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SOCIEDADES DE CONTROL,
MARCO LEGAL
Art 209,269 y 189
EIDY KARINA TORRES OTAVO
JENNY MILENA TORRES GUZMAN
KAREN TATIANA ESCOVAR MORALES
MAIRON EDUARDO SANTOFIMIO SANTOFIMIO
DOCENTE
SANDRA SALINAS CARDONA
INTRODUCCION
 Nació con el creciente desarrollo comercial y financiero de las empresas
en la segunda mitad del siglo xx reglamentada por la ley 73 de 1935 y
asignada al contador publico como función privativa por medio del
decreto 2373 de 1956.
 El legislador asigno esta función al contador publico porque el cargo
requería de suficientes conocimientos técnicos.
 Se crea para poder evaluar con eficiencia la gestión de la administración
y analizar, en forma adecuada, los controles de las entidades.
REVISORIA FISCAL
 Órgano de control permanente que suministra seguridad razonable y tiene
el objetivo de velar por los intereses de los asociados, la comunidad y el
Estado.
 Dar fe publica, lo cual significa entre otros, que con su firma hará presumir
legalmente, salvo prueba en contrario, que el acto respectivo se ajusta a
los requisitos legales, lo mismo que los estatutarios, en caso de personas
jurídicas.
 Velar por el cumplimiento de las leyes y acuerdos entre los particulares.
OBJETIVOS
EFICIENCIA
SER OPORTUNO
REGULARIDAD
PROTECCION
CUMPLIMIENTO
CONFIANZA
 Control y análisis permanente
 Vigilancia permanente para que los actos administrativos, se
ajusten al objeto social, a las normas legales, estatutarias y
reglamentarias vigentes.
 Inspección constante sobre el manejo de libros
 Emisión de certificaciones e informes sobre los estados financieros
 Colaboración con las entidades gubernamentales de regulación y
control.
CARACTERISTICAS DE LA REVISORIA
FISCAL
PERMANENCIA
Cubrir las operaciones
en las fases de la
planeación ejecución
y finalización
COBERTURA TOTAL
Todos los bienes sin
reserva alguna son
objeto de fiscalización.
INDEPENDENCIA
Cumplir con las
responsabilidades que
le asigne la ley.
FUNCION PREVENTIVA
La vigilancia debe ser
de carácter preventivo
 Vela por el cumplimiento de leyes y acuerdos entre los particulares
 Dar fe publica lo cual significa entre otros, que con su firma hará
presumir legalmente, salvo prueba en contrario, que el acto
respectivo se ajusta a los requisitos legales, lo mismo que los
estatutarios, en caso de personas jurídicas
 Tratándose de los balances, se presumirá además que los saldos
han sido tomados fielmente de los libros, que estos se ajustan a las
normas legales y que las cifras registradas en ellos reflejan en
forma fidedigna la correspondiente situación financiera en la
fecha del balance.
FUNCIONES DEL REVISOR FISCAL
 Velar por que se lleven regularmente la contabilidad de la sociedad, y las
actas de la reuniones y de la asamblea. De la junta de los socios y de la
junta directiva y porque se conserven debidamente la correspondencia
de la sociedad y los comprobantes de las cuentas, impartiendo las
instrucciones necesarias para tales fines.
 Inspeccionar asiduamente los bienes de la sociedad y procurar que se
tomen oportunamente las medidas de conservación o seguridad de los
mismos y de los que ella tenga en custodia a cualquier otro titulo.
 Impartir las instrucciones, practicar las inspecciones y solicitar los informes
que sean necesarios para establecer un control permanente sobre los
valores sociales.
 Autorizar con su firma cualquier balance que se haga, con su dictamen o
informe correspondiente
 Convocar a la asamblea o a la junta de socios a reuniones extraordinarias
cuando lo juzgue necesario y
 Cumplir las demás atribuciones que le señalen las leyes o los estatutos y las
que siendo compatibles con Las anteriores, le encomiende la asamblea o
junta de socios.
