El documento define el derecho comercial como el conjunto de leyes y regulaciones que controlan las relaciones comerciales y el intercambio económico. Explica que la legislación mercantil es la principal fuente del derecho comercial y que los actos de comercio se refieren a la adquisición de bienes o servicios con el objetivo de obtener ganancias. También describe contratos comerciales como la compraventa y la permuta, así como instrumentos financieros como cheques, pagarés y letras de cambio.
1. 1. DERECHO COMERCIAL: es aquel grupo o conjunto de leyes y regulaciones que se
establecen en el ámbito económico para controlar justamente el tipo de relaciones o vínculos
que se puedan dar entre dos o más partes con fines comerciales
y de intercambio económico. El derecho comercial es un tipo
de derecho particular que agrupa cuestiones administrativas y
legales con procedimientos fiscales y económicos por lo cual
es bastante amplio en comparación con otros tipos de derecho
más resumidos o delimitados.
1 BUSINESS LAW: the one group or set of laws and regulations
that are established in the economic field to precisely control
the type of relationships or ties that may occur between two or
more parties in trade and economic exchange purposes. Commercial law is a particular type
of grouping administrative law and legal issues with economic and fiscal procedures so it is
quite large compared to other types of law more summarized or delimited.
2. FUENTES DEL DERECHO COMERCIAL: son todo aquello que se origina en su aspecto
objetivo de norma o regla obligatoria de conducta y constituye,
por lo tanto, el modo o forma especial como se desarrolla y
desenvuelve esa rama del Derecho. La principal fuente por
del derecho comercial es la legislación mercantil.
2 SOURCES OF COMMERCIAL LAW:
they are everything that originates its objective standard or
rule of conduct mandatory aspect and is, therefore, the mode
or special way develops and unfolds this branch of law. The
maní source for commercial law commercial law.
3. ACTO DE COMERCIO: hace referencia a la adquisición que se realiza,
a través de la concreción de un pago, de un producto o de los
derechos sobre él, con el objetivo de obtener un lucro posterior. Esta
ganancia puede surgir del mismo estado que tenía el producto al
momento de la compra o de alguna transformación que modificó su
valor.
3 ACT OF TRADE. Refers to the acquisition is done through the
completion of a payment for a product or the rights to it, with the aim of
obtaining a profit later. This gain may arise from the same state as the
2. product at the time of purchase or any transformation that changed its value.
4. CONTRATO: es un término con origen en el vocablo latino contractus que nombra al
convenio o pacto, ya sea oral o escrito, entre partes que aceptan
ciertas obligaciones y derechos sobre una materia determinada. El
documento que refleja las condiciones de este acuerdo también
recibe el nombre de contrato.
4. CONTRACT: is a term with origins in the Latin word that refers to
contractus agreement, or covenant, whether oral or written, between
parties who accept certain obligations and rights on a particular
subject. The document reflects the conditions of this agreement also
called contract.
5. DOLO: del latín “dolus” que quiere significar fraude o engaño, implica la intención de
producir un daño mediante una acción u omisión. Quien presta su
consentimiento en un contrato mediando dolo, no expresó
libremente su voluntad, que por lo tanto se halla viciada, y por
consiguiente convierte a ese acto jurídico en anulable.
5. DOLO: the Latin "dolus" that meant fraud or deception, involves
the intent to cause damage by an act or omission. Who consents
to a contract to willful misconduct, not freely expressed will,
therefore is flawed, and therefore makes this legal act voidable.
6. COMPRADOR: es aquel que hace compras, es decir, el que
cubre necesidades adquiriendo bienes a cambio de un precio.
6 BUYER: shopping is one, is the covering needs to acquire
property for a fee.
7. VENDEDOR: persona que efectúa la acción de vender algo, es
decir, ofrecer y traspasar la propiedad de un bien o la prestación de
un servicio a cambio de un precio establecido.
7 SALES: person making the action of selling something is, deliver
and transfer ownership of a good or providing a service in exchange
for a set price.
3. 8 NULIDAD: puede entenderse como el vicio, la declaración o el defecto que minimiza o
directamente anula la validez de una determinada cosa; la
idea de nulidad da cuenta de una condición de inválido que
puede llegar a tener una acción de índole jurídica y que
genera que dicho acto deje de tener efectos legales.
8 SEVERABILITY: can be understood as the vice or defect
the declaration or directly minimizing voids the validity of a
certain thing; the idea of nullification realizes Invalid condition
that can have an action of a legal nature and generates that act ceases to have legal effect.
9. BIEN: cualquier cosa, tangible o intangible, que
satisfaga alguna Necesidad o que contribuya al bienestar
de los individuos
9.GOOD: ny thing, tangible or intangible, satisfying some
need or to contribute to the welfare of individuals.
10 BILATERAL: aquello que pertenece o se refiere a un par de costados, partes, lados o
aspectos de una misma cosa. En este sentido, es posible
hablar de relaciones o vínculos bilaterales que surgen
entre dos naciones o entidades.
10 BILATERAL: that which belongs or relates to a pair
of sides, parts, sides or aspects of the same thing. In
this sense, one can speak of bilateral relations or links
that arise between two nations or entities.
11 LEGAL: es utilizada y aplicada en todo aquello que se encuentre
relacionado con la ley, el derecho y la justicia.
11 LEGAL: it is used and applied in everything that is related to the
law, law and justice.
4. 12 TITULO VALOR: Los títulos valores son documentos
necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y
autónomo que en ellos se incorpora.
12 TITLE VALUE: The securities are documents necessary to
legitimize the exercise of literal and autonomous right is
incorporated in them.
