Manual de Convivencia Institución Educativa Betulia
1. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 1
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
CONTENIDO
ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO………………………………………..
INTRODUCCION…………………………………………………………………..
JUSTIFICACIÓN……………………………………………………………………
FILOSOFIA Y OBJETIVOS INSTITUCIONALES………………………………..
TITULO I
CAPITULO PRIMERO
DE LA INSTITUCION
Artículo 1: CARACTERIZACION……………………………………………………..
Artículo 2 : ORGANIZACIÓN Y GOBIERNO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
CAPITULO SEGUNDO
DE LOS ESTUDIANTES
Artículo 3. Adquisición de la calidad de estudiante
Artículo 4. Pérdida de la calidad de estudiante
CAPITULO TERCERO
ADMISIONES Y MATRÍCULAS
Artículo 5. De la admisión
Artículo 6. Requisitos de matrícula
CAPITULO CUARTO
REGIMEN ACADÉMICO Y CURRICULAR
Artículo 7. Currículo
Artículo 8. Plan de Estudios
Artículo 9. Áreas de Formación en Educación Preescolar, Básica y Media
Artículo 10. Evaluación y Promoción. Reprobación y Comisiones.
CAPITULO QUINTO
DEBERES, DERECHOS, ESTÍMULOS Y PROHIBICIONES
2. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 2
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MANUAL DE CONVIVENCIA
Artículo 11. Deberes del Estudiante
Artículo 12. Derechos del estudiante
Artículo 13. Estímulos
Artículo 14. Prohibiciones
CAPITULO SEXTO
REGIMEN DE CONVIVENCIA O DISCIPLINARIO
Artículo 14. Clasificación de las faltas leves
Artículo 15. Faltas graves
Artículo 16. Procedimientos disciplinarios
Artículo 17. Causales de cancelación de Matrícula
Artículo 18. Procedimientos académicos
TITULO II
DE LOS OTROS ESTAMENTOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
CAPITULO SEPTIMO
DE LOS PADRES O ACUDIENTES
Artículo 19. Deberes de los padres de familia o acudientes
Artículo 20. Derechos de los padres de familia
Artículo 21. Condiciones para ser acudiente
Artículo 22. Perfil de los educadores
Artículo 23. Del personal administrativo
Artículo 24. De los exalumnos
Artículo 25. Disposiciones comunes
3. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 3
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MANUAL DE CONVIVENCIA
ACUERDO N: DE 2.011
Por medio del cual se adopta el Manual de Convivencia de la Institución Educativa
Departamental Betulia
La Gran Vía Tena
El Consejo Directivo de la Institución Educativa Departamental BETULIA LA GRAN VIA de
TENA Cundinamarca en uso de sus facultades legales que le confieren la Ley General de
Educación, los Decretos reglamentarios de la educación en Colombia y,
CONSIDERANDO:
1. Que es necesario reajustar este Manual de Convivencia, como inicio y desarrollo de la
básica secundaria y media.
2. Que los deberes y derechos consignados en este Manual serán para todos los centros
Educativos que conforman la Institución Educativa Departamental Betulia.
3. Que se soportarán en la Constitución Nacional, Ley General de Educación de 1994,
Decreto 1860 de 1994, Decreto 1290, Código de la Infancia y adolescencia Ley 1098 de
Noviembre 8 de 2.006, Artículo 25 del código penal del 2.000, Derechos del niño,
demás decretos reglamentarios, proyectos de diferentes entidades gubernamentales
que permitan el desarrollo adecuado, manteniendo la convivencia social y la integridad
del hombre como ser social, importante en la sociedad que se desarrolla.
4. Que este Manual estimula la vivencia de los valores del respeto, tolerancia, amor,
comprensión, honestidad, responsabilidad, reciprocidad, aceptación y todos aquellos
que aunque no incluidos hagan parte del proceso social.
5. Que establezca los parámetros de justicia con el propósito de dar oportunidad para el
cambio ofreciendo correctivos de reflexión.
6. Que los docentes y sus directivos ofrezcan programas de prevención a los problemas
sociales que vive nuestro país como; drogadicción, alcoholismo hurto, etc.
7. Que se otorguen estímulos a la labor realizada por docentes y estudiantes que
enaltezca la Institución por su participación ya sea moral, social o académica.
8. Que de acuerdo a la calidad de vida, al profesionalismo, que merece el ser humano
integralmente formado, se diseñe un perfil de los participantes que cubra los ideales de
todos.
9. Que se cumplan de manera equitativa todas las acciones del establecimiento.
RESUELVE:
ARTICULO 1°. Adoptar este Manual de Convivencia teniendo en cuenta los reajustes
necesarios que establezcan DEBERES Y DERECHOS recíprocos para todos los estamentos
de la comunidad educativa.
ARTICULO 2º. Revisar anualmente para incursionar de acuerdo a las necesidades los
ajustes convenientes, consignándolos en actas.
4. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 4
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
ARTICULO 3º. Brindar por medio de este Manual la seguridad social para toda la comunidad
educativa.
ARTICULO 4º. Difundir y dar a conocer este Manual a toda la comunidad educativa para que
lo disfrute y se apropie de él como un aporte a su vida personal.
PARAGRAFO: La reproducción y ejecución de este Manual es para uso exclusivo de la
“INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA LA GRAN VÍA” del Municipio
de TENA, autorizada por el autor. De lo contrario acarreará sanciones legales.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en la Institución Educativa Departamental Betulia La Gran Vía del Municipio de Tena
Cundinamarca a los días del mes de de .
ORLANDO CUBILLOS VELASQUEZ GLORIA ASTRID CAMARGO
RECTOR SECRETARIA
RICARDO MONROY ALVARO MANRIQUE
REP. DOCENTES REP DOCENTES
NICOLAS NIETO
REP. PADRES DE FAMILIA. REP. SECTOR PRODUCTIVO
LUIS CARLOS VARGAS VICTOR ALFONSO ESPINEL
EXALUMNO REP. DE LOS ESTUDIANTES
RUTH ORTIZ
REP. PADRES DE FAMILIA
INTRODUCCIÓN
5. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 5
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MANUAL DE CONVIVENCIA
ORGULLOSAMENTE BETULIANISTAS
Apreciados Padres de Familia y queridos estudiantes:
Los directivos docentes, docentes y personal administrativo de la Institución Educativa
Departamental Betulia La Gran Vía de Tena, nos sentimos orgullosos de contar con ustedes
como usuarios de un servicio público como lo es la Educación; y estamos dispuestos a
ofrecer todos nuestros conocimientos, apoyo y colaboración para la formación integral de la
Comunidad Educativa, donde deben florecer los verdaderos valores que engrandecen y
hacen más digna a la persona.
Nuestro buen Jesús, Maestro de Maestros, nos bendiga y guíe durante el año 2.011 y
venideros para que sea un tiempo de gracia y de mucho progreso en la misión que a cada
uno se nos ha encomendado.
Presentamos a Ustedes como familia Betulianista, el MANUAL DE CONVIVENCIA O
REGLAMENTO ESCOLAR para que sea leído en familia, analizado y enriquecido con sus
aportes y sugerencias, con el fin de contribuir al crecimiento de esta Comunidad Educativa
con la práctica de una sana convivencia.
El fiel y amoroso cumplimiento de esta normatividad son señales de un auténtico sentido de
pertenencia y compromiso con la Institución y consigo mismo, es manifestación de una gran
personalidad que lleva un buen propósito en el proceso de formación y un deseo grande de
ser persona apta para transformar el ambiente donde se vive, con capacidad de crear una
sociedad nueva.
La convivencia de la familia se debe fundamentar en los valores de la tolerancia, el respeto,
la responsabilidad, la autonomía, la libertad el sentido de pertenencia y el compromiso de
mejoramiento de las relaciones humanas
El manual de convivencia se fundamenta en la filosofía institucional y es una herramienta que
asumida en la cotidianidad de la vida escolar propende por el mejoramiento calidad
académica, y de vida de los integrantes de la comunidad.
El manual se define como el conjunto de acuerdos y normas cuya finalidad es la formación
integral y bienestar de la comunidad educativa, para la convivencia democrática y pacífica,
para ello solo basta que cada uno aporte su responsabilidad y compromiso.
Enaltezco su acogida, aplicación, vivencia y humanización de estas normas que regulan la
convivencia de la Comunidad Educativa y establece orden y disciplina formativa.
Cordialmente,
ORLANDO CUBILLOS VELÁSQUEZ
RECTOR
6. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 6
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MANUAL DE CONVIVENCIA
APRECIADO ESTUDIANTE:
A través de este DOCUMENTO pretendemos manifestarle la satisfacción y alegría por
estar con nosotros y ser nuestro estudiante. Tu eres nuestro centro de interés, de nuestro
trabajo y la razón de ser y existencia de la INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL
BETULIA.
Como persona y educando mereces lo mejor de nuestra ETICA, profesionalismo y sentir
pedagógico en lo académico, disciplinario, moral, cívico, ético, estético e intelectual y así
poder construir unidos la excelencia institucional.
JUSTIFICACIÓN
El Manual de convivencia permite a los estudiantes, docentes, padres de familia y directivos,
conocer y apreciar los criterios que deben guiar y armonizar la actividad escolar para que
dentro de un ambiente de libertad, convivencia pacífica y comunicación correcta, se trabaje
con responsabilidad en la formación integral del estudiante.
7. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 7
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MANUAL DE CONVIVENCIA
OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
Formar estudiantes integrales, con elevado nivel de autoestima, solidarios y autónomos en la
construcción del conocimiento para iniciarse en la adquisición de un nivel de vida que permita
interactuar correctamente en la familia, la comunidad y la sociedad. En general proyectarse
desde la infancia como un verdadero líder acompañado siempre de la alegría y el goce de
sus acciones.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
• Ofrecer un lugar digno del ser humano para compartir y crear conocimiento.
• Facilitar el desarrollo de las actividades y las relaciones de las personas que
interactúan en la comunidad educativa.
• Explicar el orden jerárquico, las líneas de autoridad, los canales de comunicación, los
conductos regulares, los derechos, deberes, estímulos, prohibiciones funciones y
compromisos de los diferentes estamentos de un centro educativo.
• Brindar las orientaciones socialmente básicas para una buena convivencia,
facilitando sugerencias que permitan la conciliación de intereses y necesidades,
asegurando el logro de los objetivos preestablecidos de manera cordial, pacífica y
productiva.
