud. Eje II: Mejorando la calidad y el acceso de la población a los servicios de salud. Eje III: Promoviendo la salud con la participación social. Por otro lado, estos tres grandes ejes responden a los siguientes macroobjetivos que son: 1. Fortalecer la regulación y conducción del Sistema de Salud para la protección de la salud de la población 2. Mejorar la calidad y el acceso a los servicios de salud 3. Promover la salud con participación social Políticas Política 1: Regular todas las acciones relacionadas con la salud integral de la población y del ambiente, mediante la formulación, sistematización, modificación y vigilancia del cumplimiento de los instrumentos jurídicos sanitarios, en el ámbito nacional. Política 2: Ejercer el liderazgo sectorial en salud. Política 3: Mejorar el acceso a los servicios integrales de salud con equidad, eficiencia, eficacia y calidad. Política 4: Promover la salud con participación social considerando el enfoque de género, intercultural multidisciplinario, interinstitucional, principios de transparencia y rendición de cuentas. 28
  • 29. Política 5: Fortalecer la vigilancia de los factores determinantes de la salud para el control de los riesgos, amenazas y daños a la población. Política 6: Fortalecer el desarrollo de capacidades de los recursos humanos sectoriales en salud. Política 7: Fortalecer la capacidad institucional de investigación y desarrollo tecnológico en salud. Política 8: Modular y vigilar los recursos financieros sectoriales en salud. Política 9: Modernizar la red pública de servicios de salud. Ejes, políticas, objetivos y líneas de acción Eje I: PROTEGIENDO A LA POBLACIÓN MEDIANTE LA REGULACIÓN Y CONDUCCIÓN DEL SISTEMA DE SALUD POLÍTICA 1: Regular todas las acciones relacionadas con la salud integral de la población y del ambiente, mediante la formulación, sistematización, modificación y vigilancia del cumplimiento de los instrumentos jurídicos sanitarios, en el ámbito nacional. Objetivos: A. Fortalecer la formulación, sistematización, y vigilancia del cumplimiento del marco regulatorio nacional, dirigido a mejorar la salud de la población y del ambiente. Líneas de acción: • Revisión y actualización del marco legal para el mantenimiento de la salud poblacional y del ambiente. 29
  • 30. • Creación del Sistema de Vigilancia para el cumplimiento del marco legal. • Formación de un cuerpo legal profesional. • Coordinación efectiva entre la autoridad sanitaria y las autoridades ambientales. B. Armonizar la normativa nacional con la internacional en materia de salud de la población y del ambiente. Líneas de acción: • Revisión de normas y procedimientos de interés sanitario, vinculados al ámbito internacional. • Desarrollo del Plan del Reglamento Sanitario Internacional. C. Desarrollar mecanismos de acción conjuntas con la superintendencia de seguros para la vigilancia del aseguramiento de la cobertura de prestaciones de servicios de salud o planes específicos para la población. Líneas de acción: • Identificación de los diversos proveedores a nivel nacional con planes de cobertura de servicios de salud a la población tanto público como privado. • Definición y consenso de estándares de prestación de servicios de salud a nivel nacional. • Formulación, divulgación y vigilancia de las normas en relación a los planes de servicios de salud, así como mecanismos de afiliación a los seguros y los contenidos de las pólizas de los seguros de salud. • Vigilancia del cumplimiento de los planes de cobertura otorgadas a la población por entidades públicas y privadas. 30
  • 31. • Realización de encuestas periódicas de satisfacción como parte de los mecanismos de evaluación de los aseguradores y prestadores de servicios. • Evaluación de los modelos de atención en salud, públicos y privados, focalizando a grupos de población específicos, buscando puntos convergentes de beneficio y satisfacción del usuario. POLÍTICA 2: Ejercer el liderazgo sectorial en salud. Objetivos: A. Fortalecer la capacidad del MINSA en la planificación y gestión del sistema sanitario. Línea de acción: • Desarrollo, seguimiento y evaluación de las políticas de salud expresadas en planes, programas y proyectos. • Fortalecer el sistema de información de salud nacional en forma integral. • Línea de acción: • Desarrollo de un sistema integrado de información en salud. • Coordinación de los subsistemas de información existentes intra y extra- institucional públicos y privados. B. Coordinar con todos los actores del sector nacional la elaboración, implementación y evaluación del Plan Nacional de Salud. Línea de acción: 31
