3. GLOSARIO DE TERMINOS
Cliente.- Persona natural o jurídica con la que
una institución del sistema financiero
establece, de manera directa o indirecta,
ocasional o permanente, una relación
contractual de carácter financiero, económico
o comercial.
Criterios de riesgo.- Son las
características que exponen a la
entidad a ser más susceptible de ser
utilizada para lavar activos.
4. GLOSARIO DE TERMINOS
DEBIDA DILIGENCIA MEJORADA,
REFORZADA O AMPLIADA
Es el conjunto de políticas, procesos y
procedimientos diferenciados, más exigentes,
exhaustivos y razonablemente diseñados, en
función de los resultados de la identificación,
evaluación y diagnóstico de los riesgos, que
aplica la entidad para prevenir el cometimiento
del lavado de activos y el financiamiento de
delitos.
5. GLOSARIO DE TERMINOS
Financiamiento de delitos.- Proveer de
recursos a personas o entidades para el
cometimiento de delitos.
Perfil de comportamiento del sujeto de
análisis.- Hábitos en la utilización de los
servicios y productos de la entidad.
Perfil transaccional del sujeto de análisis.-
Asignación de número de transacciones y
movimiento de valores en los diferentes
productos de la entidad, conforme el
comportamiento histórico del cliente.
7. POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS DE CONTROL OBLIGATORIOS
Artículos 2 al 7
CODIGO DE ETICA.(77%)- Debe contener las políticas
que adopten las IFIS para la adecuada aplicación de
medidas para prevenir de lavado de activos y el
financiamiento de delitos y traducirse en reglas de
conducta y procedimientos que orienten la actuación
de los accionistas, miembros del directorio u
organismo que haga sus veces, administradores,
funcionarios y empleados.
REGLAMENTACION INTERNA. (80%)- Asegurar el
acatamiento de las disposiciones internas relacionadas
con la prevención de lavado de activos y
financiamiento de delitos por parte de sus órganos
internos de administración y de control, del oficial de
cumplimiento, así como de todos los funcionarios y
empleados
8. POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS DE CONTROL OBLIGATORIOS
Artículos 2 al 7
SANCIONES.- Establecer sanciones por falta de
aplicación de políticas o de ejecución de procesos
de prevención de lavado de activos y
financiamiento de delitos
ANTEPONER LA NORMA AL LOGRO DE METAS.-
Precisar la exigencia de que los funcionarios y
empleados antepongan el cumplimiento de las
normas en materia de prevención de lavado de
activos y financiamiento de delitos al logro de las
metas comerciales.
AUTORIDADES COMPETENTES
9. MATRIZ DE RIESGOS
Es una herramienta que permite
diferenciar al cliente de acuerdo a la
posibilidad de que su negocio,
comportamiento, relaciones y otras
variables, permitan que la entidad
financiera sea utilizada para lavar dinero o
financiar delitos.
Utiliza factores cualitativos y
cuantitativos, cuya correlación permite
inferir (categorizar), en términos
generales, el nivel en que la ifi podría
estar expuesta al riesgo de lavado de
activos y financiamiento de delitos.
10. MATRIZ DE RIESGOS
Es importante observar que la
ponderación de cada valor, en virtud
de los siguientes aspectos:
•Mercado objetivo de la entidad
•Tipos de productos de la
entidad
•Complejidad de las
operaciones en cuanto a tipos
de clientes
•Informes de mercadeo de la
entidad
11. CONTENIDO MÍNIMO
DEL MANUAL DE
PREVENCION DE
LAVADO DE ACTIVOS
Estructura del Manual.
Nivel de detalle y contenido.
Distribución del Manual.
Outsourcing de su elaboración.
Octubre / 2012
12. Estructura del manual (82%)
• Presentación;
• Objetivo ;
• Del Manual (art. 10);
• Políticas de Control;
• Procesos y Procedimientos;
• Procesos de Debida Diligencia;
• Estructura;
• De la Reserva y Confidencialidad;
• De los requerimientos de
información; y,
• De la Capacitación.
13. Nivel de detalle (88%)
• Presentación;
• Objetivo definir si es:
• General y específicos
• Políticas de Control; (art 4)
• Eje. Impulsar a nivel institucional el
conocimiento de la normativa legal.
• Procesos y Procedimientos; (art. 5)
• Eje. Establecer sanciones por incumplimiento
de las disposiciones contenidas en el MPLA
• Procesos de Debida Diligencia (art. 12)
• Conozca su Cliente;
• Conozca su Personal;
• Conozca su Mercado;
• Conozca su Corresponsal.
14. Contenido (88%)
• Estructura organizacional; (art 36)
• Directorio;
• Comité de Cumplimiento;
• Unidad de Cumplimiento;
De la Reserva y Confidencialidad; (art.8)
Todos guardarán absoluta reserva.
De los requerimientos de información;
(art.32 ,33) reportar, mantener registros)
De la Capacitación. (art.53)
Alcance anual, obtener evaluación, definir
alcance, y revisión periódica.
15. Distribución del manual (72%)
• Medios
• Radio televisión etc.
• MecanismosVV
• Capacitación, Revistas, folletos,
• Canales
• Correos, e-mail, otros que
disponga la entidad.
