2. 1. ¿Cuáles son los derechos políticos de los mexicanos?
2. ¿Cuál es el bien jurídico tutelado en los derechos
políticos consagrados a nivel constitucional?
3. ¿En qué tratados se encuentran contenidos los
derechos políticos que se relacionan con lo que
establece el artículo 35 constitucional?
4. ¿Qué semejanzas y diferencias encuentra con lo que
se señala en la Constitución y en la jurisprudencia?
3. ¿Cuáles son los derechos políticos de
los mexicanos?
• Nuestra Carta Magna consagra dos tipos de
derechos políticos:
• Nacionalidad (artículo 30).
• Ciudadanía (artículo 34).
4. • La Ciudadanía, en un sistema democrático como
el nuestro es la base y fundamento de los
derechos políticos, en donde los ciudadanos
participan activamente en la vida política del país,
mediante el voto eligiendo a sus gobernantes o
de manera más activa como aspirante para
obtener un cargo público de elección popular. Se
encuentra consagrado en la CPEUM, Artículo 34.
Son ciudadanos de la República los varones y
mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos,
reúnan, además, los siguientes requisitos:
• I. Haber cumplido 18 años, y
• II. Tener un modo honesto de vivir.
5. • La Nacionalidad
• Es el vínculo jurídico por el cual un individuo
viene a ser miembro de la comunidad política
de un Estado determinado, aceptando todas
sus normas. El derecho a la nacionalidad se
encuentra consagrado en el Artículo 30. La
nacionalidad mexicana se adquiere por
nacimiento o por naturalización. En el Artículo
31, se encuentra las obligaciones que como
mexicanos tenemos.
6. ¿Cuál es el bien jurídico tutelado en los
derechos políticos consagrados a nivel
constitucional?
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El bien jurídico tutelado en los derechos políticos es el derecho a la participación en
asuntos políticos implica un deber correlativo del Estado de establecer y perfeccionar
los mecanismos y procedimientos de dicha participación que además del voto, el
plebiscito, referéndum, iniciativa ciudadana o popular, y otras formas de consulta
ciudadana.
Pero dicha participación trae una responsabilidad por el desarrollo y protección de
otros derechos íntimamente ligados al ejercicio de los derechos políticos como la
libertad de expresión, o el derecho de petición y de asociarse.
La libertad de expresión es un bien jurídico que se encuentra en los artículos 6, 7 de
la CPEUM. La libertad de petición se encuentra en el artículo 8, 35 y el derecho de
asociación se encuentra en el artículo 35 de nuestra Carta Magna. III. Asociarse
individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del
país
Existe un Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que
garantiza el respeto al voto de los ciudadanos.
El Tribunal garantizará, en el ámbito de su competencia, el respeto de los derechos
fundamentales y el correcto desarrollo de los procesos electorales.
7. ¿En qué tratados se encuentran contenidos los
derechos políticos que se relacionan con lo que
establece el artículo 35 constitucional?
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El artículo 35 constitucional nos dice que III. Asociarse individual y libremente para tomar parte en
forma pacífica en los asuntos políticos del país. Además de tener derecho a votar y a ser elegidos
en elecciones realizadas por sufragio universal
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, en el artículo 21 dice: Toda persona tiene
derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes
libremente escogidos.
PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS, en el artículo 25 dice: Todos los
ciudadanos podrán a) Participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio
de representantes libremente elegidos, b) Votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas,
realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la
voluntad de los electores, c) Tener acceso, en condiciones generales de igualdad a las funciones
públicas de su país.
9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIV, Septiembre de 2011; Pág. 6
DERECHO AL VOTO. SE SUSPENDE POR EL DICTADO DEL AUTO DE FORMAL PRISIÓN O DE
VINCULACIÓN A PROCESO, SÓLO CUANDO EL PROCESADO ESTÉ EFECTIVAMENTE PRIVADO DE SU
LIBERTAD.
El artículo 38, fracción II, de la CPEUM, establece que los derechos o prerrogativas del ciudadano se
suspenden, entre otros casos, por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena
corporal, a partir de la emisión del auto de formal prisión.
8. ¿Qué semejanzas y diferencias encuentra con lo que se
señala en la Constitución y en la jurisprudencia?
• Considero que la Jurisprudencia siempre va a tener una
interpretación de normas constitucionales dentro de un ámbito de
razonabilidad y de maximización de los derechos fundamentales,
que conduce a establecer que, la interpretación que debe darse al
artículo 38 de la Constitución, es en el sentido de los derechos del
ciudadano en cuestión del derecho al voto debe ser en estricto
derecho.
• Las libertades que tenemos como el derecho de votar en las
elecciones populares, es de vital la importancia de que los
ciudadanos participen en los asuntos políticos del país, como lo es,
por antonomasia, la elección de sus autoridades.