  • 32. • Consenso nacional de un modelo de atención integral que incluya a toda la población con énfasis en los distintos sectores vulnerables con enfoque intercultural. • Fortalecimiento de los sistemas de monitoreo y evaluación de los programas, planes y proyectos. • Planificación conjunta con prestadores de servicios de salud. • Implementación del Plan Nacional de Salud con participación de los diferentes sectores involucrados. C. Armonizar y coordinar la cooperación internacional técnica y financiera con las políticas, planes de desarrollo y objetivos sanitarios nacionales. Líneas de acción: • Capacitación a técnicos nacionales para formular proyectos y negociar con la cooperación internacional proyectos de desarrollo sanitarios. • Participación, coordinación, implementación, dirección y supervisión de acuerdos y compromisos de cooperación internacional. • Participación en convenios con los organismos internacionales, regionales y subregionales. D. Fortalecer la gestión en la salud, higiene y seguridad de los trabajadores, condiciones y ambientes de trabajo a nivel nacional. Línea de acción: • Coordinación, dirección y supervisión de un modelo de vigilancia de la salud de los trabajadores. • Educación continua del equipo de salud 32
  • 33. • Coordinación inter e intrainstitucional para el acceso oportuno de los trabajadores a los servicios médicos integrales con calidad • Reubicación, readaptación y reeducación laboral. POLÍTICA 6: Fortalecer el desarrollo de capacidades de los recursos humanos sectoriales en salud. A. Identificar y adecuar los perfiles del recurso humano a las necesidades de los servicios de salud en el país. Líneas de acción: • Elaboración del diagnóstico de recurso humano de salud • Desarrollo de un programa de relevo generacional de los profesionales de la salud. B. Establecer programas de formación ética, técnica y administrativa, con enfoque intercultural, de género, derechos humanos. Líneas de acción: • Evaluación de las necesidades de formación del recurso humano que presta servicios en el sistema sanitario. C. Coordinar con instituciones, universidades, sociedades científicas el desarrollo de recursos humanos para el sector salud a nivel nacional e internacional. Líneas de acción: • Desarrollo de programas de educación y formación continua a los profesionales de salud en materia de salud pública. 33
  • 34. • Revisión de la oferta académica de las universidades y sociedades científicas para el sector salud. D. Evaluar el desempeño del personal de salud. Líneas de acción: • Definición de criterios e indicadores para la evaluación del desempeño. • Establecimiento de un programa de incentivos. E. Generar condiciones organizacionales para el desarrollo de un ambiente laboral adecuado. Líneas de acción: • Aplicación de Encuestas de satisfacción del entorno organizacional del personal de salud. • Sensibilización a los tomadores de decisiones sobre los efectos negativos de las condiciones precarias de trabajo en los trabajadores de la salud. • Elaboración y aplicación del Plan para Mejorar el Ambiente Laboral. POLÍTICA 7: Fortalecer la capacidad institucional de investigación y desarrollo tecnológico en salud. Objetivos: A. Articular los sectores público y privado a través de programas de desarrollo de capacidades institucionales. Líneas de acción: • Desarrollo de programas y convenios para el desarrollo de capacidades institucionales. 34
  • 35. B. Generar nuevos espectros de estudios de investigación de acuerdo a las prioridades identificadas y consensuadas por los sectores involucrados, en el campo de tecnología en salud a nivel nacional con vinculación de los estándares a nivel internacional. Línea de acción: • Identificación de nuevos espectros de investigación de acuerdo a las prioridades del sector. C. Evaluar e integrar los resultados de la investigación y el desarrollo tecnológico en salud para el mejoramiento de la calidad de vida de la población y su ambiente. Línea de acción: • Análisis de los resultados de investigación y desarrollo tecnológico en salud. D. Promover alianzas estratégicas entre los elementos que conforman el sistema nacional e internacional de investigación y tecnología de innovación. Línea de acción: • Establecimiento de alianzas multisectoriales para la promoción de la investigación y tecnología de innovación. E. Incentivar a los profesionales que se dedican a la investigación en salud, priorizando en aquellos nuevos investigadores que cuentan como única alternativa el apoyo institucional. 35