• Clientes
• internos y externos
16. Outsourcing de su elaboración
(74%)
Es la contratación de terceros para que
realicen un trabajo específico, en este
caso elaboración del MPLA.
• Debe haber involucramiento y
participación, de todas las unidades y
áreas de la organización.
• Antes de la terminación del contrato debe
existir la capacitación interna, difusión y
principalmente el acompañamiento en la
implementación de los procedimientos
internos.
• Para el caso del desarrollo del software de
PLA la entidad debe entregar los términos
de referencia mínimos.
17. ESTABLECIMIENTO DE PERFILES DE
RIESGO
FACTORES SUB FACTORES PONDERACION
• Actividad Económica
P • Ingresos mensuales
CLIENTES
E • Nacionalidad
C
R
L
F • Activos
I
I PRODUCTOS/ • Pasivos
E SERVICIOS
L
N
T
D • Jurisdicción Internacional
E
E UBICACIÓN • Jurisdicción Nacional
GEOGRAFICA
L
• Cajeros Automáticos
• Banca Móvil
CANALES • Agencias
18. ESTABLECIMIENTO DE PERFILES DE
TRANSACCIONALIDAD
FRECUENCIA
CLIENTE
PRODUCTOS MONTO
NUEVO
VOLUMEN
PERFIL
TRANSACCIONAL
FRECUENCIA
VIGENTE PRODUCTOS MONTO
VOLUMEN
HISTORICO DE LA BASE DE DATOS
DE LA ENTIDAD
19. NIVEL DE RIESGO
PERFIL DEL
CLIENTE
PERFIL
TRANSACCIONAL
• ALTO
• MEDIO
NIVEL DE RIESGO • BAJO
21. DEBIDA DILIGENCIA Y SUS
PROCEDIMIENTOS
La debida diligencia debe incorporar mecanismos de
control que permitan minimizar el riesgo de que la entidad
financiera sea utilizada como medio para lavar recursos
POLITICAS
provenientes de actividades ilícitas para posteriormente
incorporarlos a la economía de un país.
PROCESO
La debida diligencia parte del convencimiento que deben
tener las entidades respecto del los niveles de control que
deben aplicar a sus actividades financieras a través de la
PROCEDIMIENTOS
emisión de políticas, procesos y procedimientos de control
oportunos, efectivos y eficientes que alerten de manera
previa ante cualquier tipo de transacción. destinada a lavar
activos por parte de accionistas, empleados y clientes.
22. SEÑALES DE ALERTA
Cliente que presenta documentos de
identificación adulterados o ilegibles que
dificultan su verificación
Cliente que realiza transacciones por
RELACIONADAS CON EL montos elevados y no declara un
COMPORTAMIENTO DEL empleo o actividad acorde que justifique
los montos involucrados.
CLIENTE
Cliente que en el mismo día realiza un
alto número de depósitos en distintas
cajas, agencias o sucursales de una
misma institución del sistema financiero
Cliente que en un corto período de
tiempo aparece como dueño de
importantes y nuevos activos y/o
negocios.
23. SEÑALES DE ALERTA
Clientes que se salen su perfil
transaccional reportado
Cliente que frecuentemente realiza
transferencias desde su cuenta personal
RELACIONADAS CON a cuentas de instituciones financieras
LA en países considerados de alto riesgo.
TRANSACCIONALIDAD Cliente que recibe con frecuencia
transferencias desde el exterior por
montos elevados, sin una justificación
aparente.
Giros en efectivo desde una cuenta a la
que fueron transferidas elevadas sumas
de dinero provenientes de una entidad
que otorga créditos de consumo.
Clientes que cancelan un préstamo o
una inversión antes de la fecha pactada
25. POLÍTICA CONOZCA SU CLIENTE
Consideraciones para su desarrollo:
La Política Conozca el Cliente debe desarrollarse
considerando que deberá clasificar en aspectos de tipo
general y especifico.
La Política de tipo General debe considerar aspectos como:
1.- impulsar a nivel institucional el conocimiento de la
normativa legal, reglamentaria y operativa en materia de
prevención de lavado de activos y financiamiento de delitos;
26. POLÍTICA CONOZCA SU CLIENTE
2 Asegurar el acatamiento de las disposiciones internas
relacionadas con la prevención de lavado de activos y
financiamiento de delitos por parte de sus órganos internos de
administración y de control, del oficial de cumplimiento, así
como de todos los funcionarios y empleados;
La política de forma especifica debe presentar:
En primera instancia la política debe determinar que para la
identificación del cliente, debemos requerir información y
soportes mínimos, para lo cual debe detallar de forma
cronológica estos requerimientos para su identificación, su
verificación y su actualización por parte de los responsables de
cada área de negocios.
27. POLÍTICA CONOZCA SU CLIENTE
También debemos definir la política relacionada con la
metodología de medición a los clientes para la categorización
de riesgo del cliente al inicio de la relación.
La definición de la política implica la generación de
procedimientos de control para el cumplimiento de la políticas
especificas antes definida, estos procedimientos deben ser
detallados de forma cronológica y considerándose el nivel de
riesgo del cliente y que permita además reflejarse en un flujo.
