Este documento presenta información sobre la nueva estrategia económica contra la delincuencia organizada y la corrupción en España, incluyendo el comiso y recuperación de activos. Se explican las leyes y directivas de la Unión Europea relacionadas con el comiso de bienes derivados de actividades delictivas, así como los tipos de comiso contemplados en la legislación española como el comiso básico, el comiso extendido, el comiso sin condena y el comiso a terceros. También se analiza la relación entre el comiso y la responsabil
La nueva estrategia económica contra la delincuencia organizada y la corrupción: comiso y recuperación de activos
1. Máster en Justicia Criminal
Responsabilidad civil y
consecuencias civiles del delito
Cte. DEM Vicente Corral Escariz
Estado Mayor del Mando de Operaciones de la Guardia Civil
“La nueva estrategia económica contra la
delincuencia organizada y la corrupción:
comiso y recuperación de activos”
2. AVISO IMPORTANTE:
• Ninguna parte del contenido de esta presentación
tiene la consideración de información Clasificada
(SECRETO o RESERVADO), ni tampoco de Reserva
Interna (CONFIDENCIAL o DIFUSIÓN LIMITADA), de
acuerdo con la Ley 9/1968, de 5 de abril,
reguladora de los Secretos Oficiales, y su normativa
de desarrollo.
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CompartirIgual 3.0 España.
10. Programa de La Haya 2005
2008
Productos de la delincuencia
organizada. Garantizar que
el delito no resulte
provechoso
Programa de Estocolmo 2010
Plan de acción por el que se
aplica el Programa de
Estocolmo
Estrategia de Seguridad
Interior de la UE
La Estrategia de Seguridad
Interior de la UE en acción
11. Comunicación sobre
“Productos de la
delincuencia organizada.
Garantizar que el delito no
resulte provechoso”
[COM (2008) 766 final]
13. Reconocimiento
mutuo
• Embargo preventivo
• Confiscación definitiva
(comiso o decomiso)
Aproximación
legislativa
• Comiso por valor
equivalente o por
sustitución
• Comiso ampliado o
extendido
• Comiso sin condena
• Comiso a terceros
Cooperación
internacional
• Oficinas de
Recuperación Activos
• Intercambio de
información
14. Reconocimiento
mutuo
Decisión Marco
2006/783/JAI
Confiscación
definitiva
Ley 23/2014
Decisión Marco
2003/577/JAI
Embargo preventivo
Aproximación
legislativa
Decisión Marco
2001/500/JAI
Comiso por valor
equivalente
Ley Orgánica 15/2003
(reforma CP)
Decisión Marco
2005/212/JAI
Comiso ampliado
Ley Orgánica 5/2010
(reforma CP)
Directiva
2014/42/UE
Comiso sin condena
Comiso a terceros
Ley Orgánica 1/2015
(reforma CP y LECrim)
Cooperación
internacional
Decisión
2007/845/JAI
Oficinas Recuperación
y Gestión de Activos
Ley Orgánica 5/2010
(reforma LECrim)
Decisión Marco
2006/960/JAI
Intercambio
información
Ley 31/2010
15. Reconocimiento
mutuo
Decisión Marco
2006/783/JAI
Confiscación
definitiva
Ley 23/2014
Decisión Marco
2003/577/JAI
Embargo preventivo
Aproximación
legislativa
Decisión Marco
2001/500/JAI
Comiso por valor
equivalente
Ley Orgánica 15/2003
(reforma CP)
Decisión Marco
2005/212/JAI
Comiso ampliado
Ley Orgánica 5/2010
(reforma CP)
Directiva
2014/42/UE
Comiso sin condena
Comiso a terceros
Ley Orgánica 1/2015
(reforma CP y LECrim)
Cooperación
internacional
Decisión
2007/845/JAI
Oficinas Recuperación
y Gestión de Activos
Ley Orgánica 5/2010
(reforma LECrim)
Decisión Marco
2006/960/JAI
Intercambio
información
Ley 31/2010
16. EL COMISO EN LA LO 1/2015
Comiso por
delito doloso
127.1
Comiso por
delito imprudente
127.2
Comiso por sustitución 127.3 127 septies
Comiso extendido 127 bis 127 quinquies 127 sexies
Comiso sin condena 127 ter
Comiso a terceros 127 quáter
Embargo cautelar 127 octies.1
17. COMISO BÁSICO Y POR SUSTITUCIÓN
Comiso por delito
doloso
• Desaparecen las faltas
Comiso por delito
imprudente
• Sigue siendo potestativo (“podrá”)
• Sólo prisión > 1 año
Comiso por
sustitución o por
valor equivalente
• Si por cualquier circunstancia no fuera posible el
decomiso de los bienes
• Si el valor de los bienes es inferior al que tenían en
el momento de su adquisición
• Si la ejecución del decomiso no hubiera podido
llevarse a cabo, en todo o en parte, a causa de la
naturaleza o situación de los bienes, efectos o
ganancias de que se trate, o por cualquier otra
circunstancia
Embargo
cautelar
• “Desde el momento de las primeras diligencias”
(¿actuación urgente de la Policía Judicial?)