  • 36. Línea de acción: • Asesoría y apoyo técnico a la investigación en las instancias subnacionales de salud pública. F. Promover una cultura de investigación en salud. Línea de acción: • Formación de investigadores en salud • Coordinación con las instituciones académicas, sociedades científicas, empresa privada, filántropos y fundaciones para el fomento de investigación en salud. • Establecimiento de modelos de trabajo con tecnología para el intercambio de conocimientos, actividades y proyectos con estándares que dictaminen las mejores prácticas de intercambio electrónico de información. • Identificación de fuentes de financiamiento para el desarrollo de la tecnología e innovación en salud. POLÍTICA 8: Modular y vigilar los recursos financieros sectoriales en salud. Objetivos: A. Desarrollar instrumentos para la vigilancia y modulación financiera sectorial. Líneas de acción: • Coordinación para la formulación y ejecución presupuestaria a nivel sectorial nacional. • Realización de estudios para la distribución del gasto e inversión total según patrones de utilización de los servicios en salud y carga de enfermedad. 36
  • 37. • Homologación y Sistematización de los indicadores socioeconómicos y sus fuentes, para seguimiento y comparación nacional e internacional. • Desarrollo de mecanismos de asignación equitativa de fondos entre los distintos niveles de atención, de acuerdo a las prioridades y grados de complejidad de las instalaciones de salud a nivel nacional, incluyendo las acciones de salud pública. • Coordinación y movilización de recursos financieros del sector salud e involucrados. • Desarrollo de un sistema de costo único que permita conocer sistemáticamente los gastos en Salud. • Desarrollar iniciativas para incorporar recursos externos nacionales e internacionales al sector salud. B. Desarrollar iniciativas para incorporar recursos externos nacionales e internacionales al sector salud Líneas de acción: • Coordinación y movilización de recursos financieros nacionales e internacionales. • Conformación de unidades técnicas especializadas para la gestión de fondos externos. Eje II: MEJORANDO LA CALIDAD Y EL ACCESO DE LA POBLACIÓN A LOS SERVICIOS DE SALUD. POLÍTICA 3: Mejorar el acceso a los servicios integrales de salud con equidad, eficiencia, eficacia y calidad. Objetivos: 37
  • 38. A. Mejorar el acceso geográfico, socio-económico, cultural y de género de la población a los servicios de salud con enfoque integral y multisectorial. Líneas de acción: • Elaboración de informes anuales del análisis de situación de salud a nivel local, regional y nacional con la inclusión del acceso y cobertura de los servicios de salud. • Utilización de Guías Metodológicas para el Análisis de Situación y Tendencias de Salud. • Implementación en las Regiones de Salud del plan de salud bucal con la estrategia de comunidades libres de caries, para poblaciones vulnerables focalizados en el menor de 5 años, embarazadas, discapacitados, binomio madre -hijo, en áreas rurales e indígenas. • Implementación del Plan Nacional del Control de Enfermedades Crónicas y el Cáncer y del Programa Nacional de Cuidado Paliativo. • Implementación del Plan Nacional de Salud Visual • Actualización e implementación del Plan Nacional de Salud Mental • Fortalecimiento del Plan Nacional para el control de las Enfermedades Transmisibles. • Fortalecimiento del Modelo de Atención Primaria, individual, familiar, comunitaria y ambiental. • Atención integral a los privados de libertad. • Coordinación Intersectorial para la mejora del acceso geográfico de los servicios integrales de salud. • Conducir las acciones dirigidas a aumentar el acceso de los grupos vulnerables a todas las intervenciones en salud pública para mejorar las 38
  • 39. condiciones de salud integral a nivel nacional. (Objetivo Estratégico transitorio por ODM). • Implementación del modelo comunitario de atención y educación de salud nutricional focalizado en la población menor de 5 años, embarazadas y tercera edad, especialmente en las áreas rurales con población indígena y no indígena y en las áreas urbano-marginales a nivel nacional. • Fortalecimiento de las intervenciones de salud en los grupos priorizados para disminuir las muertes por causas prevenibles. • Incorporación de elementos étnico-culturales y de género en los planes y programas. • Implementación de los planes para mejorar la salud infantil focalizada en los menores de 5 años con enfoque intercultural, priorizando en las áreas rurales, comarcas indígenas y otros grupos. • Implementación de planes de salud materna focalizada a grupos de riesgo, con enfoque intercultural en áreas rurales y comarcas indígenas. • Incremento de la atención profesional del parto. • Establecimiento de alianzas entre los programas nacionales para el abordaje de las enfermedades transmisibles, con enfoque intercultural en las comarcas indígenas. • Implementación de los planes estratégicos para la prevención y control de VIH-sida, malaria y tuberculosis y de enfermedades emergentes y re- emergentes. B. Mejorar la calidad de los servicios de salud. Líneas de acción: 39