28. POLÍTICA CONOZCA SU CLIENTE
Por otro lado, cabe señalar que la política conozca su cliente
incluye a sus colaboradores-empleados, en sus diferentes
etapa, sin embargo la política y procedimientos de selección y
contratación que cita la norma, deberá considerar en la política
Conozca su Empleado. Me refiero al numeral 4.7 de la norma
analizada.
Cabe señalar que este proceso de la política Conozca su
Cliente debe ser asignado como una responsabilidad a una
persona con un nivel gerencial.
29. CONOZCA SU CLIENTE
Las Instituciones Financieras y Compañías de Seguros deben
establecer como procedimientos de control que les permita la
identificación del beneficiario final de una transacción económica, para
el efecto se deberá considerar la inclusión de campos para el registro
de la información relacionada con la información mínima requerida al
beneficiario.
Además el proceso de monitoreo de la transaccionalidad de los
clientes, debe ser consolidado y analizado en tiempo real, para que le
permita tomar las acciones de control oportunas, sobre la
categorización en un nivel de riesgo a cada cliente.
30. CONOZCA SU CLIENTE
El monitoreo antes referido en el caso de los «clientes comerciales»
que reciben depósitos de terceros en la cuenta como un canal de
pago por la adquisición de bienes o servicios, debe considerar
procedimientos de control que estén desarrollados acorde al nivel
de riesgo de cada cliente y que permitan a los Oficiales de negocios
ejecutarlos de forma lógica y sustentar con información y soportes
su transaccionalidad que presente alertas como resultado de su
monitoreo.
31. CONOZCA SU CLIENTE
CLIENTE DE REPORTADO EN LA ESCALA DE NIVEL 4
Para el caso de los clientes que producto de la validación con la
base de escala de remuneraciones que considera el nivel 4, de la
“Escala de remuneración mensual unificada del nivel jerárquico
superior”, la entidad debe considerar como un criterio de riesgo
adicional para su categorización inicial, y la aplicación de
procedimientos de control a ser aplicados estarán acorde a su
categorización.
32. CONOZCA SU CLIENTE
CLIENTE DE REPORTADO EN LA BASE DE PEPs
La validación del cliente con la base de personas reportadas por el
CONSEP es un proceso que se cumple de forma automática y está
considerado en la metodología de medición como criterio de riesgo
que suma a la categorización del riesgo, sea al inicio o durante su
relación contractual financiera, por lo que su categoría asignada es
actualizada de forma automática, lo que implica un cambio de
procedimientos de control ya sea de actualización de información y
soportes o de monitoreo de su transaccionalidad.
«Por lo que «se convierta» o «pase a ser» no es relevante.
33. CONOZCA SU CLIENTE
CLIENTE DE REPORTADO EN LA BASE DE PEPs
Esta condición de PEPs debe mantenerse como tal, hasta después
de un (1) año de haber cesado en las funciones que desempeñaba.
debe considerase un campo de registro para la fecha de
terminación del plazo para el que fue elegido, lo que permitirá
desarrollar de forma automática la terminación de su
condición de PEPs.
34. CONOZCA SU CLIENTE
CLIENTE DE REPORTADO EN LA BASE DE PEPs
Esta condición de PEPs debe ES UN CRITERIO DE RIESGO de
igual forma al requerir la política Conozca su Cliente, la información
financiera y económica, dispone la institución o compañía, de dos
criterios de riesgo adicional para su categorización inicial del cliente,
para el efecto como procedimiento de control interno, se dispone
que es necesario soportar dicha información, al recibir la entidad y
suscribir el contrato de relación financiera, la clausula de
transparencia es de su responsabilidad por la información
entregada.
35. CONOZCA SU CLIENTE
MONITOREO DEL CLIENTE PEPs
Por lo que en el proceso de monitoreo los ingresos y el
patrimonio declarado por el cliente PEPs, guardan relación con
las actividades y capacidad económica de éste, es decir, que
la Transaccionalidad de las personas políticamente expuestas
se ajusten a los perfiles transaccionales y de comportamiento
previamente levantados.
36. CONOZCA SU CLIENTE
IDENTIIFCACIÓN Y MONITOREO DEL CLIENTE RESPONSABLE
DEL MANEJO DE LOS RECURSOS DE CAMPAÑAS POLÍTICAS
En el proceso de identificación del cliente responsable se debe
considerarse como un criterio de riesgo, esto le permitirá
categorizar al cliente.
También es importante citar que la apertura debe ser a la persona
jurídica(partido, movimiento) que recibe los recursos.
Así nos permite aplicar procedimientos de control acorde a la
categoría de riesgo del cliente.
37. CONOZCA SU CLIENTE
Las instituciones del sistema financiero aplicarán procedimientos de
debida diligencia ampliados con:
«Con clientes cuyo patrimonio supere los cuatrocientos mil dólares
de los Estados Unidos de América (US$ 400.000,00) o su
equivalente.»
Considerar como un criterio de riesgo el valor antes citado, agrega
valor a la categorización del cliente, sin embargo la valoración que
se asigne a este criterio, determinará el grado de importancia que la
institución lo asigna al mismo.