18. COMISO EXTENDIDO: ÁMBITO DE APLICACIÓN
ACTIVIDADES DELICTIVAS CP VIGENTE DIRECTIVA UE REFORMA CP
Organización o grupo criminal o terrorista
Terrorismo
Trata de seres humanos
Contra la libertad sexual
Delitos informáticos
Contra el patrimonio y el orden socioeconómico
Insolvencias punibles
Contra la propiedad intelectual o industrial
Corrupción en los negocios
Receptación
Blanqueo de capitales
Contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social
Contra los derechos de los trabajadores
Contra los derechos de los ciudadanos extranjeros
Contra la salud pública
Falsificación de moneda
Cohecho
Malversación
19. COMISO EXTENDIDO: INDICIOS
INDICIOS DE PROCEDENCIA DELICTIVA DE LOS
BIENES Y EFECTOS
CP
VIGENTE
DIRECTIVA
UE
REFORMA
CP
Desproporción entre el valor de los bienes y
efectos y los ingresos de origen lícito de la
persona condenada
Ocultación de la titularidad o de cualquier
poder de disposición sobre los bienes o
efectos mediante la utilización de:
• Personas físicas o jurídicas o entes sin
personalidad jurídica interpuestos, o
• Paraísos fiscales o territorios de nula
tributación que oculten o dificulten la
determinación de la verdadera titularidad de
los bienes
Transferencia de los bienes o efectos mediante
operaciones que:
• Dificulten o impidan su localización o
destino, y
• Carezcan de una justificación legal o
económica válida
20. COMISO SIN CONDENA
SUPUESTOS
CP
VIGENTE
DIRECTIVA
UE
REFORMA
CP
El sujeto haya fallecido o sufra
una enfermedad crónica que
impida su enjuiciamiento y
exista el riesgo de que puedan
prescribir los hechos
Se encuentre en rebeldía y ello
impida que los hechos puedan
ser enjuiciados dentro de un
plazo razonable
No se le imponga pena por estar
exento de responsabilidad
criminal o por haberse ésta
extinguido
21. COMISO A TERCEROS
SUPUESTOS
CP
VIGENTE
DIRECTIVA
UE
REFORMA
CP
Cuando hubieran adquirido los efectos
y ganancias con conocimiento de que
proceden de una actividad ilícita o
cuando una persona diligente habría
tenido motivos para sospechar, en las
circunstancias del caso, de su origen
ilícito
Cuando hubieran adquirido otros
bienes con conocimiento de que de
este modo se dificultaba su decomiso o
cuando una persona diligente habría
tenido motivos para sospechar, en las
circunstancias del caso, que de ese
modo se dificultaba su decomiso
Cuando los bienes o efectos le hubieran
sido transferidos a título gratuito o por
un precio inferior al real de mercado
22. COMISO Y RESPONSABILIDAD CIVIL (I)
Art. 8.10 Directiva UE:
Garantizar que la medida de decomiso no impida a las víctimas reclamar una indemnización.
