Este documento discute la distribución del canon minero entre las regiones de Tacna y Moquegua en Perú. Existe desacuerdo sobre si el canon debería basarse en la cantidad de mineral extraído o en la cantidad de mineral procesado. La constitución y la ley del canon indican que el canon debería basarse en la explotación, que se refiere a la extracción, mientras que el reglamento del canon se basa en el mineral procesado. Por lo tanto, el reglamento es inconstitucional y el estado transfiere menos recursos de lo requerido
5. Cateo y Prospección Articulo 1º.- “Cateo es la acción conducente a poner en evidencia la existencia de minerales elementales” “ La Prospección es la investigación conducente a determinar áreas posibles de mineralización utilizando medios químicos, físicos u otros instrumentos” Articulo 2º.- “ El cateo y prospección son actividades libres en el territorio nacional, salvo las excepciones de Ley”
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9. CONCESION MINERA Si los resultados de las actividades de cateo y prospección son positivos se solicita ante la autoridad competente una concesión minera. La solicitud de concesión minera en trámite se conoce como “Petitorio Minero” Articulo 9º.- “La concesión minera otorga a su titular el derecho a la exploración y explotación de los recursos minerales concedidos .”
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14. BENEFICIO Y FUNDICION El mineral que sale de la mina se somete a un proceso metalúrgico llamado concentración para mejorar su ley En las fundiciones el concentrado es llevado a altas temperaturas para eliminar impurezas y poder refinarlo posteriormente
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17. Art. 66.- ” Los recursos naturales renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares. La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha norma legal ”. ¿Qué Artículos Constitucionales se relacionan con el CANON ?
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20. Art. 5º.- Distribución del Canon según la Ley N° 27506) 1/ 1/ Todos los Canon excepto el Canon y Sobrecanon Petrolero (tiene sus propias normas por Departamentos).
56. CAMBIOS en la Distribución del Canon según la Ley N° 28077 La Ley N° 28077 (Ley que modifica Diversos Artículos de la Ley de Canon) corrige los tres de los principales problemas que tenía la Ley del Canon (Ley N° 27506): 1 ) Elimina el criterio de distribución según Densidad Poblacional (Habitantes / Km 2 ) y 2) Beneficia al Distrito Productor con una participación especifica del Canon ( 10%). 3) Considera a las Universidades Publicas donde se encuentra el recurso explotado ( UNJBG)
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59. Distribución Según la Ley N° 28077 Un Ejemplo Producción (2 Yacimientos) Impuesto a la Renta 2003 1/ Canon Minero 50% Cuajone (29,756,476 TM) =62.8% Toquepala (17,595,323 TM) =37.2% Canon Por Yacimientos S/. 88,952,000 Cuajone S/. 27,949,287 (62.8%) Toquepala S/. 16,526,713 (37.2%) Canon del Yacimiento Toquepala que se encuentra en el Distrito de Ilabaya, Provincia Jorge Basadre, Departamento de Tacna (Área se Influencia). 1/ Con fines de mostrar la metodología y debido a la reserva tributaria (Artículo 85° del Decreto Supremo Nº 135-99-EF) se considera el Impuesto a la Renta de Southern del I Semestre del 2003 publicado en la Conasev (www.conasev.gob.pe). S/. 44,476,000 Caso: Southern
60. Distribución Según la Ley N° 28077) - Un Ejemplo 10% para el Distrito donde se encuentra el recurso extraído (Distrito Productor) . . . 10% del Canon generado por el yacimiento minero Toquepala [ 10% (S/. 16,526,713) = S/. 1,652,671 ] se destinará al Distrito Productor (Ilabaya). DEPARTAMENTO DE TACNA JORGE BASADRE Toquepala
61. Distribución Según la Ley N° 28077) - Un Ejemplo 25% para los Municipios de la Provincia Productora, excluyendo al Distrito Productor . . . 25% del Canon generado por el yacimiento minero Toquepala [ 25% (S/. 16,526,713) = S/. 4,131,678 ] se distribuirá, según Población y Pobreza, entre todos los Municipios de la Provincia Productora (Jorge Basadre), excluyendo al Distrito Productor (Ilabaya) 1/ . DEPARTAMENTO DE TACNA JORGE BASADRE Toquepala 1/ Con fines de simulación se utiliza como Indicador de Pobreza al Índice de Necesidades Basicas Insatisfechas (NBI).
62. Distribución Según la Ley N° 28077) - Un Ejemplo 40% para los Municipios del Departamento de Tacna, excluyendo a la Provincia Productora . . . 40% del Canon generado por el yacimiento minero Toquepala [ 40% (S/. 16,526,713) = S/. 6,610,685 ] se distribuirá, según Población y Pobreza, entre todos los Municipios del Departamento de Tacna, excluyendo a los Municipios de la Provincia Productora (Jorge Basadre) . DEPARTAMENTO DE TACNA JORGE BASADRE Toquepala
63. Distribución Según la Ley N° 28077) - Un Ejemplo 25% para el Gobierno Regional . . . 25% del Canon generado por el yacimiento minero Toquepala [ 25% (S/. 16,526,713) = S/. 4,131,678 ] se destinará al Gobierno Regional, de los cuales, el 80% [ 80% (S/. 4,131,678 ) = S/. 3,305,343 ] será para el Gobierno Regional y el 20% [ 20% (S/. 4,131,678 ) = S/. 826,336 ] se distribuirá entre todas las Universidades del Departamento de Tacna. DEPARTAMENTO DE TACNA JORGE BASADRE Toquepala
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66. LEY QUE MODIFICA DIVERSOS ARTICULOS DE LA LEY N° 27506 (Ley de Canon) LEY 28322
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68. DISTRIBUCION SEGÚN LA LEY ACTUAL (LEY 28322) CANON 50% de Ingresos y Rentas 40% Municipalidades Distritales donde se explota el recurso natural. Municipalidades del Departamento (regionales, provinciales y distritales) donde se explota el recurso natural. Gobierno Regional 10% 25% Beneficiarios Criterios % Según Población y Pobreza v inculados a Necesidades B á sicas en Infraestructura. Municipalidades de la Provincia (provinciales y distritales) donde se explota el recurso natural. 25% Según Población y Pobreza v inculados a Necesidades B á sicas en Infraestructura.
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71. Ley No. 28258 3 de Junio del 2004 LEY DE REGALIAS MINERAS
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78. DISTRIBUCION DE LA REGALIA Articulo 8º REGALIA 100% 40% Municipalidades Distritales donde se explota el recurso natural. Municipalidades del Departamento (regionales, provinciales y distritales) donde se explota el recurso natural. Gobierno Regional ( 15%) y UNJBG (5%) 20% 20% Beneficiarios Criterios % Según Población y Pobreza v inculados a Necesidades B á sicas en Infraestructura. Municipalidades de la Provincia (provinciales y distritales) donde se explota el recurso natural. 20% Según Población y Pobreza v inculados a Necesidades B á sicas en Infraestructura.
99. GRACIAS Tarea: Revisar la Ley General de Minería y los informes del MEM al MEF sobre la producción de mineral beneficiado que produce Tacna y Moquegua.