38. IDENTIFICACIÓN
Y CONOCIMIENTO DE CLIENTES
Dentro de las Políticas y Procedimientos de
Prevención de Lavado de Activos adquiere
importancia los procedimientos de control
relacionados a:
- Identificación del cliente;
-Verificación de la información y soportes;
-Aceptación del cliente, y;
-Actualización de información y soportes
En este sentido la norma ecuatoriana respecto de
este tema establece que las instituciones financieras
deberán establecer normas y procedimientos para la
identificación, aceptación, permanencia y
terminación de la relación comercial de clientes, de
acuerdo a la categoría de riesgo definida por la
entidad controlada, artículo 4 del Resolución 2146.
39. IDENTIFICACIÓN
Y CONOCIMIENTO DE CLIENTES
La identificación es la primera etapa en el proceso de
conocimiento del cliente, y tiene por objeto establecer con el
mayor grado de precisión posible quién es la persona y el tipo de
negocios que realiza, si es el dueño del dinero y responsable del
mismo, a fin de determinar el origen de los fondos.
El conjunto de información que constituye la identificación del
cliente debe ser completo y fehaciente, y además verificado y
actualizado regularmente. Artículo 14 de la Resolución 2146.
La Institución Financiera deberá asegurarse que una persona es
quien dice ser y que su capacidad financiera, negocio,
antecedente personales y fuentes de recursos alcanzan los
parámetros establecidos por cada institución.
40. IDENTIFICACIÓN
Y CONOCIMIENTO DE CLIENTES
Es imperativo que se establezca, a entera satisfacción, que se
está tratando con una persona legítima, ya sea una Persona
Natural o una Persona Jurídica.
Es de vital importancia tomar la mayor cantidad posible de
información sobre la actividad comercial del cliente con la
finalidad de establecer el origen de su dinero.
Para el conocimiento del cliente, se requiere su
identificación plena, determinar su actividad económica y
verificar que la información suministrada se mantenga al día y
sin omisiones.
La verificación implica la actualización de datos y que la
operación quede soportada adecuadamente.
41. IDENTIFICACIÓN
Y CONOCIMIENTO DE CLIENTES
Las instituciones del sistema financiero deben diseñar
y adoptar un formulario de solicitud de inicio de
relación comercial en el que se incorporará como
mínimo la información y documentación que se detalla
en los numerales 1 y 2 del artículo 14 de la
Resolución 2146 de 2012, para la identificación y
aceptación de sus clientes.
Entre los principales aspectos que se detallan en los
numerales descritos están aquellos que permitan la
realización de las diligencias necesarias, a través de
mecanismos que disponga la institución, para
confirmar la veracidad de los datos suministrados en
el formulario de solicitud de inicio de relación
comercial con la institución del sistema financiero.
42. IDENTIFICACIÓN
Y ACEPTACIÓN DE CLIENTES
ACEPTACIÓN DEL CLIENTE
Las instituciones deben elaborar políticas y
procedimientos claros de aceptación del cliente.
Desarrollar una descripción de los tipos de
clientes que probablemente presentarán un
riesgo mayor al riesgo promedio.
Las políticas deben tomar en cuentas que al
momento de iniciar ó establecer una relación
financiera debe considerar factores como
antecedentes creíbles y confiables del cliente,
país de origen, si ocupa un puesto relevante en
el sector público o privado, cuentas vinculadas,
actividad de negocios, entre otros.
43. IDENTIFICACIÓN
Y ACEPTACIÓN DE CLIENTES
EJEMPLOS
Vamos a suponer que se le califique a un cliente a
través de la Matriz de Riesgo como de Alto Riesgo, en
ese caso para fines de IDENTIFICACIÓN DEL
CLIENTE además de lo requerido por la reglamentación
se puede incluir en el Manual de Prevención de Lavado
de Activos, solicitar una referencia comercial verificada
por la entidad, más una visita por parte del Oficial.
Siguiendo con la etapa de ACEPTACIÓN DE
CLIENTES, por ejemplo si el cliente es calificado de Alto
Riesgo para su incorporación se requerirá por ejemplo
la aprobación del Directorio y en algunos casos puede
inclusive decidir rechazar al cliente teniendo en cuenta
todos los riesgos a que se expone la entidad
(Reputación, Legal, etc.).
44. IDENTIFICACIÓN
Y ACEPTACIÓN DE CLIENTES
La aplicación de las políticas de Aceptación del cliente se deberá
basar en el grado de riesgo del cliente;
De tal manera que cuando el grado de Riesgo sea mayor, se
requerirá mayor información, así como realizar una debida diligencia
más estricta del comportamiento transaccional del cliente.
Una herramienta fundamental para conocer al cliente es la
elaboración del PERFIL DEL CLIENTE cuyo objetivo fundamental es
determinar los montos esperados de operación con los mismos.
Para efectos de lo anterior, las entidades deberán clasificar a los
Clientes por su grado de Riesgo, debiendo establecerse como
mínimo tres clasificaciones: Alto, Medio y Bajo Riesgo.
45. MONITOREO PERMANENTE DE LA
TRANSACCIONALIDAD
El monitoreo no es nada mas que
comparar los movimientos de las
transacciones del cliente frente a su
perfil, tanto de comportamiento como
transaccional.
PERMANENTEMENTE, TODO EL
TIEMPO, SIEMPRE, SIN DISCRIMINAR
EL PRODUCTO Y CANAL UTILIZADOS.