LEGISLACIÓN EN VIGOR PROYECTO REFORMA
Art. 127.5 CP
Los que se decomisan se venderán, si son de lícito
comercio, aplicándose su producto a cubrir las
responsabilidades civiles del penado si la ley no
previera otra cosa, […]
Art. 127 octies.3 CP
Los bienes, instrumentos y ganancias
decomisados por resolución firme, salvo que
deban ser destinados al pago de indemnizaciones
a las víctimas, serán adjudicados al Estado, que
les dará el destino que se disponga legal o
reglamentariamente.
Art. 367 quinquies.3 LECrim
[…] El producto de la venta se ingresará en la cuenta de
consignaciones del Juzgado o Tribunal y quedará afecto
al pago de las responsabilidades civiles y costas que se
declaren, en su caso, en el procedimiento, una vez
deducidos los gastos de cualquier naturaleza que se
hayan producido.
Art. 367 septies LECrim
[…] El producto de la realización de los efectos, bienes,
instrumentos y ganancias a los que se refiere este
apartado podrá asignarse total o parcialmente de
manera definitiva, en los términos y por el
procedimiento que reglamentariamente se establezcan,
a la Oficina de Recuperación de Activos y a los órganos
del Ministerio Fiscal encargados de la represión de las
actividades de las organizaciones criminales. […]
Art. 367 quinquies.3 LECrim
[…] El producto de la venta se aplicará a los
gastos que se hubieran causado en la
conservación de los bienes y en el procedimiento
de realización de los mismos, y la parte sobrante
se ingresará en la cuenta de consignaciones del
juzgado o tribunal, quedando afecta al pago de
las responsabilidades civiles y costas que se
declaren, en su caso, en el procedimiento.
También podrá asignarse total o parcialmente de
manera definitiva, en los términos y por el
procedimiento que reglamentariamente se
establezcan, a la Oficina de Recuperación y
Gestión de Activos y a los órganos del Ministerio
Fiscal encargados de la represión de las
actividades de las organizaciones criminales. […]
23. COMISO Y RESPONSABILIDAD CIVIL (II)
Circular 4/2010 de la Fiscalía General del Estado
sobre las funciones del Fiscal en la investigación
patrimonial en el ámbito del proceso penal
• “El tenor de dicho precepto [art. 127.5 CP] no obsta para la
aplicación de la normativa relativa a la responsabilidad civil ex
delicto contenida en el art. 116 y siguientes del Código Penal;
por lo cual, cuando se produzcan estas situaciones, los Sres.
Fiscales estarán especialmente vigilantes […] para evitar que las
responsabilidades civiles sean satisfechas con fondos
procedentes de la actividad criminal siempre que sea posible
hacerla efectiva con los bienes del/los responsable/s civil/es, y,
por tanto, solamente cuando estos no sean bastantes, se podrá
aplicar el producto de los bienes decomisados al pago de dichas
responsabilidades civiles”.