CONTENIDO DE LOS INFORMES DEL
REVISOR FISCAL
Deberá expresar si por lo menos
 Si ha obtenido la información necesaria para cumplir sus funciones
 Si en curso de la revisión se han seguido los procedimientos aconsejados por la
técnica de la interventoría de cuentas.
 Si en su concepto la contabilidad se lleva conforme a las normas legales y a la
técnica contable y si las operaciones registradas se ajustan a los estatutos y a
las decisiones de la asamblea o junta directiva, en el caso
 Si el balance y el estado de perdidas han sido tomados fielmente d e los libros;
y si en su opinión el primero presenta en forma fidedigna, de acuerdo con las
normas de contabilidad generalmente aceptadas, la respectiva situación
financiera al terminar el periodo revisado y el segundo refleja el resultado de las
operaciones en dicho periodo
 Las reservas o salvedades que tenga sobre la fidelidad de los estados
financieros.
Ley 87 de 1993
DEFINICION DE CONTROL INTERNO
 El Control Interno es un SISTEMA integrado por el esquema de organización
y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y
mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad con
el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones,
así como la administración de la información y los recursos se realicen de
acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes, dentro de las
políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas u objetivos
previstos.
QUE ES EL MECI
 Es el Modelo Estándar de Control Interno que permite el diseño, desarrollo y operación del
Sistema de Control Interno en las Entidades del Estado.
PRINCIPIOS DEL CONTROL INTERNO
AUTOCONTROL
Capacidad de cada servidor público para controlar su trabajo,
detectar desviaciones y efectuar correctivos
 AUTORREGULACION: Capacidad institucional para aplicar de manera
participativa los métodos y procedimientos establecidos en la normatividad que
permitan el desarrollo e implementación del SCI.
 AUTOGESTION: Capacidad para interpretar, coordinar y aplicar la función
administrativa que le ha sido asignada
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RESPONSABILIDADES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL
MECI
• Departamento Administrativo de la Función Pública.
• Representante Legal
• Comité de Coordinación de Control Interno
• Responsable delegado de la Dirección
• Equipo MECI
• Oficina de Control Interno
ROLES Y RESPONSABILIDADES DEL
EQUIPO MECI
• Adelantar el proceso de diseño e implementación del Modelo Estándar de
Control Interno bajo las orientaciones del representante de la dirección.
• Capacitar a los servidores de la entidad
• Asesorar en el diseño e implementación del Modelo Estándar de Control
Interno.
• Revisar, analizar y consolidar la información para presentar propuestas
• Trabajar en coordinación con los servidores designados por área.
ETAPAS
 Etapa 1: Planeación al diseño implementación.
 Etapa 2: Diseño e implementación.
 Etapa 3: Evaluación a la implementación del MECI.
 Etapa 4: Elaboración del Normograma
POLITICA DE CALIDAD
 Intención global y orientación expresada por la alta dirección con
respecto a la calidad.
 La política de calidad debe estar orientada a satisfacer necesidades de
los clientes, a la mejora continua y medio ambiente.
 Proporciona un marco de referencia para establecer y revisar los objetivos
de calidad,
 Es comunicada y entendida dentro de la organización y revisada para su
continua adecuación.
QUE ES UN SISTEMA DE GESTION DE
CALIDAD
 Herramienta de gestión sistemática y transparente que permite dirigir y
evaluar el desempeño institucional en términos de calidad y satisfacción
social en la prestación de los servicios a cargo de entidades y agentes
obligados
Es implementado para:
 Detectar y corregir desviaciones
 Registrar las desviaciones y correctivas implementadas
 Facilitar el control político y ciudadano de la calidad
 Ajustar procedimientos, metodologías y requisitos a lo exigido por la norma
técnica de la calidad .