• Dar a conocer deberes y derechos de la comunidad educativa.
• Conocer que el incumplimiento de las deberes trae también llamados de atención que
suscitan al cambio por medio de compromisos, los cuales deben tener una finalidad
pedagógica - correctiva y formativa de la conducta.
• Sustentar que los correctivos sean siempre basados en la autorreflexión y la verdad
para que se encuentre el camino y la razón por la cual cambiar.
FILOSOFIA, HORIZONTE Y PRINCIPIOS INSTITUCIONALES
MISION
Orientar seres humanos que sean líderes en ecoturismo, autómonos e investigadores con
principios èticos y morales que les permitan desarrollar habilidades y destrezas apropiadas
para el logro de sus ideales y poder responder asi, ante la demanda social actual.
8. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 8
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MANUAL DE CONVIVENCIA
VISIÓN
En el 2.014 el egresado Betulianista será un ser humano íntegro, líder en ecoturismo, capaz
de actuar en forma equilibrada frente a lo que la sociedad le demande.
FACTORES CLAVES DE ÈXITO
LIDERES EN ECOTURISMO: Generadores de empoderamiento.
AUTONOMOS E INVESTIGADORES: Con actitudes que beneficien el bien común, no
individual, que profundice sus conocimientos.
HABILIDADES Y DESTREZAS: Que generen análisis frente a la toma de decisiones.
DEMANDA SOCIAL ACTUAL: Análisis del contexto local, regional, nacional y global.
LIDER EN ECOTURISMO. Desempeños adecuados al contexto.
ACTUAR EN FORMA EQUILIBRADA: Apropiación adecuada de su formación en el contexto.
FILOSOFIA
Si bien existen una serie de principios éticos y morales, relativos a si mismo y al otro, que
rigen la conducta de todo ser humano, niño, adolescente o adulto y que tienen como
propósito fundamental, el poder hablar de convivencia, es necesario plasmarlos en un
documento cuya forma sea clara, lo que facilita el actuar en comunidad. Este documento es
el resultado de los aportes de nuestra comunidad que a través de estos años han
enriquecido nuestro ideal de convivencia.
Este manual busca primordialmente:
• Hacer conocer la filosofía, organización y funcionamiento de la Institución.
• Plasmar los derechos y deberes de la comunidad educativa en general y en especial
de nuestros estudiantes, así como los estímulos y correctivos que les son propios
como miembros de la Institución.
• Fomentar en los estudiantes la práctica y promoción de los Derechos Humanos y
demás principios rectores de nuestro quehacer social.
• Promover la participación activa y constructiva, en especial de nuestros estudiantes,
en la solución de conflictos fundada en el diálogo y la conciliación.
• Procurar en los estudiantes comportamientos adecuados que les permitan su
formación humana, académica y social.
9. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 9
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MANUAL DE CONVIVENCIA
La Institución Educativa promueve los valores y la calidad humana de sus egresados,
estudiantes y docentes, se fundamenta en los valores de solidaridad, respeto, tolerancia y la
responsabilidad, cada uno de ellos se define así:
Ser solidario: Supone una conciencia clara de las necesidades de los demás, no sólo en el
ámbito económico, donde los miembros de la comunidad reconocen las desigualdades
sociales y se comprometen a la acción para remediarlas, sino en un sentido más amplio,
identificando en el otro a la persona con la cual se comparte el éxito y el fracaso y el sentido
de una meta común.
Ser respetuoso: Significa reconocer las diferencias de pensar, de sentir, de ser o de actuar
de los demás, sin distingo alguno de creencias, formas de vida, origen étnico, habilidades y
condición social y profesional. La persona respetuosa actúa siempre con miramiento hacia el
derecho que tienen los demás a ser diferentes. El respeto se vive y se manifiesta hacia todo
cuanto rodea a las personas: el entorno físico, las cosas materiales, el medio ambiente. El
respeto se nutre en las relaciones interpersonales, donde éstas abren paso al diálogo
racional y a la confrontación serena de argumentos, así como al reconocimiento de que se
puede estar errado.
Ser Tolerante: Significa ser permisivo hacia los pensamientos y acciones de otros
individuos, sociedades o instituciones, pese a que los valores morales o éticos de aquéllos
no coincidan, o incluso desaprueben, los de éstos. La tolerancia se puede manifestar
prácticamente en todas las actividades humanas, pero muy especialmente en los aspectos
religiosos, culturales, políticos y en las relaciones de género.
Ser responsable: Significa ser capaz de asumir y respaldar con seriedad y entereza todos
los actos de la existencia. La responsabilidad se manifiesta en el ejercicio continuo y positivo
de los compromisos individuales, sociales, cívicos, escolares, familiares y laborales,
contraídos, y la valoración permanente de los resultados que de ellos puedan derivarse
Confiamos en que, la interiorización y apropiación, de los principios contemplados en este
documento nos permitan, en un futuro muy próximo, prescindir de su consulta a efectos de
convivir plenamente como miembros de la comunidad Betulianista.
TITULO I
CAPITULO PRIMERO
DE LA INSTITUCION
Artículo 1: CARACTERIZACION……………………………………………………..
10. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 10
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MANUAL DE CONVIVENCIA
CARACTERIZACIÓN
RAZON SOCIAL : INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA.
CALENDARIO :A
UBICACIÓN : INSPECCIÓN LA GRAN VIA TENA
NIT : 808.001.733-6
DANE : 225797000207
CODIGO ICFES TARDE : 117507
SABATINO : 116244
TELEFONO : 0918494506
E. MAIL : betulia_lagranvia@hotmail.com
APROBACIÓN OFICIAL DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE CUNDINAMARCA
MEDIANTE LAS RESOLUCIONES:
• 003718 del 10 de Septiembre de 2003 Preescolar – Primaria y Secundaria.
• 004654 del 21 de Noviembre de 2003 Educación Formal para adultos
• 003414 del 16 de Septiembre de 2004 Media Académica
• 004585 del 29 de Diciembre de 2004 Integración de Instituciones.
La INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA LA GRAN VÍA sigue trabajando
con empeño y dedicación para sintetizar en este Manual de compromisos mutuos entre la
comunidad educativa, los intereses de padres, estudiantes, directivos, docentes y demás
agentes del sistema una integración que apoye la labor educativa.
Los capítulos del Manual exponen pautas disciplinarias y académicas en forma sencilla y de
fácil entendimiento con el ánimo de poderlas cumplir en forma recíproca por todos sus
participantes y mantener una convivencia sana y feliz que haga altiva la labor de guiar formar
y compartir. La aceptación y el cumplimiento, base sólida para lograr los ideales de cada
miembro que participe en este proceso.
11. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 11
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
DE LA INSTITUCIÓN Y SUS ESTUDIANTES
CARACTERIZACIÓN DE LA INSTITUCIÓN
La INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA , está ubicada en la
Inspección Departamental La Gran Vía a 6 Km. de La Mesa, Provincia del Tequendama.
Sus niveles desde transición hasta el grado Undécimo (11º) y su carácter mixto
corresponden al calendario A en las Jornadas Diurna y Fin de Semana (Sabatina).
Que a partir de la integración institucional y de lo ordenado por la Secretaría de Educación
se denominará INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA LA GRAN VÍA
según Resolución N°. 004585 del 29 de Diciembre de 2004 conformada por cuatro (4)
Sedes a saber:
SEDE 1: CENTRO EDUCATIVO RURAL CATALAMONTE (Vereda Catalamonte)
SEDE 2: CENTRO EDUCATIVO RURAL EL ROSARIO (Vereda El Rosario)
SEDE 3: CENTRO EDUCATIVO RURAL PEÑA NEGRA (Vereda Peña Negra)
SEDE 4: CENTRO EDUCATIVO RURAL ESCALANTE (Vereda Escalante)
Se ajusta a los horarios establecidos por cada centro Educativo aprobados por la Rectoría
de acuerdo al contexto y al mejor espacio conveniente para su comunidad educativa,
expresado por medio de actas al iniciar el año lectivo.
Se cuenta con los niveles de:
HORAS HORAS
NIVEL EDUCATIVO
DIARIAS SEMANALES
PREESCOLAR 4 HORAS 20 HORAS
BÁSICA PRIMARIA 5 HORAS 25 HORAS
BÁSICA SECUNDARIA 6 HORAS 30 HORAS
EDUCACIÓN MEDIA 6 HORAS 30 HORAS
Artículo Segundo
ORGANIZACIÓN Y GOBIERNO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
El organigrama que a continuación se presenta define el ordenamiento administrativo de la
Institución Educativa Departamental Betulia, con sus cuadros directivos, líneas jerárquicas de
asesoria y coordinación.
12. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 12
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
MINISTERIO DE
EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE
EDUCACIÓN
UME DIRECCION DE
NÙCLEO
INSTITUCION
EDUCATIVA
CONSEJO
RECTORIA
DIRECTIVO
ASOCIACION DE CONSEJO
PERSONERO
EXALUMNOS ACADEMICO
ASOCIACION DE CONSEJO DE
PADRES ESTUDIANTES
SECCION SECCION DE SECCION
ACADEMICA CONVIVENCIA ADMINISTRATIVA
COMITÉ DE SERVICIOS
BIBLIOTECA
CONVIVENCIA GENERALES
DOCENTES JEFES DE AREA JEFES DE GRUPO
SECRETARIA PAGADURIA
CELADURIA ALMACEN
ESTUDIANTES
13. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 13
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
GOBIERNO ESCOLAR
Se debe entender la Institución Educativa Departamental BETULIA como un espacio de
convivencia democrática, generadora de cultura política y centro de dinamización de las
potencialidades de la comunidad, para su desarrollo educativo, y socio-económico. El
gobierno escolar reglamentado por el artículo 6º de la ley 115, los artículos 18 y 19 del
decreto 1860 de 1994, establece que el gobierno escolar estará conformado por:
(Ley 115 de 1994, Art 142 y Decreto 1860 de 1994, Art 19 y 20)
Igualmente se establecen otros estamentos como:
Comité de convivencia
El comité de convivencia estará integrado por:
• Coordinador.
• Docente.
• El personero de los estudiantes.
• El jefe de bienestar social o psicólogo.
Consejo de estudiantes
El consejo de estudiantes estará integrado por:
• Un vocero de cada uno de los grados cursados en la institución
El comité interinstitucional
El comité interinstitucional estará conformado.