27. REALIZACIÓN ANTICIPADA vs.
UTILIZACIÓN PROVISIONAL
REALIZACIÓN ANTICIPADA UTILIZACIÓN PROVISIONAL
Sí(“Acordará”)
Efectos perecederos
Expreso abandono por su propietario o éste
no fija destino
Y:
• Su utilización permita
a la Administración un
aprovechamiento de
su valor mayor que la
realización anticipada,
o
• No se considere
procedente su
realización anticipada
Gastos conservación y depósito mayores
que su valor
Conservación
• Peligrosa para salud o seguridad pública
• Disminución importante de valor
• Afecta gravemente a uso o funcionamiento
Deprecio sustancial con el tiempo
Efectos especialmente idóneos para la
prestación de un servicio público
Salvo
Piezas convicción
Pendiente resolución recurso
Medida desproporcionada
28. RESOLVER, conforme a lo previsto legal y reglamentariamente e
informando a la Autoridad Judicial y al Ministerio Fiscal
Adjudicación del uso de los
efectos decomisados cautelarmente
Medidas de conservación
que deban ser adoptadas
SOLICITAR al Juez,
en relación con los efectos judiciales
Realización anticipada Utilización provisional
LOCALIZAR, CONSERVAR y ADMINISTRAR, en el marco de las
actividades delictivas cometidas por una organización criminal
Efectos Bienes Instrumentos Ganancias
LA NUEVA OFICINA DE RECUPERACIÓN Y
GESTIÓN DE ACTIVOS: FACULTADES
29. Reconocimiento
mutuo
Decisión Marco
2006/783/JAI
Confiscación
definitiva
Ley 23/2014
Decisión Marco
2003/577/JAI
Embargo preventivo
Aproximación
legislativa
Decisión Marco
2001/500/JAI
Comiso por valor
equivalente
Ley Orgánica 15/2003
(reforma CP)
Decisión Marco
2005/212/JAI
Comiso ampliado
Ley Orgánica 5/2010
(reforma CP)
Directiva
2014/42/UE
Comiso sin condena
Comiso a terceros
Ley Orgánica 1/2015
(reforma CP y LECrim)
Cooperación
internacional
Decisión
2007/845/JAI
Oficinas Recuperación
y Gestión de Activos
Ley Orgánica 5/2010
(reforma LECrim)
Decisión Marco
2006/960/JAI
Intercambio
información
Ley 31/2010
31. • Plateforme d'Identification des Avoirs Criminels (PIAC)
• Agence de gestion et de recouvrement d’avoirs saisis et confisqués (AGRASC)
Organe Central
pour la Saisie et
la Confiscation
(OCSC)
Bureau
Ontnemingswetg
eving Openbaar
Ministerie
(BOOM)
Agenzia Nazionale
per
l’Amministrazione
e la Destinazione
del Beni
Sequestrati e
Confiscati alla
Criminalità
Organizzata
(ANBSC)
• National Crime
Agency (NCA)
• Scottish Crime
and Drug
Enforcement
Agency (SCDEA)
32. • Plateforme d'Identification des Avoirs Criminels (PIAC)
• Agence de gestion et de recouvrement d’avoirs saisis et confisqués (AGRASC)
Organe Central
pour la Saisie et
la Confiscation
(OCSC)
Bureau
Ontnemingswetg
eving Openbaar
Ministerie
(BOOM)
Agenzia Nazionale
per
l’Amministrazione
e la Destinazione
del Beni
Sequestrati e
Confiscati alla
Criminalità
Organizzata
(ANBSC)
• National Crime
Agency (NCA)
• Scottish Crime
and Drug
Enforcement
Agency (SCDEA)
Fiscalía
33. Oficina Recuperación y
Gestión de Activos
Localización
Tráfico
drogas
Delincuencia
organizada
Corrupción
Cooperación
internacional
UE
Resto
mundo
Recuperación
Instrucción
Juicio oral
Ejecución
Gestión
Conservación
Destrucción
Realización
Utilización
35. COM(2015) 185 final. 28.4.2015
• […] other instruments, such as freezing and confiscation of
criminal assets, are not yet used systematically in all appropriate
cases. National judges should take advantage of the European
Judicial Network (EJN) for the execution of […] and freezing and
confiscation orders.
• Linking up the work of national Asset Recovery Offices will
improve crossborder freezing and confiscation of criminal
assets. It is necessary to align and reinforce the powers of FIUs,
as differences in their roles hinders cooperation and information
exchange. Eurojust could also offer more expertise and
assistance to the national authorities when conducting financial
investigations. Mutual recognition of freezing and confiscation
orders should be improved. In 2016, as requested by the co-
legislators, the Commission will issue a feasibility study on
common rules on non-conviction based confiscation of property
derived from criminal activities.
36. Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS):
“La Guardia Civil es la institución en la que más confían los españoles”
(Estudio nº 3021, Barómetro de abril de 2014)
www.about.me/vicorral