La Corte rechazó la demanda de Quintela contra DNU
Implementación del expediente electrónico en el poder judicial
1.
2.
El expediente electrónico judicial es un conjunto de
documentos que componen un procedimiento
administrativo y que están totalmente en apoyo
electrónico.
El Estado ha incorporado las buenas prácticas
gubernamentales e instrumentos tecnológicos
importantes que sirven para un mejor manejo
administrativo a favor de la ciudadanía, bajo los
principios de “celeridad y transparencia”. Es por
ello de la incorporación del expediente electrónico
judicial. “Este documento pretende modernizar el
órgano jurisdiccional incorporando nuevas
herramientas tecnológicas para lograr mayor
confianza y seguridad en el servicio de justicia”.
3.
El expediente judicial
electrónico permite al
abogado de la parte
actora la confección y
traslado de la demanda,
previo abono digital de
la tasa judicial
respectiva.
Admitida la demanda, el
Juez correrá traslado
electrónico al
demandado, siendo
notificado vía
notificación electrónica
4.
El abogado que tiene reconocida su personería
en el expediente electrónico, podrá consultar y
presentar diversas peticiones, a través de una
serie de claves únicas de acceso al sistema y al
expediente judicial.
Con ello, el sistema garantiza el acceso al
expediente únicamente a las partes, anulándose
el acceso de terceras personas, muy común en
la actualidad.
5.
Anula la posibilidad del extravío o hurto del
expediente papel y el posterior engorroso trámite
de reconstitución.
Permite la consulta online (las 24 horas) del
expediente judicial, desde cualquier sitio.
Permite la generación e incorporación de escritos
judiciales.
La duración de vida útil del expediente electrónico
sería muy amplia. Por el contrario, el papel a los 10
o 15 años, y con el contacto diario del operador de
justicia y de las partes se va depreciando en su
calidad, haciéndolo ilegible.
6.
Una alta inversión financiera por parte del
Estado, la misma será totalmente
justificada al permitir al ciudadano gozar
de más confianza en el sistema judicial, y
con ello, la tan anhelada “SEGURIDAD
JURIDICA”.
Implica un tiempo prudencial de
capacitación e implementación gradual de
uso del sistema electrónico.
Los Servidores Informáticos que graban y
mantienen disponible las actuaciones
judiciales en las causas.
Operadores informáticos capaces y
honestos.
Las Facultades de Derecho deberán formar
a sus estudiantes de grado y posgrado en la
utilización del Expediente Judicial
Electrónico, creando la materia respectiva.
7.
Consiste en el domicilio virtual que estaría
conformado por la dirección electrónica que
constituye la residencia permanente en la web
de la persona (Abogado).
El Abogado que tiene reconocido el domicilio
electrónico, se compromete a revisar
diariamente la dirección electrónica (email).
8.
Las tasas son pagadas a través de los bancos o
bocas de cobranzas y el ingreso de los juicios vía
internet, son adelantos implementados por la
Corte Suprema de Justicia, con miras a llegar al
expediente judicial electrónico. Esto, para acabar
con la morosidad y darle transparencia, eficacia y
seguridad, según anuncian. Desde octubre del año
pasado, los abogados y escribanos realizan las
liquidaciones de sus juicios o escrituras, a través de
internet. Los pagos se hacen directamente por el
mismo método, o se pueden imprimir y pagar en
cualquier boca de cobranza habilitada.
9.
El magistrado es el encargado de implementar el
sistema en su Región Federal. Dice que desde enero de
este año, no existen procesos en papel. Se aplica a todas
las actuaciones. El abogado no necesita ir al tribunal,
salvo en las audiencias. El expediente electrónico
puede reducir cinco veces el tiempo de duración de un
juicio, explicó el juez brasileño Sérgio Renato Tejada
García. Fue invitado para dictar un seminario sobre la
implementación de esta forma de tramitar procesos,
por el Centro de Estudios Judiciales, el CIRD y USAID.
Cumple funciones en la Cuarta Sección Federal, en el
Sur del Brasil y es el encargado de implementar este
sistema en su jurisdicción.
10.
La Nueva Ley Argentina de Expediente
Electrónico, en la cual se establece la
autorización para la utilización de expedientes
electrónicos, incluso con domicilios electrónicos
constituidos en todos los procesos judiciales y
administrativos que se tramitan ante el Poder
Judicial de la Nación, con idéntica eficacia
jurídica y valor probatorio que sus equivalentes
convencionales. Sin dudas un gran avance para
nuestra materia y esperamos que para toda la
Justicia Nacional.
11.
En próximos 5 años podría estar listo el expediente judicial
virtual.
Reforma. Falta definir financiamiento, software y adecuar
procesos. Presidente del PJ busca la cooperación
internacional y el financiamiento privado.
En cinco años podría estar listo el expediente judicial
electrónico, informó ayer el presidente del Poder Judicial,
César San Martín Castro.
Con este objetivo, San Martín visitó recientemente el Poder
Judicial de Brasil para recoger e intercambiar experiencias
en este tema y, posiblemente, luego haga lo mismo en
España.
San Martín señala que demorará de tres a cuatro años, lo
que llevará más tiempo es definir la forma en que se
financiará este proyecto, los programas que se utilizarán y
uniformizar los procesos.
12.
Anula la posibilidad del extravío o hurto del
expediente papel y el posterior engorroso
trámite de reconstitución.
Permite la consulta online las 24 horas del
expediente judicial, desde cualquier sitio.
La duración de vida útil del expediente
electrónico sería muy amplia.
La celeridad en la administración de justicia se
ve beneficiada con la implementación válida de
la NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA a las
partes.