  • 40. • Formulación del Plan Nacional de Calidad, que contemple el mejoramiento de la calidad y la seguridad de la atención sanitaria. • Elaboración y aplicación de normas, protocolos, guías de calidad en las instalaciones y servicios de salud. • Elaboración de estándares de habilitación y acreditación de las instalaciones de salud. • Fortalecimiento de la capacidad de gestión para el mejoramiento de la calidad de los servicios de salud. • Aplicación de instrumentos de medición de la calidad de la prestación de los servicios de salud como las auditorias de expedientes, encuestas de satisfacción de usuario, entre otros. C. Reducir la vulnerabilidad ante los desastres naturales, las emergencias antrópicas 98 MINSA Política Nacional de Salud 2010 -2015 y los efectos del cambio climático, con planificación, prevención, mitigación, preparación, respuesta y rehabilitación temprana para reducir el impacto de los efectos adversos sobre la salud pública, promoviendo la colaboración interinstitucional a nivel nacional. Líneas de acción: • Elaboración de planes de contingencia en las instalaciones de salud, de acuerdo a los factores de riesgos identificados, a nivel local, regional y nacional. • Implementación del Programa de Hospitales Seguros, para fortalecer la respuesta funcional en caso de desastres naturales. • Aplicación del índice de Hospitales Seguros al 100% de los hospitales a nivel nacional. 40
  • 41. • Elaboración e implementación de las guías nacionales de Instalaciones Seguras. Política 5: Fortalecer la vigilancia de los factores determinantes de la salud para el control de los riesgos, amenazas y daños a la población. Objetivos: A. Evaluar los factores determinantes de la salud para actualizar la situación y las tendencias de la misma en el país, con enfoque geográfico, socio- económico, cultural, epidemiológico, de género, aspecto comunitario y ambiental, coordinando interinstitucionalmente con instituciones gubernamentales y no gubernamentales. Líneas de acción: • Desarrollo de informes periódicos de análisis de situación y tendencias de los factores determinantes de la salud. • Actualización e implementación del Plan de Salud Ambiental. B. Fortalecer la capacidad de vigilancia a nivel local para generar respuestas rápidas, dirigidas a la prevención y control de problemas o riesgos específicos de la salud de la población y del ambiente. Línea de acción: • Fortalecimiento de sistema de vigilancia epidemiológica para identificar las amenazas a la salud pública. C. Desarrollar la capacidad institucional para investigar y vigilar los brotes epidémicos y los modelos de presentación de enfermedades transmisibles y no transmisibles, factores de comportamiento, accidentes y exposición a 41
  • 42. agentes tóxicos, biológicos y ambientales perjudiciales para la salud, con la vinculación a redes nacionales e internacionales. Línea de acción: • Desarrollo de competencias y conocimientos sobre epidemiología. • Gestión integral de los desechos sólidos peligrosos y no peligrosos a nivel nacional. • Disminución de índices de infestación por el mosquito Aedes Aegypti. • Implementación de los planes para el control de la Influenza. • Fortalecimiento del Programa Ampliado de Inmunizaciones. D. Identificar y priorizar los problemas de salud pública que afectan mayormente a la población según niveles de atención. Línea de acción: • Asesoría y apoyo técnico a los niveles regionales y locales del nivel nacional e internacional. E. Establecer mecanismos de coordinación efectiva para el intercambio de información oportuna sobre indicadores de salud pública y sus determinantes a nivel nacional, según niveles de atención y entre sectores público y privado. Línea de acción: • Evaluación de los procesos para la recolección de la información. 42
  • 43. F. Participar de las redes internacionales que fomenten el fortalecimiento del sistema de información nacional de salud pública. Línea de acción: • Desarrollo de un subsistema de información de vigilancia de la salud uniforme, sostenible, amigable y transparente que permita la articulación de la información con el Sistema Nacional de Información de Salud. Política 9: Modernizar la red pública de servicios de salud. Objetivos: A. Redefinir los niveles de atención y grados de complejidad de las instalaciones que conforman la red de servicios públicos de salud. Líneas de acción: • Actualización de los niveles de atención y grados de complejidad de las instalaciones que conforman la red de servicios de salud. • Evaluación y adecuación de los mecanismos de referencia y contra- referencia existentes, con la articulación a los sistemas de información e innovación tecnológica. B. Reestructurar la red pública de servicios de salud con innovación tecnológica. Línea de acción: • Creación de nuevas instalaciones con innovación tecnológica denominadas MINSA-CAPSi. • Construcción y equipamiento de hospitales de diferentes niveles de complejidad. 43