• Un representante de padres de familia de cada uno de los grados cursados en la
institución.
El consejo de padres
El consejo de padres estará conformado por:
• Voceros de los padres de los estudiantes que cursen cada uno de los diferentes
grados que ofrezca la institución.
14. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 14
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Todos los consejos se organizan para periodo de (1) año y cumplirán funciones hasta
cuando se conformen los nuevos consejos.
CONSEJO DIRECTIVO
(Ley 115 de 1994, Art 143)
El consejo directivo estará conformado por:
• El rector del colegio quien lo presidirá y convocara ordinariamente una vez por mes y
extraordinariamente cuando lo considere necesario. En ausencia del rector estas
funciones serán asumidas por el coordinador académico.
• Dos representantes de los docentes elegidos por mayoría de votos.
• Dos representantes de los Padres de Familia; uno elegido por la Asamblea General y
otro por el consejo de padres.
• Un representante de exalumnos.
• Un representante de los estudiantes
• Un representante del sector productivo o de otras entidades que patrocinen o
auspicien el funcionamiento del colegio en el ámbito local.
.
CONSEJO ACADEMICO
COMPOSICIÓN Y REPRESENTACIÓN
La composición del consejo académico de la institución educativa Departamental Betulia, de
Tena Cundinamarca se hará de conformidad con lo establecido en la ley 115 de Febrero 8
de 1994 en el articulo 142 y en el decreto 1860 del 3 de Agosto de 1994 en el articulo 24.
El consejo académico de los establecimientos educativos estatales estará integrado por:
El rector, quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en
el Plan de Estudios. Se reunirá ordinariamente cada mes y extraordinariamente cuando lo
considere conveniente.
Parágrafo Primero: Los administradores escolares y demás personas podrán participar en
la deliberación del consejo académico con voz pero sin voto, cuando este les formule
invitación, a solicitud de cualquiera de los integrantes del consejo académico con el fin de
brindar asesoría , dar aclaraciones, suministrar información respecto a los temas que se
traten en la sesión.
Parágrafo Segundo: Dentro de los primeros sesenta días calendario, siguientes a la
iniciación de clases de cada periodo lectivo anual, deberá quedar integrado el consejo
15. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 15
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
académico y entrar en ejercicio de sus funciones. Con tal fin el rector convocará con la
debida anticipación, a los docentes de la Institución para efectuar las elecciones
correspondientes.
PERSONERO ESTUDIANTIL
El personero es elegido dentro de los 60 días calendario siguiente a la iniciación de clases
del periodo lectivo anual.
Se realizaran campañas, donde cada estudiante (candidato) utilizará volantes, murales y
toda clase de propagandas que no impliquen compra de votos, sino estímulo y propuesta de
su respectivo programa. La rectoría convoca a los estudiantes matriculados con el fin de
realizar el proceso de elección por el sistema de mayoría simple y mediante el voto. El día de
las elecciones no se utilizará ningún tipo de propaganda.
Para las elecciones se utilizará el carné estudiantil. Esta elección se realizará en la mesa
asignada, con un cubículo, un jurado, un vocero y con la supervisión de un profesor.
Al cierre de la jornada electoral se hace el conteo de votos con la presencia de registradores,
jurados, el fiscal, el tesorero y se proclama ganador quien obtenga la mayoría de votos. Este
mismo día se reúne a toda la institución y se le dan a conocer los resultados de la jornada
electoral.
Es el representante del Alumnado del Plantel y quien velará por el cabal cumplimiento del
presente manual de convivencia. El personero tendrá las siguientes funciones:
1. Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes.
2. recibir y evaluar objetivamente, quejas y reclamos, dándoles trámite según el
conducto regular.
3. Presentar ante el Rector, las solicitudes que considere necesarios para proteger los
derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de los deberes.
4. Velar por el cumplimiento del Manual de Convivencia y las funciones del Consejo de
Bienestar Estudiantil.
5. Cumplir con su plan de gobierno.
6. Someterse a revocatoria de cargo mediante referendo escolar por incumplimiento de
su plan de gobierno y sus funciones.
REQUISITOS PARA SER CANDIDATO
• Que sea estudiante de último grado.
• Que haya cursado los dos últimos años en forma consecutiva.
• Estudiante sobresaliente en rendimiento, colaboración, compañerismo y
comportamiento.
16. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 16
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
• Conocer las funciones a desempeñar y el conducto regular a seguir en todos
los procedimientos.
• Conocer y acatar el manual de convivencia.
• Mostrar acciones de liderazgo y aceptación a nivel de comunidad educativa.
• Poseer capacidad de escucha y respeto por las opiniones.
• Presentar un Plan de Acción a desarrollar durante el periodo al cual aspira a
desempeñar su cargo
• No estar implícito en proceso disciplinario
REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO DIRECTIVO
Es un alumno perteneciente al consejo de estudiantes y delegado por este ante el consejo
directivo. La designación se hará mediante voto secreto, y será quien obtenga la segunda
mejor votación en la elección de personero estudiantil.
MONITORES DE CURSO
El monitor de curso es el vocero de cada grupo elegido por sus compañeros a través del voto
secreto. Tendrán derecho a este honor los estudiantes más sobresalientes del curso.
Funciones del monitor de curso:
• Mantener las mejores relaciones humanas con los directores de curso, profesores y
estudiantes.
• Solicitar comedidamente la colaboración de sus compañeros para lograr el efectivo
cumplimiento de sus funciones y la buena marcha del curso.
• Fomentar y velar por la disciplina y orden de su curso.
• Pasar por escrito un informe semanal de los alumnos que manifiesten indisciplina
constante y ausencias al director de grupo. Incluir igualmente aquellos estudiantes que
sobresalgan por sus actitudes positivas.
• Fomentar los buenos modales entre sus compañeros y evitar los comentarios y
actividades que lesionen la dignidad de la persona humana para propender por una
educación integral.
• Incluir el hábito de estudio en las horas libres.
• Llevar la vocería del curso ante el director de grupo y coordinador, con el fin de
estudiar y buscar soluciones a las necesidades, problemas e inquietudes que se
presenten en el curso o en el centro educativo.
• Proponer en su nombre o en el de sus compañeros ideas que contribuyan al
mejoramiento del curo o del colegio.
• Solicitar respetuosamente de profesores y directivos, la anotación de los aspectos
positivos ganados por sus compañeros.
• Su cargo como monitor no le exime de sus responsabilidades como estudiante.
• No excederse en sus funciones.
17. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 17
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
CONSEJO DE ESTUDIANTES Y BIENESTAR ESTUDIANTIL:
Es un órgano que asegura y organiza el continuo ejercicio y participación activa de los
estudiantes en todas y cada una de las actividades a desarrollar en la institución. Esta
integrado por un vocero de cada grado, elegido por votación secreta y para el año lectivo.
Corresponde al Consejo de Estudiantes y Bienestar Estudiantil:
1. Elegir al Representante de los estudiantes al Consejo Directivo.
2. Presentar por escrito su cronograma de actividades.
3. Velar por el cabal cumplimiento del Manual de convivencia.
4. Velar por el cumplimiento de las funciones del personero estudiantil
5. Participar activamente y ser voceros de cada una de las actividades programadas por
la institución.
6. Liderar la organización de los diferentes comités sociales (Cruz roja, conciliación,
deportes, cultura, prevención de desastres, social, académica, disciplinaria y ornato.)
REVOCATORIA DEL MANDATO
Si el representante de los estudiantes y el presidente del consejo estudiantil no cumplen con
sus funciones o tienen comportamientos inadecuados evaluados en consejo de seguimiento
serán relevados del cargo a través del consejo de estudiantes.
Si se trata del personero será relevado del cargo previo plebiscito en cada grado.
ASOCIACION DE EXALUMNOS
Es el organismo que agrupa a los exalumnos y que fundamentalmente servirá de apoyo, guía
y colaboración con el quehacer institucional en beneficio de los estudiantes a través de su
representante en el consejo directivo.
CONSEJO DE PADRES
Es un órgano del comité interinstitucional, que fundamentalmente se encargará de garantizar
la participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento.
18. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 18
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
Estará integrado por los voceros de los padres de los estudiantes que cursen cada uno de
los diferentes grados que ofrece la institución.
El comité institucional de padres de familia convocará dentro de los treinta días calendario
siguientes al de iniciación de clases, a sendas asambleas de los padres de familia de cada
grado, en los cuales se elegirá para el siguiente año lectivo a uno de ellos como su vocero.
CAPITULO SEGUNDO
DE LOS ESTUDIANTES
Artículo 3. Adquisición de la calidad de estudiante
FUNDAMENTACIÓN
Se propone que cada estudiante sea una persona activa en su propia educación capaz de
interactuar con los demás asumiendo sus potencialidades físicas, espirituales, intelectuales y
sociales para la búsqueda de un mejor nivel de vida que se refleja en si mismo y en su
entorno.
DE LA ADMISION
Para adquirir la categoría de estudiante de la Institución Educativa Departamental BETULIA
La Gran Vía de Tena Cundinamarca es necesario por si mismo y a través de sus padres,
tutores, representantes o acudientes ACEPTAR incondicionalmente la Filosofía, Objetivos,
Modalidad y Manual de Convivencia, y haber sido oficialmente admitido, previo el lleno de
los requisitos previstos en el manual o haber recibido aprobación de su solicitud de
transferencia y legalizar la matricula.
Artículo 4.
REQUISITOS PARA LA MATRICULA
• Registro civil del estudiante y/o documento de identidad
• Fotocopia del Carné de vacunación para preescolar
• Presenta recibos de pago requeridos por la institución
• Presentar el Certificado de estudios del grado anterior o el boletín
19. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 19
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
• Certificado médico
• Fotocopia del carné del Sisben o EPS
• Paz y Salvo del grado anterior por todo concepto
• Una carpeta celuguía tamaño oficio con gancho
• Fotocopia de un recibo de servicios públicos
• Firmar el registro de matrícula por parte del estudiante y el acudiente para confirmar el
compromiso y pertenencia a la institución
• En el momento de la matrícula el estudiante debe presentarse debidamente
uniformado.
• Tres fotos recientes tamaño carné
PARAGRAFO 1: La matrícula de transferencia o cambio de institución en cualquiera de los
grados, debe anexar constancia de comportamiento y fotocopia del observador del
estudiante. En los casos especiales los autorizará el Consejo Directivo.