46. MONITOREO PERMANENTE DE LA
TRANSACCIONALIDAD
Para ello la entidad deberá contar con Políticas,
Procesos y Procedimientos de Prevención de
Lavado de Activos, y, de acuerdo a su
complejidad, contar con una herramienta
informática que brinde una serie de avisos de
incongruencias, respecto de las operaciones de
sus clientes, en base a parámetros de variables
y ponderaciones, determinados conforme el nivel
de riesgo, considerando la segmentación del
mercado en el que se desenvuelven los clientes,
de tal manera, que permitan detectar
operaciones o transacciones inusuales en forma
preventiva.
47. MONITOREO PERMANENTE DE LA
TRANSACCIONALIDAD
TRANSACCIONALIDAD
DILIGENCIAMIENTO
RESPONSABLE DEL
TRANSACCIONALI
DAD SEÑAL DE
=
TRANSACCIONAL
ALERTA
COMPORTAMIENTO
ALMACENA LA
TRANSACCION
49. DILIGENCIAMIENTO ACCIONISTAS
El conocimiento del cliente supone, además, llegar a conocer la
identidad de las personas naturales propietarias de las acciones o
participaciones, o la identidad de quien tiene el control final del
cliente persona jurídica, especialmente aplicando una debida
diligencia ampliada a aquellos que directa o indirectamente posean
el 25% o más del capital suscrito y pagado de la institución o
empresa.
50. CONOZCA SU ACCIONISTA
Para el cumplimiento de la disposición respecto de conocer al accionista es
necesario considerar que la institución financiera puede iniciar una relación comercial
con un cliente que sea persona jurídica la misma que puede tener dentro de su
accionariado personas naturales y jurídicas que mantengan un 25 % de participación
dentro del capital suscrito y pagado en consecuencia, la entidad debe establecer
procesos y procedimientos que le permitan verificar el origen y licitud de fondos.
Esto determina que la entidad financiera debe determinar el nivel de diligenciamiento
que debe aplicar para lo cual será necesario una identificación clara y detallada de la
persona jurídica que esta siendo cliente.
51. CONOZCA SU ACCIONISTA
Para el caso de que el accionista que mantiene el control de la persona jurídica fuera
otra persona jurídica, el proceso de identificación que se debe aplicar la institución
debe llegar a conocer las personas naturales o jurídicas que participan lo que
determina que el nivel de requerimiento de información al cliente se profundice hasta
llegar al propietario final de la empresa.
Esto requiere de la participación directa de las unidades operativas involucradas así
como de los niveles de control que deben mantener los funcionarios responsables de
cada uno de los diligenciamientos que sean necesarios realizar y que determinarán
la aplicación de procedimientos de identificación debidamente elaborados y
aprobados por los niveles directivos pertinentes.
52. CONOZCA A SU
EMPLEADO
Resolución No. JB-2012-2146
53. INTRODUCCIÓN
Esta política establece la obligación, de realizar un proceso
de selección e incorporación del personal, bajos normas
de Prevención de Lavado de Activos y Financiación del
Terrorismo..
54. POLITICA CONOZCA A SU EMPLEADO
La aplicación de la política “conozca a su
empleado” corresponde al responsable del
área de recursos humanos, quien reportará
sus resultados al oficial de cumplimiento ,
La política "conozca a su empleado"
propenderá a que la institución del sistema
financiero tenga un adecuado conocimiento
del perfil de riesgo de todos los miembros del
directorio u organismo que haga sus veces,
ejecutivos, funcionarios, empleados y
personal temporal, para cuyo efecto se
requerirá, revisará y validará, en forma previa
al inicio de la relación dedependencia, de
forma anual y cuando exista variaciones que
ameriten su actualización.
55. IDENTIFICACION , VERIFICACION DE INFORMACION
INCORPORACION DE PERSONAL
La aplicación de la política “conozca a su
empleado” corresponde al responsable del
área de recursos humanos, quien reportará
sus resultados al oficial de cumplimiento ,
La política "conozca a su empleado"
propenderá a que la institución del sistema
financiero tenga un adecuado conocimiento
del perfil de riesgo de todos los miembros del
directorio u organismo que haga sus veces,
ejecutivos, funcionarios, empleados y
personal temporal, para cuyo efecto se
requerirá, revisará y validará, en forma previa
al inicio de la relación dedependencia, de
forma anual y cuando exista variaciones que
ameriten su actualización.
56. IDENTIFICACION , VERIFICACION DE INFORMACION
INCORPORACION DE PERSONAL
Los requisitos generales de admisión y
contratación se encuentran estipulados en
el Reglamento Interno de Trabajo, y en el
Manual de Políticas de Prevención. Las
personas que aspiran ingresar a laborar en
la Institución no deberán constar en las
bases de Referencias Negativas
proporcionadas por los Organismos de
Control, ni en las establecidas por la
Unidad de Cumplimiento
57. IDENTIFICACION , VERIFICACION DE INFORMACION
INCORPORACION DE PERSONAL
Al inicio de la relación de
dependencia, de forma anual y
cuando exista variaciones que
ameriten su actualización, se
considerara la siguiente
información con relación al
artículo 24.