  • 44. • Convenio con Universidad de Panamá para la implementación del Hospital de Panamá Este como Hospital Escuela. • Construcción de otras infraestructuras de salud de acuerdo a la necesidad de servicios demandada. • Readecuación y mejoramiento de instalaciones de salud. • Dotación de ambulancias a las instalaciones a nivel nacional. • Redefinición del sistema logístico de medicamentos para dotación efectiva a las instalaciones a nivel nacional. • Automatización e informatización de expedientes médicos a nivel nacional en instalaciones y hospitales. Eje III: PROMOVIENDO LA SALUD CON LA PARTICIPACIÓN SOCIAL. Política 4: Promover la salud con participación social considerando el enfoque de género, intercultural, multidisciplinario, interinstitucional, principios de transparencia y rendición de cuentas. Objetivos: A. Fomentar la Educación en salud Línea de acción: • Construcción de alianzas intra y extra sectoriales para la promoción de la salud. • Promoción de la corresponsabilidad en salud de la población en los programas y proyectos a nivel nacional. • Construcción de redes sociales de acción. 44
  • 45. • Desarrollo de acciones educativas con participación de la población sobre temas de salud promoviendo su empoderamiento activo. • Planificación de las acciones educativas basadas en el perfil epidemiológico de las Comunidades. • Elaboración de material educativo que contribuya a la promoción y el autocuidado de la salud. • Capacitación a las comunidades y personas sobre los riesgos ambientales, promoción de los estilos de vida saludables y autocuidado para el cumplimiento de las políticas de salud existentes. • Adecuación de normas y metodología de las técnicas educativas, según temas y población beneficiaria. B. Divulgar a la población las políticas, planes, programas y proyectos. Líneas de acción: • Divulgación sistemática de información a la población sobre las políticas, planes, programas y proyectos en salud. • Fortalecimiento de la participación de la población en el monitoreo y evaluación de políticas, planes, programas y proyectos. • Rendición de cuentas de la institución a la sociedad, de acuerdo a la normativa nacional existente para todos los procesos de gestión de salud pública. • Implementación de programas de seguimiento y monitoreo a las acciones realizadas para asegurar el empoderamiento de las comunidades organizadas. 45
  • 46. C. Divulgar los derechos y deberes de los usuarios del sistema sanitario nacional. Línea de acción: • Desarrollo de acciones educativas y de comunicación social dirigidas a promover los derechos y deberes de los usuarios del sistema sanitario. • Fomento de la corresponsabilidad de la población en el mejoramiento de la salud a nivel individual, familiar y comunitario. • Diseño de campañas publicitarias y plan de medios de comunicación masiva para el desarrollo de acciones de prevención y control de las enfermedades de mayor prevalencia en el país, considerando la interculturalidad. D. Fortalecer modelos de atención integral con participación comunitaria que incorporen de manera efectiva la promoción y prevención de la salud priorizando el enfoque de riesgo. Línea de acción: • Evaluación de los procesos de promoción y prevención de la salud en los modelos de atención integral. E. Facilitar el empoderamiento de la comunidad organizada en las decisiones y acciones relativas a los programas de salud integrales de la población. Línea de acción: • Elaboración de normas e intervenciones dirigidas a favorecer la participación de la comunidad organizada en las decisiones y acciones relativas a los programas de salud integrales de la población y del ambiente. 46
  • 47. • Construcción de herramientas que contribuyan con el autocuidado de la salud, para mejorar el estado de salud de la población. F. Fomentar los procesos de rendición de cuentas de la institución a la sociedad, de acuerdo a la normativa nacional existente para todos los procesos de gestión de salud pública. Líneas de acción: • Evaluación de los procesos de rendición de cuentas de la institución a la sociedad. 47