FUNCIONALIDAD DE LOS SISTEMAS
SCG MECI
• DETECTAR CONTROL ESTRATEGICO
• CONTROLAR CONTROL DE CUMPLIMIENTO
• REGISTRAR CONTROL DE INFORMACION
• FACILITAR CONTROL DE EJECUCION
• AJUSTAR CONTROL DE EVALUACION
SISTEMA DE DESARROLLO
ADMINISTRATIVO
ESQUEMA METODOLOGICO
 Ha sido concebido para ser trabajado en cuatro etapas:
1.- Etapa de Diagnóstico situacional
2.- Etapa de diseño y formulación del plan sectorial
3.- Etapa de implementación del Plan Sectorial, y
4.- Etapa de evaluación
ARTICULO 209
el artículo 209 de la Constitución política colombiana establece que las entidades
estatales pueden celebrar convenios de asociación con personas jurídicas de
derecho privado para desarrollar actividades propias de los “cometidos y
funciones” que la ley asigna a las entidades estatales. A través de este instrumento ,
el legislador procura el beneficio colectivo y salvaguarda el interés general, el cual
exige que se lleve a cabo con acatamiento a los principios que rigen la actividad
administrativa del estado.
ARTICULO 269
 En las entidades públicas, las autoridades correspondientes están
obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones,
métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que
disponga la ley, la cual podrá establecer excepciones y autorizar la
contratación de dichos servicios con empresas privadas colombianas.
ARTICULO 189
 Corresponde al Presidente de la República como Jefe de Estado, Jefe del Gobierno y Suprema Autoridad
Administrativa:
 1. Nombrar y separar libremente a los Ministros del Despacho y a los Directores de Departamentos
Administrativos.
 2. Dirigir las relaciones internacionales. Nombrar a los agentes diplomáticos y consulares, recibir a los
agentes respectivos y celebrar con otros Estados y entidades de derecho internacional tratados o
convenios que se someterán a la aprobación del Congreso.
 3. Dirigir la fuerza pública y disponer de ella como Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas de la
República.
 4. Conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuere turbado.
 5. Dirigir las operaciones de guerra cuando lo estime conveniente.
 6. Proveer a la seguridad exterior de la República, defendiendo la independencia y la honra de la Nación
y la inviolabilidad del territorio; declarar la guerra con permiso del Senado, o hacerla sin tal autorización
para repeler una agresión extranjera; y convenir y ratificar los tratados de paz, de todo lo cual dará
cuenta inmediata al Congreso.
 7. Permitir, en receso del Senado, previo dictamen del Consejo de Estado, el tránsito de tropas extranjeras
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  • 1. SOCIEDADES DE CONTROL, MARCO LEGAL Art 209,269 y 189 EIDY KARINA TORRES OTAVO JENNY MILENA TORRES GUZMAN KAREN TATIANA ESCOVAR MORALES MAIRON EDUARDO SANTOFIMIO SANTOFIMIO DOCENTE SANDRA SALINAS CARDONA
  • 2. INTRODUCCION  Nació con el creciente desarrollo comercial y financiero de las empresas en la segunda mitad del siglo xx reglamentada por la ley 73 de 1935 y asignada al contador publico como función privativa por medio del decreto 2373 de 1956.  El legislador asigno esta función al contador publico porque el cargo requería de suficientes conocimientos técnicos.  Se crea para poder evaluar con eficiencia la gestión de la administración y analizar, en forma adecuada, los controles de las entidades.
  • 3. REVISORIA FISCAL  Órgano de control permanente que suministra seguridad razonable y tiene el objetivo de velar por los intereses de los asociados, la comunidad y el Estado.  Dar fe publica, lo cual significa entre otros, que con su firma hará presumir legalmente, salvo prueba en contrario, que el acto respectivo se ajusta a los requisitos legales, lo mismo que los estatutarios, en caso de personas jurídicas.  Velar por el cumplimiento de las leyes y acuerdos entre los particulares.
  • 5.  Control y análisis permanente  Vigilancia permanente para que los actos administrativos, se ajusten al objeto social, a las normas legales, estatutarias y reglamentarias vigentes.  Inspección constante sobre el manejo de libros  Emisión de certificaciones e informes sobre los estados financieros  Colaboración con las entidades gubernamentales de regulación y control.