58. PERFIL DE CARGO Y COMPETENCIAS
EJEMPLIFICACION
DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA
PERFIL
Estudios:
Profesional ecuatoriano.
Con título Superior en Economía, Administración
de Empresas o afines.
Estudios adicionales de actualización
permanente.
59. PERFIL DE CARGO Y COMPETENCIAS
Habilidades Específicas:
• Capacidad de negociación.
• Habilidades de comunicación verbal y escrita.
• Facilidad de expresión.
• Buenas relaciones interpersonales.
• Capacidad de planeación.
• Liderazgo interno y externo a la organización.
• Conocimientos de sistemas de gestión.
• Conocimiento de Administración de Negocios de Financiero.
• Experiencia práctica en el desarrollo y ejecución de planes y proyectos.
• Manejo y administración de presupuestos
Áreas de conocimiento generales
Conocimientos sólidos y experiencia en Administración de Negocios.
Conocimiento específico del mercado.
Conocimiento del entorno cultural y de negocios del país.
Conocimientos básicos de informática y comunicación.
Pro actividad e iniciativa.
Inteligencia Creativa.
Capacidad de abstracción, objetividad y juicio práctico.
Análisis cualitativo y cuantitativo de escenarios internos y externo
60. PERFIL DE CARGO Y COMPETENCIAS
Competencias morales
Responsabilidad.
Transparencia.
Ética y justicia
REPORTA A: Presidencia del Directorio.
SUPERVISA A: Vicepresidente, Director
Recursos, Director Técnico, Gerentes Regionales,
Gerentes Financiero, Gerente Administrativo-Recursos
Humanos y Sistemas, Gerente Comercial, Gerente de
Operaciones, Relaciones Públicas y todos los
estamentos que requiera para el análisis de su gestión y
el cumplimiento de sus objetivos.
61. CONTROL TRANSACCIONAL Y PATRIMONIAL DE
EMPLEADOS
Objetivo:
Identificar colaboradores con transacciones
significativas que no se relacionen con sus
ingresos y establecer cambios significativos
en el patrimonio que deben contar con una
justificación razonable.
Riesgo:
No identificar colaboradores con
transacciones inusuales e injustificadas y
puedan generar un riesgo de lavado de
activos.
65. CONOZCA A SU MERCADO
Las industrias o sectores económicos sobre las cuales
se ha identificado con mayor frecuencia tipologías de
lavado de activos y financiamiento de delitos, es
decir, las que representan mayor riesgo.
La evolución de las variables de ingresos, volúmenes
de ventas, frecuencia, inversiones, zonas geográficas
en las que se realiza la actividad económica o
relaciones comerciales, entre otras, en los sectores o
industrias en los cuales interactúan sus clientes.
Las principales variables macroeconómicas que
influyen en los mercados.
Los ciclos o períodos en las que rigen las actividades
económicas de sus clientes
66. CONOZCA A SU MERCADO
Definición y análisis de características
homogéneas de las industrias y sectores
económicos
Segmentación de los clientes en función
de sus relaciones económicas o
financieras con dichas industrias y
sectores económicos
•Determinación de comportamientos
inusuales del cliente frente a los
estándares del mercado.
68. CONOZCA SU CORRESPONSAL
Corresponsal.- Institución financiera nacional o del exterior con la
cual se mantiene relaciones comerciales o bancarias, previa firma de
un convenio
69. CONOZCA SU CORRESPONSAL
Para la aplicación de la política “Conozca a su
Corresponsal”, la norma dispone la suscripción de un
convenio de corresponsalía entre las entidades
participantes en el cual se debería determinar en forma
puntual las obligaciones y responsabilidades que deben
cumplir en relación con sus procesos de control y
diligenciamiento respecto de prevención de lavado de
activos en el que además se debería determinar los
requerimientos de información y documentación que se
deben entregar a fin de garantizar que los niveles de
control que cada entidad aplica garantiza que no se
involucren recursos ilícitos dentro de los procesos de
transferencias de recursos que se originan en cada
entidad.
70. CONOZCA SU CORRESPONSAL
Es importante conocer los procedimientos de diligenciamiento que
mantienen las entidades financieras que suscriben este convenio, en
relación con los requerimientos o sustentos documentarios exigidos a sus
clientes que a fin de garantizar seguridad en los recursos transferidos y que
permitan la aplicación de procesos de verificación continuos que minimicen
los riesgos y que estén conforme a normas legales vigentes.
Si bien las entidades financieras tienen como un procedimiento de gestión
aperturar cuentas bancarias en bancos del exterior, sustentadas
exclusivamente en un contrato de apertura de cuenta, que las convierte en
clientes del Banco extranjero
71. CONOZCA SU CORRESPONSAL
y no en corresponsales, no las exime de que requieran y conozcan de
manera amplia las actividades que esa entidad del exterior realiza,
segmentos de mercado en los que trabaja, niveles de control que tiene,
ubicación geográfica de sus oficinas entre otros requerimientos de
información fundamentales.
La debida diligencia que se debe aplicar en el caso de transferencias o
movimientos de recursos desde y hacia el exterior deben tener un nivel de
análisis y monitoreo minucioso por parte de las unidades operativas
responsables y la Unidad de Cumplimiento para lo cual es indispensable la
incorporación de procesos definidos y procedimientos:
72. CONOZCA SU CORRESPONSAL
que permitan: Identificar niveles de cumplimiento y responsables de su
aplicación y que consideren los perfiles de los clientes previamente
asignados a fin de garantizar que el proceso de control alerte posibles
transferencia de recursos ilícitos.
