Este documento define lo que constituye un accidente de trabajo según la ley colombiana. Explica que un accidente de trabajo es un suceso repentino que produce una lesión o perturbación en el trabajador y que ocurre por causa o con ocasión del trabajo. También se considera accidente de trabajo uno que ocurre fuera del lugar y horas de trabajo, pero durante la ejecución de órdenes del empleador. Igualmente, se incluyen los accidentes durante el traslado al trabajo en transporte provisto por el empleador y los que ocurren en actividades recre
1. ACCIDENTE DE
TRABAJO
JESUS PALOMINO CERVANTES
Agosto de 2012
2. Jesús Palomino Cervantes
ABOGADO
• Corporación Universitaria de la Costa, CUC, Barranquilla
ESPECIALISTA EN DERECHO LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL,
• Universidad Libre, Barranquilla
AUDITOR INTERNO OHSAS 18001
CONSULTOR
• Administradoras de Riesgos Laborales
• Consejo Colombiano de Seguridad
CATEDRATICO POSTGRADO EN SALUD OCUPACIONAL
• Universidad de Cartagena
DOCENTE DIPLOMADOS SALUD OCUPACIONAL
• Universidad del Atlántico, Barranquilla
• Universidad de Córdoba, Montería
• Escuela Superior de Administración Pública, ESAP
• Universidad Popular del Cesar, Valledupar
• Corporación Universitaria del Area Andina, Valledupar
www. laborando.jimdo.com jesus.palomino@hotmail.com Cel: 310 6403928
3. Jesús Palomino Cervantes
Derecho Laboral y Seguridad Social
ES ACCIDENTE DE TRABAJO
(Ley 1562 de 2012. art. 3°, inc 1º )
todo suceso repentino
que sobrevenga por
•causa o
•con ocasión
del trabajo
y que produzca en el trabajador
•una lesión orgánica
• una perturbación funcional o siquiátrica
• una invalidez o
• la muerte
4. Jesús Palomino Cervantes
Derecho Laboral y Seguridad Social
ES TAMBIEN ACCIDENTE DE TRABAJO:
(Ley 1562 de 2012. art. 3°, inc 2º )
Aquel que se produce durante la ejecución de
• órdenes del empleador o contratante
• una labor bajo su autoridad
aún fuera del lugar y horas de trabajo
5. Jesús Palomino Cervantes
Derecho Laboral y Seguridad Social
IGUALMENTE SE CONSIDERA ACCIDENTE DE TRABAJO:
(Ley 1562 de 2012. art. 3°, inc 3º )
El que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas
desde:
•su residencia a los lugares de trabajo, o
•viceversa
Cuando el transporte lo suministre el empleador
6. Jesús Palomino Cervantes
Derecho Laboral y Seguridad Social
TAMBIEN SE CONSIDERARÁ COMO ACCIDENTE DE TRABAJO:
(Ley 1562 de 2012. art. 3°, inc 4º )
El ocurrido durante el ejercicio de la función sindical
aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical
siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función.
7. Jesús Palomino Cervantes
Derecho Laboral y Seguridad Social
DE IGUAL FORMA SE CONSIDERA ACCIDENTE DE TRABAJO:
(Ley 1562 de 2012. art. 3°, inc 5º )
El que se produzca por la ejecución de actividades
• recreativas
• deportivas o
• culturales
Cuando se actúe
• por cuenta o
• en representación
del empleador o
de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de
servicios temporales que se encuentren en misión.