El documento define el sistema jurídico como el conjunto de instituciones, normas, actitudes y creencias sobre el derecho que rigen en un país. Existen varios sistemas jurídicos en el mundo que pueden agruparse en familias con características comunes. El derecho comparado estudia las similitudes y diferencias entre los sistemas jurídicos para mejorar las leyes de cada país. Las principales familias jurídicas son la de derecho común, la neorromana, la socialista y los sistemas mixtos o híbridos.
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Sistema juridico
1. SISTEMA JURIDICO
Por sistema jurídico entendemos el conjunto de instituciones gubernamentales, normas
jurídicas, actitudes y creencias vigentes en un país sobre lo que es el derecho, su función en la
sociedad y la manera en que se crea o debería crear, aplicar, perfeccionar, enseñar y estudiar.
Para García Máynez, sistema jurídico es el conjunto de normas jurídicas objetivas que están
en vigor en determinado lugar y época, y que el Estado estableció o creó con objeto de regular
la conducta o el comportamiento humano.
Los sistemas jurídicos contemporáneos integran el conjunto de leyes, costumbres, razones y
jurisprudencia de derecho positivo que rigen en los diversos países del mundo.
Cada país tiene su propio sistema jurídico y su peculiar manera de considerar las leyes, las
costumbres y la jurisprudencia. Ello se debe a que cada uno difiere del otro en virtud de sus
singulares características sociales, raciales y religiosas, además de contar con distintas
tradiciones.
Todo sistema jurídico debe reflejar, ante todo, las costumbres y las convicciones del pueblo.
Por desgracia ese principio no siempre se cumple en la realidad, toda vez que hay pueblos a los
que se les impone un sistema jurídico o un derecho que no corresponde a sus necesidades.
¿Cuántos sistemas jurídicos existen en el mundo contemporáneo? Por lo menos, su número
es igual al de los países existentes debido a que cada nación tiene su propio sistema jurídico, si
bien hay Estados en los que conviven diversos sistemas de derecho, como es el caso de Canadá
y de Estados Unidos de América.
2. En razón del número de sistemas jurídicos que existen en el mundo es casi imposible estudiar
y comparar a todos y cada uno de ellos. De aquí que el derecho comparado los reduzca a grupos
o familias tomando en cuenta sus afinidades y sus elementos comunes. Así, la clasificación de
esos sistemas se efectúa dejando a un lado el detalle de sus particularidades con objeto de
destacar sus coincidencias y sus analogías más notables, que permite reducirlos a un contado
número de familias.
Concepto de Familia jurídica
La palabra familia resulta la más indicada para nuestros propósitos. En efecto, los miembros
de una familia se vinculan entre sí por cuanto todos ellos descienden de los mismos antecesores.
Igual ocurre con los sistemas jurídicos, de los que no hay dos iguales, aunque esto no constituye
un obstáculo para agruparlos en familias considerando sus semejanzas y sus características en
común.
Una familia jurídica es, por tanto, un conjunto de sistemas jurídicos que comparten
determinadas características. El vocablo sistema jurídico se refiere al derecho nacional de un
Estado, en tanto que el término familia remite al conjunto de sistemas jurídicos que rebasan las
fronteras de una nación.
Concepto de Derecho Comparado
El derecho comparado es una disciplina que confronta las semejanzas Y las diferencias de
los diversos sistemas jurídicos vigentes en el mundo con el propósito de comprender y mejorar
el sistema jurídico de un Estado determinado. El derecho comparado obedece a que el
ordenamiento jurídico difiere de un país a otro. Así, su estudio es necesario para apreciar tanto
las diferencias y las similitudes como los defectos y los aciertos de ese orden, esto con el fin de
perfeccionar las instituciones de un país y, por ende, su sistema. Jurídico.
3. Sistemas religiosos
Estos sistemas no constituyen una familia, sino que son conjuntos de normas que regulan en
determinados países las relaciones humanas, sea en su totalidad, o bien en algunos de sus
aspectos. No existe en semejantes sistemas interés alguno por los derechos individuales; en
ellos el acento se coloca sobre las obligaciones que pesan sobre el hombre justo. El más
importante de esos sistemas es el derecho musulmán.
Familia mixta o híbrida
Existen algunos sistemas jurídicos que por sus características resultan difíciles de clasificar
dentro de una familia jurídica determinada, ya que en ellos están presentes elementos que
pertenecen a dos o más sistemas distintos. Se hallan en este caso los sistemas que históricamente
se han configurado en virtud de la amalgama de tradiciones legales pertenecientes a dos o más
familias jurídicas. Citemos, a manera de ejemplo, el sistema legal de Quebec, en el que
confluyen las influencias francesas y estadounidense, o el de Sudáfrica, que recoge las
tradiciones holandesa e inglesa. Queda, pues, claro por qué se denomina a estos sistemas mixtos
o híbridos. Otros ejemplos de países cuyo sistema jurídico es mixto serían India, Israel, Japón
y Filipinas.
Familia socialista:
El sistema socialista soviético se implantó en Rusia a raíz de la revolución bolchevique de
1917. Los sistemas jurídicos socialistas soviéticos integraron una nueva tradición o familia
jurídica. Con anterioridad a la revolución, el derecho ruso era de filiación neorromanista. La
familia jurídica socialista es la de más reciente formación y, también, la más efímera, ya que se
le aceptó cuestionada acerca de su autonomía hasta 1939. A partir de esa fecha comenzó a
4. ocupar un lugar importante al lado de las dos tradiciones más famosas: el common law y la
neorromanista.
Con el colapso del sistema socialista soviético desaparece asimismo esta familia jurídica.14
Rusia, al igual que otros países de la ex Unión Soviética, se reintegra a la tradición
neorromanista, en tanto que otras naciones se reubican en el sistema religioso musulmán y otras
más, se reincorporan a la familia mixta. La familia de los sistemas socialistas ha expirado, sin
embargo en esta obra todavía se estudia para comprender mejor las causas que motivaron su
desaparición.