La institución debe reglamentar la viabilidad de mantener o no cuentas de
transferencias para pagos en otras plazas, especificando las condiciones
para ello y determinando los requisitos que se deben cumplir para su
apertura.
Los diligenciamientos respecto de las transferencias de recursos a través de
las cuentas aperturadas en el Banco del exterior deben contar con procesos
de monitoreo ágiles y preventivos que minimicen el riesgo
73. CONOZCA SU CORRESPONSAL
y que cuenten con información completa tanto del ordenante como del beneficiario y
que además con señales de alerta efectivas y eficientes que garanticen a los niveles
responsables una fácil identificación de inusualidades que permitan requerir los
justificativos que sean pertinentes.
El necesario que las políticas que sustenta estos controles sean evaluadas
constantemente por los niveles responsables de su aplicación para determinar los
ajustes que sean pertinentes conforme los niveles de monitoreo y control que se
apliquen.
75. DIRECTORIO
El Directorio es responsable de supervisar la
administración del riesgo de lavado de activos
de cada institución.
El Directorio debe aprobar las políticas de
cumplimiento de una manera permanente.
Por lo menos una vez al año.
El Directorio, debe evaluar el grado en que la
entidad está administrando su riesgo de
cumplimiento de una manera efectivamente.
76. DIRECTORIO
Las políticas respecto de lavado de activos de una
Institución no serán efectivas a no ser que el
Directorio promueva valores de honestidad e
integridad a través de toda la organización.
El cumplimiento de leyes, políticas y normas
aplicables deben ser visualizadas como un medio
esencial para este fin por parte del Directorio y ser
evaluadas por este organismo con oportunidad.
Como es el caso con otras categorías de riesgo, el
Directorio es responsable de asegurar que una
política adecuada para administrar el riesgo de
cumplimiento de la entidad este implementada.
77. DIRECTORIO
El Directorio debe supervisar la implementación de
la política, así como asegurar que los problemas de
cumplimiento sean resueltos efectivamente y de
manera oportuna por la Gerencia General con la
asistencia de la función del Oficial de Cumplimiento.
Los Directores deben estar informados sobre los
riesgos relacionados con el lavado de activos, a fin
de que puedan brindar apoyo continuo a los
programas de cumplimiento.
Asimismo, deben estar informados sobre su
Responsabilidad, y el de la entidad en cuanto a las
sanciones asociadas con el incumplimiento de sus
Deberes.
78. DIRECTORIO
QUE HACER COMO DIRECTORIO
• CUMPLIR CON LO REQUERIDO EN LA RESOLUCIÓN No JB-
2010-2146.
• EXAMINAR CON DETENIMIENTO TODO LO CONCERNIENTE A
PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS (PLANES DE TRABAJO,
INFORMES, ETC.)
• INCENTIVAR EL DESARROLLO DE UN SISTEMA DE
ADMINISTRACION DE RIESGOS
• INTEGRAR A LA UNIDAD DE CUMPLIMIENTO EN EL
DESARROLLO DE NUEVOS PRODUCTOS Y SERVICIOS.
79. DIRECTORIO
QUE HACER COMO INSTITUCION
• APOYAR LAS LABORES DEL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO Y
MANTENERLO ADECUADAMENTE CAPACITADO.
• DOTARLO DE HERRAMIENTAS TECNICAS QUE LE FACILITEN
UNA OPORTUNA DETECCIÓN DE TRANSACCIONES QUE
PODRÍAN CONSIDERARSE COMO INUSUALES.
• MANTENER EMPLEADOS CAPACITADOS EN TEMAS
REFERENTES A PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS.
80. COMITÉ, UNIDAD Y
OFICIAL DE
CUMPLIMIENTO
Myriam Rosales G.
Octubre 2012
82. Quién es el oficial de cumplimiento ?
Es el funcionario que forma parte de la alta
gerencia, designado por el Directorio de la
LOGOTIPO
entidad (Art. 36 literal 6) y calificado por la
Superintendencia de Bancos y Seguros.
