1. Barquisimeto,30 de Abril de 2015 Edición 4.543
El empleado de Lara
¡El Periódico del Trabajador!
¿Conoce Usted la Libertad Sindical?
En Venezuela la libertad sindical está expresada en el
capitulo I del Titulo VII de la Ley Orgánica Para el Trabajo,
Trabajadores y Trabajadoras, en cuanto a su artículo 353 y 360
señala que todos los trabajadores y patronos tienen derecho de
asociarse a cualquier organización sindical en virtud de la
protección de sus derechos en el momento que quieran y sin que ello
represente una limitación al ejercicio de su trabajo, como dispone el
359 a la libre afiliación.
Desde dicho supuesto parte un articulado dedicado a los
trabajadores que deseen formar parte del ámbito sindical
estableciendo normas que permiten la libre conformación a los
sindicatos y el resguardo a los trabajadores por cualquier práctica
antisindical que lesione los derechos del trabajador por razón de
afiliación o actividad sindical como supone el artículo 357 y 362 de
la referida ley.
Estos sindicatos son autónomos rigiéndose por sus propios
estatutos y es independiente de otros, no permite injerencia patronal
en cuanto no depende de ellos ni permite el menoscabo del derecho
de los trabajadores asociados a razón de la afiliación, arts. 354 y
358.
En virtud de ello los trabajadores y trabajadoras tanto en la
parte individual como colectiva detentan una serie de derechos, que
entre los individuales se tiene el de organizarse libremente para la
defensa de sus derechos, afiliarse o no a un sindicato, participar de
elecciones dentro de los mismo, y en general ejercer la actividad
sindical.
Y por otro lado los derechos colectivos que
constituyen a los del sindicato que promueve la
organización de los mismos en federaciones,
confederación y centrales incluso a nivel
internacional y afiliarse a las mismas, ejercer el
derecho a la negociación colectiva también el
derecho a huelga e instruir y reglar libremente sus
propios estatutos. Arts. 355 y 356.
¡Ejerce tus derechos colectivos!
Organizaciones Sindicales
Son organizaciones dedicadas a la protección y
defensa de los derechos de los trabajadores que
conformados por ellos mismos velan por el buen
desarrollo del proceso socialde trabajo en virtud de su
autonomía y como célula fundamental estas
organizaciones ejercen sus actividades sin más
limitación que las propuestas en los estatutos y la
Constitución. Articulo 365 LOTTT.
2. Barquisimeto,30 de Abril de 2015
Protección a la Libertad Sindical
Los trabajadores que ejerzan
su libertad sindical tanto de
manera individual como
colectiva están amparados por
la ley frente a la injerencia o
menoscabo de sus derechos
por parte de:
La Administracion
Los Patronos
De la misma
organización sindical
cuando transgreda los
derechos de sus
afiliados.
De otras
organizaciones
Sujeto que viole sus
derechos.
Art. 361 LOTTT.
Para ello existen dos
procedimientos uno para
prácticas antisindicales y otro
para la negativa de afiliación