PARAGRAFO 2: para el caso de los estudiantes nuevos que tengan asignaturas pendientes
por nivelar, deberá presentar dichas nivelaciones en la institución de donde proviene, y hacer
llegar las actas correspondientes a la coordinación académica.
PARAGRAFO 3: Los alumnos que ingresan por primera vez a la Institución deben presentar
una prueba de conocimientos que servirá como diagnóstico inicial, base para el docente de
área.
CONDICIONES PARA SER ESTUDIANTE
• Cumplir con los requisitos exigidos por el Ministerio de Educación Nacional Ley General
de educación y los que Institución determine en particular.
• Estar respaldado por los padres, acudiente o tutor con condiciones morales y
económicas para asistirlo en las situaciones que lo requieran o cuando la Institución lo
solicite.
• Asistir regular y puntualmente a la Institución en el horario establecido, en caso de
llegar tarde o presentar ausencia debe comunicarse con el titular de grado para dar
explicación pertinente.
• Presentar los documentos auténticos requeridos, legales y no cometer fraudes para
diligenciar o resolver una situación escolar.
• Disponer del tiempo necesario para cumplir con su asistencia y realizar trabajos y
tareas propuestas por sus docentes.
• Comprometerse padres, estudiantes y/o acudientes a cumplir con lo reglamentado en la
Ley General de Educación, disposiciones de la Secretaría de Educación y las
establecidas en este Manual de Convivencia
20. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 20
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
Artículo Cuarto.
DESESCOLARIZACIÓN:
Basado en los Artículos 18, 20, 26, 33, de la ley 1098 de 2.006, La Institución teniendo en
cuenta que el bienestar de sus estudiantes debe traducirse en medidas efectivas y claras que
no vulneren los derechos fundamentales, a la igualdad, a la intimidad, al libre desarrollo de la
personalidad y a la educación, ha adoptado para determinados casos la figura de la
desescolarización,
Debe entenderse la desescolarización como la posibilidad que tiene el estudiante de poder
continuar sus estudios sin asistir al plantel en las mismas circunstancias de modo, tiempo y
lugar que sus compañeros. Esas especiales circunstancias requieren de previo acuerdo entre
el estudiante y la Institución.
Aunque la ley (cual) faculta a la institución para imponer medidas como la desescolarización
siempre y cuando se demuestre de manera fehaciente que tales medidas son
verdaderamente útiles y necesarias para garantizar los derechos del estudiante al que se
aplican o los derechos de los demás, no ha sido este el proceder habitual del plantel, por esa
razón en algunos casos debe ser solicitada voluntariamente por el estudiante.
Aplicación:
La desescolarización podrá ser:
1. Impuesta por la Institución, no como medida discriminatoria, sino tendiente a proteger
los derechos fundamentales del estudiante o los de los demás (ley de infancia y
adolescencia). En este caso deberá ser aprobada por el consejo de docentes y
ratificada por el Consejo Directivo.
2. Voluntaria, en cuyo caso habiendo sido ofrecida por la Institución o solicitada por el
estudiante, deberá ser aprobada por el Consejo Directivo previo el visto bueno del
Consejo de Docentes. Se requiere del compromiso previo aceptado por el estudiante y
el padre de familia o acudiente.
3. Teniendo en cuenta las circunstancias especiales de las estudiantes embarazadas y el
derecho fundamental a su supervivencia y desarrollo que tiene el no nacido o que está
por nacer, consagrado en nuestra Constitución Política y el Código del menor (donde),
a toda alumna en este estado deberá ofrecérsele o aceptársele la desescolarización a
partir del sexto mes de embarazo y hasta los dos meses siguientes al parto.
4. En los casos que la alumna embarazada no acepte la desescolarización ofrecida por
la Institución, deberá motivar por escrito su negativa y de igual manera ratificar, junto
con su padre o acudiente, el compromiso de cumplimiento de los deberes y
obligaciones que su condición de estudiante de esta institución le imponen. La
Institución no se hace responsable de cualquier eventualidad.
21. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 21
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
5. En todos los casos de desescolarización, el estudiante debe cumplir con todas sus
obligaciones académicas y disciplinarias que su condición de estudiante le impone la
Institución.
CAPITULO CUARTO
REGIMEN ACADÉMICO Y CURRICULAR
Artículo 7. Currículo
( Ley 115/94)
Se entiende por Currículo el conjunto de criterios, planes de estudio, programas,
metodología s y procesos que contribuyan a la formación integral y a la constitución de la
identidad cultural; nacional, regional y local incluyendo también los recursos humanos,
académicos y físicos para poner en práctica las políticas y llevar a cabo el Proyecto
Educativo Institucional.
Artículo 8. Plan de Estudios
( Ley 115/94 Artículos 78 y 79 ); decreto 1860/94 Artículo 38 y Resolución 2343/96 Artículo
18. Dto 1850/01
Artículo 9. Áreas de Formación en Educación Básica y Media
( Ley 115/94 Artículo 14, 23, 31 y32 y Decreto 1860/94 Artículos 34,35,36 y 41Dto 1850/01
Artículo 10
EVALUACIÓN
Basado en el decreto 1290 de 2.009 Los principales objetivos de la evaluación son:
a) Valorar el alcance y la obtención de logros, competencias y conocimientos por parte de
los educandos;
b) Determinar la promoción o no de los educandos en cada grado de la Educación Básica
y Media;
c) Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los educandos que tengan dificultades
en sus estudios, y
d) Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar
a los estudiante que presentan debilidades y desempeños superiores en su proceso
formativo.
22. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 22
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
e) Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de
aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.
f) Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos
relacionados con el desarrollo integral del estudiante.
g) Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento
institucional.
El actual concepto de evaluación compromete tanto a Directivos docentes, docentes, padres
y estudiantes. Es un proceso continuo e integral, en sus aspectos cognitivo, procedimental y
actitudinal. Tiene en cuenta los ritmos de aprendizaje, atribuibles al proceso pedagógico.
Expresa en informes cualitativos y descriptivos el avance de los educandos en la adquisición
de logros al finalizar cada período académico.
Con los resultados de los logros y como parte de las labores normales de cada período, se
realiza un proceso nivelación simultánea al período que se esté cursando.
La Institución Educativa en todos sus niveles Preescolar, Primaria, Secundaria y Media
divide el año lectivo en cuatro períodos cada uno con sus respectivos informes, donde se
evidencian dificultades, fortalezas a la vez se hacen sugerencias, recomendaciones y
estrategias para mejorar con el ánimo de dar oportunidad de crear el conocimiento que no se
afianzó durante el periodo.
Los docentes de esta Institución manejarán estos conceptos orientados en la Ley como
reflejándolos en el informe bimestral de manera clara, sencilla para la comprensión de los
padres y /o acudientes. La escala evaluativa se hará en los términos propuestos por el
Decreto interpretándolos en una forma cuantitativa similar a la siguiente:
Superior: 4.6 – 5.0
Alto: 4.0 – 4.5
Básico: 3.0 – 3.9
Bajo: 1 – 2.9
S = SUPERIOR, que cumple logros en todas las áreas, sobresale en bondad, mérito o
estimación de manera eficiente y de alta calidad superior. Además:
• Alcanza los logros propuestos sin actividades complementarias.
• No tiene fallas y aún teniéndolas presenta excusa justificada sin que su proceso de
aprendizaje se vea aminorado.
• No presenta faltas en los aspectos actitudinal, relacional y comportamental con los
demás miembros de la comunidad.
• Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas.
• Manifiesta sentido de pertenencia institucional
23. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 23
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
• Participa en las actividades curriculares y extracurriculares.
• Valora y promueve su propio desarrollo.
A = Alto: Cumple los logros en menor proporción que el superior, sobresale sobre otros,
está aventajado. Además:
• Alcanza todos los logros propuestos pero con algunas actividades complementarias
• Tiene faltas de asistencia justificadas.
• Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento.
• Desarrolla actividades curriculares específicas.
• Manifiesta sentido de pertenencia con la institución
• Se promueve con ayuda del docente y sigue un ritmo de trabajo.
Ba = Bàsico: Se le considera bajo este criterio a un estudiante que:
• Alcanza los logros mínimos con actividades complementarias dentro del período.
• Presenta faltas de asistencia con o sin excusa justificada.
• Presenta dificultades de comportamiento.
• Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas.
• Manifiesta un sentido de pertenencia a la institución.
• Tiene algunas dificultades que supera, pero no en su totalidad.
Bj = Bajo: Para caracterizar a un estudiante en este criterio se debe tener en cuenta:
• No alcanza los logros mínimos y requiere actividades de refuerzo, sin embargo
después de realizadas las actividades de nivelación, no logra alcanzar los logros
previstos.
• Presenta faltas de asistencia injustificadas.
• Presenta dificultades de comportamiento.
• No desarrolla el mínimo de actividades requeridas
• No tiene sentido de pertenencia institucional
Parágrafo. El establecimiento educativo fijará y comunicará de antemano a los educandos,
docentes y padres de familia o acudientes la definición institucional de estos términos de
acuerdo con las metas de calidad establecidas en su plan de estudios.
Para todos los casos se tendrá en cuenta los trabajos, tareas, refuerzos y demás opciones
que le proporcionen al estudiante un mejoramiento académico.
24. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 24
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
INFORMES DE EVALUACIÓN
Al finalizar cada uno de los cuatro períodos del año escolar, los padres de familia o
acudientes recibirán un informe escrito de evaluación en el que se dé cuenta de los avances
de los educandos en el proceso formativo en cada una de las áreas.
Este deberá incluir información detallada acerca de las fortalezas y dificultades que haya
presentado el educando en cualquiera de las áreas, y establecerá recomendaciones y
estrategias para mejorar.
PARÁGRAFO: Existirá un quinto informe que reúne el resumen general del rendimiento y
aprovechamiento del estudiante durante el año de permanencia en la Institución donde
cursó dicho grado. Además este informe final, incluirá el cumplimiento por parte del
educando de los compromisos que haya adquirido para superar las dificultades detectadas
en períodos anteriores.
COMITÉS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
Basado en el decreto 1290 de 2.009, la directiva ministerial número 29 de noviembre 16 de
2.010 y la circular 00257 del 22 de noviembre de 2.010, existirá el Comité de EVALUACIÓN
Y PROMOCIÓN quienes de manera justa, racional y equitativa examinarán y analizarán
todas las estrategias aplicadas al estudiante y en donde de acuerdo a estos resultados
pactarán compromisos entre padres, estudiantes y docentes con el ánimo de ofrecer
oportunidades a los niños de más bajo rendimiento.
