1. “LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE EN ARGENTINA
¿QUÉ PUEDE APRENDERSE DEL CASO ESTADOUNIDENSE?”
La protección del software en Argentina se apoya casi exclusivamente en la legislación sobre derecho de autor. La
protección en Estados Unidos es más amplia: por un lado, porque se basa también en otras normas de propiedad
intelectual, como el derecho de patentes y los secretos comerciales; por otro lado, porque el desarrollo
jurisprudencial es más extenso. La experiencia de Estados Unidos puede ayudar a Argentina para desarrollar su
sistema de protección de software.
Desde el año 1988, al menos, los tribunales han protegido al software en Argentina bajo el derecho de autor El PF
software fue protegido penalmente en numerosos casos,sin importar si la obra eranacional o extranjera.
A fines de 1994, con la ley 24425, se incluyó en la legislación argentina la normativa. Esta normativa, en su art.
10, fue la primera protección explícita del software. La normativa se centra también en el derecho de autor: según el
texto del art. 10, “los programas de ordenador, sean programas fuente o programas objeto, serán protegidos como
obras literarias en virtud del Convenio de Berna.
Por: Silvia Quispe P.
2. La protección del software en Estados Unidos: derechos
de autor, patentes y secretos comerciales
En Estados Unidos las normas sobre “secretos
comerciales, copyright y derecho de patentes han sido
usadas para proteger la inversión en programas de
computación desde los comienzos de la industria. En
la década de los noventa, con el alejamiento de la Corte
de sus visiones más restrictivas –y los límites cada vez
más evidentes del copyright para proteger la inversión
en el diseño de software-, el interés por la protección
de patentes revivió.
En 1994 la jurisprudencia permitió la protección de
software independiente de los procesos físicos. A partir
de State Street Bank y su progenie, se ha entendido que
el derecho de patentes estadounidense protege
cualquier método, mientras que el método produzca
un “resultado útil, concreto y tangible”. Con esta
decisión, puede interpretarse que el tribunal considera
patentables tanto el software como los métodos
comerciales, independientemente de una
computadora.
3. Como señala Aharonian, “en los
noventa, el sistema de patentes [de
Estados Unidos] expandió enormemente
el espectro de materias patentables. En el
comienzo de los noventa, patentar todos
los aspectos del software estaba
establecido, mientras que la
copyrighteabilidad (sic) del software
continuaba debilitándose […]. A fines de
los noventa, se reconfirmó la
patentabilidad de los métodos
comerciales.
4. Ventajas y desventajas del derecho de autor y del derecho de patentes en la
protección de software
La aplicación para la obtención de una patente tiende a ser larga y costosa, y en
la mayoría de los casos requiere la asistencia de un experto.
Ello tampoco favorece a la innovación, y parece no corresponderse con la
velocidad del desarrollo del mercado de software.
Sin embargo, la protección del derecho de autor está lejos de ser perfecta.
Algunos consideran que el plazo general de duración del derecho de autor,
mucho más largo que el de patentes, “resulta demasiado extenso para aplicar al
programa de ordenador”
FPT
PF
Por otro lado, “el beneficio más importante de proteger software a través del
sistema de patentes es la fortaleza de la protección provista por el derecho de
patentes. Como dueño de una patente […], puede impedirse a otros utilizar un
cierto algoritmo (como el algoritmo de compresión de imágenes GIF) sin
permiso, o impedir a otros crear programas de software que lleven a cabo sus
funciones de cierto modo. Por el contrario, el derecho de copyright sólo puede
impedir la copia de una particular expresión de una idea […] y no la idea en sí.
En conclusión, las patentes de software pueden proveer una protección mucho
más grande para los desarrolladores de software. Los beneficios de obtener la
protección de patentes pueden ser extraordinarios, como lo muestra el triunfo de
$120 [en un juicio contra] Microsoft basado en una patente de compresión de
datos. Mientras más desarrolladores entienden el potencial de las patentes de
software, más patentes se otorgan. Según el Software Patent Institute, miles de
‘patentes de software verdaderas’ se otorgan cada año, cubriendo áreas como
software de negocios, sistemas expertos, funciones de compilación, técnicas de
sistema operativo, y funciones de edición”
5. De las experiencias de ambos países,es posible concluir
que la experiencia de Estados Unidos puede ayudar a
Argentina de al menos tres maneras.
En primer lugar, como se ha expuesto más arriba, la
legislación sobre software en Argentina busca brindar
una protección amplia, a través del derecho de autor.
No obstante, la legislación no ha sido acompañada de
una evolución paralela en la actividad judicial. La
experiencia del caso norteamericano puede servir a
Argentina: partiendo de los casos de protección de
código fuente y objeto y de protección de interfaz del
usuario (look and feel), los tribunales argentinos
pueden comenzar a andar en un camino ya allanado.
6. Por otro lado, existe una vía legislativa que Argentina
podría desarrollar para expandir la protección: la
normativa sobre patentes. En primer lugar, para resolver
la contradicción entre la letra del art. 6 de la ley de
patentes (que no considera a los programas de
computación como “invenciones”) y la del Anexo VII de
la Resolución P-243/03 (que regula el patentamiento de
software), será necesaria una reforma en la ley. Pero esa
no es la única modificación posible: apoyándose en la
evolución del caso estadounidense, Argentina podría
claramente ampliar la protección no sólo meramente a
“procedimientos o métodos cuya estructura implica
consideraciones técnicas”, como lo estableció el
INPI, sino también a procedimientos o métodos que
puedan calificar como invenciones en sí, aunque no
involucren hardware (como en los casos Alappat y
Lowry, sin llegar a decisiones extremas y controversiales
como Lundgren).
Por último, Argentina podría aprender del caso
estadounidense favoreciendo políticas macroeconómicas
para el desarrollo del mercado del software. Estas
políticas (tales como la disponibilidad de financiamiento
para empresas, la disponibilidad de mano de obra
calificada, el entrenamiento y la educación universitaria
en IT, la mejora en la calidad de las relaciones
industriales y las medidas comerciales y fiscales)TPF