Acreditar Con capacidad
conocimiento y decisoria y
experiencia en PLA autonomía
83. Calificación como
Oficial de cumplimiento
Deudores
principales con
créditos castigados
(5 años)
Deben mantener durante el Sustentar el
Cabal cumplimiento
cumplimiento de
de las obligaciones , tiempo que ostenta la
políticas y
Art. 47 calificación procedimientos
Art. 46.-
Actualizarán datos
hasta el 31 de
marzo c/a
84. Alcance Normativo
1
Responsable de verificar la
aplicación de la normativa de PLA
y financiamiento de delitos
2
Ejecutar el programa de cumplimiento
tendiente a velar por la observancia e
implementación de los procedimientos
85. Alcance Normativo
3
Lleven controles y buenas
prácticas necesarios para la PLA
y financiamiento de delitos
4
Manual PLA y FD
Divulgación, Capacitación
Plan de trabajo, Informe
Código de ética
86. Alcance Normativo
5
Aplicación efectiva de las
disposiciones del art. 47,
responsabilidades del OC
87. Gestión exitosa de la Unidad de Cumplimiento a
través de un equipo de trabajo
Accionistas y
Directorio
Staff Gerencial y
funcionarios
Gestión
Soporte en el control del centralizada y
cumplimiento de políticas OFICIALES y unidad ejecución
DE CUMPLIMIENTO
y procedimientos descentralizada
Se puede
Conocimiento pleno de la distinguir tres
gestión de la Unidad niveles de acción:
Plan global formación,
información y
orientación
Evaluación y Revisión continua con soporte del
OCS
88. Competencias de Control
Políticas
Institucional
Involucramiento de los accionistas,
directores y alta gerencia;
Capacitación, amplio alcance para efectos de
coordinación institucional, con todas las unidades;
Nivel jerárquico capaz de establecer coordinación y definir un proceso
integrado de incidencia en las diferentes etapas de aplicación y
revisión de las normas de control;
Objetivos de largo plazo y continuidad de los programas definidos.
89. Riesgos Principales
Art. 50
Se evidencia negligencia en el cumplimiento de sus
funciones;
Incumplimiento injustificado en entrega de información;
Incurra en las prohibiciones del artículo 44; con
excepción de las contempladas en los numerales 44.4,
44.8 y 44.10.
Observación escrita,
Hubiere proporcionado Sanción pecuniaria,
información adulterada o falsa;
Suspensión temporal,
Descalificación
90. Riesgos Principales
DIRECTORIO
COMITÉ DE
CUMPLIMIENTO
De conformidad con la
disposición contenida al
artículo 134 de la LGISF
91. PERSONAS POLITICAMENTE
EXPUESTAS
Art. 25 de la La UAF emitirá el Instructivo para definir la Lista
Resolución Mínima de Cargos Públicos a ser considerados
No. UAF-DG-2012- Personas Expuestas Políticamente (PEP s).
0038
AYUDAS
Lista de personas que ganaron por elección popular;
Código Orgánico de la función judicial (RO 544 de 9/03/2009 y Res No. 073-2012 de
19/06/2012;
Grados de servidores de las fuerzas armadas;
Escala de remuneración para los dignatarios, autoridades, funcionarios que ocupan
puestos a tiempo completo;
Lista de remuneración de funcionarios de nivel jerárquico superior del sector público;
Lista de asambleistas y su lista de remuneraciones;
Lista de cargos, remuneraciones y sueldo de la función judicial.
93. El Proceso de Capacitación
DEFINICIÓN:
La capacitación consiste en un conjunto
de actividades cuyo propósito es mejorar
su rendimiento presente o futuro,
aumentando su capacidad a través de la
mejora de sus conocimientos, habilidades
y actitudes.
Las Instituciones Financieras y
Compañías de Seguros deben administrar
el capital humano de forma adecuada,
para lo cual, deberán definir formalmente
políticas, procesos y procedimientos que
aseguren una apropiada planificación y
administración del recurso humano, los
cuales considerarán en los procesos de
incorporación, permanencia del personal
directivo, ejecutivo y colaboradores.
94. El Proceso de Capacitación
El proceso de capacitación es parte integrante del
sistema de control y esta orientada a la formación del
personal directivo, ejecutivos y colaboradores, en lo
relacionado con la prevención del lavado de activos y el
financiamiento de delitos.
Por lo expuesto, debe ser un objetivo estratégico a
cumplirse en las Instituciones Financieras, Compañías
de Seguros, de forma interna a través de sus
responsables y de forma externa sea nacional o
internacional.
95. El Proceso de Capacitación
Los sistemas de capacitación en materia de prevención
de lavado de activos y financiamiento de delitos, debe
ser plasmado en el Plan Operativo Anual de la Unidad
de Cumplimiento como una actividad a cumplirse de
forma anual.
Las actividades de capacitación a ser dirigidas a los
nuevos empleados, y al personal permanente deben ser
definidas considerando los diferentes niveles
administrativos de la institución o compañía de seguros
a los cuales estará dirigida. Así como los temas a ser
impartidos.
96. El Proceso de Capacitación
Los citados programas deben ser constantemente revisados y
actualizados, considerando los cambios de la normativa emitida por el
ente de control, y por resoluciones emitidas por organismos publico
relacionados con la prevención de lavado de activos y financiamiento
de delitos.
Para su ejecución debe ser coordinado con el área de Talento
Humano, la citada área deberá incluir en su Programa de Trabajo
Anual las diferentes capacitaciones programadas por la Unidad de
Cumplimiento, lo que implica que debe considerar los diferentes
recursos humanos, tecnológicos, económicos y el tiempo que serán
aplicados para su ejecución.
97. El Proceso de Capacitación
Los programas citados deben determinar los mecanismos de
evaluación que se aplicará a los diferentes tipos de capacitación
impartida, que permita determinar el grado de conocimiento
adquirido por los participantes, así como para evidenciar el grado de
eficacia del programa impartido y del logro de los objetivos
propuestos.
También el programa deberá definir el alcance que tendrán los
mismos, y tipo de capacitación a ser impartida como: conferencia
video-conferencia , etc.
El tríptico del programas debe estar diseñado de forma automática
para su invitación a participar.