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Barquisimeto,30 de Abril de 2015 Edición 4.543
El empleado de Lara
¡El Periódico del Trabajador!
¿Conoce Usted la Libertad Sindical?
En Venezuela la libertad sindical está expresada en el
capitulo I del Titulo VII de la Ley Orgánica Para el Trabajo,
Trabajadores y Trabajadoras, en cuanto a su artículo 353 y 360
señala que todos los trabajadores y patronos tienen derecho de
asociarse a cualquier organización sindical en virtud de la
protección de sus derechos en el momento que quieran y sin que ello
represente una limitación al ejercicio de su trabajo, como dispone el
359 a la libre afiliación.
Desde dicho supuesto parte un articulado dedicado a los
trabajadores que deseen formar parte del ámbito sindical
estableciendo normas que permiten la libre conformación a los
sindicatos y el resguardo a los trabajadores por cualquier práctica
antisindical que lesione los derechos del trabajador por razón de
afiliación o actividad sindical como supone el artículo 357 y 362 de
la referida ley.
Estos sindicatos son autónomos rigiéndose por sus propios
estatutos y es independiente de otros, no permite injerencia patronal
en cuanto no depende de ellos ni permite el menoscabo del derecho
de los trabajadores asociados a razón de la afiliación, arts. 354 y
358.
En virtud de ello los trabajadores y trabajadoras tanto en la
parte individual como colectiva detentan una serie de derechos, que
entre los individuales se tiene el de organizarse libremente para la
defensa de sus derechos, afiliarse o no a un sindicato, participar de
elecciones dentro de los mismo, y en general ejercer la actividad
sindical.
Y por otro lado los derechos colectivos que
constituyen a los del sindicato que promueve la
organización de los mismos en federaciones,
confederación y centrales incluso a nivel
internacional y afiliarse a las mismas, ejercer el
derecho a la negociación colectiva también el
derecho a huelga e instruir y reglar libremente sus
propios estatutos. Arts. 355 y 356.
¡Ejerce tus derechos colectivos!
Organizaciones Sindicales
Son organizaciones dedicadas a la protección y
defensa de los derechos de los trabajadores que
conformados por ellos mismos velan por el buen
desarrollo del proceso socialde trabajo en virtud de su
autonomía y como célula fundamental estas
organizaciones ejercen sus actividades sin más
limitación que las propuestas en los estatutos y la
Constitución. Articulo 365 LOTTT.
Barquisimeto,30 de Abril de 2015
Protección a la Libertad Sindical
Los trabajadores que ejerzan
su libertad sindical tanto de
manera individual como
colectiva están amparados por
la ley frente a la injerencia o
menoscabo de sus derechos
por parte de:
 La Administracion
 Los Patronos
 De la misma
organización sindical
cuando transgreda los
derechos de sus
afiliados.
 De otras
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derechos.
Art. 361 LOTTT.
Para ello existen dos
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  • 2. Barquisimeto,30 de Abril de 2015 Protección a la Libertad Sindical Los trabajadores que ejerzan su libertad sindical tanto de manera individual como colectiva están amparados por la ley frente a la injerencia o menoscabo de sus derechos por parte de:  La Administracion  Los Patronos  De la misma organización sindical cuando transgreda los derechos de sus afiliados.  De otras organizaciones  Sujeto que viole sus derechos. Art. 361 LOTTT. Para ello existen dos procedimientos uno para prácticas antisindicales y otro para la negativa de afiliación