  • 6. CARACTERISTICAS DE LA REVISORIA FISCAL PERMANENCIA Cubrir las operaciones en las fases de la planeación ejecución y finalización COBERTURA TOTAL Todos los bienes sin reserva alguna son objeto de fiscalización. INDEPENDENCIA Cumplir con las responsabilidades que le asigne la ley. FUNCION PREVENTIVA La vigilancia debe ser de carácter preventivo
  • 7.  Vela por el cumplimiento de leyes y acuerdos entre los particulares  Dar fe publica lo cual significa entre otros, que con su firma hará presumir legalmente, salvo prueba en contrario, que el acto respectivo se ajusta a los requisitos legales, lo mismo que los estatutarios, en caso de personas jurídicas  Tratándose de los balances, se presumirá además que los saldos han sido tomados fielmente de los libros, que estos se ajustan a las normas legales y que las cifras registradas en ellos reflejan en forma fidedigna la correspondiente situación financiera en la fecha del balance.
  • 8. FUNCIONES DEL REVISOR FISCAL  Velar por que se lleven regularmente la contabilidad de la sociedad, y las actas de la reuniones y de la asamblea. De la junta de los socios y de la junta directiva y porque se conserven debidamente la correspondencia de la sociedad y los comprobantes de las cuentas, impartiendo las instrucciones necesarias para tales fines.  Inspeccionar asiduamente los bienes de la sociedad y procurar que se tomen oportunamente las medidas de conservación o seguridad de los mismos y de los que ella tenga en custodia a cualquier otro titulo.  Impartir las instrucciones, practicar las inspecciones y solicitar los informes que sean necesarios para establecer un control permanente sobre los valores sociales.
  • 9.  Autorizar con su firma cualquier balance que se haga, con su dictamen o informe correspondiente  Convocar a la asamblea o a la junta de socios a reuniones extraordinarias cuando lo juzgue necesario y  Cumplir las demás atribuciones que le señalen las leyes o los estatutos y las que siendo compatibles con Las anteriores, le encomiende la asamblea o junta de socios.
  • 10. CONTENIDO DE LOS INFORMES DEL REVISOR FISCAL Deberá expresar si por lo menos  Si ha obtenido la información necesaria para cumplir sus funciones  Si en curso de la revisión se han seguido los procedimientos aconsejados por la técnica de la interventoría de cuentas.  Si en su concepto la contabilidad se lleva conforme a las normas legales y a la técnica contable y si las operaciones registradas se ajustan a los estatutos y a las decisiones de la asamblea o junta directiva, en el caso  Si el balance y el estado de perdidas han sido tomados fielmente d e los libros; y si en su opinión el primero presenta en forma fidedigna, de acuerdo con las normas de contabilidad generalmente aceptadas, la respectiva situación financiera al terminar el periodo revisado y el segundo refleja el resultado de las operaciones en dicho periodo  Las reservas o salvedades que tenga sobre la fidelidad de los estados financieros.
  • 11. Ley 87 de 1993 DEFINICION DE CONTROL INTERNO  El Control Interno es un SISTEMA integrado por el esquema de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes, dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos.
  • 12.
  • 13. QUE ES EL MECI  Es el Modelo Estándar de Control Interno que permite el diseño, desarrollo y operación del Sistema de Control Interno en las Entidades del Estado.
  • 14. PRINCIPIOS DEL CONTROL INTERNO AUTOCONTROL Capacidad de cada servidor público para controlar su trabajo, detectar desviaciones y efectuar correctivos
  • 15.  AUTORREGULACION: Capacidad institucional para aplicar de manera participativa los métodos y procedimientos establecidos en la normatividad que permitan el desarrollo e implementación del SCI.  AUTOGESTION: Capacidad para interpretar, coordinar y aplicar la función administrativa que le ha sido asignada
  • 17.