  • 48. Programas de Salud Un programa de salud es un conjunto de acciones implementadas por un gobierno con el objetivo de mejorar las condiciones sanitarias de la población. De esta forma, las autoridades promueven campañas de prevención y garantizan el acceso democrático y masivo a los centros de atención. El MINSA con el fin de mejorar la salud de la población desarrollo los siguientes programas: Programas Nombre del programa Programa asociado a Programa Ampliado de Inmunización Programa de Control de la Tuberculosis Dirección General de Salud Pública Programa de Cuidados Paliativos Dirección General de Salud Pública Programa de Mejoramiento de la Equidad y Fortalecimiento de los Servicios de Salud Programa de Protección Social – Apoyo a la Red de Oportunidades 48
  • 49. Nombre del programa Programa asociado a Programa de Salud Bucal Dirección General de Salud Pública Programa de Salud Integral de Niñez y Adolescencia Dirección General de Salud Pública Programa de Salud Penitenciaria Dirección General de Salud Pública Programa Iniciativa Salud Mesoamérica Programa ITS/VIH/SIDA Dirección General de Salud Pública Programa Nacional de Sangre Dirección General de Salud Pública Programa Nacional de Tamizaje Neonatal Dirección General de Salud Pública Programa Salud Adulto Mayor Dirección General de Salud Pública Programa Salud de Adulto Dirección General de Salud Pública Programa Salud Mental Dirección General de Salud Pública Programa Salud Nutricional Dirección de Provisión de Servicios de Salud Programa Salud Ocupacional Dirección General de Salud Pública Programa Salud Sexual y Reproductiva Dirección General de Salud Pública 49
  • 50. Ministerio de Salud en Relación con los Objetivos del Milenio En ese sentido, consideramos relevante destacar el siguiente cuadro comparativo (Cuadro N°2), entre las metas de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) y las metas de la Concertación Nacional para el Desarrollo (CND), de cada uno de los objetivos del milenio relacionado directamente con salud. Los resultados del análisis de la situación de nuestro sistema sanitario orientaron la priorización de los objetivos estratégicos y líneas de acción estratégicas de las Políticas de Salud 2010-2015 en base al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Comparación entre las metas de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y las metas de la Concertación Nacional para el Desarrollo. Cuadro N°2 comparación entre las metas de los ODM y las metas de la CND Metas de los ODM Metas de la CND Objetivo 1 Erradicar la pobreza extrema y el hambre Meta 1C: Reducir a la mitad, entre 1990 y 2015, el porcentaje de 1.2. Derecho a la Seguridad Alimentaria y a la Nutrición 50
  • 51. personas que padecen hambre Articulación de programas nutricionales en las áreas rurales con actividades productivas promovidas por el sector gubernamental y no-gubernamental, para que garanticen la seguridad alimentaria de las familias y comunidades pobres. Extender la cobertura universal de los programas de alimentación complementaria en menores de 5 años, en comarcas y distritos de extrema pobreza, teniendo especial atención a los hábitos y costumbres alimenticias de grupos indígenas. Mantener e incrementar los programas de suplementación (hierro y vitaminas) y desparasitación en niños y niñas desde los 11 meses de edad y hasta el 6 grado de escuela primaria. Objetivo 4: Reducir la mortalidad de los niños menores de cinco años Meta 4A: Reducir en dos terceras partes, entre 1990 y 2015, la mortalidad de los niños menores de 5 años 1.4. Derecho a la Salud Integral y Preventiva Un puesto de salud en cada corregimiento y un centro de salud en cada distrito como mínimo, dependiendo de la población beneficiaria. Mejorar los accesos a los puestos y centros de salud de las comarcas y 51
  • 52. áreas de difícil acceso (vías, puentes) Fortalecer y ampliar los programas de capacitación a la familia, la comunidad y la población en general para prevenir la mortalidad materna, mortalidad infantil (comprensible, accesible y con consideración a la multiculturalidad, género y el analfabetismo) Objetivo 5: Mejorar la salud materna Meta 5A: Reducir, entre 1990 y 2015, la mortalidad materna en tres cuartas partes Meta 5B: Lograr, para el año 2015, el acceso universal a la salud reproductiva 1.4. Derecho a la Salud Integral y Preventiva Garantizar el acceso al control prenatal, atención calificada al parto y puerperio 1.4. Derecho a la Salud Integral y Preventiva Garantizar el acceso a la educación e información sobre la salud sexual y reproductiva a las familias, comunidades, jóvenes y la población en general, dentro del marco de la ética y el respeto a valores morales; Objetivo8: Combatir el VIH/SIDA, paludismo y otras enfermedades Meta 6A: Haber detenido y comenzado a reducir, para el año 2015, la propagación del VIH/SIDA Meta 6C: Haber detenido y comenzado a reducir, para el año 2015, la incidencia del 1.4. Derecho a la Salud Integral y Preventiva Garantizar el acceso a las poblaciones vulnerables a la prevención y atención del VIH/SIDA y a las ITS; 1.5.Derecho a un Medio Ambiente Sano 52