13. CHEQUE: es una orden de pago puesta por escrito que permite a la persona que lo
recibe cobrar una cierta cantidad de
dinero que está estipulada en el
documento y que debe estar
disponible en la cuenta bancaria de
quien lo expide.
13. CHEQUE payment is by putting
in writing that allows the person
receiving the charge a certain
amount of money that is provided for
in the document and it should be
available in the bank account of whoever issued.
14 PAGARE: es un título que registra una obligación de pago. La persona que lo emite, que
se conoce como suscriptora, se compromete a pagar a
un segundo individuo (el beneficiario o tomador) una
cierta cantidad de dinero en un plazo estipulado.
14. PROMISSORY NOTE: a title that records a
payment obligation. The person issuing it, is known as
subscriber, agree to pay a second person (the payee
or holder) a certain amount of money within stipulated.
15. LETRA DE CAMBIO: en una orden escrita impulsada por un sujeto para que otro
individuo pague una cierta cantidad de dinero a un tercero
en un plazo a establecer. Cuando el librado firma la letra
de cambio, se está comprometiendo a pagar y adquiere
una obligación.
15. BILL OF EXCHANGE: a written order driven by a
subject for another individual to pay a certain amount of
money to a third party within a set. When the drawee signs
the bill of exchange, are committing to pay and acquires
an obligation.
5. 16. CONTRATO MERCANTIL: es un negocio jurídico bilateral que tiene naturaleza jurídico-
mercantil. En general, para que un
contrato sea calificado de mercantil,
debe versar sobre actos de comercio,
definidos según la legislación aplicable.
16. CONTRACT TRADE: is a bilateral
legal business entity having legal
nature. In general, for a contract to be
rated merchant, must deal with
commercial transactions, as defined
under applicable law.
17. COMPRAVENTA: contrato que suscriben dos personas y por el cual una de ellas se
obliga a entregarle a la otra una determinada cosa y la
otra parte se compromete a pagar una suma
monetaria determinada previamente por la misma.
17.MARKETPLACE: contract signed by two people and
which one is obliged to provide to the other a certain
thing and the other party agrees to pay a certain sum
of money in advance for the same.
18. PERMUTA: implica el establecimiento de un contrato a través del cual un sujeto entrega
un bien y, en contrapartida, recibe otro. Este trueque supone
una transferencia recíproca de la propiedad de los bienes
en cuestión.
18. SWAP: involves the establishment of a contract through
which a subject gives a good and, in return, receives
another. This swap is a reciprocal transfer of ownership of
the property in question.
6. 19. DEPÓSITO: es un término con origen en el latín deposĭtum que permite nombrar a la
acción y efecto de depositar (entregar, encomendar,
encerrar o proteger bienes u objetos de valor). El depósito
consiste, por lo general, en poner dichos bienes bajo la
custodia de una persona o de una organización que
deberá responder de ellos cuando se le pidan.
19. DEPOSIT: is a term from the Latin name depositum
allowing the action and effect of deposit (deliver, entrust,
enclosing or protecting property or valuables). The tank is
usually, in putting such property in the custody of a person
or an organization must answer them when prompted.
20. CUENTA CORRIENTE: es un contrato entre un banco y un cliente que establece que la
entidad cumplirá las órdenes de pago de la persona de
acuerdo a la cantidad de dinero que haya depositado o
al crédito que haya acordado. Dicha cuenta puede ser
abierta y administrada por una persona o por un grupo
de personas; en este último caso, según las
condiciones, todos los individuos pueden estar
habilitados para operar.
20. CURRENT ACCOUNT: It is a contract between a
bank and a client that requires the entity to comply with
the orders of the person according to the amount of
money you have deposited or agreed to credit. This
account can be opened and managed by a person or group of persons; in the latter case,
depending on conditions, all individuals can be empowered to act.
21. FRANQUICIA: Es una relación comercial entre dos partes,
por la cual una persona paga una cierta cantidad de dinero para
tener la licencia para comenzar un negocio utilizando una marca
ya consolidada en el mercado.
21 FRANCHISE: A business relationship between two parties,
whereby one person pays a certain amount of money to have a
license to start a business using a well-established brand in the
market.
7. 22. OUTSOURCING: su un término inglés muy utilizado en el idioma español, pero que no
forma parte del diccionario de la Real Academia Española
(RAE). Su vocablo equivalente es subcontratación, el
contrato que una empresa realiza a otra para que ésta
lleve a cabo determinadas tareas que, originalmente,
estaban en manos de la primera.
22. OUTSOURCING: is an English term widely used in the
Spanish language, but that is not part of the dictionary of
the Royal Spanish Academy (RAE). Its equivalent word is
contracted, the contract a company takes it to another to
perform certain tasks that originally were in the hands of the
former.
23. CONTRATO DE LEASING: o también conocido como
arrendamiento financiero es una forma de financiar la compra de
activos fijos normalmente que tienen un gran costo.
23. LEASING AGREEMENT: or also known as leasing is a way to
finance the purchase of fixed assets that typically have a large
cost.
24. COMERCIANTE: es, en términos generales, la persona que
se dedica habitualmente al comercio. También se denomina así
al propietario de un comercio.
24. MERCHANT: is, broadly speaking, the person regularly
engaged in commerce. Also called and the owner of the trade.
25. INDEMNIZACIÓN es un término utilizado principalmente en el
área de las leyes y se refiere a la transacción que se realiza entre un acreedor o víctima y un
deudor o victimario. En palabras simples es una "compensación" que alguien pide y
eventualmente puede recibir por daños o deudas de parte
de otra persona o entidad.
25. COMPENSATION is a term used primarily in the area
of law and refers to the transaction that takes place
between a creditor and a debtor or victim or victimizer. In
simple words it is a "compensation" someone calls and
can eventually receive damages or debts of another
person or entity.