  • 18. RESPONSABILIDADES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL MECI • Departamento Administrativo de la Función Pública. • Representante Legal • Comité de Coordinación de Control Interno • Responsable delegado de la Dirección • Equipo MECI • Oficina de Control Interno
  • 19. ROLES Y RESPONSABILIDADES DEL EQUIPO MECI • Adelantar el proceso de diseño e implementación del Modelo Estándar de Control Interno bajo las orientaciones del representante de la dirección. • Capacitar a los servidores de la entidad • Asesorar en el diseño e implementación del Modelo Estándar de Control Interno. • Revisar, analizar y consolidar la información para presentar propuestas • Trabajar en coordinación con los servidores designados por área.
  • 20. ETAPAS  Etapa 1: Planeación al diseño implementación.  Etapa 2: Diseño e implementación.  Etapa 3: Evaluación a la implementación del MECI.  Etapa 4: Elaboración del Normograma
  • 21. POLITICA DE CALIDAD  Intención global y orientación expresada por la alta dirección con respecto a la calidad.  La política de calidad debe estar orientada a satisfacer necesidades de los clientes, a la mejora continua y medio ambiente.  Proporciona un marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de calidad,  Es comunicada y entendida dentro de la organización y revisada para su continua adecuación.
  • 22. QUE ES UN SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD  Herramienta de gestión sistemática y transparente que permite dirigir y evaluar el desempeño institucional en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de entidades y agentes obligados Es implementado para:  Detectar y corregir desviaciones  Registrar las desviaciones y correctivas implementadas  Facilitar el control político y ciudadano de la calidad  Ajustar procedimientos, metodologías y requisitos a lo exigido por la norma técnica de la calidad .
  • 23. FUNCIONALIDAD DE LOS SISTEMAS SCG MECI • DETECTAR CONTROL ESTRATEGICO • CONTROLAR CONTROL DE CUMPLIMIENTO • REGISTRAR CONTROL DE INFORMACION • FACILITAR CONTROL DE EJECUCION • AJUSTAR CONTROL DE EVALUACION
  • 25. ESQUEMA METODOLOGICO  Ha sido concebido para ser trabajado en cuatro etapas: 1.- Etapa de Diagnóstico situacional 2.- Etapa de diseño y formulación del plan sectorial 3.- Etapa de implementación del Plan Sectorial, y 4.- Etapa de evaluación
  • 26. ARTICULO 209 el artículo 209 de la Constitución política colombiana establece que las entidades estatales pueden celebrar convenios de asociación con personas jurídicas de derecho privado para desarrollar actividades propias de los “cometidos y funciones” que la ley asigna a las entidades estatales. A través de este instrumento , el legislador procura el beneficio colectivo y salvaguarda el interés general, el cual exige que se lleve a cabo con acatamiento a los principios que rigen la actividad administrativa del estado.
  • 27. ARTICULO 269  En las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la ley, la cual podrá establecer excepciones y autorizar la contratación de dichos servicios con empresas privadas colombianas.
  • 28. ARTICULO 189  Corresponde al Presidente de la República como Jefe de Estado, Jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa:  1. Nombrar y separar libremente a los Ministros del Despacho y a los Directores de Departamentos Administrativos.  2. Dirigir las relaciones internacionales. Nombrar a los agentes diplomáticos y consulares, recibir a los agentes respectivos y celebrar con otros Estados y entidades de derecho internacional tratados o convenios que se someterán a la aprobación del Congreso.  3. Dirigir la fuerza pública y disponer de ella como Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas de la República.  4. Conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuere turbado.  5. Dirigir las operaciones de guerra cuando lo estime conveniente.  6. Proveer a la seguridad exterior de la República, defendiendo la independencia y la honra de la Nación y la inviolabilidad del territorio; declarar la guerra con permiso del Senado, o hacerla sin tal autorización para repeler una agresión extranjera; y convenir y ratificar los tratados de paz, de todo lo cual dará cuenta inmediata al Congreso.  7. Permitir, en receso del Senado, previo dictamen del Consejo de Estado, el tránsito de tropas extranjeras por el territorio de la República.  8. Instalar y clausurar las sesiones del Congreso en cada legislatura.  9. Sancionar las leyes.  10. Promulgar las leyes, obedecerlas y velar por su estricto cumplimiento.