  • 53. paludismo y otras enfermedades graves Fortalecer los programas de vigilancia epidemiológica y de control de vectores Objetivo 7 : Garantizar la sostenibilidad del medio ambiente Meta 7C: Reducir a la mitad, para el año 2015: el porcentaje de personas sin acceso sostenible al agua potable y a servicios básicos de saneamiento 1.5. Derecho a un Medio Ambiente Sano Ampliar los programas de letrinación en las áreas indígenas, rurales y donde se requieran, con la debida capacitación para su uso y mantenimiento. Dimensiones de la Función de Rectoría en Salud 53
  • 54. En la agenda de estas Políticas, Objetivos estratégicos y líneas de acción, se incluyó el análisis de las dimensiones de Salud, las cuales constituyen un elemento fundamental para el ejercicio del liderazgo institucional en el marco del cumplimiento de sus funciones establecidas constitucionalmente. Se considera como dimensiones de la Función Rectora las siguientes: Conducción, Regulación, Funciones Esenciales de Salud Pública, Vigilancia del Aseguramiento, Modulación del Financiamiento y Armonización de la Provisión de los Servicios de Salud. Dentro de estas dimensiones, se encuentran aquellas consideradas como responsabilidad exclusiva de la Autoridad. Sanitaria y aquellas, como responsabilidad compartida con otras instancias. El esquema metodológico N°1 adjunto, muestra la articulación en sentido bidireccional de las responsabilidades exclusivas y compartidas de la Autoridad Sanitaria. También muestra la correlación entre sí de las responsabilidades exclusivas: Regulación, Conducción y Funciones Esenciales de Salud Pública; las cuales se identifican como un componente común y transversal a las responsabilidades compartidas de la Autoridad Sanitaria. Las responsabilidades exclusivas del Ministerio de Salud son: • Regulación: Marco normativo sanitario que protege y promueve la salud y la garantía de su cumplimiento. • Conducción: Capacidad de orientar a las instituciones del sector y movilizar los grupos sociales en apoyo a la Política Nacional de Salud Esquema Metodológico 1. Dimensiones de rectoría 54
  • 55. 55
  • 56. CONCLUSIONES Una vez finalizado el presente trabajo llegamos a las siguientes conclusiones: • Siendo el mantenimiento de la salud un compromiso de todos, como lo establece la declaración de visión del Ministerio de Salud, aun no se logra este cometido debido principalmente a la falta de interés social en lo relacionado al empoderamiento de la salud por la comunidad. • Las funciones del MINSA, como ente rector de salud están bien establecidas al igual que sus programas, sin embargo falta más supervisión de las políticas de salud y de los programas de los mismos. El establecimiento de partidas económicas al mismo y la debida ejecución garantizara un mejor funcionamiento. • Las nuevas políticas de estado, que se encaminan a un mejor desarrollo de los objetivos trazados por la institución garantiza el desarrollo de los diversos programas. • Cada país desarrolla políticas de Estado encaminadas a cumplir los objetivos del milenio. En Panamá el Ministerio de Salud como entidad responsable de velar por la salud de la población panameña, mediante la concertación nacional del desarrollo estableció las metas y acciones dirigidas a lograrlo. 56
  • 57. RECOMENDACIONES • Para garantizar un mayor cambio en la salud y compromiso de todos, se debe dar mayor divulgación de los programas y políticas de salud a nivel comunitario para organizar la comunidad y detectar los líderes, los cuales a su vez colaborarán con el mantenimiento y desarrollo de la salud pública. • Se debe fortalecer las direcciones de supervisión de cada uno de los programas y dirigir un mayor presupuesto para garantizar el desarrollo de los mismos. • Fortalecer los programas y políticas existentes, para adecuarlos a las necesidades de la población actual. • Implementar las acciones establecidas en la concertración nacional del desarrollo con el fin de encaminarnos a lograr los objetivos del milenio. 57
  • 58. BIBLIOGRAFIA Constitución política de la República de Panamá de 1972. Panamá. Editorial Epasa, 2004. www.MINSA.gob.pa/institucion. 58
  • 59. 59