El Consejo Académico conformará una Comisión de Evaluación y Promoción integrada por
los docentes de asignatura, un representante de los padres de familia de cada grado que no
sea docente de la institución y el rector o su delegado, quien la convocará y la presidirá, con
el fin de definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de actividades de
refuerzo y superación para estudiantes que presenten dificultades.
En la reunión que tendrá la Comisión de Evaluación y Promoción al finalizar cada período
escolar, se analizarán los casos de educandos con evaluación de nivel bajo en cualquiera de
las asignaturas, y se harán recomendaciones generales o particulares a los profesores, o a
otras instancias del establecimiento educativo, en términos de actividades de refuerzo y
superación. Analizadas las condiciones de los educandos, se convocará a los padres de
familia o acudientes, al educando y al educador respectivo con el fin de presentarles un
informe junto con el plan de refuerzo, y acordar los compromisos por parte de los
involucrados.
Las Comisiones, además, analizarán los casos de los educandos con desempeños
excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades especiales de motivación, o
promoción anticipada. Igualmente se establecerá si educadores y educandos siguieron las
recomendaciones y cumplieron los compromisos del período anterior. Las decisiones,
25. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 25
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
observaciones y recomendaciones de cada Comisión se consignarán en actas y éstas
constituirán evidencia para posteriores decisiones acerca de la promoción de educandos.
REPROBACIÓN
Al finalizar el año, la Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado será la encargada
de determinar cuáles educandos deberán reiniciar un grado determinado.
Se considerarán para la repetición de un grado cualquiera de los siguientes educandos:
a) Educandos con valoración final en nivel bajo en tres o más asignaturas en el nivel de
educación básica y cuatro o más áreas en el nivel de educación media;
b) Educandos que hayan obtenido valoración final en el nivel bajo en Matemáticas y
Lenguaje durante dos o más grados consecutivos de la Educación Básica y Media;
c) Educandos que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las
actividades académicas durante el año escolar.
Es responsabilidad de la Comisión de Evaluación y Promoción estudiar el caso de cada uno
de los educandos considerados para la repetición de un grado y decidir acerca de ésta.
Los alumnos de Preescolar serán promovidos en su totalidad al grado siguiente, excepto en
aquellos casos que por recomendación de un especialista en desarrollo infantil, indique otra
decisión.
Para la básica Primaria las áreas de Lengua castellana y Matemáticas se consideran
fundamentales por cuanto son instrumentos de desarrollo para todas las demás áreas del
conocimiento. Si el nivel de logros, en algunas de éstas áreas es inferior al nivel del grado
que está cursando, se hará un programa de refuerzo permanente y paralelo al desarrollo
normal del curso.
Para la Básica Secundaria, las áreas de Matemáticas, Biológicas, Idiomas, Ciencias Sociales
son consideradas como áreas fundamentales, y el no cumplimiento de sus logros puede
conllevar a la nivelación ó a la sugerencia de cursar nuevamente el año no logrado. El comité
de Evaluación y Promoción determinará la promoción al grado siguiente teniendo en cuenta
estas consideraciones:
• El trabajo de refuerzo llevado a cabo.
• El compromiso de padres y alumno en su proceso de aprendizaje
• Las circunstancias psicológicas, afectivas y físicas del alumno.
Se exceptúan para efectos de la promoción las modalidades de atención Educativa a
poblaciones consagradas en el Título III de la ley 115 de 1994 y los estudiantes que cursen
los programas de Educación de Adultos, aceleración de aprendizaje, etc.
26. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 26
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
Artículo 11.
SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL OBLIGATORIO
Es un Proyecto que involucra a los estudiantes de Educación Media como un componente
curricular exigido para su formación integral, contribuyendo a la construcción de su identidad
cultural, nacional, regional y local.
El propósito fundamental es integrar a la vida comunitaria al educando del nivel de
Educación Media, académica o técnica para que a través de Proyectos Pedagógicos sobre el
desarrollo de valores, especialmente la solidaridad comparta, participe y proteja el
mejoramiento del ambiente, la dignidad y el sentido del trabajo en el tiempo libre.
El servicio Social Obligatorio es adoptado en los términos del Artículo 15 del Decreto 1860 de
1994 y para sus modificaciones se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 37 del mismo
Decreto.
RESOLUCION ADMINISTRATIVA
POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE EL SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL
OBLIGATORIO, EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA LA
GRAN VIA DEL MUNICIPIO DE TENA CUNDINAMARCA.
El Rector de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA LA GRAN VIA, del
Municipio de TENA Cundinamarca, en uso de sus facultades legales, en especial las que le
confiere la Ley 115 de 1994; el Decreto reglamentario 1860 de 1994 y la Resolución
No.4210 de 1996, y
CONSIDERANDO
Que la Ley 115 de 1994, concibe el Servicio Social estudiantil obligatorio, como un
componente curricular exigido para la formación integral del estudiante en los distintos niveles y
ciclos de la educación formal, por constituir un programa que contribuya a la construcción de su
identidad cultural, nacional, regional y local.
Que en armonía con lo dispuesto en el artículo 204 de la Ley 115, el servicio social
estudiantil obligatorio, se constituye en un mecanismo formativo que permite el
desarrollo del proceso educativo de los educandos, no solo en el establecimiento
educativo, sino también en el contexto familiar, en el medio ambiente y en la sociedad.
Que el artículo 39 del Decreto 1860 de 1994, determina el propósito principal y los
mecanismos generales para la prestación del servicio social del estudiante dispuesto en el articulo
97 de la Ley 115 de 1994.
27. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 27
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
Que la Resolución No. 4210 del 12 de Septiembre de 1996, establece las reglas generales para la
organización y el funcionamiento del servicio social estudiantil obligatorio.
Que los alumnos de los grados Décimos y en especial los Grados ONCE de la jnstitución
Educativa Departamental Betulia, durante el presente año Lectivo, en su mayoría no han
cumplido con lo establecido por las normas en lo referente al Servicio Social estudiantil obligatorio,
siendo requisito para obtener el Título de Bachiller.
Que la Institución Educativa Departamental Betulia La Gran Vía de Tena requiere adelantar
actividades referentes al embellecimiento y conservación.
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO: Establecer las áreas, temas, actividades y procedimientos para el
desempeño de los estudiantes del Grado Décimo y Undécimo en el Servicio Social
Estudiantil Obligatorio, para las Jornadas mañana y Sabatino de la Institución Educativa
Departamental Betulia La Gran Vía.
ARTICULO SEGUNDO: Considerar áreas prioritarias para la atención del Servicio Social,
aquellas como: alfabetización, promoción y preservación de la salud, la educación
ambiental- embellecimiento y conservación del plantel, la educación ciudadana, la
organización de grupos juveniles y de preservación de factores socialmente relevantes, la
recreación dirigida y el fomento de actividades físicas, prácticas e intelectuales.
ARTICULO TERCERO: Establecer dentro del Plan de estudios una intensidad horaria, mínima de
ochenta (80) horas de prestación del Servicio Social obligatorio en un proyecto pedagógico de
acuerdo con el articulo sexto de la Resolución No. 4210 de 1996.
PARAGRAFO: Se establece para la prestación del servicio social estudiantil obligatorio en el grado
décimo un total de 80 horas y en el grado undécimo 80 horas a partir de la fecha de comunicación
de la presente, teniendo en cuenta que la Resolución N° 4210 de 1996, establece mínimos en su
contenido.
ARTICULO CUARTO: Establecer como requisito indispensable el haber obtenido los
logros determinados en el proyecto pedagógico de Servicio Social; para la obtención del titulo de
bachiller de conformidad con lo dispuesto en el articulo 11 del Decreto 1860 de 1994, en armonía
con el artículo 88 de la Ley 115 de 1994.
ARTICULO QUINTO: Determinar dos fechas durante el año Lectivo para la ceremonia de
Graduación de los bachilleres que por razones de promoción anticipada o incumplimiento de los
requisitos, no se puedan graduar en conjunto; las cuales serán : La primera finalizando el
primer periodo académico en Junio, y la segunda fecha finalizando el segundo periodo
académico, en Noviembre.
PARAGRAFO: De la mima manera podrá graduarse un bachiller, reclamando su diploma,
en la Secretaría del Plantel, una vez haya cumplido con los requisitos legales.
ARTICULO SEXTO: Conceder como plazo máximo para la sustentación del cumplimiento
28. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 28
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
del servicio social estudiantil obligatorio, hasta el 3er Viernes del mes de Octubre de los años
siguientes.
ARTICULO SEPTIMO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y
publicación.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en la Institución Educativa Departamental Betulia La Gran Vía , mes de Marzo de Dos mil once
(2011).
ORLANDO CUBILLOS VELASQUEZ GLORIA ASTRID CAMARGO
Rector Secretaria
CAPITULO QUINTO
DEBERES, DERECHOS, ESTÍMULOS Y PROHIBICIONES
Artículo 12. Deberes del Estudiante
DEBERES - DEFINICIONES
Deber es una obligación moral que guía cada persona para actuar según los principios de la
ética, la justicia o su propia conciencia, que encierra la idea del hombre como ser activo y
participativo, capaz de fundamentar los actos personales y asumir la responsabilidad sobre
ellos.
El deber etimológicamente, es una deuda contraída, que corresponde a un derecho recibido.
Los deberes se deducen de los derechos enmarcados en la Constitución Nacional.
El cumplimiento de los deberes ayuda a la formación del estudiante facilitando su
convivencia en comunidad; también adquiriendo sus derechos como estudiante y persona.
“El incumplimiento de los deberes significa renunciar a los derechos.”
29. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 29
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
DEBERES
El primer deber de todos los estudiantes, es respetar sus derechos y no abusar de
ellos, porque para exigir hay que cumplir y para recibir hay que dar:
1. Estudiar, conocer y cumplir el manual de convivencia.
2. Evitar las manifestaciones amorosas a nivel noviazgo en la Institución.
3. Asistir puntualmente a todas las clases y actividades programadas por la institución.
4. Presentarse a la institución y permanecer en la misma correctamente aseado y
vestido de acuerdo a las normas dadas sobre presentación personal.
5. Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos en el
establecimiento educativo.
6. Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de
sus debilidades.
7. Si por motivo de salud o fuerza mayor, el estudiante ha faltado al colegio el día en que
se hizo alguna prueba evaluativa, pero su ausencia esta justificada, el estudiante tiene
derecho a presentar la prueba correspondiente. Previa presentación de la excusa
aprobada por coordinación. La cual debe ser presentada el primer día después de su
ausencia en un plazo no mayor a tres días (3) que será presentado en la coordinación
(ver formato de aceptación de excusa).
8. Entregar a los acudientes o padres de familia las comunicaciones o informes que la
institución les envíe.
9. Cuidar sus respectivas pertenencias, abstenerse de llevar consigo objetos de valor y
colaborar con el cuidado de los bienes ajenos. La institución no se responsabiliza por
la perdida de ellos.
10. Toda falta que atente contra el bien común debe ser denunciada de inmediato si no
quiere ser cómplice y responsable de la misma falta.
11. Presentarse a las clases con los elementos necesarios para el buen desarrollo de las
mismas.
12.No comer ni masticar chicle en las aulas de clase, ni en actos de comunidad (Izadas
de bandera, actos culturales, misas, formaciones, etc)
30. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 30
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
13. Comportarse debidamente en cada una de las diferentes zonas del plantel: aulas de
clase, patios de descanso, sala de informática etc. Durante las horas de clase, ningún
estudiante debe permanecer fuera del aula respectiva, salvo que haya sido citado o
enviado a otra dependencia.
14.En caso de retiro de la institución, es obligación del estudiante ponerse a paz y salvo
en todas las dependencias y entregar el carné estudiantil.
15. No abandonar la institución hasta terminar la jornada, salvo permiso especial con la
presencia del padre o acudiente quien lo retira bajo la responsabilidad del mismo.
16. Manifestar el debido respeto a los símbolos patrios y a la Institución.
17. Utilizar la tienda escolar solamente en horas de descanso.
18. No permanecer en los salones en horas de descanso.
19. Portar el carné estudiantil para efectos de identificación dentro y fuera de la
institución.
20. Solicitar a la Rectoría la autorización para no realizar los ejercicios físicos regulares
en el área de Educación Física, presentando el certificado médico actualizado,
expedido por un especialista que lo incapacita. Esta autorización no lo exime del
cumplimiento de los trabajos compensatorios asignados por el docente.
21. Abstenerse de utilizar medios electrónicos y digitales dentro del aula de clase y/o
durante cualquier actividad curricular sin la debida autorización de los docentes para
fines académicos, sin violar el derecho a la intimidad respaldado en el artículo 33 del
código de la infancia y adolescencia.
22. Abstenerse de escribir y/o dibujar expresiones vulgares, irrespetuosas o pornográficas
en cualquier sitio del colegio que atenten contra la integridad de las personas.
Artículo 12.
DERECHOS - DEFINICIONES
Teniendo en cuenta el Código del Menor y la definición del término, derecho es la facultad
que tiene cada persona para hacer, decir, poseer o exigir algo libremente, con la limitación
que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.
Derecho es un compuesto de las reglas de conducta, es decir, criterios de comportamiento
que tiene facultades, deberes y medidas formativas de carácter obligatorio, cuyo objetivo es
31. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 31
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
establecer un orden en las relaciones sociales dentro de un marco de justificaciones
individuales.
DERECHOS
Todos los estudiantes gozan de los mismos derechos en cuanto a su formación:
1. Recibir una formación integral de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
2. Conocer y apropiarse del Manual de Convivencia.
3. Recibir un trato respetuoso por parte de sus compañeros y personal de la
Institución, sin discriminación de credo, raza, sexo, apariencia, idioma, posición
económica o política.
4. Presentar sus reclamos con cultura y cortesía, ser escuchado y orientado en
aquellos casos de conflicto que perjudiquen la integridad física, moral, académica
y disciplinaria; para esto se debe utilizar el conducto regular.
5. Expresar sus opiniones o sugerencias sobre el mejoramiento del proceso
educativo, siempre y cuando se haga dentro del respeto y aporten estrategias
para la solución de los mismos.
6. Recibir de sus profesores el buen ejemplo manifestado en la idoneidad,
puntualidad y el buen manejo del sistema de educación integral que garantice el
aprendizaje y la formación en valores.
7. Recibir orientación a lo largo de su formación que lo ayude a su crecimiento
personal para que pueda escoger de una manera responsable su profesión.
8. Derecho a elegir y ser elegido, a participar activamente y con responsabilidad en
el Gobierno Escolar.
9. Revocar el mandato a quienes hayan sido elegidos como personero,
representante de los estudiantes, ante el consejo directivo, representante del
consejo estudiantil u otros cargos, cuando sus acciones sean contrarias a las
consagradas a en los objetivos propuestos, cuando incumplan en sus funciones o
incurran en faltas graves.
10. Recibir todas las clases, siempre y cuando se haga con puntualidad, espíritu de
trabajo y buenos modales.
11. Contar con una planta física adecuada y en tal estado de mantenimiento que
permita el buen desarrollo de las clases.
12. Autoevaluarse y hacer criticas constructivas.
32. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 32
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
13. Presentar los trabajos y evaluaciones cuando haya justificado oportunamente su
ausencia.
14. Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y
sociales.
15. Conocer el sistema de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos es
instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar.
16. Conocer los resultados del proceso de evaluación y recibir oportunamente las
respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a éstas.
17. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus
debilidades en el aprendizaje.
18. Los estudiantes tienen derecho a su intimidad personal y familiar, así como a su
buen nombre y honra, razón por la cual el Colegio debe respetarlos y hacerlos
respetar (Artículo 33 Ley 1098).
19. Los estudiantes tienen derecho al libre desarrollo de la personalidad, sin más
limitaciones que las impuestas por los derechos de los demás y lo establecido en
éste Manual de Convivencia.
20. Se garantiza a los estudiantes la libertad de expresar y difundir su pensamiento y
opinión, utilizando los medios de comunicación que el Colegio tiene establecidos.
Esta expresión de pensamiento debe hacerse con criterio y respeto, teniendo en
cuenta para ello los derechos que tienen las personas y la institución a la que
pertenecen.
21. El estudiante tiene derecho al debido proceso siguiendo lo establecido en el
presente Manual de convivencia.
22. Conocer y ampliar estos derechos.
Artículo 13.
ESTÍMULOS
El estímulo motiva al hombre a actitudes y cambios positivos; el mejor estímulo es la
satisfacción que sentimos de haber cumplido con el deber. Los alumnos que sobresalgan
por su rendimiento académico, espíritu de solidaridad, compañerismo, actividades
deportivas, culturales, ecológicas y colaboración con la Institución se premiará con los
siguientes estímulos:
• Tener el honor de izar la bandera cuando su rendimiento académico, su
comportamiento, su participación, su colaboración o cualquier otro valor sea destacado
en la comunidad a nivel individual o de grupo.
33. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 33
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
• Participar en actividades intelectuales, religiosas, recreativas, sociales, artísticas y
deportivas representando al colegio, siempre que su rendimiento académico sea
eficiente.
• Reconocimiento público a los estudiantes que se destaquen en actividades académicas
deportivas, artísticas y de creación literaria.
• Participar en los concursos que se realicen en la Institución o fuera de ella, con la
debida autorización.
• Al finalizar cada periodo los mejores alumnos podrán figurar en el cuadro de honor, ser
seleccionado como monitor en el grado o suplente, ser seleccionado para izar el
pabellón Nacional o ser designado como el deportista del período.
• Para los grado de Preescolar y Primero hacer reconocimiento a su aplicación,
puntualidad, colaboración y comportamiento con distintivos especiales como banderitas
de colores, escudos, o el que determine el docente de grado.
Será merecedor de las menciones de honor un estudiante de cada curso seleccionado por
los docentes que orienten clase en éste, teniendo como parámetros la colaboración,, el
compañerismo, el mejor deportista, esfuerzo y comportamiento.
CAPITULO SEXTO
REGIMEN DE CONVIVENCIA O DISCIPLINARIO
DEL PORTE Y USO DE LOS UNIFORMES DE LA INSTITUCIÓN
UNIFORME DE LA INSTITUCION.
Los estudiantes y las estudiantes deben portar con respeto y dignidad el uniforme dentro y
fuera del colegio. Los modelos deben ser los establecidos por la Secretaría de Educación
de Cundinamarca en el decreto 0149 de agosto de 2005 y no se les debe agregar ninguna
otra prenda, adorno o accesorio. Debe ser portado con pulcritud y orden. Mantener la
presentación personal exigida por la Institución.
1. DIARIO NIÑAS.
Jardinera: Tela escocés azul, con dos prenses-tablas y dos prenses a los lados con el
escudo de la Institución al lado izquierdo en el peto,. Debe portarse a la rodilla. Blusa:
Blanca de cuello sport manga corta en dacrón, debe usarse correctamente por dentro de
la jardinera.
Medias: Color blanco y a una altura de dos centímetros. Debajo de la rodilla.
Zapatos: De cuero negro de embetunar y amarrar. Cordones negros.
34. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 34
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
Accesorios: Únicamente balacas, bambas o moños blancos, azules oscuros o negros.
PARAGRAFO: No se permite el uso de accesorios, collares, piercing, manillas, cadenas,
pañoletas, pulsos, tejidos, peinados extravagantes, cabello tinturado; la utilización de
maquillaje y/o esmalte de color para las uñas o accesorios que atenten contra su integridad
física. En caso de temperatura baja la estudiante puede usar saco azul oscuro, cuello en V.
2. DIARIO NIÑOS.
Pantalón: azul oscuro en poliéster. Bota recta de 20 centímetros mínimo de ancho.
Camisa: blanca en dacrón con cuello sport, manga corta, con el escudo de la Institución, debe
usarse correctamente por dentro del pantalón.
Medias: Color o azul oscuro, diez centímetros arriba del tobillo.
Zapatos: De cuero negro de amarrar, de embetunar, cordones negros.
3. UNIFORME DEPORTIVO NIÑAS Y NIÑOS.
Sudadera: De color azul oscuro, con cintas de color amarillo y blanco a media pierna bota
recta (mínimo 20 cms) y con resorte en la pretina. Según modelo establecido por la
Secretaría de Educación de Cundinamarca según Resolución N°00149 de Agosto 12 de
2005.
Camiseta. Camibuso blanco, manga corta, con el escudo de la Institución en la parte
izquierda del pecho.
Chaqueta: Azul oscuro, con dos bolsillos laterales, cremallera delantera, con cintas de color
amarillo y blanco en las dos mangas. Según modelo establecido por la secretaría de
educación de Cundinamarca.
Medias: Deportivas de color blanco. Diez o quince centímetros. arriba del tobillo sin adornos.
Tenis: De color blanco, sin líneas de colores.
Pantaloneta: Azul oscura.
Para las niñas: Únicamente balacas, bambas o moños blancos o azul oscuro.
35. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 35
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MANUAL DE CONVIVENCIA
PARAGRAFO: Los estudiantes deben portar el uniforme únicamente para el cumplimiento
de las actividades académicas, culturales, patrias, deportivas y todas aquellas en que sean
autorizados por la Institución.
MIS FALTAS Y MIS OPORTUNIDADES
CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS
Según su naturaleza, consecuencias y circunstancias del hecho, las faltas se clasifican
como:
1. Leves. Aquellas que contravienen los deberes y que no afectan gravemente a otros y/
o a la comunidad.
2. Graves: la reincidencia y acumulación de faltas leves sin mostrar cambio ante los
correctivos impuestos, así como las que se encuentran consagradas en este Manual.
GRAVEDAD DE LAS FALTAS
Para calificar la gravedad de la falta, además de su naturaleza y consecuencias, se debe
analizar la existencia de circunstancias de agravación, atenuación o exoneración.
Causales de atenuación: se consideran como causales de atenuación de la responsabilidad
de la conducta asumida por el estudiante y por ende, en la sanción a imponer, las siguientes:
• La edad, el desarrollo mental y afectivo, circunstancias personales, familiares y
sociales.
• Haber observado buena conducta y disciplina.
• Reconocer y confesar la falta oportunamente.
• Procurar por iniciativa propia resarcir el daño o compensar el perjuicio causado.
Causales de agravación: se consideran como causales de agravación de la responsabilidad
de la conducta asumida por el estudiante y por ende, en la sanción a imponer, las siguientes:
• La reincidencia en la comisión de la falta que dio lugar a una sanción disciplinaria
dentro del mismo año lectivo.
36. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 36
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MANUAL DE CONVIVENCIA
• La realización del hecho en complicidad con otros estudiantes.
• Cometer la falta aprovechando la confianza depositada por docentes, personal
administrativo y demás miembros de la comunidad educativa.
• Cometer la falta, para ocultar otras.
• No asumir la responsabilidad y atribuírsela a otro.
• Cometer el hecho con intervención de compañeros menores o de cursos inferiores.
Causales de exoneración: se consideran como causales de exoneración de la
responsabilidad de la conducta asumida por el estudiante y por ende, no habrá sanción a
imponer, las siguientes:
• Haber sido inducido y obligado por un superior a cometer la falta.
• Haber actuado por motivaciones e intenciones nobles o altruistas.
La exoneración de la sanción no exime al estudiante de asumir los gastos ocasionados con
su conducta.
Artículo 14.
FALTAS LEVES
Basado en lo establecido en la constitución nacional, los artículos 12, 15, 17, 18, 19, 28, 42,
33, 43, 174 del código de infancia y adolescencia 1098 de noviembre 8 de 2.006, Se
consideran faltas leves las siguientes violaciones a las prohibiciones o incumplimiento
a los deberes y de las normas generales.
1. Utilizar el nombre de la institución para cualquier actividad diferente a las labores
académicas, culturales, artísticas, recreativas y deportivas autorizadas por la
institución.
2. Ejercer o propiciar cualquier género de violencia o irrespeto contra las personas o
contra las cosas de la institución.
3. Introducir a la institución libros, folletos, revistas y otros medios de divulgación
pornográfica (Internet), o que atenten contra la moral pública.
4. Realizar, promover o participar sin la correspondiente autorización de rectoría en
cualquier género de ventas, rifas o negocios con los compañeros, profesores y otros
funcionarios del plantel.
5. Jugar dineros o practicar juegos de azar.
6. Usar cabello largo, tinturas, engomado, usar barba, aretes, pircing, collares, manillas
o algún otro elemento diferente a los establecidos en el uniforme reglamentario.
7. Destruir la planta física o elementos de la institución.
37. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 37
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MANUAL DE CONVIVENCIA
8. Llegar a la institución después del horario establecido en tres ocasiones y retardos en
el cambio de clase.
9. El ingreso a establecimientos públicos (billares, bares o expendios de bebidas
alcohólicas, discotecas) portando el uniforme.
10. Retardos y ausencias injustificadas.
11. Usar maquillaje, joyas, adornos.
12. Permanecer en el salón en actos comunitarios o en tiempo de descanso.
13. Obstaculizar las clases con el juego y la indisciplina.
14. Tener actitudes agresivas que promuevan las discordias.
15. Comprar en la tienda escolar después de haber sonado el timbre.
16. Realizar compras, ventas, rifas e intercambiar objetos en la Instituciòn.
17. No atender al timbre en los cambios de clase y después del descanso.
18. Masticar chicle o goma, comer en clase y en actos de comunidad.
19. Salirse del salón en los cambios de clase.
20. Trabajar en clase en otra materia diferente.
21. No portar el uniforme con decoro.
22. Asistir al colegio sin el uniforme establecido alguna vez a la semana
23. Falta de cumplimiento con trabajos, exposiciones o tareas.
24. Obstaculizar las actividades lúdicas, recreativas, deportivas y académicas con actos
de indisciplina.
25. Llegar tarde a la entrada de clases
26. Estar ausente en las celebraciones y/o actividades culturales
27. Presentarse desprovisto de materiales para el desarrollo de la clase.
28. Mal comportamiento y desorden en la formación durante los actos.
29. Las demás que a juicio del comité de Convivencia consideren como faltas leves.
CORRECTIVOS
1. Amonestación verbal por parte de profesores, director de grupo, coordinación y
rectoría.
2. Citación al padre de familia, para realizar los descargos correspondientes, dejando
constancia en el observador del estudiante, en caso de no presentarse el padre de
familia, está condicionado el ingreso del estudiante a la Institución.
3. Suspensión de cargos de responsabilidad, en el aula o a nivel de la institución.
4. Condicionar la permanencia del estudiante en la institución, a su buen
comportamiento y/o rendimiento académico.
5. Pago o reparación de daños, ocasionados en la planta física, mobiliario, equipos o
elementos de sus compañeros, informando inmediatamente al padre de familia.
6. A la tercera citación del padre de familia o acudiente que no se presente a la al
Institución el caso será reportado a Personería Municipal y Comisaría de familia.
7. Firma del (acta de compromiso). Para ello se realizará el siguiente procedimiento:
Frente a la acumulación de faltas leves se deberá citar al acudiente a reunión con el profesor
de la asignatura, el director de grupo, los miembros del comité de convivencia y el estudiante;
38. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 38
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
en ella se tratarán de establecer los motivos determinantes del estudiante implicado y una
vez cumplido este procedimiento todos los involucrados en la situación que se juzga firmarán
un (acta de compromiso) y se comprometerán a acatarla.
En caso que el estudiante no justifique su ausencia oportunamente, perderá el derecho a que
se le practiquen las pruebas de evaluación que se hubiesen llevado a cabo. Lo mismo
cuando coincidan las evaluaciones con suspensión del estudiante, ordenada por la autoridad
competente. (numeral 10 faltas leves)
PARAGRAFO
La aplicación de una medida por faltas leves afectara el informe de convivencia del
estudiante en el periodo académico correspondiente.
Artículo 15.
FALTAS GRAVES
Basado en lo establecido en la constitución nacional, los artículos 12, 15, 17, 18, 19, 28, 42,
33, 43, 174 del código de infancia y adolescencia 1098 de noviembre 8 de 2.006, las faltas
graves son todas aquellas que se cometen dentro o fuera de la Institución, que causan
perjuicio material, físico o moral , que atenten contra los derechos de las personas y estén
en contra de la filosofía y moral de la institución.
Se consideran faltas graves las siguientes violaciones a las prohibiciones o incumplimientos
a los deberes y la reincidencia por tercera vez en las faltas leves:
1. Inasistencia constante e injustificada a clases.
2. Portar armas o elementos que puedan atentar contra la seguridad de las personas.
3. Amenazar o agredir verbalmente o a mano armada a alguno de los profesores de la
institución, a funcionarios o a compañeros.
4. Hurto comprobado
5. Manifestar desprecio formal a la disciplina o a las llamadas de atención de las
directivas, profesores o a la modalidad del plantel.
6. Presentarse en estado de embriaguez o enajenación por uso de drogas o sustancias
alucinógenas.
39. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 39
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
7. Faltas que atenten contra la moral y dignidad pública dentro y fuera de la institución
(mal comportamiento en los buses, en la calle, saltar los muros de la institución)
8. Irrespeto a los símbolos y actos patrios de la institución.
9. Exceso de manifestaciones afectivas dentro y fuera del plantel portando el uniforme.
10. Fraude en las evaluaciones, adulteración de notas o documentos públicos (compra de
trabajos, copia textual de libros…)
11. Los comentarios, especulaciones y similares que deterioren el buen nombre de:
directivos, docentes, y comunidad educativa.
12. La evasión de responsabilidades de carácter reglamentario (desfiles, presentaciones,
convocatorias, semana cultural y actividades extracurriculares).
13. Todas aquellas conductas contempladas en el código penal, código civil, el desacato a
la constitución política y a las leyes de la república.
14. Adulterar documentos y hacer fraude en evaluaciones y/o suplantar personas.
15. Fumar dentro del colegio, ingerir o introducir bebidas alcohólicas, lo mismo que
guardar, traficar o consumir sustancias alucinógenas.
16. Incumplimiento en las citaciones por parte del padre de familia o acudiente.
17. Realizar, divulgar o participar en actividades subversivas, narcotráfico.
18. Realizar acto o acceso carnal con otra persona, inducir las prácticas abusivas,
denigrantes, deshonrosas o de cualquier manera atentar o violar su libertad sexual o
influir negativamente en su educación sexual.
19. Inducir, manipular u obligar a otra persona a cometer actos que constituyan infracción
académica o de convivencia (disciplinarios), o que de cualquier manera atente contra
la moral, la ley, la salud y las buenas costumbres que exige la Institución.
20. Elaborar escritos no agradables que atenten contra la dignidad de la persona, en las
paredes, puertas y pupitres.
21.Ausentarse de la Institución sin autorización previa.
22.No presentarse a cumplir con sus obligaciones estudiantiles, y desplazarse a sitios
diferentes.
23. Dañar y/o participar en actos que destruyan los bienes del colegio y sus alrededores.
24. Crear falsas alarmas tendientes a conseguir el pánico colectivo, tales como: estallar
fulminantes, provocar quemas de basura dentro o fuera del aula, enrarecer el
ambiente con sustancias de olor desagradable.
25. La ausencia reiterada de los padres a las citaciones que hace el colegio.
26. Evadir las clases, sin excusa pertinente permaneciendo en la institución o fuera de
ella.
PARAGRAFO: La inasistencia a actos culturales, deportivos, religiosos El uso de apodos y
vocabulario soez con cualquier miembro de la comunidad educativa, sea en serio o en
broma. En caso de pérdida de objetos personales tales como portátiles, joyas, celulares,
accesorios, el colegio no se hace responsable de estos artefactos. En cado de ser
decomisados solo se entregarán a sus acudientes.
40. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 40
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
Artículo 16.
PROCEDIMIENTOS CORRECTIVOS PARA FALTAS GRAVES
El procedimiento para correctivos de las faltas graves es el siguiente:
Presentación ante la Coordinación Rectoría, con requisito en el observador quien impondrá
acciones como:
1. Citación al acudiente quien debe firmar un compromiso juntamente con el alumno.
2. Desescolarización dentro de la Institución de uno (1) a tres (3) días según la gravedad
de la falta, tiempo durante el cual deberá cumplir con un trabajo de retribución social.
3. En Preescolar, Primaria y Secundaria la suspensión será de uno a tres días con
relación a las clases del grupo al que pertenece y por lo tanto el alumno debe asistir al
colegio para realizar algún trabajo bajo la supervisión de la titular y no debe quedarse
en la casa. Los padres o acudientes serán notificados por escrito.
4. Firma acta de compromiso.
5. Pérdida de estímulos.
6. Presentación al Comité de Convivencia con su correspondiente seguimiento.
7. Reporte y presentación al Consejo Académico
8. Remisión al Consejo Directivo.
9. Matrícula condicional.
10. Cancelación de la matrícula, aprobada por el Consejo Académico y docentes ante la
Rectoría y aprobado por el Consejo Directivo.
Artículo 17.
CAUSALES PARA LA CANCELACIÓN DE LA MATRÍCULA
• Agresión física y verbal de los padres o alumnos entre sí a Directivos, docentes y
empleados del colegio.
• Agresión física y/o verbal de los estudiantes entre si y demás miembros de la
comunidad educativa, que implique lesiones personales.
• Reincidencia en agresión física leve a los compañeros y los demás miembros de la
comunidad escolar.
• Destruir a propósito los bienes como muebles y enseres de la institución, de los
docentes, personal de servicio o de los compañeros.
• Hurto comprobado o complicidad en los hechos.
• Reincidencia en faltas graves.
• Falsificación de documentos.
41. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 41
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
CAUSALES PARA LA PÉRDIDA DEL CARÁCTER DE ESTUDIANTE
Una persona pierde el carácter de estudiante de la Institución Educativa Departamental
Betulia y por tanto todos los derechos por:
• No cumplir con las condiciones dadas anteriormente expuestas.
• Cancelación voluntaria de la matrícula.
• Inasistencia habitual injustificada según Decreto1860 Art.53 y luego de haber agotado
las instancias definidas en el presente Manual.
• Exclusión de la Institución avalada por el Consejo Directivo (Art. 319 Código del Menor)
después de agotar todos los recursos conciliadores y de compromiso personal con el
estudiante y su acudiente.
• Un bajo rendimiento académico que incida en el estudiante, en sus padres, compañeros
y en general en la comunidad educativa y que será determinada por el Consejo
Académico y el Comité de Evaluación y Promoción, partiendo del análisis de casos y
basado en los instrumentos de seguimiento adoptados para tal efecto.
• Presentar documentos falsos o cometer fraude en el momento de la matrícula o para
resolver otra situación de la vida escolar
• Cuando a pesar de los correctivos, compromisos y orientación el alumno incide en
faltas graves y es destituido bajo concepto, investigación, decisión de Docentes,
Consejo Directivo y Rector.
CONSERVACIÓN DEL CUPO
De acuerdo a la Ley General de Educación en su artículo 96, será el reglamento interno de la
Institución Educativa quien establecerá las condiciones de permanencia del alumno en el
plantel y el procedimiento en caso de exclusión. La reprobación por primera vez de un
determinado grado por parte de un alumno no será causa de exclusión del establecimiento si
no está asociado a otra causa expresamente contemplado en el Manual de Convivencia. El
alumno que tenga N. P. (No promovido) como valoración definitiva, después de haber
agotado todos los recursos se le permitirá reiniciar si tiene buen comportamiento.
CONCILIACION Y MEDIACION
Antes de abordar el contexto conciliador como mecanismo alternativo en la resolución de
conflictos, es conveniente partir de su realidad, por tanto es necesario que en la comunidad
educativa se puedan resolver los conflictos mediante la figura de la conciliación y mediación,
con el fin de contribuir a la transformación de las relaciones con otros, y el desarrollo de
42. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 42
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
actividades para mejorar la convivencia y llegar a acuerdos satisfactorios para ambos, y así
promover la tolerancia y la justicia
CONDUCTO REGULAR
En todo correctivo se debe cumplir el siguiente conducto:
• Profesor implicado
• Director de grupo
• Coordinación
• Consejo de Docentes
• Consejo Académico
• Rectoría
• Consejo Directivo
• Personería Municipal
TITULO II
DE LOS OTROS ESTAMENTOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
CAPITULO SEPTIMO
DE LOS PADRES O ACUDIENTES
Artículo 19.
DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES
• Participar en la vida de la institución y opinar por medio de sus representantes en los
órganos del medio escolar, usando los procedimientos establecidos en la Ley General
de Educación.
• Elegir y ser elegido como delegado de Padres, miembro del Comité económico y como
miembro del Consejo Directivo.
43. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 43
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
• Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias,
deportivas, recreativas y culturales.
• Recibir la colaboración eficiente y a tiempo de los diversos estamentos del plantel en
los aspectos educativos y formativos.
• Conocer oportunamente las investigaciones, seguimientos y sanciones que afecten a
los alumnos acudidos o hijos.
• Ser informado oportunamente sobre los ingresos y egresos de dineros manejados por
el comité económico.
• Ser atendido en forma oportuna y diligente por docentes y directivos en horarios
establecidos.
• Hacer reclamos justos y respetuosos, dentro del tiempo fijado por las normas legales e
institucionales.
Artículo 20
DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES
• Cumplir con lo establecido en la constitución nacional, los artículos 14, 15, 17, 18, 20,
33 y 39 del código de infancia y adolescencia 1098 de noviembre 8 de 2.006.
• Velar porque sus hijos reciban los cuidados necesarios para su desarrollo físico
intelectual, moral y social. No enviar a los niños cuando se encuentren enfermos,
llevarlos al médico o al especialista competente.
• Vigilar que los niños cumplan con los compromisos escolares asignados para realizar
fuera de la institución.
• Comprometerse y participar concientemente en el PEI.
• Conocer, respetar y practicar las normas del Código del Menor Constitución Política;
artículo 17 de la ley 115 y el presente Manual de Convivencia.
• Velar por la integridad física y moral del alumno, protegiéndolo de cualquier atentado
contra su integridad personal.
• Asistir puntualmente a todas las reuniones, actividades y citaciones que se establezcan
en el colegio.
• Velar por la correcta presentación de sus hijos al venir a la institución.
• Propiciar condiciones ambientales nutricionales y emocionales óptimas para el buen
desarrollo de sus hijos, porque los primeros responsables de la formación de un hijo
son sus padres, ante la sociedad.
• Mantener un diálogo permanente con sus hijos, profesores y directivos, evitando
comentarios que puedan tergiversar la realidad.
• Suministrar a sus hijos los implementos necesarios para el desarrollo de actividades
académicas y salidas pedagógicas.
• Cuando el padre o madre de familia por razones de fuerza mayor, no puedan asumir
sus funciones, delegarán a un acudiente que cumpla los siguientes requisitos:
44. INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA 44
Municipio de Tena - Cundinamarca
MANUAL DE CONVIVENCIA
Mayor de edad, comprometerse a asistir a las reuniones, conocer de cerca al
alumno, residir en la vereda, dejar sus datos el día de la matrícula, tener
vinculación familiar o autorización de los padres.
Presentar excusa escrita al docente del grado o director de curso por fallas o
retardos, además, cuando desee averiguar el comportamiento de su hijo o
acudido.
Buscar los medios para que su hijo o acudido cumpla con todos los requisitos
exigidos por la institución como: Registro civil, reportes de calificaciones,
certificaciones servicio de atención médica, útiles escolares entre otros.
Efectuar el pago oportuno de los servicios complementarios avalados por
resolución de la Secretaria de Educación en sus dos jornadas que corresponden
a: Sistematización, Manual de Convivencia, carnés, papelería para servicio del
plantel, gastos de representación, premiación clausura, empaste y compra de
libros reglamentarios, reserva para emergencias, actividades sociales
contempladas en los requisitos para matricular.
Desde el momento en que matricule a su hijo debe prestar la mayor colaboración
posible a las directivas y docentes para obtener el fin propuesto: Educar su hijo.
Artículo 22.
DE LOS EDUCADORES
PERFIL DEL EDUCADOR
LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL BETULIA LA GRAN VÍA adopta un
concepto de educador como guía, orientador, mediador y cooperador en el proceso
educativo de manera que con la ayuda de los estudiantes, padres de familia y directivos
desarrollen sus potencialidades libremente dándole sentido a su labor, expresada en la
creatividad, dinamismo y trascendencia de su acción, además deberá cumplir con lo
establecido en la Constitución nacional, la Ley General de Educación, El código de infancia y
adolescencia, el decreto 1290, el decreto 1860.
De acuerdo a la profesión que este ser por excelencia ha escogido debe reunir un cúmulo de
valores capaz de compartirlos en la comunidad educativa a la cual pertenece. Por lo tanto
será: